GESTION DE APOYO LOGISTICO Y CONTRATACION NOMBRE DEL FORMATO ESTUDIOS PREVIOS ESTUDIOS PREVIOS PARA CONTRATAR EL SUMINISTRO DE MATERIAL REACTIVO Y DE LABORATORIO (ARTICULO N. 9 RESOLUCION 5185 DE 2.013) – ARTICULO N.17 ACUERDO N. 002 DE 2014 ESTATUTO DE CONTRATACION) FECHA: Febrero 10 de 2016 ENTIDAD: HOSPITAL GUACHUCAL E.S.E DEPENDENCIA QUE PROYECTA: LABORATORIO Y ALMACEN DEPENDENCIA A LA QUE SE DIRIGE: DESPACHO DEL GERENTE OBJETO DEL ESTUDIO PREVIO: El Hospital Guachucal ESE en uso del PRINCIPIO DE PLANEACIÓN recalca la importancia de los estudios previos. El principio de planeación hace referencia al deber de la entidad contratante de realizar estudios previos adecuados con el fin de precisar el objeto del contrato, las obligaciones mutuas de las partes, la distribución de los riesgos y el precio; estructurar debidamente su financiación y permitir a los interesados diseñar sus ofertas. Es preciso indicar que si el futuro contratista no eleva ninguna observación después conocer los estudios previos para el proceso de contratación directa de Suministro materiales reactivos y de laboratorio que se pretende contratar, se entiende que en momento los razonó, analizó y aceptó sin ningún contratiempo, sin que pueda alegar a favor en la ejecución del Contrato su propia culpa. de de su su Los presentes estudios previos permitirán conocer al Hospital Guachucal E.S.E. con claridad respecto de los requerimientos relacionados con los precios del mercado y las especificaciones técnicas que señalaran adecuadamente descripción, cantidades, concentración, marca de los materiales quirúrgicos objeto del suministro por el contratista. De esta manera se pretende que con el análisis debido se proceda a encontrar el proveedor idóneo y que cumpla con los requerimientos exigidos para el suministro. CÓDIGO CLASIFICADOR DE BIENES Y SERVICIOS GRUPO SEGMENTO FAMILIA D Componentes y suministros 41 Equipos y suministros de laboratorio, de medición, de observación y pruebas 4112 Suministros y accesorios de laboratorio CLASE 411218 Suministros generales de laboratorio 1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE EL HOSPITAL GUACHUCAL ESE PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN El HOSPITAL GUACHUCAL ESE es una entidad pública del orden municipal integrante del Sistema General de Seguridad Social en Salud y tiene por objeto la prestación del servicio público esencial de la salud. La ley 100 de 1993 señala como uno de los fundamentos del servicio público de la salud en su numeral 3 del artículo 153 la protección integral, donde los integrantes del Sistema General de Seguridad Social en Salud deben brindar atención en salud integral a la población en sus fases de educación, información y fomento de la salud y la prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación, en cantidad, oportunidad, calidad y eficiencia En el mismo sentido, el sistema debe establecer mecanismos de control a los servicios para garantizar a los usuarios calidad y una atención oportuna, personalizada, humanizada, integral, continua y de acuerdo con estándares aceptados en procedimientos y práctica profesional. De otro lado, el Decreto 1011 de 2006 establece dentro del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de la atención de salud del Sistema General de Seguridad Social en Salud, define la calidad como la provisión de servicios complementada con los conceptos de accesibilidad, equidad, nivel de profesionalismo, recursos disponibles y nivel de satisfacción del usuario. Teniendo en cuenta la demanda de la prestación del servicio de salud, el plan de adquisiciones y las existencias actuales de Carrera 5 Barrio 20 de Julio Vía a Cumbal Tel: 7778416 – Cel: 3173646983 [email protected] – [email protected] GESTION DE APOYO LOGISTICO Y CONTRATACION NOMBRE DEL FORMATO ESTUDIOS PREVIOS ESTUDIOS PREVIOS PARA CONTRATAR EL SUMINISTRO DE MATERIAL REACTIVO Y DE LABORATORIO (ARTICULO N. 9 RESOLUCION 5185 DE 2.013) – ARTICULO N.17 ACUERDO N. 002 DE 2014 ESTATUTO DE CONTRATACION) materiales reactivos y de laboratorio, éstos resultan insuficientes para garantizar adecuadamente la prestación del servicio, por lo que se hace necesario adquirir dichos insumos. La ESE requiere el suministro de materiales reactivos y de laboratorio para garantizar el funcionamiento de los servicios médico asistenciales para los diferentes usuarios afiliados a las EPS del régimen subsidiado y contributivo; usuarios particulares y usuarios dentro de los diferentes convenios que suscriba la entidad para prestación de servicios de salud Objeto: 2. OBJETO A CONTRATAR, CON SUS ESPECIFICACIONES REQUERIDAS PARA SU EJECUCIÓN Suministro de materiales reactivos y de laboratorio para el Hospital Guachucal ESE, de acuerdo a la siguiente descripción: DETALLE CANTIDAD MASCARILLA NO.95 3M UNIDAD 100 ACIDO URICO 250 ML BYOSISTEM FRASCO 2 AGUA DESTILADA QUIBI BOTELLA 10 AGUJAS VACUTAINER 21G X 1 1/2 CAJA X 100 8 ANTI ESTREPTOLISINA LATEX X 50 FRASCO 1 TP TEST WINER CAJA 1 APT TEST WINER CAJA 1 CARGA DE GLUCOSA 25 GRS X 50 SOBRES CAJA 3 CHECK STIX COMBO X 25 TIRAS BAYER FCO 2 COLESTEROL TOTAL 1 X 500 ML CAJA 3 CREATININA 4 X50 ML CINETICA CAJA 4 CURAS REDONDAS ADULTO-PEDIATRICAS X100 CAJA 15 DETER PLUS JABON NEUTRO GALÓN 2 FACTOR REUMATOIDEO X 50 TEST CAJA 2 FIELD SOLUCION A ALBOR CAJA X 50 1 FIELD SOLUCION B ALBOR CAJA X 50 1 GLICEMIA DEXTROSA 50X25GR HB CAJA 5 HEMATEST X 100 TABLETAS BAYER CAJA 1 HEMOCLASIFICADORES KIT ANTI ABD FRASCO 2 LAMINAS PORTAOBJETOS CAJA 38 LANCETAS MICROLET X 25 CAJA 20 PROTEINA REACTIVA PCR X 50 TEST UNIDAD UNIDAD 1 PRUEBA RAPIDA HEPATITIS HBSAG UNIDAD UNIDAD 5 PRUEBA RAPIDA VIH 1-2 X 50 SOBRES 6 PRUEBAS DE EMBARAZO AVON CAJA 15 PUNTAS PLASTICAS AZULES/AMARILLAS UNIDAD 5 RPR CARBON PRUEBAS BIOSYSTEM CAJA 2 SIFILIS MINICLIP PRUEBAS RAPIDAS SOBRE SOBRE 5 SUERO VALORADO NIVEL II - 5X5 ML UNIDAD 2 SUEROS VALORADOS NIVEL I - 5X5ML FRASCO 2 Carrera 5 Barrio 20 de Julio Vía a Cumbal Tel: 7778416 – Cel: 3173646983 [email protected] – [email protected] GESTION DE APOYO LOGISTICO Y CONTRATACION NOMBRE DEL FORMATO ESTUDIOS PREVIOS ESTUDIOS PREVIOS PARA CONTRATAR EL SUMINISTRO DE MATERIAL REACTIVO Y DE LABORATORIO (ARTICULO N. 9 RESOLUCION 5185 DE 2.013) – ARTICULO N.17 ACUERDO N. 002 DE 2014 ESTATUTO DE CONTRATACION) TIRAS DE ORINA MULTISTIK CAJA X 100 14 TRIGLICERIDOS 4 X 5 ML BIOSYSMEM TUBO AL VACIO LILA PEDIATRICO X 1ML UNIDAD CAJA 545 TUBO AL VACIO PEDIATRICO ROJO X 1 ML UNIDAD 545 TUBO AL VACIO TAPA AZUL X 4.5 ML UNIDAD Obligaciones del HOSPITAL: 2 TUBO AL VACIO TAPA LILA X 4.5 ML UNIDAD 15 TUBO AL VACIO TAPA ROJA X 4ML UNIDAD 15 TUBOS MICROHEMATOCRITOS TAPA AZUL UNIDAD 75 UREA BUN COLORIMETRICA 4X5 ML KIT BIOSYSTEM 1 475 PRUEBA RAPIDAS SEROLOGIA X 50 PRUEBAS 6 COLESTEROL HDL 4 X 50 ML BYOSYSTEM UNIDAD 4 Nota: Las fechas de vencimiento deben estar superiores a tres años. EL CONTRATISTA para el cumplimiento del objeto contratado asumirá las siguientes obligaciones: Al cumplimiento y entrega de los materiales reactivos y de laboratorio en los términos contractuales. A garantizar que los materiales reactivos y de laboratorio contengan en su presentación, el número de registro INVIMA correspondiente. A garantizar al Hospital que los materiales reactivos y de laboratorio objeto del presente contrato, son de la mejor calidad, presentación, unidades, nombre genérico, y marca requerida Atender las recomendaciones y sugerencias que haga el Supervisor del contrato, cumpliendo sus indicaciones, recomendaciones y las demás que sean inherentes al objeto de la contratación. Cumplir con los pagos correspondientes al Sistema de Seguridad Social Integral (Salud, Pensiones y ARL), según corresponda, de conformidad por lo establecido por la normatividad vigente, y presentar los respectivos comprobantes de pago originales. Mantener actualizado su domicilio durante la vigencia del contrato y cuatro (4) meses más y presentarse al HOSPITAL en el momento en que sea requerido por el mismo; Cumplir con todo lo ofrecido en su propuesta; Adelantar oportunamente los trámites y cumplir los requisitos para la ejecución y legalización del contrato; Todas las demás inherentes o necesarias para la correcta ejecución del objeto contractual. Plazo límite para recepción de propuestas Medios para la recepción de 2 TUBO AL VACIO TAPA GRIS 4 ML O 6 ML UNIDAD VASOS PARA BACILOSCOPIA CON ROSCA UNIDAD Obligaciones del Contratista: 3 Ejercer la Supervisión del Contrato. Exigir la ejecución idónea y oportuna del objeto contractual, así como velar por el cumplimiento del mismo. Desembolsar al CONTRATISTA en la forma y condiciones pactadas y señaladas en la cláusula relativa al valor y forma de pago. Brindar la información y documentación que EL CONTRATISTA requiera para el adecuado desarrollo y cumplimiento de su objeto. A partir de la fecha de Solicitud de Cotización y se finaliza el día 15 de Febrero de 2016 hasta las 11:00 am En medio físico en el Área de Almacén del Hospital Guachucal ESE en la Cra. 5ta B/ 20 de Julio vía a Cumbal (N). Ó Carrera 5 Barrio 20 de Julio Vía a Cumbal Tel: 7778416 – Cel: 3173646983 [email protected] – [email protected] GESTION DE APOYO LOGISTICO Y CONTRATACION NOMBRE DEL FORMATO ESTUDIOS PREVIOS ESTUDIOS PREVIOS PARA CONTRATAR EL SUMINISTRO DE MATERIAL REACTIVO Y DE LABORATORIO (ARTICULO N. 9 RESOLUCION 5185 DE 2.013) – ARTICULO N.17 ACUERDO N. 002 DE 2014 ESTATUTO DE CONTRATACION) propuestas En medio magnético [email protected]; y [email protected] Plazo de ejecución: 5 días. Lugar de Ejecución: HOSPITAL GUACHUCAL ESE Banco de Proyectos: No aplica Dependencia Almacén y Laboratorio Solicitante: Supervisor del De conformidad con lo establecido en los artículos 83 y 84 de la Ley 1474 de 2011, con el fin de Contrato: proteger la moralidad administrativa, de prevenir la ocurrencia de actos de corrupción y de tutelar la transparencia de la actividad contractual, se establece que el contrato que se derive del presente proceso de selección, será vigilado a través de un supervisor. La supervisión consistirá en el seguimiento técnico, administrativo, financiero, contable, y jurídico sobre el cumplimiento del objeto del contrato. Por lo anterior, y atendiendo al objeto del contrato, EL HOSPITAL, designará como SUPERVISOR al Coordinador de Laboratorio o quien haga sus veces al interior de la entidad. Documentos que se deben acreditar para la legalización del Contrato: Acto administrativo de justificación de la contratación directa: Igualmente será responsable de recibir los bienes, y autorizar los pagos, y responderá por los hechos y omisiones que les fueren imputables en los términos previstos en el artículo 84 de la Ley 1474 y de las demás normas legales y reglamentarias que regulan el ejercicio de la supervisión de los contratos. Aplica No. Documentos Si No 1. Minuta del Contrato X 2. Banco de Proyectos X 3. Estudios Previos X 4. Certificado de Disponibilidad Presupuestal X 5. Propuesta o Cotización X 6. Hoja de Vida – Formato Único – Con sus Anexos X 7. Copia cedula de ciudadanía X 8. Libreta Militar o constancia de definición de la situación militar, solo X para hombres mayores de 18 años y menores de 50 años 9. Registro Único Tributario (RUT) X 10. Documento que certifique la idoneidad del contratista X 11. Certificado de existencia y representación legal (persona jurídica) X 12. Certificado de antecedentes fiscales (art. 1º Ley 190 de 1995) X 13. Certificado de antecedentes disciplinarios (art. 1º Ley 190 de 1995) X 14. Certificado de antecedentes judiciales (art. 1º Ley 190 de 1995) X 15. Pago paz y salvo municipal X 16. Planillas de Pago al Sistema de Seguridad Social Integral (Salud, X Pensiones y Riesgos Laborales) 17. Registro Presupuestal de Compromiso X 18. Garantía Única X Además de los anteriores documentos, y los demás que exija el HOSPITAL, los proponentes no deberán hallarse incursos en la inhabilidades, o incompatibilidades de que trata los Arts.127 de la Constitución Política, Art. 11 de la Ley 73 de 1993, 8, 9 y 10 de la Ley 80 de 1993 y el artículo 4 de la Ley 1474 de 2011 lo cual será declarado bajo juramento, que se entenderá prestado por la firma de la propuesta o del contrato, según sea el caso. De conformidad con lo estipulado en el artículo 17 del Acuerdo 002 de 2014 del Hospital Guachucal ESE, el contrato que se llegue a realizar como producto del presente Estudio Previo, NO REQUIERE DE ACTO ADMINISTRATIVO que justifique la contratación directa. 3. LA MODALIDAD DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA, Carrera 5 Barrio 20 de Julio Vía a Cumbal Tel: 7778416 – Cel: 3173646983 [email protected] – [email protected] GESTION DE APOYO LOGISTICO Y CONTRATACION NOMBRE DEL FORMATO ESTUDIOS PREVIOS ESTUDIOS PREVIOS PARA CONTRATAR EL SUMINISTRO DE MATERIAL REACTIVO Y DE LABORATORIO (ARTICULO N. 9 RESOLUCION 5185 DE 2.013) – ARTICULO N.17 ACUERDO N. 002 DE 2014 ESTATUTO DE CONTRATACION) SU JUSTIFICACIÓN Y FUNDAMENTOS JURÍDICOS Modalidad Selección: Régimen Especial - Contratación Directa según acuerdo No. 002 de 2014 Tipo de Contrato: Contratos sin formalidades plenas o simplificados Justificación: Se contratará directamente con la persona natural o jurídica que esté en capacidad de ejecutar el objeto del contrato y cuente con la idoneidad para el Suministro de Materiales reactivos y de laboratorio. Fundamentos La selección de EL CONTRATISTA es por la modalidad de contratación directa, de acuerdo con lo Jurídicos: señalado en numeral 2 del artículo 15 del acuerdo No.002 de junio 3 de 2014 y el numeral 25 del artículo 17, ibídem, por tratarse de un contrato de adquisición de Materiales reactivos y de laboratorio, las Empresas Sociales del Estado constituyen una categoría especial de entidad pública descentralizada sometidas al régimen jurídico previsto en el Capítulo III, Título II del Libro II de la Ley 100 de 1993 y sus modificaciones contenidas en las Leyes 1122 de 2007 y 1438 de 2011. Que el numeral 6 del artículo 195 de la Ley 100 de 1993, establece que las Empresas Sociales del Estado se someterán al régimen contractual de derecho privado, pero podrán, discrecionalmente, utilizar las cláusulas excepcionales previstas en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública. el artículo 13 de la Ley 1150 de 2007, establece que las entidades estatales que por disposición legal cuenten con un régimen contractual distinto al del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, aplicarán, en desarrollo de su actividad contractual y acorde con su régimen legal especial, los principios de la función administrativa y la gestión fiscal de que tratan los artículos 209 y 267 de la Constitución Política, respectivamente, según sea el caso y estarán sometidos al régimen de inhabilidades e incompatibilidades previstos legalmente para la contratación estatal. Que el artículo 76 de la Ley 1438 de 2011 estableció que las Juntas Directivas de las Empresas Sociales del Estado deberán adoptar un estatuto de contratación de acuerdo con los lineamientos que defina el Ministerio de la Protección Social, hoy de Salud y Protección Social. 4. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Y LA JUSTIFICACIÓN DEL MISMO El valor estimado del contrato es por la suma VEINTE MILLONES DE PESOS ($20.000.000) M/CTE Valor estimado del contrato: Forma de Pago: El valor del contrato que se derive del presente estudio previo será desembolsado según recibido a satisfacción de la totalidad del suministro por parte del CONTRATISTA, siempre y cuando se haya ejecutado en debida forma el objeto contractual y EL HOSPITAL a través del supervisor del contrato y la Almacenista del Hospital hayan expedido la constancia de haber recibido a conformidad y a entera satisfacción y según disponibilidad de caja EL CONTRATISTA acreditará el pago correspondiente a sus aportes al Sistema General de Seguridad Social Integral (Salud, Pensiones y ARL), en los montos y porcentajes establecidos por el Gobierno, con los respectivos comprobantes de pago original. C.D.P. No. De fecha Valor Rubro Disponibilidad presupuestal: 2016000162 Expedido por: Criterios Selección: de 05/02/2016 $20.000.000 220102 Tesorero para la vigencia fiscal 2016. 5. LOS CRITERIOS PARA SELECCIÓN LA OFERTA MÁS FAVORABLE El contrato de Suministro de materiales reactivos y de laboratorio para el Hospital Guachucal ESE se suscribe en función de la idoneidad del contratista. Por lo tanto se requiere de la presentación ofertas para la celebración de este tipo de negocios jurídicos y la evaluación de la más favorable por parte del Comité de Contratación teniendo en cuenta, calidad del producto, precio y plazo de entrega, de conformidad con lo dispuesto en el Parágrafo Primero del artículo 17 del Estatuto de Contratación del Hospital Guachucal E.S.E., (Acuerdo 002 de 2014). 6. ANÁLISIS DEL RIEGO Y LA FORMA DE MITIGARLO Carrera 5 Barrio 20 de Julio Vía a Cumbal Tel: 7778416 – Cel: 3173646983 [email protected] – [email protected] GESTION DE APOYO LOGISTICO Y CONTRATACION NOMBRE DEL FORMATO ESTUDIOS PREVIOS ESTUDIOS PREVIOS PARA CONTRATAR EL SUMINISTRO DE MATERIAL REACTIVO Y DE LABORATORIO (ARTICULO N. 9 RESOLUCION 5185 DE 2.013) – ARTICULO N.17 ACUERDO N. 002 DE 2014 ESTATUTO DE CONTRATACION) No. 1 2 3 4 5 Riesgo Económicos Sociales o Políticos Operacionales Naturales Tecnológicos Probabilidad: Impacto: Tipificación Probabil idad Impacto Calificación Fluctuación en los precios del R Mn Rb mercado Situaciones de orden público R Mn Rb Terrorismo R Mn Rb Cambio de políticas o programas de R Mn Rb Gobierno en el HOSPITAL. Actos mal intencionados de I Mn Rm terceros. Cuando se deba suspender el contrato por causas ajenas a la R Mn Rb voluntad del HOSPITAL. Cuando se deba suspender el contrato por causas ajenas a la R Mn Rb voluntad del Contratista. El Contratista no entrega oportunamente El Suministro de R M Rb materiales reactivos y de laboratorio En contratista no cumple con calidad las especificaciones y obligaciones R M Rb del contrato. En el evento de presentarse temblores, inundaciones, lluvias, I Mn Rm sequias. Falla en las telecomunicaciones. Ps Md Rm Suspensión de servicios públicos, Ps Mn Rm Advenimiento de nuevos desarrollos Pb M Rb tecnológicos. Abrev. Categoría R Raro (puede ocurrir excepcionalmente) I Improbable (puede ocurrir ocasionalmente) Ps Posible (puede ocurrir en cualquier momento futuro) Pb Probable (probablemente va a ocurrir Cc Casi cierto (ocurren en la mayoría de las circunstancias) Calificación Abrev. Categoría Cualitativa Monetaria Obstruye la ejecución Los sobrecostos no del contrato de representan más del I Insignificante manera 1% del valor del intrascendente. contrato. Dificulta la ejecución del contrato de Los sobrecostos no manera baja, representan más del Mn Menor aplicando medidas 5% del valor del mínimas se pueden contrato. lograr el objeto contractual Afecta la ejecución Genera un impacto del contrato sin sobre el valor del Md Moderado alterar el beneficio contrato entre el 5% y para las partes el 15%. Carrera 5 Barrio 20 de Julio Vía a Cumbal Tel: 7778416 – Cel: 3173646983 [email protected] – [email protected] Asignación 1 1 1 1 1 2 1 1-2 1-2 2 2 2 2 Valoración 1 2 3 4 5 Valoración 1 2 3 GESTION DE APOYO LOGISTICO Y CONTRATACION NOMBRE DEL FORMATO ESTUDIOS PREVIOS ESTUDIOS PREVIOS PARA CONTRATAR EL SUMINISTRO DE MATERIAL REACTIVO Y DE LABORATORIO (ARTICULO N. 9 RESOLUCION 5185 DE 2.013) – ARTICULO N.17 ACUERDO N. 002 DE 2014 ESTATUTO DE CONTRATACION) Obstruye la ejecución del contrato Incrementa el valor sustancialmente pero M Mayor 4 del contrato entre el aun así permite la 15% y el 30%. consecución del objeto contractual Perturba la ejecución del contrato de Impacto sobre el valor manera grave C Catastrófico 5 del contrato en más del imposibilitando la 30%. consecución del objeto contractual. Abrev. Abrev. Categoría Categoría Calificación: Re Riesgo Extremo Rm Riesgo Medio Ra Riesgo Alto Rb Riesgo Bajo Abrev. Abrev. Categoría Categoría Asignación: 1 El HOSPITAL 2 El Contratista 7. LAS GARANTÍAS QUE LA ENTIDAD ESTATAL CONTEMPLA EXIGIR EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN De conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 del Estatuto de Contratación del Hospital Guachucal E.S.E., (Acuerdo 002 de 2014), EL HOSPITAL se exige las siguientes garantías: 1. Cumplimiento del Contrato de las obligaciones contractuales que deberá ser equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato y extenderse por el término de este y cuatro (04) meses más; 2. La calidad de los bienes suministrados equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato y estar vigente durante todo el término contractual y seis (06) meses más. 8. LA INDICACIÓN DE SI EL PROCESO DE CONTRATACIÓN ESTA COBIJADO POR UN ACUERDO COMERCIAL La Contratación Directa no está cobijada por Acuerdos Internacionales o Tratados de Libre Comercio. RITHA ANGELINA AGUIRRE Almacenista ANYELA DIANA OLIVA VALLEJO Coordinador de Laboratorio Clínico Proyectó/Revisó: Hernán Arturo Moreno Jaramillo Asesor Jurídico. Carrera 5 Barrio 20 de Julio Vía a Cumbal Tel: 7778416 – Cel: 3173646983 [email protected] – [email protected]
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