C O N S EJ O NA CI ON A L DE LA M A GI ST RA T U R A CONVOCATORIA Nº 008-2014-SN/CNM CARTILLA DE ORIENTACIÓN AL POSTULANTE REGLAMENTO DE CONCURSOS PARA EL ACCESO ABIERTO EN LA SELECCIÓN Y NOMBRAMIENTO DE JUECES Y FISCALES (aprobado por Resolución Nº 049-2014-CNM del 28 de febrero del 2014). CARPETA DE POSTULACIÓN: a. Recojo de carpeta: La carpeta de postulación debe ser recogida por el postulante o apoderado (Acreditado con carta poder con firma legalizada notarialmente o mediante correo electrónico acreditado dirigido a [email protected], indicando el número de DNI y nombres completos del apoderado), en la sede del CNM. b. Presentación de carpeta: Debe ser presentada por el postulante o un tercero (no requiere presentar carta poder que lo acredite) o remitida por servicio courier a la sede del CNM, con la documentación requerida, en sobre cerrado, con el Formato “Hoja de cargo de entrega de documentos” pegado en la parte externa. Plazo: Del 20 al 24 de octubre del 2014. Horario: De 08:15 a.m. a 4:15 p.m. Cada hoja de la carpeta de postulación debe estar correctamente foliada (números y letras) y rubricada con lapicero. La documentación que no se encuentre debidamente foliada se tendrá por no presentada, bajo responsabilidad del postulante. Asimismo, toda la documentación deberá ser escaneada en un solo documento PDF y presentada en un CD por el postulante, conjuntamente con la carpeta de postulación. Art.8° del Reglamento de Concursos: “El postulante que no presente la carpeta con la documentación requerida en la forma y plazo establecido, es inmediatamente EXCLUIDO del concurso”. INSTRUCCIONES 1. Primero: Ingrese la documentación a su carpeta y folie la misma. Cada hoja de la carpeta de postulación debe estar correctamente foliada (números y letras) y rubricada con lapicero, en orden ascendente, en el extremo superior derecho, excepto los separadores. La documentación que no se encuentre debidamente foliada se tendrá por no presentada, bajo responsabilidad del postulante. La documentación presentada con posterioridad no será considerada para efectos de verificación de los requisitos de aptitud ni para la calificación curricular (Artículo 7° del Reglamento de Concursos). 2. Segundo: Toda la documentación deberá ser escaneada en un solo documento PDF y presentada en un CD por el postulante, conjuntamente con la carpeta de postulación. 3. Tercero: Ingrese la información al Curriculum Vitae, al cual accederá a través del ícono Extranet de la página electrónica del CNM (http://extranet.cnm.gob.pe/login). Para tal efecto, sírvase leer el Manual del Registro de CV. ORDEN DE PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LA CARPETA DE POSTULACIÓN Llenar los datos que se indiquen en la tapa de la carpeta de postulación, con letra mayúscula e imprenta. Insertar los pernos de la carpeta hacia abajo, con la finalidad de agregar documentos. Toda la documentación deberá estar correctamente clasificada de acuerdo a lo indicado en los separadores de la carpeta. Ordenar y adjuntar los documentos de la siguiente manera: I. DOCUMENTOS DE APTITUD a) b) c) d) Ficha de inscripción impresa, debidamente firmada y con huella digital. Copia simple del Documento Nacional de Identidad vigente. Copia simple del Acta o partida de nacimiento expedida por el RENIEC o Registro Civil. Copia legalizada notarialmente del título de abogado. El título obtenido en el extranjero debe estar reconocido, revalidado o convalidado ante la Asamblea Nacional de Rectores. 1 e) f) g) Constancia original expedida por el Colegio de Abogados en el que se encuentre inscrito, que acredite su fecha de incorporación y que se encuentra habilitado para ejercer la profesión. Certificado original expedido por un centro oficial de salud y acreditado por un profesional competente de no adolecer de discapacidad física o sensorial, que lo imposibilite para ejercer sus funciones. Reporte impreso de la consulta por Internet del Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones, de no encontrarse afiliado a una organización política. Postulante con Discapacidad: Para acceder a la bonificación a que se contrae la Ley General de la Persona con Discapacidad Ley Nº 29973, el postulante debe presentar el certificado correspondiente. Requisitos Especiales por condición del postulante: a) Magistrados: Copia simple del título de nombramiento. Constancia original de tiempo de servicios, precisando los cargos desempeñados así como fecha de inicio y finalización en cada cargo. Copia simple de la certificación expedida por la Academia de la Magistratura de haber aprobado los estudios de Capacitación para el Ascenso en caso de postular a una plaza del nivel inmediato superior. b) Docentes Universitarios: Constancia original expedida por el funcionario competente de la Universidad, con la que se acredite que imparte cátedra en materia jurídica afín al servicio de impartición de justicia, por el tiempo de servicios requerido. El certificado de salud física, las constancias expedidas por el Colegio de Abogados, así como las de tiempo de servicios, deben haber sido emitidas con una antigüedad no mayor de noventa (90) días a la fecha de publicación de la convocatoria a concurso (03/10/2014), es decir, la fecha de expedición de los citados documentos podrá ser desde el 03/07/2014, salvo que el documento indique expresamente el periodo de vigencia. II. GRADOS, TÍTULOS Y ESTUDIOS ACADÉMICOS (*) Copia simple del Diploma del Grado de Doctor y Maestro en Derecho, acompañado del Acta de Sustentación o defensa de la tesis. Copia simple del certificado de estudios o constancia de notas de la Maestría en Derecho (en caso de no haber optado el grado académico). Copia simple del título profesional o del grado de bachiller en otras disciplinas. Acta o constancia de sustentación respectiva emitida por el funcionario académico competente, en caso de haber optado el título de abogado mediante tesis. Copia simple del Diploma o constancia de haber obtenido el Primer Puesto o de haber pertenecido al tercio o quinto superior en el promedio general de toda la carrera profesional. III. PROFA O ASCENSO (*) Copia de la constancia de haber estudiado el PROFA o el Ascenso que corresponda al nivel que aspira. Ascenso: Para aquellos magistrados titulares postulantes al cargo inmediato superior. Programa de Formación de Aspirantes a la Magistratura (PROFA): Para aquellos postulantes que se presenten en condición de Abogado y Docente. IV. DIPLOMADOS: PRESENCIALES, SEMI PRESENCIALES, VIRTUALES (*) Los diplomas y/o certificados deben ser ANEXADOS EN LOS SEPARADORES CORRESPONDIENTES A LA MODALIDAD DE DICTADO DE LOS MISMOS (Presenciales, Semi Presenciales y Virtuales) de acuerdo a lo consignado en el Currículum Vitae, bajo responsabilidad. Una vez ubicados en su respectivo separador, deben ser ordenados de forma cronológica (del más antiguo al más reciente), sin considerar las horas de duración. Sólo serán calificados aquellos que han sido organizados por las Instituciones establecidas en el Reglamento de Concursos. Las constancias o certificados deben indicar (Artículo 37°, inciso 2, literal b y Primera Disposición Transitoria y Final del Reglamento de Concursos): Nota aprobatoria. También se consideran los que señalen: “concluyó satisfactoriamente”, “aprovechamiento”, “ha aprobado” y otros similares que refieran su aprobación. Días y horario en el que se llevó a cabo. De no contar con la constancia que lo acredite, debe presentar una declaración jurada. Modalidad (Presencial, semi presencial o virtual). Duración mínima de 50 horas para diplomados presenciales y semi presenciales y de 101 horas para diplomados virtuales. Si es realizado por una asociación privada bajo convenio, debe consignarse la resolución que lo autoriza. En caso de haber desarrollado simultáneamente más de un curso sólo se califica el que otorgue mayor puntaje. VII. CERTÁMENES ACADÉMICOS (*) Con una antigüedad no mayor a 7 años (Desde 2007): Copia del certificado o constancia de Expositor o Ponente (internacional o nacional). Adjuntar la ponencia o exposición original. Copia del certificado o constancia de Panelista (internacional o nacional). Copia del certificado o constancia de Asistente. No se califican los certificados de observadores, colaboradores, organizadores, delegados o similares. VIII. PASANTÍA (*) Copias de la certificación oficial que acredite la pasantía en instituciones del sistema de justicia nacional o internacional, con una duración mínima de 05 días o 30 horas. No se califican como pasantías las prácticas pre profesionales. IX. IDIOMAS (*) Copia del certificado o constancia que precise el idioma nativo o extranjero y el nivel alcanzado, caso contrario no serán calificados. 2 X. INFORMÁTICA (*) Copia de la constancia que indique la aprobación de los programas de computación, con una antigüedad no mayor a cinco (05) años anteriores a la convocatoria (Desde 2009). XI. EJERCICIO PROFESIONAL (*) Magistrado: Se acredita con la constancia de tiempo de servicios, la que debe indicar los cargos desempeñados así como el periodo ejercido. Abogado: En despacho judicial o fiscal (Secretario de Juzgado, Secretario o Relator de Sala, Asistente en Función Fiscal, entre otros con similares funciones): Se acredita con la presentación de la constancia de tiempo de servicios que indique cargos desempeñados y periodo ejercido. No comprende la calificación de la experiencia profesional como magistrado titular, provisional o supernumerario. Otros cargos en entidades públicas: Se acredita con la presentación de la constancia expedida por el representante legal de la institución o el jefe del área de recursos humanos que certifique su desempeño. No comprende la calificación de la experiencia profesional en despacho judicial o fiscal, ni la experiencia profesional como magistrado titular, provisional o supernumerario. Otros cargos en entidades no públicas: Se acredita con la presentación de la constancia expedida por el representante legal de la institución que certifique su desempeño, debiendo adjuntar copias legalizadas o autenticadas de las boletas de pago o recibos por honorarios correspondientes o de ser el caso, la declaración jurada anual presentada ante la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT. En el ejercicio privado: Se acredita con los comprobantes de pago emitidos o los recibos por honorarios y la declaración jurada anual presentada ante la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT. Se debe adjuntar copia legalizada o autenticada de los documentos requeridos. Docente Universitario: Se acredita con la constancia de tiempo de servicios expedida por la autoridad académica competente de la facultad en la que imparte cátedra, precisando la materia, categoría y modalidad, así como los semestres o años académicos dictados. De presentar experiencia como docente universitario, magistrado o abogado desarrollada en el mismo período o tiempo, sólo se acumula la experiencia de docente con la de magistrado o la experiencia de docente con la de abogado. XII. ARBITRO-CONCILIADOR (*) Árbitro: Sólo califican los Laudos Arbitrales de una antigüedad máxima de tres (3) años, debiendo adjuntar la constancia de haber aprobado satisfactoriamente el curso de arbitraje. Conciliador: Sólo califican las Actas de Conciliación Extrajudicial de una antigüedad máxima de tres (3) años, debiendo adjuntar la Resolución Ministerial o certificado expedido por el Ministerio de Justicia que acredite su condición de conciliador. XIII. MÉRITOS ESPECIALES (*) Adjuntar las copias de las resoluciones emitidas por la autoridad competente. Debe presentar las resoluciones de designación y aquella que dé por concluida la designación en el cargo u otros documentos sustentatorios. De permanecer en el cargo designado debe adjuntar además la constancia que señale la continuidad, de corresponder el caso. No se califican los reconocimientos otorgados mediante oficios, constancias, mociones, diplomas u otra clase de documentos. En el caso del Mérito Especial de “Resultado aprobatorio de su desempeño profesional realizado en despacho judicial o fiscal, no comprende la calificación de la experiencia profesional como magistrado titular, provisional o supernumerario”, el postulante debe presentar el formato publicado con el Aviso de la Convocatoria, el mismo que debe encontrarse firmado únicamente por el Magistrado (Juez o Fiscal) a cargo del Despacho en el año de evaluación. La calificación se otorga por año completo laborado en el mismo despacho. XIV. DESEMPEÑO PROFESIONAL (*) Artículo 37°, Inciso 4. Experiencia Profesional, literal a. Desempeño Profesional, numerales a.1, a.2 y a.3 del Reglamento de Concursos. a.1: Sentencias, dictámenes, proyectos de dictámenes, entre otros, los que deberán estar certificados o fedateados. Tratándose de audios o videos, deben adjuntar la certificación de haber sido emitidos por la autoridad correspondiente y acompañar su respectiva transcripción. a.2: Demandas, denuncias, Laudos arbitrales, informes jurídicos o similares, los que deberán estar certificados o fedateados o anexar copias simples en las que conste el cargo de presentación. a.3: Textos Universitarios o trabajos de investigación publicados. Puede presentar cualquiera de los documentos mencionados, independientemente de su condición de postulación, hasta un total de seis (06). Los seis (06) documentos se presentan por duplicado: Un juego se adjunta dentro de la carpeta de postulación. El otro juego se presenta en fólder aparte, en el mismo orden en el que ha sido adjuntado en la carpeta y señalado en el formato de currículum y sólo en éste realizar el tachado digital de sus nombres y apellidos, el sello, la firma y post firma que contengan cada una de las hojas, así como los logos e identificación de Juzgados, Fiscalías, etc., que pudiera contener el documento. Para mayor información sírvase revisar el Instructivo para el Tachado Digital de Documentos que se encuentra publicado en la página electrónica del CNM. No debe engrapar los documentos. 3 Tratándose de los documentos a que se refieren los numerales a.1 y a.2, en ambos juegos, precisar la materia en el lado superior derecho de cada documento y enumerarlos del 1 al 6 en etiquetas pegadas en la parte superior del documento y/o audio, tal como lo indica el ejemplo a continuación: PENAL 1 Asimismo, en el caso de presentar audios, deberá escribir en el CD o DVD -con marcador permanente- los datos antes señalados así como el cargo o condición del postulante a calificar, sin indicar nombres, por ejemplo: "Calificar al Abogado defensor". NOTA: Es responsabilidad del postulante consignar en forma precisa el número y la materia jurídica en cada documento. Postulante a Juez Especializado, Fiscal Adjunto Superior o Fiscal Provincial: Los documentos deberán corresponder a los tres (03) últimos años de ejercicio a razón de dos documentos por año, para lo cual debe escoger sólo una de las siguientes opciones: Primera opción: Por años: - 2011 (02 documentos), 2012 (02 documentos) y 2013 (02 documentos) o - 2012 (02 documentos), 2013 (02 documentos) y 2014 (02 documentos) Segunda opción: Por periodo: - De noviembre del 2011 a octubre del 2012 (02 documentos); de noviembre del 2012 a octubre del 2013 (02 documentos); de noviembre del 2013 a octubre del 2014 (02 documentos). Postulante a Fiscal Adjunto Provincial: Debe escoger sólo una de las siguientes opciones: Primera opción: Dos (02) últimos años de ejercicio. Elegir una de las siguientes alternativas: - Por años: Años 2012 (03 documentos) y 2013 (03 documentos) o Años 2013 (03 documentos) y 2014 (03 documentos); - Por periodos: De noviembre del 2012 a octubre del 2013 (03 documentos); de noviembre del 2013 a octubre del 2014 (03 documentos). Segunda opción: Tres (03) últimos años de ejercicio. Elegir una de las siguientes alternativas: - Por años: 2011 (02 documentos), 2012 (02 documentos) y 2013 (02 documentos) o 2012 (02 documentos), 2013 (02 documentos) y 2014 (02 documentos) - Por periodos: De noviembre del 2011 a octubre del 2012 (02 documentos); de noviembre del 2012 a octubre del 2013 (02 documentos); de noviembre del 2013 a octubre del 2014 (02 documentos). LA CALIFICACIÓN OTORGADA EN PROCESOS DE SELECCIÓN ANTERIORES, NO ES VINCULANTE. Exclusión de Documentos: Los documentos presentados que no reúnan los requisitos señalados en el Reglamento de Concursos serán excluidos; así por ejemplo: Documentos, audios o videos que no vengan acompañados de la copia respectiva. Documentos presentados en los procesos de ratificación desarrollados por el CNM. Documentos incompletos. Documento ilegible y/o audio dañado. Documento sin sello de recepción o cargo de ingreso o no estar fedateado o certificado. Documento con más de una firma de abogado (del postulante y otro abogado) y no tener constancia de autoría. Documento sin firma del postulante. No presentar constancia de inmediato superior que acredite su autoría. No ser Juez Ponente, en caso de presentar sentencias de Sala. Documento que no cumple con los parámetros de evaluación, etc. XV. CURRICULUM VITAE Imprima su CV luego de haber culminado el ingreso de la información y anéxelo en el separador correspondiente. La documentación debe presentarse en copia simple, salvo especificación en contrario; ésta constituye la carpeta personal del postulante y de ser nombrado se remite a la Oficina de Registro de Jueces y Fiscales del CNM, con excepción de las publicaciones anexas a la misma que deben ser recogidas por el magistrado nombrado en el plazo de treinta (30) días calendarios contados desde su juramentación, después del cual el CNM podrá disponer de ellas. PUBLICACIONES (*) Se presentan anexas a la carpeta de postulación (Sobre o caja). Libros e Investigaciones Jurídicas: Presentar un ejemplar original, el cuál debe contar con cubierta, depósito legal, número de edición, editorial, introducción, índice, bibliografía y documentación que sustente un tiraje no menor de 500 ejemplares. Textos Universitarios: Presentar un ejemplar original. Se acredita con la constancia de la universidad que certifique su calidad de tal. Ensayos y Artículos: Presentar ejemplares originales, los cuáles deben tener referencias bibliográficas y haber sido publicados en revistas indexadas, especializadas en Derecho y que cuenten con un Comité Editorial. Ambas publicaciones deben ser de autoría individual. No serán calificadas las publicaciones que no cuenten con referencias bibliográficas o aquellas que aluden a normas o jurisprudencia. Ensayos y Artículos en materia no jurídica. Cada publicación (libro, revista, etc.) deberá tener en la tapa de la misma una etiqueta con el nombre del postulante en letra imprenta y mayúsculas. 4 Los Ensayos y Artículos en materia jurídica o no jurídica, deberán tener una antigüedad no mayor a siete (7) años. Las publicaciones serán calificadas de acuerdo a la clasificación realizada por el postulante en el currículum vitae. (*) Los detalles acerca de las formalidades que debe reunir el documento, se encuentran especificados en el Reglamento de Concursos. IMPORTANTE: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12° del Reglamento de Concursos, el postulante que altere su identidad personal, presente documentos o declaraciones total o parcialmente falsas u observe un comportamiento deshonesto o inadecuado durante el concurso, es excluido del mismo, igualmente estará sujeto a las sanciones a que se contrae el artículo 13°, de corresponder el caso. Devolución de carpeta: Es personal o a través de apoderado (con carta poder y firma legalizada notarialmente), en plazo de treinta (30) días calendarios desde que concluyó su participación en el concurso, vencido el plazo no se devolverán documentos. Esta disposición no se aplica para los postulantes que opten para incorporarse al Registro de Candidatos en Reserva, cuyas carpetas deben permanecer en el CNM hasta la culminación del Registro respectivo o renuncia. Informes; Los comunicados oficiales se publican en el Boletín Oficial de la Magistratura (BOM), en la página electrónica del CNM. Igualmente, toda comunicación se realizará a través del correo electrónico o telefónicamente, por lo que es responsabilidad del postulante mantener vigentes los correos y números telefónicos señalados en la Ficha de Inscripción. Cualquier cambio en los mismos deberá ser comunicado oportunamente mediante escrito con firma legalizada notarialmente. NOTA: La presente cartilla es un documento informativo, no sustituye lo establecido en el Reglamento de Concursos. Consultas: Teléfono 202-8080 anexos 142, 194, 213. 5
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