adp - Ministerio de Salud

ALTA DIRECCIÓN PÚBLICA
SERVICIOS DE SALUD 2015
2015
Temario
• Fuentes Legales
• Incompatibilidades
• Convenios
• Remuneraciones
• Bonos
• Resumen
• Ejercicio
Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
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Fuentes Legales
Nº Ley / Decreto Concepto
Ley Nº 19882 /
2003
Establece el Sistema Alta Dirección Pública.
Subdirector Médico de Hospital y Director de Atención Primaria, de los Servicios
de Salud obtienen calidad de Segundo nivel jerárquico.
Ley Nº 20261 /
2008
Ley Nº 20498 /
2011
Director de Hospital o de Servicio de Salud, el máximo de doce horas de
docencia a que se refiere el artículo 8º de la ley Nº 19.863 se podrá destinar, en
forma indistinta o combinada, al desempeño de la actividad clínica y asistencial.
Agrega en el art. 14 Ley Nº 15.076. Podrán retener la propiedad de sus empleos
anteriores incompatibles, sin derecho a remuneración, cuando sean nombrados
en los cargos de Director de Hospital o Subdirector Médico ya sea de Hospital o
de un Servicio de Salud. Exclusivamente por el primer período de nombramiento
(9 años).
Subdirector Médico de Servicio de Salud y de Hospital, pueden optar por 33 horas
ley 19.664.
Decreto Nº 1580 Reglamento Convenios
/ 2006
Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
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Incompatibilidades
Excepciones
Cargos Transitorios y Provisionales
Los Cargos de Altos
Directivos Públicos son
incompatibles con otros
cargos
Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
Agrega en Art. 14º Ley Nº 15.076
Director de Hospital
Subdirector Médico de Hospital
Subdirector Médico de Servicio de Salud
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Convenios
Convenios de desempeño tendrán una duración de 3 años.
Metas anuales de desempeño durante el periodo.
Director de Servicio suscribe con el Ministro, Segundo nivel jerárquico suscribe
con el Director del Servicio de Salud.
Con un máximo de dos meses después del fin del año, deberá informar del grado
del cumplimiento.
Porcentajes de cumplimiento
Asignación ADP
Igual o más del 100%
100%
Menos del 100% y más del 80%
90%
Menos del 80%
80%
Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
Transitorio y Provisional
(T y P)
Se necesita el perfil del cargo titular para tener un T y P, dura un año
o hasta que se resuelva el concurso.
Puede comenzar a desempeñar su función antes de que el decreto
esté totalmente tramitado, la fecha de inicio se indica en el mismo
documento.
Son suplentes (No corresponde el pago del incremento previsional, a
menos que tenga un cargo titular guardado).
Debe ser calificado.
Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
De las remuneraciones
Alto Directivos Publicas recibirán una asignación correspondiente a un porcentaje
fijado por decreto supremo del Ministerio de Hacienda, sobre las remuneraciones
permanentes que no pueden sobrepasar el 100% de las remuneraciones brutas
en el año. Tampoco puede ser superior a lo que recibe el subsecretario del ramo.
Cargo
Horas/Grado
Ley
Primer y Segundo Nivel Jerárquico
Grado del cargo
(44 horas)
E.U.S.
Subdirector Médico Servicio de Salud y
de Hospital
Puede optar
33 horas, sino
utiliza el grado
del cargo
19.664 o
E.U.S.
Incompatible con Asignación de Funciones críticas.
Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
De las remuneraciones
Asignación de antigüedad
______________________________________________________________________________________________________________________
Ley Medica con trienios, conserva sus trienios en cargo Director Hospital
y Subdirector Médico Servicio de Salud y Hospital.
Ley Medica con trienios puede reconocerse como bienios (solo una vez).
Tiempo como Director de Servicio no es útil para trienios.
E.U.S. con bienios solo los conserva si es contratado en el mismo grado.
Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
De las remuneraciones
Bonos
____________________________________________________________________________________________________________________
Bono Ley 19490, Asignación de Estímulo: Experiencia y Desempeño Funcional
Cargo
Observaciones
Directores de Servicio: 3.25%
Desde que asume, sin considerar
trienios. (Dictamen Nº 39763/10)
Segundo Nivel Jerárquico:
Sólo en caso de pertenecer a la Junta
Calificadora Central (en calidad de
titular), se paga un 2%, sin considerar
trienios (Dictamen Nº 41252/10)
Formula de calculo: (Sueldo base + Asignación Sustitutiva + Asignación
Profesional + Asignación de Responsabilidad Superior) * %
Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
De las remuneraciones
Bono Ley 19937, Asignación de Estímulo: Función Directiva
Cargos
Porcentajes
1.- Obtención de la calidad de Establecimiento
autogestionado en red de sus establecimientos.
Directivos que se
desempeñen en el
Servicio de Salud:
como máximo 11%,
está asociado a tres
factores:
2.- Cumplimiento de requisitos exigidos para los
establecimientos de menor complejidad (no hay
reglamento).
Formula: ((cantidad establ. Autogestionados + establ. menor
complejidad que cumplen con el Reglamento)/Total de
establecimientos))*8%
3.- Cumplimiento de las metas sanitarias de las entidades
administradoras de salud primaria o sus establecimientos
Formula: ((Cantidad establ. que cumplieron 90% o más de las
metas/Total establecimientos))*3%
Nota: Luego se suman ambos porcentajes
Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
De las remuneraciones
Bono Ley 19937, Asignación de Estímulo: Función Directiva
Cargos
Porcentajes
Directivos que se
desempeñen en
establecimientos de
autogestión en red
Sólo en caso de que el establecimiento cumpla los
estándares como autogestionado en red (11%). (Art. 11º,
Decreto 112/2004)
Directivos que se
desempeñen en
establecimientos de
menor complejidad
Sólo cuando se cree el Reglamento.
Forma de cálculo: (Sueldo base + Asignación Sustitutiva + Asignación Profesional
+ Asignación de Responsabilidad Superior + Asignación Especial Ley 19699) * %
Requisito de estar presente en el periodo de cumplimiento de las metas
Nota: Para ambos bonos deben estar en servicio al momento del pago.
Gobierno de Chile / Ministerio de Salud
De las remuneraciones
Momento del pago
Para ambos bonos los funcionarios deben estar en servicio al momento del pago.
Proceso
Normal
Remun.+
ADP
Remun. +
ADP
Remun.+
ADP
+Diferenci
a ADP por
Bono
+Diferenci
a ADP por
Bono
+Diferenci
a ADP por
Bono
Accesoria
Bono
Proceso
Normal
Remun.+
ADP
Remun. +
ADP
Remun.+
ADP
Diferencia
ADP por
bono
Accesoria
Bono
En el mes de entero del bono se debe pagar la diferencia por asignación ADP
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De las remuneraciones
Indemnización
___________________________________________________________________________________________________________________________________________
Por Renuncia No Voluntaria o por el término del periodo de
nombramiento sin que éste sea renovado, corresponde
indemnización del artículo 154 del DFL 29.
Total de remuneraciones percibidas en el último mes (completo) por
año trabajado con máximo de seis, sin considerar el Incremento
Previsional D.L. 3501.
(Sólo años completos)
Sólo se considera el periodo como Titular, no como T y P.
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Resumen
Concepto
Titular
TyP
Subrogante
Asignación ADP
SI
SI
NO
Gastos de representación Director de Servicio de Salud
SI
SI
SI
Incremento Previsional
(Para el TyP corresponde solo si tiene guardado el cargo)
SI
NO
-
NO
SI
-
Guardar el cargo Ley Médica: Subdirector Médico Hospital o
Servicio, Director de Hospital
SI
SI
-
Bono 19490 Director de Servicio de Salud (Sin trienios)
SI
SI
-
Guardar el cargo
Bono 19490 Segundo Nivel Jerárquico (Sin trienios)
Bono 19937 Directivos Servicios de Salud (depende de tres
factores)
Bono 19937 Directivos Establ. Autogestionados en red (solo si
cumple con los estandares)
Bono 19937 Directivo Establ. Menor Complejidad (falta el
reglamento)
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Solo si es Solo si es
de la JCC de la JCC
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SI
SI
-
SI
SI
-
NO
NO
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