EL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE CHALCO DE DÍAZ COVARRUBIAS, ESTADO DE MÉXICO. HACE SABER QUE CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 1, ULTIMO PARRAFO, 4 Y 115 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 122 Y 123 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO; ARTÍCULO 14, FRACCIÓN I, 31 FRACCIÓN XII, 48 FRACCIÓN XIV, 56, 57, 59, 60, 64, FRACCIÓN II, 72, 73 Y 74 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL, VIGENTE PARA EL ESTADO DE MÉXICO, LEY DE IGUALDAD DE TRATO Y OPORTUNIDADES ENTRE MUJERES Y HOMBRES DEL ESTADO DE MÉXICO, ARTÍCULO 1, 2, 4 FRACCIÓN I, II, IV; ARTÍCULO 5, FRACCION I, ARTICULO 6 FRACCION XIII, ARTÍCULO 29, FRACCION I, II, V Y VI. EMITE LA PRESENTE: CONVOCATORIA A PARTICIPAR EN LA ELECCIÓN DE DELEGADOS MUNICIPALES E INTEGRANTES DE LOS CONSEJOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA (COPACI) PARA EL PERIODO 2016-2019 DEL MUNICIPIO DE CHALCO, MÉXICO BAJO LAS SIGUIENTES BASES: I.- DE LOS ASPIRANTES: LOS CIUDADANOS QUE ASPIREN A LOS CARGOS HONORÍFICOS DE DELEGADOS E INTEGRANTES DE LOS CONSEJOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA (PROPIETARIOS Y SUPLENTES), DEBERÁN CUMPLIR CON LOS SIGUIENTES REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD: 1. SER CIUDADANO MEXICANO EN PLENO EJERCICIO DE SUS DERECHOS POLÍTICOS Y CIVILES. 2. SER VECINO DE LA DELEGACIÓN O SUBDELEGACIÓN MUNICIPAL, QUE ASPIRE REPRESENTAR, EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 14 FRACCIÓN I DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL. 3. SER DE RECONOCIDA PROBIDAD. 4. NO HABER SIDO ELECTO EN EL PERIODO PRÓXIMO PASADO 20132015, EN TERMINOS DEL ARTÍCULO 73 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL. II.- DE LOS REQUISITOS PARA SOLICITAR EL REGISTRO: a) SOLICITUD DEL REGISTRO EN EL FORMATO QUE PARA TAL EFECTO APRUEBE EL H. AYUNTAMIENTO (AL MOMENTO DE PRESENTAR LA DOCUMENTACIÓN). b) FICHA CURRICULAR EN ORIGINAL. c) ORIGINAL Y COPIA DEL CURP, PARA COTEJAR. d) ORIGINAL DE LA CREDENCIAL PARA VOTAR, PARA COTEJO Y DOS COPIAS SIMPLES. e) INFORME DE NO ANTECEDENTES PENALES, TRÁMITE QUE SE REALIZA POR INTERNET DE MANERA GRATUITA EN LA PÁGINA DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE MÉXICO. f) CONSTANCIA DE VECINDAD EXPEDIDA POR LA SECRETARÍA DEL H. AYUNTAMIENTO 2016, SIN COSTO PARA ESTE REGISTRO. g) CUATRO FOTOGRAFÍAS TAMAÑO INFANTIL A COLOR. h) PROYECTO DE TRABAJO COMÚN POR PLANILLA, OBSERVANDO LAS TRES PROBLEMÁTICAS FUNDAMENTALES DE LA COMUNIDAD Y LA PROPUESTA DE LOS MECANISMOS DE SOLUCIÓN, QUE SE IMPLEMENTARIAN PARA LOS MISMOS. i) DECLARATORIA DE NO HABER OCUPADO EL CARGO DE DELEGADO, SUBDELEGADO O INTEGRANTE DE CONSEJO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA, ASÍ COMO NO OCUPAR AL MOMENTO DEL REGISTRO, CARGO DE SERVIDOR PÚBLICO DE MANDO MEDIO O SUPERIOR EN EL MUNICIPIO DE CHALCO; NO SER MINISTRO DE CULTO NI DIRIGENTE DE ALGÚN PARTIDO POLÍTICO EN EL FORMATO QUE PARA TAL EFECTO APRUEBE EL H. AYUNTAMIENTO. j) DESIGNACIÓN POR ESCRITO DE UN VECINO DE LA LOCALIDAD AJENO A LA PLANILLA, A EFECTO DE QUE FUNJA COMO REPRESENTANTE DE FÓRMULA O PLANILLA. NO PODRÁN OBTENER REGISTRO: LAS PLANILLAS Y/O CANDIDATOS QUE HAYAN HECHO PROSELITISMO ELECTORAL CON ANTELACIÓN A LOS TIEMPOS ELECTORALES PERMITIDOS PARA TAL EFECTO. III. DEL REGISTRO: LA ENTREGA DE LAS SOLICITUDES PARA LA INTEGRACIÓN DE FÓRMULAS Y PLANILLAS: A) 1º, 2º Y 3ER. DELEGADO (PROPIETARIOS Y SUPLENTES) B) PRESIDENTE, SECRETARIO, TESORERO. 1º Y 2º VOCAL (PROPIETARIOS Y SUPLENTES) DEL CONSEJO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA. C) CON EL OBJETO DE CUMPLIR CON LOS PRINCIPIOS DE PERSPECTIVA DE GÉNERO, LAS FORMULAS DE LAS PLANILLAS, DEBERÁN SER ENCABEZADAS POR HOMBRE O MUJER EN FORMA INDISTINTA Y DE MANERA OBLIGATORIA, ES DECIR, LA FORMULA NO DEBERÁ POSTULAR CANDIDATOS DEL MISMO SEXO. EJEMPLO: SI EL PRIMER DELEGADO ES HOMBRE, EL PRESIDENTE DE COPACI DEBERÁ SER MUJER Y/O VICEVERSA. SE LLEVARÁ A CABO EN LA SECRETARÍA DEL H. AYUNTAMIENTO O SALÓN DE EX PRESIDENTES DEL MUNICIPIO DE CHALCO, DE 09:00 A 15:00 HRS. Y DE 16:00 A 18:00 HRS, EL DÍA 16 DE MARZO Y EN CASO DE POSIBLES OMISIONES O INCONSISTENCIAS DETECTADAS POR LA COMISION EN LA REVISION DE LOS REQUISITOS Y LA DOCUMENTACION PRESENTADA, SE PODRÁ SUBSANAR DICHAS INCONSISTENCIAS Y OMISIONES MÁXIMO EL DÍA 17 DE MARZO DEL 2016, DENTRO DEL HORARIO ESTABLECIDO. -CUANDO LAS PLANILLAS COMPLEMENTEN SU REGISTRO, SE LES ASIGNARÁ UN NÚMERO CONFORME SE PRESENTEN PARA DISTINGUIRLAS. EL REGISTRO DE CANDIDATURAS PODRÁ SER CANCELADO POR LOS SIGUIENTES MOTIVOS: 1) CUANDO LA MAYORÍA DE LOS REGISTRADOS EN LA PLANILLA PRESENTEN SU RENUNCIA. 2) POR VIOLACIÓN A LAS REGLAS DE CAMPAÑA. 3) POR INHABILITACIÓN, MUERTE O RENUNCIA DE LAS CANDIDATURAS UNIPERSONALES O DE LOS INTEGRANTES DE LA PLANILLA. IV. DE LAS ETAPAS DE LA ELECCIÓN: a) SE LLEVARÁ A CABO EN LA SECRETARÍA DEL H. AYUNTAMIENTO O SALÓN DE EX PRESIDENTES DEL MUNICIPIO DE CHALCO, DE 09:00 A 15:00 HRS. Y DE 16:00 A 18:00 HRS., EL DÍA 16 DE MARZO Y EN CASO DE POSIBLES OMISIONES O INCONSISTENCIAS DETECTADAS POR LA COMISIÓN EN LA REVISIÓN DE LOS REQUISITOS Y LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA, SE PODRÁ SUBSANAR DICHAS INCONSISTENCIAS Y OMISIONES MÁXIMO EL DÍA 17 DE MARZO DEL 2016, DENTRO DEL HORARIO ESTABLECIDO. b) ENTREGA DEL DICTAMEN DE PROCEDENCIA DE REGISTROS, EL 18 DE MARZO DE 2016. c) LAS CAMPAÑAS ELECTORALES INICIARAN AL DÍA SIGUIENTE DE LA SESIÓN EN QUE SE APRUEBEN LOS REGISTROS DE LAS FÓRMULAS Y PLANILLAS; SE REALIZARÁN DURANTE EL LAPSO DEL 19 AL 25 DE MARZO DEL 2016. d) EL DÍA DE LA JORNADA ELECTORAL NO SE PERMITIRÁ NINGÚN ACTO DE CAMPAÑA O PROSELITISMO. LAS PLANILLAS REGISTRADAS NO PODRÁN ACEPTAR DINERO O APOYO EN ESPECIE PARA REALIZAR SU CAMPAÑA ELECTORAL, PROVENIENTE DEL ERARIO PÚBLICO. QUEDA ESTRICTAMENTE PROHIBIDO QUE LAS PLANILLAS REGISTRADAS EJERZAN CUALQUIER TIPO DE PRESIÓN Y OFREZCAN A LOS ELECTORES COMPENSACIÓN ALGUNA, YA SEA EN DINERO O EN ESPECIE, A CAMBIO DE OBTENER EL VOTO. e) LA ELECCIÓN SE LLEVARÁ A CABO EL DÍA 27 DE MARZO DEL PRESENTE AÑO EN LOS 4 BARRIOS (LA CONCHITA, SAN ANTONIO, SAN FRANCISCO Y SAN SEBASTIÁN). EN LAS 17 COLONIAS (AGRARISTA, CASCO DE SAN JUAN, COVADONGA, CULTURAS DE MÉXICO, EJIDAL, EMILIANO ZAPATA, SAN MIGUEL JACALONES I Y SAN MIGUEL JACALONES II, JARDINES DE CHALCO, LA BOMBA, NUEVA SAN ANTONIO, NUEVA SAN MIGUEL, NUEVA SAN ISIDRO, SANTA CRUZ AMALINALCO, TRES MARÍAS, UNIÓN DE GUADALUPE Y FRATERNIDAD ANTORCHISTA; Y LOS 13 PUEBLOS (CANDELARIA TLAPALA, SAN GREGORIO CUAUTZINGO, SAN JUAN Y SAN PEDRO TEZOMPA, SAN LORENZO CHIMALPA, SAN LUCAS AMALINALCO, SAN MARCOS HUIXTOCO, SAN MARTÍN CUAUTLALPAN, SAN MARTÍN XICO NUEVO, SAN MATEO HUITZILZINGO, SAN MATEO TEZOQUIPAN MIRAFLORES, SAN PABLO ATLAZALPAN, SANTA CATARINA AYOTZINGO Y SANTA MARÍA HUEXOCULCO). ESTABLECIDOS EN EL ARTÍCULO 9 DEL BANDO MUNICIPAL 2016; DE 09:00 A 16:00 HRS., SI HAY PERSONAS FORMADAS PARA VOTAR, LA CASILLA CERRARÁ HASTA QUE ÉSTAS HAYAN SUFRAGADO. f) DURANTE EL PROCESO ELECTORAL SE APLICARÁN LAS REGLAS CONTENIDAS EN EL CÓDIGO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO. V.- DE LA COMISIÓN DICTAMINADORA: ESTA COMISIÓN TIENE COMO FUNCIÓN PRINCIPAL GARANTIZAR LOS PRINCIPIOS DE CERTEZA, IMPARCIALIDAD Y EQUIDAD DEL PROCESO DE ELECCIÓN Y CORRESPONDERÁ DICTAMINAR SOBRE LA DOCUMENTACIÓN QUE SE RECIBA EN RELACIÓN AL REGISTRO DE PLANILLAS. ASÍ COMO LOS RESULTADOS DE LA ELECCIÓN. LA COMISIÓN DICTAMINADORA SE CONSTITUIRÁ POR LOS INTEGRANTES DEL H. AYUNTAMIENTO JUAN MANUEL CARBAJAL HERNÁNDEZ PRESIDENTE PRESIDENTE MUNICIPAL MARINA CARMONA GARCÍA VOCAL SÍNDICA MUNICIPAL LEÓN OCTAVIO TÉLLEZ XIMÉNEZ VOCAL PRIMER REGIDOR TALÍA PAVÓN GARCÍA VOCAL SEGUNDA REGIDORA JAIME AGUILAR GALINDEZ VOCAL TERCER REGIDOR CLAUDIA MÉNDEZ CORTES VOCAL CUARTA REGIDORA IVÁN DE JESÚS REGALADO SALAZAR VOCAL QUINTO REGIDOR LETICIA ROJAS MARTÍNEZ VOCAL SEXTA REGIDORA FELIPE MEDINA ANDRADE VOCAL SÉPTIMO REGIDOR MIGUEL ÁNGEL MUNGUÍA CONTRERAS VOCAL OCTAVO REGIDOR RAMONA PADILLA GONZÁLEZ VOCAL NOVENA REGIDORA CHRISTIAN ARTURO HERNÁNDEZ DE LA ROSA VOCAL DÉCIMO REGIDOR JORGE ALEJANDRO VIRRUETA NARANJO VOCAL DÉCIMO PRIMER REGIDOR GUILLERMO ROMERO POZOS VOCAL DÉCIMO SEGUNDO REGIDOR SONIA ELVIRA RESÉNDIZ BECERRIL VOCAL DÉCIMA TERCERA REGIDORA VI. DE LA ELECCIÓN DE DELEGADOS E INTEGRANTES DE LOS CONSEJOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA. 1. LOS LUGARES DONDE HABRÁN DE INSTALAR LAS CASILLAS, ASÍ COMO EL NOMBRE DE LOS REPRESENTANTES DEL H. AYUNTAMIENTO QUE ASISTIRÁN A CADA UNA DE LAS COMUNIDADES, SE DARÁN A CONOCER A MÁS TARDAR EL DÍA 22 DE MARZO DEL AÑO EN CURSO. 2. LA MESA RECEPTORA DEL VOTO, ESTARÁ INTEGRADA POR UN PRESIDENTE UN SECRETARIO Y DOS ESCRUTADORES, NOMBRADOS POR EL H. AYUNTAMIENTO. 3. QUEDA ESTRICTAMENTE PROHIBIDO, REALIZAR CUALQUIER ACTO DE PROSELITISMO EL DÍA DE LA ELECCIÓN Y DESPUÉS DEL PERIODO SEÑALADO EN EL INCISO C), DE LA FRACCIÓN IV, DEL APARTADO DE LAS ETAPAS DE LA ELECCION, LA PLANILLA QUE VIOLE PROBADAMENTE, ESTA DISPOSICIÓN PERDERÁ AUTOMÁTICAMENTE SU REGISTRO. VII.- DE LOS MECANISMOS DE VOTACIÓN. 1. LAS PLANILLAS DE DELEGADOS E INTEGRANTES DE LOS CONSEJOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA, TENDRÁN DERECHO A UN REPRESENTANTE ANTE LA MESA RECEPTORA DEL VOTO, QUE COADYUVARÁ CONJUNTAMENTE CON LOS FUNCIONARIOS ELECTORALES DEL H. AYUNTAMIENTO EN LA RESPONSABILIDAD DE RESPETO DE LOS RESULTADOS DE LA ELECCIÓN MISMOS QUE SE DARÁN A CONOCER AL TÉRMINO DE ESTA. 2. SE EFECTUARÁ LA VOTACIÓN BAJO EL PROCEDIMIENTO SIGUIENTE: a) ÚNICAMENTE TENDRÁN DERECHO A VOTAR LAS PERSONAS QUE PRESENTEN CREDENCIAL DE ELECTOR CON DOMICILIO EN LA LOCALIDAD DE ELECCIÓN. b) EL PRESIDENTE DE LA MESA RECEPTORA DEL VOTO ENTREGARÁ AL ELECTOR, UNA BOLETA PARA VOTAR. c) EL ELECTOR DE MANERA SECRETA, MARCARÁ EN LA BOLETA EL NÚMERO DE LA PLANILLA DE SU PREFERENCIA, LAS BOLETAS QUE APAREZCAN CON DOS O MÁS RECUADROS MARCADOS SERÁN NULOS, ASÍ COMO LAS QUE NO TENGAN MARCA. d) CADA ELECTOR TENDRÁ DERECHO A VOTAR UNA SOLA OCASIÓN, POR BOLETA DESPUÉS DE EMITIRLO SE LE MARCARÁ EL PULGAR DERECHO CON TINTA INDELEBLE. e) LOS INTEGRANTES DE LA MESA RECEPTORA DEL VOTO, CUIDARÁN EL ORDEN DURANTE LA ELECCIÓN Y SE AUXILIARÁN EN TODO MOMENTO POR LAS AUTORIDADES DE SEGURIDAD PÚBLICA MUNICIPAL. f) NO SE ADMITIRÁ EN LAS MESAS RECEPTORAS DEL VOTO NI SE PERMITIRÁ VOTAR: LOS QUE NO PRESENTEN CREDENCIAL DE ELECTOR (INE). A QUIEN ACUDA OSTENSIBLEMENTE O VISIBLEMENTE. AFECTADO DE SUS FACULTADES MENTALES. INTOXICADO. BAJO EL INFLUJO DE ENERVANTES O EN VISIBLE ESTADO DE EBRIEDAD. EMBOZADOS (CON EL ROSTRO CUBIERTO). ARMADOS. QUE PORTEN O REALICEN PROPAGANDA A FAVOR O EN CONTRA DE ALGUNA PLANILLA. A LOS QUE HAGAN ESCÁNDALOS. A QUIENES PRETENDAN COACCIONAR A LOS VOTANTES O FUNCIONARIOS DE LA MESA RECEPTORA DEL VOTO PARA EL CASO QUE ASÍ LO AMERITE, ESTO SERAN REMITIDOS A LA AUTORIDAD COMPETENTE. g) AL CERRAR LA MESA RECEPTORA DEL VOTO, SE PROCEDERÁ AL ESCRUTINIO Y CÓMPUTO, Y ÉSTE SE HARÁ POR LOS ESCRUTADORES, QUIENES IRÁN MENCIONANDO VOTO POR VOTO A QUE PLANILLA FAVORECE Y DEBERÁ HACERSE DE MANERA PÚBLICA Y EN PRESENCIA DE LOS REPRESENTANTES DE LAS DISTINTAS PLANILLAS. h) AL FINALIZAR EL CÓMPUTO SE LLENARÁ EL ACTA DE ESCRUTINIO Y DE LOS INCIDENTES SUSCITADOS, DEBERÁN CONTENER EL NOMBRE Y FIRMA DE LOS INTEGRANTES DE LA MESA RECEPTORA DEL VOTO DE LOS REPRESENTANTES PRESENTES. i) PARA EL CASO DE QUE EXISTIERAN INCIDENCIAS QUE NO PERMITAN CONTINUAR CON EL TRÁMITE DE ELECCIÓN DE DELEGADOS E INTEGRANTES DE LOS CONSEJOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA, SE PONDRÁ DEL CONOCIMIENTO DE LAS AUTORIDADES CORRESPONDIENTES PARA QUE SE EJERCITEN LAS ACCIONES PERTINENTES. VIII.- DEL PAQUETE ELECTORAL: SERÁ RESPONSABILIDAD DEL PRESIDENTE Y SECRETARIO DE LA MESA RECEPTORA DEL VOTO, LA ENTREGA DEL PAQUETE ELECTORAL, DEBIENDO TURNARLO A LA COMISIÓN DICTAMINADORA, MISMA QUE EL DÍA DE LA JORNADA ELECTORAL ESTARÁ INSTALADA EN EL SALÓN DE EX PRESIDENTES DEL PALACIO MUNICIPAL, DEJANDO COPIA DE LOS RESULTADOS FINALES EN EL LUGAR DONDE SE LLEVÓ A CABO LA ELECCIÓN; Y ENTREGARÁ COPIA A LOS REPRESENTANTES DE CADA PLANILLA SI ASÍ LO SOLICITAN EN LA MESA RECEPTORA DEL VOTO, ASÍ MISMO FIRMARÁN LAS ACTAS RESPECTIVAS. IX.- CALIFICACIÓN DE LA ELECCIÓN. LA COMISIÓN DICTAMINADORA, CALIFICARÁ LA ELECCIÓN EN UN LAPSO NO MAYOR A 72 HORAS, A FIN DE DETERMINAR Y PUBLICAR LAS PLANILLAS ELECTAS COMO AUTORIDADES AUXILIARES E INTEGRANTES DE LOS CONSEJOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA 2016-2019. PARA EL CASO QUE EXISTAN IMPUGNACIONES EN CONTRA DE LOS ACTOS DE LA JORNADA ELECTORAL SE APEGARÁN A LAS RESOLUCIONES QUE PARA TAL EFECTO EMITA LA COMISIÓN DICTAMINADORA. LAS IMPUGNACIONES DEBERÁN PRESENTARSE DENTRO DE LOS DOS DÍAS CONTADOS A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE DE LA ELECCIÓN. LAS IMPUGNACIONES SE INTERPONDRÁN ANTE LA COMISIÓN DICTAMINADORA DEBIENDO SEÑALAR LO SIGUIENTE: a) EL NOMBRE DE QUIEN PROMUEVE Y FIRMA AUTÓGRAFA. b) SEÑALAR EL ACTO O RESOLUCIÓN IMPUGNADA Y LA INSTANCIA RESPONSABLE DEL MISMO. c) MENCIONAR DE LOS HECHOS EN QUE SE BASA LA IMPUGNACIÓN. d) SEÑALAR LAS PRUEBAS QUE RESPALDEN LA IMPUGNACIÓN. e) CUANDO SE IMPUGNE EL RESULTADO FINAL DE LA ELECCIÓN SE DEBERÁ SEÑALAR E IDENTIFICAR LAS CAUSAS POR LAS QUE SE IMPUGNA. RECIBIDO EL RECURSO DE IMPUGNACIÓN LA COMISIÓN DICTAMINADORA EN UN PLAZO DE 24 HORAS, PUBLICARÁ MEDIANTE LA CEDULA DE NOTIFICACIÓN; Y DARÁ A CONOCER LA RESOLUCIÓN DE LA MISMA. LAS IMPUGNACIONES SERÁN IMPROCEDENTES CUANDO NO REÚNAN LOS REQUISITOS ANTERIORMENTE SEÑALADOS. X.- NOMBRAMIENTOS. A) PREVIO A LA ENTREGA DE NOMBRAMIENTOS EN EL PERIODO QUE VA DE ENTRE EL 5 AL 15 DE ABRIL, LAS PLANILLAS GANADORAS DEBERÁN ENTREGAR LOS ANTECEDENTES NO PENALES, CERTIFICADOS POR LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE MÉXICO, DE CADA UNO DE SUS INTEGRANTES; EN CASO DE QUE ALGÚN MIEMBRO DE LA PLANILLA NO CUMPLA CON ESTE REQUISITO, SE CONSIDERARÁ AL SUPLENTE RESPECTIVO, SIEMPRE Y CUANDO CUMPLA CON LO ESTIPULADO. B) SE ENTREGARAN NOMBRAMIENTOS AL PRIMER, SEGUNDO Y TERCER DELEGADO E INTEGRANTES DE LOS CONSEJOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA QUE OBTENGAN EL MAYOR NÚMERO DE VOTOS, DEBIENDO ENTRAR EN FUNCIONES EL 15 DE ABRIL DEL AÑO EN CURSO Y HASTA CUMPLIR 3 AÑOS EN SU FUNCIÓN. XI.- SANCIONES. PARA EL CASO DE QUE EXISTA INOBSERVANCIA POR PARTE DEL SOLICITANTE A LO DISPUESTO POR EL APARTADO II DE LA PRESENTE CONVOCATORIA EN ALGUNO DE SUS REQUISITOS ESTABLECIDOS, DARÁ LUGAR A LA IMPROCEDENCIA DE REGISTRO. EN CASO DE INFRACCIÓN POR PARTE DE LA PLANILLA QUE PARTICIPE EN LA ELECCIÓN DE LOS DELEGADOS E INTEGRANTES DE LOS CONSEJOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA, A LO ESTABLECIDO EN EL APARTADO VI, NUMERAL 3, DARÁ LUGAR A LA CANCELACIÓN DEL REGISTRO, IMPIDIENDO CON ELLO CONTINUAR CON EL TRÁMITE DE ELECCIÓN CORRESPONDIENTE. XII.- DISPOSICIONES GENERALES. 1.- LA PRESENTE CONVOCATORIA TENDRÁ VIGENCIA A PARTIR DE SU PUBLICACIÓN. 2.- LO NO PREVISTO POR LA PRESENTE, SERÁ RESUELTO POR LA COMISIÓN DICTAMINADORA. CHALCO, ESTADO DE MÉXICO A 10 DE MARZO DE 2016 ATENTAMENTE C. JUAN MANUEL CARBAJAL HERNÁNDEZ C. SERGIO OCTAVIO RAMÍREZ HERNÁNDEZ PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO
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