Reglamento de Requisitos y Condiciones de laPromoción “LANZAMIENTO SAMSUNG S7 CON OBSEQUIOS TOTALMENTE GRATIS!” abril del 2016 a las 00:00 horas y finalizando el día 1 de mayo del 2016 a las 23:59 Artículo 1: La mecánica, la horas según disponibilidad en organización, la publicidad y los puntos de venta seleccionados derechos relacionados con la o hasta agotar existencias. Promoción ““LANZAMIENTO SAMSUNG S7”, en adelante Artículo 4: Para efectos del Reglamento, los denominada la “Promoción” son presente propiedad exclusiva del Instituto clientes y usuarios aceptan y Costarricense de Electricidad, entienden, que los beneficios en adelante denominado “ICE”. de esta Promoción serán adjudicados, únicamente, a los Artículo 2: El presente “titulares de los servicios” a Reglamento de Requisitos y través de los cuales participan Condiciones de la Promoción de esta Promoción, y que por “LANZAMIENTO SAMSUNG ende su nombre y número de S7”, en adelante denominado identificación se encuentran y asociados “Reglamento”, establece las registrados reglas para participar en la a dichos servicios en los Promoción que realiza el ICE entre sistemas corporativos del ICE. sus clientes nuevos y actuales, que adquieran el teléfono DE LA PARTICIPACIÓN DE LA PROMOCIÓN Samsung Galaxy S7 en Planes Postpago, Planes Fusión K, kits prepago o de contado durante Artículo 5: Participan todos la vigencia de la promoción, aquellos clientes físicos (mayores según los términos descritos edad) y jurídicos, que adquieran en el presente Reglamento. el teléfono Samsung Galaxy S7 en planes Postpago, planes Artículo 3: La vigencia de Fusión K con permanencia 12 y la Promoción es por tiempo 24 meses, de contado o en kits limitado, iniciando el día 1 de Prepago y que se encuentren DEL ORGANIZADOR DE LA PROMOCIÓN al día en el pago de todos los servicios de telecomunicaciones registrados a su nombre con el ICE, al momento de suscribir alguna de las mecánicas, según las condiciones propias de la “Mecánica de la Promoción”. DE LA MECÁNICA DE LA PROMOCIÓN Artículo 6: Como promoción de introducción los clientes que adquieran un Samsung S7 de 32GB asociado a un plan postpago, plan fusión K, kits prepago o de contado, podrán optar por regalías según se describe a continuación: 6.1. Por la compra de un Samsung Galaxy S7 EDGE de 32GB en los puntos de venta seleccionados en el artículo 8 de este reglamento, el cliente podrá obtener una memoria expandible MICRO SD de 32GB. 6.2. Por la compra de un Samsung Galaxy S7 FLAT de 32GB específicamente a través de la Tienda Virtual o del App kölbi el cliente podrá obtener una memoria expandible MICRO SD de 32GB. 6.3. Adicionalmente por la compra de un Samsung Galaxy S7 EDGE o FLAT de 32GB por medio de la Tienda Virtual o del App de kölbi el cliente podrá obtener de acuerdo a disponibilidad y hasta agotar existencias la regalía de unos lentes de realidad virtual GEAR VR. *Regalías hasta agotar existencias, las mismas estarán disponibles exclusivamente en los puntos de venta descritos en este reglamento. DE LOS OBSEQUIOS Artículo 7: El obsequio de la presente Promoción consiste en una memoria Micro SD de 32GB o unos lentes de realidad virtual marca Samsung, modelo GEAR VR. Ambas regalías tienen garantía por el plazo de 30 días naturales. En caso de aplicar el reclamo de la misma por daños de fábrica el cliente deberá apersonarse directamente a los talleres autorizados por Samsung que son los siguientes: TALLER DIRECCION TELEFONO Cosmos Electrónica San José, 100mts oeste Plaza Deportes, Uruca 2257-5051 Fruno Alajuela, Zona Franca Saret 2443-6462 Cetca-Setel Móvil Heredia, Contiguo Escuela Joaquín Lizano 2263-2618/ 8917-1732 Artículo 8: Los puntos de venta en los que se comercializará el Samsung Galaxy S7 para su lanzamiento son los siguientes: Puntos de Venta con Samsung S7 en su lanzamiento 1.Tienda Virtual y App kölbi 2.Tienda Real Alajuela 3. Agencia Perez Zeledón 4.Tienda Cartago Centro 5.Tienda Avenida 25 de julio (Liberia) 6. Tienda Paseo Flores 1 7. Tienda Paseo Flores 2 8.Tienda Plaza Quizatlan 9. Tienda Cuidad Quesada 10. Agencia Puntarenas 11. Tienda Linconl 12. Tienda Mall San Pedro 13. Tienda Terramall 14. Tienda Multiplaza Escazú 15. Tienda Multiplaza del Este 16. Tienda Sabana Sur 17. Agencia Sabana Norte 18. Tienda Multicentro Desamparados 19. Tienda kölbi Plaza Santo Domingo 20. Tienda kölbi Paseo Metrópoli RESPONSABILIDADES Y RESTRICCIONES Artículo 9: De acuerdo con lo establecido en el Artículo 1 del presente Reglamento, el ICE es el único organizador de la Promoción. En este sentido, no se hace responsable por los daños y perjuicios ocasionados a cualquier persona, en virtud del envió de mensajes de contenido vía SMS y/o llamadas telefónicas provenientes de terceras personas, en los que se haga referencia a la Promoción. Artículo 10: Todos aquellos clientes físicos y jurídicos que deseen participar en la presente promoción, entienden y aceptan que con el sólo hecho de ejecutar cualquiera de las mecánicas descritas en este Reglamento, se obligan a someterse en todos sus extremos. Asimismo, es obligación de cada participante leer e informarse acerca del contenido del mismo. Artículo 11: El ICE podrá introducir todas las medidas de seguridad que considere convenientes para el buen desarrollo de la Promoción, la cual será suspendida en forma inmediata sin asumir responsabilidad alguna, si se llegaren a detectar fraudes o cualquier otra irregularidad que suceda con los servicios de telecomunicaciones asociados a esta Promoción, o si se presentara una circunstancia de fuerza mayor, caso fortuito o hecho de tercero que afecte gravemente los intereses del ICE. Artículo 12: La Promoción está sujeta a las condiciones y limitaciones que se indican en el presente Reglamento, incluyendo las siguientes: 12.1Cualquier situación anormal que se presentara eventualmente con la Promoción y que no estuviera prevista en el presente Reglamento, será resuelta acciones y/o certificados de por el ICE, en estricto apego forma física o impresa, por lo a la legislación costarricense. tanto no se hará responsable de los daños y perjuicios causados 12.2Los clientes deberán a cualquiera de los clientes en mantener actualizado en virtud de un engaño o cualquier todo momento la información tipo de acción fraudulenta personal suministrada en por parte de un tercero. sus respectivos contratos de servicios o anexos suscritos con Artículo 13: Toda la el ICE, así como el nombre o razón publicidad de la Promoción social, dirección exacta, número es con fines ilustrativos. telefónico de referencia, correo electrónico y cualquier otra Artículo 14: El ICE se reserva información que sea necesaria el derecho de modificar la para su localización. Siendo así “Mecánica de la Promoción” o que los clientes y usuarios de este Reglamento en cualquier esta Promoción aceptan como momento para introducir todas fidedignos y válidos para todos aquellas reformas necesarias los efectos, los datos registrados que mejoren la Promoción. Estos en los sistemas corporativos cambios si se hicieran, se darán y bases informáticas del ICE. a conocer de forma automática en la página Web www. 12.3 Si se demuestra que una grupoice.com ó www.kolbi.cr. persona disfruta de la Promoción por medio de engaño o fraude, Artículo 15: Para mayor el ICE podrá reclamar el pago información, así como, para completo del premio relacionado la atención de las consultas con la Promoción asignados al respectivas, los clientes titular del servicio en cuestión. pueden accesar la página Los clientes que participan en la web del Grupo ICE: www. promoción aceptan y entienden grupoice.com ó www.kolbi.cr que, con el solo hecho de realizar la mecánica de participación en Artículo 16: La responsabilidad la promoción, autorizan al ICE a del ICE se limita únicamente a enviar toda clase de información hacer efectivos los beneficios de cualquier tipo, sea o no de descritos en la Promoción, la misma promoción. El cliente en los términos indicados tiene la posibilidad de solicitar en en el presente Reglamento, cualquier momento la suspensión quedando exonerado de toda del envío de esta información responsabilidad, culpa, reclamo, sin costo alguno adicional, demanda y acción ante cualquier llamando al 1193 para solicitar instancia administrativa y/o la exclusión de la base de datos. judicial por los efectos que directa o indirectamente 12.4.El ICE no entregará podrían derivarse de esta Promoción, ante el uso, aceptación y disfrute del mismo. Artículo 17: El presente Reglamento rige a partir de su publicación en la página web del Grupo ICE www.kolbi.cr. Derechos reservados 2016. Prohibida su reproducción por cualquier medio. Gerencia de Telecomunicaciones, División Mercadeo. La Mecánica y derechos contenidos en el presente Reglamento se encuentran amparados por la legislación nacional e internacional en materia de propiedad intelectual.
© Copyright 2024