COMISIÓN ESTATAL DE PROCESOS INTERNOS - PRI Guanajuato

COMISIÓN ESTATAL DE PROCESOS INTERNOS
GUANAJUATO
PROCESO INTERNO DE POSTULACIÓN DE CANDIDATOS A PRESIDENTES
MUNICIPALES, PARA EL PERIODO CONSTITUCIONAL 2015 - 2018.
CONVOCATORIA A LA ASAMBLEA ELECTORAL TERRITORIAL PARA LA
ELECCIÓN DE DELEGADOS ELECTORES A LA CONVENCIÓN DE
DELEGADOS DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL EN EL
MUNICIPIO DE APASEO EL ALTO DEL ESTADO DE GUANAJUATO.
La Comisión Estatal de Procesos Internos en esta entidad federativa, con
fundamento en lo dispuesto por la Base Decima Novena, de la Convocatoria
expedida por el Comité Directivo Estatal del Partido Revolucionario Institucional
el 17 de octubre de 2014, para la postulación y elección de candidatos a
Presidentes Municipales, que competirán en las elecciones locales del 7 de junio
de 2014, así como en lo previsto por los artículos del 41 al 51 del Manual de
Organización para el proceso interno de selección y postulación de candidatos a
Presidentes Municipales por el principio de mayoría relativa, que competirán en
las elecciones constitucionales ordinarias de 2015, expedido por la Comisión
Estatal de Procesos Internos el 27 de octubre de 2014; y
C O N S I D E R A N D O:
Primero.- Que con relación al proceso electoral local para la renovación de los
H. Ayuntamientos del Estado de Guanajuato, cuya jornada electoral se efectuará
el 7 de junio de 2014, los órganos partidistas competentes determinaron llevar
a cabo el proceso interno de selección y postulación de nuestros candidatos a
Presidentes Municipales, mediante el procedimiento de Convención de
Delegados.
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Segundo.- Que el 17 de octubre de 2014, el Comité Directivo Estatal emitió la
Convocatoria para normar el proceso interno de postulación de candidatos a
Presidentes Municipales, en cuya Base Decima Novena, se establece entre otras
cosas, que en la conformación de la Convención de delegados en el Municipio “…
El 50% restante de los Delegados serán electos en asambleas electorales
territoriales con la participación de los militantes que residen en el Municipio”;
asimismo “; y que “El Manual de Organización establecerá los criterios y las
bases para la convocatoria y organización de las asambleas electorales
territoriales y la determinación del número de delegados que se elegirán por
esta vía”.
Tercero.- Que el artículo 41 del Manual de Organización del proceso interno,
precisa que la Comisión Estatal de Procesos Internos emitirá la convocatoria
para la celebración de las asambleas territoriales que correspondan, debiendo
celebrarse estas dentro del periodo comprendido del 3 al 7 de noviembre de
2014.
Cuarto.- Que en la Base Decima Novena de la Convocatoria y en el artículo 48
del Manual de Organización del proceso interno, se señala que en las asambleas
electorales territoriales se observará el principio de paridad de género y la
representación de al menos, el 30% de jóvenes de hasta 35 años.
Quinto.- Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 46 del Manual de
Organización del proceso interno y del acuerdo de la Comisión Estatal de
Procesos Internos, emitido en fecha 27 de octubre de 2014, se estableció el
número de Delegados que corresponde elegir a las asambleas electorales
territoriales para la integración de la Convención de Delegados correspondiente
al Municipio de APASEO EL ALTO del Estado de Guanajuato.
Sexto.- Que la normatividad electoral dispone la obligación de los partidos
políticos nacionales de postular a sus candidatos a puestos de elección popular,
mediante los procedimientos democráticos previstos en sus Estatutos, al tiempo
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que las normas relativas de nuestro Instituto Político, contienen
determinaciones precisas sobre paridad de género y participación de militantes
jóvenes en esos procedimientos, por lo cual se dispone la conformación de
planillas en las que se respeten estos principios, aplicables para llevar a cabo la
elección de los Delegados provenientes de las asambleas electorales territoriales
a la Convención Municipal que habrá de postular a nuestro candidato a
Presidente Municipal en el Municipio de APASEO EL ALTO del Estado de
Guanajuato.
Por lo anteriormente fundado y motivado, se expide la presente:
C O N V O C A T O R I A:
A los militantes del Partido Revolucionario Institucional residentes en el
Municipio de APASEO EL ALTO, Guanajuato para participar en la Asamblea
Electoral Territorial para la elección de Delegados Electores a la Convención
Municipal que efectuará el Partido Revolucionario Institucional en el Municipio
de APASEO EL ALTO del Estado de Guanajuato para la postulación de su
candidato a Presidente Municipal, conforme a las siguientes
B A S E S:
Primera.- La asamblea electoral territorial correspondiente al Municipio de
APASEO EL ALTO en el Estado de Guanajuato para la elección de Delegados a
la Convención para la selección y postulación del candidato del Partido
Revolucionario Institucional a Presidente Municipal en el Municipio de APASEO
EL ALTO del Estado de Guanajuato, se efectuará el día 6 de noviembre de
2014, de las 17:30 horas a las 19:30 horas, en Allende #114 Col. Centro de
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la ciudad de APASEO EL ALTO, Gto., con el objeto de elegir a los Delegados
de Municipio.
Etapas de la asamblea:
De las 17:30 horas a las 18:30 horas registro de asistentes.
De las 18:30 a las 19:00 horas, presentación de planillas.
De las 19:00 horas a las 19:30 desarrollo del cómputo respectivo y cierre de la
asamblea.
Segunda.- Podrán participar en la asamblea electoral territorial correspondiente
al Municipio de APASEO EL ALTO, Guanajuato, los militantes inscritos en
padrón partidario, que residan en dicho Municipio y cuenten con su credencial
para votar con fotografía expedida por el Instituto Electoral correspondiente,
quienes tendrán derecho a votar y ser votados en este procedimiento de
elección de delegados electores a la convención municipal.
Tercera.- La Comisión Estatal de Procesos Internos, mediante acuerdo de fecha
20 de octubre de 2014, designo a los órganos auxiliares que tendrán a su cargo
la organización, conducción y validación de las asambleas electorales
territoriales, quienes deberán dar cuenta a la Comisión Estatal de Procesos
Internos de la realización de la misma, de su resultado y de los militantes que
hayan sido electos como delegados electores a la convención distrital, mediante
el acta que deberá levantarse.
Cuarta.- El órgano auxiliar del Municipio de APASEO EL ALTO, Guanajuato
designado por la Comisión Estatal de Procesos Internos, mediante acuerdo de
fecha 20 de octubre de 2014, se constituirá en Mesa Directiva de la asamblea
electoral territorial mencionada en la Base Primera de la presente convocatoria
y tendrá a su cargo la conducción de los procedimientos en la asamblea
electoral territorial, y se integrara por un presidente, secretario y dos vocales
quienes fungirán como escrutadores.
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Quinta.- El único punto del orden del día de la asamblea será el desarrollo del
procedimiento para la elección de los delegados que acudirán en el Municipio
de APASEO EL ALTO, Guanajuato, a la convención municipal de delegados, la
cual se celebrará con los militantes del Partido residentes en el citado Municipio
en términos de lo previsto en la Base Primera de esta convocatoria y no se
requerirá de quórum determinado para su realización.
Los delegados electores que serán designados en las asambleas territoriales en
términos de los dispuesto por el artículo 30 del Manual de Organización, deberá
ser el número de delegados que se observa en la siguiente tabla:
MUNICIPIO
HOMBRES CON 30 %
JOVENES
MUJERES CON 30 %
JOVENES
FECHA DE ASAMBLEA
TERRITORIAL
APASEO EL
ALTO
79(24 JOVENES)
79 (24 JOVENES)
6 DE NOVIEMBRE
LUGAR Y HORA DE ASAMBLEA
TERRITORIAL
COMITÉ MUNICIPAL
NÚMERO
DE
DELEGAD
OS A
DESIGNAR
Asamblea Territorial
158
Sexta.- A partir de la hora señalada en la Base Primera de la presente
convocatoria, se abrirá el registro de asistencia de los militantes del Partido.
Para formar parte del registro será requisito estar dado de alta en el padrón
como militante y presentar su credencial para votar con fotografía expedida
por el Instituto Electoral correspondiente.
El registro incorporará el nombre del militante, la sección electoral y el
número de folio de su credencial para votar con fotografía. El registro de
asistencia se incorporará al acta de la asamblea electoral territorial.
Septima.- En la elección de delegados en la asamblea electoral territorial se
hará con base en la conformación de planillas, respetándose el principio de la
paridad de género correspondiente al 50% de hombres y 50% de mujeres y
la participación del 30% de jóvenes de hasta 35 años, en términos de la tabla
visible en la Base Sexta de la presente convocatoria.
Octava.- De conformidad con el registro de planillas, la Mesa Directiva de la
asamblea electoral territorial verificará que para el procedimiento de votación
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de los militantes del Partido que asistan, se realice la votación económica a
mano alzada de los presentes, procediendo los escrutadores a efectuar el
cómputo correspondiente, mismos resultados que quedarán asentados por
escrito y el cual deberá comunicársele a la Mesa Directiva.
Novena.- Agotado el procedimiento de votación, el Presidente de la Mesa
Directiva de la asamblea electoral territorial, dará a conocer el resultado de
aquélla, hará la declaratoria de validez de la elección y declarará como
delegados electores a la convención municipal, a los integrantes de la planilla
que hubiere resultado triunfadora.
De acuerdo con el resultado de la votación y la declaratoria de la planilla
triunfadora, el Presidente de la Mesa Directiva de la asamblea electoral
territorial, informará a la Comisión Estatal de Procesos Internos, de los
delegados electos a la convención del correspondiente Municipio, remitiendo
de inmediato la lista de asistencia, las planillas registradas y el acta
respectiva para su debida validación.
El Presidente de la Mesa Directiva de la asamblea electoral territorial dará
cuenta a la Comisión Estatal de Procesos Internos el mismo día de desarrollo
de la asamblea territorial y este a su vez al Comité Directivo Estatal, con la
realización de dicha asamblea, sus resultados, así como los militantes que
hayan sido electos como delegados a la convención distrital.
Decima Primera.- Los casos no previstos, serán resueltos por el Presidente
de la Mesa Directiva de la asamblea territorial, con la opinión vía económica
del Presidente o Secretario Técnico de la Comisión Estatal de Procesos
Internos.
BASES
T R A N S I T O R I A S:
Única.- Notifíquese en los estrados de la Comisión Estatal de Procesos
Internos y en la página del partido www.priguanajuato.org.mx
Asimismo, difúndase en los estrados del Comité Directivo Estatal, y del
Comité Municipal del Municipio de APASEO EL ALTO, Guanajuato.
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Dada en la ciudad de Guanajuato del Estado de Guanajuato, a los 4 de
noviembre de 2014.
“DEMOCRACIA Y JUSTICIA SOCIAL”
POR LA COMISIÓN ESTATAL DE PROCESOS INTERNOS
LIC. ANGEL ERNESTO ARAUJO BETANZOS
SECRETARIO TÉCNICO