Bases Programa Extraordinario de Empleo

REQUISITOS
DE
LOS
ASPIRANTES
Y
CRITERIOS
DE
SELECCIÓN
DEL
AYUNTAMIENTO DE ARONA PARA EL DESARROLLO DE TAREAS DE UTILIDAD Y
DE REINSERCIÓN SOCIAL EN EL MARCO DEL PROGRAMA EXTRAORDINARIO
BIANUAL DE EMPLEO SOCIAL PARA 2016-2017.
PRIMERA.- OBJETO.-
Es objeto de estas bases regular los criterios para la participación en el Programa
Extraordinario Bianual
de Empleo Social
2016-2017 derivado de la adhesión del
Ayuntamiento de Arona al Acuerdo Marco de Colaboración entre el Servicio Canario de
Empleo y la Federación Canaria de Municipios para el desarrollo de tareas de utilidad
social y de reinserción social en el marco del Programa Extraordinario Bianual de Empleo
Social para el año 2016-2017 financiado por el propio Ayuntamiento de Arona y el Servicio
Canario de Empleo.
A través de esta medida extraordinaria y urgente se trata de dar respuesta a las
dificultades económicas y sociales por las que están atravesando determinados colectivos
de ciudadanos del municipio que se ven privados de los medios imprescindibles para cubrir
sus necesidades básicas, derivadas de la dificultad de acceso al mercado laboral por
encontrarse en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo, al mismo tiempo que se
les permite su reactivación laboral, realizando obras o servicios de interés general y social.
Tendrá una duración de 1 año y constará de dos subproyectos, para dar
experiencia profesional por períodos de 6 meses a los/as desempleados/as, mitigando los
efectos del riesgo de exclusión social; procediéndose a la realización de dos
procedimientos de selección diferenciados para cada periodo.
El inicio del proyecto, deberá realizarse, preferentemente, antes de finalizar el
segundo cuatrimestre del año 2016. La segunda parte o subproyecto deberá iniciarse en el
primer cuatrimestre de 2017.
La contratación con carácter laboral y temporal, de personas desempleadas para el
desarrollo de tareas de interés público y utilidad social para la realización lo serán para las
siguientes actuaciones:
1
1 PROGRAMA DE RECUPERACIÓN Y MEJORA DEL ENTORNO 2016.
1.- Limpieza de la franja costera de Arona
2.- Limpieza de márgenes de carreteras y otros espacios públicos de Arona
3.- Limpieza de barrancos y cauces públicos de Arona
4.- Mejora, conservación y mantenimiento de los caminos rurales municipales de Arona
Personal a contratar: 67 peones de limpieza y 4 encargados
2 PROGRAMA DE APOYO Y MEJORA DE LOS SERVICIOS MUNICIPALES.1.- Apoyo en la Gestión del Área de Servicios Sociales:
Personal a contratar: 7 monitores socioculturales, 6 auxiliares administrativos y
1 ordenanza
2.- Apoyo al Área de Deportes:
Personal a contratar: 2 monitores socioculturales y 2 auxiliares administrativos
3.- Apoyo a la Cultura en Arona:
Personal a contratar: 5 monitores socioculturales, 7 auxiliares administrativos y
5 ordenanzas
4.- Apoyo a la Concejalía Educación:
Personal a contratar: 1 auxiliar administrativo, 5 peones construcción
5.- Arona Joven
Personal a contratar: 1 monitor sociocultural
6.- Apoyo al Área de Patrimonio Histórico
Personal a contratar: 2 ordenanzas
7.- Apoyo administrativo al Área de Transportes
Personal a contratar: 1 auxiliar administrativo
8.- Apoyo a los servicios generales:
Personal a contratar: 15 auxiliares administrativos
9.- Apoyo al Área de Promoción Económica
Personal a contratar: 1 ordenanza
10.- Apoyo logístico y de pequeñas obras municipales
Personal a contratar: 10 peones construcción
SEGUNDA.- REQUISITOS Y CRITERIOS DE LOS ASPIRANTES.
Serán requisitos necesarios para participar en el procedimiento de selección:
-
Tener 18 años cumplidos y menos de 65 años.
2
-
Estar desempleado y figurar inscrito como demandante de empleo en la oficina del
Servicio Canario de Empleo durante un periodo mínimo de 6 meses en los últimos
24 meses.
-
Figurar empadronado en el Municipio de Arona con una antigüedad superior a seis
meses.
-
No haber participado en el PEES en los últimos 24 meses, excepto que no
existieran desempleados en el municipio para cubrir las plazas ofertadas, de
acuerdo con el criterio de rotación y no repetición, con objeto de que pueda
participar el mayor nº de desempleados en estas políticas.
De conformidad con el objeto del mencionado Programa Extraordinario de Empleo
Social, los demandantes de empleo para participar en estos proyectos, además de lo
anterior deberán cumplir los siguientes criterios:
1. Personas desempleadas integrantes de unidades familiares en las que ningún
miembro esté percibiendo retribución o prestación por un importe superior a 350
€/persona. En ningún caso podrán trabajar en este programa más de una
persona por unidad familiar, salvo que no hubiera otros demandantes de
empleo y existieran puestos a cubrir.
2. Personas en situación de exclusión social.
TERCERA.- PROCEDIMIENTO.
Para participar en el procedimiento de selección el Ayuntamiento abrirá un plazo de 15
días naturales, contados a partir de la publicación del anuncio de apertura del
procedimiento en la página web,
tablones de anuncios del Ayuntamiento y Servicio
Canario de Empleo. Durante ese plazo las personas interesadas que cumplan los
requisitos y criterios anteriormente mencionados presentarán su solicitud de participación
en los Servicios de Atención Ciudadana del Municipio de Arona para acceder a uno de
los puestos ofertados que se relacionan a continuación:
Grupo
de Categorías
Nº
Cotización
Profesionales
Puesto de trabajo
4
Ayudantes no
Monitor sociocultural
ptos
15
titulados
3
6
Subalternos
Auxiliares
7
Administrativos
8
Encargado general
10
Peones
•
Ordenanzas
9
Auxiliar Administrativo
32
Encargado
4
Peón de construcción
15
Peón de limpieza
70
La solicitud de participación deberá adecuarse al modelo de
instancia 815, acompañado de la siguiente documentación.
DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA:
1. Documentos de identificación, en vigor: Fotocopia del D.N.I. o Fotocopia de la
Tarjeta de Extranjero.
2. Declaración responsable de los ingresos brutos mensuales de todas las personas
integrantes de la unidad familiar ANEXO I.
3. Cuestionario para la Valoración de la Exclusión Social o Riesgo: ANEXO II.
4. Autorización de cesión de datos personales para la verificación de requisitos de los
participantes en el Programa Extraordinario Bianual de Empleo Social para el año
2016-2017: ANEXO III.
5. Fotocopia del Documento de Alta y Renovación de la Demanda de Empleo
(DARDE) en vigor.
6. Fotocopia compulsada del Libro de Familia o del Certificado Literal de nacimiento
de cada uno de los hijos.
DOCUMENTACIÓN DE APORTACIÓN VOLUNTARIA:
1. Personas con discapacidad: Documento acreditativo del grado de discapacidad en
vigor (RD 1971/1999. De 23 de diciembre).
2. Justificantes de asistencia a cursos vinculados a la oferta de empleo.
3. Documentación acreditativa de la experiencia laboral: Certificado de empresa o
contrato de trabajo.
4
4. Personas pertenecientes a colectivos de especial vulnerabilidad.
-
Documento acreditativo de la tutela por parte de Instituciones de Protección de
Menores para jóvenes entre 18 y 30 años.
-
Informe del centro o servicio donde realiza la rehabilitación o proceso de reinserción
de personas con problemas de drogodependencia u otros trastornos adictivos.
-
Documento acreditativo que demuestre la condición de personas cuya situación
penitenciaria les permita acceder a un empleo, así como personas liberadas
condicionales y ex-reclusas.
-
Sentencia u Orden de protección/alejamiento por víctimas de violencia de género.
•
Subsanación y mejora de la solicitud: Si la solicitud no reúne los requisitos que
señala el punto anterior, se requerirá, en el momento de presentación al interesado,
para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos
preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de
su petición.
•
Se excluirán a todas aquellas personas que no cumplan todos los
requisitos y criterios señalados en la base segunda.
•
Una vez recibidas las instancias, se procederá a verificar el cumplimiento de los
requisitos de la base segunda y a la posterior baremación determinada en la base
cuarta.
•
Posteriormente se publicará la lista provisional de admitidos baremada por orden de
puntuación, y la lista de excluidos.
Se dará un plazo de 10 días naturales para la presentación de reclamaciones, las
cuales serán por escrito, en el servicio de atención ciudadana, usando el modelo
005 y dirigidas a la Comisión de Valoración.
•
Resueltas las reclamaciones se elevará la lista baremada al Alcalde Presidente,
que ordenará su publicación y la remitirá al Servicio Canario de Empleo para su
verificación.
5
•
Realizada la verificación por el Servicio Canario de Empleo, se procederá al
llamamiento para la contratación del personal que obtenga la misma.
En caso de no presentación, renuncia o baja se procederá al llamamiento del
siguiente de la lista.
CUARTA.- CRITERIOS DE BAREMACIÓN.
A. BAREMACIÓN:
1. De 18 a 24 meses en situación de desempleo (puntos 1 y 2 son excluyentes) ...150 puntos
2. De 12 a 18 meses en situación de desempleo1 (puntos 1 y 2 son excluyentes) 100 puntos
3. Mujer mayor de 45 años (los puntos 3 y 4 son excluyentes).....................................125 puntos
4. Mayor de 45 años (los puntos 3 y 4 son excluyentes) ................................................100 puntos
5. Personas con discapacidad............................................................................. 100 puntos
6. Renta mensual de la unidad familiar2:
a) Sin renta ni prestaciones .......................................................................... 175 puntos
b) De 1 a 250 euros mensuales .................................................................... 100 puntos
c) De 251 a 350 euros mensuales ................................................................ ..75 puntos
d) Más de 351 euros mensuales................................................................... …0 puntos
7. Adecuación al puesto de trabajo:
a) Formación .................................................................................................. 10 puntos.
- Cursos relacionados con el puesto a cubrir:
De menos de 20 horas: 0.05 puntos por curso.
De 21 a 40 horas: 0.10 puntos por curso.
De 41 a 60 horas: 0.15 puntos por curso.
De 61 a 80 horas: 0.20 puntos por curso.
De 81 a 120 horas: 0.25 puntos por curso.
De más de 121 horas: 0.30 puntos por curso.
1
Situación de desempleo: persona inscrita como demandante de empleo en la oficina de empleo.
Renta mensual de la unidad familiar: es el resultado de dividir el total de ingresos mensuales de la unidad
familiar por el número de miembros (sólo se computarán el solicitante, cónyuge e hijos menores de edad o
mayores de edad discapacitados), entendiendo por ingresos aquellos procedentes de las rentas del trabajo y/o
prestaciones públicas.
2
6
La justificación se efectuará mediante certificado o diploma expedido por el Centro o
Institución correspondiente, en el que conste el número de horas. Las acreditaciones
en las que no conste el número de horas no serán objeto de valoración.
8. Experiencia laboral .......................................................................................... 15 puntos.
Por cada año de servicio completo se valorará un punto, no valorándose fracciones
inferiores al año. La justificación se efectuará mediante certificado de empresa o
contrato de trabajo.
9. Número de hijos a cargo3
a) Tres o más .............................................................................................. 150 puntos
b) Uno ó dos ................................................................................................. 100 puntos
c) Sin hijos ...................................................................................................
0 puntos
B. CRITERIOS PARA RESOLVER POSIBLES EMPATES:
En el caso de que resultaran empates en la puntuación obtenida entre los aspirantes a los
puestos ofertados al aplicar los criterios de baremación, se resolverán éstos en la forma
siguiente:
1. En primer lugar se aplicarán los niveles de renta por miembro de la unidad familiar,
priorizando en forma inversa al nivel de renta.
2. Si persistiera el empate, se ordenará a los aspirantes en función del número de
miembros menores de edad en la unidad familiar, priorizando en forma directa al
número de miembros.
3. Si aplicando los dos criterios anteriores persistiera aun el empate, se atenderá al
número de registro de entrada, dando prioridad a las solicitudes presentadas con
un menor número.
QUINTA.- COMISIÓN DE VALORACIÓN.
Se constituirá una Comisión de valoración que se ajustará a los principios de
imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y será la encargada de valorar los
criterios de priorización de ofertas según las presentes bases y proponer los
seleccionados al órgano competente para su contratación.
SEXTA.- PUNTUACIÓN FINAL.
La suma de las puntuaciones obtenidas en el apartado cuarto determinará el orden final
de puntuación.
3
Menores de edad y/o mayores de edad discapacitados
7
SEPTIMA.- OTRAS DISPOSICIONES
Los trabajadores/as cuyo puesto de trabajo habitual sea fuera de los edificios municipales
ubicados en Arona, se entiende que su horario de trabajo comienza en dicho punto, al que
estén destinados, estando a su cargo el desplazamiento al mismo si fuese necesario.
8