convocatoria bases - Municipio de Chalco

EL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE CHALCO DE DÍAZ COVARRUBIAS, ESTADO DE MÉXICO.
HACE SABER
QUE CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 1, ULTIMO PARRAFO, 4 Y 115 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 122 Y 123 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO;
ARTÍCULO 14, FRACCIÓN I, 31 FRACCIÓN XII, 48 FRACCIÓN XIV, 56, 57, 59, 60, 64, FRACCIÓN II, 72, 73 Y 74 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL, VIGENTE PARA EL ESTADO DE MÉXICO, LEY DE IGUALDAD DE TRATO Y OPORTUNIDADES ENTRE MUJERES Y
HOMBRES DEL ESTADO DE MÉXICO, ARTÍCULO 1, 2, 4 FRACCIÓN I, II, IV; ARTÍCULO 5, FRACCION I, ARTICULO 6 FRACCION XIII, ARTÍCULO 29, FRACCION I, II, V Y VI. EMITE LA PRESENTE:
CONVOCATORIA
A PARTICIPAR EN LA ELECCIÓN DE DELEGADOS MUNICIPALES E INTEGRANTES DE LOS CONSEJOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA (COPACI) PARA EL PERIODO 2016-2019 DEL MUNICIPIO DE CHALCO, MÉXICO BAJO LAS SIGUIENTES
BASES:
I.- DE LOS ASPIRANTES:
LOS CIUDADANOS QUE ASPIREN A LOS CARGOS HONORÍFICOS DE
DELEGADOS E INTEGRANTES DE LOS CONSEJOS DE PARTICIPACIÓN
CIUDADANA (PROPIETARIOS Y SUPLENTES), DEBERÁN CUMPLIR CON LOS
SIGUIENTES REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD:
1.
SER CIUDADANO MEXICANO EN PLENO EJERCICIO DE SUS DERECHOS
POLÍTICOS Y CIVILES.
2.
SER VECINO DE LA DELEGACIÓN O SUBDELEGACIÓN MUNICIPAL, QUE
ASPIRE REPRESENTAR, EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 14 FRACCIÓN
I DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL.
3.
SER DE RECONOCIDA PROBIDAD.
4.
NO HABER SIDO ELECTO EN EL PERIODO PRÓXIMO PASADO 20132015, EN TERMINOS DEL ARTÍCULO 73 DE LA LEY ORGÁNICA
MUNICIPAL.
II.- DE LOS REQUISITOS PARA SOLICITAR EL REGISTRO:
a)
SOLICITUD DEL REGISTRO EN EL FORMATO QUE PARA TAL EFECTO
APRUEBE EL H. AYUNTAMIENTO (AL MOMENTO DE PRESENTAR LA
DOCUMENTACIÓN).
b)
FICHA CURRICULAR EN ORIGINAL.
c)
ORIGINAL Y COPIA DEL CURP, PARA COTEJAR.
d)
ORIGINAL DE LA CREDENCIAL PARA VOTAR, PARA COTEJO Y DOS
COPIAS SIMPLES.
e)
INFORME DE NO ANTECEDENTES PENALES, TRÁMITE QUE SE REALIZA
POR INTERNET DE MANERA GRATUITA EN LA PÁGINA DE LA
PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE MÉXICO.
f)
CONSTANCIA DE VECINDAD EXPEDIDA POR LA SECRETARÍA DEL H.
AYUNTAMIENTO 2016, SIN COSTO PARA ESTE REGISTRO.
g)
CUATRO FOTOGRAFÍAS TAMAÑO INFANTIL A COLOR.
h)
PROYECTO DE TRABAJO COMÚN POR PLANILLA, OBSERVANDO LAS
TRES PROBLEMÁTICAS FUNDAMENTALES DE LA COMUNIDAD Y LA
PROPUESTA DE LOS MECANISMOS DE SOLUCIÓN, QUE SE
IMPLEMENTARIAN PARA LOS MISMOS.
i)
DECLARATORIA DE NO HABER OCUPADO EL CARGO DE DELEGADO,
SUBDELEGADO O INTEGRANTE DE CONSEJO DE PARTICIPACIÓN
CIUDADANA, ASÍ COMO NO OCUPAR AL MOMENTO DEL REGISTRO,
CARGO DE SERVIDOR PÚBLICO DE MANDO MEDIO O SUPERIOR EN EL
MUNICIPIO DE CHALCO; NO SER MINISTRO DE CULTO NI DIRIGENTE
DE ALGÚN PARTIDO POLÍTICO EN EL FORMATO QUE PARA TAL EFECTO
APRUEBE EL H. AYUNTAMIENTO.
j)
DESIGNACIÓN POR ESCRITO DE UN VECINO DE LA LOCALIDAD AJENO
A LA PLANILLA, A EFECTO DE QUE FUNJA COMO REPRESENTANTE DE
FÓRMULA O PLANILLA.
NO PODRÁN OBTENER REGISTRO:
LAS PLANILLAS Y/O CANDIDATOS QUE HAYAN HECHO PROSELITISMO
ELECTORAL CON ANTELACIÓN A LOS TIEMPOS ELECTORALES PERMITIDOS
PARA TAL EFECTO.
III. DEL REGISTRO:
LA ENTREGA DE LAS SOLICITUDES PARA LA INTEGRACIÓN DE FÓRMULAS Y
PLANILLAS:
A) 1º, 2º Y 3ER. DELEGADO (PROPIETARIOS Y SUPLENTES)
B) PRESIDENTE, SECRETARIO, TESORERO. 1º Y 2º VOCAL (PROPIETARIOS Y
SUPLENTES) DEL CONSEJO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA.
C) CON EL OBJETO DE CUMPLIR CON LOS PRINCIPIOS DE PERSPECTIVA DE
GÉNERO, LAS FORMULAS DE LAS PLANILLAS, DEBERÁN SER ENCABEZADAS
POR HOMBRE O MUJER
EN FORMA INDISTINTA Y DE MANERA
OBLIGATORIA, ES DECIR, LA FORMULA NO DEBERÁ POSTULAR CANDIDATOS
DEL MISMO SEXO. EJEMPLO: SI EL PRIMER DELEGADO ES HOMBRE, EL
PRESIDENTE DE COPACI DEBERÁ SER MUJER Y/O VICEVERSA.
SE LLEVARÁ A CABO EN LA SECRETARÍA DEL H. AYUNTAMIENTO O SALÓN DE
EX PRESIDENTES DEL MUNICIPIO DE CHALCO, DE 09:00 A 15:00 HRS. Y DE
16:00 A 18:00 HRS, EL DÍA 16 DE MARZO Y EN CASO DE POSIBLES
OMISIONES O INCONSISTENCIAS DETECTADAS POR LA COMISION EN LA
REVISION DE LOS REQUISITOS Y LA DOCUMENTACION PRESENTADA, SE
PODRÁ SUBSANAR DICHAS INCONSISTENCIAS Y OMISIONES MÁXIMO EL DÍA
17 DE MARZO DEL 2016, DENTRO DEL HORARIO ESTABLECIDO.
-CUANDO LAS PLANILLAS COMPLEMENTEN SU REGISTRO, SE LES ASIGNARÁ
UN NÚMERO CONFORME SE PRESENTEN PARA DISTINGUIRLAS.
EL REGISTRO DE CANDIDATURAS PODRÁ SER CANCELADO POR LOS
SIGUIENTES MOTIVOS:
1)
CUANDO LA MAYORÍA DE LOS REGISTRADOS EN LA PLANILLA
PRESENTEN SU RENUNCIA.
2)
POR VIOLACIÓN A LAS REGLAS DE CAMPAÑA.
3)
POR INHABILITACIÓN, MUERTE O RENUNCIA DE LAS CANDIDATURAS
UNIPERSONALES O DE LOS INTEGRANTES DE LA PLANILLA.
IV. DE LAS ETAPAS DE LA ELECCIÓN:
a)
SE LLEVARÁ A CABO EN LA SECRETARÍA DEL H. AYUNTAMIENTO O
SALÓN DE EX PRESIDENTES DEL MUNICIPIO DE CHALCO, DE 09:00 A
15:00 HRS. Y DE 16:00 A 18:00 HRS., EL DÍA 16 DE MARZO Y EN CASO
DE POSIBLES OMISIONES O INCONSISTENCIAS DETECTADAS POR LA
COMISIÓN EN LA REVISIÓN DE LOS REQUISITOS Y LA
DOCUMENTACIÓN PRESENTADA, SE PODRÁ SUBSANAR DICHAS
INCONSISTENCIAS Y OMISIONES MÁXIMO EL DÍA 17 DE MARZO DEL
2016, DENTRO DEL HORARIO ESTABLECIDO.
b)
ENTREGA DEL DICTAMEN DE PROCEDENCIA DE REGISTROS, EL 18 DE
MARZO DE 2016.
c)
LAS CAMPAÑAS ELECTORALES INICIARAN AL DÍA SIGUIENTE DE LA
SESIÓN EN QUE SE APRUEBEN LOS REGISTROS DE LAS FÓRMULAS Y
PLANILLAS; SE REALIZARÁN DURANTE EL LAPSO DEL 19 AL 25 DE
MARZO DEL 2016.
d)
EL DÍA DE LA JORNADA ELECTORAL NO SE PERMITIRÁ NINGÚN ACTO
DE CAMPAÑA O PROSELITISMO.
LAS PLANILLAS REGISTRADAS NO PODRÁN ACEPTAR DINERO O APOYO EN
ESPECIE PARA REALIZAR SU CAMPAÑA ELECTORAL, PROVENIENTE DEL
ERARIO PÚBLICO.
QUEDA ESTRICTAMENTE PROHIBIDO QUE LAS PLANILLAS REGISTRADAS
EJERZAN CUALQUIER TIPO DE PRESIÓN Y OFREZCAN A LOS ELECTORES
COMPENSACIÓN ALGUNA, YA SEA EN DINERO O EN ESPECIE, A CAMBIO DE
OBTENER EL VOTO.
e)
LA ELECCIÓN SE LLEVARÁ A CABO EL DÍA 27 DE MARZO DEL PRESENTE
AÑO EN LOS 4 BARRIOS (LA CONCHITA, SAN ANTONIO, SAN
FRANCISCO Y SAN SEBASTIÁN). EN LAS 17 COLONIAS (AGRARISTA,
CASCO DE SAN JUAN, COVADONGA, CULTURAS DE MÉXICO, EJIDAL,
EMILIANO ZAPATA, SAN MIGUEL JACALONES I Y SAN MIGUEL
JACALONES II, JARDINES DE CHALCO, LA BOMBA, NUEVA SAN
ANTONIO, NUEVA SAN MIGUEL, NUEVA SAN ISIDRO, SANTA CRUZ
AMALINALCO, TRES MARÍAS, UNIÓN DE GUADALUPE Y FRATERNIDAD
ANTORCHISTA; Y LOS 13 PUEBLOS (CANDELARIA TLAPALA, SAN
GREGORIO CUAUTZINGO, SAN JUAN Y SAN PEDRO TEZOMPA, SAN
LORENZO CHIMALPA, SAN LUCAS AMALINALCO, SAN MARCOS
HUIXTOCO, SAN MARTÍN CUAUTLALPAN, SAN MARTÍN XICO NUEVO,
SAN MATEO HUITZILZINGO, SAN MATEO TEZOQUIPAN MIRAFLORES,
SAN PABLO ATLAZALPAN, SANTA CATARINA AYOTZINGO Y SANTA
MARÍA HUEXOCULCO). ESTABLECIDOS EN EL ARTÍCULO 9 DEL BANDO
MUNICIPAL 2016; DE 09:00 A 16:00 HRS., SI HAY PERSONAS
FORMADAS PARA VOTAR, LA CASILLA CERRARÁ HASTA QUE ÉSTAS
HAYAN SUFRAGADO.
f)
DURANTE EL PROCESO ELECTORAL SE APLICARÁN LAS REGLAS
CONTENIDAS EN EL CÓDIGO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO.
V.- DE LA COMISIÓN DICTAMINADORA:
ESTA COMISIÓN TIENE COMO FUNCIÓN PRINCIPAL GARANTIZAR LOS
PRINCIPIOS DE CERTEZA, IMPARCIALIDAD Y EQUIDAD DEL PROCESO DE
ELECCIÓN Y CORRESPONDERÁ DICTAMINAR SOBRE LA DOCUMENTACIÓN
QUE SE RECIBA EN RELACIÓN AL REGISTRO DE PLANILLAS. ASÍ COMO LOS
RESULTADOS DE LA ELECCIÓN.
LA COMISIÓN DICTAMINADORA SE CONSTITUIRÁ POR LOS INTEGRANTES
DEL H. AYUNTAMIENTO
JUAN MANUEL CARBAJAL HERNÁNDEZ
PRESIDENTE
PRESIDENTE MUNICIPAL
MARINA CARMONA GARCÍA
VOCAL
SÍNDICA MUNICIPAL
LEÓN OCTAVIO TÉLLEZ XIMÉNEZ
VOCAL
PRIMER REGIDOR
TALÍA PAVÓN GARCÍA
VOCAL
SEGUNDA REGIDORA
JAIME AGUILAR GALINDEZ
VOCAL
TERCER REGIDOR
CLAUDIA MÉNDEZ CORTES
VOCAL
CUARTA REGIDORA
IVÁN DE JESÚS REGALADO SALAZAR
VOCAL
QUINTO REGIDOR
LETICIA ROJAS MARTÍNEZ
VOCAL
SEXTA REGIDORA
FELIPE MEDINA ANDRADE
VOCAL
SÉPTIMO REGIDOR
MIGUEL ÁNGEL MUNGUÍA CONTRERAS
VOCAL
OCTAVO REGIDOR
RAMONA PADILLA GONZÁLEZ
VOCAL
NOVENA REGIDORA
CHRISTIAN ARTURO HERNÁNDEZ DE LA ROSA
VOCAL
DÉCIMO REGIDOR
JORGE ALEJANDRO VIRRUETA NARANJO
VOCAL
DÉCIMO PRIMER REGIDOR
GUILLERMO ROMERO POZOS
VOCAL
DÉCIMO SEGUNDO REGIDOR
SONIA ELVIRA RESÉNDIZ BECERRIL
VOCAL
DÉCIMA TERCERA REGIDORA
VI. DE LA ELECCIÓN DE DELEGADOS E INTEGRANTES DE LOS CONSEJOS DE
PARTICIPACIÓN CIUDADANA.
1.
LOS LUGARES DONDE HABRÁN DE INSTALAR LAS CASILLAS, ASÍ COMO
EL NOMBRE DE LOS REPRESENTANTES DEL H. AYUNTAMIENTO QUE
ASISTIRÁN A CADA UNA DE LAS COMUNIDADES, SE DARÁN A
CONOCER A MÁS TARDAR EL DÍA 22 DE MARZO DEL AÑO EN CURSO.
2.
LA MESA RECEPTORA DEL VOTO, ESTARÁ INTEGRADA POR UN
PRESIDENTE UN SECRETARIO Y DOS ESCRUTADORES, NOMBRADOS
POR EL H. AYUNTAMIENTO.
3.
QUEDA ESTRICTAMENTE PROHIBIDO, REALIZAR CUALQUIER ACTO DE
PROSELITISMO EL DÍA DE LA ELECCIÓN Y DESPUÉS DEL PERIODO
SEÑALADO EN EL INCISO C), DE LA FRACCIÓN IV, DEL APARTADO DE
LAS ETAPAS DE LA ELECCION, LA PLANILLA QUE VIOLE
PROBADAMENTE, ESTA DISPOSICIÓN PERDERÁ AUTOMÁTICAMENTE
SU REGISTRO.
VII.- DE LOS MECANISMOS DE VOTACIÓN.
1.
LAS PLANILLAS DE DELEGADOS E INTEGRANTES DE LOS CONSEJOS DE
PARTICIPACIÓN CIUDADANA, TENDRÁN DERECHO A UN
REPRESENTANTE ANTE LA MESA RECEPTORA DEL VOTO, QUE
COADYUVARÁ CONJUNTAMENTE CON LOS FUNCIONARIOS
ELECTORALES DEL H. AYUNTAMIENTO EN LA RESPONSABILIDAD DE
RESPETO DE LOS RESULTADOS DE LA ELECCIÓN MISMOS QUE SE
DARÁN A CONOCER AL TÉRMINO DE ESTA.
2.
SE EFECTUARÁ LA VOTACIÓN BAJO EL PROCEDIMIENTO SIGUIENTE:
a)
ÚNICAMENTE TENDRÁN DERECHO A VOTAR LAS PERSONAS QUE
PRESENTEN CREDENCIAL DE ELECTOR CON DOMICILIO EN LA
LOCALIDAD DE ELECCIÓN.
b)
EL PRESIDENTE DE LA MESA RECEPTORA DEL VOTO ENTREGARÁ AL
ELECTOR, UNA BOLETA PARA VOTAR.
c)
EL ELECTOR DE MANERA SECRETA, MARCARÁ EN LA BOLETA EL
NÚMERO DE LA PLANILLA DE SU PREFERENCIA, LAS BOLETAS QUE
APAREZCAN CON DOS O MÁS RECUADROS MARCADOS SERÁN NULOS,
ASÍ COMO LAS QUE NO TENGAN MARCA.
d)
CADA ELECTOR TENDRÁ DERECHO A VOTAR UNA SOLA OCASIÓN, POR
BOLETA DESPUÉS DE EMITIRLO SE LE MARCARÁ EL PULGAR DERECHO
CON TINTA INDELEBLE.
e)
LOS INTEGRANTES DE LA MESA RECEPTORA DEL VOTO, CUIDARÁN EL
ORDEN DURANTE LA ELECCIÓN Y SE AUXILIARÁN EN TODO MOMENTO
POR LAS AUTORIDADES DE SEGURIDAD PÚBLICA MUNICIPAL.
f)
NO SE ADMITIRÁ EN LAS MESAS RECEPTORAS DEL VOTO NI SE
PERMITIRÁ VOTAR:
LOS QUE NO PRESENTEN CREDENCIAL DE ELECTOR (INE).
A QUIEN ACUDA OSTENSIBLEMENTE O VISIBLEMENTE.
AFECTADO DE SUS FACULTADES MENTALES.
INTOXICADO.
BAJO EL INFLUJO DE ENERVANTES O EN VISIBLE ESTADO DE
EBRIEDAD.
EMBOZADOS (CON EL ROSTRO CUBIERTO).
ARMADOS.
QUE PORTEN O REALICEN PROPAGANDA A FAVOR O EN CONTRA
DE ALGUNA PLANILLA.
A LOS QUE HAGAN ESCÁNDALOS.
A QUIENES PRETENDAN COACCIONAR A LOS VOTANTES O
FUNCIONARIOS DE LA MESA RECEPTORA DEL VOTO PARA EL
CASO QUE ASÍ LO AMERITE, ESTO SERAN REMITIDOS A LA
AUTORIDAD COMPETENTE.
g)
AL CERRAR LA MESA RECEPTORA DEL VOTO, SE PROCEDERÁ AL
ESCRUTINIO Y CÓMPUTO, Y ÉSTE SE HARÁ POR LOS ESCRUTADORES,
QUIENES IRÁN MENCIONANDO VOTO POR VOTO A QUE PLANILLA
FAVORECE Y DEBERÁ HACERSE DE MANERA PÚBLICA Y EN PRESENCIA
DE LOS REPRESENTANTES DE LAS DISTINTAS PLANILLAS.
h)
AL FINALIZAR EL CÓMPUTO SE LLENARÁ EL ACTA DE ESCRUTINIO Y DE
LOS INCIDENTES SUSCITADOS, DEBERÁN CONTENER EL NOMBRE Y
FIRMA DE LOS INTEGRANTES DE LA MESA RECEPTORA DEL VOTO DE
LOS REPRESENTANTES PRESENTES.
i)
PARA EL CASO DE QUE EXISTIERAN INCIDENCIAS QUE NO PERMITAN
CONTINUAR CON EL TRÁMITE DE ELECCIÓN DE DELEGADOS E
INTEGRANTES DE LOS CONSEJOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA, SE
PONDRÁ
DEL
CONOCIMIENTO
DE
LAS
AUTORIDADES
CORRESPONDIENTES PARA QUE SE EJERCITEN LAS ACCIONES
PERTINENTES.
VIII.- DEL PAQUETE ELECTORAL:
SERÁ RESPONSABILIDAD DEL PRESIDENTE Y SECRETARIO DE LA MESA
RECEPTORA DEL VOTO, LA ENTREGA DEL PAQUETE ELECTORAL, DEBIENDO
TURNARLO A LA COMISIÓN DICTAMINADORA, MISMA QUE EL DÍA DE LA
JORNADA ELECTORAL ESTARÁ INSTALADA EN EL SALÓN DE EX PRESIDENTES
DEL PALACIO MUNICIPAL, DEJANDO COPIA DE LOS RESULTADOS FINALES EN
EL LUGAR DONDE SE LLEVÓ A CABO LA ELECCIÓN; Y ENTREGARÁ COPIA A
LOS REPRESENTANTES DE CADA PLANILLA SI ASÍ LO SOLICITAN EN LA MESA
RECEPTORA DEL VOTO, ASÍ MISMO FIRMARÁN LAS ACTAS RESPECTIVAS.
IX.- CALIFICACIÓN DE LA ELECCIÓN.
LA COMISIÓN DICTAMINADORA, CALIFICARÁ LA ELECCIÓN EN UN LAPSO NO
MAYOR A 72 HORAS, A FIN DE DETERMINAR Y PUBLICAR LAS PLANILLAS
ELECTAS COMO AUTORIDADES AUXILIARES E INTEGRANTES DE LOS
CONSEJOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA 2016-2019.
PARA EL CASO QUE EXISTAN IMPUGNACIONES EN CONTRA DE LOS ACTOS
DE LA JORNADA ELECTORAL SE APEGARÁN A LAS RESOLUCIONES QUE PARA
TAL EFECTO EMITA LA COMISIÓN DICTAMINADORA. LAS IMPUGNACIONES
DEBERÁN PRESENTARSE DENTRO DE LOS DOS DÍAS CONTADOS A PARTIR
DEL DÍA SIGUIENTE DE LA ELECCIÓN.
LAS IMPUGNACIONES SE INTERPONDRÁN ANTE LA COMISIÓN
DICTAMINADORA DEBIENDO SEÑALAR LO SIGUIENTE:
a)
EL NOMBRE DE QUIEN PROMUEVE Y FIRMA AUTÓGRAFA.
b)
SEÑALAR EL ACTO O RESOLUCIÓN IMPUGNADA Y LA INSTANCIA
RESPONSABLE DEL MISMO.
c)
MENCIONAR DE LOS HECHOS EN QUE SE BASA LA IMPUGNACIÓN.
d)
SEÑALAR LAS PRUEBAS QUE RESPALDEN LA IMPUGNACIÓN.
e)
CUANDO SE IMPUGNE EL RESULTADO FINAL DE LA ELECCIÓN SE
DEBERÁ SEÑALAR E IDENTIFICAR LAS CAUSAS POR LAS QUE SE
IMPUGNA.
RECIBIDO EL RECURSO DE IMPUGNACIÓN LA COMISIÓN DICTAMINADORA
EN UN PLAZO DE 24 HORAS, PUBLICARÁ MEDIANTE LA CEDULA DE
NOTIFICACIÓN; Y DARÁ A CONOCER LA RESOLUCIÓN DE LA MISMA.
LAS IMPUGNACIONES SERÁN IMPROCEDENTES CUANDO NO REÚNAN LOS
REQUISITOS ANTERIORMENTE SEÑALADOS.
X.- NOMBRAMIENTOS.
A) PREVIO A LA ENTREGA DE NOMBRAMIENTOS EN EL PERIODO QUE VA DE
ENTRE EL 5 AL 15 DE ABRIL, LAS PLANILLAS GANADORAS DEBERÁN
ENTREGAR LOS ANTECEDENTES NO PENALES, CERTIFICADOS POR
LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO
DE MÉXICO, DE CADA UNO DE SUS INTEGRANTES; EN CASO DE QUE
ALGÚN MIEMBRO DE LA PLANILLA NO CUMPLA CON ESTE REQUISITO, SE
CONSIDERARÁ AL SUPLENTE RESPECTIVO, SIEMPRE Y CUANDO CUMPLA
CON LO ESTIPULADO.
B) SE ENTREGARAN NOMBRAMIENTOS AL PRIMER, SEGUNDO Y TERCER
DELEGADO E INTEGRANTES DE LOS CONSEJOS DE PARTICIPACIÓN
CIUDADANA QUE OBTENGAN EL MAYOR NÚMERO DE VOTOS, DEBIENDO
ENTRAR EN FUNCIONES EL 15 DE ABRIL DEL AÑO EN CURSO Y HASTA
CUMPLIR 3 AÑOS EN SU FUNCIÓN.
XI.- SANCIONES.
PARA EL CASO DE QUE EXISTA INOBSERVANCIA POR PARTE DEL
SOLICITANTE A LO DISPUESTO POR EL APARTADO II DE LA PRESENTE
CONVOCATORIA EN ALGUNO DE SUS REQUISITOS ESTABLECIDOS, DARÁ
LUGAR A LA IMPROCEDENCIA DE REGISTRO.
EN CASO DE INFRACCIÓN POR PARTE DE LA PLANILLA QUE PARTICIPE EN LA
ELECCIÓN DE LOS DELEGADOS E INTEGRANTES DE LOS CONSEJOS DE
PARTICIPACIÓN CIUDADANA, A LO ESTABLECIDO EN EL APARTADO VI,
NUMERAL 3, DARÁ LUGAR A LA CANCELACIÓN DEL REGISTRO, IMPIDIENDO
CON ELLO CONTINUAR CON EL TRÁMITE DE ELECCIÓN CORRESPONDIENTE.
XII.- DISPOSICIONES GENERALES.
1.- LA PRESENTE CONVOCATORIA TENDRÁ VIGENCIA A PARTIR DE SU
PUBLICACIÓN.
2.- LO NO PREVISTO POR LA PRESENTE, SERÁ RESUELTO POR LA COMISIÓN
DICTAMINADORA.
CHALCO, ESTADO DE MÉXICO A 10 DE MARZO DE 2016
ATENTAMENTE
C. JUAN MANUEL CARBAJAL HERNÁNDEZ
C. SERGIO OCTAVIO RAMÍREZ HERNÁNDEZ
PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL
SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO