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GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO
DIRECCIóN REGIONAL DE EDUCACIóN
UNIDAD DE GESTIóN EDUCATIVA LOCAL
HUAMANGA
"AÑO DE LA CONSAUDACIÓN DEL MAR D€ GRAa,,
Ayacucho,
OFICIO MTILTIPLB NO
,? /
30 llAR.2g1¡
-2016-GRA-DREA/UGEL-HGA-DIR.
sEÑoR (A):
Director (a) de la Institución Educativa Pública y/o Privada.
PRESENTE.ASUNTO
:Acciones de educación preventiva ante los impactos negativos de la
radiación ultravioleta en las instituciones educativas.
Me es singularmente grato dirigirme a usted, con la finalidad de saludarle
cordialmente y la presente tiene el propósito de comunicarle que, nuestro medio está soportando
altas temperaturas de calor, siendo la luz solar la fuente principal de la radiación ultravioleta que
a su vez es el factor de riesgo principal para la mayoría de los cánceres de piel; por lo que se tiene
que tomar algunas medidas preventivas en westros planteles para evitar cualquier tipo de
enfermedades cutáneas y otros que pudiesen ocasionar en los estudiantes.
Para cuyo efecto, la UGEL Huamanga ha elaborado los lineamientos y
criterios para evaluar las acciones preventivas ante los impactos dañinos de la radiación solar en
los estudiantes de las instituciones educativas phblicas y privadas de la jurisdicción de esta sede
administrativa. En tal sentido, adjunto a la presente las acciones de educación preventiva ante los
impactos negativos de la radiación ultravioleta, para su implementación en el plantel a su cargo.
Sin otro particular, aprovecho la oportunidad para expresarle
las
muestras de mi especial consideración y estima personal.
Atentamente,
rnlYl0llG[tr.
LOGH/DUGEL.HGA
ICCH/DGP.
JRP/EES
Arch. zor6
...Ee¿f/;ri caa?acaaaía dp
Jr. Sol
No 477
Ayacucho
Se¿a¿c¿o.
..
www. ugel
Email:
¡?ao aaa €drltÁ¿;a dz aL¿dnd, caa cal,¿fugl
h u a m a ng a.
gob. pe
[email protected]
Telefax: 066-31 2030
[email protected]
GOBIERNO REGTONAL DE AYACUCHO
DIRECCIóN REGIONAL DE EDUCACIóN
UNTDAD DE GEsrróru eoucnrrvA LocAL
HUAMANGA
,,Año Ds
LA cotusou»actótt aEL MAR DÉ GRA:J.
FINAL!DAD:
Establecer lineamientos y criterios para planificar, organizar, ejecutar,
monitorear y evaluar acciones
preventivas ante los impactos dañinos de la radiación
solar (RUV) en los estudiantes de las
lnstituciones Educativas Públicas y Privadas de Educación Básica y Técnico productiva,
en el marco de
lo previsto en las normas legales.
It. OBJETIVOS:
2'1" Promover
2'2'
y generar una gestión institucional y pedagógica para
el desarrollo de una educación
preventiva de soporte sobre los riesgos de la radiación solar
ultravioleta.
Promover una cultura de prevención y estilos de vida saludable, frente
a los impactos dañinos
de la radiación solar en las lnstituciones Educativas Públicas y privadas
de la jurisdicción de la
UGEL Huamanga,
m.
ALCANCFS:
3.L. Unidad de Gestión Educativa Local de Huamanga.
3'2' Coordinaciones de Redes Educativas Descentralizadas - CRED de la uGEL Huamanga.
3'3' lnstituciones Educativas PÚblicas y Privadas de Educación Básica y Técnico productiva
jurisdicción de la Unidad de Gestión Educativa
Local de Huamanga.
lV.
NORMAS
4'1''
4'2'
4'3'
4'4'
LEGAL,EST
de
la
*
Ley N" 28044, Ley General de Educación y su Reglamento aprobado por
Decreto supremo N"
011-2012-ED.
Ley N" 30102, Ley que dispone medidas preventivas contra
los efectos.nocivos para la Salud
por la Exposición prolongada a la Radiación Solar.
Ley N' 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de
Gestión del Riesgo de Desastres
Decreto supremo N'o0L-201-5-ED, Reglamento de organización y
Educación.
funciones del Ministerio de
4.5. Decreto Supremo N. 04g-20j.1-pCM.
4'6' Decreto Supremo N" 017-2012-ED de la Política Nacional de Educación ambiental pNEA.
4.7. Ley N" 28611,, Ley General del Ambiente.
4'8' Resolución Vice Ministerial N" 006-2012-ED que aprueba las "Normas específicas para
planificación, organización, ejecución, monitoreo y
evaluación del enfoque ambiental en
Educación Básica y Técnico productivo,,,
la
la
4.9.
Resolución Vice Ministerial N" 015-2011-ED, Normas sobre acciones de educación preventiva
ante los impactos negativos de la radiación solar en las lnstituciones Educativas públicas y
privadas.
4'1"0. Resolución Ministerial N" 572-2015-MINEDU, que aprueba la norma técnica denominada
"Normas y orientaciones para el desarrollo del año escolar 201,6 en las instituciones educativas
y programa de educación básica".
V. DISPOSICIONES GENERALES:
5.1. La Unidad de Gestión Educativa
Local de Huamanga establecerá lineamientos y criterios para
gaiantizar la planificación, organización, ejecución, monitoreo y evaluación de acciones de
prevención contra la radiación de los Rayos Ultra Violeta (RUV) a nivel de la jurisdicción de esta
sede administrativa.
5.2. La UGEL Huamanga a través del Área de Gestión Pedagógica, son los responsables de la
supervisión y evaluación de las acciones de educación preventiva ante el impacto negativo de
la radiación ultravioleta en las lnstituciones Educativas Públicas y Privadas de su jurisdicción.
5.3. La UGEL Huamanga organizará charlas de sensibilización sobre la protección solar y los riesgos
de la radiación uV sobre la salud, así como las medidas de protección.
5.4. Las Coordinaciones de Redes Educativas Descentralizadas - CRED de la UGEL Huamanga,
articularán los esfuerzos de las lnstituciones Educativas Públicas y Privadas de Educación Básica
y Técnico Productiva para la implementación de las acciones dispuestas.
Los Directores de las lnstituciones Educativas Públicas y Privadas de Educación Básica y Técnico
Productiva, son responsables de la ejecucién de las mencionadas acciones. para su
cumplimiento promoverán la participac¡ón de la comunidad educativa y sociedad civil en
acciones de difusión e implementación de una educación preventiva frente a la acción dañina
de la radiación solar ultra violeta (RUV).
vr.
ptsPostctoNEs EsPEciFtcAS:
6.1. Los Directores de las lnstituciones Educativas en un proceso participativo incluirán en los
instrumentos de gestión (PEl, PCl, Rl) objetivos y actividades referidas a la protección solar y
los riesgos de la radiacióri UV sobre la salud. Además considerarán como tema transversal en
toda actividad pedagógica y en los contenidos curriculares, lo establecido en el apartado 6 de
la Resolución Ministerial N" 0015-2011-ED.
6.2. Los Directores de las lnstituciones Educativas implementarán progresivamente el uso de mallas
protectoras (raschell) en los patios u otros espacios abiertos, además el uso de las cortinas en
ventanas expuestas a la radiación directa del sol. En el caso de las lnstituciones Educativas
Públicas esta implementación se hará en coordinación con la uGEL.
6.3. Los Directores de las lnstituciones Educativas Públicas y Privadas, al inicio de clases o del
período académico, indicarán a los estudiantes sobre los efectos dañinos para la salud sobre la
exposición a la radiación solar.
6.4. Los Directores, personal docente y padres de familia, fomentarán el uso de ropa delgada,
camisas y blusas de manga larga de algodón y de colores claros y el uso del sombrero de ala
ancha con orificios a los costados para el ingreso del aire.
6.5. Se debe considerar el manejo de gestión del tiempo (máximo 15 minutos) en la ceremonia de
aperturá de la semana pedagógica (formación de estudiantes), para evitar que los estudiantes
se agoten y se expongan a los rayos solares.
6.6.
Los profesores de Educación Física, trabajarán en áreas de sombra; si no hubiere, se exigirá el
uso de bloqueador solar con un factor de protección solar (UVA
y
UVB) mayor de 30 FpS
6'7'
suger¡do por la L¡ga de Lucha contra el cáncer y de lentes con protección
uVA garantizados por
un proveedor formal, asimismo, no se realizarán actividades que
implique que los estudiantes
miren directamente al sol,
Los Directores y personaldocente de la lnstitución Educativa
no programarán actividades que
impliquen exposicíón a la radiación solar como eventos, ceremonias,
actividades de educación
física, desfiles y otros de carácter institucional, cívico o religioso
durante las 10:00 a 16:00
horas, horario de mayor incidencia de ros rayos urtra vioretas.
6'8' En las lnstituciones Educativas donde no se han colocado mallas protectoras se evitará, en lo
posible, programar actividades de educación física durante las
10:00 a i.6:00 horas o se
realizará en ambientes bajo sombra.
6'9' No emplear mater¡ales con asbesto en los techos o paredes de las aulas pues estos atraen los
rayos ultravíoleta, afectan la salud y contaminan el ambiente.
6'10' En el Plan de Gestión del Riesgo de Desastres incorporarán acciones de prevención, reducción
y atención frente a los efectos dañinos para la salud sobre
la exposición a la radiación solar.
6'11' Las medidas adoptadas por la lnstitución Educativa deben de garantizar las condiciones
de
comodidad para el desarrollo de los aprendizajes, de modo que se
evite problemas de
deshidratación en los estudiantes a consecuencia del calor, para contribuir
con ese objetivo
.
N
ry
{
será necesario:
'/
'/
Fomentar el cuidado de las áreas verdes promoviendo la arborización para
originar sombra
naturat.
'/
'/
,/
VII.
Ventilación en las aulas.
Los Directores deben evitar ra sobrepobración en ras auras.
Los Directores de las lnstituciones Educativas tomarán acciones para
la prevención contra
la acción dañina de los Rayos Ultravioleta (RUV).
Procurar contar con dispensador de agua en las aulas.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
7'1" Los Directores de las lnstituciones
7'2'
Educativas, podrán emitir acciones complementarias en la
gestión y atención a los requerimientos y necesidades de su plantel,
con la finalidad de lograr
la ejecución de las accione"s planteadas.
Evitar organizar algÚn tipo de actividad durante el horario escolar que
aleje de la atención y
acompañamiento a los estudiantes.
Ayacucho, marzo del 2016.
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Arch.2016