cesar fabian charris becerra - Policía Nacional de Colombia

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
POLICÍA NACIONAL
POLICÍA METROPOLITANA DE PEREIRA
TODOSPOR UN
NUEVO PAÍS
PAZ
SQUIOAO
MINISTTERIO DE DEFENSA
POLICÍA NACIONAL
EDUCACIÓN
No. S-2016-O\0£F\LL /INSGE-CODIN-41.8
Unidad:
Radicado No:
Recibido pon_
Fecha:
Pereira Risaralda, 02 de Marzo del 2016
Hora:
Señor Patrullero
CESAR FABIÁN CHARRIS BECERRA
Caimalito Centro Casa 184
Pereira, Risaralda
Asunto: Notificación por aviso
Teniendo en cuenta que no fue posible realizar la notificación personal de la Resolución número 00462,
de fecha 15/02/2016, procedente de la Dirección General de la Policía Nacional, contemplada en el
artículo 68 de la Ley 1437 de 2011, y teniendo en cuenta que para la fecha del 24/02/2016, se envió
citación a la dirección registradas en el proceso disciplinario, barrio Caimalito Centro casa 184, donde el
señor Patrullero RINCÓN CUARTAS manifestó que el señor Patrullero CESSAR FARBIAN CHARRIS
BECERRA no vive en la dirección suministrada por la señora LUZ ESTELA HERNANDES identificada
con cédula de ciudadanía número 42.025.670, hace devolución de la citación, porque el destinatario NO
vive allí; la notificación se surtirá por medio del presente Aviso, el mismo que se fijará en página
electrónica de la Policía Nacional y en la cartelera de la Oficina de Control Disciplinario Interno de la
Policía Metropolitana de Pereira, por el termino de cinco (05) días, conforme lo establece el artículo 69 de
la Ley ibídem; así:
Fecha del aviso: 03 de Marzo del 2016
Acto que se notifica: Resolución número 00462, de fecha del 15/02/2016, Procedente de la Dirección
General de la Policía Nacional, por la cual se ejecuta una sanción disciplinaria impuesta al señor Patrullero
CESSAR FARBIAN CHARRIS BECERRA.
Autoridad que expidió el acto: Señor General RODOLFO PALOMINO LÓPEZ, Director General de la
Policía Nacional.
Recursos que proceden: Ninguno, por tratarse de un acto de ejecución.
Autoridad ante quien debe interponerse los recursos: Ninguno, por tratarse de un acto de ejecución.
Plazos en que debe interponerse los recursos: Ninguno, por tratarse de un acto de ejecución.
ADVERTENCIA: La notificación se entenderá surtida/a-Kinalizar el día siguiente al retiro del presente
Aviso.
Atentamente,
Teniente At^JANORTTEÑRiatíE CAIOEDO QC
Jefe Oficina Control Disciplinariollnterno MEPER
Anexo: Copia"—'
resolución númeroI
00462 de fecha 15/02/2016
Elaborado por: PT. WILFRED RAMOS PRIAS^SÍO'
Revisado pon TE. ALEJANDRO ENRIQUE CAICEDO-00IC
Fecha de elaboración: 02/03/2016
UblcacIrJnAVMis documentos/Procesos Disciplinarios 2016
Avenida de las Amaneas 46-35
Teléfono 3149823
meper.codin(j3)policia.gov.co
www.policia.qov.co
1DS-OF-0001
VER: 2
NO.GP13S-1
Página 2 de 2
No.sCSStí-1
NO.CO-SCB54S-1
Aprobación: 07/01/2014
MINISTERIO 0E DEFENSA NACIONAL
POUCÍA NACIONAL
DIRECCIÓN GENERAL
RESOLUCIÓN NÚMERO
(
U U 4 O£
15 FEB* 2016
' DE
,•
2016
)
"Por la cual se ejecuta una sanción disciplinaria Impuesta a un
Patrullero retirado de la Policía Nacional".
EL DIRECTOR GENERAL DE LA POLICÍA NACIONAL DE COLOMBIA
En uso de las facultades legales y en especiat la que 1e confiere el numeral 2°
-del Artfculo-42 de la Ley 1015 del 07-de Febrero de 2006, y
CONSIDERANDO:
Que el defe de la Oficina de Control Disciplinario Interno de la Policía Metropolitana de Pereira*
mediante fallo disciplinario de primera instancia de fecha 21 de octubre de 2015, el cual se
encuentra debidamente ejecutoTiado, investigación Disciplinaria No. MEPER-2015-112, impuso
el correctivo -disciplinario de Suspensión e Inhabilidad Especial por el término de un (01) mes
sin derecho a remuneración, al, señor Patnilfero (Hoy Retirado) CESAR FABIÁN CHARRIS
BECERRA, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.067.837.443,
Que mediante Resolución No. 04682 deí 22 de octubre de 2015, eí señor Patrullero CESAR
FABIÁN CHARRIS BECERRA, identificado con cédula de ciudadanía No. 1,067-837.443, fue
retirado del servicio activo de la Policía Nacional, "por De'sfrtución,
Que de conformidad, con lo establecido en el artículo 42 Numeral 2°, de la ley 1015 de 2006,
corresponde al Dt'rector Qe'néral de Ja Policía Nacional de Colombia, la ejecución de la sanción
disciplinaria.
Que teniendo en cuenta que el señor Patrullero (R) CESAR FABIÁN CHARRIS BECERRA,
Identificado con cédula de ciudadanía No. 1 «067,837.443, fue 'sancionado con 'SUSPENSIÓN se
dará aplicación a ¡o preceptuado en el Artículo 42 Parágrafo 2°, de, la Ley 1015 del 07 de
Febrero de 2006,, convírtiendo la citada sanción érj «alarios de acuerdo al monto de lo
devengado para-eí momento de ja comisión ¿Se la falta, sin peTjuicío de la inhabilidad impuesta.
Que eí valor objeto de dobro por coneeptp de yn, (í>1) mes de Suspensión convertida a salarios,,
según auto de fecha 22 tíe diciembre de 2015, suscrito por -el Jefe- de la Oficina de Control
Disciplinario Interno de la Policía Metropolitana de Pereira, corresponde a la sUma de UN
MILLÓN QUINIENTOS' SESENTA Y CINCO MIL TRECIENTOS TREINTA Y OCHO PESOS
CON CUARENTA CENTAVOS M/CTE ($1,565.338=40}.
Que ©I valor por concepto de la sanción disciplinarla Impuesta, deberá ser consignado a favor
de la Dirección de Bienestar Social de la Policía Nacional, eq la cuenta de ahorros No.
20083245-9, código 52085600042 del Banco de Occidente, -dentro de los. treinta (30) días
siguientes a la comunicación de la presente resolución, sí no lo hiciere, se remitirá copla del
presente acto administrativo, del fallo disciplinario y constancia de ejecutoria a la Secretaria
General de la Policía NácíonaJ para que. Inicie ej cobro ,por Jurisdicción coactiva, de conformidad
con el artículo 173 de la Ley 734 de 2002.
ARTICULO 1°. Ejecutar Ja sanción disciplinaria impuesta af Señor Patrullero (R) CESAR
FABIÁN CHARRIS BECERRA, identificado con cédula de ciudadanía No. 1,067.837.443,
consistente en un (01)' mes de SUSPENSIÓN en el ejercicio del cargo, convertidos en un (01)
mes de salario, .devengado alro'orñeMode la comisión de la faltat y en consecuencia ordenase
RESOLUCIÓN No:
fifi 4 6 2
DE
15 FE81016
HOJANO._
Continuación de la Resolución "Por la cual s'e ejecuta ana sanción disciplinaria impuesta a un
Patrullero retirado de la Policía Nacional".
el pago 'de la misma, equivalente a la suma dfe UN MILLÓN. QUINIENTOS SESENTA Y CINCO
MIL TRECIENTOS TREINTA Y -OCHO PESOS CON CUARENTA CENTAVOS M/CTE
,($1.5|>5.338.40)> dinero que se debe destinar a la Dirección de Bienestar .Social de la Policía
Nacional, Igualmente él citado Policial' (R) se encuentra Inhabilitado para ejercer funciones
publicas por el término de un (01) mes, desacuerdo a lo establecido en providencia de primera
instancia d& íecha 21 de' octubre de 2015 y auto dé fecha 22 de diciembre de 2015, suscritos
por el Jefe de la Oficina de Control Disciplinario Inferno de la Policía Metropolitana de Pereira.
ARTÍCULO ,'2°, Vencido el plazo- otorgado" para ej pago, sin que este se hubiese efectuado,
dispóngase el envío de una copia de- la pres'ente Resolución, de la notificación, constancia de
ejecutoria y dej respectivo falio-al Grupo de-Jurlsdicción Coactiva de la Policía Nacional.
ARTÍCULO 3°. Enviar copia de la presente Resolución a la Oficina de Control Disciplinario
Interno de la Policía Metropolitana de Pereíra', para ,que la notifique, sea anexada a la Hoja de
Vida del Policial (R) ,y la rejntta ala DMslón de Registro y Control de la Procuraduría General de
la Nación.
ARTÍCULO 4°. Gontra'e! presente acto administrativo no procede recurso alguno por tratarse dé
un acto de ejecución.,
ARTÍCULO-5°., La presente Resolución rige a partir ,de la fecha de su expedición.
COMUNIQÚESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C.,
General RODOLFO PALOMINO LÓPEZ
Director <5ener
ELABORADO FOR.SUEOÍSSON HUERTAS MAZ;'
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ARCHIVO
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