Número 85 Jueves, 14 de abril de 2016 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Educación y Universidades 3021 Resolución de 4 de abril de 2016, de la Dirección General de Calidad Educativa y Formación Profesional de la Consejería de Educación y Universidades, por la que se organizan las pruebas individualizadas del alumnado de tercer curso de Educación Primaria correspondiente al curso escolar 2015/2016 y se dictan instrucciones sobre su aplicación. Las evaluaciones individualizadas del tercer curso de Educación Primaria y su procedimiento de aplicación están reguladas por la Orden de 1 de abril de 2015, de la Consejería de Educación y Universidades. Esta resolución establece la organización de la evaluación individualizada para el curso escolar 2015-2016, para el alumnado de tercer curso de Educación Primaria, en la que serán evaluadas la competencia lingüística, en lengua castellana y lengua inglesa, y la competencia matemática. Por cuanto antecede, de conformidad con la competencia otorgada según lo dispuesto en el artículo 19.1.b) de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en relación al artículo 8 del Decreto 107/2015, de 10 de julio, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Educación y Universidades. Resuelve: Primero. Convocatoria y competencias básicas objeto de las evaluaciones individualizadas. 1. Mediante la presente resolución se organiza la realización de las evaluaciones individualizadas para el curso escolar 2015-2016. Dicha evaluación se celebrará los días 10, 11 y 12 de mayo de 2016. El 10 de mayo se evaluará la competencia en comunicación lingüística en lengua castellana, el 11 de mayo la competencia en comunicación lingüística en lengua inglesa y el 13 de mayo la competencia matemática. 2. El Servicio de Evaluación y Calidad Educativa publicará en el portal educativo Educarm (www.educarm.es) el marco teórico de las competencias a evaluar que ha servido de referencia para la elaboración de las pruebas, así como los horarios e instrucciones de aplicación, los materiales de apoyo para la difusión y cuanta información se considere necesaria para el normal desarrollo de la aplicación de las pruebas de evaluación individualizadas del curso 2015-2016. Segundo. Documentación necesaria para el desarrollo de las evaluaciones individualizadas. Cada uno de los centros docentes de la Región de Murcia a los que afectan las evaluaciones individualizadas de 3.º de Educación Primaria recibirá con la suficiente antelación, la documentación necesaria para la correcta realización de la prueba. El responsable de centro custodiará las pruebas y garantizará la reserva de las mismas hasta el momento de su aplicación. NPE: A-140416-3021 Página 10212 Número 85 Jueves, 14 de abril de 2016 Tercero. Selección de responsables de la aplicación y correctores. 1. El director del centro designará a los profesores que realizarán la aplicación de las pruebas, de entre los profesores que no impartan clase en el grupo donde vayan a realizar sus funciones, según lo dispuesto en el artículo 3 de la Orden de 1 de abril de 2015. 2. El director del centro designará a los profesores que realizarán las tareas de corrección en los mismos términos que la de los aplicadores. En el caso de que entre los profesores designados para la corrección de las pruebas, no hubiese un profesor con atribución docente para impartir docencia en lengua extranjera inglesa, se designará un profesor especialista en dicha lengua que actuará como apoyo a los correctores. 3. Los centros donde la evaluación se realice por responsables de la aplicación y correctores externos, conocerán esta circunstancia el primer día de aplicación de las pruebas. Cuarto. Actuaciones preliminares. 1. Corresponde a la dirección del centro trasladar a los miembros de la comunidad educativa la información relativa a las características y finalidad de esta evaluación. Para ello, en sesión del Claustro de profesores y del Consejo Escolar se dedicará uno de los puntos del orden del día a las evaluaciones individualizadas. Con el propósito de apoyar esta función, los directores de los centros tendrán en el portal educativo Educarm (www.educarm.es) materiales de difusión que faciliten esta labor. 2. La dirección de cada centro solicitará a través del aplicativo para la evaluación de diagnóstico, hasta el día 15 de abril de 2016, las medidas especiales para la aplicación de estas pruebas en alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo, recogidas en el artículo 71.2 de Ley Orgánica 8/2013 para la mejora de la calidad educativa. Se deberá tener especial atención en las solicitudes de los alumnos con discapacidad auditiva que necesiten la presencia de un intérprete de lengua de signos, alumnos con discapacidad motora que sigan sus enseñanzas mediante ordenador o alumnos con discapacidad visual que necesiten ampliación de letra o traducción a Braille. La Dirección General de Calidad Educativa y Formación Profesional resolverá dichas solicitudes. 3. Previamente a la recepción de las pruebas, todos los centros recibirán unos cuestionarios dirigidos a las familias de los alumnos de 3.º de Educación Primaria. Se repartirán al alumnado y una vez cumplimentados serán devueltos al centro. Las respuestas a esos cuestionarios servirán para realizar el cálculo del Índice Socio-Económico y Cultural (ISEC) y otras variables de contexto que permitan el análisis de los resultados del centro teniendo en cuenta esos factores. 4. El tutor de cada grupo será el encargado de comprobar que los datos de los alumnos cargados en el aplicativo de la evaluación son los correctos y de introducir las respuestas de los alumnos a los cuestionarios de contexto en el mismo. En el caso de los centros privados, será el director del centro el responsable de realizar esta tarea. Quinto. Aplicación de las pruebas. 1. La dirección del centro adoptará las medidas organizativas necesarias para el correcto desarrollo de las pruebas en su centro, las cuales serán comunicadas al profesorado con la suficiente antelación. NPE: A-140416-3021 Página 10213 Número 85 Jueves, 14 de abril de 2016 2. Las pruebas tendrán lugar en cada una de las aulas de tercer curso de Educación Primaria o en espacios habilitados al efecto que garanticen su celebración en condiciones idóneas. Todos los alumnos deberán estar provistos únicamente de lápiz y goma de borrar. 3. Los cuadernillos de preguntas y respuestas de las competencias evaluadas quedarán en poder de los correctores tras su realización. 4. Ante cualquier incidencia que se produzca, el director, como responsable de centro, comunicará dicha circunstancia al Servicio de Evaluación y Calidad Educativa. Sexto. Corrección de las pruebas. 1. La corrección de las pruebas será realizada por el corrector en el propio cuadernillo de preguntas y respuestas. 2. Los correctores serán los encargados de mecanizar los resultados de los cuadernillos en el aplicativo de la evaluación. Para esta labor dispondrán de cinco días lectivos, a contar desde el mismo día de aplicación de las pruebas. En el caso de los centros privados, será el director del centro el responsable de que queden mecanizados los resultados. 3. Los cuadernillos de preguntas y respuestas corregidos se entregarán al director del centro para su custodia. Séptimo. Instrucciones de adecuación de horarios. Los directores de los centros deberán adaptar el horario personal del profesorado de su centro que haya sido designado para la aplicación y corrección de las pruebas, de modo que durante el día de realización pueda dedicarse a estas labores y posteriormente pueda realizar, dentro de su propio centro, las tareas de corrección y mecanización de resultados. Octavo. Procedimiento de doble corrección. En el plazo de un mes desde la realización de la prueba la Inspección de Educación realizará la tarea de doble corrección sobre una muestra representativa. Noveno. Aplicativo informático de la evaluación. La Consejería de Educación y Universidades proporcionará el aplicativo informático de la evaluación para: a. Realizar la propuesta de designación de los responsables de la aplicación por los directores de los centros. b. Solicitar medidas especiales de aplicación de la prueba para el alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo. c. Introducir las respuestas de los alumnos a los cuestionarios de contexto. d. Mecanizar los resultados de los cuadernillos de preguntas y respuestas del alumnado. e. Obtener los informes relativos al centro, al grupo y a cada uno de los alumnos que hayan realizado la evaluación. El aplicativo informático estará disponible para los centros hasta la finalización del curso escolar. Posteriormente, los informes de alumno, de grupo y de centro se implementarán en Plumier XXI. Décimo. Análisis de contexto El informe regional sobre los resultados de las evaluaciones individualizadas tendrá en cuenta factores del entorno, de carácter socioeconómico y cultural. NPE: A-140416-3021 Página 10214 Número 85 Jueves, 14 de abril de 2016 Página 10215 Undécimo. Difusión 1. La dirección del centro pondrá en conocimiento del Claustro de profesores y del Consejo Escolar los resultados obtenidos por su centro en las pruebas individualizadas, que tendrán en cuenta el índice socioeconómico y cultural (ISEC). 2. Antes de la finalización del curso, cada centro escolar enviará a los padres el informe individual de los alumnos que han realizado las pruebas, que además podrán consultar en la web de padres “Mirador” los resultados obtenidos por el centro. Duodécimo. Análisis de los resultados y programación de medidas de refuerzo y mejora 1. Los equipos docentes, el Claustro de profesores y el Consejo Escolar del centro analizarán y valorarán los resultados de la prueba. 2. Las medidas y propuestas de refuerzo y mejora que el centro proponga deberán incluirse en la Programación General Anual del curso siguiente y serán evaluadas en la Memoria final. 3. La Inspección de Educación hará el seguimiento de dichas actuaciones y velará por la efectividad de dichas propuestas. Decimotercero. Evaluación del proceso Se utilizarán cuestionarios telemáticos dirigidos a los equipos directivos y al profesorado participante con el fin de recabar datos, opiniones y sugerencias que permitan evaluar el propio proceso de la evaluación individualizada y el grado de satisfacción del profesorado y equipos directivos. Murcia, 4 de abril de 2016.—El Director General de Calidad Educativa y Formación Profesional, Fernando Mateo Asensio. NPE: A-140416-3021 www.borm.es D.L. MU-395/1985 - ISSN: 1989-1474
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