boletin COOPERATIVAS 1 2016

BOLETIN COOPERATIVO
31 DE ENERO DE 2016
Numero Coleccionable
Puntos de interés especial:
• El Boletín Cooperativo
inicia su actividad con
este primer numero de la
gestión 2016, esperanzados de ser recepcionados
con su lectura y colección.
• La Consultora Asesoría
SRL. Para el mes de febrero 2016, ha preparado
el curso FUNCIONAMIENTO Y ADMINISTRACION
DE UNA COOPERATIVA,
para postulantes a Consejeros de las Cooperativas
en fechas 6, 13, 20, 27
de febrero y 7 de Marzo
pudiendo inscribirse para
cualquier sábado. Consultas al Telf. 4592899.
• La FEBOCAC junto con la
CONCOBOL, está tramitando 2 decretos en beneficio de las Cooperativas.
• La AFCOOP continua recibiendo la homologación
de sus estatutos actividad
que tiene como fecha
limite el 13 de mayo de
2016.
• Se debe retomar la Educación Cooperativa en las
Cooperativas para contar
con Consejeros que se
responsabilicen eficientemente de sus funciones y
atribuciones.
www.asesoriacooperativa.com
Responsable de Edición : Edwing Rivas Serrano
Correo electrónico: [email protected]
[email protected] - Celular 72651237
VOLUMEN 5, N°1
Cochabamba—Bolivia
CONTRATO DE DEPOSITOS CON FUNCIONARIOS
Se ha modificado con la circular
ASFI/368/2016 el reglamento
para depósitos de ejecutivos y
Funcionarios, al respecto debemos aclarar que no esta prohibido la apertura de cuentas de
ahorro a funcionarios, ni ejecutivos.
MODIFICACIONES
Se ha modificado el nombre de
reglamento para contrato de
depósitos con funcionarios a
Reglamento para depósitos de
ejecutivos y funcionarios de las
entidades de intermediación
financiera.
Se modifica la sección 1 sobre
aspectos generales referente al
objeto del reglamento y su ámbito de aplicación.
Se incorpora de la sección 2
sobre lineamientos generales
considerando aspectos referidos
a la identificación de las Cuentas
de Caja de ahorro y DOP de los
ejecutivos y funcionarios de la
Cooperativa, además del control
que la entidad debe ejercer sobre los traspasos entre cuentas y
reportes de monitoreo.
En la Sección 3 se incorpora las
responsabilidades de la Gerencia, Auditoria y las infracciones
especificas.
ASPECTOS GENERALES
1. Identificación de cuenta.–
cuenta.– Para
las Cooperativas se debe identificar las Cuentas de Caja de Ahorro
y los Depósitos a Plazo Fijo (DPF)
de los ejecutivos y funcionarios,
que deben tener un código que
las identifique del resto de cuentas para su control respectivo.
La norma establece que las Cooperativas deben depositar los
haberes mensuales y otros beneficios que por ley pudieran corresponder a sus ejecutivos y funcionarios en las Cuentas de Caja de
Ahorro que éstos mantengan en
la Cooperativa.
2. Sobre los Traspasos generados
internamente a cuentas a plazo y
de ahorro de los ejecutivos y funcionarios, deben ser monitoreados por una instancia designada
por la Cooperativa (Tesorero).
3. Sobre los Reportes de monitoreo la Cooperativa debe generar
un reporte diario de los movimientos y/o transacciones efectuados
en las, las Cuentas de Caja de
Ahorro y los Depósitos a Plazo Fijo
(DPF) de sus ejecutivos y funcionarios, los cuales deben ser revisados por la instancia designada
de la entidad (Puede ser el Tesorero).
4. Responsabilidades.Responsabilidades.- El Gerente
General de la Cooperativa, es
responsable por el cumplimiento
y difusión interna del Reglamento.
5. Auditoria Interna.Interna El Auditor
Interno debe incorporar en su
Plan Anual de Trabajo, la revisión
del reporte generado diariamente
por el sistema, de los movimientos y/o transacciones realizadas
en las Cuentas de Cajas de Ahorro y los Depósitos a Plazo Fijo
(DPF) de los ejecutivos y funcionarios, así como del cumplimiento
de las disposiciones contenidas
en el Reglamento, dejando constancia de los resultados de su
labor en sus papeles de trabajo e
informes emitidos.
6. Infracciones.Infracciones.- Se consideran
como infracciones específicas las
siguientes:
a. Cuando las cuentas de los ejecutivos y funcionarios de la CAC
no hayan sido codificadas, de
manera que sean diferenciadas
del resto de las cuentas;
b. Cuando la instancia designada
por la CAC no efectúe el monitoreo y control delos traspasos,
movimientos y/o transacciones.
7. Régimen de Sanciones.Sanciones El
incumplimiento o inobservancia
de éste Reglamento, dará lugar al
inicio del procedimiento administrativo sancionatorio.
LA IMPORTANCIA DEL COMITÉ ELECTORAL
El Comité Electoral de un tiempo
a esta parte se ha convertido en
una necesidad de las Cooperativas porque en estos tiempos ya
no existe la votación por aclamación ni a solicitud de un grupo de
• La circulares emitidas por socios que en anteriores años
la ASFI en el mes de ene- podían cambiar Directorios comro son las siguientes: AS- pletos.
En la actualidad esta forma caFI/366 al 371 del 2016.
vernícola populista y dictatorial
de elegir candidatos ya no es
posible en las Entidades Financieras Cooperativas, simplemente porque deben asegurarse que
exista continuidad de Consejeros
que sigan un Plan Estratégico,
Plan de Actividades y Objetivos a
largo plazo. Los Consejeros salientes deben realizar un informe
de su actuación y los Consejeros
entrantes deben tener experiencia y capacidad en el manejo
financiero o Cooperativo.
Trabajo en equipo símbolo de Éxito¡
Por esta razón el Comité Electoral que depende directamente de
la Asamblea General de Socios
debe actuar en forma independiente e imparcial y apegada a la
normativa vigente actual, vale
decir utilizar por orden de prelación la Ley de Servicios Financieros Nº 393, Ley General de Cooperativas Nº 356, Decreto supremo Nº 1995, Estatuto Orgánico, Reglamento Electoral y la
Recopilación de Normas para
Entidades Financieras.
ELECCION
La Asamblea General Ordinaria
de Socios elegirá anualmente al
Comité Electoral integrada por
tres (3) miembros titulares y dos
(2) suplentes que deberán ser
socios hábiles que no se encuentren impedidos por Ley, no tengan ninguna relación de depen-
dencia contractual con la entidad, ni conflicto de intereses ni
procesos internos en la Cooperativa.
CONFORMACION
Este Comité elegirá de su seno a
un Presidente, un Secretario, un
Vocal y dos vocales suplentes.
CONFORMACION
El Comité Electoral tiene como
responsabilidad la organización y
control del proceso de elecciones
y toma decisiones por votación
de socios, tanto en Asambleas
Generales Ordinarias como Extraordinarias de la Cooperativa. Sus
decisiones son definitivas e inapelables.
FUNCION
Entrara en funcionamiento faltando 90 días a la realización de
una elección.