Asociación Civil educativa Colegio Nuestra Señora de las Nieves R. I. F. J-308384720 Ciudad Bolívar 25 de Febrero de 2016 COMUNICADO El Consejo Consultivo y la Coordinación administrativa de la Unidad Educativa Colegio “Nuestra Señora de las Nieves”, cumplen con informarle a la comunidad de padres y representantes que motivado al decreto presidencial, (ver gaceta oficial publicada en la página www.colegiolasnieves.net.ve )que incrementa el salario mínimo de los trabajadores y el aumento de las cantidades a pagar por concepto de Bono de Alimentación a los trabajadores a partir del primero de Marzo del año 2016, nos vemos en la necesidad de incrementar en un 23% el monto de la mensualidad del Colegio En el caso del aumento del Salario Mínimo en un Veinte por Ciento (20%), para nuestro Colegio esto significa que debemos tomar en consideración los siguientes incrementos: Salario actual de los Trabajadores auxiliares a los cuales ampara el decreto de aumento del Colegio al mes 471.076,11 Incremento del 20% 94.215,22 Incidencia de otros beneficios laborales, Prestaciones Sociales (retroactivas) y contribuciones Oficiales (S.S.O. INCE, Política Habitacional, horas extras, Descansos trabajados, Vacaciones, Bono de Fin de Año) 169.587,40 Total del Incremento 263.802,62 En el caso del incremento del Bono de Alimentación a los trabajadores el mismo se debe calcular así: Si tomamos en consideración que la unidad tributaria aumentó en un 18%, y se deben cancelar como mínimo 2,5 U. T. por mes: Valor de la Unidad Tributaria actual Pago en días actuales Unidades tributarias diarias como bonificación Pago en días decretados Unidades tributarias diarias decretadas Número de trabajadores beneficiados Pago actual de bono de alimentación 177,00 30 1,5 30 2,50 86 580.500,00 Pago del bono de alimentación por decreto Diferencia de incremento 1.141.650,00 561.150,00 Estos incrementos se traducen de manera mensual por estudiantes de la siguiente manera: Incremento de Salario Mínimo y Otros Beneficios Incremento por Bono de alimentación a los trabajadores Total Incremento mensual Número de estudiantes Incremento mensual por estudiante 263.802,62 561.150,00 824.952,62 915 901,59 Todo esto viene a significar para la mensualidad del Colegio, que la misma sufrirá un incremento que está justificado por el mencionado Decreto Presidencial y contemplado y aprobado en la Asamblea de Padres, celebrada en el mes de Julio en la cual se estableció que la única manera de incremento de la matrícula escolar, sería como consecuencia de un incremento de sueldos por la vía de decretos presidenciales; Valor de la mensualidad hasta el mes de Octubre Incremento por Salario Mínimo y otros beneficios y Incremento por Bono de alimentación Total de la mensualidad a partir del mes de Marzo de 2016 3.415,60 901,59 4.317,19 Esperamos que con esta explicación se aclare el por qué del incremento de la mensualidad y su justificación. Con este incremento podrá la Institución continuar brindando el servicio educativo que reciben, además de cumplir con los mandatos del Ejecutivo Nacional vinculados a los beneficios salariales y no salariales a los trabajadores. Nota: los representantes que hayan cancelado mensualidades del mes de Marzo 2016 en adelante, también están en la obligación de cancelar aumento. Reciban todos los padres y representantes nuestros saludos y deseos de paz y bienestar.
© Copyright 2024