Acuerdo 03 del 2016 Parametros

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Departamento del Cauca
EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO CENTRO 2 – E. S. E.
Nit: 900.146.471-8
ACUERDO No. 03 de 2016
(FEBRERO DE 2016)
Por el cual se reglamenta y se fijan Los parámetros y estándares para desarrollar el
proceso meritocrático para conformar la Lista de elegibles, establecer la Terna y
nombrar al Gerente de la Empresa Social del Estado CENTRO 2 ESE, para el
periodo Abril 1 de 2016 a 31 de Marzo de 2020.
LA JUNTA DIRECTIVA DE LA EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO CENTRO 2 ESE, En Ejercicio
de sus facultades constitucionales y estatutarias y en especial las conferidas en el
artículo 28 de la Ley 1122 de enero 9 de 2007, decreto 800 de marzo 14 de 2008;
resolución 165 de marzo 18 de 2008, artículos 70 y 72 de la Ley 1438 de enero 19
de 2011, articulo 12 del decreto 2993 de agosto 19 de 2011, decreto1083 de mayo
26 de 2015 en lo pertinente y artículo 134 de la ley 1753 de junio 9 de 2015 y
demás normas y conceptos concordantes y pertinentes y;
CONSIDERANDO:
Que Mediante el Acuerdo No. 02 del 23 febrero de 2016 La Junta Directiva
aprobó la apertura y Adelanto del Concurso de Méritos Publico y Abierto y la
Escogencia del Operador del Proceso para que Desarrolle las etapas de
inscripción de aspirantes, desarrolle las pruebas y conforme la lista de Elegibles,
para que dicha Junta Directiva elabore la terna y el Gobernador designe al
Gerente de la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO CENTRO 2 ESE, para el periodo Abril 1
de 2016 a 31 de Marzo de 2020.
Que en el mismo acto administrativo anterior en su artículo 3º. La Junta Directiva
ordenó al Gerente, el tramite del reglamento de parámetros y estándares del
concurso de méritos público y abierto, que deberá acatar en la ejecución de
todas las etapas del Concurso de Méritos, tanto la universidad –operador, como
los demás actores incluida la Junta Directiva, que tengan responsabilidades y
participación en dicho proceso Meritocrático.
En mérito de lo expuesto;
ACUERDA
TITULO I
DE LOS PARAMETROS Y ESTANDARES GENERALES
CAPITULO I
DE LAS GENERALIDADES DEL ACUERDO
ARTICULO 1º. Defínanse y promúlgasen los parámetros y estándares del concurso
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de méritos, que deberán seguirse para adelantar el Concurso Público y Abierto
de Méritos para proveer el cargo de Gerente de la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO
CENTRO 2 ESE, para el periodo Abril 1 de 2016 a 31 de Marzo de 2020; el cual sirve
de base para expedir y diligenciar la Convocatoria Pública y Abierta a participar
en dicho concurso, con el desarrollo pertinentes de todos los mandatos y
valoraciones de las etapas de dicho proceso que estipulan el Decreto 800 de
Marzo 14 de 2008 y la Resolución 165 de Marzo 18 de 2008 y demás normas
conexas.
ARTICULO 2º. Entréguese formalmente por parte del Gerente a la Universidad Operador que se contrate para adelantar dicho concurso de méritos, tanto una
copia del presente Acuerdo, como una copia de la convocatoria pública y
abierta, para que desarrollen el presente concurso de méritos, en los términos
previstos.
ARTICULO 3º. Cronograma de las Etapas del Concurso de Méritos:-Adóptense y
fíjense las fechas, tiempos, movimientos y actividades del Concurso de Méritos
para para proveer el cargo de Gerente de la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO
CENTRO 2ESE, para el periodo abril 1 de 2016 a 31 de marzo de 2020, los cuales
serán coherentes y acordes con la Convocatoria Pública y abierta a participar,
de la siguiente manera:
1.
ETAPA
APERTURA PROCESO DEL
CONCURSO DE MÉRITOS
2.
CONVOCATORIA UNIVERSIDADES
ACREDITADAS.
3.
RECEPCIÓN PROPUESTAS
UNIVERSIDADES ACREDITADAS.
EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
Y PUBLICACIÓN DE RESULTADOS
OBSERVACIONES A LA
CONVOCATORIA
RESPUESTAS OBSERVACIONES
4.
5.
6.
7.
ADJUDICACIÓN Y
PERFECCIONAMIENTO DEL
CONTRATO.
8.
INICIO DEL PROCESO DE LA
CONVOCATORIA Y CONCURSO
PÚBLICO
ACTIVIDAD Y RESPONSABLE
APERTURA
DEL
PROCESO
DE
CONCURSO DE MERITOS Y FIJACIÓN
DE LOS PARAMETROS DEL POR PARTE
DE LA JUNTA DIRECTIVA.
CONVOCATORIA DE UNIVERSIDADES
ACREDITADAS POR EL CNSC Y/O MEN.
GERENCIA DE LA ESE CENTRO 2
RECEPCIÓN DE LAS PROPUESTAS.
GERENCIA DE LA ESE CENTRO 2
JUNTA DIRECTIVA ESE CENTRO 2
FECHA EJECUCIÓN
FEBRERO 23 DE 2016
RECEPCIÓN DE OBSERVACIONES
GERENCIA ESE CENTRO 2
JUNTA DIRECTIVA ESE CENTRO 2
MARZO 04 2016
PROCESO DE CONTRATACIÓN Y
LEGALIZACIÓN DEL CONCURSO CON
UNIVERSIDAD ACREDITADA. GERENCIA
DE LA ESE CENTRO 2.
UNIVERSIDAD
OPERADOR
DE
ACUERDO A SU CRONOGRAMA.
MARZO 09 DE 2016
FEBRERO 24 DE 2016 HASTA EL
02 DE MARZO DE 2016
FEBRERO 24 DE 2016 HASTA EL
02 DE MARZO DE 2016.
MARZO 03 2016
MARZO 07 DE 2016
MARZO 10 DE 2016
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CAPITULO II
DE LA ESCOGENCIA DEL OPERADOR DEL CONCURSO DE MERITOS
ARTICULO 4º.- Entidades encargadas del proceso meritocrático. La Junta Directiva
actual adelantará el concurso de méritos para conformar la Lista de Elegibles,
Establecer la Terna y Nombrar al Gerente de la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO ESE
CENTRO 2, para el periodo Abril 1 de 2016 a 31 de Marzo de 2020, para lo cual a
través del Gerente de la Empresa Social del Estado ESE CENTRO 2, convocará a
las Universidades o Instituciones de Educación Superior que en la fecha estén
Acreditadas ante la Comisión Nacional del Servicio Civil antes de Junio 9 de 2015
o Ante el Ministerio de Educación Nacional en cumplimiento del Artículo 134 de la
Ley 1753 de 2015; actuando de conformidad con la invitación publica y abierta
que deberá fijar en la página web de la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO CENTRO 2
ESE, y a través de medios publicitarios que lleguen al mayor número de entidades
sujetas de esta contratación o en forma directa.
PARÁGRAFO PRIMERO. Además de la invitación pública para convocar el mayor
número de Universidades o instituciones de educación superior acreditadas ante
la CNSC o el MEN; El Gerente; publicará el presente Acuerdo de parámetros y
estándares del presente acto administrativo; para que les sirva de referente a los
potenciales operadores para que presenten sus propuestas.
ARTÍCULO 5o. Criterios de adjudicación de los proponentes para desarrollar el
proceso meritocrático: Las Universidades, Instituciones de educación superior
acreditadas y proponentes para desarrollar el concurso de méritos deberán tener
en cuenta los siguientes Criterios que serán calificados por la Junta Directiva de la
ESE, mediante el Instrumento Adoptado para tal fin así:
FACTORES DE EVALUACIÓN
1. Cronograma de trabajo y tiempos establecidos para adelantar el
concurso
2. Experiencia especifica de la Institución de educación superior en
procesos de selección de Gerentes de Empresas Sociales del Estado.
3. Experiencia de la Institución de Educación Superior en procesos de
selección de personal en entidades públicas o privadas diferentes a la
selección de Gerentes de Empresas Sociales del Estado.
4. Valor de la oferta
PUNTAJE TOTAL
PUNTUACIÓN
20
25
25
30
100
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5.1 Descripción de los Factores de Evaluación:
5.1.1 Cronograma de trabajo;
El cronograma deberá contener las fases del proceso y actividades, tal como lo
dispone la Resolución 165 de 2008, así como la definición de fechas y horas del
Concurso de méritos público y abierto para la Selección del Gerente.
DESCRIPCIÓN
TIEMPOS
PUNTAJE
Presentación del cronograma, cumpliendo con la Menor o igual a 17 días calendario
Resolución 165 de 2008, en el menor tiempo posible y que
rige a partir de la fecha de recepción de las hojas de vida
18 a 22 días calendario
de los aspirantes.
20
15
23 a 27 días calendario.
10
Mayor de 28 días calendario
0
5.1.2 Experiencia Específica de la Institución de Educación Superior en procesos
de selección de gerentes de Empresas Sociales del Estado.
El proponente deberá acreditar experiencia en Selección de Gerentes para
Empresas Sociales del Estado del orden Nacional, Distrital, Departamental o
Municipal, contada a partir de enero de 2012 a través de certificado emitido por
el representante legal de la respectiva Institución Universitaria. La certificación
debe indicar la fecha en que se llevó a cabo cada proceso de selección y el
nombre de la Empresa Social del Estado.
Este criterio se calificará de la siguiente forma:
EXPERIENCIA ESPECIFICA
Ningún proceso
De 1 a 5 procesos de selección
De 6 a 10 procesos de selección
De 11 o más procesos de selección
PUNTAJE
0
15
20
25
5.1.3 Experiencia del proponente en procesos de selección de personal a
entidades públicas o privadas diferentes a elección de Gerentes de Empresas
Sociales del Estado.
El proponente deberá acreditar experiencia en Selección de personal directivo,
diferente a Gerentes de Empresas Sociales del Estado, calificados en el párrafo
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anterior, dentro de los cinco (5) años anteriores a esta convocatoria a través de
certificado emitido por el representante legal de la respectiva Institución
Universitaria. La certificación debe indicar la fecha en que se llevó a cabo cada
proceso de selección y el nombre de la entidad pública o privada en la cual se
llevó a cabo el concurso.
La Calificación del criterio se hará de conformidad con la siguiente tabla:
EXPERIENCIA GENERAL EN PROCESOS DE SELECCIÓN
Ningún Proceso de selección
De 1 a 5 Procesos de selección
De 6 a 10 procesos de selección
Mayor a 10 Procesos de selección
PUNTAJE
0
15
20
25
5.1.4 Valor de la oferta.
El valor de la oferta debe ser en valor absoluto independiente del número de
aspirantes a evaluar.
Se otorgará un puntaje de 30 puntos al proponente que presente la propuesta
con el menor valor para la ESE y el resto se calificará de manera proporcional
aplicando regla de tres inversa, de acuerdo con la siguiente fórmula:
Cp = (Pb x 30) / Pe
Cp Calificación de la propuesta por precio
Pb = Precio de la propuesta más baja
Pe = Precio de la propuesta en estudio
En caso de que la propuesta presentada no cumpla con lo establecido en el
valor de la oferta y tenga un valor adicional por aspirante, tendrá un puntaje de
cero en este ítem y en caso de ser la propuesta elegida, el valor para la
celebración del contrato será el valor absoluto y no se considerará cifras
adicionales por aspirante.
Desempate: en caso de empate por puntaje se resolverá a través de balotas
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ARTICULO 6o.- Evaluador de los Concurso de Méritos. El concurso de méritos en
todas sus fases y etapas deberá ser adelantado por la Universidad - Operador a
quien se le adjudique por contratación directa el proceso meritocrático para el
efecto.
PARAGRAFO PRIMERO-. Inhabilidades e incompatibilidades. Las Universidades
acreditadas ante la CNSC o el Ministerio de Educación Nacional, al momento de
presentar las hojas de vida en las propuestas pertinentes hará constar la no
existencia de Inhabilidades e Incompatibilidades administrativas, fiscales y
penales que estipula las normas vigentes al respecto; como también la de los
Integrantes del Comité de Evaluadores que Ejecutará el Concurso de méritos.
ARTÍCULO 7º.- Requisitos del cargo del Concurso de Méritos.- Para el cumplimiento
de las dinámicas del concurso de méritos del Gerente de la Empresa Social del
Estado CENTRO 2 ESE; y realizar su caracterización por parte de la Junta directiva
de la ESE y La Universidad - Operador del contrato, se tendrán en cuenta que
para que un aspirante al concurso sea admitido debe cumplir con los siguientes
requisitos:
NIVEL DE
COMPLEJIDAD
DE LA ESE
PRIMER NIVEL
DE ATENCION
NUMERAL 22.3.3
DEL DECRETO
785 DE 2005
22..3.3.
CATEGORIA
DEPARTAMENTO
TERCERA
REQUISITOS DE TITULO
PROFESIONAL
Título
profesional
en el área de la salud
y
experiencia
profesional de un
(1) año, en el sector
salud.
REQUISITOS
POSTGRADO
No aplica
REQUISITOS DE
EXPERIENCIA
PROFESIONAL
1 AÑO EN EL
SECTOR SALUD
EQUIVALENCIAS
NINGUNA
ARTÍCULO 8º. Lugar de Inscripción y Realización del Concurso: El Lugar de
Inscripción de los Aspirantes del Concurso de Méritos; se hará en La Universidad –
Operador de forma personal o por correo certificado.
PARAGRAFO PRIMERO: La realización de la aplicación de pruebas se llevará a
cabo en la Ciudad de Popayán (Cauca).
CAPITULO III
DE LA INVITACION PUBLICA Y ABIERTA DEL CONCURSO DE MERITO
ARTICULO 9o.- Convocatoria de Invitación a Participar en el Concurso de Méritos.
La convocatoria de invitación de aspirantes a participar en el concurso de mérito
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público y abierto lo hará Universidad - Operador a quien se le asigne esta
responsabilidad.
ARTICULO 10º.- Estructura y Contenido de la Invitación Publica: Adóptese el
Contenido de la Convocatoria de Invitación Publica y abierta a participar en el
concurso de méritos para conformar la lista de elegibles, Establecer la terna y
designar el Gerente de la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO CENTRO 2 ESE, como
anexo al presente acuerdo, para su publicación; el cual es concordante con los
parámetros, estándares y cronogramas aprobados en el presente Acuerdo; la
cual contiene los mismos aspectos establecidos en el Artículo 3 de la Resolución
165 de Marzo 18 de 2008.
ARTICULO 11º.- Publicación y comunicación pública:- La convocatoria de
invitación pública y abierta a participar en el concurso de méritos para conformar
la Lista de elegibles, establecer la Terna y nombrar al Gerente de la EMPRESA
SOCIAL DEL ESTADO CENTRO 2 ESE, para el periodo Abril 1 de 2016 a 31 de Marzo
de 2020; se publicará en la página web de la Universidad - Operador a quien se
le asigne esta responsabilidad y/o Empresa Social del Estado CENTRO 2 ESE, en
cumplimiento del artículo 8 numeral 4 de la ley 1437 de 2011 código contencioso
y procedimiento administrativo y de conformidad con el respectivo cronograma
citado en el artículo 3 de este acuerdo.
TITULO II
DEL RECLUTAMIENTO DE ASPIRANTES
CAPITULO IV
DEL PROCESO DE INSCRIPCION DE LOS CONCURSOS DE MERITOS
ARTÍCULO 12º.- Accesibilidad e Igualdad del Proceso de Inscripción:- El proceso
de Inscripción en el concurso de méritos lo podrán hacer los profesionales que
deseen participar en las siguientes modalidades:
a) En Forma personal en la Universidad - Operador o por correo certificado.
PARAGRAFO PRIMERO.- El proceso meritocrático después de la recepción de
inscripciones, y hasta la entrega de resultados definitivos de las pruebas es
responsabilidad exclusiva de la UNIVERSIDAD – OPERADOR y esta, por intermedio
del Gerente entregará la notificación de la lista de elegibles, para que la junta
directiva establezca la terna y el mandatario del ente territorial pertinente nombre
al Gerente de la ESE.
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ARTÍCULO 13º.- Documentos básicos y soportes del proceso de inscripción: La
documentación básica que deben presentar los aspirantes a participar en el
presente concurso de méritos para su inscripción se unifica de la siguiente
manera:
a) Formato Único de Inscripción o formato único de hoja de vida diligenciado y
firmado (Pagina Web Departamento Administrativo de la Función Pública).
b) Copia de la cédula de ciudadanía.
c) Copia del título profesional de acuerdo a los exigidos en los requisitos de ley y
estipulados en el presente acuerdo, en su artículo 7º.
d) Copia tarjeta Profesional o Afines.
e) Copia de acta de grado del título profesional de pregrado.
f) Copia de las certificaciones de postgrados, maestrías y doctorados.
g) Copia de las actas de grado de los títulos de postgrados.
h) Copia de las certificaciones de educación continuada, extensión o educación
para el trabajo y desarrollo humano inherentes.
i) Copia de las certificaciones de docencia e Investigación.
j) Copia de las certificaciones laborales en los cargos del nivel profesional, asesor
o directivo con las funciones ejercidas que haya ocupado.
ARTICULO 14º.- Instrumentos y Aplicativos Básicos del Proceso de Inscripción: Los
instrumentos, formatos y aplicativos que deben firmar los participantes al
momento de legalizar la inscripción serán los siguientes:
a) Listado secuencial estableciendo y enumerando cada uno de los folios de los
documentos presentados soportes del formato único de Inscripciones u Hoja de
vida.
ARTICULO 15º.- Publicación de la lista de admitidos y no admitidos:- La lista de
admitidos y no admitidos deberá contener los datos básicos del concurso, la
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fecha en que se publica coincidente con la exigida en la invitación publica y
abierta, la relación por número de cedula de los inscritos que son admitidos y la
relación por número de cedula de los inscritos no admitidos con su razón genérica
de no admisión y la garantías de reclamos en los términos establecidos
previamente en la invitación publica; con los mecanismos contemplados en la
normatividad vigente y el presente Acuerdo de parámetros y estándares y la
notificación de los admitidos para participar en la siguiente etapa o práctica de
pruebas.
TITULO III
PRUEBAS
CAPITULO V
DE LA APLICACIÓN DE LAS PRUEBAS DEL CONCURSO DE MERITOS
ARTÍCULO 16º.- Orientación y Tipos de Pruebas de los Concursos de Méritos: Para
el desarrollo del concurso de méritos existirán dos tipos de Pruebas de
Conocimiento y de Competencias.
PARAGRAFO PRIMERO: la Aplicación de las Pruebas del Concurso de méritos es
de responsabilidad de la UNIVERSIDAD – OPERADOR que realizará y calificará en
los términos fijados por el presente Acuerdo las siguientes:
a) Evaluación y Calificación del Análisis de Antecedentes y Hoja de vida
b) Prueba de Conocimientos
c) Prueba de Competencias Laborales
d) Orientación de la Prueba de Entrevista
a) Evalúa la idoneidad del cumplimiento de los requisitos de formación
Académica que comprende Educación de Postgrados y Educación
Continuada o de extensión y la de Experiencia laboral que comprende
experiencia profesional, especifica, experiencia relacionada y experiencia
docente, de los aspirantes que sobrepasen los requisitos mínimos de
admisión contemplados en la normatividad vigente al respecto.
b) Orientación de la prueba de conocimiento: Evaluar a los aspirantes en
cuanto a los conocimientos normativos y técnicos relacionados con el
cumplimiento de los objetivos y funciones del Gerente de las EMPRESAS
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SOCIALES DEL ESTADOS, con las siguientes temáticas: Sistema General de
Seguridad Social en Salud; Administración Hospitalaria: Sistemas de Gestión
Integrado de la Calidad de Empresas Sociales del Estado; Ética Profesional
y gestión ética.
c) Orientación de la Prueba de Competencias Laborales: Las pruebas de
competencias laborales, estarán encaminadas a evaluar las competencias
de: Orientación a resultados, orientación al usuario y al ciudadano,
transparencia, compromiso con la organización, liderazgo, planeación,
Toma de decisiones, dirección y desarrollo de personal y conocimiento del
entorno; estipuladas por el manual de competencias laborales expedido
por el Departamento Administrativo de la función pública para servidores
del estado en consonancia con el artículo 5 de la Resolución 165 de2008;
para lo cual LA UNIVERSIDAD - OPERADOR a quien se le asigne el contrato
o convenio deberá aplicar una prueba estandarizada; dirigida
específicamente a la evaluación de competencias que incluya las
competencias laborales específicas para el cargo de Gerente de la
Empresa Social del Estado CENTRO 2 ESE.
d) Orientación de la Prueba de Entrevista: Evalúa los procesos subjetivos que a
juicio de los evaluadores expertos de la UNIVERSIDAD OPERADOR, miden
comportamientos individuales y rasgos de personalidad y afines del
aspirante para medir en forma integral el perfil del Gerente de la ESE que
necesita el ente de salud en su nivel de complejidad, son pruebas
complementarias de las mediciones de las pruebas de competencias
laborales y/o aptitud; las pruebas de examen de conocimiento y los
antecedentes y hoja de vida
PARAGRAFO SEGUNDO:- La valoración de cada una de las pruebas, del valor total
de las pruebas a aplicar, en el concurso de méritos para conformar la lista de
elegibles y designar al gerente de la ESE será la siguiente:
NIVEL DE
COMPLEJIDAD
CATEGORIA DEL
DEPARTAMENTO
PRUEBA DE
CONOCIMIENTO
ANALISIS DE
ANTECEDENTES
Y EXPERIENCIAS
COMPETENCIAS
ENTREVISTA
Primer nivel de
atención
TERCERA
50%
20%
15%
15%
ARTÍCULO 17º.- La Universidad-Operador deberá realizar la valoración de
antecedentes y experiencia de acuerdo con los siguientes criterios:
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Análisis de antecedentes y experiencia 20%, igual a 20 puntos, así:
Educación 10.0 puntos;
a) Diplomados: 1.0 punto por cada diplomado, hasta un máximo de 2.0 puntos.
Suman los demás factores educativos hasta maestría.
b). Especializaciones: 2.0 punto por cada especialización, hasta un máximo de
4.0 puntos. Suman los demás factores educativos hasta maestría.
c). Maestrías: 4.0 puntos por cada maestría, hasta un máximo de 4.0 puntos. No
suman los demás factores educativos.
Experiencia: 10.0 puntos.
a). 1.0 punto por cada año de experiencia adicional al año de experiencia
habilitante, como Profesional del área de la Salud en una Institución integrante en
el Sistema de Seguridad Social en Salud, hasta un máximo de 10.0 puntos.
ARTICULO 18º.- De los Puntajes y Porcentajes de la Valoración de la Calificación:
Todas las calificaciones del proceso meritocrático anotadas, se valorarán sus
ítems en una escala de 0 a 100 puntos, cuyos resultados se ponderaran de
acuerdo con el peso la lista de candidatos para entregar a la Junta Directiva se
elaborará en orden alfabético con quienes hayan obtenido un puntaje
ponderado igual o superior a setenta (70) puntos. Se publicaran en porcentajes
en forma unificada. Se prohíbe a la Universidad - Operador sumar puntajes con
porcentajes para determinar el resultado final de todas las calificaciones de las
pruebas.
TITULO IV.
DE LOS RESULTADOS DEFINITIVOS Y LISTA DE ELEGIBLES
CAPITULO VI
DE LA PUBLICACION DE LOS RESULTADOS DEFINITIVOS DE LAS
PRUEBAS
ARTÍCULO 19º.- Una vez se surtan las evaluaciones y soluciones a las
reclamaciones de los resultados finales de las pruebas del concurso de méritos y
las soluciones de controversias que pudieren existir que permitan la normalización
del proceso meritocrático al ser resuelto en los términos previstos; la Universidad Operador publicará y entregará a la Junta directiva de la ESE a través del
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(FEBRERO DE 2016)
Gerente, para que haga lo propio en la forma prevista en este Acuerdo de la Lista
de los resultados definitivos y con ello se termina formalmente la etapa de
aplicación de pruebas.
TITULO V.
DE LA TERMINACION DEL PROCESO MERITOCRATICO
CAPITULO VIII
DE LA LIQUIDACION DEL CONTRATO DE CONCURSO DE MERITOS CON LA
UNIVERSIDAD – OPERADOR
ARTÍCULO 20º.- Seguimiento y control. Una vez concluido la aplicación de las
pruebas del proceso meritocrático; y dadas las garantías de publicaciones,
reclamos y solución a los reclamos, se surtirá la liquidación del contrato, para lo
cual además de hacer un acta de finalización del contrato, debe llevar anexos
un informe final sobre el desarrollo y particularidades de ejecución del contrato y
el cumplimiento de su objeto contractual y sus actividades inherentes por parte
de LA UNIVERSIDAD -OPERADOR. Dicha Documentación con todos sus soportes
mediante el acta pertinente, se le entregará al gerente de la Empresa Social del
Estado ESE CENTRO 2, y esta a su vez le entregue al Presidente de la Junta
Directiva, para que este una vez posesionado el Nuevo Gerente de la ESE, lo
entregue bajo su custodia, a fin de que sirva para los procesos que a bien los
órganos de control establezcan o en caso de servir de soportes en los potenciales
procesos jurídicos que pudieren existir.
CAPITULO VI
DE LAS DISPOSICIONES FINALES DEL CONCURSO DE MERITOS DE GERENTE DE LA
EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO CENTRO 2 ESE
ARTÍCULO 21°. El proceso público y abierto establecido en el presente Acuerdo,
para la conformación de la lista de elegibles, y conformar la terna y designar al
Gerente de la Empresa Social del Estado CENTRO 2 ESE; no implica el cambio de
la naturaleza jurídica del cargo a proveer. De cada uno de las Publicaciones del
Proceso meritocrático se emitirá constancia de fijación y desmonte por parte del
Gerente.
ARTÍCULO 22°. La Universidad -Operador en cada uno de los procesos de
ejecución de las pruebas y el desarrollo de las actividades inherentes, levantará
las actas correspondiente de evaluación y atención de reclamos y controversias.
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Nit: 900.146.471-8
ACUERDO No. 03 de 2016
(FEBRERO DE 2016)
ARTÍCULO 23°. Una Copia de La Convocatoria de Invitación Publica y Abierta a
Participar En El Concurso de Méritos Para Conformar La Lista de elegibles estarán
a disposición de la Secretaria Departamental de Salud, Superintendencia
Nacional de Salud, Comisión Nacional del Servicio Civil o al Departamento
Administrativo de la Función Pública, cuando lo soliciten para lo de su
competencia.
ARTÍCULO 24° El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y
deroga las disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Popayán Departamento del Cauca, a los 23 días del mes de Febrero del
año 2016.
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Presidente Junta Directiva
ESE CENTRO 2
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Secretaria Junta Directiva
ESE CENTRO 2
ORIGINAL FIRMADO
Cra 3 No 1 – 09 Barrio Santander Rosas – Cauca
Móvil 314 8118420 Correo Electrónico: [email protected]
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