CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL DE COMUNICACIONES

CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL DE COMUNICACIONES
“CAPRECOM” EICE EN LIQUIDACIÓN
TÉRMINOS DE REFERENCIA
INVITACIÓN ABIERTA No. 05
OBJETO DEL PROCESO DE SELECCIÓN:
Contratar una persona jurídica legalmente habilitada por la Junta Central de
Contadores para operar como empresa de servicios contables o de auditoria, para
que preste sus servicios profesionales de REVISORIA FISCAL de la CAJA DE
PREVISIÓN SOCIAL DE COMUNICACIONES “CAPRECOM” EICE EN
LIQUIDACIÓN.
BOGOTÁ D.C., ABRIL DE 2016
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Sede Administración Central Carrera 69 No 47 - 34 - Bogotá
Conmutador: (1) 2943333 Fax: (1) 2943925. Línea Nacional Gratuita: 01 8000 913966
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CONTENIDO
CAPÍTULO 1
RECOMENDACIONES GENERALES PARA LOS POSIBLES OFERENTES
CAPÍTULO 2
CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO A CELEBRAR
2.1. OBJETO DEL EVENTUAL CONTRATO A CELEBRAR
2.2. OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA
2.3. PLAZO DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
2.4. RÉGIMEN JURÍDICO
2.5. PRESUPUESTO ASIGNADO
2.6. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO
2.7. SUPERVISIÓN DEL CONTRATO
2.8. FORMA DE PAGO
2.9. PERSONAL MÍNIMO REQUERIDO
CAPÍTULO 3
REGLAS DEL PROCESO DE INVITACIÓN ABIERTA
3.1. POSIBLES OFERENTES
3.2. CONSULTA DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA Y SUS ADENDAS
3.3. PLAZO PARA FORMULAR OBSERVACIONES O REALIZAR PREGUNTAS
SOBRE EL CONTENIDO DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA
3.4. DE LAS PROPUESTAS
3.5. REQUISITOS HABILITANTES JURÍDICOS
3.6. REQUISITOS HABILITANTES FINANCIEROS
3.7. REQUISITOS HABILITANTES DE EXPERIENCIA
3.8. PÓLIZA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA
3.10. CAUSALES DE RECHAZO DE LAS PROPUESTAS
3.11. SELECCIÓN
3.12. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
CAPITULO 4
CALIFICACIÓN DE PROPUESTAS
4.1. VERIFICACIÓN REQUISITOS HABILITANTES
4.2. ASIGNACIÓN DE PUNTAJE
4.3. FACTORES DE DEFINICIÓN DE EMPATES
ANEXOS
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CAPÍTULO 1
RECOMENDACIONES GENERALES PARA LOS POSIBLES OFERENTES
Este documento contiene los Términos de Referencia para elaborar su propuesta. Lea
cuidadosamente su contenido y siga las instrucciones impartidas.
1.
Verifique que no se encuentra incurso en ninguna de las causales de inhabilidad e
incompatibilidad previstas en la Constitución y/o en la ley.
2.
Cerciórese de cumplir las condiciones y requisitos exigidos para participar en esta
contratación.
3.
Suministre toda la información y documentación exigida.
4.
Efectúe la lectura completa y exhaustiva de todo el documento y sus adendas (si las
hay).
5.
Los vocablos CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL DE COMUNICACIONES
“CAPRECOM” EICE EN LIQUIDACIÓN, CAPRECOM, la entidad o CAPRECOM EN
LIQUIDACIÓN, tendrán igual significado. Así mismo, se tendrán como equivalentes
entre sí, las expresiones proponente u oferente, usados en el presente documento.
6.
Antes de entregar su oferta, revise la póliza de seriedad de la propuesta y verifique
que se ajusta a lo solicitado en este documento.
7.
Identifique su propuesta, la cual deberá presentarse conforme a las reglas indicadas
en el presente documento de Términos de Referencia.
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CAPÍTULO 2
CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO A CELEBRAR
2.1. OBJETO DEL EVENTUAL CONTRATO A CELEBRAR
Contratar una persona jurídica legalmente habilitada por la Junta Central de
Contadores para operar como empresa de servicios contables o de auditoria, para
que preste sus servicios profesionales de REVISORIA FISCAL de la CAJA DE
PREVISIÓN SOCIAL DE COMUNICACIONES “CAPRECOM” EICE EN
LIQUIDACIÓN.
2.2. OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA
El contratista seleccionado deberá, en particular, efectuar las siguientes
actividades:
1. Verificar que se cumpla a cabalidad con el presupuesto que sea aprobado
para el proceso liquidatorio.
2. Dictaminar los estados financieros de la CAJA DE PREVISION SOCIAL DE
COMUNICACIONES CAPRECOM EICE EN LIQUIDACION
3. Impartir las instrucciones, practicar las inspecciones y solicitar los informes
que sean necesarios para establecer un control permanente sobre los
valores sociales.
4. Colaborar con las entidades gubernamentales y rendir los informes a que
haya lugar y/o cuando estas lo soliciten EN EL MARCO DE SU
COMPETENCIA LEGAL.
5. Inspeccionar los bienes de la entidad y procurar que se tome
oportunamente las medidas de conservación y seguridad de los mismos, de
los que la entidad en liquidación tenga en custodia a cualquier título.
6. Vigilar que las operaciones financieras que celebre o realice la CAJA DE
PREVISION SOCIAL DE COMUNICACIONES CAPRECOM EICE EN
LIQUIDACION, en todos los negocios a contratar, se ajusten a la ley, a las
decisiones del Apoderado General de la Liquidación y a las disposiciones
reglamentarias emitidas por los organismos de dirección, administración
control y vigilancia.
7. Informar al Apoderado de la Liquidación, sobre las irregularidades que
detecte en el desarrollo de las operaciones financieras y en el
funcionamiento de la entidad.
8. Velar porque se lleven regularmente lo registros financieros y contables de
la CAJA DE PREVISION SOCIAL DE COMUNICACIONES CAPRECOM
EICE EN LIQUIDACION, y se conserven debidamente los comprobantes y
archivos contables de la Entidad.
9. Ejercer la inspección de los bienes de la Entidad y de los que ella tenga en
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custodia a cualquier título, y solicitar los informes necesarios para
establecer un control permanente sobre la conservación, integridad y
seguridad del patrimonio institucional.
10. Efectuar la Revisoría Fiscal de acuerdo con las normas de auditoría
generalmente aceptadas, cubriendo aspectos tan importantes como:
auditoria operacional, auditoría financiera, auditoria de cumplimiento o
legalidad, auditoria de control interno, auditoría de gestión y auditoria de
sistemas.
11. Poner en conocimiento mediante presentación de informes el resultado de
la ejecución de las auditorias.
12. Suministrar al supervisor del contrato los informes y documentos que este
requiera para el ejercicio de sus funciones.
13. Refrendar con su firma los balances y estados financieros de la entidad,
acompañándolos con su dictamen o informe correspondiente, según sea el
caso.
14. Asistir a las reuniones necesarias donde se requiera para el apoyo a la
administración de la liquidación.
15. Autorizar con su firma los informes, documentos y formularios que
requieran los organismos de control y vigilancia del estado, al igual que los
estados financieros hasta la fecha de terminación del contrato.
16. Presentar mensualmente al supervisor del contrato o cuando este lo
solicite, informe sobre las actividades realizadas en cumplimiento de sus
funciones,
17. Cumplir con las obligaciones inherentes al objeto de este contrato.
18. Lograr la correcta y oportuna ejecución del objeto contractual.
19. Ejecutar el contrato dentro de los mejores criterios de calidad.
20. Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales, evitando
dilataciones y obstáculos.
21. Acreditar el pago de aportes al Sistema General de seguridad Social en
Salud y Pensiones y Parafiscales al día.
22. Constituir la garantía única en los términos señalados.
23. Ejercer una fiscalización oportuna e integral, sobre los actos de los
administradores, las operaciones sociales, los bienes, los derechos, los
libros, los comprobantes, la correspondencia y demás documentos
inherentes, con el fin de garantizar el manejo oportuno, eficiente, eficaz y
transparente de los recursos financieros del proceso Liquidatorio.
24. Colaborar con la Superintendencia Nacional de Salud, rindiéndole los
informes oportunos, confiables, verificables, razonables y propios del
ejercicio de la revisoría fiscal, así como aquellos que requiera el ente de
control con fundamento en lo ordenado por las circulares externas
expedidas por la superintendencia. EN EL MARCO DE SU COMPETENCIA
LEGAL.
25. Velar porque al final de cada ejercicio social y por lo menos una vez al año,
se preparen, presenten y difundan oportunamente, de acuerdo con los
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principios de contabilidad generalmente aceptados y las normas legales, los
estados financieros de propósito general junto con sus notas, debidamente
certificados y, porque los mismos hayan sido tomados fielmente de los
libros oficiales del ente, verificando que se encuentren sustentados en
comprobantes, soportes y documentos reales y fidedignos.
26. Revisar y evaluar periódicamente el sistema de control interno adoptado por
la entidad.
27. Procurar que se tomen oportunamente las medidas de conservación o
seguridad de los bienes de la entidad y de los que ella tenga en custodia a
cualquier otro título.
28. Emitir el dictamen respectivo, sobre los estados financieros de propósito
general, así como aquellos estados financieros regulados por la Contaduría
General de la Nación y demás organismos competentes preparados,
presentados, y certificados por el representante legal y el contador público
bajo cuya responsabilidad se prepararon, incluyendo la concordancia sobre
el informe de gestión presentado por los administradores.
29. Velar porque los administradores con funciones de responsabilidad y
manejo, constituyan fianzas que garanticen adecuadamente el
cumplimiento de sus funciones y el correcto manejo de los bienes,
fondos y valores que les sean encomendados durante el ejercicio del
cargo.
30. Informar a la Superintendencia Nacional de Salud sobre el incumplimiento
de las obligaciones que la entidad posea, así como las causas que le dieron
origen.
31. Ejercer un estricto control en el cumplimiento de las normas tributarias y
aquellas de contenido parafiscal.
32. Ejercer un estricto control en el cumplimiento de las normas que rigen el
proceso liquidatorio.
33. El contratista una vez firme el contrato deberá en un término no mayor de
05 días adelantar todos los trámites correspondientes a la posesión de la
Revisoría Fiscal ante los entes de control y vigilancia de Salud.
34. Deberá presentar informes periódicos al Apoderado General de la
Liquidación de acuerdo al requerimiento solicitado.
35. Ejercer la función de dictaminar el estado del inventario del patrimonio,
conforme al parágrafo del artículo 10 del Decreto No. 2519 de 2015.
36. Todas las demás funciones que por ley y reglamento correspondan a la
revisoría fiscal conforme al artículo 207 del código del comercio y demás
normas aplicables
37. Cumplir con todas las funciones y atribuciones en el Articulo 10 del Decreto
2519 del 28 de Diciembre de 2015.
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2.3. PLAZO DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
El plazo de ejecución del contrato será de ocho (8) meses, contados a partir del
primero (1) de mayo y, en todo caso, sin exceder la hasta la vigencia del Decreto
2519 del 28 de diciembre de 2015.
2.4. RÉGIMEN JURÍDICO
La presente invitación y el contrato que se llegue a celebrar, se rigen por las
normas de derecho privado, por lo establecido en el Manual de Contratación de
CAPRECOM EICE en Liquidación, en el Manual de Supervisión e Interventoría de
la entidad y las demás normas que los reglamenten, adicionen, modifiquen o
complementen. De igual manera, el contratista deberá cumplir la normativa
expedida sobre la materia por la Contaduría General de la Nación.
2.5. PRESUPUESTO ASIGNADO
Para la ejecución del contrato resultante de la presente invitación, CAPRECOM
EN LIQUIDACIÓN cuenta con un presupuesto de DOSCIENTOS VEINTIDOS
MILLONES SETECIENTOS VEINTE MIL PESOS MONEDA CORRIENTE
($222.720.000,oo M/Cte.), incluyendo los impuestos, costos y demás erogaciones
a cargo del contratista, según certificado de disponibilidad presupuestal No. 2182
del 30 de Marzo de 2016.
2.6. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO
Dentro de los tres (3) días siguientes a la firma del contrato, el contratista
constituirá una garantía de cumplimiento que podrá consistir en una póliza de
seguros o en una garantía bancaria, expedida por una compañía de seguros o un
establecimiento bancario, según el caso, legalmente autorizado para funcionar en
la República de Colombia por la Superintendencia Financiera de Colombia. En el
caso de pólizas, deberán ser otorgadas en el formato Entidades Públicas con
Régimen Privado de Contratación, a favor de la CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL
DE COMUNICACIONES “CAPRECOM” EICE EN LIQUIDACIÓN, NIT.
899.999.026-0 y tendrá las siguientes coberturas y vigencias:
Amparo
Monto
Cumplimiento
10% del valor del
contrato
Calidad
10% del valor del
contrato
Vigencia
Por el plazo de ejecución
del contrato y seis (6)
meses más
Por el plazo de ejecución
del contrato y seis (6)
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7
meses más
Pago de salarios,
prestaciones sociales
e indemnizaciones
laborales
5% del valor del contrato
Por el plazo de ejecución
del contrato y tres (3)
años más
En el evento que el contrato se prorrogue, adicione o se modifique, el contratista
deberá actualizar y/o modificar la garantía constituida.
El contratista seleccionado deberá acreditar el pago de la prima de la póliza
constituida, así como de las modificaciones, prorrogas y/o adiciones que se
suscriban.
2.7. SUPERVISIÓN DEL CONTRATO
CAPRECOM EICE en liquidación, ejercerá la supervisión del contrato a través de
la Coordinación Financiera o de la persona que se designe para tal efecto, quien
tendrá a su cargo el seguimiento y control a la actividad del contratista, la
vigilancia y verificación del cumplimiento de las obligaciones derivadas del
contrato y la sujeción al presupuesto asignado.
Para adelantar la supervisión, se atenderán las normas que para el efecto
contemple el Manual de Supervisión e Interventoría de CAPRECOM EICE en
liquidación.
2.8. FORMA DE PAGO
CAPRECOM EICE en Liquidación pagará al CONTRATISTA el valor total de
contrato en mensualidades calendario vencidas o su proporcionalidad, tomando
para el efecto el valor propuesto en la oferta económica, dentro de los quince (15)
días hábiles siguientes, previa presentación del informe de gestión y certificación
de cumplimiento expedida por el supervisor, con su respectiva cuenta de cobro, y
certificación de cumplimiento de las obligaciones del Sistema General de
Seguridad Social, expedida por el Revisor Fiscal o a falta de éste por el
representante legal, conforme a lo previsto en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002.
Para el primer pago se requiere, además, fotocopia simple del contrato, fotocopia
del registro presupuestal, fotocopia de las pólizas aprobadas y fotocopia del RUT.
El último pago estará supeditado al informe final del supervisor donde conste que
se cumplió y culminaron a cabalidad todas las actividades que son objeto del
contrato.
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Nota 1: En el evento que el contratista presente de forma incompleta o incorrecta
la documentación para efectuar los pagos, la misma será devuelta por la entidad
para su corrección o complementación. Las demoras que se generen por estas
causas no generarán derecho económico alguno en favor del contratista.
Nota 2: La entidad no será responsable por las demoras o por el tiempo que tarde
la supervisión o interventoría en producir su informe de cumplimiento y que será
requisito para el pago.
2.9. PERSONAL MÍNIMO REQUERIDO
Como mínimo, se debe contar con las siguientes personas de tiempo completo:
Perfil / Rol
Requisitos
adicionales de
formación
Requisitos
adicionales de
experiencia
Cantidad
Director que actuara
como revisor fiscal
principal
Formación
Avanzada
(Especialización)
Mínimo Diez (10)
años de experiencia
1
Contadores públicos
No requiere
Mínimo cinco (5) años
de experiencia
Total
3
4
En todo caso, el personal mínimo requerido podrá ser modificado y/o ajustado en
sus perfiles, requisitos de formación, experiencia y cantidad, siempre y cuando
Caprecom EICE EN LIQUIDACIÓN imparta su autorización previa y escrita.
CAPÍTULO 3
REGLAS DEL PROCESO DE INVITACIÓN ABIERTA
3.1. POSIBLES OFERENTES
Únicamente podrán participar en esta invitación todas las personas jurídicas,
individualmente consideradas, legalmente habilitadas por la Junta Central de
Contadores para operar como empresa de servicios contables o de auditoria.
No podrán participar en el presente proceso de selección quienes bajo
cualquier circunstancia se encuentren en situaciones de conflicto de
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intereses, o Controversia Judicial y/o Administrativa con CAPRECOM y/o
que afecten los principios de la contratación administrativa.
Se entenderá por conflicto de intereses toda situación que impida al contratista
seleccionado tomar una decisión imparcial en relación con la ejecución del
contrato; por lo tanto no podrán participar en este proceso de selección quienes
directa o indirectamente se encuentren en cualquier situación que implique la
existencia de un conflicto de intereses, o Controversia Judicial y/o Administrativa
que afecte los principios de transparencia, igualdad o los principios de la función
administrativa previstos en el artículo 209 de la Constitución Política.
3.2. CONSULTA DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA Y SUS ADENDAS
Los términos de referencia y sus adendas se publicarán y podrán ser consultados
en la página web de CAPRECOM EICE EN LIQUIDACIÓN www.caprecom.gov.co,
dentro del cronograma aquí establecido.
Las observaciones a los términos de referencia se recibirán dentro de los plazos
establecidos en el cronograma.
3.3. PLAZO PARA FORMULAR OBSERVACIONES O REALIZAR PREGUNTAS
SOBRE EL CONTENIDO DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA
Cualquier persona podrá dirigir preguntas u observaciones a la entidad respecto al
contenido de los Términos de Referencia. Dichas peticiones serán remitidas a la
entidad a través del canal o medio identificado en el Cronograma y serán
contestadas por el medio señalado igualmente en el Cronograma.
3.4. DE LAS PROPUESTAS
3.4.1. PRESENTACIÓN
El cierre de plazo para la presentación de propuestas se realizará en el plazo
establecido en el Cronograma y se recibirán únicamente en la dirección señalada
en el mismo.
Los oferentes deberán tener en cuenta que la hora máxima de recibo de ofertas
señalada en el Cronograma es aquella que se registre en el espacio físico de
recibo de ofertas al interior de la entidad, y no de anuncio en la recepción o lobby.
En consecuencia, se advierte a los oferentes que el registro de quienes ingresen,
su posterior anuncio y los desplazamientos al interior de la entidad, demandan
tiempo, por lo que se sugiere llegar con suficiente antelación para que el oferente
comparezca al espacio físico de recibo de ofertas antes de la hora máxima
permitida.
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Las propuestas se recibirán en original y dos (2) copias del mismo tenor,
debidamente foliadas y legajadas cada una de ellas, en idioma castellano, sin
enmendaduras que den lugar a interpretaciones erróneas, ambiguas o que
impidan su evaluación. Además, debe acompañarse de todos los documentos,
formatos y anexos aquí requeridos, numeradas en forma consecutiva, con índice o
tabla de contenido que permita su consulta ágil. En caso de disparidad entre los
documentos de la propuesta original y la copia, prevalecerá lo contenido en el
escrito original.
De la diligencia de presentación de propuestas se levantará un acta en la que se
indicarán los nombres de los proponentes, el número de folios de la propuesta, la
oferta económica y las observaciones que se presentaren. Esta acta será suscrita
por el Jefe de la Unidad de Contratos de CAPRECOM EICE EN LIQUIDACIÓN o
su delegado y también por los asistentes en representación de los oferentes.
3.4.2. CONTENIDO
Los proponentes deben elaborar su propuesta de acuerdo con los requisitos
técnicos, legales y financieros consignados en estos Términos de Referencia.
3.4.3. VALIDEZ DE LA OFERTA
La oferta deberá tener una validez mínima de tres (3) meses contados a partir de
la fecha de cierre de la invitación. Con la simple presentación de la oferta se
entenderá que el proponente la mantiene por ese plazo. No obstante, deberá
constituir la garantía de seriedad de la oferta a que hace referencia el numeral 3.8
de los presentes Términos.
3.5. REQUISITOS HABILITANTES JURÍDICOS
Para que la propuesta sea considerada por CAPRECOM EICE EN LIQUIDACIÓN,
el proponente deberá acreditar la totalidad de los requisitos señalados a
continuación:
a)
Carta de presentación de la oferta (según el Anexo No. 1) firmada por el
representante de la persona jurídica que presenta la propuesta, o por el
apoderado constituido para tal efecto. La condición en la que se actúa
deberá acreditarse conforme a la ley colombiana.
b)
Manifestar que tanto la persona jurídica proponente y su representante legal,
no se encuentran incursos en ninguna de las causales de inhabilidad,
incompatibilidad o conflicto de intereses previstas en la Constitución y/o en la
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ley, conforme al Anexo No. 2. Se aclara que conforme al artículo 13 de la Ley
1150 de 2007, son plenamente aplicables las causales de inhabilidad o
incompatibilidad previstas en la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, la Ley
1474 de 2011 y demás normas previstas en la Constitución y/o en la ley.
c)
Autorización expedida por la Junta Central de Contadores, que debe
encontrarse vigente.
d)
Fotocopia de la cédula de ciudadanía o documento de identidad del
Representante Legal.
e)
Certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de
Comercio del domicilio principal del oferente, con una antelación no superior
a un (1) mes, contado desde la fecha de cierre de la invitación, en el cual
conste que la actividad objeto de la presente invitación se encuentra
contemplada dentro del objeto social del oferente. De igual manera, se
deberá acreditar que la duración de la persona jurídica proponente es igual a
dos (2) o más años contados a partir del vencimiento del plazo del contrato,
tomando como referencia la fecha prevista en el numeral 2.3 de los
presentes Términos de Referencia.
f)
Copia del acta de junta de socios, de la asamblea de accionistas o del
órgano competente, en donde conste la autorización otorgada al
representante legal de la sociedad, en el evento en que éste tenga limitadas
las facultades para actuar o contratar.
g)
El proponente deberá anexar copia de la inscripción en el Registro Único
Tributario.
h)
Antecedentes disciplinarios de la persona jurídica y del representante legal
con fecha de expedición no superior a un (1) mes contado a partir del cierre
de la presente invitación.
i)
Antecedentes fiscales de la persona jurídica y del representante legal con
fecha de expedición no superior a un (1) mes contado a partir del cierre de la
presente invitación.
j)
Antecedentes judiciales del representante legal (www.policia.gov.co) con
fecha de expedición no superior a un (1) mes contado a partir del cierre de la
presente invitación.
k)
Si el representante legal es varón menor de cincuenta (50) años, deberá
anexar fotocopia de la libreta militar o del certificado correspondiente
(www.libretamilitar.mil.co).
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l)
Certificación de no estar incluido en la lista restrictiva sobre el lavado de
activos, elaborada por la OFAC, conforme al Anexo No. 3 de los presentes
Términos de Referencia. La presentación de ésta certificación no impide que
la entidad haga el rastreo respectivo. En el evento que se encuentre
reportado el oferente en dicha lista, la propuesta será rechazada.
m)
Certificación de cumplimiento con las obligaciones al Sistema de Seguridad
Social, en los precisos términos indicados en el artículo 50 de la Ley 789 de
2002 (diligenciar el formato previsto en el Anexo 4).
n)
Otorgar la póliza de seriedad de la oferta, en las condiciones indicadas en los
presentes Términos de Referencia.
o)
Diligenciar el formulario SARLAFT (Sistema de Administración del Riesgo de
Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo) dispuesto para el efecto
por Fiduciaria La Previsora S.A., liquidadora de Caprecom (Anexo No. 8). El
oferente deberá ser aprobado según las reglas de este sistema de control
financiero. La verificación será realizada directamente por Fiduciaria La
Previsora S.A.
3.6. REQUISITOS HABILITANTES FINANCIEROS
Además de presentar la documentación que se mencionará en el presente
acápite, los oferentes deben cumplir los indicadores financieros establecidos.
3.6.1. DOCUMENTACIÓN
Los siguientes son los documentos relacionados con la capacidad financiera del
proponente, que deberán ser igualmente aportados con la propuesta:
a)
b)
c)
Estados financieros comparativos de carácter general de los dos (2) últimos
años (2013-2014), con sus respectivas notas.
Fotocopia de cédula de ciudadanía y tarjeta profesional del contador público
y/o del revisor fiscal, según corresponda.
Dictamen de los estados financieros de conformidad con los artículos 37 y 38
de la ley 222 de 1995, cuando así se requiera.
Es indispensable presentar estos documentos. En el evento que no se presenten o
no se subsane la situación, la propuesta será rechazada.
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3.6.2. INDICADORES FINANCIEROS MÍNIMOS
El proponente debe acreditar solidez y solvencia en términos de su estructura
financiera, para lo cual deberá cumplir los siguientes indicadores:
3.6.2.1. Índice de liquidez
Se determina el índice de liquidez dividiendo el activo corriente sobre el pasivo
corriente reflejados en los estados financieros comparativos de los dos (2) últimos
años (2013-2014) y el estado de resultados comparativos de los dos (2) últimos
años (2013-2014), así:
Índice de liquidez = Activo corriente / pasivo corriente
El mínimo requerido es uno punto cinco (1.5).
3.6.2.2. Índice de endeudamiento
Se determina el índice de endeudamiento dividiendo el pasivo total por el activo
total reflejados en los estados financieros comparativos de los dos (2) últimos años
(2013-2014) y el estado de resultados comparativos de los dos (2) últimos años
(2013-2014), así:
Índice de endeudamiento = Pasivo total / Activo total
El nivel máximo permitido es el setenta por ciento (70%).
3.6.2.3. Patrimonio
Se determina el activo total menos el pasivo total reflejados en los estados
financieros comparativos de los dos (2) últimos años (2013-2014) y el estado de
resultados comparativos de los dos (2) últimos años (2013-2014), así:
Patrimonio = Activo total - Pasivo total
El mínimo requerido es el cincuenta (40%) del presupuesto asignado a la presente
invitación abierta (para el cálculo de este índice no se incluye el valor
correspondiente al IVA que equivale al 16%).
3.7. REQUISITOS HABILITANTES DE EXPERIENCIA
El proponente debe demostrar que ha suscrito y cumplido contratos, que
sumados no sean inferiores a DOSCIENTOS VENTITRES MILLONES DE PESOS
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14
($ 223.000.000) relacionados con servicios de auditoría financiera o revisoría fiscal
en entidades públicas o privadas, incluidas sociedades de Economía Mixta del
orden nacional, departamental o municipal, en la República de Colombia. Para tal
efecto se tomarán en cuenta contratos firmados desde el primero (1º) de enero del
año dos mil Once (2011) hasta la fecha de presentación de la propuesta. Como
mínimo debe presentar hasta dos (2) certificaciones donde acredite la experiencia,
debidamente suscritas por la empresa o entidad beneficiaria del servicio. Para ello,
deberá anexar certificaciones que versen sobre los contratos suscritos
especificando la siguiente información:
a)
b)
c)
d)
Objeto del contrato
Nombre de la entidad o empresa contratante
Fecha de iniciación y fecha de terminación
Valor del contrato
En el evento que la experiencia haya sido adquirida en virtud de contratos
suscritos bajo cualquier forma asociativa (entre ellas, consorcios y uniones
temporales), la misma se tendrá en cuenta únicamente en proporción directa a la
participación del proponente en dicho esquema asociativo. Si la certificación no
establece el porcentaje de participación del integrante, no será tenida en cuenta.
En el caso de sociedades o empresas que hayan sido constituidas dentro de los
tres (3) años anteriores al cierre de la presente Invitación, se podrá certificar la
experiencia adquirida por sus socios, aplicando las mismas reglas previstas en
este numeral y siempre que se acredite la condición de socio, conforme a la
normativa aplicable.
En el evento que no sea posible allegar las certificaciones de contrato de que trata
el presente numeral, el proponente deberá aportar (i) el contrato debidamente
suscrito entre las partes y sus modificaciones y (ii) certificación suscrita por el
representante legal, que se entenderá rendida bajo la gravedad de juramento por
el sólo hecho de acompañarse con la propuesta, en la que conste (a) el objeto y
duración del contrato, (b) nombre de la entidad o empresa contratante, (c) fecha
de iniciación y fecha de terminación y (d) valor del contrato.
3.8. PÓLIZA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA
La seriedad de la propuesta deberá garantizarse mediante póliza de seguros o
garantía bancaria a costa del proponente. Dicha garantía deberá expedirse a favor
de la CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL DE COMUNICACIONES “CAPRECOM”
EICE EN LIQUIDACIÓN, NIT 899.999.026-0, debiendo la compañía de seguros o
la entidad bancaria estar legalmente autorizada para funcionar en la República de
Colombia.
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Esta garantía debe expedirse por el equivalente al diez por ciento (10%) del valor
total del presupuesto asignado para esta contratación, con una vigencia no inferior
a tres (3) meses, contados a partir de la fecha establecida para el cierre de la
invitación.
Cuando la garantía de seriedad de la propuesta no se ajuste a las exigencias de
porcentaje y/o de vigencia establecidas en los presentes Términos de Referencia,
y no se corrija dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la solicitud de
modificación formulada por parte de CAPRECOM EICE EN LIQUIDACIÓN, la
propuesta será rechazada.
El proponente debe anexar a la propuesta el recibo de pago de la prima
correspondiente o certificación expedida por la Compañía de Seguros en la que
conste que la póliza no expirará por falta de pago de la prima o revocatoria
unilateral.
3.9. EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y OBSERVACIONES A LA MISMA
Las propuestas presentadas y habilitadas serán objeto de asignación de puntaje
de conformidad con los criterios de selección contenidos en el Capítulo 4 de estos
Términos de Referencia.
CAPRECOM EICE EN LIQUIDACIÓN, realizará la evaluación de las propuestas
en el plazo señalado en el cronograma, término en el que elaborará los estudios
económicos, técnicos y jurídicos necesarios y podrá solicitar a los proponentes las
aclaraciones o subsanaciones que se estimen necesarias.
A efectos de evaluar las propuestas que se presenten en desarrollo de los
procesos de contratación, se contará con unos evaluadores, que se encargarán de
realizar los estudios y análisis de las propuestas en cuanto a los requerimientos y
condiciones técnicas, jurídicas y financieras de lo cual dejarán constancia
mediante acta suscrita por todos ellos.
Cuando sean requeridos los oferentes para subsanar sus ofertas, los mismos no
podrán mejorar las condiciones de su propuesta.
Los oferentes estarán habilitados para presentar observaciones a la precalificación
que se publique.
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3.10. CAUSALES DE RECHAZO DE LAS PROPUESTAS
Además de los eventos contemplados en los presentes Términos de Referencia y
en el Manual de Contratación de la entidad, las propuestas serán rechazadas
cuando:
a. El proponente se halle incurso en alguna de las causas de inhabilidad,
incompatibilidad o conflicto de intereses para contratar establecidas en la
Constitución y/o en la ley. El proponente deberá tener en cuenta que demás
de las causales de inhabilidad o incompatibilidad para celebrar contratos,
también son aplicables las causales de inhabilidad especial dispuestas en
la ley para el ejercicio de la revisoría fiscal.
b. La propuesta sea presentada por personas jurídicamente incapaces para
obligarse o por persona que carezca de facultades de representación legal.
c. El proponente presente, directa o indirectamente, dos o más propuestas. En
este caso, se rechazarán todas las propuestas.
d. Cuando se presenten propuestas alternativas, parciales o condicionadas.
e. CAPRECOM EICE EN LIQUIDACIÓN detecte inconsistencias que no
puedan ser resueltas por los proponentes mediante pruebas que aclaren la
información presentada.
f. Cuando la propuesta se presente extemporáneamente o no se presente en
el lugar establecido en estos términos.
g. Cuando el proponente no subsane lo requerido por CAPRECOM EICE EN
LIQUIDACIÓN para realizar la evaluación de las propuestas o no subsane
correctamente alguna solicitud de aclaración que se le haya extendido.
h. En el evento que el valor de la propuesta económica presentada exceda el
límite del presupuesto asignado.
i.
Cuando el proponente no cumpla con todos y cada uno de los requisitos
habilitantes señalados en los presentes términos de Referencia.
j.
Cuando de conformidad con el certificado de existencia y representación
legal expedido por la Cámara de Comercio, o con los estatutos de la
persona jurídica, se determine que su duración no es igual a la exigida en
los presentes Términos, o cuando en este mismo certificado se verifique
que el objeto del proponente no se ajusta al objeto de la presente invitación.
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k. Se demuestre que a la fecha de presentación de su propuesta, el
proponente no se encuentra al día, durante los últimos seis (6) meses con
el cumplimiento en el pago de los aportes al sistema de seguridad social en
salud, pensión y riesgos profesionales y los Aportes Parafiscales, cuando a
ello hubiere lugar, en cumplimiento a lo estipulado en la Ley 789 de 2002,
artículo 50.
l.
No se subsane en debida forma y término según los requerimientos de
CAPRECOM EICE EN LIQUIDACIÓN.
m. Cuando de acuerdo con los documentos presentados, el representante
legal del proponente o apoderado carezca de facultades suficientes para
presentar la propuesta y el interesado no presente los documentos
necesarios para acreditar que su representante o apoderado dispone de las
facultades necesarias.
n. Cuando no cumpla con los requerimientos técnicos, económicos, jurídicos y
financieros exigidos en los Términos de Referencia.
o. Cuando se presenten propuestas en la modalidad de consorcios, uniones
temporales, promesa de sociedad futura o cualquier otra modalidad
asociativa que no configure una persona jurídica. De igual manera, serán
rechazadas las propuestas presentadas por personas naturales, dado que
la entidad considera procedente tener como revisor fiscal una persona
jurídica (ente corporativo).
3.11. SELECCIÓN
Una vez resueltas las observaciones a la precalificación, CAPRECOM EICE EN
LIQUIDACIÓN seleccionará la oferta con el mayor puntaje asignado, de lo cual se
informará a través de los medios definidos en los presentes Términos de
Referencia.
3.12. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
El oferente seleccionado debe suscribir el contrato a más tardar en la fecha
indicada en el cronograma.
El oferente seleccionado deberá asumir todos los gastos que impliquen el
perfeccionamiento del contrato y la ejecución del mismo.
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Si el oferente seleccionado no procede a la suscripción del contrato, CAPRECOM
EICE EN LIQUIDACIÓN podrá hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta,
sin perjuicio de adelantar las acciones que considere pertinentes.
En el evento antes señalado, CAPRECOM EICE EN LIQUIDACIÓN podrá acordar
la celebración del contrato con el segundo seleccionado y así sucesivamente,
según el orden de prelación, siempre y cuando se encuentre habilitado y de
acuerdo a las calificaciones que hayan obtenido.
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CAPITULO 4
CALIFICACIÓN DE PROPUESTAS
4.1. VERIFICACIÓN REQUISITOS HABILITANTES
Los requisitos habilitantes y demás requisitos mínimos señalados en los presentes
Términos de Referencia, tendrán la siguiente calificación:
REQUISITOS
RESULTADO
Requisitos habilitantes jurídicos
Requisitos habilitantes financieros
Requisitos habilitantes de experiencia
Cumple/No cumple
Cumple/No cumple
Cumple/No cumple
4.2. ASIGNACIÓN DE PUNTAJE
La entidad concederá puntaje con base en los criterios que se detallan a continuación:
Criterio
Propuesta económica
Apoyo industria nacional y reciprocidad
Total
Puntaje
900 puntos
100 puntos
1000 puntos
La aplicación de cada criterio se detalla a continuación.
4.2.1. PROPUESTA ECONÓMICA
El oferente deberá expresar de forma clara la propuesta económica que le efectúa
a la entidad, diligenciando para tal efecto el Anexo No. 5. En todo caso, la
propuesta económica no deberá sobrepasar el valor del presupuesto asignado a la
presente contratación, fijado en el numeral 2.5 de los presentes Términos de
Referencia. Si se excede, la propuesta será objeto de rechazo.
El oferente deberá tener en cuenta que el presupuesto asignado incluye todos los
impuestos a que haya lugar, entre ellos el IVA que corresponde al 16%. En
consecuencia, si al aplicar el IVA sobre la propuesta económica efectuada se
excede el presupuesto asignado, la oferta será rechazada.
Para todos los efectos de aplicación de la formula tanto el presupuesto
oficial, como las ofertas presentadas se evaluaran antes de IVA.
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La asignación de puntos se efectuará con base en la fórmula de media
geométrica, conforme a las reglas que siguen.
4.2.2.1 Determinación rango de legibilidad
Se procede a determinar si la propuesta económica del oferente se encuentra en
un rango del 95% y el 100% del presupuesto destinado para la presente invitación
abierta sin incluir el IVA. Las ofertas que superen este rango por exceso o por
defecto se declararán no hábiles.
VALOR PROMEDIO 1 (VRP1):
El valor promedio 1, será el resultado de la sumatoria del valor total corregido, SIN IVA de
las propuestas admisibles, dividido entre el número de propuestas admisibles, así:
RANGO DE ELEGIBILIDAD:
Se eliminarán las propuestas cuyos valores totales SIN IVA, sean inferiores al 98 % del
valor promedio 1 (VRP1) o que lo superen en un 2%, así:
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VALOR PROMEDIO 2:
Cumplido el anterior procedimiento se elaborará un nuevo promedio con la
sumatoria de las propuestas no eliminadas por rango de elegibilidad (RE), dividido
entre el número de ellas así:
VALOR PROMEDIO FINAL DE ADJUDICACIÓN:
El valor promedio final de adjudicación, será el resultado de la MEDIA GEOMÉTRICA de
las siguientes razones:
Establecido el promedio final de adjudicación se procederá a determinar puntaje
para cada proponente mediante el siguiente procedimiento:
a.- Para propuestas con valor menor o igual al promedio final de adjudicación
𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑝𝑟𝑜𝑚𝑒𝑑𝑖𝑜 𝑓𝑖𝑛𝑎𝑙 𝑎𝑑𝑗𝑢𝑑𝑖𝑐𝑎𝑐𝑖ó𝑛 − 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑝𝑟𝑜𝑝𝑢𝑒𝑠𝑡𝑎 𝑖
𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑖 = 900 ∗ (1 − (
))
𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑝𝑟𝑜𝑚𝑒𝑑𝑖𝑜 𝑓𝑖𝑛𝑎𝑙 𝑎𝑑𝑗𝑢𝑑𝑖𝑐𝑎𝑐𝑖ó𝑛
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b.- Para propuestas con valor mayor al promedio final de adjudicación
|𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑝𝑟𝑜𝑚𝑒𝑑𝑖𝑜 𝑓𝑖𝑛𝑎𝑙 𝑎𝑑𝑗𝑢𝑑𝑖𝑐𝑎𝑐𝑖ó𝑛 − 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑝𝑟𝑜𝑝𝑢𝑒𝑠𝑡𝑎 𝑖|
𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑖 = 900 ∗ (1 − 2 (
))
𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑝𝑟𝑜𝑚𝑒𝑑𝑖𝑜 𝑓𝑖𝑛𝑎𝑙 𝑎𝑑𝑗𝑢𝑑𝑖𝑐𝑎𝑐𝑖ó𝑛
Donde:
i = Propuesta a evaluar
En el caso de ofertas económicas con valores mayores al promedio final de adjudicación
se tomará el valor absoluto de la diferencia entre el valor promedio final de adjudicación y
el valor de la oferta, como se observa en la fórmula de ponderación.
4.2.2 APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL Y RECIPROCIDAD
De conformidad con lo previsto en la Ley 816 de 2003 y el artículo 2.2.1.2.4.1.3 y
siguientes del Decreto 1082 de 2015, con el fin de apoyar la industria colombiana
se otorgará un puntaje máximo de cien (100) puntos con fundamento en las
siguientes reglas.
La reciprocidad aplica para aquellos proponentes extranjeros, que participen
individualmente que deseen el tratamiento de proponente colombiano, para lo cual
se aplicarán las siguientes reglas:
a) Servicios Nacionales: son los servicios prestados por personas naturales
colombianas o residentes en Colombia, o por personas jurídicas
constituidas de conformidad con la legislación colombiana, en virtud de lo
dispuesto en el artículo 2.2.1.1.1.3.1 del Decreto 1082 de 2015.
Caprecom concederá trato nacional a: (a) los oferentes, bienes y servicios
provenientes de Estados con los cuales Colombia tenga Acuerdos
Comerciales, en los términos establecidos en tales Acuerdos Comerciales;
(b) a los bienes y servicios provenientes de Estados con los cuales no
exista un Acuerdo Comercial pero respecto de los cuales el Gobierno
Nacional haya certificado que los oferentes de Bienes y Servicios
Nacionales gozan de trato nacional, con base en la revisión y comparación
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de la normativa en materia de compras y contratación pública de dicho
Estado; y (c) a los servicios prestados por oferentes miembros de la
Comunidad Andina de Naciones teniendo en cuenta la regulación andina
aplicable a la materia (Decisión 439 de 1998).
La información para acreditar reciprocidad en el evento que un oferente
extranjero sin sucursal o domicilio en Colombia pretenda recibir trato
nacional será la que corresponda a la publicada en el SECOP,
exclusivamente.
b) Incentivo a la incorporación de Componente Colombiano: para la aplicación
de este criterio se tendrá en cuenta lo dispuesto por el segundo inciso del
artículo 2º de la Ley 816 de 2003: a los proponentes de origen extranjero
que ofrezcan determinado porcentaje de componente colombiano
incorporado, referido a la totalidad del personal calificado del contrato, se
les otorgará puntaje de conformidad con la tabla de componente nacional
que se establece más adelante para la evaluación correspondiente. Por
personal calificado se entiende aquel que requiere de un título universitario
otorgado por una institución de educación superior, conforme a la Ley 749
de 2002, para ejercer determinada profesión. Para estos efectos, los
proponentes extranjeros que no hayan acreditado reciprocidad, deberán
señalar en el Anexo No. ____, el porcentaje ofrecido de componente
nacional incorporado, referido a la totalidad del personal calificado que
empleará para la ejecución del contrato. Dado que la protección a la
industria nacional es factor de evaluación de las propuestas, el proponente
no podrá modificar los porcentajes totales de componente nacional y
extranjero ofrecidos en la ejecución del contrato objeto de la presente
invitación.
Habida cuenta de lo anterior, el presente factor de escogencia y su puntaje, se
calificarán de conformidad con los siguientes criterios y ponderaciones:
Criterio
Condiciones
Puntaje
El proponente individual debe cumplir y ser:
a) Personas jurídica nacional; o,
Servicios de origen
nacional
b) Personas jurídicas extranjeras que
hayan acreditado la reciprocidad, la
existencia de un acuerdo comercial
vigente o persona jurídica constituida en
100 puntos
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algún Estado miembro de la Comunidad
Andina de Naciones.
Incorporación de
componente nacional
Tendrán derecho a este puntaje proponentes
extranjeros que no hayan acreditado la
reciprocidad o la existencia de un acuerdo
comercial vigente o tener los beneficios de la
CAN,
siempre
y
cuando
ofrezcan
componente nacional incorporado a la
totalidad del personal calificado del contrato.
50 puntos
Para efectos de lo anterior el oferente debe suscribir el Anexo No. 7 “Declaración
de Porcentaje de Personal Calificado Colombiano”.
4.3. FACTORES DE DEFINICIÓN DE EMPATES
Cuando analizadas y calificadas las propuestas, se llegue a presentar un empate
en la puntuación total, dicha igualdad se definirá en el siguiente orden de
prelación:
1. De acuerdo con lo establecido en la Circular No. 013 del 23 de febrero de
2012 del Ministerio de Trabajo, en consonancia con la Sentencia T-684A
del 23 de septiembre de 2011 de la Corte Constitucional y de lo dispuesto
en el artículo 24 de la Ley 361 de 1997, se preferirá al proponente que
acredite tener vinculado laboralmente por lo menos un mínimo del 10% de
sus empleados en las condiciones de discapacidad y el cumplimiento de los
presupuestos contenidos en la Ley 361 de 1997, debidamente certificadas
por la oficina de trabajo de la respectiva zona, que hayan sido contratados
con por lo menos un año de anterioridad y que certifique adicionalmente
que mantendrá dicho personal por un lapso igual al de la contratación. Sólo
se aplicará este factor de desempate cuando el oferente haya aportado la
certificación respectiva.
2. De persistir el empate, se realizará un sorteo mediante el sistema de
balotas, conforme al cual, se introducirán tantas balotas como número de
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oferentes empatados y una de las balotas estará marcada con una “X”, el
proponente que saque la balota mercada será el contratista seleccionado.
Cordialmente,
ORIGINAL FIRMADO
JUAN MANUEL QUIÑONES PINZÓN
Apoderado Especial de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones
“Caprecom”
EICE en liquidación
_________________________________________________________________________________________________
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ANEXO 1
CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
Bogotá D.C., [FECHA]
Doctor
JUAN MANUEL QUIÑONES PINZÓN
Apoderado Especial de CAPRECOM EICE EN LIQUIDACIÓN
Carrera 69 No. 47-34, Bloque Administrativo, Piso 4º
Bogotá D.C.
Ciudad
Nosotros los suscritos, [NOMBRE DEL PROPONENTE] de acuerdo con los Términos de
Referencia de la Invitación Abierta No. Xxxx 05, hacemos la siguiente propuesta para:
Contratar una persona jurídica legalmente habilitada por la Junta Central de
Contadores para operar como empresa de servicios contables o de auditoria, para
que preste sus servicios profesionales de REVISORIA FISCAL de la CAJA DE
PREVISIÓN SOCIAL DE COMUNICACIONES “CAPRECOM” EICE EN
LIQUIDACIÓN.
De igual manera, la persona jurídica oferente certifica:
1. Que esta propuesta y el contrato que llegare a celebrarse sólo compromete a
quien presenta la oferta.
2. Que ninguna entidad o persona distinta tiene interés comercial en esta propuesta
ni en el contrato probable que de ella se derive.
3. Que conocemos la información general y demás documentos de los Términos de
Referencia y aceptamos los requisitos en ellos contenidos.
4. Que ni la persona jurídica proponente ni su representante legal y apoderado, se
hallan incursos en causal alguna de inhabilidad e incompatibilidad señalada en la
Ley y que no nos encontramos en ninguno de los eventos de prohibición para
contratar con recursos públicos. Adicionalmente, que no nos encontramos incursos
directamente, ni nuestro equipo de trabajo y/o sus directivos en conflicto de
intereses definidos en los Términos de Referencia. Tampoco nos encontramos
incursos en las inhabilidades especiales que aplican para el ejercicio de la
revisoría fiscal.
5. Que conocemos íntegramente los presentes Términos de Referencia y sus
adendas y que aceptamos su contenido.
6. Que acepto se remita información, avisos, respuestas, notificaciones y, en general,
las comunicaciones que generen, al correo electrónico señalado en la parte inferior
de esta comunicación.
Que si se nos adjudica el contrato, nos comprometemos a constituir las garantías
requeridas y a suscribir éstas y aquél dentro del término señalado para ello.
Cordialmente,
_________________________________________________________________________________________________
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27
Nombre o Razón Social del Proponente: _______________
N.I.T. _______________
Nombre del representante legal: _____________________
Cédula No.______________________ de _______________
Dirección: ________________________________________
Teléfonos ______________________ Fax _____________
Correo electrónico: ________________________________
Ciudad: __________________________________
Firma: __________________________________________________
Calidad: ___ Representante Legal
___ Apoderado General
Especial
Nombre completo: _______________________________
Cédula No.______________________ de ______________
____ Apoderado
_________________________________________________________________________________________________
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28
ANEXO 2
CERTIFICACIÓN DE NO ESTAR INCURSOS EN CAUSALES DE INHABILIDAD O
INCOMPATIBILIDAD
Doctor
JUAN MANUEL QUIÑONES PINZÓN
Apoderado Especial de CAPRECOM EICE EN LIQUIDACIÓN
Carrera 69 No. 47-34, Bloque Administrativo, Piso 4º
Bogotá D.C.
Ciudad
Referencia: Certificación de inexistencia de no estar incursos en causales de
inhabilidad o incompatibilidad para contratar con entidades públicas ni en
conflicto de intereses
.
El suscrito representante legal de _______, hago constar que ni la persona jurídica que
represento ni el suscrito representante legal, nos encontramos incursos en las causales
de inhabilidad o incompatibilidad para contratar con entidades públicas según lo previsto
en la Constitución Política, la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, la Ley 1474 de 2011 y
demás normas previstas en la ley. Tampoco la persona jurídica oferente se encuentra
incursa en las inhabilidades especiales para ejercer la revisoría fiscal, previstas en la ley y
el reglamento.
Tampoco nos encontramos incursos en conflictos de intereses según la definición
efectuada en los Términos de Referencia.
Cordialmente,
Nombre o Razón Social del Proponente: _______________
N.I.T. _______________
Nombre del representante legal: _____________________
Cédula No.______________________ de _______________
Firma: __________________________________________________
Calidad: ___ Representante Legal
___ Apoderado General
Especial
Nombre completo: _______________________________
Cédula No.______________________ de ______________
____ Apoderado
_________________________________________________________________________________________________
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29
ANEXO 3
CERTIFICACIÓN DE NO ESTAR INCLUIDOS EN LA LISTA OFAC
Doctor
JUAN MANUEL QUIÑONES PINZÓN
Apoderado Especial de CAPRECOM EICE EN LIQUIDACIÓN
Carrera 69 No. 47-34, Bloque Administrativo, Piso 4º
Bogotá D.C.
Ciudad
Referencia: Certificación de no estar reportado el oferente en la lista Ofac
El suscrito representante legal de _______, hago constar que la persona jurídica que
represento no está incluida en la lista restrictiva de lavado de activos elaborada por la
OFAC.
Cordialmente,
Nombre o Razón Social del Proponente: _______________
N.I.T. _______________
Nombre del representante legal: _____________________
Cédula No.______________________ de _______________
Firma: __________________________________________________
Calidad: ___ Representante Legal
___ Apoderado General
Especial
Nombre completo: _______________________________
Cédula No.______________________ de ______________
____ Apoderado
_________________________________________________________________________________________________
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30
ANEXO 4
CERTIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO
ARTÍCULO 50 LEY 789 DE 2002
Yo __________________________________________, identificado con________ No.
___________________________ de _________________, en mi calidad de
____________________ de la empresa ____________________ con N.I.T.
______________, DECLARO BAJO LA GRAVEDAD DE JURAMENTO y con sujeción a
las sanciones que para tal efecto se establecen por las normas colombianas, que la
empresa ha cumplido durante los seis (6) meses anteriores a la fecha de entrega de la
presente certificación, con los pagos al sistema de seguridad social en salud, pensiones y
riesgos laborales y con los aportes parafiscales correspondientes a todos sus empleados
vinculados por contrato de trabajo, por lo que declaro que se encuentra a PAZ Y SALVO
con las Empresas promotoras de Salud E.P.S., Fondos de Pensiones, Administradoras de
Riesgos Laborales A.R.L., Caja de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de
Bienestar Familiar I.C.B.F. y Servicio Nacional de Aprendizaje SENA
___________________________
FIRMA
IDENTIFICACIÓN No.
En calidad de_______________________
Ciudad y Fecha: _________________
Nota: La presente certificación debe ser firmada por el representante legal de la empresa
o por el revisor fiscal, según el caso. En caso que la empresa tenga menos de seis meses
de creada, deberá certificar el cumplimiento a partir de la fecha de su constitución.
_________________________________________________________________________________________________
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31
ANEXO 5
PROPUESTA ECONÓMICA
Doctor
JUAN MANUEL QUIÑONES PINZÓN
Apoderado Especial de CAPRECOM EICE EN LIQUIDACIÓN
Carrera 69 No. 47-34, Bloque Administrativo, Piso 4º
Bogotá D.C.
Ciudad
Nosotros los suscritos, [NOMBRE DEL PROPONENTE] de acuerdo con los Términos de
Referencia de la Invitación No. 005, hacemos la siguiente propuesta económica para:
“Contratar una persona jurídica legalmente habilitada por la Junta Central de
Contadores para operar como empresa de servicios contables o de auditoria, para
que preste sus servicios profesionales de REVISORIA FISCAL de la CAJA DE
PREVISIÓN SOCIAL DE COMUNICACIONES “CAPRECOM” EICE EN
LIQUIDACIÓN”
__________________ + IVA
(en letras y números, un número entero y ningún decimal)
Nombre o Razón Social del Proponente: _______________
N.I.T. _______________
Nombre del representante legal: _____________________
Cédula No.______________________ de _______________
Firma: __________________________________________________
Calidad: ___ Representante Legal
___ Apoderado General
Especial
Nombre completo: _______________________________
Cédula No.______________________ de ______________
____ Apoderado
Advertencia: la oferta económica (incluyendo IVA) que sobrepase el presupuesto de la
presente contratación, identificado en el numeral 2.5 de los Términos de Referencia, será
objeto de rechazo.
_________________________________________________________________________________________________
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ANEXO 6
CRONOGRAMA
A continuación se presenta el cronograma del proceso de selección, que podrá ser objeto
de modificación por parte de CAPRECOM EICE EN LIQUIDACIÓN, de lo cual se
informará públicamente:
Actividad
Publicación
definitivos
Términos
de
Fecha máxima
Referencia Desde el 4 de abril hasta el 8 de
abril de 2016
Plazo para presentar observaciones a Hasta las 5:00 p.m. del 11 de abril
términos de referencia
de 2016
Respuesta a las observaciones a los
12 de abril de 2016
Términos de Referencia
Presentación de las propuestas
Desde las 3:00 pm hasta las 4:00
pm del 18 de abril de 2016
Evaluación de las propuestas
19 y 20 de abril de 2016
Publicaciones de los resultados de las
evaluaciones
Plazo
máximo
para
presentar
observaciones a los resultados de las
evaluaciones
Respuesta a las observaciones a los
resultados de las evaluaciones y
comunicación de selección
21 de abril de 2016
Hasta las 5:00 pm del 25 de abril de
2016
Lugar / sitio web
www.caprecom.gov.co
Deberán remitirse al mail
[email protected]
www.caprecom.gov.co
Carrera 69 No. 47-34, Bloque
Administrativo, Piso 4º, Sala
de Juntas, Bogotá D.C.
Sede de Caprecom
www.caprecom.gov.co
Deberán remitirse al mail
[email protected]
26 de abril de 2016
www.caprecom.gov.co
Suscripción y firma del contrato
28 de abril de 2016
Carrera 69 No. 47-34, Bloque
Administrativo, Piso 4º,
Bogotá D.C.
Inicio de ejecución del contrato
28 de abril de 2016
Sede de Caprecom
_________________________________________________________________________________________________
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33
ANEXO 7
FORMATO DE DECLARACIÓN DE PORCENTAJE DE PERSONAL CALIFICADO
COLOMBIANO
(Sólo para Oferentes que no acrediten el principio de reciprocidad de acuerdo con
lo dispuesto en la Ley 816 de 2003 y el Decreto 1082 de 2015)
Doctor
JUAN MANUEL QUIÑONES PINZÓN
Apoderado Especial de CAPRECOM EICE EN LIQUIDACIÓN
Carrera 69 No. 47-34, Bloque Administrativo, Piso 4º
Bogotá D.C.
Ciudad
El abajo firmante, actuando como representante legal de [nombre del Oferente] presento
declaración de porcentaje de personal calificado colombiano que se incorporará al
proyecto, en desarrollo de la Invitación Abierta No. 05 convocada por CAPRECOM en
liquidación con el objeto de: “Contratar una persona jurídica legalmente habilitada por la
Junta Central de Contadores para operar como empresa de servicios contables o de
auditoria, para que preste sus servicios profesionales de REVISORIA FISCAL de la
CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL DE COMUNICACIONES “CAPRECOM” EICE EN
LIQUIDACIÓN..”
Para efectos de la presente Invitación, entendemos por persona calificada, el colombiano
que posea un título universitario otorgado por una institución de educación superior,
conforme a la Ley 749 de 2002, para ejercer determinada profesión.
Declaro(amos) – bajo la gravedad del juramento - con ocasión de la presente Invitación,
que el porcentaje de personal calificado colombiano será del cien por ciento (100%)
respecto de la totalidad de personal calificado del proyecto en las condiciones
establecidas en los Términos de Referencia y el respectivo contrato.
En todo caso, nos comprometemos a mantener este porcentaje durante toda la ejecución
del proyecto.
Atentamente,
Nombre o Razón Social del Proponente: _______________
N.I.T. _______________
Nombre del representante legal: _____________________
Cédula No.______________________ de _______________
Firma: __________________________________________________
Calidad: ___ Representante Legal
___ Apoderado General
Especial
Nombre completo: _______________________________
Cédula No.______________________ de ______________
____ Apoderado
_________________________________________________________________________________________________
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34
ANEXO 8
FORMULARIO SARLAFT
Nota: se incluye como documento independiente al presente documento general, para su
fácil diligenciamiento.
_________________________________________________________________________________________________
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35
ANEXO 9
MINUTA DEL CONTRATO
ENTIDAD
CONTRATANTE
:
CONTRATISTA
:
OBJETO
:
VALOR
PLAZO
CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL DE COMUNICACIONES
“CAPRECOM” EICE EN LIQUIDACIÓN NIT. 899.999.026-0
_______
Contratar una persona jurídica legalmente habilitada por la
Junta Central de Contadores para operar como empresa
de servicios contables o de auditoria, para que preste sus
servicios profesionales de REVISORIA FISCAL de la
CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL DE COMUNICACIONES
“CAPRECOM” EICE EN LIQUIDACIÓN.
:
:
El plazo de ejecución del contrato será de ocho (8) meses,
contados a partir de la suscripción del contrato.
Entre los suscritos JUAN MANUEL QUIÑONES PINZÓN, identificado con cédula de
ciudadanía No. 10.536.147 expedida en Popayán (C), quien obra en su condición de
Apoderado Especial de FIDUCIARIA LA PREVISORA S.A. según consta en la Escritura
Pública No. 133 del 25 de enero de 2016 otorgada en la Notaría Primera (1ª) del Círculo
de Bogotá D.C., sociedad fiduciaria que obra única y exclusivamente como liquidadora de
la CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL DE COMUNICACIONES “CAPRECOM” EICE EN
LIQUIDACIÓN, según designación efectuada por el Gobierno Nacional mediante Decreto
No. 2519 del 28 de diciembre de 2015, entidad pública del orden nacional transformada
en Empresa Industrial y Comercial del Estado según Ley 314 de 1996 y que en el
presente instrumento se denominará EL CONTRATANTE, de una parte, y de la otra
_______, mayor de edad, identificado(a) con cedula de ciudadanía No. _____ expedida
en ______, obrando en su condición de representante legal de _________, sociedad que
en el texto de este documento se denominará EL CONTRATISTA, hemos convenido
suscribir el presente contrato, previas las siguientes,
CONSIDERACIONES:
a) Mediante Decreto No. 2519 de 2015 se dispuso la supresión y liquidación de la CAJA
DE PREVISIÓN SOCIAL DE COMUNICACIONES “CAPRECOM” EICE, creada por la
Ley 82 de 1912 y transformada en Empresa Industrial y Comercial del Estado mediante el
Ley 314 de 1996, vinculada al Ministerio de Salud y Protección Social según Decreto Ley
4107 de 2011.
_________________________________________________________________________________________________
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36
b) Según el artículo 6º del Decreto 2519 de 2015 la liquidación será adelantada por
FIDUCIARIA LA PREVISORA S.A., sociedad que otorgó poder general, amplio y
suficiente mediante Escritura Pública No. 245 del 12 de enero de 2016 otorgada en la
Notaría 29 del Círculo de Bogotá D.C. al Doctor FELIPE NEGRET MOSQUERA para
desarrollar los actos, acciones y contratos tendientes a la liquidación de la CAJA DE
PREVISIÓN SOCIAL DE COMUNICACIONES “CAPRECOM” EICE EN LIQUIDACIÓN,
quien a su vez confirió al suscrito JUAN MANUEL QUIÑONES PINZÓN Poder Especial
mediante Escritura Pública No. 133 del 25 de enero de 2016 otorgada en la Notaría
Primera (1ª) del Círculo de Bogotá D.C.
c) Que la Coordinación Administrativa justificó la necesidad de contratar una persona
jurídica legalmente habilitada por la Junta Central de Contadores para operar como
empresa de servicios contables o de auditoria, para que preste sus servicios profesionales
de REVISORIA FISCAL de la CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL DE COMUNICACIONES
“CAPRECOM” EICE EN LIQUIDACIÓN.
d) Que el literal j) del artículo 6º del Decreto Ley 254 de 2000 (con la modificación
introducida por el artículo 6 de la Ley 1105 de 2006), dispone que son funciones del
liquidador celebrar los actos y contratos requeridos para el debido desarrollo de la
liquidación. A su turno, el artículo 4º del Decreto 2519 del 28 de diciembre de 2015 señala
que la CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL DE COMUNICACIONES “CAPRECOM” EICE EN
LIQUIDACIÓN conservará su capacidad para expedir actos, celebrar contratos y
adelantar las acciones necesarias y tendientes para su pronta liquidación.
e) Que en el artículo 9 del Decreto No. 2519 de 2015 establece que La CAJA DE
PREVISIÓN SOCIAL DE COMUNICACIONES, CAPRECOM, LIQUIDACIÓN, tendrá un
Revisor Fiscal designado por Liquidador, el cual deberá tener las mismas calidades y
funciones establecidas en el Capítulo VIII Título I Libro Segundo del Código de Comercio.
f) Que según lo dispuesto en el artículo 8º de la Resolución No. L-002 del 30 de diciembre
de 2015, emitida por el Apoderado Especial de CAPRECOM, la entidad deberá efectuar
proceso de Invitación Abierta para contratar en aquellos casos en que la cuantía del
negocio sea igual o superior a trescientos cincuenta (350) salarios mínimos legales
mensuales vigentes.
g) Que la presente contratación cuenta el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No.
xxxdel xx de xxx de 2016.
h) Que conforme a lo establecido en el Manual de Contratación de la entidad, fueron
publicados en la página web institucional www.caprecom.gov.co el día ___ de marzo de
2016 los Términos de Referencia de la Invitación Abierta No. _05__ de 2016, con el
siguiente objeto: “Contratar una persona jurídica legalmente habilitada por la Junta Central
de Contadores para operar como empresa de servicios contables o de auditoria, para que
preste sus servicios profesionales de REVISORIA FISCAL de la CAJA DE PREVISIÓN
SOCIAL DE COMUNICACIONES “CAPRECOM” EICE EN LIQUIDACIÓN..”
i) Que durante el plazo establecido fueron recibidas ___ (__) propuestas, que fueron
evaluadas por el Comité Evaluador designado por el suscrito Apoderado Especial.
_________________________________________________________________________________________________
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37
j) Que una vez surtida la fase de evaluación, el Comité, habiendo escuchado las
observaciones al informe de precalificación, recomendó al suscrito Apoderado Especial lo
siguiente: “_______”
k) Que la anterior recomendación fue aceptada por el Apoderado Especial de Caprecom,
razón por la cual fue publicado el día ______ de 2016 la comunicación de selección
respectiva.
l) Que EL CONTRATISTA manifiesta bajo la gravedad del juramento que no está inmerso
en causal alguna de inhabilidad, incompatibilidad o conflicto de intereses.
m) Que de conformidad con lo expuesto en la parte motiva, las partes acuerdan celebrar
el presente contrato de prestación de servicios, el cual se regirá por las siguientes,
CLÁUSULAS
CLÁUSULA PRIMERA.- OBJETO: Contratar una persona jurídica legalmente habilitada
por la Junta Central de Contadores para operar como empresa de servicios contables o
de auditoria, para que preste sus servicios profesionales de REVISORIA FISCAL de la
CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL DE COMUNICACIONES “CAPRECOM” EICE EN
LIQUIDACIÓN.
CLÁUSULA SEGUNDA.- PLAZO DEL CONTRATO: El plazo de ejecución del
contrato será de ocho (8) meses, contados a partir del primero (1) de mayo y, en
todo caso, sin exceder la hasta la vigencia del Decreto 2519 del 28 de diciembre
de 2015.
CLÁUSULA TERCERA.- CUANTÍA ESTIMADA DEL CONTRATO: La cuantía del
contrato se ha estimado en _______ ($_______), incluyendo los impuestos, costos y
demás erogaciones a cargo del contratista.
CLÁUSULA CUARTA.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: EL CONTRATISTA
seleccionado deberá, en particular, efectuar las siguientes actividades:
1. Verificar que se cumpla a cabalidad con el presupuesto que sea aprobado
para el proceso liquidatorio.
2. Dictaminar los estados financieros de la CAJA DE PREVISION SOCIAL DE
COMUNICACIONES CAPRECOM EICE EN LIQUIDACION
3. Impartir las instrucciones, practicar las inspecciones y solicitar los informes
que sean necesarios para establecer un control permanente sobre los
valores sociales.
4. Colaborar con las entidades gubernamentales y rendir los informes a que
haya lugar y/o cuando estas lo soliciten EN EL MARCO DE SU
COMPETENCIA LEGAL.
5. Inspeccionar los bienes de la entidad y procurar que se tome
oportunamente las medidas de conservación y seguridad de los mismos, de
_________________________________________________________________________________________________
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los que la entidad en liquidación tenga en custodia a cualquier título.
6. Vigilar que las operaciones financieras que celebre o realice la CAJA DE
PREVISION SOCIAL DE COMUNICACIONES CAPRECOM EICE EN
LIQUIDACION, en todos los negocios a contratar, se ajusten a la ley, a las
decisiones del Apoderado General de la Liquidación y a las disposiciones
reglamentarias emitidas por los organismos de dirección, administración
control y vigilancia.
7. Informar al Apoderado de la Liquidación, sobre las irregularidades que
detecte en el desarrollo de las operaciones financieras y en el
funcionamiento de la entidad.
8. Velar porque se lleven regularmente lo registros financieros y contables de
la CAJA DE PREVISION SOCIAL DE COMUNICACIONES CAPRECOM
EICE EN LIQUIDACION, y se conserven debidamente los comprobantes y
archivos contables de la Entidad.
9. Ejercer la inspección de los bienes de la Entidad y de los que ella tenga en
custodia a cualquier título, y solicitar los informes necesarios para
establecer un control permanente sobre la conservación, integridad y
seguridad del patrimonio institucional.
10. Efectuar la Revisoría Fiscal de acuerdo con las normas de auditoría
generalmente aceptadas, cubriendo aspectos tan importantes como:
auditoria operacional, auditoría financiera, auditoria de cumplimiento o
legalidad, auditoria de control interno, auditoría de gestión y auditoria de
sistemas.
11. Poner en conocimiento mediante presentación de informes el resultado de
la ejecución de las auditorias.
12. Suministrar al supervisor del contrato los informes y documentos que este
requiera para el ejercicio de sus funciones.
13. Refrendar con su firma los balances y estados financieros de la entidad,
acompañándolos con su dictamen o informe correspondiente, según sea el
caso.
14. Asistir a las reuniones necesarias donde se requiera para el apoyo a la
administración de la liquidación.
15. Autorizar con su firma los informes, documentos y formularios que
requieran los organismos de control y vigilancia del estado, al igual que los
estados financieros hasta la fecha de terminación del contrato.
16. Presentar mensualmente al supervisor del contrato o cuando este lo
solicite, informe sobre las actividades realizadas en cumplimiento de sus
funciones,
17. Cumplir con las obligaciones inherentes al objeto de este contrato.
18. Lograr la correcta y oportuna ejecución del objeto contractual.
19. Ejecutar el contrato dentro de los mejores criterios de calidad.
20. Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales, evitando
dilataciones y obstáculos.
21. Acreditar el pago de aportes al Sistema General de seguridad Social en
_________________________________________________________________________________________________
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Salud y Pensiones y Parafiscales al día.
22. Constituir la garantía única en los términos señalados.
23. Ejercer una fiscalización oportuna e integral, sobre los actos de los
administradores, las operaciones sociales, los bienes, los derechos, los
libros, los comprobantes, la correspondencia y demás documentos
inherentes, con el fin de garantizar el manejo oportuno, eficiente, eficaz y
transparente de los recursos financieros del proceso Liquidatorio.
24. Colaborar con la Superintendencia Nacional de Salud, rindiéndole los
informes oportunos, confiables, verificables, razonables y propios del
ejercicio de la revisoría fiscal, así como aquellos que requiera el ente de
control con fundamento en lo ordenado por las circulares externas
expedidas por la superintendencia. EN EL MARCO DE SU COMPETENCIA
LEGAL.
25. Velar porque al final de cada ejercicio social y por lo menos una vez al año,
se preparen, presenten y difundan oportunamente, de acuerdo con los
principios de contabilidad generalmente aceptados y las normas legales, los
estados financieros de propósito general junto con sus notas, debidamente
certificados y, porque los mismos hayan sido tomados fielmente de los
libros oficiales del ente, verificando que se encuentren sustentados en
comprobantes, soportes y documentos reales y fidedignos.
26. Revisar y evaluar periódicamente el sistema de control interno adoptado por
la entidad.
27. Procurar que se tomen oportunamente las medidas de conservación o
seguridad de los bienes de la entidad y de los que ella tenga en custodia a
cualquier otro título.
28. Emitir el dictamen respectivo, sobre los estados financieros de propósito
general, así como aquellos estados financieros regulados por la Contaduría
General de la Nación y demás organismos competentes preparados,
presentados, y certificados por el representante legal y el contador público
bajo cuya responsabilidad se prepararon, incluyendo la concordancia sobre
el informe de gestión presentado por los administradores.
29. Velar porque los administradores con funciones de responsabilidad y
manejo, constituyan fianzas que garanticen adecuadamente el
cumplimiento de sus funciones y el correcto manejo de los bienes,
fondos y valores que les sean encomendados durante el ejercicio del
cargo.
30. Informar a la Superintendencia Nacional de Salud sobre el incumplimiento
de las obligaciones que la entidad posea, así como las causas que le dieron
origen.
31. Ejercer un estricto control en el cumplimiento de las normas tributarias y
aquellas de contenido parafiscal.
32. Ejercer un estricto control en el cumplimiento de las normas que rigen el
proceso liquidatorio.
33. El contratista una vez firme el contrato deberá en un término no mayor de
_________________________________________________________________________________________________
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05 días adelantar todos los trámites correspondientes a la posesión de la
Revisoría Fiscal ante los entes de control y vigilancia de Salud.
34. Deberá presentar informes periódicos al Apoderado General de la
Liquidación de acuerdo al requerimiento solicitado.
35. Ejercer la función de dictaminar el estado del inventario del patrimonio,
conforme al parágrafo del artículo 10 del Decreto No. 2519 de 2015.
36. Todas las demás funciones que por ley y reglamento correspondan a la
revisoría fiscal conforme al artículo 207 del código del comercio y demás
normas aplicables
37. Cumplir con todas las funciones y atribuciones en el Articulo 10 del Decreto
2519 del 28 de Diciembre de 2015.
CLÁUSULA QUINTA.- FORMA DE PAGO: CAPRECOM EICE en Liquidación pagará
al CONTRATISTA el valor total de contrato en mensualidades calendario vencidas
o su proporcionalidad, tomando para el efecto el valor propuesto en la oferta
económica, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes, previa presentación
del informe de gestión y certificación de cumplimiento expedida por el supervisor,
con su respectiva cuenta de cobro, y certificación de cumplimiento de las
obligaciones del Sistema General de Seguridad Social, expedida por el Revisor
Fiscal o a falta de éste por el representante legal, conforme a lo previsto en el
artículo 50 de la Ley 789 de 2002.
Para el primer pago se requiere, además, fotocopia simple del contrato, fotocopia
del registro presupuestal, fotocopia de las pólizas aprobadas y fotocopia del RUT.
El último pago estará supeditado al informe final del supervisor donde conste que
se cumplió y culminaron a cabalidad todas las actividades que son objeto del
contrato.
Nota 1: En el evento que el contratista presente de forma incompleta o incorrecta
la documentación para efectuar los pagos, la misma será devuelta por la entidad
para su corrección o complementación. Las demoras que se generen por estas
causas no generarán derecho económico alguno en favor del contratista.
Nota 2: La entidad no será responsable por las demoras o por el tiempo que tarde
la supervisión o interventoría en producir su informe de cumplimiento y que será
requisito para el pago.
CLÁUSULA SEXTA.- OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD: CAPRECOM EICE EN
LIQUIDACIÓN se compromete a:
1.
Impartir instrucciones para la ejecución de los servicios contratados, sin perjuicio de
la autonomía técnica y administrativa que tiene EL CONTRATISTA;
_________________________________________________________________________________________________
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2.
Facilitar la información y documentación que requiera EL CONTRATISTA para el
cumplimiento del objeto del contrato;
3.
Pagar los valores que correspondan una vez se cumplan las condiciones para el
pago previstas en el presente contrato;
4.
Cumplir con las demás obligaciones que se deriven de la naturaleza de este
contrato.
CLÁUSULA SÉPTIMA.- CONSTITUCIÓN DE GARANTÍAS: Dentro de los tres (3) días
siguientes a la firma del contrato, el contratista constituirá una garantía de cumplimiento
que podrá consistir en una póliza de seguros o en una garantía bancaria, expedida por
una compañía de seguros o un establecimiento bancario, según el caso, legalmente
autorizado para funcionar en la República de Colombia por la Superintendencia
Financiera de Colombia. En el caso de pólizas, deberán ser otorgadas en el formato
Entidades Públicas con Régimen Privado de Contratación, a favor de la CAJA DE
PREVISIÓN SOCIAL DE COMUNICACIONES “CAPRECOM” EICE EN LIQUIDACIÓN,
NIT. 899.999.026-0 y tendrá las siguientes coberturas y vigencias:
Amparo
Monto
Cumplimiento
10% del valor del contrato
Calidad
10% del valor del contrato
Pago de salarios,
prestaciones sociales e
indemnizaciones
laborales
5% del valor del contrato
Vigencia
Por el plazo de ejecución del
contrato y seis (6) meses
más
Por el plazo de ejecución del
contrato y seis (6) meses
más
Por el plazo de ejecución del
contrato y tres (3) años más
Parágrafo: En el evento que el contrato se prorrogue, adicione o se modifique, EL
CONTRATISTA deberá actualizar y/o modificar las garantías constituidas.
El contratista seleccionado deberá acreditar el pago de la prima de las pólizas
constituidas, así como de las modificaciones, prorrogas y/o adiciones que se suscriban.
CLÁUSULA OCTAVA.- CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA: En caso de incumplimiento
de cualquiera de las obligaciones por parte del CONTRATISTA, éste pagará a
CAPRECOM EICE EN LIQUIDACIÓN a título de pena pecuniaria, una suma equivalente
al diez por ciento (10%) del valor total del contrato. La imposición de esta pena pecuniaria
se considerará como una estimación anticipada de perjuicios. El valor pagado como
cláusula penal no es óbice para cobrar ante el juez del contrato la indemnización integral
de perjuicios causados si estos superan el valor de la cláusula penal. El valor de esta
cláusula penal se descontará de los pagos pendientes a favor de EL CONTRATISTA o en
su defecto se hará efectivo el amparo de cumplimiento de la garantía única, sin perjuicio
de las acciones legales a que haya lugar. El presente contrato presta mérito ejecutivo,
_________________________________________________________________________________________________
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renunciando las partes a los requerimientos previos de ley, para hacer efectiva la cláusula
penal. El pago de la pena aquí estipulada tampoco impide el cumplimiento de la
obligación principal.
CLÁUSULA NOVENA.- MULTAS: Frente al incumplimiento o mora total o parcial de una
cualquiera de las obligaciones a cargo de EL CONTRATISTA, la entidad tendrá derecho a
cobrar multas diarias y sucesivas equivalentes al uno por mil (1x1000) del valor del
contrato, por cada día de incumplimiento, sin sobrepasar el diez por ciento (10%) del valor
total del Contrato. El valor de la multa se calculará desde el día en que se debió cumplir
con la obligación hasta la fecha en que termine el incumplimiento. El valor del contrato
incluye el valor inicial pactado más el valor de sus adiciones. Las multas establecidas en
la presente cláusula no tienen la naturaleza de estimación anticipada de perjuicios, por lo
tanto se pueden sumar a cualquier acción que CAPRECOM considere procedente para
lograr la indemnización de los perjuicios causados.
Parágrafo Primero: Para la cancelación del valor de las multas, no se requerirá que
CAPRECOM constituya en mora a EL CONTRATISTA, el simple retardo por parte ésta
faculta a la entidad para descontar y compensar las sumas de dinero correspondientes al
valor de la multa de los saldos a favor del contratista. En caso de que por cualquier razón
no fuere posible llevar a cabo dichos descuentos y compensaciones podrá CAPRECOM
lograr el pago haciendo efectiva la garantía única de cumplimiento y en caso de que ello
no fuere suficiente o posible lo hará acudiendo a la jurisdicción competente.
Parágrafo Segundo: El pago de las multas no exonera a EL CONTRATISTA del
cumplimiento de sus obligaciones.
Parágrafo Tercero: la entidad adelantará el proceso sancionatorio teniente a imponer las
multas de que trata la presente cláusula, si el marco normativo vigente le asigna la
competencia para el efecto. En el evento que la entidad considere que no tiene asignada
la competencia para multar directa y unilateralmente a EL CONTRATISTA, se reserva la
facultad de acudir al juez del contrato para reclamar este y los demás derechos que le
surjan en virtud del presente contrato.
CLÁUSULA DÉCIMA.- SUSPENSIÓN: Las partes de común acuerdo podrán suspender
los plazos del contrato cuando se presenten circunstancias que así lo justifiquen, siempre
y cuando con ello no se cause perjuicios, ni se originen mayores costos para CAPRECOM
EICE EN LIQUIDACIÓN. En todo caso deberá tener el visto bueno del supervisor e
interventor del contrato, si la solicitud proviene de EL CONTRATISTA. De la suspensión
del contrato se dejará constancia en acta suscrita por las partes, la cual deberá contener
la fecha de reanudación del mismo.
CLÁUSULA UNDÉCIMA.- TERMINACIÓN: Este contrato se dará por terminado en
cualquiera de los siguientes eventos, cumplidos los cuales deberá iniciarse su liquidación:
a.
b.
Por vencimiento del plazo de ejecución o sus prórrogas;
Por mutuo acuerdo, siempre que no se causen perjuicios a CAPRECOM EICE
EN LIQUIDACIÓN;
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c.
d.
e.
Por fuerza mayor o caso fortuito que haga imposible ejecutar el objeto
contractual;
El incumplimiento de alguna de las obligaciones contractuales será suficiente
para dar por terminado unilateralmente el presente contrato, en virtud de la
cláusula resolutoria expresa que aquí se estipula, previo informe de gestión
presentado por el supervisor o interventor del contrato;
El contrato podrá darse por terminado anticipadamente por decisión unilateral
de CAPRECOM EICE EN LIQUIDACIÓN notificando al contratista con cinco
(5) días de anticipación.
CLÁUSULA DUODÉCIMA.- LIQUIDACIÓN: Este contrato liquidará en los términos
previstos en las normas de contratación de CAPRECOM EICE EN LIQUIDACIÓN, dentro
de los seis (6) meses siguientes a la terminación normal o anormal del contrato, mediante
acta debidamente suscrita por las partes que deberá contener la información a que hace
referencia la normativa de contratación de CAPRECOM EICE EN LIQUIDACIÓN.
CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA.- SOLUCIÓN DE CONFLICTOS: Las partes acuerdan
que para la solución de las diferencias y discrepancias que surjan de la celebración,
ejecución, terminación o liquidación de este contrato, acudirán a la conciliación o a la
transacción. Agotadas estas gestiones, las partes acudirán a los mecanismos judiciales
ordinarios.
CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA.- EXCLUSIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL Y
NATURALEZA DEL CONTRATO: El presente contrato se rige por las normas del Código
de Comercio, del Código Civil y demás disposiciones pertinentes, entre ellas, los
principios de que trata el artículo 13 de la Ley 1150 de 2007. Las partes dejan expresa
constancia que el presente acuerdo no genera relación laboral entre EL CONTRATISTA y
EL CONTRATANTE y por lo tanto, EL CONTRATISTA no tiene derecho a prestaciones
sociales ni a ningún otro reconocimiento de carácter laboral.
CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA.- SUPERVISIÓN: CAPRECOM EICE en liquidación,
ejercerá la supervisión del contrato a través de la Coordinación financiera o de la persona
que se designe para tal efecto, quien tendrá a su cargo el seguimiento y control a la
actividad del contratista, la vigilancia y verificación del cumplimiento de las obligaciones
derivadas del contrato y la sujeción al presupuesto asignado.
Para adelantar la supervisión, se atenderán las normas que para el efecto contemple el
Manual de Supervisión e Interventoría de CAPRECOM EICE en liquidación.
CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA.- INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: EL
CONTRATISTA manifiesta no hallarse incurso en conflicto de intereses, inhabilidades e
incompatibilidades, y se obliga a que, en caso de sobrevenir alguna de esas condiciones,
así lo informará a CAPRECOM EICE EN LIQUIDACIÓN para proceder a la terminación,
cesión o renuncia del contrato, según corresponda.
CLÁUSULA DÉCIMA SÉPTIMA.- CONFIDENCIALIDAD: EL CONTRATISTA se obliga
especialmente a mantener absoluta reserva, tanto de los documentos contentivos de la
información que le suministre CAPRECOM EICE EN LIQUIDACIÓN para el cumplimiento
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del objeto previsto en el Contrato, como también sobre el desarrollo de su labor y sobre
los resultados de la misma y velará especialmente para que sus empleados y
subcontratistas cumplan dicha obligación, para lo cual se compromete especialmente a:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
Usar toda la información relacionada con CAPRECOM EICE EN LIQUIDACIÓN que
se le entregue o que produzca, solamente para la prestación de los servicios aquí
pactados.
Conservar tal información con la obligación de mantenerla en reserva, en caso de
ser necesario de acuerdo con la ley, por el término que la misma establezca.
Salvo por razón de un mandato u orden judicial emitida por un Tribunal competente
o por un cuerpo jurisdiccional, administrativo o legislativo en el ejercicio de sus
facultades legítimas, EL CONTRATISTA no revelará información a terceros sin
obtener el consentimiento previo y escrito de CAPRECOM EICE EN LIQUIDACIÓN.
En caso de terminación del presente contrato por cualquier causa, EL
CONTRATISTA se obliga, dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la
terminación, a reintegrar o destruir, según le solicite CAPRECOM EICE EN
LIQUIDACIÓN, toda la documentación e información suministrada y todo otro
material o documento que incorpore o refleje información de la entidad.
EL CONTRATISTA reconoce que cada uno de sus socios, empleados y funcionarios
están debidamente enterados de sus obligaciones en relación con la reserva de la
información relacionada con CAPRECOM EICE EN LIQUIDACIÓN.
Lo pactado en la presente cláusula tendrá validez aún después de la terminación del
Contrato por cualquier causa.
CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA.- REQUISITOS DE PERFECCIONAMIENTO: El presente
contrato se perfecciona con la suscripción de las partes.
CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA.- SUBCONTRATOS: EL CONTRATISTA no podrá
subcontratar el presente contrato con persona natural o jurídica, nacional o extranjera
alguna, sin el consentimiento previo y escrito de CAPRECOM EICE EN LIQUIDACIÓN
pudiendo este reservarse las razones que tenga para negar la autorización de la
subcontratación. En todos los casos, EL CONTRATISTA es el único responsable por la
celebración de los subcontratos.
CLÁUSULA VIGÉSIMA.- INDEMNIDAD: EL CONTRATISTA mantendrá indemne a
CAPRECOM EICE EN LIQUIDACIÓN de cualquier reclamación proveniente de sus
trabajadores, contratistas o de terceros, que tengan como causa sus acciones u
omisiones o de las de sus subcontratistas o dependientes. En el evento que CAPRECOM
EICE EN LIQUIDACIÓN sea convocado, demandado o accionado en cualquier clase
proceso, trámite o procedimiento, sea este jurisdiccional o no, CAPRECOM EICE EN
LIQUIDACIÓN tiene plena legitimación para hacer citar a EL CONTRATISTA y su
garante, para que respondan por los perjuicios o sumas de dinero que se vean obligados
a pagar, así como de cualquier otra obligación impuesta en tales procesos, todo conforme
a la ley.
CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA.- IMPUESTOS Y GASTOS: Estarán a cargo del
CONTRATISTA todos los impuestos, pagos de parafiscales y gastos en general que se
generen por la legalización y ejecución del contrato.
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CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA.- LUGAR DE EJECUCIÓN: El lugar de ejecución del
contrato será la ciudad de Bogotá D.C.
CLÁUSULA VIGÉSIMA TERCERA.- DOMICILIO: Para todos los efectos legales y
fiscales se establece como domicilio contractual la ciudad de Bogotá D.C.
Para constancia se firma en Bogotá D.C. el
CONTRATANTE
CONTRATISTA
JUAN MANUEL QUIÑONES PINZÓN
__________
C.C. No. 10.536.147
C.C. ________
Apoderado Especial de FIDUPREVISORA Representante Legal de ________
S.A. actuando única y exclusivamente como
liquidadora de CAPRECOM EICE EN
LIQUIDACIÓN
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