Parte 4

Jornada de Capacitación
Prevención del Lavado de Dinero y
Financiamiento del Terrorismo
7 de Octubre de 2015
Módulo 4:
Principales Obligaciones de los
Sujetos Obligados del Sector
Público y Privado
Principios básicos en la prevención del lavado
de activos
1º Pilar: Adopción de Políticas de Prevención
2º Pilar: Estructura de Control para la PLD y FT
3º Pilar: Política de Conozca a su Empleado y Política de
Capacitación
4º Pilar: Aplicación de la Política de “Conozca a su Cliente”.
5º Pilar: Monitoreo de las operaciones
6º Pilar: Reporte de Operaciones Sospechosas
7º Pilar: Base de Datos
Programa de Control y Prevención del Lavado de
Dinero y del Financiamiento del Terrorismo
Las Entidades deben contar con una
estrategia de control para prevenir el lavado
de dinero y el financiamiento del terrorismo,
basada en siete pilares fundamentales
1º Pilar: Adopción de Políticas de Prevención
• El Directorio de la Entidad debe diseñar, transmitir y poner en práctica
POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS específicos relativos a la Prevención del
Lavado de Dinero y del Financiamiento del Terrorismo.
• El cuerpo normativo de una Entidad deberá cumplir, mínimamente, los
siguientes objetivos:
– Notificar las funciones y responsabilidades que los diferentes sectores
tienen sobre la materia.
– Detallar las políticas en la materia referidas a: cultura organizativa,
“conozca a su cliente”, “conozca a su empleado”, monitoreo, análisis
de riesgo, entre otras.
– Poner en conocimiento las normas legales y administrativas vigentes.
2º Pilar: Estructura de Control para la PLD y FT
Comité de Control y Prevención del Lavado de Dinero y Financiamiento del Terrorismo: Este
órgano será el encargado de planificar, coordinar y velar por el cumplimiento de las políticas que
establezca y haya aprobado el Directorio.
Funcionamiento:
Deberá contar con un reglamento interno respecto del funcionamiento.
Las decisiones adoptadas deben ser informadas al Directorio.
Debe Sesionar con cierta periodicidad y asentar sus decisiones en un libro de actas.
Oficial de Cumplimiento: El Oficial de Cumplimiento en la materia es designado por el
Directorio. Esta designación deberá recaer en un Director.
Responsabilidades:
Responsable de la ejecución de las políticas establecidas por el Directorio, su seguimiento y
la implementación de los controles internos necesarios en la materia.
Centralizar todas las informaciones que requiera la Unidad de Información Financiera.
2º Pilar: Estructura de Control para la PLD y FT
Adicionalmente, la Estructura de Control y Prevención se conforma de:
Gerencia de Auditoría Interna: Su función es probar el cumplimiento y suficiencia
de los controles internos que se han establecido en materia de prevención de
lavado de dinero y otras actividades ilícitas.
Gerencia de Recursos Humanos: Se encarga, principalmente, de coordinar el plan
de capacitación, adoptar sistemas de preselección y evaluación del personal, y de
asegurar que todo el personal se notifique de las actualizaciones y modificaciones
que se hubieran registrado en la materia.
El resto de las áreas de la Entidad
3º Pilar: Política de Conozca a su Empleado y
Política de Capacitación
El factor humano es el elemento primordial de toda política de prevención.
La Política de “Conozca a su Empleado” conduce a prevenir, detectar y reprimir
conductas que tiendan a facilitar o propiciar la utilización del Banco como
herramienta para lavar dinero
Las Entidades deben adoptar un programa formal y permanente de capacitación,
entrenamiento y actualización en la materia para sus empleados.
La capacitación tendrá como finalidad:
Crear conciencia y sensibilidad entre los empleados.
Brindarles las herramientas necesarias para lograr un adecuado cumplimiento de las
exigencias normativas.
4º Pilar: Aplicación de la Política de “Conozca a su
Cliente” y Definición de Perfiles de Clientes.
•
La política conocida como “Conozca a su cliente” es de aplicación
internacional y constituye uno de los pilares fundamentales del programa
del control y prevención del LDA y FT.
•
“Conozca a su cliente” implica:
– Identificación real y completa del cliente a través de documentos de
identidad (DNI para argentinos y pasaporte para extranjeros).
– Conocer la actividad que desarrolla el cliente y que da origen los
fondos que ingresarán a la Entidad.
– Conocer los ingresos que poseen el cliente (EECC, Manifestación de
Bienes, DDJJ de Ventas)
– Conocer los productos / servicios que desea contratar.
5º Pilar: Monitoreo de las operaciones
La Entidad deberá mantener un adecuado sistema de monitoreo y
seguimiento de las transacciones que realizan sus clientes, que le permita:
–Evaluar la concordancia entre las operaciones y el perfil definido de los clientes.
–Detectar posibles desvíos y evaluarlos.
En caso de detectarse desvíos, incongruencias, incoherencias o
inconsistencias, se deberá profundizar el análisis de las operaciones con el
fin de obtener información adicional que corrobore o revierta la situación
planteada.
6º Pilar: Reporte de Operaciones Sospechosas
Oportunidad de reportar Operaciones Sospechosas:
– Al iniciar la Relación comercial o contractual: Cuando resulta que:
– La operación no es viable,
– El cliente se niega a suministrar la información que solicita la entidad,
– Intenta reducir el nivel de la información ofrecida al mínimo
– Ofrece información engañosa o que es difícil de verificar,
– Frente a todo otro hecho que resulte sin justificación económica o jurídica.
– Durante el curso de la relación contractual o comercial: Cuando como consecuencia del
monitoreo efectuado por la Entidad resulten:
–
–
–
–
Desvíos
Incongruencias
Incoherencias
Inconsistencias
entre la transacción realizada y
el perfil del cliente.
7º Pilar: Régimen de Información
En el caso de los Bancos: Base NLAVDIN
La Entidad deberá mantener una base de datos mensual con la información de las
personas que realicen operaciones -consideradas individualmente por importes
iguales o superiores a $ 40.000 (o su equivalente en otras monedas), por los siguientes
conceptos:
–
–
–
–
–
–
–
–
Depósitos en efectivo.
Depósitos constituidos con títulos valores.
Colocación de obligaciones negociables y
otros títulos valores de deuda.
Pases (activos y pasivos).
Compraventa de títulos valores o
colocación de cuota partes de FCI.
Compraventa de metales preciosos.
Compraventa en efectivo de moneda
extranjera.
Giros o transferencias emitidos y recibidos
cualquiera sea la forma utilizada para
cursar las operaciones y su destino.
–
–
–
–
–
–
–
–
–
Compraventa de cheques girados contra
cuentas del exterior y de cheques de viajero.
Pago de importaciones.
Cobro de exportaciones.
Venta de cartera de la entidad financiera a
terceros.
Servicios de amortización de préstamos.
Cancelaciones anticipadas de préstamos.
Constitución de fideicomisos y todo tipo de
otros encargos fiduciarios.
Compraventa de cheques cancelatorios.
Venta de cheques de pago financiero.
Enfoque Basado en
Riesgo para abordar
los Pilares de PLA y FT
Perfil de Riesgo Cliente y Riesgo Entidad
Conozca a su
Cliente – Cultura
del Legajo
Pilares Fundamentales
para implementar el
Enfoque de Riesgo
Capacitación
Monitoreo
Matriz de Riesgo
La “Matriz de Riesgo ” permite identificar las áreas
de mayor riesgo en materia de Lavado de Dinero y
Financiamiento del Terrorismo y determinar el
“Perfil de Riesgo”
Matriz de Riesgo de la Entidad
La “Matriz de Riesgo ” de la Entidad permite identificar las áreas de
mayor riesgo en materia de Lavado de Dinero y Financiamiento del
Terrorismo y determinar el “Perfil de Riesgo” Institucional
Factores:
Sectores económicos / industrias
Geográfico
Productos
Servicios
Clientes
Volúmenes operados
Eficacia de las políticas y procedimientos
Eficacia de los controles internos
Ejemplo del resumen de una Matriz de Riesgo de
una Entidad:
Factores de Riesgo
Riesgo por
Sección
SECCION I
CUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA SOBRE PREVENCIÓN DEL LAVADO DE DINERO Y
DEL FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO
A/M/B
SECCION II
PRODUCTOS Y SERVICIOS QUE POSEE LA ENTIDAD
A/M/B
SECCION III
PROCESAMIENTO DE DATOS DE CLIENTES
A/M/B
SECCION IV
REQUERIMIENTOS DE REPORTE E INFORMACIÓN / ORGANISMOS REGULADORES
A/M/B
SECCION VII
SECCION VIII
SECCION IX
REQUERIMIENTOS ADICIONALES EN MATERIA DE PREVENCIÓN DEL LAVADO DE
ACTIVOS SEGÚN LA NORMATIVA DE LA UIF
POLITICA DE CONOZCA A SU CLIENTE / RECAUDOS ESPECIALES /PROCEDIMIENTO
DE IDENTIFICACIÓN DEL CLIENTE
REPORTE DE OPERACIONES SOSPECHOSAS
PREVENCIÓN DEL FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO
SISTEMA DE MONITOREO
SECCION X
ESTRUCTURA DE CUMPLIMIENTO - DEBERES Y RESPONSABILIDADES
A/M/B
SECCION XI
ESTRATEGIA DE CAPACITACION
AREAS Y/O SERVICIOS VULNERABLES POR EL LAVADO DE DINERO Y EL
FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO
A/M/B
INFRAESTRUCTURA TECNOLOGICA
A/M/B
SECCION V
SECCION VI
SECCION XII
SECCION XIII
A/M/B
A/M/B
A/M/B
A/M/B
A/M/B
A/M/B
Perfil de Riesgo del Cliente
Aplicación de la Matriz de Riesgo para el análisis de la cartera de
clientes.
Medición del Riesgo de cada cliente y asignación de un Perfil de
Riesgo.
Definición de Alertas basadas en el Perfil de Riesgo.
Adecuación de los requerimientos de información, los controles
y monitoreos.
Ejemplo de Matriz de Riesgo Cliente
Factor de Riesgo
5
4
3
2
1
Ponderación
Antigüedad de la relación con el cliente
Tipo de Cliente
Actividad
Nacionalidad
Países de baja o nula tributación
Países incluidos en la lista de FATF/GAFI
Zona Geográfica Local
Tipo de Transacciones, Productos y
Servicios
que utiliza el cliente
Perfil Transaccional
Total
DDR
100 %
ENFOQUE BASADO EN RIESGO PARA CLIENTES
BANCARIOS: COM. “A” 5612 Y COM. “A” 5736 –
CLIENTES EXISTENTES
150 días para iniciar el cierre de cuentas
ENFOQUE
BASADO
EN
RIESGO
30 días
Productos CON
condiciones de
cierre
Fecha de emisión
de Alerta
o
Actualización de
Legajos Res. UIF
68/13
Cronograma
según el nivel
de riesgo
Productos SIN
condiciones
(30 DIAS)
DeRisking?
CIERRE
DE
CUENT
A
Vigencia desde
02/02/2015
Aplicación del Enfoque Basado
en Riesgo para el Sector de
Cooperativas
Res. INAES
2306/2015
• El INAES profundiza las exigencias y controles “antilavado”
para las cooperativas que presten el servicio de créditos.
• El INAES procede a determinar taxativamente cuáles son los
sujetos obligados a informar ante la UIF, incluyan o no en su
denominación la palabra “Crédito” o “Créditos” y en cuyo
estatutos se prevea la prestación del servicio de crédito en
cuestión.
• En ciertos casos de incumplimiento (por no haber remitido
las DDJJ y/o no haber cumplido con la presentación de la
información correspondiente), las cooperativas quedarán
automáticamente suspendidas en su autorización para
funcionar, por lo que deberán abstenerse de realizar actos
tendientes al cumplimiento de su objeto social.
Mayores recaudos para operar con:
De-Risking?
Fondos
comunes de
inversión
Fideicomisos
Actuación por
cuenta ajena
Empresas
pantalla
Transacciones
a distancia
PEPs
BCRA: Com. “C” 68079, Com. “C” 68043 y Com. “C” 69072
Cooperativa y Mutuales suspendidas por INAES por incumplir con Prevención de Lavado de Activos.
Prestar atención a las Cooperativas y Mutuales que hacen descuento y/o depósitos de valores de
terceros (cheques).
Deben estar aprobadas para dar Ayuda Económica y Préstamos.
Enfoque de Riesgo en la Supervisión
Resolución UIF No.229/2014
Procedimiento de Supervisión
Comunicación escrita de las deficiencias detectadas.
Convocatoria a reuniones con el Oficial de
Cumplimiento.
Reglamenta el
procedimiento de
supervisión,
fiscalización e
inspección in situ del
cumplimiento de PLA y
FT
Notificación solicitando descargos por escrito.
Set de medidas
correctivas a
aplicar por el
BCRA / SSN/
CNV / INAES
Mayores facultades
al BCRA a los fines de
verificar el
cumplimiento de la
normativa en el
sector bancario
Requerimiento de informes periódicos de follow-up.
Ordenes de cumplimiento de acciones específicas.
Requerimiento de programa para determinar riesgos,
perfiles y evaluación de transacciones.
Indicación de mejorar el entrenamiento del personal.
Requerimiento o imposición de planes de mitigación del
riesgo de LA /FT.
Requerimiento de cumplimiento adecuado de
identificación y DDC.
Solicitud de evaluación de las áreas u operaciones de
mayor riesgo.
En Marco dela Ley de Pago Soberano N° 26.984 y la Resolución N° 689/14 del Ministerio de Economía
Ley N° 26.984 declara de interés público la Reestructuración de la Deuda Soberana realizada en los años 2005 y 2010, así como el pago en
condiciones justas, equitativas, legales y sustentables al cien por ciento de los Tenedores de Títulos Públicos de la República Argentina
LA UIF cataloga como de bajo riesgo.
Para dar cumplimiento con una debida política de identificación y conocimiento de sus clientes
Cuando el tenedor es no residente, persona
física:
a) Nombre y apellido del tenedor; b)
Documento de identidad o pasaporte; c)
Domicilio, ciudad y país de residencia; d) Lugar
y fecha de nacimiento; e) Sexo; f)
Nacionalidad.
Cuando el tenedor es no residente, persona jurídica:
a) Denominación o razón social; b) Fecha y número de inscripción registral; c)
Fecha de contrato o escritura de constitución; d) Nómina de autoridades y de los
representantes autorizados para utilizar la cuenta y sus respectivos documentos
identificatorios; e) Titularidad del capital social e identificación de la/s persona/s
física/s que directa o indirectamente ejerzan el control real; f) Domicilio y
teléfono de la sede social; g) Actividad principal; h) Número de inscripción
tributaria.
Aplicación de un Enfoque
Basado en Riesgo a nivel
provincial
Ejes de acción
• Constitución de oficinas de control patrimonial provinciales con injerencia en el
análisis de los proyectos de inversión a realizarse en cada localidad.
• Incorporación de controles específicos en las condiciones de Licitación Pública o
Contratos Directos ( Política Conozca a su Proveedor)
• Realizar acuerdos con las provincias para poder contar con el soporte de
determinadas instituciones tales como registros societarios, inmobiliarios,
automotores, etc.
• Diseño e implementación de Plan Provincial de Concientización con un fuerte
soporte del sistema educativo de nivel secundario y universitario.
• Analizar la conveniencia de establecer unidades especiales dedicadas
específicamente a esta materia dentro de las fuerzas de seguridad provinciales.
• Adoptar la tendencia de una mayor especialización en la esfera jurisdiccional
creando fueros especializados y fiscalías especializadas.