N° 5546 PRECIO PRE CIOCORTE POR PO R PALA P PALABRA: ALABRA BRA:: 0.015 0 0DE 15 INCLUDO INCLUD INC LUDO O IGV IDE GV LAMBAYEQUECR CRÓNICA CRÓN ÓNIC ICA A SUPERIOR JUSTICIA ÚBLICA DEL PERÚ REP 2016 1 del 2016 marzo marzo es 11 deDEL ernes Viern Vi yo, Viernes clayo Chiclayo, Chicla Chi JUDI JU JUDICIAL DICI CIAL AL PRESIDENTA: MG. ANA ELIZABETH SALÉS CASTILLO CJUDICIAL RÓNICA Chiclayo, viernes 11 de marzo del 2016 Instituciones coordinan optimización de Ley N° 30364 La Corte Superior de Justicia de Lambayeque, presidida por la Mg. Ana Elizabeth Salés del Castillo en coordinación con el Ministerio Público y jueces de familia, sostuvieron una reunión con el objetivo de optimizar la implementación y ejecución de la Ley N°30364 en el distrito judicial de Lambayeque. En la reunión se tomaron acuerdos en caso de detenFLyQ SRU ÁDJUDQFLD GHO GHOLWR de violencia familiar. Así, si se determina que el hecho no constituye delito se debe disponer la libertad del detenido y el juez de familia determina- rá las medidas de protección en caso corresponda. De otro lado, los jueces de familia para efectos de determinar un posible daño sicológico de la víctima, solicitarán a la división médico legal del Ministerio Público se realice una evaluación sicológica. En cuanto a la competencia territorial se determinará por el lugar donde ocurrieron los hechos de violencia. Finalmente, el Ministerio Público deberá comunicar a los jueces de familia la dispoVLFLyQTXHSRQHÀQDOSURFHVR En los próximos días, la reunirá con la Policía Nacio- naciones que el caso amerite Mg. Ana Salés del Castillo, se nal para continuar las coordi- con esta institución. ,QVWLWXFLRQHVÀUPDQQXHYDVDOLDQ]DVSDUDHO3URJUDPD1DFLRQDOGH$FFHVR DOD-XVWLFLDGHODV3HUVRQDV9XOQHUDEOHV\-XVWLFLDHQWX&RPXQLGDG La Corte Superior de Justicia de Lambayeque, presidida por la Mg. Ana Elizabeth 6DOpVGHO&DVWLOORÀUPyQXHvas alianzas con el objetivo de fortalecer el trabajo realizado a través del Programa Nacional de Acceso a la Justicia de las Personas Vulnerables y Justicia en tu Comunidad. En esta ocasión, la Gerencia Regional de Educación, representada por su gerente, Lic. Ulises Guevara Paico y el Colegio de Psicólogos del Perú, Consejo Directivo Regional IV, representada por su decano, Paúl Arrunátegui 5DPtUH] ÀUPDURQ VHQGRV compromisos, aunándose al programa antes mencionado. En el caso del Colegio de Psicólogos, asumió entre otros compromisos su participación en las ferias informativas, campañas de mesas de partes itinerantes, consultorías psicológicas, capacitaciones, establecer relaciones de apoyo y cooperación con los docentes de las instituciones educativas, promover un observatorio de tratamientos psicológicos de menores, etc. En el caso de la Dirección Regional de Educación, garantizará el ingreso del programa a las instituciones educativas, brindará facilidades para la ejecución del observatorio de tratamiento psicológico, propondrá acciones, métodos y estrategias WHQLHQWHV D RSWLPL]DU OD HÀFLHQFLDHÀFDFLD\HIHFWLYLGDG del las actividades del Programa Nacional de Acceso a la Justicia de las Personas Vulnerables y Justicia en tu Comunidad, entre otros. 2 CRÓNICA Chiclayo, Viernes 11 de marzo del 2016 JUDICIAL PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE MG. ANA ELIZABETH SALES DEL CASTILLO - PRESIDENTA PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV Chiclayo, Viernes 11 de marzo del 2016 1. REMATE JUDICIAL REMATES BIENES INMUEBLES Telf: 481030 - 239182 SEGUNDA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO (Exp. N° 177-2014-0) En los autos seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO y CREDITO DE PIURA S.A.C. contra TOMAS AQUINO FERNANDEZ CASTILLO y ESTHER VILLALOBOS VENTURA, sobre Ejecución de Garantías, Expediente 177-20140, el Segundo Juzgado Civil de Jaen, a cargo del Señor Juez Dr. Rudecindo Jose Damian Sandoval; Secretaria Judicial Dra Leidi Yanina Oliva Diaz, ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN SEGUNDA CONVOCATORIA efectuado por el Martillero Publico Orlando Florencio Roca Cuzcano, quien llevara a cabo el acto de remate, basado en el Código Procesal Civil artículos 736, 737 y demás inherentes al proceso de remate, de los siguientes Inmuebles: 1.- Inmueble Uno, Predio rural ubicado en Parcela El Eucalipto, Sector El Tablón. U.C. 06944, Distrito Colasay, Provincia Jaén y Departamento Cajamarca, con área de 3.55 Ha. Linderos y medidas perimétricas que corren inscritos en su partida electrónica N° 02113178, del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° II Sede Chiclayo, Oficina Registral Jaen. VALOR DE TASACION: US$ 6,000.00 (SEIS MIL y 00/100 DOLARES AMERICANOS) BASE DEL REMATE: US$ 3,400.00 (TRES MIL CUATROSCIENTOS y 00/100 DOLARES AMERICANOS equivalente a las 2/3 partes del valor de tasación, menos el 15% por tratarse de segunda convocatoria. AFECTACIONES VICENTES: 1).- HIPOTECA, As. D00001, a favor de la CMAC PUIRA S.A.C. hasta por la suma de US$ 6,000.00 (SEIS MIL y 00/100 DOLARES AMERICANOS). 2).- HIPOTECA, As. D00002, a favor de la ENTIDAD DE DESARROLLO PARA LA PEQUEÑA Y MICROEMPRESA - EDPYME ALTERNATIVA, hasta por la suma de US$ 28,400.00 (VEINTIOCHO MIL CUATROSCIENTOS y 00/100 DOLARES AMERICANOS). 2.- Inmueble Dos, Ubicado en Lote 1. Mz. E (Calle Agua Caliente S/N), Pueblo Tradicional Colasay. Distrito Colasay, Provincia Jaén y Departamento Cajamarca, con área de 261.90 M2. Linderos y medidas perimétricas que corren inscritos en su partida electrónica N° P33003723, del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° II -Sede Chiclayo, Oficina Registral Jaén. VALOR DE TASACION: US$ 33,000.00 (TREINTITRES MIL y 00/100 DOLARES AMERICANOS). BASE DEL REMATE: US$ 18,700.00 (DIECIOCHO MIL SETECIENTOS y 00/100 DOLARES AMERICANOS), equivalente a las 2/3 partes del valor de tasación, menos el 15% por tratarse de segunda convocatoria. AFECTACIONES VIGENTES: I).- INSCRIPCION DE HIPOTECA, As. 00003, a favor de LA CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE PIURA S.A.C, hasta por la suma de US$ 33,000.00 DOLARES AMERICANOS. 2).- INSCRIPCION DE HIPOTECA, As. 00004, a favor de la la ENTIDAD DE DESARROLLO PARA LA PEQUEÑA Y MICROEMPRESA - EDPYME ALTERNATIVA, hasta por la suma de US$ 23,100.00 (VEINTITRES MIL CIEN y 00/100 DOLARES AMERICANOS). DIA Y HORA DEL REMATE PARA AMBOS INMUEBLES: 30 de Marzo 2016 a las 11:00 am de la mañana. LUGAR DEL REMATE: Para los dos inmuebles, en la sala de remates ubicada en la Calle Mariscal Castillo N° 490, Jaén, Cajamarca, (Segundo Piso Oficina de administración). LOS POSTORES: Oblarán no menos del 10% del valor de Tasación de cada inmueble en efectivo y/o en cheque de gerencia (no debe tener sello de NO NEGOCIABLE) y presentaran su arancel judicial (con copia del arancel y del DNI), donde se consignara el N° de Expediente, Juzgado e identificación del postor, suscribiendo dicho arancel. Conforme lo establece el Art. 736 del Código Procesal Civil cuando el remate comprenda más de un bien, se preferirá a quien ofrezca adquirirlos conjuntamente, siempre que el precio no sea inferior a la suma de las ofertas individuales. La comisión del Martillero es por cuenta del adjudicatario de conformidad con el artículo 732 del CPC, Ley de Martillero 27728, 28371 y al Reglamento según escala indicada en el Art. 18° D.S. 008-2005-JUS, y están afectos al IGV. Martillero Público Reg. N° 205 Roca Cuzcano, Orlando Florencio. Cel. 988-643628. Jaén, 25 de Enero 2016 ORLANDO ROCA C. MARTILLERO PÚBLICO REG. NAC. N° 205 LEIDI OLIVA DIAZ SECRETARIA JUDICIAL 2° JUZGADO CIVIL – JAEN PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5197361 F/ 223 S/. 31.50 11, 14, 15 Marzo AVISO DE REMATE PÚBLICO JUDICIAL EXP. N° 00264-2014-0-1703-SP-CI-01. CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE PIURA S.A. CONTRA VICENTE QUINTO CASTILLO Y VICTORIA ALEJANDRIA AREVALO, SOBRE EJECUCIÓN DE GARANTÍA. BIEN EN REMATE: El Segundo Juzgado Civil Mixto de Jaén, a cargo del Señor Juez, Rudecindo José Damian Sandoval, y Especialista Legal, Edinson Enrique Soberon Hoyos; ha ordenado que el suscrito Martillero Publico, Guillermo Eulogio Paredes Landauro con Reg. N° 210, realice el REMATE PUBLICO JUDICIAL EN SEGUNDA CONVOCATORIA del bien inmueble consistente en la Parcela, identificada con Unidad catastral N° 062795, Ubicación Rural Valle Callayuc, Distrito de Callayuc, Provincia de Cutervo, Departamento de Cajamarca; cuya área, características, linderos, y medidas perimétricas se encuentran inscritas en la Partida Electrónica N° 11006570, Registro de Propiedad inmueble - Oficina Registral de Jaén. VALORIZACIÓN: US$. 26,375.00 (Veintiséis mil trescientos setenta y cinco con 00/100 dólares americanos). PRECIO BASE: US$. 14,945.83 (CATORCE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CINCO CON 83/100 DOLARES AMERICANOS), que representan dos tercios de su valorización, reducido en 15% por ser segunda convocatoria. GRAVAMENES Y CARGAS: 1) Asiento D00001, Hipoteca del 04.12.2013 a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C. hasta por US$, 26,375.00. FECHA, HORA Y LUGAR DE REMATE: Para el día VIERNES 08 DE ABRIL DE 2016 A LAS 09.00 HORAS EN LA SALA DE REMATES, UBICADO EN LA OFICINA DE LA SUB ADMINISTRACION DE LA SEDE JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE JAÉN del Distrito Judicial de Lambayeque, sito en calle Mariscal Castilla N° 490, Distrito y Provincia de Jaén, Departamento de Cajamarca. LOS POSTORES: Por el inmueble en remate, deben depositar el dinero en efectivo o con cheque de gerencia, negociable a su nombre, una cantidad no menor del 10 % de su valorización, adjuntar original y copia de DNI y/o RUC, de arancel judicial con código 7153 por derecho de participación en remate, indicando Juzgado; Expediente, DNI y/o RUC, nombre completo, domicilio y firma; y de ser el caso de vigencia y facultades de poder de fecha actual. HONORARIOS DEL MARTILLERO: Inmediatamente culminada la diligencia de remate, el adjudicatario paga los honorarios del Martillero Publico más el I.G.V. de conformidad con la Ley N° 27728, Ley N° 28371 y su Reglamento (D.S. N° 008-2005-JUS). Jaén, Enero 14 de 2016. (51)(44) 94-789-3343 94-9365850 34-7544 RPM *661990 [email protected] gueupala@hotmail. com GUILLERMO E. PAREDES LANDAURO ABOGADO – MARTILLERO PUBLICO REG. N° 210 EDINSON E. SOBERÓN HOYOS SECRETARIO JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO CIVIL – JAÉN PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5195978 F/ 217 S/. 20.00 10, 11, 14 Marzo SEGUNDO REMATE JUDICIAL Expediente N° 00627-2012-0-1707-JPCI-01 En los seguidos por SALCEDO GUEVARA, MARIA FLOR contra VASQUEZ GARCIA, MIGUEL ANGEL y OTROS sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, el señor Juez del PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE FERREÑAFE Dra. Torres Torres Hella Marisol, interviniendo como Especialista Legal Dr. José Domingo Quiñones Bendezu, de conformidad con lo dispuesto por Ley 28371, que modifica los artículos 731 y 732 del Código Procesal Civil, concordante con el Reglamento de la Ley del Martillero Publico, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008 2005 - JUS, ha ordenado que el suscrito Roberto Gutiérrez Quispe MARTILLERO PUBLICO con Registro N° 113 realice el Remate Público EN SEGUNDA CONVOCATORIA del Inmueble constituido por el Predio Rural ubicado Valle Chancay - Lambayeque / Sector, Potrero, Predio con código de predio 7_6309240_07726 del distrito de Reque, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, inmueble cuya área, linderos, medidas perimétricas y dominio corren escritas en la Partida Número 02253138 de la Oficina Registral de Chiclayo de la Zona Registral N° ll-Sede Chiclayo. TASACION: S/.181,105.00 (CIENTO OCHENTA y UN MIL CIENTO CINCO Y 00/100 SOLES). BASE DEL REMATE S/.102,626.45 (CIENTO DOS MIL SEISCIENTOS VEINTISEIS Y 45/100 SOLES), que son las dos terceras partes del valor de tasación, menos el quince por ciento de la base de la postura de la primera convocatoria. AFECTACION: 1).- EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION por Resolucion número 06 de fecha 23/1108/20074, aclarada por resolucion número 08 de fecha 08-01-2008 ambas expedidas por el Séptimo Juzgado Civil de Chiclayo, Dr. Cesar Eduardo Burga Diaz, hasta por la suma de S/.30,000.00 Nuevos Soles, inscrito en el asiento D00002 de la Partida Electrónica N° 02253138 de la Oficina Registral de Chiclayo. PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV DIA Y HORA DEL REMATE: EL DIA 29 DE MARZO DEL AÑO 2016 A HORAS 11:30 A.M. LUGAR DE REMATE: en el local del Primer Juzgado de Paz Letrado de Ferreñafe, ubicado en la Av. Victor Raúl Haya de Torre N° 102 (intersección con la calle Tacna), de la ciudad de Ferreñafe. POSTORES: Oblaran el 10 % del valor de la tasación en efectivo, Cheque de Gerencia o en Depósito judicial del Banco de la Nación por la suma de S/.18,110.50, además presentaran su arancel judicial consignando número de expediente, Juzgado y documento de identidad (con copia de arancel y DNI). Funcionario responsable del Remate Roberto Gutiérrez Quispe Martillero Publico. Adjudicatario cancela los Honorarios del Martillero conforme a Ley N° 28371 y D.S. 008-2005JUS y están afectos al I.G.V. Ferreñafe, 04 de febrero del año 2016 ROBERTO GUTIERREZ QUISPE MARTILLERO PÚBLICO REG. 113 JOSÉ D. QUIÑONES BENDEZU SECRETARIO JUDICIAL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO FERREÑAFE PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5195136 B/ 1369 S/. 22.00 10, 11, 14 Marzo PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO (Exp. N° 961-2013) En los autos seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO y CREDITO DE PIURA S.A.C. contra ROSA ISABEL LUMBRES DE RAMON, JOSE ELOY PALMA HUAMANCHUMO, FRANCISCO RAMON OROSCO y MANUELA URCIA DE PALMA, sobre Ejecución de Garantía, Expediente 961-2013, el Octavo Juzgado Civil Comercial de Chiclayo, a cargo del Señor Juez Dr. Sandro Omar Aguilar Gaitán, Secretaria Judicial Dra. Cecilia Guillermo Zambrano, ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA, efectuado por el Martillero Orlando; Florencio Roca Cuzcano, quien llevara a cabo el acto de remate, basado en el Código Procesal Civil, artículos 736, 737 y demás inherentes al proceso de remate, del Inmueble ubicado en: Mz. 23, Lote 2B, Pueblo Tradicional Santa Rosa, Distrito Santa Rosa, Provincia Chiclayo, Departamento Lambayeque, con área, linderos y medidas perimétricas que corre inscrito en la Partida Electrónica N° P10047680, siendo su antecedente registral N° P10047081 del Registro de propiedad inmueble de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - Zona Registral N° II. Sede Chiclayo. VALOR DE TASACION: US$ 27,641.08 (VEINTISEETE MIL SEISCIENTOS CUARENTIUNO y 08/100 DOLARES AMERICANOS). BASE DEL REMATE: US$ 18,427.38 (DIECIOCHO MIL CUATROSCIENTOS VEINTISIETE y 38/100 DOLARES AMERICANOS), equivalente 2/3 partes del valor de tasación. AFECTACIONES VIGENTES: 1).- HIPOTECA, As. 00008, a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO y CREDITO DE PIURA SAC, hasta por la suma de US$ 27,205.27 Dólares Americanos 2).- INSCRIPCION DE EMBARGO, As. 00009, hasta por la suma de S/. 28,000.00 Nuevos Soles, en el proceso seguido por el Banco Financiero del Perú 3).- INSCRIPCION DE EMBARGO, As. 00010, hasta por la suma de S/. 18,000.00 Nuevos Soles, en los seguidos por Banco de la Microempresa MiBanco. DIA Y HORA DEL REMATE 29 de Marzo 2016 a las 11:00 am. LUGAR DEL REMATE En la Sala de Remates, ubicado en Calle San Jose N° 1052, (sede antigua de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque), Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque.LOS POSTORES: Oblarán el 10% del valor de Tasación en efectivo y/o en cheque de gerencia (no debe tener sello de NO NEGOCIABLE) y presentarán su arancel judicial (con copia del arancel y del DNI), donde se consignara el N° de Exp., Juzgado e identificación del postor, suscribiendo dicho arancel. La comisión del Martillero es por cuenta del adjudicatario de confor- CRÓNICA midad con el Martillero 732 del CPC, Ley de Martillero 27728, 28371 y al Reglamento según escala indicada en el Art. D.S. 008-2005-JUS, y están afectos al IGV. Chiclayo, 11 de Enero 2016. Martillero Publico Reg. N° 205 Roca Cuzcano, Orlando Florencio Telf. 988643628. ORLANDO ROCA C. MARTILLERO PÚBLICO REG. NAC. N° 205 CECILIA GUILLERMO ZAMBRANO SECRETARIA JUDICIAL OCTAVO JUZGADO CIVIL COMERCIAL PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5190541 F/ 813 S/. 48.00 08, 09, 10, 11, 14, 15 Marzo PRIMER REMATE JUDICIAL Exp. 00269-2008-0-1706-JR-CO-08, en los seguidos por BANCO DE CREDITO DEL PERU contra MARITZA CAICEDO CHAVEZ Y MARTINA CHAVEZ ROJAS, sobre Ejecución de Garantías. El Octavo Juzgado Especializado en lo Civil Subespecialidad Comercial de Chiclayo que Despacha el Sr. Juez Dr. Sandro Omar Aguilar Gaitan, Especialista Legal Dra. Betty Varias Céspedes; ha dispuesto sacar a remate en PRIMERA CONVOCATORIA el siguiente bien inmueble: UBICACION: Manzana 71, Lote 32, Pueblo Tradicional Monsefu (Actual: Calle Manuel Maria Izaga N° 216), Distrito de Monsefu, Provincia de Chiclayo, Departamento de la Lambayeque, inscrito en la Partida Electrónica N° P10064146, del Registro de Propiedad de Inmueble de la Zona Registral N° II, Sede Chiclayo. VALOR DE TASACIÓN: En la suma de US$. 13,563.75 (TRECE MIL QUINIENTOS SESENTITRES Y 75/100 DÓLARES AMERICANOS). PRECIO BASE: Siendo su precio base las dos terceras partes del valor de la tasación la misma que asciende a la suma de US$. 9,042.50 (NUEVE MIL CERO CUARENTIDOS Y 50/100 DOLARES AMERICANOS). DIA Y HORA DE REMATE: 22 marzo del 2016 a horas 11:00 de la mañana. LUGAR DEL REMATE: Sala de remates, sito en la Calle San Jose N° 1070, Ciudad de Chiclayo. CARGAS Y GRAVAMENES: HIPOTECA: (Inscrita en el Asiento 00004 de la Partida N° 10064146). Las Propietarias, constituye hipoteca a favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU; hasta por la suma de S/. 52,713.50 Nuevos Soles. Así consta en Escritura Publica N° 2245, de fecha 30/10/2006, ante Notario Antonio Enrique Vera Mendez. POSTORES: Presentarán en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre el 10% del valor de la tasación, adjuntar la tasa judicial correspondiente a la orden del Octavo Juzgado Civil Comercial de Chiclayo, debiendo consignarse en la misma el número de expediente, el acto procesal a realizar y copia de D.N.I, y firmas. El presente remate estará a cargo del martillero público Cesar Armando Zapata Obando, con Reg. 241. Los HONORARIOS DEL MARTILLERO será de cargo del adjudicatario conforme a la Ley 28371 y el Decreto Supremo N° 008-2005-JUS mas IGV. Chiclayo, 30 de diciembre del 2015 CESAR ARMANDO ZAPATA OBANDO MARTILLERO PÚBLICO REG. N° 241 DRA. BETTY DEL SOCORRO VARIAS CESPEDES ESPECIALISTA LEGAL OCTAVO JUZGADO CIVIL – COMERCIAL – CHICLAYO PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5190203 F/ 794 S/. 45.00 08, 09, 10, 11, 14, 15 Marzo AVISO DE REMATE PÚBLICO JUDICIAL Exp. N° 601-2010-0-1706-JR-CO-08. CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE TRUJILLO S.A. contra NOEMI GARCIA CORDOVA y MARCO ANTONIO SILVA CORDOVA, sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO. BIEN EN REMATE: El Octavo Juzgado Especializado Civil Sub Especialidad Comercial de Chiclayo, a cargo del Señor Juez, Sandro Omar Aguilar Gaitán, y JUDICIAL Especialista Legal, Betty del Socorro Varias Céspedes, ha ordenado que el suscrito Martillero Público, Guillermo Eulogio Paredes Landauro, realice el REMATE PUBLICO JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA del bien inmueble dado en garantía ubicado en Manzana A22 (A veintidós), Lote 22 (veintidós), Zona 1 (uno), con frente a calle 5 (cinco), Programa Juan Tomis Stack, I (primera) Etapa, Distrito de San Jose, Provincia y Departamento de Lambayeque, cuya área, dominio, características, linderos, colindancias y medidas perimétricas corren inscritas en la Partida Electrónica N° P10043069, Registro de Propiedad Inmueble, Zona Registral N° II, Sede Chiclayo. VALORIZACION: US$. 4,536.00 (Cuatro mil quinientos treinta y seis con 00/100 Dólares Americanos). PRECIO BASE: US$. 3,024.00 (TRES MIL VEINTICUATRO CON 00/100 DOLARES AMERICANOS), que representan dos tercios de su valorización por ser primera convocatoria. GRAVAMENES Y CARGAS: 1) Asiento 00006, Embargo judicial en forma de inscripción hasta por S/. 45,000.00, a favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo S.A., Exp. N° 601-201097, 8° Juzgado Comercial de Chiclayo; y, 2) Asiento 00007, Embargo judicial en forma de inscripción hasta por S/. 60,000.00, a favor del Banco de Crédito del Perú, Exp. N° 2025-2011-62, 8° Juzgado Comercial de Chiclayo. FECHA, HORA Y LUGAR: El día MARTES 12 DE ABRIL DE 2016 A LAS 11.00 HORAS, EN LA SALA DE REMATES DEL PODER JUDICIAL DE LAMBAYEQUE, sede Chiclayo, sito en calle San Jose N° 1052, Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque. LOS POSTORES: Por el inmueble en remate, se presentan con dinero en efectivo o cheque de gerencia, negociable a su nombre una cantidad no menor del 10 % de su valorización, adjuntan original y copia de DNI y/o RUC, de arancel judicial con código 7153 por participación en remate de inmueble, indicando Expediente, Juzgado, nombre, DNI y/o RUC, domicilio y firma; y de ser el caso de vigencia y facultades de poder de fecha actual. HONORARIOS DEL MARTILLERO: El adjudicatario paga los honorarios del Martillero Publico más el I.G.V., determinados según Ley N° 27728, Ley N° 28371 y su Reglamento (D.S.008-2005-JUS), y 732° del Código Procesal Civil, inmediatamente al finalizar la diligencia de remate. Chiclayo, enero 16 de 2016. (51) (44) 94-789-3343 94-936-5850 34-7544 / RPM *661990 / GPLmartilleropublico@ yahoo.es [email protected]. GUILLERMO E. PAREDES LANDAURO ABOGADO MARTILLERO PÚBLICO REG. N° 210 DRA. BETTY DEL SOCORRO VARIAS CESPEDES ESPECIALISTA LEGAL OCTAVO JUZGADO CIVIL – COMERCIAL – CHICLAYO PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5190545 F/ 814 S/. 46.00 08, 09, 10, 11, 14, 15 Marzo REMATE JUDICIAL EN PRIMERA SUBASTA PÚBLICA Expediente N° 00757-2014-0-1706-JRCO-080.- Por disposición del Señor Juez del Octavo Juzgado Civil Sub Especialidad Comercial de Lambayeque, que despacha el Dr. SANDRO OMAR AGUILAR GAITAN, con intervención de la Especialista legal Dra. BETTY DEL SOCORRO VARIAS CESPEDES, en los Autos seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO PIURA S.A.C. contra CARMEN CUMBAY LOPEZ DE HUERTAS y OTROS, sobre EJECUCIÓN DE GARANTIAS, de conformidad con lo dispuesto por Ley N° 28371, que modifica los artículos 731° y 732° del Código Procesal Civil, concordante con et Reglamento de la Ley el Martillero Publico, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2005-JUS, ha facultado al Martillero Publico SUJEILY ENITH CAMACHO FERNANDEZ, con Registro Sunarp N° 276 para ejercer el cargo a nivel nacional; se precederá a llevar a cabo el REMATE PUBLICO JUDICIAL en PRIMERA CONVOCATORIA consistente en: Chiclayo, Viernes 11 de marzo del 2016 3 DESCRIPCION DEL INMUEBLE: Ubicado en Mz. G, Lote N° 4, del Asentamiento Humano Programa de Vivienda Damnificados de El Fenómeno del Niño - Mocce - Sector 1, Distrito, Provincia y Departamento de Lambayeque, cuyo dominio, área, linderos, medidas perimétricas, cargas, gravámenes y demás características corre inscrito en la Partida Registral N° P10004275, del Registro de Propiedad Inmueble (Registro de Predios) de la Zona Registral N° II - Sede Chiclayo. CARGAS Y GRAVAMENES: GRAVÁMENES: 1) INSCRIPCIÓN DE HIPOTECA, inscrita en el asiento D00005, a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO PIURA S.A.C. hasta por la suma de US$. 36,760.00 (Treinta y Seis Mil Setecientos Sesenta con 00/100 Dólares Americanos), 2) INSCRIPCION DE HIPOTECA, inscrita en el asiento D00006, a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO PIURA S.A.C. hasta por la suma de US$. 38,460.00 (Treinta y Ocho Mil Cuatrocientos Sesenta con 00/100 Dólares Americanos). VALOR DE TASACION: Valorización para efectos de remate Ascendente a la suma de US$. 41,504.00 (Cuarenta y Un Mil Quinientos Cuatro con 00/100 Dólares Americanos). BASE DEL REMATE: Deducido conforme a Ley, monto ascendiente a US$. 27,669.33 (Veintisiete Mil Seiscientos Sesenta y Nueve con 33/100 Dólares Americanos), equivalentes a las dos terceras partes del valor de la tasación. DIA, HORA Y LUGAR DEL REMATE: Lunes 21 de Marzo del 2016, a horas 10.00 a.m. en el local de la Sala de Remates ubicada en la Calle San Jose N° 1052 - 2do. Piso Cercado de Chiclayo. - CONDICIONES DEL REMATE: A) LOS POSTORES: 1. Al momento del acto de remate Oblaran (Garantía) el 10% del valor de la tasación del inmueble en efectivo o en cheque de gerencia negociable, girado a nombre del postor, es decir la suma de US$. 4,150.40 2, Presentaran en el acto de remate el arancel judicial por participación en remate, que deberán adquirir en el Banco de la Nación (Código 07153), indicando número de Expediente, Juzgado y DNI/RUC. 3. Informes al teléfono 978436514 0 RPM *408462 BJ EL ADJUDICATARIO: 1. A la firma del acta de remate deberá pagar los honorarios del Martillero Publico mas IGV, de conformidad con el artículo 18 de D.S. N° 008- 2005-JUS. y al Art. 732 del CPC.2. Deberá consignar dentro del tercer día hábil posterior a la fecha de remate en el Banco de la Nación el saldo para completar el monto ofertado, bajo apercibimiento de declararse fa nulidad del remate a lo dispuesto por el artículo 741 del Código Procesal Civil. Chiclayo, 11 de enero del 2016 DRA. SUJEILY ERLITH CAMACHO FERNANDEZ MARTILLERO PÚBLICO REG. N° 276 DRA. BETTY DEL SOCORRO VARIAS CESPEDES ESPECIALISTA LEGAL OCTAVO JUZGADO CIVIL – COMERCIAL – CHICLAYO PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5190822 F/ 818 S/. 54.00 08, 09, 10, 11, 14, 15 Marzo PRIMER REMATE JUDICIAL (Exp. 16-2013-0-1706-JR-CO-08) Proceso seguido por BBVA Banco Continental, contra José Luis Llamo Torres e Hilda Santos Montenegro Mendoza interniniendo como acreedor no ejecutante la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C., sobre ejecución de garantías, el Juez, doctor Sandro Omar Aguilar Gaitán que despacha en el OCTAVO JUZGADO CIVIL SUB ESPECIALIDAD - COMERCIAL DE CHICLAYO, con intervención de la Especialista Legal, doctor Betty Varias Céspedes, ha convocado a PRIMER remate de: BIEN A REMATAR: Inmueble ubicado en la posesión informal unidad vecinal Hector Aurich Soto, manzana 12, lote 20, distrito y provincia de Ferreñafe, departamento de Lambayeque; inscritos en la partida electrónica N° P10101382 del registro de predios de la Zona Registral N° II – sede Chiclayo TASACION: US$ 17,912.78 BASE DE REMATE: US$ 11,941.85 4 Chiclayo, Viernes 11 de marzo del 2016 CRÓNICA GRAVAMENES: A) Hipoteca a favor del ejecutante hasta por la suma de US$ 30,560.00; B) medida cautelar en forma de inscripción a favor de CMAC Piura S.A.C. hasta por la suma de S/ 25,000.00, ordenada por el primer juzgado de paz letrado civil de Chiclayo en el expediente 2013-451-1; C] Embargo en forma de inscripción a favor del Banco Financiero del Perú hasta por la suma de S/ 82,000.00, ordenada por el octavo juzgado civil de Chiclayo en el expediente 491-2013-98; D) Embargo en forma de inscripción a favor del Caja Rural de Ahorro y Crédito Chavín S.A. hasta por la suma de S/ 35,000.00, ordenada por el primer juzgado de paz letrado civil de Chiclayo en el expediente 2013-3891 las mismas que se encuentran inscritas en los asientos 00004, 00005, 00006 y 00007 respectivamente. MARTILLERO PUBLICO DESIGNADO: Roderick Hudson Galdos Ojeda con registro N° 117 quien en merito a la facultad concedida por el Juzgado ha señalado lugar día y hora para el remate en PRIMER convocatoria. LUGAR DE REMATE: Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, sito en calle San Jose N° 1052 - 1070, Cercado, Chiclayo. DIA DEL REMATE: Veintinueve de abril del 2016. HORA DEL REMATE: Quince horas. REQUISITOS PARA SER POSTOR: Entregar al Martillero Público, antes del remate: 1) No menos del 10% del valor de tasación en efectivo o en cheque de gerencia negociable girado a nombre del postor, en calidad de depósito. 2) Arancel por derecho a participar en remate judicial, adquirido o habilitado con el número de expediente y de D.N.I, o RUC del postor. 3) Las personas jurídicas, por medio de sus representantes presentarán copia del RUC y vigencia de poder de quien la representara en el acto de remate. Los honorarios del Martillero Publico son por cuenta del adjudicatario, de conformidad con lo previsto por el Decreto Supremo N° 008-2005-JUS, y están afectos al IGV. Chiclayo 05 de enero del 2016 RODERICK HUDSON GALDOS OJEDA MARTILLERO PÚBLICO REG. N° 117 DRA. BETTY DEL SOCORRO VARIAS CESPEDES ESPECIALISTA LEGAL OCTAVO JUZGADO CIVIL COMERCIAL – CHICLAYO PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5188552 F/ 787 S/. 51.00 07, 08, 09, 10, 11, 14 Marzo ante notario Carlos Caballero Burgos en la ciudad de Chiclayo. Asiento 000017 Embargo en forma de Inscripción: Mediante Resolución Judicial N° 02, de fecha 23/06/2014, expedida por el Juez del 8vo juzgado Civil de Chiclayo Sandro Omar Aguilar Gaitán y Secretaria Judicial Encargada Magali Cóndor Villalta, se resuelve Admitir a trámite la solicitud de medida cautelar fuera de proceso interpuesta por BBVA Banco Continental, contra Rossana Lozada Gastelo en consecuencia trábese embargo en forma de inscripción sobre el inmueble ubicado en la Manzana C Lote 20 del Pueblo Joven Las Lomas, distrito y provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, Inscrito en la Partida N°10000071 del registro de la propiedad inmueble de la Zona registral N° ll Sede Chiclayo, hasta por la suma de Setenta y ocho mil cuatrocientos cincuenta y cuatro con 88/100 nuevos soles (S/.78,454.88), Así consta de los partes debidamente certificados por la Secretaria Judicial encargada Magali Condori Villalta. Asiento 000018 DIA Y HORA DEL REMATE: 30 de Marzo del 2016 a horas 11:30 de la mañana. LUGAR DEL REMATE: En la Sala de remates ubicada en la antigua Corte Superior de Justicia de Lambayeque, ubicada en San Jose No. 1052- Chiclayo. LOS POSTORES: Oblaran el 10% del valor de la tasación en efectivo o cheque de gerencia, presentaran DNI y Arancel Judicial indicando No. de DNI del postor, Juzgado correspondiente y No. de expediente (con copia del arancel y del DNI). Antes del Remate validar arancel en las oficinas de REMAP - REPEJ. Los honorarios del martillero público son por cuenta del adjudicatario de conformidad con el artículo 732 del Código Procesal Civil y están afectos al IGV - Martillero Publico: Raúl Jose Fernando Zevallos Diaz - Registro Nacional N° 114. Telf. 998104095. RAUL ZEVALLOS DIAZ MARTILLERO PÚBLICO REG. N° 114 CAROLINA PORTOCARRERO ESTELA SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL COMERCIAL PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5188662 F/ 789 S/. 54.00 07, 08, 09, 10, 11, 14 Marzo PRIMERA CONVOCATORIA DE REMATE PÚBLICO En los seguidos por BANCO DE CREDITO DEL PERU con LOZADA GASTELO ROSSANA, sobre EJECUCION DE GARANTIAS REALES, Expediente N° 820-2013, el 8° Juzgado Civil Sub Especialidad Comercial de Chidayo a cargo del Señor Juez Dr. Sandra Omar Aguilar Gaitán, Especialista Legal Carolina Portocarrero Estela, ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble dado en garantía, consistente en el inmueble ubicado en la Mz. C Lote 20 del Pueblo Joven La Lomas (Actualmente Prolongación Avenida Augusto B. Leguía S/N), Distrito y Provincia de Chiclayo y Departamento de Lambayeque, inscrito en el Asiento N° 00017 de la Partida N° P10000071 de la Oficina Registral- Sede Chiclayo; TASACION COMERCIAL: US$.40,665.80 (Cuarenta mil seiscientos sesenta y cinco con 80/100 dólares americanos), BASE DEL REMATE: US$.27,110.05 (Veintisiete mil ciento diez con 05/100 dólares americanos), monto que equivale a las dos terceras partes de su tasación. AFECTACIONES: Inscripción de hipoteca: El propietario constituye hipoteca sobre el inmueble inscrito en la presente partida a favor del Banco de Crédito del Perú, debidamente representada, hasta por la suma de S/.62,267.75 nuevos soles, a fin de garantizar el crédito que otorga el Banco al prestatario por la suma de S/.60,000.00 que serán cancelados en un plazo de 15 años con una tasa de interés de 14%, así y más consta en la escritura Publica #2148 de fecha 15/06/2011 otorgada CONSEJO DE FAMILIA 2. EDICTOS CLASIFICADOS FORMACION DE CONSEJO DE FAMILIA Ante TERCER JUZGADO PAZ LETRADO FAMILIA CHICLAYO, que despacha Dra. LARREA, se tramita Expediente 03634-2014-0-1706-JR-FC-03, seguido por LIDIA VITÓN CERDAN, sobre FORMACIÓN CONSEJO FAMILIA, para nombrar CURADOR de interdicta AZUCENA VITÓN CERDAN. Propone a siguientes personas para integrar dicho Consejo: YSMENIA, RAÚL, MANUEL JESÚS y MÁXIMO VITON CERDAN; y JANET SIPIÓN VITÓN. Se hace de público conocimiento para que en plazo diez días, cualquier interesado observe inclusión o exclusión indebida de tales personas. Chiclayo, 02 de Marzo 2016 CESAR URPEQUE CRUZADO SECRETARIO JUDICIAL 8° JUZGADO DE PAZ LETRADO DE FAMILIA PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5195931 B/ 1391 S/. 9.00 11, 14, 15 Marzo INSCRIPCION Y RECTIFICACION DE PARTIDAS RECTIFICACIÓN DE PARTIDA Ante el Juzgado de Paz Letrado de Monsefú, que despacha la Dra. Carla Yolanda Paredes Ciccia y el Secretario Judicial Manuel Gilberto Romero Balcazar, en JUDICIAL PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV el Expediente N° 018-2016-0-1713-JPCI-01, se ha dispuesto por Resolución N° UNO admitir a trámite en la VIA NO CONTENCIOSA la solicitud presentada por JOSE HUMBERTO DEL CASTILLO IBAÑEZ sobre Rectificación de su Partida Nacimiento. Monsefú, 09 de marzo del 2016 MANUEL GILBERTO ROMERO BALCAZAR SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO – MONSEFÚ PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5195956 B/ 1393 S/. 2.50 11 Marzo RECTIFICACIÓN DE PARTIDA EXPEDIENTE: 575-2015-0-1703-JR-CI EL PRIMER JUZGADO CIVIL MIXTO DE JAEN, JUEZ: LUICIEN MONTOYA URBINA, SECRETARIO: JHON VLADIMIR CAYAOPA CALDERON, EXPEDIENTE N° 575-2015-0-1703-JR-CI mediante la resolución N° UNO, se admite la solicitud de doña MARIA OLINDA CIEZA FERNANDEZ, de CAMBIO DE NOMBRE, de su menor hija Rhianna Alessandra Katherine Huarcaya Cieza, partida registrada con el Número 014533, Inscrita en el registro Civil del distrito de Jaén, debiendo suprimirse el prenombre “KATHERINE” y RECTIFICARSE EL PRENOMBRE “RHIANNA” a “RIHANNA”, el mismo que se rectificara quedando como RIHANNA ALESSANDRA, rectificado que sea el nombre deberá quedar plasmado de la siguiente manera RIHANNA ALESSANDRA HUARCAYA CIEZA, señalando Audiencia de Actuación y Declaración Judicial, para el día TREINTA DE MARZO A HORAS 11:30 de la mañana. Jaen, 09 de Marzo del año 2016 ABOG. JHON VLADIMIR CAYATOPA CALDERON SECRETARIO JUDICIAL 1° JUZGADO CIVIL – JAÉN PODER JUDICIAL P/ 5197358 F/ 222 S/. 4.00 11 Marzo INSCRIPCION DE PARTIDA DE DEFUNCION Ante el Juzgado de Paz Letrado de Lambayeque en el expediente seguido N° 1829-2015, por JULIO QUEREBALU CHIMOY sobre INSCRIPCION OE PARTIDA DE DEFUNCION con la asistencia del secretario Dr. Santos Flores Ramos, recurre a este despacho a fin de solicitar la INSCRIPCION DE LA PARTIDA DE DEFUNCION ante la Municipalidad Distrital de Mochumi de su difunta madre MANUELA CHIMOY SANTAMARIA fallecida con fecha 01/09/2007, la cual por desconocimiento no se registró en su oportunidad. Lo que hace de conocimiento para fines de ley. Lambayeque, 03 de Marzo de 2016 SANTOS AMERICO FLORES RAMOS SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO – LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5194110 B/ 1363 S/. 7.50 09, 10, 11 Marzo SUCESIÓN INTESTADA SUCESION INTESTADA Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado Civil de Chiclayo, que despacha el Doctor .JUAN F. GARCIA MAYORGA y Especialista Legal Dr. VICTOR ARBULU NORABUENA, expediente 2904-2015-1JPLCCH. don CARLOS ALBERTO MUÑOZ ISIQUE conjuntamente con su hermano NORBIL ORLANDO MUÑOZ ISIQUE está solicitando la sucesión intestada de su padre VENANCIO MUÑOZ PARDO, fallecido el 2 de abril del 2015, en Pimentel. Lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia. Chiclayo 28 de diciembre del 2015 DR. VICTOR M. ARBULÚ NORABUENA SECRETARIO JUDICIAL 1° JUZGADO DE PAZ LETRADO CIVIL PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5195897 B/ 1389 S/. 3.00 11 Marzo 3.NOTIFICACIONES NOTIFICACION POR EDICTOS La señora Juez (T) del séptimo Juzgado civil de Chiclayo, Dra. LIZ KARINA FABIAN PALOMINO y Especialista Legal BRUNO RAMIRO LÓPEZ LÓPEZ, en el Exp. 03200-2015-0-1706-JR-CI-07, seguido por QUINTANA DÍAZ VILMA CONSUELO Y RAMIREZ VASQUEZ AMADO contra SUCESORES DE MOISES DAVILA DIAZ, sobre OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PUBLICA ha dispuesto publicar un extracto de la siguiente: RESOLUTION: UNO Chiclayo, Seis de enero Del dos mil Dieciséis.AUTOS y VISTOS ... SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE - via proceso SUMARISIMO - la demanda interpuesta por QUINTANA DIAZ VILMA CONSUELO Y RAMIREZ VÁSQUEZ AMADO contra SUCESORES DE MOISÉS DAVILA DIAZ, sobre OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PUBLICA, por ofrecidos los medios probatorios, por señalado su domicilio procesal y EMPLAZAMIENTO mediante EDICTOS a los presuntos sucesores de Moisés Dávila Díaz; y por ende PUBLIQUESE un extracto del Auto Admisorio y de la presente resolucion por tres veces y con intervalo de tres días, en el diario “La Republica” y en “El Peruano”, a fin que dentro del plazo de treinta días se apersonen al proceso y contesten la demanda, bajo apercibimiento de nombrarse Curador Procesal. Chiclayo, 09 de de Marzo del 2016. BRUNO RAMIRO LOPEZ LOPEZ SECRETARIO JUDICIAL SETIMO JUZGADO CIVIL PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5196584 B/ 1397 S/. 15.00 11, 14, 15 Marzo EDICTO El Primer Juzgado de Paz Letrado de Familia Chiclayo, que despacha la Señora Juez Dra. MAGALI JACQUELINE SOTO BARDALES; Secretaria Dra. CAROLA FLORES PORTILLA, en el Expediente N° 02454-2015 ha expedido la resolucion N° 01 que, RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por KARLA JANNET ALVAREZ CUBAS DE ESPINOZA, en representación de su menor hija ANDREA DEL ROCIO SÁNCHEZ ÁLVAREZ, contra LUIS ROLANDO SANCHEZ SALDAÑA, en la via del PROCESO ÚNICO, en consecuencia: CORRASE traslado del escrito de demanda, al demandado por el plazo de CINCO DIAS más el término de la distancia, para que conteste la demanda, con el requisito especial previsto en el artículo 565° del Código Procesal Civil; bajo apercibimiento en caso de omisión, de nombrársele curador procesal a, seguido por KARLA JANNET ALVAREZ CUBAS DE ESPINOZA contra LUIS ROLANDO SANCHEZ SALDAÑA sobre ALIMENTOS, publíquese por el plazo de TRES DIAS conforme a ley; Notifíquese. Chiclayo, 07 de Marzo de 201 MAGALI JACQUELINE SOTO BARDALES JUEZ PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE FAMILIA PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5193997 B/ 1361 S/. 12.50 10, 11, 14 Marzo 4. EDICTOS PENALES EDICTO PENAL Oficio N° 3943-2012-41-1706-JR-PE-/ BSC PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV JUZADO COLEGIADO TRANSITORIO - CHICLAYO ESPECIALISTA: Blanca Seclen CTTA Y EMPLAZA; al acusado de autos VICTOR ARMANDO GARCIA ROSAS ; para que se presente a la audiencia signado en el expediente N° 3943-2012-411706-JR-PE, que se le sigue por el delito de violación de la libertad sexual en agravio de G.M.D.J notificándosele para que concurra a la diligencia de JUICIO ORAL programada para el día QUINCE DE MARZO del año dos mil dieciséis a horas ocho y treinta de la mañana (hora exacta), la misma que se realizara en la sala de audiencia numero DIECISIETE-17 de los Juzgados colegiados, ubicada en el cuarto piso de la nueva sede judicial de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, Sito en la Av. Jose Leonardo Ortiz N° 155 Centro Cívico - Chiclayo. Por haberse dispuesto así en el cuaderno de debates N° 3943-2012-41-1706JR-PE-02, que se sigue contra VICTOR ARMANDO GARCIA ROSAS por el delito de Actos Contra El Pudor en agravio de JG.M.D.J DR. HERNAN NECIOSUP CHANCAFE DIRECTOR DE DEBATE JUZGADOS COLEGIADOS PJ-NCPP-CSJLAMB 10, 11, 12 Marzo EDICTO PENAL EXP. N° 7652-2015-45-0-1706-JR-PE2°-JIP-KPCH. EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE. JUEZ: DRA. MARISOL VASQUEZ RUIZ. SE NOTIFICA por el presente al imputado RICARDO DAVID CERCADO GONZALES, con el contenido de la resolucion número uno, que dispone. CITAR A LA AUDIENCIA PARA DE DETERMINAR LA PROCEDENCIA DE PRISION PREVENTIVA requerida por el representante de la Segunda Fiscalía Provincial Penal de Chiclayo para el día DIEZ DE MARZO DEL AÑO EN CURSO, a horas DOS Y CUARENTA Y CINCO DE LA TARDE (hora exacta), a realizarse en la Sala de Audiencias Número dos del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria sito en Av. Jose Leonardo Ortiz N° 155 (Segundo Piso) - Centra Cívico - Chiclayo, a realizarse con la presencia obligatoria del representante del Ministerio Publico y del abogado defensor, bajo apercibimiento de ser sancionados disciplinariamente si por su causa se frustra la audiencia Por haberse ordenado así en la Instrucción N° 7652-2015-45-1706-JR-PE2°-que se sigue por el delito de robo agravado en agravio de Galvarino Sanchez Linares. Secretaria: Kelly Juliana Puescas Chunga Chiclayo, 07 de marzo de 2016 MARISOL VASQUEZ RUIZ JUEZ TITULAR 2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ-NCPP-CSJLAMB 09, 10, 11 Marzo EDICTO PENAL Inst. No. 1552-2016-0 ESPECIALISTA LEGAL: Dra. KARINA GONZALES PAREDES MOTIVO: NOTIFICACION.EL SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO ESPECILIZADO PENAL DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ CITA, LLAMA Y EMPLAZA a los imputados JOSE DIONICIO LOPEZ LEYVA; CON UN EXTRACTO DEL REQUERMIENTO FISCAL DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO; SOLICITA FISCAL: Acudo o vuestro Digno Despacho, con el propósito de SOLICITAR LA INCOACION DE PROCESO INMEDIATO contra JOSE DIONICIO LOPEZ LEYVA inmerso en la comisión de DELITO CONTRA LA SEGURIDAD PUBLICA en su figura CONDUCCION DE VEHICULO EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de SOCIEDAD .HECHOS: Que, el Acta de Intervención Policial de fecha 28.11.2015, personar policial, intervino al imputado JOSE DIONICIO LOPEZ LEYVA identificado con DNI 10700495, CRÓNICA de 45 años de edad, natural de Chiclayo, con domicilio en Pasaje Sonta Rosa Mz. E Lote 07- Upis Nueva Esperanza -Chiclayo, conduciendo el vehículo automotor mayor Ml, automóvil signado con Placa de Rodaje Nro. M2V-218, marca HYUNDAI, año 2013, color rojo, en circunstancias (que se, encontraba en la Av. Chiclayo y Balta, por lo que al ser identificado presentaba visibles síntomas de ebriedad con aliento alcohólico. 2. Finalmente, realizado los actos de investigación propios al caso, el conductor intervenido paso prueba de dosaje etílico, siendo del caso que se ha logrado recabar el Certificado de Dosaje Etílico Nro. 0023-B-00914.OH practicado en la PNP, resultado que del análisis de lo muestra de sangre extraída arrojo 0.55 g/l (gramos de alcohol por litro de sangre), es^ decir la sangre contiene alcohol etílico. SUPUESTO DE APLICACION DEL PROCESO INMEDIATO: El Artículo 446° inciso 4 del Código Procesal Penal (modificado por D Leg. N° 1194) establece que para los delitos de CONDUCCION DE VEHIUCLOEN ESTADO DE EBRIEDAD, lo incoación del proceso inmediato es OBLIGATORIA. EL ARTICULO DE LA LEY PENAL QUE TIPIFIQUE QUE EL HECHO, El hecho se subsume artículo 274° primer párrafo del Código Penal, que establece: “El que encontrándose en estado de ebriedad, con presencio de alcohol en la sangre en proporción mayor de 0.5 gramos-litro, o bajo el efecto de, drogas toxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicos c sintéticos conduce, opera o maniobra vehículo motorizado, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de seis meses ni mayor de dos años o con prestación de servicios comunitarios; de cincuenta y dos a ciento cuatro jornadas e inhabilitación, conforme al artículo 36 inciso 7) Cuando el agente presta servicios de transporte público de pasajeros, mercancías o carga en general, encontrándose en estado de ebriedad, con presencia de alcohol en la sangre en proporción superior de 0.25 gromos-litro, o bajo: el efecto de drogas Toxicas Estupefacientes, sustancias psicotrópicas o sintéticas, la pena” privativa de libertad será no menor de uno ni mayor de tres años o con prestación de servicios comunitarios de setenta a ciento cuarenta jornadas e inhabilitación conforme al artículo 36, inciso 7). EXTRACTO DE LA RESOLUCION NÚMERO UNO: Por tales consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 446° inciso 3) y el artículo 447° del Código Procesal Penal SERESUELVE: 1. CITAR a AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO EN CASO DE DELITOS DE FLAGRANCIA, OMISION A LA ASISTENCIA Familiar y conducción en estado de ebriedad - DROGADICCION requerido por el requerido por el Señor Fiscal Adjunto Provincial Penal de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Jose Leonardo Ortiz; Dr.: Edgar Juvenal Camacho Olano, contra el imputado JOSE DIONICIO LOPEZ LEYVA para el día CATORCE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS TRES DE LA TARDE (03:00 hora exacta), en la sala de audiencias del Segundo Juzgado de Investigacion Preparatoria del Módulo Básico de Jose Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080- Atusparias, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Publico, el abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicara el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal, modificado por la Ley 30076, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo 447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194. 2. OFICIESE al Coordinador de la Defensoría Publica del Ministerio de Justicia con sede en este distrito con la finalidad de que DESIGNE Abogado defensor Penal Publico que asuma la defensa del investigado, en la anotada diligencia que es de carácter inaplazable, bajo apercibimiento de remitirse copias a la Coordinadora de la Defensoría Publica de Lambayeque Dra. Erlita Gelacio Llontop. JUDICIAL 3.- Para evitar cualquier situación imprevista NOTIFIQUESE al imputado JOSE DIONICIO LOPEZ LEYVA por EDICTO a la brevedad posible en el diario oficial la Republica 4. NOTIFIQUESE al imputado JOSE DIONICIO LOPEZ LEYVA en su domicilio real sito en Pasaje santa Rosa MZ E lote 07 Upis Nueva Esperanza-Chiclayo y Mz E lote 07 Upis Nueva Esperanza 1- Chiclayo, al señor, Fiscal en su local Institucional o casilla electrónica 43900, INFORMANDOSE’-que si no concurre se REMITIAN copias al Órgano de Control del Ministerio Publico, y si no puede concurrir deberá coordinar dicho representante del Ministerio Publico con otro Fiscal ya que la Primera Fiscalía Penal de Jose Leonardo Ortiz es un ente corporativo. NOTIFIQUESE a los sujetos procesales.Por haberse dispuesto así en la instrucción No. 1552-2016 que se le sigue por el delito de CONDUCCION DE VEHICULO EN ESTADO DE EBRIEDAD. Jose Leonardo Ortiz, 04 de Marzo del 2016 KARINA GONZALES PAREDES ESPECIALISTA DE CAUSAS 1° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA – JLO 09, 10, 11 Marzo EDICTO PENAL Expediente N° 1639-2016-0-0 - 1706JR-PE-01 Juzgado: 2 Juzgado de Investigacion Preparatoria Jose Leonardo Ortiz - Lambayeque Especialista: Cesar Augusto Salazar Piscoya. Imputado: DAVID FLORES GUERRERO Delito: OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR Agraviado: MARIA JULIA FLORES IDROGO SE NOTIFICA A : DAVID FLORES GUERRERO, con domicilio en calle Rossvelt N° 1745 PJ Urrunaga 6 en calle Mariano Cornejo N° 350 CMP San Lorenzo REQUERIMIENTO FISCAL: Se solicita la incoación de proceso inmediato contra David Flores Guerrero, por el delito de Omisión a la asistencia familiar, en agravio del menor Maria Julia Flores Idrogo, toda vez que de la remisión de copias certificadas derivada del Exp. N° 548 -2013 Juzgado de Paz Letrado de Jose Leonardo Ortiz, se advierte que el imputado adeuda la fecha de 4,866.64 nuevos soles, por pensiones alimenticias devengadas. Se adjunta como elementos de convicción: La sentencia La resolucion que declara consentida la sentencia La liquidación de pensiones alimenticias devegadas. Y notificaciones d) La resolucion que aprueba la liquidación y notificaciones RESOLUCION NUMERO UNO: CITAR audiencia de incoación inmediato, para el 14-03-16 a horas10:00 am, la misma que se llevara a cabo en la Sala de Audiencia N° 02 de los Juzgados de Investigacion Preparatoria de Jose Leonardo Ortiz. Jose L Ortiz 04 Marzo 2015 CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYA ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ-JLO PJ-NCPP-CSJLAMB 09, 10, 11 Marzo EDICTO PENAL Expediente N°1549 -2016-0-0 - 1706JR-PE-01 Juzgado: 2 Juzgado de Investigacion Preparatoria Jose Leonardo Ortiz - Lambayeque Especialista: Cesar Augusto Salazar Piscoya. Imputado: GUILLERMO ABRAHAM VILLANUEVA DELGADO Delito: CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD Agraviado: LA SOCIEDAD SE NOTIFICA A GUILLERMO ABRAHAM VILLANUEVA DELGADO, con domicilio en calle Cesar Vallejos N° 490 PJ Micaela Bastidas- Jose L. Ortiz. REQUERIMIENTO FISCAL: Se solicita la incoación de proceso inmediato Contra Guillermo Abraham Villanueva Delgado, por el delito contra la Seguridad Publics -Delito1 de Peligro Común. En su modalidad de Conducción en estado de ebrie- Chiclayo, Viernes 11 de marzo del 2016 5 dad, eh agravio de la Sociedad, teniendo como antecedente el acta de intervención policial de fecha”- 24-09-15 a horas 03.20, donde efectivos policiales intervino al imputado por inmediaciones de la avenida México y Saenz Peña, quien conducía el vehículo menor, (mototaxi) de placa de rodaje MG-6336 en evidente estado de ebriedad, corroborado con el certificado de dopaje etílico que arrojo 0.84 g/l de alcohol por litro de sangre.RESOLUCION NUMERO UNO: CITAR audiencia de incoación inmediato, para el 15-0.3-16 a horas 03.00pm, la misma que se llevara a cabo en la Sala de Audiencia N° 02/de los Juzgados de Investigacion Preparatoria de Jose Leonardo Ortiz. Jose L Ortiz 04 Marzo 2015 CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYA ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ-JLO PJ-NCPP-CSJLAMB 09, 10, 11 Marzo EDICTO PENAL Expediente N° 1651 -2016-0 - 0 - 1706JR-PE-01 Juzgado: 2 Juzgado de Investigacion Preparatoria Jose Leonardo Ortiz - Lambayeque Cesar Especialista: Augusto Salazar Piscoya. Imputado: MANUEL JOSE QUINONES ZEÑA Delito: CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD Agraviado: LA SOCIEDAD SE NOTIFICA A: MANUEL JOSE QUINONES ZEÑA, con domicilio en Pasaje Real N° 156 PJ Las Palmeras - Jose L. Ortiz REQUERIMIENTO FISCAL: Se solicita la incoación de proceso inmediato contra Manuel Jose Quiñones Zeña, por el delito contra la Seguridad Publica - Delito de Peligro Común. En su modalidad de Conducción en estado de ebriedad, en agravio de la Sociedad, teniendo como antecedente el acta de intervención policial de fecha 21-12 -15 a horas 12:25 donde efectivos policiales intervino al imputado por inmediaciones de la avenida Mariano Cornejo con la intersección de la calle Antenor Orrego, quien conducía el vehículo menor (mototaxi) de placa de rodaje MB -6224 en evidente estado de ebriedad, corroborado con el certificado de dopaje etílico que arrojo 0.99 g/l de alcohol por litro de sangre.RESOLUCION NUMERO UNO: CITAR audiencia de incoación inmediato, para el 15-03-16 a horas12.30 del mediodía, la misma que se llevara a cabo en la Sala de Audiencia N° 02 de los Juzgados de Investigacion Preparatoria de Jose Leonardo Ortiz. Jose L Ortiz 04 Marzo 2015 CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYA ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ-JLO PJ-NCPP-CSJLAMB 09, 10, 11 Marzo EDICTO PENAL JUZGADO: PENAL UNIPERSONAL PERMANENTE -CUTERVO. CUADERNO: 157-2015 JPUP-C- CSJLA /PJ DR. JUEZ: DR. JORGE ENRIQUE TELLO GONZALES. ESPECIALISTA: LILY MARLENY REAÑO CAMPOS El Juzgado Penal Unipersonal Permanente de la ciudad de Cutervo, Juez DR. JORGE ENRIQUE TELLO GONZALES, CITA Y EMPLAZA a: NEICER PEDRAZA MEGO, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, derivado del Expediente N° 157-2015, por el delito de CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del ESTADO, A quien además se le hace de conocimiento que median te Acta de fecha quince de Diciembre del dos mil quince, se ha resuelto: CITAR A JUICIO ORAL, para el día QUINCE DE MARZO DEL DOS MIL DIECISEIS, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 AM) HORA EXACTA. BAJO APERCIBIMIENTO de que en caso de inconcurrencia del acusado, se declarado reo contumaz, y se ordenara su ubicación y captura a nivel nacional. JORGE ENRIQUE TELLO GONZALES JUEZ JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PERMANENTE PJ-CSJLAMB – CUTERVO 09, 10, 11 Marzo 6 Chiclayo, Viernes 11 de marzo del 2016 CRÓNICA JUDICIAL PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV &RQÀUPDQVHQWHQFLDGHDxRVGHFiUFHOSDUDWtRTXH UHDOL]yDFWRVFRQWUDHOSXGRUFRQVREULQD La Segunda Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Lamba\HTXHFRQÀUPyODVHQWHQFLD de cinco años de cárcel, para Pedro Flores Llatas (35), acusado del delito contra la libertad sexual en la modalidad de actos contra el pudor, en agravio de su sobrina de trece años de edad. /D VHQWHQFLD FRQÀUPy el fallo en primera instancia emitida por el Cuarto Juzgado Unipersonal de Chiclayo, instancia que condenó al procesado luego de revisar las pericias psicológicas, declaraciones de testigos y la declaración de la agraviada. Los hechos ocurrieron en junio del año 2012, en la vi- vienda del acusado, ubicado en la calle Virrey Toledo del pueblo joven Micaela Bastidas del distrito de José Leonardo Ortiz, cuando éste, bajo el pretexto de solicitar a la agraviada que le realizara masajes en la cabeza, debido a un fuerte dolor producto del licor que había ingerido un día anterior, aprovechó para tocarle la cintura y besarla en los labios. La menor contó todo lo sucedido a su madre, quien pidió apoyo a la policía para su captura. La Sala Penal impuso además la suma de 3 mil soles por concepto de reparación civil a favor de la víctima. (QHOPDUFRGHO'tD,QWHUQDFLRQDOGHOD0XMHU &6-/$DWUDYpVGHO3URJUDPDGH$FFHVRDOD-XVWLFLDGHVWDFD HVIXHU]R\YDORUGHODPXMHUGXUDQWHHQWUHYLVWDUDGLDO Con un conversatorio sobre el rol que cumple la mujer en la sociedad lambayecana, desarrollado en el marco del Día Internacional de la Mujer y, a través de las ondas de Radio “La Norteña” del distrito de Monsefú, la Corte Superior de Justicia de Lambayeque (CSJLA), a través del Programa Nacional de Acceso a la Justicia de Personas Vulnerables y Justicia en tu Comunidad, destacó el esfuerzo y valor de la mujer en pleno Siglo XXI. En ese contexto, el martes 8 de marzo del presente año, una de las facilitadoras del precitado programa, Ps. Rustmery Heredia Cieza par- ticipó junto a la regidora de la Municipalidad distrital de Ciudad Eten, Sra. Rosa Lumbre Silva y la SO PNP Erika Pereyra Zelada de este importante diálogo. La también integrante de OD 2ÀFLQD 'HVFRQFHQWUDGD de Control de la Magistratura – ODECMA de esta Corte Superior, Ps. Heredia Cieza, manifestó durante su participación que con el paso de los años el rol del varón y el de la PXMHUVHKDPRGLÀFDGR´/RV trabajos que antiguamente eran propios y representativos de cada sexo, hoy en día son compartidos como lo es el trabajo doméstico y el mercado formal e informal de la economía”, expresó. Asimismo, otros temas tratados, fueron los principios para el empoderamiento de la mujer, tales como: “Una direc- ción que promueva la igualdad de género, igualdad de oportunidades (integración y no discrimación), salud, seguridad y una vida libre de violencia”. &RUWH6XSHULRUGH-XVWLFLDGH/DPED\HTXH &2081,&$'2 Se hace de conocimiento de los señores magistrados y personal jurisdiccional del distrito judicial de Lambayeque, que se vienen realizando trabajos de mejoramiento y habilitación de ambientes del local del Archivo Central ubicado en la calle Ortiz Veliz Nº 101 Chiclayo, por tanto actualmente no será posible que esta dependencia recepcione más expedientes hasta que se concluyan los trabajos, los cuales tienen un plazo de ejecución de veinte días; por lo que apelamos a vuestra FRPSUHQVLyQ\FRODERUDFLyQD¿QGHQRUHPLWLUQLQJ~QH[SHGLHQWHKDVWDODFXOPLQDFLyQGHORVWUDEDMRVDQWHVUHIHULGRV Archivo Central – Unidad de Servicios Judiciales CSJLA PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL Chiclayo, Viernes 11 de marzo del 2016 7 6HFUHDPyGXORZHEGHO6HUYLFLRGH,QWpUSUHWHV\7UDGXFWRUHV GH/HQJXDV,QGtJHQDVX2ULJLQDULDVGHO3RGHU-XGLFLDO Mediante Resolución Administrativa N°0112016-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial implementó el módulo web del “Servicio de Intérpretes y Traductores de Lenguas Indígenas u Originarias del Poder Judicial”, el cual estará a disposición de la ciudadanía en general, a través de la página web. Esta decisión fue tomaGDFRQODÀQDOLGDGGHIDYR- recer una justicia bilingüe en aquellos procesos donde participen ciudadanos cuyo dominio de una lengua materna u originaria sea superior al castellano. En el documento se informa de la lista de ciudadanos que aprobaron el “Primer Curso de Especialización para Traductores e Intérpretes de Lenguas Indígenas en Temas de Justicia”. LA LEY Corte Suprema establece precedente vinculante penal 3DUDFRQGHQDUSRUYLRODFLyQVH[XDOVHUHTXLHUH YDORUDUODSUXHEDGH$'1 La Suprema ha establecido que el juez no puede condenar a un imputado de violación sexual si es que no ha actuado una prueba de ADN. Esto es así cuando dicho medio probatorio tiene vinculación directa con el caso y su actuación sea imprescindible para determinar la imputación y la responsabilidad penal del procesado. Cuando en el proceso se presenta una prueba Çęȱȱȱȱȱȱàȱta con el hecho principal que se pretende probar, esta debe actuarse en sede de instancia y en tiempo oportuno. Esto ha sido declarado como precedente vinculante por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema en la Casación N° 292-2014-Áncash, en ȱ¤ȱàȱȱȱȱȱ£dor efectuar la valoración previa de la prueba de ADN, pues no puede sentenciar si no se ha efectuado la actuación probatoria de dicha evidencia Çęǯ El caso que motivó este pronunciamiento fue el DZȱȱàȱȱȱȱȱȱtado y forzado a una menor de edad de 17 años a mantener relaciones sexuales. Producto de la violación, la menor quedó embarazada, dando a luz al ȱȱȱǯ En primera instancia, el imputado fue condeȱȱȱȱȱàȱ¡ȱȱȱ ȱȱǯȱȱǰȱàȱȱȱȱȱȱȱȱȱȱ¡ȱsitoria Descentralizada de la provincia de Huari. ȱ ȱ ȱ àȱ ȱ àȱ ęȱȱȱȱÇȱȱȱȱ ȱȱȱ·ȱȱȱȱȱ si producto de la violación sexual habían procreado a un hijo, por lo que consdieró que se había vulnerado el derecho a la presunción de inocencia y el derecho a la prueba pertinente. No obstante, la ȱ¡ȱàȱȱȱ¢ȱęàȱȱtencia de primera instancia. Sobre la base de los mismos fundamentos, el condenado interpuso recurso de casación, el cual fue admitido por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema. El motivo fue determinar la perȱȱȱȱÇęȱȱȱ¢ȱȱción con el derecho a la presunción de inocencia. Revisado el caso, la Corte Suprema sostuvo que, por las circunstancias especiales del caso, en ȱȱȱȱȱàȱȱȱȱȱsor sexual, no valorar la prueba de ADN afecta el derecho del imputado a utilizar los medios de prueba pertinentes; más aún si se tiene presente que en casos de violación sexual esta es necesaria para determinar la paternidad y la responsabilidad penal del imputado. ȱȱȱǰȱȱȱȱró fundado el recurso y casó la sentencia de vista. Çǰȱȱȱȱȱȱȱȱȱ instancia que lo condenó, ordenó la celebración de un nuevo juicio oral contra el imputado de parȱȱȱȱȱȱ¤ȱȱȱ prueba de ADN. La Ley.- 8 Chiclayo, Viernes 11 de marzo del 2016 CRÓNICA JUDICIAL PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV -X]JDGRVHQWHQFLDDDxRVGHSULVLyQSDUD YLRODGRUGHPHQRUGHDxRV El juzgado Penal Colegiado Transitorio de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, dictó 30 años de pena efectiva para Augusto Felipe Mori Morillos, después de haber sido declarado culpable por el delito de violación sexual en agravio de una menor de 13 años de edad, cometido en diciembre del 2010. Durante la audiencia, realizada el jueves 03 de marzo del año en curso, los magistrados Julio Renato Luna Victoria, Hernán Neciosup Chancafe y René Zelada Flores, valoraron entre los medios probatorios, el testimonio de la agraviada, la pericia psicológica y médico legal practicada a la menor, entre otros elementos de prueba. Asimismo, el Colegiado manifestó que el sentenciado eludió la justicia, al habérsele declarado como reo contumaz en diciembre del 2010, siendo capturado el viernes 19 de febrero del año en curso. El deplorable hecho se registró el 15 de diciembre del 2010, en circunstancias en que la menor se dirigía a la Institución Educativa Santa Lucía de la provincia de Ferreñafe para recibir clases de nivelación de matemática, siendo interceptada por el acusado, quien la llevó a la fuerza a espaldas del mencionado colegio, donde la ultrajó sexualmente. Esta situación volvió a repetirse en los años 2011, 2012 y el 2014 cuando el procesado la llevó contra su voluntad al Centro Poblado de Nueva Esperanza, en el departamento de Cajamarca, quedando embarazada producto del abuso sexual al que fue sometida. Augusto Mori Morillos ya fue trasladado al establecimiento penitenciario de Chiclayo (ex Picsi), donde permanecerá por 30 años y además deberá pagar una reparación civil de 5 mil soles a favor de la menor de 13 años, quien también recibirá tratamiento especializado. 'LFWDQGLVSRVLFLRQHVSDUDKHFKRV RFXUULGRVDQWHVGHYLJHQFLDGH'/ 5$13&6-/$3&RQÀUPD\U~EULFDGHO'U9LFWRU7LFRQD3RVtigo, Presidente del Poder Judicial, se ha resuelto: Artículo Primero.- Establecer que todas las GHQXQFLDV VREUH FDVRV GH ÁDJUDQFLD RPLVLyQ D la asistencia familiar; y conducción en estado de ebriedad o drogadicción, derivadas de hechos ocurridos antes de la vigencia del Decreto Legislativo N° 1194, que no se hayan judicializado, serán de competencia de los órganos jurisdiccionales constituidos mediante Resoluciones Administrativas N° 347-20 15-CE-PJ y N° 010-2016-CE-PJ. Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, 2ÀFLQDGH&RQWUROGHOD0DJLVWUDWXUDGHO3RGHU Judicial, Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, Cortes Superiores de Justicia del país, Coordinación Nacional de Flagrancia, Delitos de Omisión a la Asistencia Familiar; y Conducción en Estado de Ebriedad o Drogadicción; y a la Gerencia General GHO3RGHU-XGLFLDOSDUDVXFRQRFLPLHQWR\ÀQHV consiguientes.
© Copyright 2024