EL DERECHO NATURAL JAVIER HERVADA Conceptos Importantes NATURALEZA DERECHO JUSTICIA BIEN PERSONA SOCIEDAD LIBERTAD ALBEDRIO MAL DIOS Un poco de historia Antigüedad La historia para comprender el derecho natural empieza con la filosofía griega , ya que los griegos observaban la realidad y así llegaban a entenderla. Distinción entre lo que es justo por naturaleza o justo natural y lo que es justo por ley o justo legal. Por justo entendieron lo que esta conforme a la naturaleza y ley , lo que esta establecido en la ley vigente y por la comunidad política. Aristóteles es uno de los mas grandes filósofos griegos, el reveló portentosas dotes de observación y el realismo fue una de sus mejores cualidades; busco el conocimiento de la realidad y aplico a ella su inteligencia. La aportación central de Aristóteles a la teoría del derecho natural fue la noción de la metafísica de naturaleza, estableciendo las bases para comprender la existencia de un verdadero deber ser intrínseco al ser, sin caer en la falacia naturalista y sin confundir el derecho natural con los presupuestos, requisitos y condicionamientos necesarios del derecho positivo. La ley natural.- lo justo natural no es lo mismo que la ley natural. Cuando hablamos de lo justo nos estamos refiriendo al objeto de la justicia y no a la ley, que es norma o regla de la justicia. Por lo tanto, no se puede trasladar sin mas la distinción entre lo justo natural y lo justo legal a la distinción entre ley natural y ley positiva. Cicerón escribió un tratado sobre el arte de los juristas, cicerón trata de las leyes en cuanto sirven para organizar la civitas, esto es, mas que la filosofía del derecho hace filosofía política. Cicerón afirma que el fundamento universal del derecho y de las leyes, es decir, su naturaleza , reside en la naturaleza del hombre. Hay pues una ley natural que es anterior al derecho positivo, cuyo origen no es la voluntad del legislador; es una ley inscrita en la naturaleza humana, la cual es el origen y el primer y mas fundamental núcleo del derecho. Los principios de la ley natural son universales, porque son innatos, pues están impresos en el alma. El derecho natural apareció en los juristas romanos, primeramente el derecho natural apareció en los juristas romanos, como el derecho común a todas las naciones o gentes y también era aplicable . llamaron al derecho natural de varias maneras principalmente ius commune, ius naturale, y ius Gentium. Gayo distingue dos clases o dos especies de derechos que son el ius civile y el ius Gentium el primero es aquel es propio de cada pueblo y el segundo es la razón natural que se ha establecido entre todos los hombres, osea este ultimo seria el natural. Ulpiano: “ el derecho privado es tripartito, pues esta compuesto por preceptos naturales, de gentes y civiles. Es derecho natural aquel que la naturaleza enseño a todos los animales, pues este derecho no es solo propio del genero humano, sino común a todos los animales de la tierra y el mar, también es común a la aves. …” Con la cristianización se produjo una progresiva influencia de la iglesia en la legislación. Esta supuso para ellos una fuente de moralización y de civilización. Esta influencia se resume en la introducción progresiva de normas y de principios relacionados con el derecho natural. Estas se introdujeron en nombre la lex evangelica, con esto quedo la lex naturalis sumida a la lex evangelica. El nuevo testamento refiere a la historia de Jesucristo, su enseñanza y los escritos de los apóstoles. Este y el antiguo testamento concuerdan en la revelación mas perfecta de dios y su relación con los hombres. El hombre aparece como un ser racional que trasciende de ser una mera parte del genero humano, cada hombre es objeto de amor a dios y de la salvación de Jesucristo. De esto vino un nuevo concepto para nombrar al hombre , e ve al hombre como individuo o sustancia, pero que esta dotado de dignidad y de una especial singularidad que no puede ser confundida con otra especie, de ahí el termino persona. Que es predicado como una nueva imagen de dios que es el hombre. En este concepto queda marcada la dignidad del hombre siendo esta dignidad que el hombre es único e irrepetible, de valor superior al resto de los seres creados. Dios no hace distinciones todos los hombres son iguales pues dios crea a los hombres tal como los ve y los quiere. San agustin es uno de los hitos en la teoría del derecho natural en el cristianismo porque dio el concepto de ley eterna. La ley eterna es la sabiduría ordenadora de dios, en cuanto ordena y conduce a sus fines todo el movimiento y el acontecer del universo entero. Es la razón y la voluntad de dios. La ley terna es una y es universal pero se manifiesta de manera distinta en todos los seres , en cuanto a los seres morales se manifiesta como deber moral. Todos los hombres conocen a la ley eterna porque esta inscripta en el alma ósea en sus corazones. Nada es justo que no derive de la ley eterna. Con la caída del imperio romano de occidente Europa conoció un eclipse cultural que tardo varios siglos en remontar. La cultura occidental paso por un largo periodo de oscurecimiento, siendo la clerecía y de modo particular los monjes, quienes formaron el hilo conductor de la cultura antigua hasta el florecimiento medieval de los siglos XII Y XIII. Uno de los autores que mas resalta es san Isodoro de Sevilla, el dice que el derecho natural es un derecho precedente de dios, derecho divino; y las leyes se dividen en divinas y humanas. Las primeras se manifiestan por la naturaleza y las segundas por la costumbre. Se recoge la tripartición del derecho natural en la cual el derecho natural se entendió como aquel que viene de las inclinaciones naturales del hombre. Esto nos dice que es el derecho común a todas las naciones. Y tal derecho es justo, el cual predica cosas como el matrimonio, legitima defensa y el dominio del hombre sobre la tierra entre otras. Los juristas: Irnerio dice que el derecho es triple: el estatuido por las leyes, el estatuido por las costumbres y el establecido por la naturaleza. El derecho natural es de origen divino y existe en todos todo el tiempo. Graciano dice que el derecho natural siempre esta referido al hombre , sabiéndose que el derecho natural es común a hombres t animales. Es un derecho que no cambia con el tiempo y que empieza con la dignidad , pues es anterior al derecho positivo y también por ser voluntad de dios prevalece sobre este , en este caso las leyes positivas que vayan en contra del la ley natural no son obligatorias. Escuela anglonormanda: Tenían dos modos de entender la ley natural, como una capacidad de discernir el bien y el mal, y como un juicio de razón. Todo ello en el contexto de ir canalizado los diversos significados que había ido recibiendo la expresión ius naturale. Santo tomas de Aquino: Santo tomas de Aquino fue uno de los mas grandes filósofos y teólogos que han existido a lo largo de la historia, el forma la línea de pensamiento filosófico mas importante hasta nuestros días. Con el la teoría del derecho natural adquirió forma acabada. Su doctrina distingue distintos fueros de la razón natural. Lo sobrenatural del hombre no pertenece al genero de las sustancias sino que es un enriquecimiento no substancial sino el genero de los accidentes, de este modo lo sobrenatural se perfecciona lo natural pero no lo cambia no lo destruye solo se transforma. Esto se supone que la naturaleza humana mantiene integras sus exigencias de orden y de justicia lo que conlleva que la ley y el derecho naturales persistentes en su integridad. Dentro de la metafísica de santo tomas vemos que llega a su punto mas elevado cuando crea el concepto de creación de por si accesible a la razón esto es que Dios es el ser por esencia. “Todas las creaturas son vestigios divinos siendo el hombre mas que vestigio, porque es imagen en virtud de su racionalidad… dios es cognoscible a todas la creaturas por vía de eminencia (elevando las cualidades finitas a infinitas) y por vía de negación (excluyendo de Dios lo imperfecto de las creaturas). “El orden del universo es participación del orden divino … el hombre imagen de dios tiene un orden especifico impreso en si ser… hay una intima relación entre el orden moral y el der del hombre, porque el orden morales orden del ser humano. Obrar conforme al orden moral es perfeccionarse, quebrantarlo es degradarse. … as cosas son realmente, existen objetivamente, con independencia del pensar humano..” La teoría de la ley natural esta presidida por la idea de participación. “La ley natural es la manera propia por la cual el hombre, la criatura racional, participa de la ley eterna. La ley natural es la luz de la razón natural por la cual el hombre discierne en su conducta moral lo bueno y lo malo; y esta luz es la impresión de la luz divina en nosotros. En otras palabras, al ley natural no es otra cosa que la participación de la ley eterna en la criatura racional”. “tomas de Aquino … la ley natural es una proposición imperativa, no puede ser un habito , sino … una operación de la razón. Siendo operación no puede ser un habito. El obrar humano es dirigida a los fines del hombre, pues el hombre es un ser ordenado a unos fines. Esto supuesto, el primer y supremo principio de la ley natural…es lo primero que cae en consideración, así el bien es lo primero que aprehende la razón practica, ordenada a la operación, puesto que todo agente obra por un fin, el cual tiene naturaleza de bien… por tanto, el orden de los preceptos de la ley natural es paralelo al orden de las inclinaciones naturales”. “la ley humana deriva de la ley natural de dos modos: por conclusión y por determinación. Hay derivación por modo de conclusión cuanto el contenido de la ley humana se deriva como la conclusión de un juicio o silogismo practico. … La determinación, en cambio es una opción… entre las distintas posibilidades que se le abren al hombre de cumplir muchos preceptos de ley natural…”. “Por eso santo tomas de Aquino, además de tratar la ley natural, estudia el derecho natural en un lugar distinto… de su suma teológica. ¿qué se entiende por derecho natural? En este contexto, el ius naturale es el conjunto de cosas que deben ser dadas a quien tiene un titulo sobre ellas según lo determinado por la naturaleza, entendiendo por tal aquella cosa justa, cuya igualdad proporcional… no proviene de la convención humana sino de la naturaleza misma de las cosas. El apogeo del derecho natural moderno: Kant “La metafísica que Kant conoció no es la aristotélica, sino la de Wolff, que es la que él llama metafísica dogmática. La llama dogmática porque se desarrolla con plena confianza en la razón sin haberla estudiado críticamente; y porque intenta conocer el ser en sí, mediante la sola razón, es decir, a priori, con independencia de toda experiencia.” Que las cosas en si sean incognoscibles, no quiere decir que se reduzcan a nuestras representaciones sensibles; por eso, aunque sean incognoscibles, son pensables. La razón de que las cosas en si no sean meras representaciones es doble: por una parte, nuestra sensibilidad es una función pasiva, por lo cual nuestras impresiones suponen una causa exterior; por otro lado, la idea misma del fenómeno implica la de cosa en sí, pues sería absurdo que existiese un fenómeno sin que hubiera algo que apareciese. Con ello Kant dejaba la puerta abierta a admitir la posibilidad de conocer aquellas cosas que, por no ser sensibles, son racionalmente incognoscibles; puede conocerse por fe lo que la razón no os puede dar a conocer y respecto de lo cual llega como máximo a una posición agnóstica (de no saber) –pues algo pensable pero no cognoscible-, como ocurre con la existencia de Dios, la inmortalidad del alma o la libertad del hombre . También en lo que respecta a la moral Kant da un giro copernicano, al situar como centro de ella el deber en lugar de bien. Hasta Kant el centro de la moral era el bien, de modo que una acción era considerada buena o mala según estuviera o no ordenada al bien. La ley humana no tiene un valor incondicionado y absoluto, por que el hombre es persona y en el toda obediencia debe ser racional y según el orden de sus fines naturales; solo en razón del bien del hombresolo en razón de sus fines- la persona puede ser vinculada por la ley. El derecho incondicionado de Kant no es un derecho para personas, sino un derecho para esclavos.” LA JUSTICIA Se dice que el hombre es justo cuando su conducta esta de acuerdo con un orden previamente establecido que se considera como justo. La aspiración de la justicia es en todo caso que el hombre alcance el pleno estado de la felicidad. Un orden justo “es aquel que garantiza a todos la felicidad, no puede existir si … se entiende por felicidad un sentimiento subjetivo, es decir, lo que cada uno considera como tal. En este caso, es imposible evitar que la felicidad del uno entre en conflicto con la felicidad del otro.” Platón dijo “la vida mas justa es mas feliz”. Sin embargo el también admite que también una persona justa puede llegar a ser un desgraciado , platón esta de acuerdo en que los ciudadano deben de creer que lo que dice la ley es justicia y por lo tanto los va a hacer felices, aunque no sea cierto y piensa que esta bien que el gobierno utilice este tipo de mentiras, en este caso vemos que platón coloca a la justicia por encima de la verdad. En la escuela del derecho natural la teoría que se refiere al derecho natural dice que hay una justicia en as relaciones humanas y que esta justicia viene de la naturaleza. Se dice en esta teoría que esta naturaleza normativa proviene de la razón del hombre. La naturaleza por si misma tiene el principio de casualidad por esto necesita de la razón del hombre. “… yo no se si puedo decir que es la justicia, la justicia absoluta, este hermoso sueño de la humanidad. Debo conformarme con la justicia relativa, puedo decir únicamente lo que para mi es justicia. … la justicia es aquella bajo cuya protección puede florecer la ciencia y, con la ciencia, la verdad y la sinceridad. Es la justicia de la libertad, la justicia de la paz, la justicia de la democracia, la justicia de la tolerancia.” ¿Qué es el Derecho Natural? En roma , los juristas se encargaron de perfeccionar el derecho y así convertirlo en arte, esto lo hicieron basándose en el principio de de “dar a cada hombre lo suyo” Pero dar a cada quien lo suyo exige primeramente, querer darlo también es importante que sepa a quien pertenece la cosa. La relación de justicia: Para que exista una relación de justicia se requiere que los sujetos iguales en cuanto a que puedan satisfacer la deuda. Las relaciones que no son iguales se les llama piedad (los padres a los hijos). Un ejemplo claro de piedad lo podemos ver en la sociedad la persona obtiene mas de esta de los que aporta. Clases fundamentales de relación de justicia: *Lo debido entre personas: Surge por el intercambio entre los bienes o por la apoderacion de los bienes del otro *lo debido por la colectividad al individuo: la igualdad reside en la proporción entre las cosas y las personas *lo debido por el individuo a la colectividad: debemos responderá a la pregunta ¿cuál es el derecho de la colectividad ante sus componentes? El bien común constituye el derecho de la colectividad ante sus componentes y correlativamente la deuda de estos ante ella. El derecho es fruto del hombre para regularlo y también las relaciones interpersonales. El hombre no es pieza de un conjunto sino es protagonista de la historia por medio de decisiones libres, los hombres son dotados de razón porque el universo es libre y la razón son los que los guía en su actuar. La existencia de títulos naturales siempre ha existido porque hay cosas propias del hombre, por lo mismo de que es persona y tienen habilidad de apropiación. Ejemplo: en la era de las cavernas, las herramientas y lo que se conseguía con ellas se presumía que era de la persona que las consiguió. El hombre tiene derecho a los bienes que son inherentes a su ser como el derecho ala vida, a la dignidad, ala libertad, etc. Estos derechos no podemos considerarlos meramente como positivos porque de hacerlo nos referiríamos a que estos derechos se los otorga la ley y que no vienen de ellos mismos. En cuanto negamos los derechos naturales también estamos negando a los hombres como personas El fundamento del derecho natural es la personalidad, la personalidad es la intensidad de ser propia de la naturaleza humana(lo que es) , la personalidad concierne a la esencia del hombre y esta esencia es el principio de operación. La esencia como principio de operación es lo que llamamos naturaleza humana, por eso el fundamento de todo derecho es la naturaleza humana. Los derechos naturales no son mas que derechos verdaderamente existentes esto se refiere a son de contenido de relaciones jurídicas. Cuando nos referimos a la naturaleza de las cosas nos referimos a que estas cosas tienen un valor o se pueden medir, las cosas no se miden solo esencia sino también por otros factores ontológicos como: la finalidad, la cantidad, la cualidad , la relación y el tiempo, estos factores son lo que constituyen la naturaleza de la cosa. La finalidad mide las cosas en si mismas, es por lo que la cosa fue creada, para lo que nos va a ser útil , la cosa cumple con su naturaleza cuando cumple la finalidad por la cual fue creada. La cualidad y la cantidad son lo que llamamos ajustamiento de cosas, a esto nos referimos a cantidad como algo numérico y a cualidad como algo que sirve para igualar las cosas.La relación es donde se miden ciertos derechos y deberes que nacen de la posición relativa de unos sujetos con otros o de unas cosas con otras. Por ultimo tenemos lo que es el tiempo, los derechos y deberes pueden surgir como temporales , pero el tiempo que mide los derechos naturales es aquel que es inherente a los bienes que, en cada caso, constituyen los derechos naturales. Hay dos grandes divisiones de derechos naturales: *derechos primario y derechos derivados.- los derechos primarios son aquellos que representan los bienes fundamentales de la naturaleza humana los que corresponden a sus tendencias básicas, les decimos derechos derivados a los que manifestaciones de un derecho primario por ejemplo el derecho a la vida y el derecho a la alimentación. *Derechos originarios y derechos subsiguientes.- cuando hablamos de derechos originarios son aquellos que provienen de la naturaleza humana y son propios del hombre en cualquier época de la historia, los subsiguientes son aquellos que dimanan de la naturaleza humana en relación a situaciones creadas por el hombre. La norma y su relación con lo justo: El objeto de estudio del jurista siempre ha sido la norma entendido así por tal los preceptos que regulan la vida social. Hay diversas clases de normas, desde la ley dada por el parlamento, los decretos gubernativos y hasta normas autónomas como son los contratos. Las leyes han recibido el nombre de derecho desde la antigüedad pero esto no siempre esta bien empleado ya que si vemos bien esto solo comprende a derecho objetivo no al derecho en si. Podría decirse que el arte del jurista es el arte de las leyes , pero con ello se caería en una confusión. Arte es un saber hacer , donde hablar del arte de la leyes querría decir el arte de hacer buenas leyes. Las leyes las hacen los políticos, los gobernantes. He ahí un dato que hay que olvidar; la función del jurista se desarrolla una vez establecida la leyes, el jurista interpreta las leyes para su correcta aplicación. La regla natural del derecho: El conjunto de reglas de derecho procedentes de la razón natural es lo que se llama derecho natural en sentido objetivo, o simplemente derecho natural. Las reglas positivas de derecho reciben el nombre de derecho positivo en sentido objetivo, o abreviadamente derecho positivo. El derecho natural esta constituido por prescripciones de la razón natural que enuncian un deber de justicia. Estas prescripciones son parte de la llamada ley natural, tema que estudiaremos a continuación. Ley natural: Lo que llamamos derecho natural no es una doctrina, sino un hecho de experiencia. Por lo tanto la llamada teoría o doctrina de la ley natural no es otra cosa que la explicación científica de ese hecho de experiencia, que es un dato natural del hombre. Definición descriptiva de la ley natural: “ el conjunto de leyes racionales que expresan el orden de las tendencias o inclinaciones naturales a los fines propios del ser humano, aquel orden que es propio del hombre como persona”. Contenido de la ley natural: Las reglas racionales que conforman la ley natural son: * la inclinación o tendencia a la conservación del ser. * la inclinación a la unión conyugal de varón y mujer * la inclinación a la relación con dios. * la tendencia al trabajo. * la inclinación a la sociedad política y a las varias formas de asociación . * tendencia a la comunicación. * la inclinación al conocimiento. Estructura de la ley natural: La ley natural es un conjunto de preceptos de la razón; constituye una operación de la razón. La razón es una estructura operativa ya que esta determinada a la verdad, la razón practica opera fundamentalmente a partir de un juicio básico “hay que hacer el bien” y “hay que evitar el mal”. La libertad: Ley natural y leyes humanas: La ley natural es la expresión de las exigencias de la naturaleza humana en orden a los fines del hombre. Pero la naturaleza humana no señala mas que un orden fundamental, porque la tendencia a los fines del hombre esta regida por el principio de libertad en la elección de los medios. La naturaleza marca el fin y con el la dirección fundamental de la conducta humana, su orden básico, son sobrepasar esta medida. Como el hombre es un ser inteligente y libre, fuera del orden fundamental señalado, esta dado a su libre arbitrio y a su inventiva. Clases de normas jurídicas naturales: * mandatos – conductas que deben de hacerse por razón de justicia. * prohibiciones – conductas que deben abstenerse por razón de justicia. * permisiones- libertad de obrar. *norma reguladoras – capacidad respecto a los a los actos y negocios derechos, libertades y facultades. Conclusión: Cuando hablamos de derecho natural nos referimos al conjunto de normas que vienen de la naturaleza, como naturaleza nos referimos a lo que es intrínseco en nosotros, lo que es no lo que debe ser. El derecho natural esta conformado por leyes, como todas las leyes y reglas estas son validas en cuanto exigen un proceder intrínsecamente obligatorio, ósea un deber ser. Pero las normas que constituyen el derecho natural mas que imponernos un deber ser, nos confirman lo que nuestra conducta debe de hacer caso respecto a la naturaleza , por tanto estas normas siempre nos van a llevar a realizar un bien en lugar de un mal. Además estas reglas nos avisan relaciones constantes entre fenómenos , no puede ser de ningún modo mas que del que esta establecido por un orden que es mayor a la razón del hombre , aunque esto excluye que la razón del hombre este implicada ya que esta es la que se encarga de plasmar estas normas en el derecho positivo y así hacerlas obligatorias. El derecho natural además de buscar justicia, busca mas una sana convivencia en sociedad, en la cual cada persona puede alcanzar mas fácil su fin ultimo como sociedad y como individuo y así realizarse , el fin ultimo es la felicidad en cuanto a individuo y en sociedad es aprovechar todos los recursos y que a nadie le haga falta nada. Así el derecho natural es algo que aunque no este en el derecho positivo , no lo podemos ignorar pues nos ha regido desde el inicio de la historia, ir contra este derecho seria ir en contra de nosotros mismos y de nuestra naturaleza, por eso es tan importante que en cualquier sistema jurídico se respete y se haga caso a este derecho .
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