Estudios Previos Suministro de Material de Laboratorio

GESTION DE APOYO LOGISTICO Y CONTRATACION
NOMBRE DEL FORMATO
ESTUDIOS PREVIOS
ESTUDIOS PREVIOS PARA CONTRATAR EL SUMINISTRO DE MATERIAL REACTIVO Y DE LABORATORIO
(ARTICULO N. 9 RESOLUCION 5185 DE 2.013) – ARTICULO N.17 ACUERDO N. 002 DE 2014 ESTATUTO DE CONTRATACION)
FECHA:
Febrero 10 de 2016
ENTIDAD:
HOSPITAL GUACHUCAL E.S.E
DEPENDENCIA QUE
PROYECTA:
LABORATORIO Y ALMACEN
DEPENDENCIA A LA QUE SE
DIRIGE:
DESPACHO DEL GERENTE
OBJETO DEL ESTUDIO
PREVIO:
El Hospital Guachucal ESE en uso del PRINCIPIO DE PLANEACIÓN recalca la importancia
de los estudios previos. El principio de planeación hace referencia al deber de la entidad
contratante de realizar estudios previos adecuados con el fin de precisar el objeto del
contrato, las obligaciones mutuas de las partes, la distribución de los riesgos y el precio;
estructurar debidamente su financiación y permitir a los interesados diseñar sus ofertas.
Es preciso indicar que si el futuro contratista no eleva ninguna observación después
conocer los estudios previos para el proceso de contratación directa de Suministro
materiales reactivos y de laboratorio que se pretende contratar, se entiende que en
momento los razonó, analizó y aceptó sin ningún contratiempo, sin que pueda alegar a
favor en la ejecución del Contrato su propia culpa.
de
de
su
su
Los presentes estudios previos permitirán conocer al Hospital Guachucal E.S.E. con
claridad respecto de los requerimientos relacionados con los precios del mercado y las
especificaciones técnicas que señalaran adecuadamente descripción, cantidades,
concentración, marca de los materiales quirúrgicos objeto del suministro por el contratista.
De esta manera se pretende que con el análisis debido se proceda a encontrar el proveedor
idóneo y que cumpla con los requerimientos exigidos para el suministro.
CÓDIGO CLASIFICADOR DE
BIENES Y SERVICIOS
GRUPO
SEGMENTO
FAMILIA
D
Componentes y
suministros
41
Equipos y suministros de
laboratorio, de medición, de
observación y pruebas
4112
Suministros y
accesorios de
laboratorio
CLASE
411218
Suministros
generales
de
laboratorio
1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE EL HOSPITAL GUACHUCAL ESE
PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN
El HOSPITAL GUACHUCAL ESE es una entidad pública del orden municipal integrante del Sistema General de Seguridad
Social en Salud y tiene por objeto la prestación del servicio público esencial de la salud.
La ley 100 de 1993 señala como uno de los fundamentos del servicio público de la salud en su numeral 3 del artículo 153 la
protección integral, donde los integrantes del Sistema General de Seguridad Social en Salud deben brindar atención en salud
integral a la población en sus fases de educación, información y fomento de la salud y la prevención, diagnóstico, tratamiento y
rehabilitación, en cantidad, oportunidad, calidad y eficiencia
En el mismo sentido, el sistema debe establecer mecanismos de control a los servicios para garantizar a los usuarios calidad y
una atención oportuna, personalizada, humanizada, integral, continua y de acuerdo con estándares aceptados en
procedimientos y práctica profesional.
De otro lado, el Decreto 1011 de 2006 establece dentro del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de la atención de salud
del Sistema General de Seguridad Social en Salud, define la calidad como la provisión de servicios complementada con los
conceptos de accesibilidad, equidad, nivel de profesionalismo, recursos disponibles y nivel de satisfacción del usuario.
Teniendo en cuenta la demanda de la prestación del servicio de salud, el plan de adquisiciones y las existencias actuales de
Carrera 5 Barrio 20 de Julio Vía a Cumbal
Tel: 7778416 – Cel: 3173646983
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materiales reactivos y de laboratorio, éstos resultan insuficientes para garantizar adecuadamente la prestación del servicio, por
lo que se hace necesario adquirir dichos insumos.
La ESE requiere el suministro de materiales reactivos y de laboratorio para garantizar el funcionamiento de los servicios médico
asistenciales para los diferentes usuarios afiliados a las EPS del régimen subsidiado y contributivo; usuarios particulares y
usuarios dentro de los diferentes convenios que suscriba la entidad para prestación de servicios de salud
Objeto:
2. OBJETO A CONTRATAR, CON SUS ESPECIFICACIONES
REQUERIDAS PARA SU EJECUCIÓN
Suministro de materiales reactivos y de laboratorio para el Hospital Guachucal ESE, de acuerdo a la
siguiente descripción:
DETALLE
CANTIDAD
MASCARILLA NO.95 3M UNIDAD
100
ACIDO URICO 250 ML BYOSISTEM FRASCO
2
AGUA DESTILADA QUIBI BOTELLA
10
AGUJAS VACUTAINER 21G X 1 1/2 CAJA X 100
8
ANTI ESTREPTOLISINA LATEX X 50 FRASCO
1
TP TEST WINER CAJA
1
APT TEST WINER CAJA
1
CARGA DE GLUCOSA 25 GRS X 50 SOBRES CAJA
3
CHECK STIX COMBO X 25 TIRAS BAYER FCO
2
COLESTEROL TOTAL 1 X 500 ML CAJA
3
CREATININA 4 X50 ML CINETICA CAJA
4
CURAS REDONDAS ADULTO-PEDIATRICAS X100 CAJA
15
DETER PLUS JABON NEUTRO GALÓN
2
FACTOR REUMATOIDEO X 50 TEST CAJA
2
FIELD SOLUCION A ALBOR CAJA X 50
1
FIELD SOLUCION B ALBOR CAJA X 50
1
GLICEMIA DEXTROSA 50X25GR HB CAJA
5
HEMATEST X 100 TABLETAS BAYER CAJA
1
HEMOCLASIFICADORES KIT ANTI ABD FRASCO
2
LAMINAS PORTAOBJETOS CAJA
38
LANCETAS MICROLET X 25 CAJA
20
PROTEINA REACTIVA PCR X 50 TEST UNIDAD UNIDAD
1
PRUEBA RAPIDA HEPATITIS HBSAG UNIDAD UNIDAD
5
PRUEBA RAPIDA VIH 1-2 X 50 SOBRES
6
PRUEBAS DE EMBARAZO AVON CAJA
15
PUNTAS PLASTICAS AZULES/AMARILLAS UNIDAD
5
RPR CARBON PRUEBAS BIOSYSTEM CAJA
2
SIFILIS MINICLIP PRUEBAS RAPIDAS SOBRE SOBRE
5
SUERO VALORADO NIVEL II - 5X5 ML UNIDAD
2
SUEROS VALORADOS NIVEL I - 5X5ML FRASCO
2
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TIRAS DE ORINA MULTISTIK CAJA X 100
14
TRIGLICERIDOS 4 X 5 ML BIOSYSMEM
TUBO AL VACIO LILA PEDIATRICO X 1ML UNIDAD CAJA
545
TUBO AL VACIO PEDIATRICO ROJO X 1 ML UNIDAD
545
TUBO AL VACIO TAPA AZUL X 4.5 ML UNIDAD
Obligaciones del
HOSPITAL:
2
TUBO AL VACIO TAPA LILA X 4.5 ML UNIDAD
15
TUBO AL VACIO TAPA ROJA X 4ML UNIDAD
15
TUBOS MICROHEMATOCRITOS TAPA AZUL UNIDAD
75
UREA BUN COLORIMETRICA 4X5 ML KIT BIOSYSTEM
1
475
PRUEBA RAPIDAS SEROLOGIA X 50 PRUEBAS
6
COLESTEROL HDL 4 X 50 ML BYOSYSTEM UNIDAD
4
Nota: Las fechas de vencimiento deben estar superiores a tres años.
EL CONTRATISTA para el cumplimiento del objeto contratado asumirá las siguientes obligaciones:

Al cumplimiento y entrega de los materiales reactivos y de laboratorio en los términos
contractuales.

A garantizar que los materiales reactivos y de laboratorio contengan en su presentación, el
número de registro INVIMA correspondiente.

A garantizar al Hospital que los materiales reactivos y de laboratorio objeto del presente
contrato, son de la mejor calidad, presentación, unidades, nombre genérico, y marca
requerida

Atender las recomendaciones y sugerencias que haga el Supervisor del contrato,
cumpliendo sus indicaciones, recomendaciones y las demás que sean inherentes al objeto
de la contratación.

Cumplir con los pagos correspondientes al Sistema de Seguridad Social Integral (Salud,
Pensiones y ARL), según corresponda, de conformidad por lo establecido por la
normatividad vigente, y presentar los respectivos comprobantes de pago originales.

Mantener actualizado su domicilio durante la vigencia del contrato y cuatro (4) meses más
y presentarse al HOSPITAL en el momento en que sea requerido por el mismo;

Cumplir con todo lo ofrecido en su propuesta;

Adelantar oportunamente los trámites y cumplir los requisitos para la ejecución y
legalización del contrato;

Todas las demás inherentes o necesarias para la correcta ejecución del objeto contractual.




Plazo límite para
recepción de
propuestas
Medios para la
recepción de
2
TUBO AL VACIO TAPA GRIS 4 ML O 6 ML UNIDAD
VASOS PARA BACILOSCOPIA CON ROSCA UNIDAD
Obligaciones del
Contratista:
3


Ejercer la Supervisión del Contrato.
Exigir la ejecución idónea y oportuna del objeto contractual, así como velar por el
cumplimiento del mismo.
Desembolsar al CONTRATISTA en la forma y condiciones pactadas y señaladas en la
cláusula relativa al valor y forma de pago.
Brindar la información y documentación que EL CONTRATISTA requiera para el adecuado
desarrollo y cumplimiento de su objeto.
A partir de la fecha de Solicitud de Cotización y se finaliza el día 15 de Febrero de 2016
hasta las 11:00 am
En medio físico en el Área de Almacén del Hospital Guachucal ESE en la Cra. 5ta B/ 20 de
Julio vía a Cumbal (N). Ó
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propuestas

En medio magnético [email protected]; y
[email protected]
Plazo de ejecución:
5 días.
Lugar de Ejecución:
HOSPITAL GUACHUCAL ESE
Banco de Proyectos:
No aplica
Dependencia
Almacén y Laboratorio
Solicitante:
Supervisor del
De conformidad con lo establecido en los artículos 83 y 84 de la Ley 1474 de 2011, con el fin de
Contrato:
proteger la moralidad administrativa, de prevenir la ocurrencia de actos de corrupción y de tutelar la
transparencia de la actividad contractual, se establece que el contrato que se derive del presente
proceso de selección, será vigilado a través de un supervisor.
La supervisión consistirá en el seguimiento técnico, administrativo, financiero, contable, y jurídico
sobre el cumplimiento del objeto del contrato.
Por lo anterior, y atendiendo al objeto del contrato, EL HOSPITAL, designará como SUPERVISOR
al Coordinador de Laboratorio o quien haga sus veces al interior de la entidad.
Documentos que se
deben acreditar para la
legalización del
Contrato:
Acto administrativo de
justificación de la
contratación directa:
Igualmente será responsable de recibir los bienes, y autorizar los pagos, y responderá por los
hechos y omisiones que les fueren imputables en los términos previstos en el artículo 84 de la Ley
1474 y de las demás normas legales y reglamentarias que regulan el ejercicio de la supervisión de
los contratos.
Aplica
No.
Documentos
Si No
1.
Minuta del Contrato
X
2.
Banco de Proyectos
X
3.
Estudios Previos
X
4.
Certificado de Disponibilidad Presupuestal
X
5.
Propuesta o Cotización
X
6.
Hoja de Vida – Formato Único – Con sus Anexos
X
7.
Copia cedula de ciudadanía
X
8.
Libreta Militar o constancia de definición de la situación militar, solo
X
para hombres mayores de 18 años y menores de 50 años
9.
Registro Único Tributario (RUT)
X
10. Documento que certifique la idoneidad del contratista
X
11. Certificado de existencia y representación legal (persona jurídica)
X
12. Certificado de antecedentes fiscales (art. 1º Ley 190 de 1995)
X
13. Certificado de antecedentes disciplinarios (art. 1º Ley 190 de 1995)
X
14. Certificado de antecedentes judiciales (art. 1º Ley 190 de 1995)
X
15. Pago paz y salvo municipal
X
16. Planillas de Pago al Sistema de Seguridad Social Integral (Salud,
X
Pensiones y Riesgos Laborales)
17. Registro Presupuestal de Compromiso
X
18. Garantía Única
X
Además de los anteriores documentos, y los demás que exija el HOSPITAL, los proponentes no
deberán hallarse incursos en la inhabilidades, o incompatibilidades de que trata los Arts.127 de la
Constitución Política, Art. 11 de la Ley 73 de 1993, 8, 9 y 10 de la Ley 80 de 1993 y el artículo 4 de
la Ley 1474 de 2011 lo cual será declarado bajo juramento, que se entenderá prestado por la firma
de la propuesta o del contrato, según sea el caso.
De conformidad con lo estipulado en el artículo 17 del Acuerdo 002 de 2014 del Hospital Guachucal
ESE, el contrato que se llegue a realizar como producto del presente Estudio Previo, NO
REQUIERE DE ACTO ADMINISTRATIVO que justifique la contratación directa.
3. LA MODALIDAD DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA,
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SU JUSTIFICACIÓN Y FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Modalidad Selección:
Régimen Especial - Contratación Directa según acuerdo No. 002 de 2014
Tipo de Contrato:
Contratos sin formalidades plenas o simplificados
Justificación:
Se contratará directamente con la persona natural o jurídica que esté en capacidad de ejecutar el
objeto del contrato y cuente con la idoneidad para el Suministro de Materiales reactivos y de
laboratorio.
Fundamentos
La selección de EL CONTRATISTA es por la modalidad de contratación directa, de acuerdo con lo
Jurídicos:
señalado en numeral 2 del artículo 15 del acuerdo No.002 de junio 3 de 2014 y el numeral 25 del
artículo 17, ibídem, por tratarse de un contrato de adquisición de Materiales reactivos y de laboratorio,
las Empresas Sociales del Estado constituyen una categoría especial de entidad pública
descentralizada sometidas al régimen jurídico previsto en el Capítulo III, Título II del Libro II de la
Ley 100 de 1993 y sus modificaciones contenidas en las Leyes 1122 de 2007 y 1438 de 2011. Que el
numeral 6 del artículo 195 de la Ley 100 de 1993, establece que las Empresas Sociales del Estado se
someterán al régimen contractual de derecho privado, pero podrán, discrecionalmente, utilizar las
cláusulas excepcionales previstas en el Estatuto General de Contratación de la Administración
Pública. el artículo 13 de la Ley 1150 de 2007, establece que las entidades estatales que por
disposición legal cuenten con un régimen contractual distinto al del Estatuto General de Contratación
de la Administración Pública, aplicarán, en desarrollo de su actividad contractual y acorde con su
régimen legal especial, los principios de la función administrativa y la gestión fiscal de que tratan
los artículos 209 y 267 de la Constitución Política, respectivamente, según sea el caso y estarán
sometidos al régimen de inhabilidades e incompatibilidades previstos legalmente para la contratación
estatal. Que el artículo 76 de la Ley 1438 de 2011 estableció que las Juntas Directivas de las
Empresas Sociales del Estado deberán adoptar un estatuto de contratación de acuerdo con los
lineamientos que defina el Ministerio de la Protección Social, hoy de Salud y Protección Social.
4. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
Y LA JUSTIFICACIÓN DEL MISMO
El valor estimado del contrato es por la suma VEINTE MILLONES DE PESOS ($20.000.000) M/CTE
Valor estimado del
contrato:
Forma de Pago:
El valor del contrato que se derive del presente estudio previo será desembolsado según recibido a
satisfacción de la totalidad del suministro por parte del CONTRATISTA, siempre y cuando se haya
ejecutado en debida forma el objeto contractual y EL HOSPITAL a través del supervisor del contrato y
la Almacenista del Hospital hayan expedido la constancia de haber recibido a conformidad y a entera
satisfacción y según disponibilidad de caja
EL CONTRATISTA acreditará el pago correspondiente a sus aportes al Sistema General de
Seguridad Social Integral (Salud, Pensiones y ARL), en los montos y porcentajes establecidos por el
Gobierno, con los respectivos comprobantes de pago original.
C.D.P. No.
De fecha
Valor
Rubro
Disponibilidad
presupuestal:
2016000162
Expedido por:
Criterios
Selección:
de
05/02/2016
$20.000.000
220102
Tesorero para la vigencia fiscal 2016.
5. LOS CRITERIOS PARA SELECCIÓN LA OFERTA MÁS FAVORABLE
El contrato de Suministro de materiales reactivos y de laboratorio para el Hospital Guachucal ESE se
suscribe en función de la idoneidad del contratista. Por lo tanto se requiere de la presentación ofertas
para la celebración de este tipo de negocios jurídicos y la evaluación de la más favorable por parte
del Comité de Contratación teniendo en cuenta, calidad del producto, precio y plazo de entrega, de
conformidad con lo dispuesto en el Parágrafo Primero del artículo 17 del Estatuto de Contratación del
Hospital Guachucal E.S.E., (Acuerdo 002 de 2014).
6. ANÁLISIS DEL RIEGO Y LA FORMA DE MITIGARLO
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No.
1
2
3
4
5
Riesgo
Económicos
Sociales o Políticos
Operacionales
Naturales
Tecnológicos
Probabilidad:
Impacto:
Tipificación
Probabil
idad
Impacto
Calificación
Fluctuación en los precios del
R
Mn
Rb
mercado
Situaciones de orden público
R
Mn
Rb
Terrorismo
R
Mn
Rb
Cambio de políticas o programas de
R
Mn
Rb
Gobierno en el HOSPITAL.
Actos
mal
intencionados
de
I
Mn
Rm
terceros.
Cuando se deba suspender el
contrato por causas ajenas a la
R
Mn
Rb
voluntad del HOSPITAL.
Cuando se deba suspender el
contrato por causas ajenas a la
R
Mn
Rb
voluntad del Contratista.
El
Contratista
no
entrega
oportunamente El Suministro de
R
M
Rb
materiales reactivos y de laboratorio
En contratista no cumple con calidad
las especificaciones y obligaciones
R
M
Rb
del contrato.
En el evento de presentarse
temblores, inundaciones, lluvias,
I
Mn
Rm
sequias.
Falla en las telecomunicaciones.
Ps
Md
Rm
Suspensión de servicios públicos,
Ps
Mn
Rm
Advenimiento de nuevos desarrollos
Pb
M
Rb
tecnológicos.
Abrev.
Categoría
R
Raro (puede ocurrir excepcionalmente)
I
Improbable (puede ocurrir ocasionalmente)
Ps
Posible (puede ocurrir en cualquier momento futuro)
Pb
Probable (probablemente va a ocurrir
Cc
Casi cierto (ocurren en la mayoría de las circunstancias)
Calificación
Abrev.
Categoría
Cualitativa
Monetaria
Obstruye la ejecución
Los sobrecostos no
del contrato de
representan más del
I
Insignificante
manera
1% del valor del
intrascendente.
contrato.
Dificulta la ejecución
del contrato de
Los sobrecostos no
manera baja,
representan más del
Mn
Menor
aplicando medidas
5% del valor del
mínimas se pueden
contrato.
lograr el objeto
contractual
Afecta la ejecución
Genera un impacto
del contrato sin
sobre el valor del
Md
Moderado
alterar el beneficio
contrato entre el 5% y
para las partes
el 15%.
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Asignación
1
1
1
1
1
2
1
1-2
1-2
2
2
2
2
Valoración
1
2
3
4
5
Valoración
1
2
3
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Obstruye la ejecución
del contrato
Incrementa el valor
sustancialmente pero
M
Mayor
4
del contrato entre el
aun así permite la
15% y el 30%.
consecución del
objeto contractual
Perturba la ejecución
del contrato de
Impacto sobre el valor
manera grave
C
Catastrófico
5
del contrato en más del
imposibilitando la
30%.
consecución del
objeto contractual.
Abrev.
Abrev.
Categoría
Categoría
Calificación:
Re
Riesgo Extremo
Rm
Riesgo Medio
Ra
Riesgo Alto
Rb
Riesgo Bajo
Abrev.
Abrev.
Categoría
Categoría
Asignación:
1
El HOSPITAL
2
El Contratista
7. LAS GARANTÍAS QUE LA ENTIDAD ESTATAL CONTEMPLA
EXIGIR EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 del Estatuto de Contratación del Hospital Guachucal E.S.E., (Acuerdo 002 de
2014), EL HOSPITAL se exige las siguientes garantías: 1. Cumplimiento del Contrato de las obligaciones contractuales que
deberá ser equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato y extenderse por el término de este y cuatro (04) meses
más; 2. La calidad de los bienes suministrados equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato y estar vigente
durante todo el término contractual y seis (06) meses más.
8. LA INDICACIÓN DE SI EL PROCESO DE CONTRATACIÓN ESTA COBIJADO POR UN ACUERDO COMERCIAL
La Contratación Directa no está cobijada por Acuerdos Internacionales o Tratados de Libre Comercio.
RITHA ANGELINA AGUIRRE
Almacenista
ANYELA DIANA OLIVA VALLEJO
Coordinador de Laboratorio Clínico
Proyectó/Revisó:
Hernán Arturo Moreno Jaramillo
Asesor Jurídico.
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