BOLETIN COOPERATIVO 31 DE ENERO DE 2016 Numero Coleccionable Puntos de interés especial: • El Boletín Cooperativo inicia su actividad con este primer numero de la gestión 2016, esperanzados de ser recepcionados con su lectura y colección. • La Consultora Asesoría SRL. Para el mes de febrero 2016, ha preparado el curso FUNCIONAMIENTO Y ADMINISTRACION DE UNA COOPERATIVA, para postulantes a Consejeros de las Cooperativas en fechas 6, 13, 20, 27 de febrero y 7 de Marzo pudiendo inscribirse para cualquier sábado. Consultas al Telf. 4592899. • La FEBOCAC junto con la CONCOBOL, está tramitando 2 decretos en beneficio de las Cooperativas. • La AFCOOP continua recibiendo la homologación de sus estatutos actividad que tiene como fecha limite el 13 de mayo de 2016. • Se debe retomar la Educación Cooperativa en las Cooperativas para contar con Consejeros que se responsabilicen eficientemente de sus funciones y atribuciones. www.asesoriacooperativa.com Responsable de Edición : Edwing Rivas Serrano Correo electrónico: [email protected] [email protected] - Celular 72651237 VOLUMEN 5, N°1 Cochabamba—Bolivia CONTRATO DE DEPOSITOS CON FUNCIONARIOS Se ha modificado con la circular ASFI/368/2016 el reglamento para depósitos de ejecutivos y Funcionarios, al respecto debemos aclarar que no esta prohibido la apertura de cuentas de ahorro a funcionarios, ni ejecutivos. MODIFICACIONES Se ha modificado el nombre de reglamento para contrato de depósitos con funcionarios a Reglamento para depósitos de ejecutivos y funcionarios de las entidades de intermediación financiera. Se modifica la sección 1 sobre aspectos generales referente al objeto del reglamento y su ámbito de aplicación. Se incorpora de la sección 2 sobre lineamientos generales considerando aspectos referidos a la identificación de las Cuentas de Caja de ahorro y DOP de los ejecutivos y funcionarios de la Cooperativa, además del control que la entidad debe ejercer sobre los traspasos entre cuentas y reportes de monitoreo. En la Sección 3 se incorpora las responsabilidades de la Gerencia, Auditoria y las infracciones especificas. ASPECTOS GENERALES 1. Identificación de cuenta.– cuenta.– Para las Cooperativas se debe identificar las Cuentas de Caja de Ahorro y los Depósitos a Plazo Fijo (DPF) de los ejecutivos y funcionarios, que deben tener un código que las identifique del resto de cuentas para su control respectivo. La norma establece que las Cooperativas deben depositar los haberes mensuales y otros beneficios que por ley pudieran corresponder a sus ejecutivos y funcionarios en las Cuentas de Caja de Ahorro que éstos mantengan en la Cooperativa. 2. Sobre los Traspasos generados internamente a cuentas a plazo y de ahorro de los ejecutivos y funcionarios, deben ser monitoreados por una instancia designada por la Cooperativa (Tesorero). 3. Sobre los Reportes de monitoreo la Cooperativa debe generar un reporte diario de los movimientos y/o transacciones efectuados en las, las Cuentas de Caja de Ahorro y los Depósitos a Plazo Fijo (DPF) de sus ejecutivos y funcionarios, los cuales deben ser revisados por la instancia designada de la entidad (Puede ser el Tesorero). 4. Responsabilidades.Responsabilidades.- El Gerente General de la Cooperativa, es responsable por el cumplimiento y difusión interna del Reglamento. 5. Auditoria Interna.Interna El Auditor Interno debe incorporar en su Plan Anual de Trabajo, la revisión del reporte generado diariamente por el sistema, de los movimientos y/o transacciones realizadas en las Cuentas de Cajas de Ahorro y los Depósitos a Plazo Fijo (DPF) de los ejecutivos y funcionarios, así como del cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Reglamento, dejando constancia de los resultados de su labor en sus papeles de trabajo e informes emitidos. 6. Infracciones.Infracciones.- Se consideran como infracciones específicas las siguientes: a. Cuando las cuentas de los ejecutivos y funcionarios de la CAC no hayan sido codificadas, de manera que sean diferenciadas del resto de las cuentas; b. Cuando la instancia designada por la CAC no efectúe el monitoreo y control delos traspasos, movimientos y/o transacciones. 7. Régimen de Sanciones.Sanciones El incumplimiento o inobservancia de éste Reglamento, dará lugar al inicio del procedimiento administrativo sancionatorio. LA IMPORTANCIA DEL COMITÉ ELECTORAL El Comité Electoral de un tiempo a esta parte se ha convertido en una necesidad de las Cooperativas porque en estos tiempos ya no existe la votación por aclamación ni a solicitud de un grupo de • La circulares emitidas por socios que en anteriores años la ASFI en el mes de ene- podían cambiar Directorios comro son las siguientes: AS- pletos. En la actualidad esta forma caFI/366 al 371 del 2016. vernícola populista y dictatorial de elegir candidatos ya no es posible en las Entidades Financieras Cooperativas, simplemente porque deben asegurarse que exista continuidad de Consejeros que sigan un Plan Estratégico, Plan de Actividades y Objetivos a largo plazo. Los Consejeros salientes deben realizar un informe de su actuación y los Consejeros entrantes deben tener experiencia y capacidad en el manejo financiero o Cooperativo. Trabajo en equipo símbolo de Éxito¡ Por esta razón el Comité Electoral que depende directamente de la Asamblea General de Socios debe actuar en forma independiente e imparcial y apegada a la normativa vigente actual, vale decir utilizar por orden de prelación la Ley de Servicios Financieros Nº 393, Ley General de Cooperativas Nº 356, Decreto supremo Nº 1995, Estatuto Orgánico, Reglamento Electoral y la Recopilación de Normas para Entidades Financieras. ELECCION La Asamblea General Ordinaria de Socios elegirá anualmente al Comité Electoral integrada por tres (3) miembros titulares y dos (2) suplentes que deberán ser socios hábiles que no se encuentren impedidos por Ley, no tengan ninguna relación de depen- dencia contractual con la entidad, ni conflicto de intereses ni procesos internos en la Cooperativa. CONFORMACION Este Comité elegirá de su seno a un Presidente, un Secretario, un Vocal y dos vocales suplentes. CONFORMACION El Comité Electoral tiene como responsabilidad la organización y control del proceso de elecciones y toma decisiones por votación de socios, tanto en Asambleas Generales Ordinarias como Extraordinarias de la Cooperativa. Sus decisiones son definitivas e inapelables. FUNCION Entrara en funcionamiento faltando 90 días a la realización de una elección.
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