Gaceta Judicial-742322-jud_tac_-_19_feb

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La República
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
Viernes, 19 de febrero del 2016
Avisos Judiciales
EDICTO PENAL
EXP. N° 913-2012-35-2301 -JR-PE-03 - REO AUSENTE
TERCER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE
TACNA
ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: ABOG. GLADYS
SANTOS CUTIPA.En el proceso N° 913-2012-35-2301-JR-PE-03, seguido contra Alexandra Jocelyn Echevers Lazcano, por el presunto
delito de Contrabando, en agravio del Estado-Sunat; el señor Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria
de Tacna, ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a la imputada ALEXANDRA JOCELYN ECHEVERS LAZCANO, con
el contenido de la resolución número uno de fecha veinte
de octubre del año dos mil catorce, mediante la cual se
resuelve: “1.- Declarar FUNDADO el requerimiento Fiscal;
en consecuencia, DECLARESE REO AUSENTE a la imputada
ALEXANDRA JOCELYN ECHEVERS LAZCANO; a quien se le
deberá notificar mediante Edictos por TRES DIAS HABILES
CONSECUTIVOS en los diarios “El Peruano” y “Correo”, debiendo notificarse a la Dirección de la Defensoría Pública
para que designe un abogado defensor público para la
defensa del imputado. 2- SE DISPONE LA CONDUCCIÓN
COMPULSIVA HASTA POR VEINTICUATRO HORAS de la imputada ALEXANDRA JOCELYN ECHEVERS LAZCANO (...) a
fin de que el Fiscal Provincial del Segundo Despacho de
Investigación de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa
de Tacna, continué con las investigaciones (...)”.- Fdo. Dra.
Sonia Carolina Marín Valdivia, Juez del Tercer Juzgado de
Investigación Preparatoria de Tacna.- Fdo. Abog. Gladys
Santos Cutipa, Especialista Judicial de Juzgado.-Tacna, 15
de Octubre del 2015. SONIA CAROLINA MARIN VALDIVIA.
Juez (T) del 3er Juzgado de Investigación Preparatoria.
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. GLADYS CECILIA
SANTOS CUTIPA. Especialista Judicial de los Juzgados de
Investigación Preparatoria. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA
DE TACNA. (3 v /19, 22,23 Feb.)
EDICTO PENAL
EXP. N° 913-2012-51-2301-JR-PE-03 - REQUERIMIENTO
DE CONTROL DE ACUSACION TERCER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TACNA ESPECIALISTA
JUDICIAL DE JUZGADO: ABOG. GLADYS SANTOS CUTIPA.En el proceso N° 913-2012-51-2301-JR-PE-03, seguido
contra Alexandra Jocelyn Echevers Lazcano, por el presunto delito de Contrabando, en agravio del Estado-Sunat; la señorita Juez del Tercer Juzgado de Investigación
Preparatoria de Tacna, ha dispuesto SE NOTIFIQUE POR
EDICTOS a la imputada ALEXANDRA JOCELYN ECHEVERS
LAZCANO, con el contenido de la resolución número cuatro de fecha quince de octubre del año dos mil quince,
mediante la cual se resuelve: “De la revisión de autos, se
verifica que la acusada ALEXANDRA JOCELYN ECHEVERS
LAZCANO, no cuenta no abogado defensor, por lo que se
le requiere designe abogado particular de su libre elección en el término del tercer día de notificado; y en caso
de no cumplir lo indicado, el juzgado solicitará a la Dirección de Defensa Pública designe defensa pública que lo
represente en el proceso. Por lo que estando al retraso en
el trámite del presente proceso, y de acuerdo a lo solicitado en el requerimiento acusatorio por el señor Fiscal, notifíquese la presente resolución a la prenombrada acusada
mediante edicto. Se llama la atención a la Especialista
Cinthia Domínguez Montes por el retraso incurrido. Interviene la señorita Magistrado que suscribe y funciones
la Especialista de Juzgado que da cuenta por disposición
Superior. Fdo. Dra. Sonia Carolina Marin Valdivia, Juez del
Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna.Fdo. Abog. Gladys Santos Cutipa, Especialista Judicial de
Juzgado.-Tacna, 15 de Octubre del 2015. SONIA CAROLINA MARIN VALDIVIA. Juez (T) del 3er Juzgado de Investigación Preparatoria. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE
TACNA. GLADYS CECILIA SANTOS CUTIPA. Especialista Judicial de los Juzgados de Investigación Preparatoria. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. (3 v /19, 22,23 Feb.)
EDICTO PENAL
EXP. N° 913-2012-35-2301 -JR-PE-03 - REO AUSENTE
TERCER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE
TACNA
ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: ABOG. GLADYS
SANTOS CUTIPA.En el proceso N° 913-2012-35-2301-JR-PE-03, seguido contra Alexandra Jocelyn Echevers Lazcano, por el presunto
delito de Contrabando, en agravio del Estado-Sunat; el señor Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria
de Tacna, ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a la imputada ALEXANDRA JOCELYN ECHEVERS LAZCANO, con
el contenido de la resolución número uno de fecha veinte
de octubre del año dos mil catorce, mediante la cual se
resuelve: “1.- Declarar FUNDADO el requerimiento Fiscal;
en consecuencia, DECLARESE REO AUSENTE a la imputada
ALEXANDRA JOCELYN ECHEVERS LAZCANO; a quien se le
deberá notificar mediante Edictos por TRES DIAS HABILES
CONSECUTIVOS en los diarios “El Peruano” y “Correo”, debiendo notificarse a la Dirección de la Defensoría Pública
para que designe un abogado defensor público para la
defensa del imputado. 2- SE DISPONE LA CONDUCCIÓN
COMPULSIVA HASTA POR VEINTICUATRO HORAS de la imputada ALEXANDRA JOCELYN ECHEVERS LAZCANO (...) a
fin de que el Fiscal Provincial del Segundo Despacho de
Investigación de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa
de Tacna, continué con las investigaciones (...)”.- Fdo. Dra.
Sonia Carolina Marín Valdivia, Juez del Tercer Juzgado de
Investigación Preparatoria de Tacna.- Fdo. Abog. Gladys
Santos Cutipa, Especialista Judicial de Juzgado.-Tacna, 15
de Octubre del 2015. SONIA CAROLINA MARIN VALDIVIA.
Juez (T) del 3er Juzgado de Investigación Preparatoria.
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. GLADYS CECILIA
SANTOS CUTIPA. Especialista Judicial de los Juzgados de
Investigación Preparatoria. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA
DE TACNA. (3 v /19, 22,23 Feb.)
EDICTO PENAL
EXP. N° 913-2012-51-2301-JR-PE-03 - REQUERIMIENTO
DE CONTROL DE ACUSACION TERCER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TACNA ESPECIALISTA
JUDICIAL DE JUZGADO: ABOG. GLADYS SANTOS CUTIPA.En el proceso N° 913-2012-51-2301-JR-PE-03, seguido
contra Alexandra Jocelyn Echevers Lazcano, por el presunto delito de Contrabando, en agravio del Estado-Sunat; la señorita Juez del Tercer Juzgado de Investigación
Preparatoria de Tacna, ha dispuesto SE NOTIFIQUE POR
EDICTOS a la imputada ALEXANDRA JOCELYN ECHEVERS
LAZCANO, con el contenido de la resolución número cuatro de fecha quince de octubre del año dos mil quince,
mediante la cual se resuelve: “De la revisión de autos, se
verifica que la acusada ALEXANDRA JOCELYN ECHEVERS
LAZCANO, no cuenta no abogado defensor, por lo que se
le requiere designe abogado particular de su libre elección en el término del tercer día de notificado; y en caso
de no cumplir lo indicado, el juzgado solicitará a la Dirección de Defensa Pública designe defensa pública que lo
represente en el proceso. Por lo que estando al retraso en
el trámite del presente proceso, y de acuerdo a lo solicitado en el requerimiento acusatorio por el señor Fiscal, notifíquese la presente resolución a la prenombrada acusada
mediante edicto. Se llama la atención a la Especialista
Cinthia Domínguez Montes por el retraso incurrido. Interviene la señorita Magistrado que suscribe y funciones
la Especialista de Juzgado que da cuenta por disposición
Superior. Fdo. Dra. Sonia Carolina Marin Valdivia, Juez del
Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna.Fdo. Abog. Gladys Santos Cutipa, Especialista Judicial de
Juzgado.-Tacna, 15 de Octubre del 2015. SONIA CAROLINA MARIN VALDIVIA. Juez (T) del 3er Juzgado de Investigación Preparatoria. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE
TACNA. GLADYS CECILIA SANTOS CUTIPA. Especialista Judicial de los Juzgados de Investigación Preparatoria. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. (3 v /19, 22,23 Feb.)
ROL DE AUDIENCIAS PROGRAMADAS EN EL MODULO PENAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA.
FECHA: Viernes 19 de Febrero del 2016.
Nro.
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8
9
Expediente
2015-01210-85
2015-01988-82
2007-661-0
2012-685-13
2016-00435-0
2015-00117-95
2014-02063-76
2014-01365-82
2013-00102-13
Organo Jurisdiccional
J.INVESTIG. PREPARATORIA - MBJ Alto del Alianza
JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL
SALA DE APELACIONES - Sede Central
SALA DE APELACIONES - Sede Central
2° JUZ. INV. PREP. - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL
3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL
JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL
SALA DE APELACIONES - Sede Central
Sala Audiencia
SALA 01 PENAL DE POCOLLAY
SALA 01 PENAL DE POCOLLAY
SALA 03 PENAL DE POCOLLAY
SALA 03 PENAL DE POCOLLAY
SALA 2 JIP - 1ER PISO
SALA 3 JUNI - 2DO PISO
SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO
SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO
SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO
Hora Delito
09:00 Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas.
15:00 Violación de la libertad sexual.
09:00 Referencia
11:00 Ley de los delitos aduaneros.
15:00 Omisión de asistencia familiar
11:00 Omisión de asistencia familiar
08:30 Robo.
10:00 Violación sexual de menor de edad .
09:00 Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas.
Viernes, 19 de febrero del 2016
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La República
CRONOGRAMA DE ELECCIONES DE JUEZ DE PAZ DE 24 DE JUNIO
Distrito de Gregorio Albarracin
Nº
FECHA
23 de diciembre 2015
24,28,29,30
y
diciembre 2015
31
de
04,05 y 06 de enero 2016
07,08 y 11 de enero 2016
12 de enero 2016
13,14 y 15 de enero 2016
18 y 19 de enero 2016
20,21,22 de enero 2016
25,26 y 27 de enero 2016
28 y 29 de enero 2016
01 y 02 de febrero 2016
03, 04 y 05 de febrero 2016
08,09 y 10 de febrero 2016
11 de febrero 2016
12,15 y 16 de febrero
201617 de febrero 2016
17 de febrero 2016
Del 18 al 29 de febrero
2016
06 de Marzo 2016
06 de marzo 2016
07,08 y 09 de marzo 2016
14 de marzo de 2016
ACTIVIDAD
PUBLICACION DEL CRONOGRAMA
DE ELECCIONES (Art. 43°)
Publicación del Padrón Electoral
Art. 48° (5 días hábiles)
LUGAR/OTROS
I.E. Luís Alberto
Sánchez y otros
Local de la Comisión
Electoral, Lugares
públicos
Inclusión de electores al Padrón
electoral ( Art. 49°) 03 días
Impugnación al padrón electoral (
Art. 50°) 03 Días
PUBLICACION
DEFINITIVA
DEL
PADRON ELECTORAL REMISION AL
JUEZ DECANO (ART. 51°)
Inscripción
de
Candidatos
y
Evaluación de Expedientes Art. 54°
Subsanación de Carpetas ( Art. 57°)
02 días
Publicación de candidatos inscritos
Art. 60°
Formulación de Tachas contra
Candidatos (Art. 61°) 03 días hábiles
posteriores a la publicación
Traslado de tachas (Art. 62°) 02 días
Absolución de Tachas (Art. 62°) 02
días
Resolución de Tachas ( Art. 63°) 03
días
Apelación
de
Resolución
que
resuelve las Tachas ( Art. 64°) 03 días
Elevación al Juez Decano ( art.64°) en
el día
Resolución de Apelaciones ( Art. 64°)
03 días
Sorteo de números para postulantes
(art. 65°) y publicación de candidatos
aptos
Publicidad de candidaturas (art.
66,67° y 68°)
Elecciones
Impugnación de resultados de la
elección ( ante la Comisión Electoral
el mismo día)
Juez
Decano
resuelve
impugnaciones (art. 82°) 03 días
Proclamación de resultados (art. 83°)
LA COMISION ELECTORAL
Local: J:V La Concordia Mz J L 21( ex A.V. Jaime Yoshiyama)
Horario de atención: de lunes a viernes de 06:00 a 10:00
Teléfonos: 952678836,945382260 y 952685037
I.E. Luís Alberto
Sánchez
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SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
Viernes, 19 de febrero del 2016
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públ ica el Perú
Re
Corte Superior de Justicia de Tacna
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 843 -2015-P-CSJT-PJ
Tacna, Cuatro de Noviembre
Del año dos mil quince.VISTO:
El Informe N° 040-2015-ODAJUP-CSJT-PJ a través del cual la Oficina Distrital de Apoyo a
la Justicia de Paz de esta Corte Superior, hace llegar a este Despacho la relación de
Juzgados de Paz que tienen competencias restringidas en el Distrito Judicial de Tacna; y,
CONSIDERANDO:
PRIMERO.- La Justicia de Paz es una institución regulada por la Ley N° 29824, Ley de
Justicia de Paz y su Reglamento el Decreto Supremo N° 007-2013-JUS, que tiene por
objetivo facilitar el acceso a la justicia para aquellas poblaciones o comunidades
campesinas o nativas que, por su ubicación geográfica, no pueden acceder al servicio
formal de justicia brindado por el Poder Judicial a través de sus diferentes Cortes
Superiores, respetando en todos los casos la igualdad de oportunidades y derechos de las
personas, así como la inclusión de grupos vulnerables, debiéndole otorgar especial
atención a la realidad pluricultural y multilingual de cada región, así como las
costumbres y tradiciones de las comunidades campesinas y nativas que la componen;
SEGUNDO.- Mediante Resolución Administrativa N° 012-2015-ONAJUP-CE-PJ, la Oficina
Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena aprueba los “Lineamientos para la
Determinación de Competencias de los Juzgados de Paz en Materia de Funciones
Notariales, Faltas y Violencia Familiar” con la finalidad de implementar las disposiciones
contenidas en la Ley de Justicia de Paz en cuanto a la determinación de las competencias
materiales de los Jueces de Paz; sobre este aspecto refiere el Art. 3° de los citados
Lineamientos que aquellos Juzgados de Paz que estén ubicados en centros poblados
donde existe Juzgado de Paz Letrado carecen de competencia en materia de faltas y
violencia familiar, de conformidad con lo señalado en el Art. 16° de la Ley de Justicia de
Paz;
TERCERO.- Dentro de este marco normativo, mediante Of. N° 380-2015-ONAJUP/CE-PJ
del 21 de Septiembre del presente año, la ONAJUP remite una propuesta inicial del listado
de Juzgados con Competencia Completa y Competencia Restringida para el Distrito
Judicial de Tacna, lo que ha sido consensuado con la Oficina Distrital de Apoyo a la
Justicia de Paz, habiendo evacuado el informe del Visto en uso de las facultades
otorgadas por las disposiciones normativas acotadas en los Considerandos precedentes,
definiendo la relación de Juzgados de Paz que, por su cercana ubicación al servicio de
justicia ordinaria, no reúnen las condiciones y criterios normativos para que puedan
conservar la competencia en materia de Faltas y Violencia Familiar a que se contrae el
Viernes, 19 de febrero del 2016
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
Art. 16° de la acotada ley, indicando que aquellos Juzgados que no están comprendidos
en dicho listado mantienen sus competencias completas, en tal sentido, con la
observancia del espíritu de la Ley de Justicia de Paz y, en aras de brindar una adecuada
protección a la seguridad jurídica y al derecho de los particulares, de la colectividad y del
Estado, deviene procedente emitir el acto que formalice la relación alcanzada a este
Despacho mediante el citado informe;
Por estas consideraciones, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 90° del Texto Único
Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial;
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- DEFINIR la relación de Juzgados de Paz que tienen competencia
restringida en materia de Faltas y Violencia Familiar en el Distrito Judicial de Tacna:
- Juzgado de Paz de La Esperanza
- Juzgado de Paz de Ciudad Nueva
- Juzgado de Paz de Alto de la Alianza
- Juzgado de Paz de Augusto B. Leguía
- Juzgado de Paz de 28 de Agosto
- Juzgado de Paz de Gregorio Albarracín
- Juzgado de Paz de Eloy G. Ureta
- Juzgado de Paz de Leoncio Prado
- Juzgado de Paz de La Natividad
- Juzgado de Paz de Asociación 24 de Junio
- Juzgado de Paz de Francisco de Paula Gonzalez Vigil
- Juzgado de Paz de Francisco Bolognesi
- Juzgado de Paz de Pocollay
- Juzgado de Paz de Para Chico
- Juzgado de Paz de Locumba
- Juzgado de Paz de Tarata
- Juzgado de Paz de Candarave
ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER que la presente resolución tendrá vigencia a partir
del día siguiente de su publicación en el Diario Judicial y en el Diario Oficial “El Peruano”
para el conocimiento de toda la colectividad y estricta observancia de los juzgados
involucrados.
ARTÍCULO TERCERO.- REMITIR copia de la presente Resolución Administrativa a la
Oficina de Administración de la Corte Superior de Justicia de Tacna, a la Oficina Nacional
de Justicia de Paz, a la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura y a los
Juzgados involucrados.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Jorge Antonio Armaza Galdos
Presidente
Corte Superior de Justicia de Tacna
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Corte Superior de Justicia de Tacna
PRESIDENCIA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 0050-2016-P-CSJT-PJ
Tacna, veintiuno de enero
Del año dos mil dieciséis.VISTA: La Resolución Administrativa N° 356-2015-CE-PJ de fecha dieciséis de diciembre del año dos mil quince
expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de fecha dieciséis de diciembre del año dos mil quince; y
CONSIDERANDO:
PRIMERO: Mediante la Resolución Administrativa N° 356-2015-CE-PJ se dispone que las vacaciones en el Año Judicial
dos mil dieciséis, para Jueces y personal auxiliar, se harán efectivas del uno de febrero al uno de marzo del año dos mil
dieciséis.
SEGUNDO: Asimismo, se ha dispuesto que los Juzgados de Investigación Preparatoria Nacionales y los órganos
jurisdiccionales de Flagrancia, Omisión de Asistencia Familiar y Conducción en Estado de Ebriedad o Drogadicción del
país, programarán el rol de vacaciones de jueces y personal auxiliar teniendo en cuenta los plazos procesales de los
expedientes a su cargo y la necesidad del servicio; dando cuenta al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial sobre las
acciones adoptadas al respecto.
TERCERO: El artículo tercero de la mencionada Resolución Administrativa establece que durante el mes de vacaciones
funcionarán órganos jurisdiccionales de emergencia que designen los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia
del país, los cuales seguirán conociendo y tramitando los procesos a su cargo; así como además atenderán
exclusivamente las siguientes materias de los órganos jurisdiccionales que saldrán de vacaciones:
Penal:
o Hábeas Corpus.
o Calificación de denuncias con detenidos.
o Trámite de libertades.
o Apelación de mandato de detención.
o Trámite de procesos con reos en cárcel.
o Homonimias.
o Rehabilitaciones.
CIVIL:
o Acciones de garantía y medidas cautelares fuera de proceso.
FAMILIA:
o Consignaciones de alimentos.
o Autorización de viaje de menores.
o Violencia familiar.
o Tutela de menores en abandono y menores infractores.
o Medidas cautelares de régimen provisional de visitas.
o Anotación de demanda.
o Visitas reguladas por el Equipo Multidisciplinario.
o Ampliación de régimen de visitas.
o Entrega de menores en forma de ejecución anticipada.
o Tenencia provisional.
o Procesos sobre interdicción civil tramitados ante los Juzgados de Familia en materia tutelar y en las
Salas Superiores.
Resolución Administrativa N° 0050 -2016-P-CSJT-PJ
Viernes, 19 de febrero del 2016
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
La República
LABORAL:
o Consignaciones laborales.
Todas aquellas solicitudes que los jueces de acuerdo a su facultad discrecional consideren de urgente
atención en materia Contencioso Administrativo, Constitucional y Previsional, u otras que estimen
conveniente.
CUARTO: El artículo quinto de la Resolución Administrativa N° 356-2015-CE-PJ señala que: los jueces y personal
auxiliar que no tengan el récord laboral exigido no saldrán de vacaciones y conformarán los órganos
jurisdiccionales de emergencia, previa designación del Presidente de la Corte Superior. Los órganos
jurisdiccionales de emergencia que recaigan en Juzgados Mixtos, deben cubrirse en forma prioritaria con los
referidos jueces.
QUINTO: A su turno, el artículo octavo de la resolución administrativa N°356-2015-CE-PJ dispone que: los Presidentes
de las Cortes Superiores de Justicia del país designen al personal mínimo necesario para el eficaz funcionamiento
de los órganos jurisdiccionales de emergencia, quedando facultados a conformar otros que se requieran; así
como adoptar las acciones que resulten convenientes en los casos no previstos.
SEXTO: Asimismo, el artículo décimo de la resolución administrativa N°356-2015-CE-PJ dispone que: a partir de la
vigencia de la presente resolución los órganos jurisdiccionales adoptarán las medidas necesarias para evitar
perjuicios procesales y materiales a las partes como consecuencia del período vacacional, bajo responsabilidad
funcional; motivo por el cual, las audiencias, informes orales y otras actuaciones judiciales fijadas para el mes de
vacaciones se reprogramarán de oficio, preferentemente, para el mes de marzo. Las Salas Superiores Penales y
Mixtas que se encuentran con audiencias en giro y que no puedan ser concluidas antes de ingresar al período
vacacional, deberán hacer uso de los mecanismos procesales vigentes para evitar el quiebre de los mismos, bajo
responsabilidad funcional.
SETIMO: El artículo undécimo de la resolución administrativa referida dispone que: los Presidentes de las Cortes
Superiores de Justicia en las cuales se encuentra vigente el Código Procesal Penal, así como la nueva Ley Procesal
del Trabajo, adopten las acciones que resulten convenientes para que el proceso de implementación se cumpla
adecuadamente.
OCTAVO: Consecuentemente, debe procederse a designar a los magistrados y personal auxiliar que conformarán los
órganos jurisdiccionales de emergencia de esta Corte Superior de Justicia que funcionarán del uno de febrero al uno de
marzo del año judicial dos mil dieciséis, estimando conveniente designar el menor número de órganos jurisdiccionales
de emergencia durante el periodo vacacional, con la finalidad de que en los meses posteriores no se vean afectados los
Despachos Judiciales por vacaciones que puedan concederse próximamente.
Por tanto, conforme a la Resolución Administrativa N° 356-2015-CE-PJ, y artículos 90 y 246 del Texto Único
Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial;
SE RESUELVE:
PRIMERO: Establecer que los Órganos Jurisdiccionales de Emergencia designados seguirán conociendo y tramitando
los procesos a su cargo, así como, además atenderán exclusivamente las siguientes materias de los órganos
jurisdiccionales que saldrán de vacaciones:
Penal:
o Hábeas Corpus.
o Calificación de denuncias con detenidos.
o Trámite de libertades.
o Apelación de mandato de detención.
o Trámite de procesos con reos en cárcel.
o Homonimias.
o Rehabilitaciones.
Civil:
o Acciones de garantía y medidas cautelares fuera de proceso.
Familia:
Resolución Administrativa N° 0050 -2016-P-CSJT-PJ
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o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
Consignaciones de alimentos.
Autorización de viaje de menores.
Violencia familiar.
Tutela de menores en abandono y menores infractores.
Medidas cautelares de régimen provisional de visitas.
Anotación de demanda.
Visitas reguladas por el Equipo Multidisciplinario.
Ampliación de régimen de visitas.
Entrega de menores en forma de ejecución anticipada.
Tenencia provisional.
Procesos sobre interdicción civil tramitados ante los Juzgados de Familia en materia tutelar y en las
Salas Superiores.
Laboral:
o Consignaciones laborales.
Todas aquellas solicitudes que los jueces de acuerdo a su facultad discrecional consideren de urgente
atención en materia Contencioso Administrativo, Constitucional y Previsional, u otras que estimen
conveniente.
SEGUNDO: ESTABLECER que durante las VACACIONES DEL AÑO JUDICIAL DOS MIL DIECISEIS, que se harán efectivas
del UNO DE FEBRERO al UNO DE MARZO del año dos mil dieciséis, funcionarán como Órganos Jurisdiccionales de
Emergencia de la Corte Superior de Justicia de Tacna los siguientes:
PROVINCIA DE TACNA:
SALA PENAL DE APELACIONES:
MAGISTRADOS : Sr. Manuel Guido Vicente Aguilar, Presidente.
: Sr. Pedro Franco Apaza.
Sr. Pepe Alvarado Gonzalvez.
Atenderán los procesos de la Sala Penal en forma integral, y en adición a sus funciones los procesos correspondientes a
la Sala Civil Permanente, Sala Laboral Permanente y Sala Civil Transitoria, sólo en las materias señaladas en el artículo
primero de la presente Resolución Administrativa, en lo que corresponda.
PERSONAL
:
Sr. Luis Bustinza Saira, Especialista de Sala Penal, quien en adición a sus funciones se desempeñará como
Relator de la Sala Civil Permanente, Sala Laboral Permanente y Sala Civil Transitoria.
Sra. Rosalina Márquez Quinto, Especialista de la Sala Penal, quien se hará cargo de la Secretaría de la Sala
Civil Permanente, Sala Laboral Permanente, y Sala Civil Transitoria.
Sr. Héctor Guevara Sánchez como Asistente Jurisdiccional.
Sala Civil Permanente: Srta. Maggui Melodie Cazorla Salas como Asistente Judicial, Lisbeth Maquera Sihuayro como
Asistente Judicial y Sr. Joel Steel Cuba Gamio como Auxiliar Judicial.
Sala Civil Transitoria: Srta. Fiorella Anhela Celis Malpartida como Asistente Judicial.
Del 01 al 07 de febrero la Sra. Lourdes Pamela Meza Vásquez.
Sala Laboral Permanente: Sra. Nancy Milagros Tello Ticona como Auxiliar Judicial.
JUZGADO CIVIL TRANSITORIO DE TACNA: Dr. Luis Escalante Medina, Juez Supernumerario quien atenderá su
despacho en forma integral y en adición a sus funciones atenderá los siguientes Órganos Jurisdiccionales: Primer
Juzgado Civil, Segundo Juzgado Civil, Tercer Juzgado Civil con subespecialidad Comercial, Juzgado Civil Transitorio de
Gregorio Albarracín y Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de Alto de la Alianza en lo que respecta a la
especialidad civil, sólo en las materias señaladas en el artículo primero de la presente Resolución en lo que
corresponda, y contará con el siguiente personal auxiliar jurisdiccional:
PERSONAL:
Sr. Renso Yovane Bedoya Cutipa, quien en adición a sus funciones se desempeñará como Secretario Judicial
del Primer Juzgado Civil, Segundo Juzgado Civil, Tercer Juzgado Civil con subespecialidad Comercial, Juzgado
Civil Transitorio de Gregorio Albarracín y Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de Alto de la Alianza
(éste último del 08 de febrero al 01 de marzo).
Resolución Administrativa N° 0050 -2016-P-CSJT-PJ
Viernes, 19 de febrero del 2016
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
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Del 01 al 07 de febrero se hará cargo el Sr. Juan Guzmán Afán como Secretario Judicial del Juzgado Mixto
del Módulo Básico de Justicia de Alto de la Alianza.
Primer Juzgado Civil: Srta. Cosset Mitsy Vargas Ticona como Asistente Judicial.
Segundo Juzgado Civil: Srta. Luz Marina Valdez Ticona como Asistente Judicial.
Tercer Juzgado Civil con sub especialidad Comercial:
Del 01 al 15 de Febrero se hará cargo el Sr. Omar Celso Pérez Quispe como Asistente Judicial.
Del 16 de febrero al 01 de marzo se hará cargo el Sr. Miguel David Yufra Quesocalla.
Juzgado Mixto de Alto de la Alianza: Sr. Paulo Cesar Ayala Estrada en adición a sus funciones como
Asistente Judicial.
Juzgado Civil Transitorio de Gregorio Albarracín:
Del 01 al 15 de Febrero se hará cargo el Sr. Omar Celso Pérez Quispe como Asistente Judicial.
Del 16 de febrero al 01 de marzo se hará cargo el Sr. Miguel David Yufra Quesocalla.
SEGUNDO JUZGADO DE TRABAJO TRANSITORIO DE TACNA: Dra. Salinova Ccoyllor Mendoza Castro, Juez
Provisional quien atenderá su despacho de manera integral y en adición a sus funciones atenderá el Primer Juzgado
Especializado de Trabajo Permanente, Segundo Juzgado Especializado de Trabajo Permanente, Primer Juzgado de
Trabajo Transitorio de Tacna y Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de Alto de la Alianza en lo que respecta a
la especialidad laboral, sólo en las materias señaladas en el artículo primero de la presente Resolución.
PERSONAL:
Sra. Irene Erica Flores Llano, quien se desempeñará como Secretaria Judicial del Primer Juzgado Especializado
de Trabajo Permanente, Segundo Juzgado Especializado de Trabajo Permanente, Primer Juzgado de Trabajo
Transitorio de Tacna y Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de Alto de la Alianza (éste último del 08
de febrero al 01 de marzo).
Del 01 al 07 de febrero se hará cargo el Sr. Juan Guzmán Afán como Secretario Judicial del Juzgado Mixto
del Módulo Básico de Justicia de Alto de la Alianza
Primer Juzgado Especializado de Trabajo: Sra. Graciela Linaja Gordillo como Asistente Judicial.
Segundo Juzgado Especializado de Trabajo: Sr. Anthony Sánchez Vizcarra como Asistente Judicial.
Primer Juzgado de Trabajo Transitorio: Sra. Norma Barbarita Carrasco Miranda como Asistente Judicial.
Juzgado Mixto de Alto de la Alianza: Sr. Paulo Ayala Estrada como Asistente Judicial en adición a sus
funciones.
PRIMER JUZGADO DE FAMILIA PERMANENTE DE TACNA: Dra. Carmen Eliana Peña Carbajal, Juez Provisional quien
atenderá los casos de Violencia Familiar en el marco de la Ley N° 30364 “Ley para prevenir, sancionar y
erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar”, así como el Despacho del Primer
Juzgado de Familia Permanente en forma integral, y en adición a sus funciones atenderá los procesos del Segundo
Juzgado de Familia permanente, Primer Juzgado de Familia Transitorio, Segundo Juzgado de Familia Transitorio y
Juzgado Mixto de Alto de la Alianza en lo que respecta a la especialidad de familia, sólo en las materias señaladas en el
artículo primero de la presente resolución; en lo que corresponda, contando con el siguiente personal auxiliar
jurisdiccional:
PERSONAL:
Sra. Blanca Yohana Medina Blanco, quien se desempeñará como Secretaria Judicial del Primer Juzgado de
Familia, Segundo Juzgado de Familia, Primer Juzgado de Familia Transitorio, Segundo Juzgado de Familia
Transitorio y Juzgado Mixto de Alto de la Alianza en lo que respecta a la especialidad de familia. (éste último
del 08 de febrero al 01 de marzo).
Del 01 al 07 de febrero se hará cargo el Sr. Juan Guzmán Afán como Secretario Judicial del Juzgado Mixto
del Módulo Básico de Justicia de Alto de la Alianza.
Primer Juzgado Especializado de Familia: Srta. Stacy Johanna Pérez Iparraguirre como Asistente Judicial.
Segundo Juzgado Especializado de Familia:
Del 01 al 07 de febrero se hará cargo la Sra. Lorena Flores Zenteno como Asistente Judicial y en adición a sus
funciones del Primer Juzgado de Familia Transitorio.
Resolución Administrativa N° 0050 -2016-P-CSJT-PJ
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La República
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
Viernes, 19 de febrero del 2016
Del 08 de febrero al 13 de febrero se hará cargo la Sra. Graciela Linaja Gordillo en adición a sus funciones.
Del 14 de febrero al 01 de marzo se hará cargo la Sra. Lidia Susana Huaracha Condori.
Segundo Juzgado de Familia Transitorio:
Del 01 al 07 de febrero se hará cargo la Srta. Diana Soledad Janampa Poma.
Del 08 al 09 de febrero se hará cargo el Sr. Paulo Ayala Estrada en adición a sus funciones.
Del 10 de febrero al 01 de marzo se hará cargo la Sra. Rossana Turpo Huaricacha.
Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de Alto de la Alianza: Sr. Paulo Ayala Estrada, quien
apoyará en adición a sus funciones como Asistente Judicial.
Violencia Familiar en el marco de la Ley N° 30364
Sr. Cesar Eulogio Quiñonez Quiñonez, quien se desempeñará como Secretario Judicial para efectos de atender
exclusivamente los casos de Violencia Familiar. Para lo cual contará con el siguiente personal auxiliar: Sr.
Oscar Antonio Velásquez Chambilla y la Srta. Ivonne Delia Cáceres Ticona.
Equipo Multidisciplinario:
Del 01 de febrero al 01 de marzo será atendido por la Psicóloga Salome Milagros Tenorio Bazán.
Del 01 al 07 de febrero será atendido por la Asistenta Social Yolanda Mendoza Nina.
Del 08 de Febrero al 01 de marzo por la Asistenta Social Edith Mery Pérez Cohaila.
Del 17 de febrero al 01 de marzo será atendido por la Asistente Social Uberlinda Fernández Borda.
JUZGADO DE PAZ LETRADO DE DESCARGA DEL DISTRITO DE GREGORIO ALBARRACIN: Dr. Erasmo Pedro Castro
Valdivia, Juez Supernumerario, quien atenderá su despacho en forma integral y en adición a sus funciones atenderá los
procesos del Primer Juzgado de Paz Letrado, Segundo Juzgado de Paz Letrado, Tercer Juzgado de Paz Letrado,
Juzgado de Paz Letrado Laboral, Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de Alto de la Alianza, sólo en las
materias señaladas en el artículo primero de la presente resolución, en lo que corresponda; contando con el siguiente
personal auxiliar jurisdiccional:
PERSONAL:
Del 01 al 15 de febrero se hará cargo la Sra. Rossana Elizabeth Jiménez Gonzales, quien se desempeñará
como Secretaria Judicial del Primer Juzgado de Paz Letrado, Segundo Juzgado de Paz Letrado, Tercer Juzgado
de Paz Letrado, Juzgado de Paz Letrado Laboral, Juzgado de Paz Letrado de descarga del distrito de Gregorio
Albarracín Lanchipa y Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Alto de la Alianza.
Del periodo del 16 de febrero al 01 de marzo se hará cargo la Srta. Alicia Jackeline Maita Cruz, quien se
desempeñará como Secretaria Judicial del Primer Juzgado de Paz Letrado, Segundo Juzgado de Paz Letrado,
Tercer Juzgado de Paz Letrado, Juzgado de Paz Letrado Laboral, Juzgado de Paz Letrado de Descarga del
Distrito de Gregorio Albarracín Lanchipa y Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Alto de la Alianza.
Primer Juzgado de Paz Letrado: Sra. María Soledad Quenta Choque como Asistente Judicial
Segundo Juzgado de Paz Letrado: Sr. Kamares Iván Roque Mamani como Asistente Judicial.
Tercer Juzgado de Paz Letrado:
Del 1 al 10 de febrero se hará cargo el Sr. Carlos Américo Loayza Valcárcel como Asistente Judicial.
Del 11 al 15 de febrero se hará cargo la Sra. María Soledad Quenta Choque como Asistente Judicial en
adición a sus funciones.
Del 16 de febrero al 01 de marzo se hará cargo la Srta. Zoila Ramos Recavarren.
Juzgado de Paz Letrado Laboral: Srta. Maritza Chura Ancachi como Asistente Judicial.
Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de Alto de la Alianza: Sr. Paulo Cesar Ayala
Estrada como Asistente Judicial.
Juzgado de Paz Letrado de Descarga del Distrito De Gregorio Albarracín:
Del 01 al 15 de febrero se hará cargo la Srta. Yuliana Yaset Escobar Sarmiento como Asistente Judicial.
Del 01 al 15 de febrero se hará cargo la Sra. María Soledad Quenta Choque como Asistente Judicial en adición
a sus funciones.
MESA DE PARTES ÚNICA:
Resolución Administrativa N° 0050 -2016-P-CSJT-PJ
Viernes, 19 de febrero del 2016
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
La República
Del 01 al 15 de febrero se hará cargo el Sr. Jesús Alberto Montoya López
Del 16 de febrero al 01 de marzo se hará cargo el Sr. Juan Carlos Solsol Hidalgo.
Del 01 al 07 de febrero la Sra. Soledad Arenas Talavera
JUZGADO MIXTO DE TARATA: Dr. Rafael Bartolomé Copaja Mamani, Juez Supernumerario, quien atenderá su
despacho en forma integral y en adición a sus funciones atenderá el Juzgado Mixto y Juzgado de Investigación
Preparatoria de Candarave y Juzgado Mixto e Investigación Preparatoria de Jorge Basadre Grohmann, sólo en las
materias señaladas en el artículo primero de la presente resolución; en lo que corresponda, contando con el siguiente
personal auxiliar jurisdiccional:
PERSONAL:
Juzgado Mixto de Tarata: Sr. Hugo Chura Mamani.
Juzgado Mixto y Juzgado de Investigación Preparatoria de Candarave: Sr. Gregorio Moises Paniagua
Parihuana.
Juzgado Mixto e Investigación Preparatoria de Jorge Basadre Grohmann:
Del 01 al 07 de Febrero el Sr. Lucas Huanaco Valeriano.
Srta. Eva Blanca Ismodes Valdez y Sr. Clever Javier Maquera Lupaca.
JUZGADO DE PAZ LETRADO DE TARATA Dra. Denilsen Angela Flores Flores, Juez Supernumeraria, quien se hará
cargo de su despacho en forma integral.
Sr. Hugo Gonzales Chura quien se desempeñará como Secretario Judicial.
CENTRO DE EMISIÓN DE REPORTES Y ORIENTACIÓN AL PÚBLICO DE LOS JUZGADOS ESPECIALIZADOS (CIVIL,
LABORAL Y FAMILIA) Y PAZ LETRADOS:
ARCHIVO DE LOS JUZGADOS CIVILES Y LABORAL: Sr. Gabriel Jorge Angelo Huamani.
CENTRAL DE NOTIFICACIONES:
Del 01 al 03 de febrero se encargará de la Jefatura el Sr. Roberto Choque Chura.
Del 04 de febrero al 01 de marzo la Srta. Andrea Melissa Rodríguez Moscoso en adición a sus funciones
realizará las funciones de Encargada de Central de Notificaciones.
NOTIFICADORES:
Del 01 al 17 de febrero el Sr. Ángel Gutiérrez Castañón.
Sr. Luis Valeriano Apaza Condori.
Sr. Renzo Ramos Rejas.
ARCHIVO DE LOS JUZGADOS DE TRABAJO: Srta. Janeth Milagros Falcón López.
REGISTRO DISTRITAL DE CONDENAS Y COBRANZAS COACTIVAS:
Del 01 al 11 de febrero se hará cargo la Sra. Elva Janampa Ramírez.
Del 12 de febrero al 01 de marzo se hará cargo Sra. Estephanie Delmira Frisancho Quenta.
ARCHIVO CENTRAL: Sr. Gabriel Jorge Angelo Huamani como Jefe encargado en adición a sus funciones de Archivo
Modular y Centro de Reportes de los Juzgados, quien contará con personal de apoyo.
AREA DE INFORMATICA:
Del 01 al 15 de febrero se hará cargo la Sra. Claudia Mercedes Mamani Rodríguez.
Del 01 de febrero al 01 de marzo se hará cargo el Sr. Isaías Cahuana Quispe.
CENTRO DE DISTRIBUCIÓN MODULAR DEL MÓDULO BÁSICO DE JUSTICIA DEL DISTRITO DE ALTO DE LA
ALIANZA Y ÁREA DE ATENCIÓN AL PÚBLICO DEL JUZGADO DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE ALTO DE
LA ALIANZA Y CIUDAD NUEVA: Srta. Yanet Yanira Mamani Sucso en adición a sus funciones.
Resolución Administrativa N° 0050 -2016-P-CSJT-PJ
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La República
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
Viernes, 19 de febrero del 2016
PERSONAL ENCARGADO DE NOTIFICACIONES DEL MÓDULO BÁSICO DE JUSTICIA DEL DISTRITO DE ALTO DE LA
ALIANZA Y CIUDAD NUEVA: Sr. Ángel Fernando Condori Parihuana.
ADMINISTRADOR DEL MÓDULO BÁSICO DE JUSTICIA DEL DISTRITO DE ALTO DE LA ALIANZA Y CIUDAD
NUEVA: Srta. Yanet Yanira Mamani Sucso en adición a sus funciones.
MODULO PENAL:
ADMINISTRADOR:
Del 01 al 14 de febrero se hará el cargo el Ing. Roberto Nina Ale.
Del 16 de febrero al 01 de marzo se hará cargo la Sra. Susana Pinto Zegarra en adición a sus funciones.
PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA TACNA:
Del 01 de febrero al 01 de marzo la Dra. Indira Condori Cama, Juez Titular, atenderá su despacho en forma
integral
Del 01 al 15 de febrero la Dra. Indira Condori Cama adicionalmente atenderá el Juzgado de Investigación
Preparatoria del Distrito Gregorio Albarracín.
Del 16 de febrero al 01 de marzo la Dra. Indira Condori Cama adicionalmente atenderá el Cuarto Juzgado
de Investigación Preparatoria, el Juzgado de Investigación Preparatoria de Alto de la Alianza y Ciudad Nueva.
TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA:
Del 01 de febrero al 01 de marzo la Dra. Sonia Carolina Marín Valdivia, Juez Titular atenderá su despacho
en forma integral
Del 01 al 15 de febrero se hará cargo la Dra. Sonia Carolina Marín Valdivia adicionalmente atenderá el
Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria y el Juzgado de Investigación Preparatoria de Alto de la Alianza
y Ciudad Nueva
Del 16 de febrero al 01 de marzo se hará cargo la Dra. Sonia Carolina Marín Valdivia adicionalmente
atenderá el Juzgado de Investigación Preparatoria de Gregorio Albarracín Lanchipa.
PERSONAL:
Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna y Juzgado de Investigación Preparatoria de
Gregorio Albarracín Lanchipa:
Sra. Gladys Santos Cutipa como Especialista Judicial de Juzgado.
Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna, Cuarto Juzgado de Investigación
Preparatoria de Tacna y Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de Justicia de Alto
de la Alianza y Ciudad Nueva:
Sra. Sheyla Mamani Condori como Especialista Judicial de Juzgado.
Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna, Tercer Juzgado de Investigación
Preparatoria de Tacna, Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna y Juzgado de
Investigación Preparatoria de Gregorio Albarracín Lanchipa y Juzgado de Investigación Preparatoria
del Módulo Básico de Justicia de Alto de la Alianza y Ciudad Nueva:
Del 01 al 07 de Febrero se hará cargo el Sr. Elvis Alberto Choque Paxi como Especialista Judicial de
Audiencia.
Del 08 de febrero al 29 de febrero se hará cargo Srta. Nadia Maylen Tejada Vargas como Especialista
Judicial de Audiencia.
Del 16 de febrero al 01 de marzo se hará cargo la Sra. Susana Pinto Zegarra como Especialista Judicial de
Audiencia.
Del 23 de febrero al 01 de marzo se hará cargo la Sra. Ana María Cerdeña del Águila como Especialista
Judicial de Audiencia.
Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna y Tercer Juzgado de Investigación
Preparatoria
Sra. María del Rosario Vega Lozada se hará cargo como Asistente Judicial
Resolución Administrativa N° 0050 -2016-P-CSJT-PJ
Viernes, 19 de febrero del 2016
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
La República
Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria:
Del 01 de febrero al 15 de febrero se hará cargo el Sr. Juan Julio Dueñas Ríos como Asistente Jurisdiccional.
Del 16 de febrero al 01 de marzo se hará cargo el Sr. Omar Celso Pérez Quispe en adición a sus funciones
como Asistente Judicial.
Juzgado de Investigación Preparatoria de Gregorio Albarracin Lanchipa:
Del 01 al 29 de febrero se hará cargo la Srta. Elizabeth Mamani Quispe como personal de apoyo.
Juzgado de Investigación Preparatoria de Alto de la Alianza y Ciudad Nueva:
Srta. Yanet Yanira Mamani Sucso como Asistente Jurisdiccional.
SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA TACNA: Dr. Julver Jesús Gonzales Cáceres, Juez
Supernumerario, quien atenderá en exclusividad los Procesos Inmediatos según el Decreto Legislativo Nº 1194:
Flagrancia, Omisión de Asistencia Familiar y Conducción en Estado de Ebriedad o Drogadicción. Para lo cual
contará con el siguiente personal auxiliar jurisdiccional:
Del 01 al 07 de febrero se hará cargo la Sra. Silvana Carol Alcalá Quelopana como Especialista Judicial de
Juzgado.
Sra. Paola Esmeralda Ramos Condori se hará cargo como Especialista Judicial de Juzgado y en adición a sus
funciones como Especialista Judicial de Audiencia.
Sr. Gonzalo Sabino López Negrón se hará cargo como personal Auxiliar.
SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE TACNA: Dr. Pedro Huver Machaca Condori, Juez Supernumerario,
quien atenderá su despacho en forma integral y en adición a sus funciones atenderá el Primer y Tercer Juzgado Penal
Unipersonal de Tacna, asimismo conformará el Juzgado Penal Colegiado, sólo en las materias señaladas en el artículo
primero de la presente resolución, en lo que corresponda, contando con el siguiente personal auxiliar jurisdiccional:
PERSONAL:
Especialista Judicial de Juzgado: Sr. Marco Tiña Iquiapaza, quien se hará cargo del Primer Juzgado,
Segundo Juzgado y Tercer Juzgado Unipersonal y del Colegiado.
Especialista Judicial de Audiencias: Sra. Nancy Naval Monge, quien se desempeñará como Especialista
Judicial de Audiencias del Primer Juzgado, Segundo Juzgado, Tercer Juzgado Unipersonal y del Colegiado.
Srta. Karol Melanie Cornejo López como Asistente Jurisdiccional del Primer Juzgado Unipersonal, Segundo
Juzgado Unipersonal, Tercer Juzgado Unipersonal y del Colegiado.
JUZGADO PENAL COLEGIADO: Los Jueces: Sr. Juan Carlos Quillaos, Sra. Eliana Ayca Rejas y Sr. Pedro Huver Machaca
Condori, quienes atenderán su despacho en forma integral.
PERSONAL:
Especialista Judicial de Juzgado: Sr. Marco Tiña Iquiapaza en adición a sus funciones.
Especialista Judicial de Audiencias: Sra. Nancy Naval Monge en adición a sus funciones.
Srta. Karol Melanie Cornejo López como Asistente Jurisdiccional del Colegiado en adición a sus funciones.
Asimismo, se dispone que el Juzgado Penal Colegiado, cuando fuere necesario, se conforme con los magistrados de
Primera Instancia que atienden los órganos de emergencia durante el periodo de vacaciones.
MESA DE PARTES DEL NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL:
Recepcionará los asuntos correspondientes al Nuevo Código Procesal Penal: Yomara Vanessa Neira Calderón.
ASISTENTE DE COMUNICACIONES: Sr. Ismael Freddy Chávez Supo, Sr. Edmont Esteban Sánchez Peláez, Sr. Daniel
Gustavo Morón Huamán.
ASISTENTE DE INFORMATICA, DE CUSTODIA, GRABACIÓN Y EXPEDIENTES: Sr. Luis Rodrigo Turpo Cotrado en
adición a sus funciones.
OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA:
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SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
Viernes, 19 de febrero del 2016
Del 01 al 12 de febrero estará a cargo del Magistrado Manuel Guido Vicente Aguilar.
Del 13 de febrero al 01 de marzo estará a cargo del Magistrado Gonzalo Fernán Zegarra Ramírez, quien
contará con el apoyo del Sr. Luis Bustinza Saira, quién en adición a sus funciones se hará cargo de la
Secretaría de ODECMA con el apoyo del personal de suplencia.
TERCERO: Los jueces y personal auxiliar que trabajen del uno de febrero al uno de marzo del año dos mil dieciséis,
harán uso de vacaciones, según las necesidades del servicio, entre los meses de abril a noviembre del año en curso,
previa autorización del Presidente de la Corte Superior de Justicia, siempre y cuando hayan cumplido el récord laboral
exigido.
CUARTO: Los órganos jurisdiccionales adoptarán las medidas necesarias para evitar perjuicios procesales y materiales
a las partes como consecuencia del periodo vacacional, bajo responsabilidad funcional. Motivo por el cual, las
audiencias, informes orales y otras actuaciones judiciales fijadas para el mes de vacaciones se reprogramarán de
oficio, preferentemente, para el mes de marzo del próximo año. La Sala Penal, los Juzgados Unipersonales y Juzgado
Penal Colegiado que se encuentren con audiencias en giro y que no puedan ser concluidas antes de ingresar al periodo
vacacional, deberán hacer uso de los mecanismos procesales vigentes para evitar el quiebre de los mismos, bajo
responsabilidad funcional.
QUINTO: Póngase en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, a la Oficina de Control de la Magistratura
del Poder Judicial, al Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Tacna, a la Oficina
Desconcentrada de Control de la Magistratura, al Colegio de Abogados de Tacna, a la Oficina de Administración
Distrital y de quienes corresponda. Disponiéndose además su publicidad en el Diario Judicial.
Regístrese, Publíquese y Comuníquese.Jorge Antonio Armaza Galdos
Presidente
Corte Superior de Justicia de Tacna
Resolución Administrativa N° 0050 -2016-P-CSJT-PJ
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
Viernes, 19 de febrero del 2016
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA
PROCESO CAS N° 008-2016
CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS – CAS
I.- GENERALIDADES
1. Objeto de la convocatoria:
La Corte Superior de Justicia de Tacna pone en conocimiento el proceso de selección que se llevará a cabo para tres (03)
presupuestos CAS correspondientes a este Distrito Judicial, conforme se detalla a continuación:
Código
Prestación
Dependencia
S/.
Cantidad
00359
APOYO ADMINISTRATIVO EN LAS AREAS DE
NOTIFICACIONES
Oficina de Administración Distrital – Tacna
750.00
1
00159
APOYO ADMINISTRATIVO EN EL AREA DE
COBRANZA COACTIVA
Oficina de Administración Distrital – Tacna
1,300.00
1
00429
RESGUARDO, CUSTODIA Y VIGILANCIA
Oficina de Administración Distrital – Tacna
950.00
1
2.
Dependencia, unidad orgánica y/o área solicitante:
Oficina de Administración Distrital de la Corte Superior de Justicia de Tacna
3.
Dependencia encargada de realizar el proceso de contratación:
Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Tacna
4.
a.
b.
Base Legal:
Decreto Legislativo N.° 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios.
Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1057 que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios,
Decreto Supremo Nº075-2008-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 065-2011-PCM.
Directiva N° 008-2012-GG-PJ "Directiva que regula la contratación del personal bajo los alcances del Decreto Legislativo
1057, Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, aprobada mediante Resolución Administrativa de la
Gerencia General del Poder Judicial N° 589-2012-GG-PJ.
Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 107-2011-SERVIR/PE
Las demás disposiciones que regulen el Contrato Administrativo de Servicios.
c.
d.
e.
II.- PERFIL DE LOS PUESTOS
1.
APOYO ADMINISTRATIVO EN LAS AREAS DE NOTIFICACIONES - (Código 00359)
REQUISITOS
DETALLE
Experiencia laboral mínima de 01 año en labores de Auxiliar de Oficina o
Actividades equivalentes.
Formación académica, grado
académico y/o nivel de estudios
Dinamismo y Proactividad
Orden
Sentido de Responsabilidad
Confidencialidad y Fiabilidad
Secundaria Completa (Debidamente Acreditado)
Brevete para conducir motocicleta y/o automóvil
Cursos y/o estudios de
especialización
Curso en Atención al Público y Trato al Usuario
Curso de ofimática básica
Experiencia
Competencias
2.
APOYO ADMINISTRATIVO EN EL AREA DE COBRANZA COACTIVA - (Código 00159)
REQUISITOS
Experiencia
Competencias
DETALLE
Experiencia de 01 año en puestos similares en entidades de la
Administración Pública.
Sentido de la Responsabilidad
Confidencialidad y Fiabilidad
Capacidad para trabajo bajo presión
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La República
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
Formación académica, grado
académico y/o nivel de estudios
Cursos y/o estudios de
especialización
3.
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Dinamismo y Proactividad
Estudios universitarios en derecho concluidos hasta el octavo ciclo.
Capacitación en Ejecución Coactiva así como en Derecho Administrativo,
Procesal Civil, y Procesal Administrativo
Cursos de ofimática básica.
RESGUARDO, CUSTODIA Y VIGILANCIA - (Código 00429)
REQUISITOS
DETALLE
Haber laborado como agente de seguridad, particular o para empresas y/o
entidades 3 meses mínimo (Debidamente Acreditado)
Competencias
Trato amable y Cortés
Confidencialidad y fiabilidad
Autocontrol y Cooperación
Sentido de Orden y responsabilidad
Formación académica, grado
académico y/o nivel de estudios
Secundaria completa (Debidamente Acreditado)
Cursos y/o estudios de
especialización
Cursos de capacitación sobre seguridad y resguardo
Cursos en Primeros Auxilios
Experiencia
III. CARACTERÍSTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO:
Principales funciones a desarrollar:
Apoyo Administrativo en las Áreas de Notificaciones – (Código 00359)
Efectuar la entrega de las notificaciones judiciales al destinatario indicado en la cédula, de acuerdo a las formalidades de
ley, y devolver al técnico responsable del descargo en el sistema los cargos de las notificaciones que fueron asignadas en el
día.
Verificar los domicilios indicados y los anexos a entregar, debe dejar constancia en la parte correspondiente de la Cédula de
Notificación, el nombre del notificado o de quien la reciba, su número de documento de identidad y si se negara, la razón o
explicación respectiva.
Entregar las Cédulas de Notificación a los destinatarios correspondientes.
Devolver los cargos de las notificaciones que fueron asignadas en el día.
Utilizar el Sistema de Pre aviso judicial, cuando no se encuentre en la primera visita al notificado y cumplir con volver el día
indicado en el formato correspondiente.
Elaborar en oportunidad, razón al Secretario de Juzgado, cuando no se haya podido notificar por error de dirección o
destinatario.
Guardar confidencialidad respecto a las cédulas de notificaciones judiciales, oficios de medidas cautelares, detenciones y
actos judiciales similares.
Emplear los vehículos motorizados asignados para el cumplimiento de sus funciones, utilizando las papeletas de salida,
debidamente autorizado, llevando consigo, la tarjeta de propiedad, licencia de conducir, los documentos del seguro.
Velar por la adecuada conservación y uso racional de los bienes a su cargo.
Velar por la confidencialidad de la información que maneja el Área.
Cumplir las demás funciones afines que le asigne el Asistente Administrativo II de la Central de Notificaciones.
Apoyo Administrativo en el Área de Cobranza Coactiva – (Código 00159)
Tramitar y custodiar los respectivos expedientes a su cargo.
Elaborar los diferentes documentos que sean necesarios para el impulso del procedimiento.
Realizar las diligencias ordenadas por el Jefe del Área de Cobranza Coactiva.
Otras funciones que se le sean asignadas por su Jefe inmediato.
Resguardo, Custodia y Vigilancia – (Código 01546)
Realiza labores de protección del personal, bienes y equipos de la Corte Superior de Justicia de Tacna.
Apoyará en situaciones de crisis que se puedan presentar en los locales del Poder Judicial.
Apoyará en Procedimientos en casos de alteración del Orden Público.
Otras que disponga la Oficina de Administración según directivas.
IV. CONDICIONES ESENCIALES DEL CONTRATO
CONDICIONES
DETALLE
PRESTACIÓN
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
Viernes, 19 de febrero del 2016
Lugar de prestación del servicio
Corte Superior de Justicia de Tacna
Duración del contrato
Del 01 al 31 de marzo del 2016,
pudiendo ser prorrogable.
Contraprestación económica
mensual
La República
S/. 750.00 (Setecientos cincuenta con
00/100 soles)
Apoyo Administrativo en las Áreas de
Notificaciones (Código 00359)
S/. 1,300.00 (Un Mil Trescientos con
00/100 soles)
Apoyo Administrativo en el Área de Cobranza
Coactiva (Código 00159)
S/. 950.00 (Novecientos cincuenta con
00/100 soles)
Resguardo, Custodia y Vigilancia (Código 00429)
Otras condiciones esenciales del
contrato
------
V. CRONOGRAMA Y ETAPAS DEL PROCESO
ETAPAS DEL PROCESO
Aprobación de la Convocatoria
Publicación del proceso en el Servicio Nacional
del Empleo
CRONOGRAMA
RESPONSABLE
04 de febrero del 2016
Oficina de Personal
del 04 de febrero al 17 de
febrero del 2016
(10 días hábiles)
Dirección General del Servicio
Nacional del Empleo - MTPE
CONVOCATORIA
1
Publicación de la convocatoria en la página web
del Poder Judicial.
del 18 al 24 de febrero del
2016
(05 días hábiles)
Oficina de Personal
2
Postulación web
del 22 al 24 de febrero del
2016
Postulante
3
Presentación física de hoja de vida
documentada:
(solo aquellos postulantes que se inscribieron vía
web)
Oficina de
Trámite Documentario
y Archivo
25 de febrero de 2016
Horario:
De 08:00 hs a 13:30 hs o de 14:30 hs
a 16:00 hs
Calle Inclán s/n esquina con calle Presbítero Andía
Mesa de Partes de la Oficina de Administración
SELECCIÓN
4
Evaluación Curricular – sin puntajes
25 de febrero de 2016
Oficina de Personal
5
Resultados de la Evaluación Curricular – sin
puntajes
25 de febrero de 2016
Oficina de Personal
6
Evaluación Curricular – con puntajes
25 de febrero de 2016
Comisión CAS Ad Hoc
17
18
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
Viernes, 19 de febrero del 2016
7
Resultados de la Evaluación Curricular – con
puntajes
25 de febrero de 2016
Comisión CAS Ad Hoc
8
Evaluación Técnica
26 de febrero de 2016
Comisión CAS Ad Hoc
9
Resultados de la Evaluación Técnica
26 de febrero de 2016
Comisión CAS Ad Hoc
10
Entrevista Personal
29 de febrero de 2016
Comisión CAS Ad Hoc
11
Resultados de la Entrevista Personal
29 de febrero de 2016
Comisión CAS Ad Hoc
12
Resultados Finales – Declaración de Ganadores
29 de febrero de 2016
Oficina de Personal
SUSCRIPCIÓN Y REGISTRO DE CONTRATO
13
Suscripción del contrato
01 de marzo de 2016
Oficina de Personal
14
Registro de contrato
01 de marzo de 2016
Oficina de Personal
VI. ETAPA DE EVALUACIÓN:
Los factores de evaluación dentro del proceso de selección tendrán un máximo y un mínimo de puntos, distribuyéndose de esta
manera:
1.-
APOYO ADMINISTRATIVO EN LAS AREAS DE NOTIFICACIONES - (Código 00359)
EVALUACIONES
PUNTAJE
MÍNIMO
PUNTAJE
MÁXIMO
15
35
08 puntos
08 puntos
EVALUACIÓN DE LA HOJA DE VIDA
•
Experiencia
Experiencia laboral mínima de 01 año en labores de Auxiliar de
Oficina o Actividades equivalentes (08 puntos)
•
Por cada año adicional (hasta un máximo de cinco años) (02
puntos)
10 puntos
Formación
Secundaria Completa (Debidamente Acreditado) (07 puntos)
Brevete para conducir automóvil (Cat. A- IIA) (02 puntos)
Brevete para conducir motocicleta (Cat. BII) (02 puntos)
Curso en Atención al Público y/o Trato al Usuario (04 puntos)
Curso de ofimática básica (02 puntos)
07 puntos
07 puntos
02 puntos
02 puntos
02 puntos
EVALUACIÓN TÉCNICA
ENTREVISTA
PUNTAJE TOTAL
2.-
APOYO ADMINISTRATIVO EN EL AREA DE COBRANZA COACTIVA - (Código 00159)
26
40
25
100
Viernes, 19 de febrero del 2016
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
EVALUACIONES
EVALUACIÓN DE LA HOJA DE VIDA
•
•
La República
PUNTAJE
MÍNIMO
PUNTAJE
MÁXIMO
15
35
08 puntos
08 puntos
Experiencia
Experiencia en puestos similares para entidades de
Administración Publica: 01 año como mínimo (08 puntos)
Por cada año de experiencia adicional (hasta un máximo de cinco
años) (02 puntos)
la
10 puntos
Formación
Estudios universitarios en derecho concluidos hasta el octavo ciclo.
(07 puntos)
Capacitación en Ejecución Coactiva y/o Derecho Administrativo,
Procesal Civil y Procesal Administrativo. (0.5 puntos por
seminarios y 02 puntos por cada curso de especialización o
diplomado) (hasta un máximo de 08 puntos)
07 puntos
07 puntos
08 puntos
Curso de ofimática básica. (02 puntos)
02 puntos
EVALUACIÓN TÉCNICA
26
ENTREVISTA
25
PUNTAJE TOTAL
3.-
40
100
RESGUARDO, CUSTODIA Y VIGILANCIA - (Código 00429)
EVALUACIONES
EVALUACIÓN DE LA HOJA DE VIDA
•
•
PUNTAJE
MÍNIMO
PUNTAJE
MÁXIMO
15
35
08 puntos
08 puntos
Experiencia
Haber laborado como agente de seguridad, particular o para
empresas y/o entidades 3 meses como mínimo (08 puntos)
Por cada año de experiencia adicional (hasta un máximo de cinco
años) (02 puntos)
10 puntos
Formación
Secundaria Completa (Debidamente Acreditada) (07 puntos)
Curso en Seguridad y Resguardo (06 puntos)
Curso en Primeros Auxilios (04 puntos)
07 puntos
07 puntos
06 puntos
04 puntos
EVALUACIÓN TÉCNICA
ENTREVISTA
PUNTAJE TOTAL
26
40
25
100
19
20
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
Viernes, 19 de febrero del 2016
El puntaje aprobatorio será de 66 puntos producto de la sumatoria de las evaluaciones y entrevista personal.
VII. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
1. De la presentación de la hoja de vida documentada
•
La información consignada en la hoja de vida tiene carácter de declaración jurada, por lo que el postulante será
responsable de la información consignada en dicho documento y se somete al proceso de fiscalización posterior que
lleve a cabo la entidad.
•
Para ser considerado postulante el candidato deberá registrarse a través del link “Oportunidad Laboral” en la página web
institucional del Poder Judicial y presentar en la fecha programada en el cronograma, un sobre cerrado con los siguientes
documentos:
Reporte de postulación debidamente firmado.
Copia simple de las constancias de estudios, trabajo y/o certificados que acrediten la información registrada en
el aplicativo web de postulación.
Copia simple del Documento Nacional de Identidad.
Declaración Jurada – Anexo Nº 1.
Copia simple del documento que acredite su condición de discapacitado o de licenciado de las fuerzas
armadas (en caso aplique).
El sobre estará dirigido a la Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de TACNA y etiquetado de la siguiente manera:
Señores:
PODER JUDICIAL
Atención: Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de TACNA
Convocatoria CAS 008-2016 – CSJ de TACNA
Nombre completo del postulante:
Dependencia a la que postula:
Puesto al que postula:
Se precisa que, aquel postulante que no adjunte a su hoja de vida documentada el Reporte de postulación firmado emitido por el
aplicativo web será eliminado del proceso.
Los documentos presentados por los postulantes no serán devueltos por ningún motivo, ya que formarán parte del acervo
documentario del proceso.
VIII. DECLARATORIA DE DESIERTO O CANCELACIÓN DEL PROCESO
1. Declaratoria del proceso como desierto
El proceso puede ser declarado desierto en alguno de los siguientes supuestos:
a.
Cuando no se presentan postulantes al proceso de selección.
b. Cuando ninguno de los postulantes cumple con los requisitos mínimos.
c.
Cuando habiendo cumplido los requisitos mínimos, ninguno de los postulantes obtiene puntaje mínimo en las
fases de evaluación del proceso.
2. Cancelación del proceso de selección
El proceso puede ser cancelado en algunos de los siguientes supuestos, sin que sea responsabilidad de la entidad:
a.
Cuando desaparece la necesidad del servicio de la entidad con posterioridad al inicio del proceso de selección.
b. Por restricciones presupuestales.
c.
Otras debidamente justificadas.
IX. DESARROLLO DEL PROCESO DE SELECCIÓN
1.
Los interesados en postular a una Convocatoria CAS deberán inscribirse a través del enlace “Oportunidad Laboral” en la
página web del Poder Judicial, registrando sus datos personales, estudios realizados y experiencia laboral.
2.
Culminada la postulación web, el aplicativo emitirá un Reporte de Postulación, el cual deberá ser impreso, firmado y
presentado junto con los documentos señalados en el numeral VII de las presentes bases.
3.
La Evaluación Curricular – sin puntajes, se realiza exclusivamente en base a la información declarada por el postulante a
través del aplicativo web. Su finalidad es verificar el cumplimiento del perfil mínimo para el puesto. El postulante
declarado “Apto” pasa a la siguiente fase que está a cargo de la Comisión CAS Ad Hoc.
4.
En la Evaluación Curricular – con puntajes la Comisión CAS Ad Hoc verificará la presencia de los documentos señalados en
el numeral VII de las presentes bases; de igual modo comprobará que la información plasmada en el Reporte de
Postulación se encuentre debidamente sustentada, para ello abrirá el sobre presentado por el postulante y le asignará la
calificación correspondiente de acuerdo a la tabla de puntajes del puesto. Para ser invitado a la Evaluación Técnica el
postulante deberá obtener desde quince (15) hasta treinta y cinco (35) puntos, según la documentación e información
Viernes, 19 de febrero del 2016
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
La República
que haya registrado y sustentado. La comisión no tomará en cuenta las constancias y/o certificados que acrediten
información que no figure en el Reporte de Postulación.
5.
Si la Comisión CAS Ad Hoc detecta la existencia de discrepancia entre la información registrada por el postulante en el
Reporte de Postulación y la hoja de vida documentada, eliminará automáticamente del proceso a dicho postulante,
comunicando sobre el particular al interesado. Lo mismo sucederá si se advierte que el Reporte de Postulación ha sufrido
alguna alteración mecánica o manual (correcciones, borrones, aumento de información).
6.
La Evaluación Técnica tiene como finalidad realizar una selección midiendo el nivel de conocimientos que tiene el
postulante respecto la naturaleza del puesto al que postula y los conocimientos teóricos que se necesita para
desempeñar las funciones propias del puesto. En esta fase el puntaje mínimo aprobatorio es de veintiséis (26) puntos y el
máximo es de cuarenta (40) puntos. La Comisión CAS Ad Hoc se reserva el derecho de seleccionar la estructura y
contenido de la evaluación técnica, de acuerdo a lo que considere conveniente aplicar a los postulantes de la
convocatoria, sin que ello implique reclamo alguno por parte del postulante. El postulante que apruebe la Evaluación
Técnica será invitado a la Entrevista Personal.
7.
La invitación a la Evaluación Técnica figurará en el comunicado de Resultados de la Evaluación Curricular – con puntajes,
mientras que la invitación a la Entrevista Personal se encontrará en el comunicado de Resultados de la Evaluación
Técnica.
8.
La desaprobación o inasistencia a alguna fase del proceso supone la eliminación automática del postulante.
9.
En caso alguna fase del proceso no presente postulantes aprobados, el puesto se declarará desierto. También se declarará
desierta la convocatoria si ningún postulante alcanza como mínimo sesenta y seis (66) puntos en la sumatoria de las
evaluaciones (curricular con puntajes, técnica y entrevista personal).
10. Culminadas las fases de evaluación, se publicará un comunicado que declare al ganador de la convocatoria, el mismo que
contendrá las instrucciones para la firma de contrato.
X. CONSIDERACIONES FINALES
1.
Ningún participante podrá postular a más de un puesto de trabajo en una misma convocatoria.
2.
Para ser considerado apto el postulante no deberá incurrir en la incompatibilidad por parentesco por consanguinidad o
afinidad con personal de la Corte Superior de Justicia de Tacna, establecida por la Directiva N° 006-2008-CE-PJ, Normas y
procedimientos para el control de nepotismo y/o incompatibilidad en el Poder Judicial, aprobada mediante R.A. N° 0872008-CE-PJ de fecha 10 de abril de 2008. De igual modo, tampoco deberá registrar inhabilitación administrativa vigente
en el Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido (RNSDD)
3.
El aplicativo de postulación no permite recuperación de clave personal de acceso, reasignación de puesto, anulación de
registro; por lo que los postulantes deberán abstenerse de presentar este tipo de solicitudes.
4.
Las observaciones, consultas o discrepancias que surjan durante el desarrollo de la convocatoria y den lugar a la
interposición de recursos impugnatorios por parte de quienes tengan legitimo interés, deberán presentarse una vez
publicados los resultados de cada evaluación hasta antes de que se lleve a cabo la siguiente fase del proceso al correo
electrónico [email protected] debiendo ser resueltas por la instancia correspondiente.
5.
La institución no se responsabiliza ni solidariza por falta de atención o precauciones por parte del postulante que no
permita su correcta postulación, consulta oportuna de calificaciones o inasistencia a evaluaciones.
6.
De advertirse, durante la verificación de información, que el postulante ha falsificado o adulterado documentos para
sustentar la información registrada en el Reporte de la Información registrada por el postulante, éste será
automáticamente descalificado remitiéndose los actuados a la Procuraduría Pública del Poder Judicial para que realice las
acciones penales pertinentes.
7.
En caso de interposición de medida cautelar o resolución judicial contra alguno de los puestos convocados, este será
declarado automáticamente desierto (así existan postulantes), ello a fin de cumplir con lo ordenado por la autoridad
jurisdiccional.
8.
Al registrarse en el aplicativo de selección de personal el postulante acepta, confirma y reconoce las condiciones del
proceso, no siendo válido argumentar desconocimiento o vacíos de las reglas generales y especificas contenidas en estas
bases.
9.
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley General de la Persona con Discapacidad y su reglamento, la Comisión CAS Ad
Hoc otorgará una bonificación adicional (equivalente al 15% de su puntaje final acumulado), a los candidatos que
certifiquen efectivamente su discapacidad.
10. En aplicación a la disposición dada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 061-2010-SERVIR/PE, emitida por la
Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, el personal licenciado de las fuerzas armadas que desea postular, se
beneficiará con la bonificación del 10% en la última de las fases (entrevista), siempre y cuando acredite
documentalmente tal condición al momento de la entrevista, caso contrario no se brindará dicho beneficio.
Asimismo, al día siguiente de la publicación del resultado en la página web, las personas ganadoras de la convocatoria,
deberán acercarse a la Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Tacna, sitio en Calle Inclán s/n esquina con
calle Presbítero Andía, con los documentos requeridos para la respectiva suscripción del contrato.
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La República
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
Viernes, 19 de febrero del 2016
ANEXO Nº 1
DECLARACION JURADA
Yo, ________________________________________________________, identificado (a) con Documento Nacional de Identidad
N°__________________, con domicilio actual en ____________________________________________________________________
Distrito:________________________________, Provincia:________________________,
Departamento: __________________________.
Declaro bajo juramento que:
1. No tengo vínculo de parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad, ni hasta segundo grado de afinidad y de matrimonio
con personal del Poder Judicial, de conformidad con las normas legales que regulan sobre el particular.
2. Cumpliré con lo dispuesto en la Ley N° 27588 y Reglamento aprobado por D.S. N° 019-2002-CNM, sobre prohibiciones e
incompatibilidades de Funcionarios y Servidores Públicos, así como de las personas que presten servicios al estado bajo cualquier
modalidad contractual.
3. No he cesado durante los últimos cinco (5) años, acogiéndome a programas de renuncia voluntaria con incentivos ejecutados por
cualquiera de las instituciones comprendidas en los pliegos presupuestales de la Ley de Presupuesto del Sector Público.
4. No me encuentro con sanción de Destitución de la Administración Pública, ni con impedimento para contratar con entidades del
Sector Público.
5. No me encuentro patrocinando en procesos judiciales, ni lo haré durante el ejercicio de la función pública en este Poder del
Estado.
6. No registro Antecedentes Penales, ni me encuentro procesado por delito doloso.
7. No registro Antecedentes Policiales.
8. No me encuentro requisitoriado por ninguna Dependencia Judicial.
9. Me comprometo en el marco de las normas internas y disposiciones vigentes con relación a los servicios que realice en la
institución, a guardar confidencialidad y reserva de la información y documentación a mi cargo.
10. Los documentos que presento son auténticos; así como la información contenida en la Ficha de Postulación y demás
documentos requeridos, es veraz. Asimismo en caso de falsedad de lo manifestado en la presente Declaración Jurada, me someto a
lo dispuesto a la Ley de Procedimiento Administrativo General, sin perjuicio de las responsabilidades que pudiera corresponderme
por tal hecho.
11. No figuro en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.
En fe de lo firmado, suscribo la presente.
En ___________________ a los ____ días del mes de ____________ de ______
(ciudad)
______________________
FIRMA
DNI N° ………………………..
Viernes, 19 de febrero del 2016
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
La República
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La República
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
Viernes, 19 de febrero del 2016
CONCESION SERVICIO TERCERIZADO DE
FOTOCOPIADORAS
La Corte Superior de Justicia de Tacna, comunica el resultado de la
evaluación de la Comisión sobre la propuesta ganadora para
brindar el Servicio bajo Contrato de Concesión
“Servicio
Tercerizado de Fotocopiadoras” en la provincia de Tacna.
Otorgándose la Buena Pro al Señor Guido Valdez Valdivia, el mismo
que se deberá de apersonar en la Oficina de administración para
coordinación y requerimiento de documentación pertinente para
la firma del contrato.
LUGAR: 3RA Cuadra de Calle Inclán S/N - Oficina de Administración.
FECHA Y HORA: del 18 al 19 de Febrero (8:00 am. a 17:00 pm.)
La Comisión
AVISO
La Corte Superior de Justicia de Tacna requiere alquilar un inmueble de 160 mts2 como mínimo,
con patio, 2 baños, cocina, 03 dormitorios, cochera de un piso de material noble, documentos
en regla y ubicado en el cercado.
Sírvase presentar su pretensión económica y un croquis de ubicación del inmueble en la 3ra
cuadra de la calle Inclán S/N con presbítero Andia, en mesa de partes en el 4to piso de
Administración.