GENDARMERÍA NACIONAL ARGENTINA

https://www.boletinoficial.gob.ar/pdf/linkQR/QWFZZTVTaXBnVDQrdTVReEh2ZkU0dz09
GENDARMERÍA NACIONAL ARGENTINA
Decisión Administrativa 71/2016
Déjase sin efecto Contratación Directa.
Bs. As., 16/02/2016
VISTO el Expediente CUDAP:EXP-SEG: 0004245/2015 del registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la
Decisión Administrativa N° 1348 del 3 de diciembre de 2015, el Régimen de Contrataciones de la
Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1023 del 13 de agosto de 2001 y sus modificatorios,
el Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N°
893 del 7 de junio de 2012, modificado por su similar N° 1039 del 29 de julio de 2013, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Decisión Administrativa citada en el VISTO, se aprobó lo actuado en la Contratación
Directa por Adjudicación Simple por Exclusividad N° 07/2015 de la GENDARMERÍA NACIONAL
ARGENTINA para la adquisición de UN (1) Helicóptero con su equipamiento para ser configurado como
multipropósito, marca Airbus Helicopters modelo EC-145; se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones
Particulares que rigió dicho procedimiento de selección; y se adjudicó la contratación directa en cuestión
a la firma comercial AIRBUS HELICOPTERS SAS, representada por ATEC —Aeronautics &
Technologies— S.A., por la suma de EUROS DIEZ MILLONES TRESCIENTOS DIECIOCHO MIL (€
10.318.000,00), por ajustarse a lo solicitado y ser su precio conveniente.
Que el MINISTERIO DE SEGURIDAD solicita que se deje sin efecto este procedimiento de contratación
en atención al esfuerzo e impacto económico-financiero que demandaría la adquisición de la aeronave
para el presupuesto de esa jurisdicción, que obstará a una adecuada asignación de los recursos
disponibles para hacer frente a las prioridades, estrategias y acciones de gobierno que surgen del plan de
gobierno y de la política pública de seguridad ciudadana adoptados por la nueva Gestión.
Que el artículo 20 del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto
N° 1023/01 y sus modificatorios prescribe que los contratos quedarán perfeccionados en el momento de
notificarse la orden de compra o de suscribirse el instrumento respectivo, en los plazos y con las
modalidades que determine la reglamentación; y que las jurisdicciones o entidades podrán dejar sin
efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato,
sin lugar a indemnización alguna en favor de los interesados u oferentes. A su turno, y
concordantemente, el artículo 96 del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración
Nacional aprobado por el Decreto N° 893/12, modificado por su similar N° 1039/13, dispone que la
notificación de la orden de compra o de venta al adjudicatario producirá el perfeccionamiento del contrato.
Que la presente contratación no se halla perfeccionada por no haberse notificado al adjudicatario la orden
de compra respectiva.
Página 1
https://www.boletinoficial.gob.ar/pdf/linkQR/QWFZZTVTaXBnVDQrdTVReEh2ZkU0dz09
Que la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SEGURIDAD ha tomado la
intervención que le corresponde.
Que el suscripto es competente para el dictado de la presente medida en virtud del artículo 100, incisos
1° y 2°, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, y del artículo 14, inciso c), del Reglamento del Régimen de
Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 893/12, modificado por su
similar N° 1039/13.
Por ello,
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Déjase sin efecto la Contratación Directa por Adjudicación Simple por Exclusividad N°
07/2015 de la GENDARMERÍA NACIONAL ARGENTINA para la adquisición de UN (1) Helicóptero con
su equipamiento para ser configurado como multipropósito, marca Airbus Helicopters modelo EC-145; y,
en consecuencia, lo dispuesto en la Decisión Administrativa N° 1348/15.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —
Marcos Peña. — Patricia Bullrich.
Fecha de publicacion: 17/02/2016
Página 2