Con el objeto de contribuir al Fortalecimiento de las Instancias Municipales de Juventud, mediante la realización de acciones que atiendan a las necesidades juveniles, fomenten una formación integral, así como, el impulso al desarrollo de políticas públicas en el bienestar de las y los jóvenes, el Gobierno del Estado de Guanajuato, a través del Instituto de la Juventud Guanajuatense, según lo dispuesto en el artículo 13 y 55 fracción V de la Ley para la Juventud del Estado de Guanajuato, emite la presente: Convocatoria “FORTALECIMIENTO A INSTANCIAS MUNICIPALES DE JUVENTUD” 2016 OBJETIVO. Fortalecer a las Instancias Municipales de Juventud, a través de la coordinación entre éstas y el Instituto de la Juventud Guanajuatense, por medio de la firma de convenios orientados a impulsar acciones que permitan promover los derechos de la población joven a nivel municipal y en su caso, la transferencia de recursos estatales de acuerdo a la suficiencia presupuestal para el desarrollo de las actividades dirigidas a la población joven de los municipios en todo el territorio estatal. Que se regirá de acuerdo a las siguientes: BASES I. Primera.- Participantes: Podrán participar las Instancias Municipales de Juventud creadas a través de acuerdo de cabildo, nombramiento de ayuntamiento y/o designación directa del alcalde; que cuenten con capacidad de gestión y decisión, así como estructura orgánica y programa anual de trabajo. II. Segunda.- Requisitos: Las Instancias participantes podrán entregar físicamente en las oficinas centrales ó regionales y/ó por correo electrónico a [email protected] la siguiente documentación: 1. Manifestar ante el Instituto de la Juventud Guanajuatense, su interés de participar en este programa, mediante oficio dirigido al titular de la Dirección General del Instituto de la Juventud Guanajuatense. 2. Formato de Registro al programa de Apoyo al Fortalecimiento de Municipales de Juventud, debidamente requisitado. (Anexo 1) 3. Documento oficial del Ayuntamiento del municipio correspondiente, donde se apruebe la creación de la Instancia de Juventud, y su naturaleza jurídica respectiva, así como la relación que guarda frente a dicho órgano de gobierno o, en su caso, el nombramiento que acredite al responsable de atención a la juventud; 4. Presentar un proyecto de acuerdo a lo establecido en las presentes Reglas de Operación donde se justifique, funde y motive una necesidad específica de los jóvenes en el municipio correspondiente, de acuerdo al formato disponible en la página web del Instituto; 5. En caso de haber solicitado recursos en el año inmediato anterior, tendrá que haber cumplido con la entrega de la comprobación programática y presupuestal del recurso ministrado; 6. Deberá acreditar con documento oficial la capacidad presupuestal de co-inversión del municipio para el proyecto presentado. 7. Al momento de ser autorizado su proyecto, se deberá firmar convenio de colaboración entre el Municipio y el Instituto de la Juventud Guanajuatense, además de anexar el recibo del municipio con la cantidad autorizada. 8. Los proyectos presentados deberán focalizar la atención del 20% del presupuesto solicitado, a la población joven ubicada en las zonas de IMPULSO a tu comunidad. III. Tercera.- Ejes Temáticos: Proyectos que promuevan la prevención y atención de las adicciones en los jóvenes. Proyectos que Impulsen el proyecto de vida en los jóvenes. Proyectos de prevención del embarazo en la adolescencia. Prevención y atención a la violencia en los diferentes contextos. Proyectos enfocados a sensibilizar y resolver los conflictos sociales. Proyectos de voluntariado y activismo social. Proyectos de fomento a la profesionalización, emprendimiento, desarrollo de competencias y a la articulación de la oferta formal laboral. La aprobación del proyecto dependerá únicamente del enfoque a los Ejes Temáticos arriba señalados y en atención a jóvenes de 18 a 29 años, quedando excluido acciones de índole deportivo. IV. Cuarta.- Recepción de proyectos y etapas de comprobación. Recepción de las solicitudes: A partir de la fecha de publicación de la presente convocatoria. Ejecución del Recurso: Según lo establecido en el convenio. Comprobación: Expediente final que integrar el gasto estatal y Municipal desglosado en los anexos 2 a y 2 b, Copia de Facturas, Listado de beneficiarios, Evidencia fotográfica e Informe final. Entrega de Comprobación: 15 días después de haber ejercido el recurso. V. Quinta.- Monto de los Apoyos: El recurso a destinar por municipio será hasta por $100,000.00 (cien mil pesos 00/100 m.n.) de un total hasta por 3 proyectos máximo. VI. Sexta.- Forma de dictaminar: El proceso para dictaminar se realizará de la siguiente forma: El Instituto de la Juventud Guanajuatense conformará un Comité Dictaminador responsable de evaluar los proyectos, interesados en participar. Se realizarán las reuniones de evaluación ordinarias y extraordinarias basadas en el número de expedientes recibidos. El Comité Dictaminador emitirá un veredicto inapelable. Los resultados serán informados por escrito y medio virtual. VII. Séptima.- Criterios para la selección. Que todas las actividades presentadas en el proyecto sean gratuitas para los jóvenes beneficiarios. Proyecto fundamentado y bien estructurado, apegado a la guía publicada en la página web del Instituto de la Juventud Guanajuatense. Contenidos de programación. Planteamiento temático. Procesos organizativos y operativos de ejecución del proyecto. Indicadores de evaluación (jóvenes a beneficiarse y del impacto del evento). Los apoyos estarán sujetos a la suficiencia presupuestal mensual del Instituto de la Juventud Guanajuatense. VIII. Octava.- Reintegro del recurso. Los casos en los que aplica un reintegro del recurso recibido son: I. En caso de ejercer el recurso parcialmente: El Beneficiario deberá entregar la cantidad no ejercida como reintegro de recurso, así como sus productos financieros generados, anexando copia del depósito realizado, integrar esta información en el formato establecido en la entrega de su reporte de actividades. II. En caso de no ejercer el recurso en su totalidad: El Beneficiario deberá reintegrar el 100% del recurso otorgado, así como sus productos financieros generados, cuando: Omita la ejecución del proyecto autorizado por el Comité Dictaminador, por lo que el beneficiado deberá notificar al Instituto de la Juventud Guanajuatense, las causas; No acredite la aplicación de los recursos aportados para los fines autorizados; Cuando el Beneficiario haya falseado información o actúe con dolo y mala fe; y Ejecuten el recurso posterior a la fecha establecida en el convenio. El Beneficiario deberá notificar al Instituto las causas de la inactividad del proyecto por medio escrito. El reintegro deberá realizarlo en un plazo de 5 días hábiles después de realizada la notificación por el Instituto. IX. Novena.- Presencia y Difusión del Instituto de la Juventud Guanajuatense: Se deberá convocar al Instituto de la Juventud Guanajuatense a los actos de inauguración del proyecto para el que haya recibido el apoyo. Con motivos de la celebración de actos protocolarios y ante la concurrencia de recursos, en el convenio de colaboración respectivo se establecerá que el ejecutor deberá publicitar la participación del Estado empleando los logotipos institucionales correspondientes. X. Décima.- No previsto. Todas aquellas situaciones, no previstas en la presente convocatoria, serán resueltas a su debido tiempo por el Instituto de la Juventud Guanajuatense y mediante el comité dictaminador. Lo anterior se deriva de las Reglas de Operación vigentes para la operación y cumplimiento de dicho programa. INFORMES: * Página web www.jovenes.guanajuato.gob.mx Oficinas Centrales/Región León Región Irapuato Blvd. Díaz Ordaz # 237 Blvd. Mariano Escobedo No. 1201 Esq. Wagner Col. Las Reynas, Irapuato, Gto. Col. León Moderno. 01 (462) 62 73659 01(477) 1943500 Región Celaya San Luis de La Paz Arquitectos #108 Calle Olímpica #105 Col. Residencial Tecnológico, Celaya, Gto. Colonia Ladrilleras 01(468)6884338 01(461)1613644 Lada sin costo 01800 017 2007 Correo electrónico [email protected] “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido su uso para fines distintos al desarrollo social”.
© Copyright 2024