Presentacion preordinario

EL DERECHO NATURAL
JAVIER HERVADA
Conceptos Importantes
NATURALEZA
DERECHO
JUSTICIA
BIEN
PERSONA
SOCIEDAD
LIBERTAD
ALBEDRIO
MAL
DIOS
Un poco de historia
Antigüedad
La historia para comprender el derecho natural
empieza con la filosofía griega , ya que los griegos
observaban la realidad y así llegaban a entenderla.
Distinción entre lo que es justo por naturaleza o
justo natural y lo que es justo por ley o justo legal.
Por justo entendieron lo que esta conforme a la
naturaleza y ley , lo que esta establecido en la ley
vigente y por la comunidad política.
Aristóteles es uno de los mas grandes filósofos
griegos, el reveló portentosas dotes de observación y
el realismo fue una de sus mejores cualidades; busco
el conocimiento de la realidad y aplico a ella su
inteligencia.
La aportación central de Aristóteles a la teoría del
derecho natural fue la noción de la metafísica de
naturaleza, estableciendo las bases para comprender
la existencia de un verdadero deber ser intrínseco al
ser, sin caer en la falacia naturalista y sin confundir el
derecho natural con los presupuestos, requisitos y
condicionamientos necesarios del derecho positivo.
La ley natural.- lo justo natural no es lo mismo
que la ley natural. Cuando hablamos de lo justo
nos estamos refiriendo al objeto de la justicia y
no a la ley, que es norma o regla de la justicia.
Por lo tanto, no se puede trasladar sin mas la
distinción entre lo justo natural y lo justo legal a
la distinción entre ley natural y ley positiva.
Cicerón escribió un tratado sobre el arte de los
juristas, cicerón trata de las leyes en cuanto sirven
para organizar la civitas, esto es, mas que la filosofía
del derecho hace filosofía política. Cicerón afirma
que el fundamento universal del derecho y de las
leyes, es decir, su naturaleza , reside en la
naturaleza del hombre.
Hay pues una ley natural que es anterior al derecho
positivo, cuyo origen no es la voluntad del
legislador; es una ley inscrita en la naturaleza
humana, la cual es el origen y el primer y mas
fundamental núcleo del derecho. Los principios de
la ley natural son universales, porque son innatos,
pues están impresos en el alma.
El derecho natural apareció en los juristas
romanos, primeramente el derecho natural
apareció en los juristas romanos, como el
derecho común a todas las naciones o gentes y
también era aplicable . llamaron al derecho
natural de varias maneras principalmente ius
commune, ius naturale, y ius Gentium.
Gayo distingue dos clases o dos especies de
derechos que son el ius civile y el ius Gentium el
primero es aquel es propio de cada pueblo y el
segundo es la razón natural que se ha establecido
entre todos los hombres, osea este ultimo seria
el natural.
Ulpiano:
“ el derecho privado es tripartito, pues esta
compuesto por preceptos naturales, de gentes y
civiles. Es derecho natural aquel que la
naturaleza enseño a todos los animales, pues
este derecho no es solo propio del genero
humano, sino común a todos los animales de la
tierra y el mar, también es común a la aves. …”
Con la cristianización se produjo una progresiva
influencia de la iglesia en la legislación. Esta
supuso para ellos una fuente de moralización y
de civilización. Esta influencia se resume en la
introducción progresiva de normas y de
principios relacionados con el derecho natural.
Estas se introdujeron en nombre la lex
evangelica, con esto quedo la lex naturalis
sumida a la lex evangelica.
El nuevo testamento refiere a la historia de Jesucristo, su
enseñanza y los escritos de los apóstoles. Este y el
antiguo testamento concuerdan en la revelación mas
perfecta de dios y su relación con los hombres. El hombre
aparece como un ser racional que trasciende de ser una
mera parte del genero humano, cada hombre es objeto
de amor a dios y de la salvación de Jesucristo.
De esto vino un nuevo concepto para nombrar al hombre
, e ve al hombre como individuo o sustancia, pero que
esta dotado de dignidad y de una especial singularidad
que no puede ser confundida con otra especie, de ahí el
termino persona. Que es predicado como una nueva
imagen de dios que es el hombre.
En este concepto queda marcada la dignidad del hombre siendo
esta dignidad que el hombre es único e irrepetible, de valor
superior al resto de los seres creados. Dios no hace distinciones
todos los hombres son iguales pues dios crea a los hombres tal
como los ve y los quiere.
San agustin es uno de los hitos en la teoría del derecho natural en
el cristianismo porque dio el concepto de ley eterna.
La ley eterna es la sabiduría ordenadora de dios, en cuanto
ordena y conduce a sus fines todo el movimiento y el acontecer
del universo entero. Es la razón y la voluntad de dios. La ley terna
es una y es universal pero se manifiesta de manera distinta en
todos los seres , en cuanto a los seres morales se manifiesta
como deber moral.
Todos los hombres conocen a la ley eterna porque esta inscripta
en el alma ósea en sus corazones. Nada es justo que no derive de
la ley eterna.
Con la caída del imperio romano de occidente Europa conoció un eclipse
cultural que tardo varios siglos en remontar. La cultura occidental paso
por un largo periodo de oscurecimiento, siendo la clerecía y de modo
particular los monjes, quienes formaron el hilo conductor de la cultura
antigua hasta el florecimiento medieval de los siglos XII Y XIII.
Uno de los autores que mas resalta es san Isodoro de Sevilla, el dice que
el derecho natural es un derecho precedente de dios, derecho divino; y
las leyes se dividen en divinas y humanas. Las primeras se manifiestan
por la naturaleza y las segundas por la costumbre.
Se recoge la tripartición del derecho natural en la cual el derecho natural
se entendió como aquel que viene de las inclinaciones naturales del
hombre. Esto nos dice que es el derecho común a todas las naciones. Y
tal derecho es justo, el cual predica cosas como el matrimonio, legitima
defensa y el dominio del hombre sobre la tierra entre otras.
Los juristas:
Irnerio dice que el derecho es triple: el estatuido por
las leyes, el estatuido por las costumbres y el
establecido por la naturaleza. El derecho natural es de
origen divino y existe en todos todo el tiempo.
Graciano dice que el derecho natural siempre esta
referido al hombre , sabiéndose que el derecho
natural es común a hombres t animales. Es un derecho
que no cambia con el tiempo y que empieza con la
dignidad , pues es anterior al derecho positivo y
también por ser voluntad de dios prevalece sobre este
, en este caso las leyes positivas que vayan en contra
del la ley natural no son obligatorias.
Escuela anglonormanda:
Tenían dos modos de entender la ley natural, como
una capacidad de discernir el bien y el mal, y como
un juicio de razón. Todo ello en el contexto de ir
canalizado los diversos significados que había ido
recibiendo la expresión ius naturale.
Santo tomas de Aquino:
Santo tomas de Aquino fue uno de los mas grandes
filósofos y teólogos que han existido a lo largo de la
historia, el forma la línea de pensamiento filosófico mas
importante hasta nuestros días. Con el la teoría del
derecho natural adquirió forma acabada.
Su doctrina distingue distintos fueros de la razón natural.
Lo sobrenatural del hombre no pertenece al genero de las
sustancias sino que es un enriquecimiento no substancial
sino el genero de los accidentes, de este modo lo
sobrenatural se perfecciona lo natural pero no lo cambia
no lo destruye solo se transforma. Esto se supone que la
naturaleza humana mantiene integras sus exigencias de
orden y de justicia lo que conlleva que la ley y el derecho
naturales persistentes en su integridad.
Dentro de la metafísica de santo tomas vemos que llega a su
punto mas elevado cuando crea el concepto de creación de
por si accesible a la razón esto es que Dios es el ser por
esencia. “Todas las creaturas son vestigios divinos siendo el
hombre mas que vestigio, porque es imagen en virtud de su
racionalidad… dios es cognoscible a todas la creaturas por vía
de eminencia (elevando las cualidades finitas a infinitas) y por
vía de negación (excluyendo de Dios lo imperfecto de las
creaturas).
“El orden del universo es participación del orden divino … el
hombre imagen de dios tiene un orden especifico impreso en
si ser… hay una intima relación entre el orden moral y el der
del hombre, porque el orden morales orden del ser humano.
Obrar conforme al orden moral es perfeccionarse,
quebrantarlo es degradarse.
… as cosas son realmente, existen objetivamente, con
independencia del pensar humano..”
La teoría de la ley natural esta presidida por la idea de participación. “La
ley natural es la manera propia por la cual el hombre, la criatura racional,
participa de la ley eterna. La ley natural es la luz de la razón natural por la
cual el hombre discierne en su conducta moral lo bueno y lo malo; y esta
luz es la impresión de la luz divina en nosotros. En otras palabras, al ley
natural no es otra cosa que la participación de la ley eterna en la criatura
racional”.
“tomas de Aquino … la ley natural es una proposición imperativa, no
puede ser un habito , sino … una operación de la razón. Siendo operación
no puede ser un habito. El obrar humano es dirigida a los fines del
hombre, pues el hombre es un ser ordenado a unos fines. Esto supuesto,
el primer y supremo principio de la ley natural…es lo primero que cae en
consideración, así el bien es lo primero que aprehende la razón practica,
ordenada a la operación, puesto que todo agente obra por un fin, el cual
tiene naturaleza de bien… por tanto, el orden de los preceptos de la ley
natural es paralelo al orden de las inclinaciones naturales”.
“la ley humana deriva de la ley natural de dos modos: por
conclusión y por determinación. Hay derivación por modo de
conclusión cuanto el contenido de la ley humana se deriva
como la conclusión de un juicio o silogismo practico. …
La determinación, en cambio es una opción… entre las
distintas posibilidades que se le abren al hombre de cumplir
muchos preceptos de ley natural…”.
“Por eso santo tomas de Aquino, además de tratar la ley
natural, estudia el derecho natural en un lugar distinto… de su
suma teológica. ¿qué se entiende por derecho natural? En
este contexto, el ius naturale es el conjunto de cosas que
deben ser dadas a quien tiene un titulo sobre ellas según lo
determinado por la naturaleza, entendiendo por tal aquella
cosa justa, cuya igualdad proporcional… no proviene de la
convención humana sino de la naturaleza misma de las cosas.
El apogeo del derecho natural moderno:
Kant
“La metafísica que Kant conoció no es la
aristotélica, sino la de Wolff, que es la que él
llama metafísica dogmática. La llama dogmática
porque se desarrolla con plena confianza en la
razón sin haberla estudiado críticamente; y
porque intenta conocer el ser en sí, mediante la
sola razón, es decir, a priori, con independencia
de toda experiencia.”
Que las cosas en si sean incognoscibles, no quiere decir que
se reduzcan a nuestras representaciones sensibles; por eso,
aunque sean incognoscibles, son pensables. La razón de que
las cosas en si no sean meras representaciones es doble: por
una parte, nuestra sensibilidad es una función pasiva, por lo
cual nuestras impresiones suponen una causa exterior; por
otro lado, la idea misma del fenómeno implica la de cosa en
sí, pues sería absurdo que existiese un fenómeno sin que
hubiera algo que apareciese. Con ello Kant dejaba la puerta
abierta a admitir la posibilidad de conocer aquellas cosas que,
por no ser sensibles, son racionalmente incognoscibles;
puede conocerse por fe lo que la razón no os puede dar a
conocer y respecto de lo cual llega como máximo a una
posición agnóstica (de no saber) –pues algo pensable pero no
cognoscible-, como ocurre con la existencia de Dios, la
inmortalidad del alma o la libertad del hombre .
También en lo que respecta a la moral Kant da un giro
copernicano, al situar como centro de ella el deber en
lugar de bien. Hasta Kant el centro de la moral era el
bien, de modo que una acción era considerada buena
o mala según estuviera o no ordenada al bien.
La ley humana no tiene un valor incondicionado y
absoluto, por que el hombre es persona y en el toda
obediencia debe ser racional y según el orden de sus
fines naturales; solo en razón del bien del hombresolo en razón de sus fines- la persona puede ser
vinculada por la ley. El derecho incondicionado de
Kant no es un derecho para personas, sino un
derecho para esclavos.”
LA JUSTICIA
Se dice que el hombre es justo cuando su
conducta esta de acuerdo con un orden
previamente establecido que se considera como
justo. La aspiración de la justicia es en todo caso
que el hombre alcance el pleno estado de la
felicidad.
Un orden justo “es aquel que garantiza a todos
la felicidad, no puede existir si … se entiende por
felicidad un sentimiento subjetivo, es decir, lo
que cada uno considera como tal. En este caso,
es imposible evitar que la felicidad del uno entre
en conflicto con la felicidad del otro.”
Platón dijo “la vida mas justa es mas feliz”. Sin
embargo el también admite que también una
persona justa puede llegar a ser un desgraciado ,
platón esta de acuerdo en que los ciudadano
deben de creer que lo que dice la ley es justicia y
por lo tanto los va a hacer felices, aunque no sea
cierto y piensa que esta bien que el gobierno
utilice este tipo de mentiras, en este caso
vemos que platón coloca a la justicia por encima
de la verdad.
En la escuela del derecho natural la teoría
que se refiere al derecho natural dice que
hay una justicia en as relaciones humanas
y que esta justicia viene de la naturaleza.
Se dice en esta teoría que esta naturaleza
normativa proviene de la razón del
hombre. La naturaleza por si misma tiene
el principio de casualidad por esto
necesita de la razón del hombre.
“… yo no se si puedo decir que es la
justicia, la justicia absoluta, este hermoso
sueño de la humanidad. Debo
conformarme con la justicia relativa, puedo
decir únicamente lo que para mi es justicia.
… la justicia es aquella bajo cuya
protección puede florecer la ciencia y, con
la ciencia, la verdad y la sinceridad. Es la
justicia de la libertad, la justicia de la paz,
la justicia de la democracia, la justicia de la
tolerancia.”
¿Qué es el Derecho Natural?
En roma , los juristas se encargaron de
perfeccionar el derecho y así convertirlo en arte,
esto lo hicieron basándose en el principio de de
“dar a cada hombre lo suyo”
Pero dar a cada quien lo suyo exige
primeramente, querer darlo también es
importante que sepa a quien pertenece la cosa.
La relación de justicia:
Para que exista una relación de justicia se requiere que los sujetos
iguales en cuanto a que puedan satisfacer la deuda. Las relaciones
que no son iguales se les llama piedad (los padres a los hijos). Un
ejemplo claro de piedad lo podemos ver en la sociedad la persona
obtiene mas de esta de los que aporta.
Clases fundamentales de relación de justicia:
*Lo debido entre personas:
Surge por el intercambio entre los bienes o por la apoderacion de
los bienes del otro
*lo debido por la colectividad al individuo:
la igualdad reside en la proporción entre las cosas y las personas
*lo debido por el individuo a la colectividad:
debemos responderá a la pregunta ¿cuál es el derecho de la
colectividad ante sus componentes? El bien común constituye el
derecho de la colectividad ante sus componentes y
correlativamente la deuda de estos ante ella.
El derecho es fruto del hombre para regularlo y
también las relaciones interpersonales. El
hombre no es pieza de un conjunto sino es
protagonista de la historia por medio de
decisiones libres, los hombres son dotados de
razón porque el universo es libre y la razón son
los que los guía en su actuar.
La existencia de títulos naturales siempre ha existido
porque hay cosas propias del hombre, por lo mismo de
que es persona y tienen habilidad de apropiación.
Ejemplo: en la era de las cavernas, las herramientas y lo
que se conseguía con ellas se presumía que era de la
persona que las consiguió.
El hombre tiene derecho a los bienes que son inherentes
a su ser como el derecho ala vida, a la dignidad, ala
libertad, etc. Estos derechos no podemos considerarlos
meramente como positivos porque de hacerlo nos
referiríamos a que estos derechos se los otorga la ley y
que no vienen de ellos mismos.
En cuanto negamos los derechos naturales también
estamos negando a los hombres como personas
El fundamento del derecho natural es la
personalidad, la personalidad es la intensidad de
ser propia de la naturaleza humana(lo que es) , la
personalidad concierne a la esencia del hombre y
esta esencia es el principio de operación. La esencia
como principio de operación es lo que llamamos
naturaleza humana, por eso el fundamento de todo
derecho es la naturaleza humana.
Los derechos naturales no son mas que derechos
verdaderamente existentes esto se refiere a son de
contenido de relaciones jurídicas.
Cuando nos referimos a la naturaleza de las cosas
nos referimos a que estas cosas tienen un valor o se
pueden medir, las cosas no se miden solo esencia
sino también por otros factores ontológicos como:
la finalidad, la cantidad, la cualidad , la relación y el
tiempo, estos factores son lo que constituyen la
naturaleza de la cosa.
La finalidad mide las cosas en si mismas, es por lo
que la cosa fue creada, para lo que nos va a ser útil ,
la cosa cumple con su naturaleza cuando cumple la
finalidad por la cual fue creada.
La cualidad y la cantidad son lo que llamamos
ajustamiento de cosas, a esto nos referimos a
cantidad como algo numérico y a cualidad como
algo que sirve para igualar las cosas.La relación es
donde se miden ciertos derechos y deberes que
nacen de la posición relativa de unos sujetos con
otros o de unas cosas con otras.
Por ultimo tenemos lo que es el tiempo, los
derechos y deberes pueden surgir como temporales
, pero el tiempo que mide los derechos naturales es
aquel que es inherente a los bienes que, en cada
caso, constituyen los derechos naturales.
Hay dos grandes divisiones de derechos naturales:
*derechos primario y derechos derivados.-
los derechos primarios son aquellos que representan los
bienes fundamentales de la naturaleza humana los que
corresponden a sus tendencias básicas, les decimos derechos
derivados a los que manifestaciones de un derecho primario
por ejemplo el derecho a la vida y el derecho a la
alimentación.
*Derechos originarios y derechos subsiguientes.-
cuando hablamos de derechos originarios son aquellos que
provienen de la naturaleza humana y son propios del hombre
en cualquier época de la historia, los subsiguientes son
aquellos que dimanan de la naturaleza humana en relación a
situaciones creadas por el hombre.
La norma y su relación con lo justo:
El objeto de estudio del jurista siempre ha sido la norma entendido así
por tal los preceptos que regulan la vida social. Hay diversas clases de
normas, desde la ley dada por el parlamento, los decretos
gubernativos y hasta normas autónomas como son los contratos.
Las leyes han recibido el nombre de derecho desde la antigüedad pero
esto no siempre esta bien empleado ya que si vemos bien esto solo
comprende a derecho objetivo no al derecho en si. Podría decirse que
el arte del jurista es el arte de las leyes , pero con ello se caería en una
confusión. Arte es un saber hacer , donde hablar del arte de la leyes
querría decir el arte de hacer buenas leyes.
Las leyes las hacen los políticos, los gobernantes. He ahí un dato que
hay que olvidar; la función del jurista se desarrolla una vez establecida
la leyes, el jurista interpreta las leyes para su correcta aplicación.
La regla natural del derecho:
El conjunto de reglas de derecho procedentes de la razón natural es lo que
se llama derecho natural en sentido objetivo, o simplemente derecho
natural. Las reglas positivas de derecho reciben el nombre de derecho
positivo en sentido objetivo, o abreviadamente derecho positivo.
El derecho natural esta constituido por prescripciones de la razón natural
que enuncian un deber de justicia. Estas prescripciones son parte de la
llamada ley natural, tema que estudiaremos a continuación.
Ley natural:
Lo que llamamos derecho natural no es una doctrina, sino un hecho de
experiencia. Por lo tanto la llamada teoría o doctrina de la ley natural no es
otra cosa que la explicación científica de ese hecho de experiencia, que es
un dato natural del hombre.
Definición descriptiva de la ley natural:
“ el conjunto de leyes racionales que expresan el orden de las
tendencias o inclinaciones naturales a los fines propios del ser
humano, aquel orden que es propio del hombre como persona”.
Contenido de la ley natural:
Las reglas racionales que conforman la ley natural son:
* la inclinación o tendencia a la conservación del ser.
* la inclinación a la unión conyugal de varón y mujer
* la inclinación a la relación con dios.
* la tendencia al trabajo.
* la inclinación a la sociedad política y a las varias formas de asociación
.
* tendencia a la comunicación.
* la inclinación al conocimiento.
Estructura de la ley natural:
La ley natural es un conjunto de preceptos de la
razón; constituye una operación de la razón. La
razón es una estructura operativa ya que esta
determinada a la verdad, la razón practica opera
fundamentalmente a partir de un juicio básico “hay
que hacer el bien” y “hay que evitar el mal”.
La libertad:
Ley natural y leyes humanas:
La ley natural es la expresión de las exigencias de la naturaleza humana
en orden a los fines del hombre. Pero la naturaleza humana no señala
mas que un orden fundamental, porque la tendencia a los fines del
hombre esta regida por el principio de libertad en la elección de los
medios. La naturaleza marca el fin y con el la dirección fundamental de
la conducta humana, su orden básico, son sobrepasar esta medida.
Como el hombre es un ser inteligente y libre, fuera del orden
fundamental señalado, esta dado a su libre arbitrio y a su inventiva.
Clases de normas jurídicas naturales:
* mandatos – conductas que deben de hacerse por razón de justicia.
* prohibiciones – conductas que deben abstenerse por razón de
justicia.
* permisiones- libertad de obrar.
*norma reguladoras – capacidad respecto a los a
los actos y negocios derechos, libertades y
facultades.
Conclusión:
Cuando hablamos de derecho natural nos referimos al conjunto de
normas que vienen de la naturaleza, como naturaleza nos referimos a
lo que es intrínseco en nosotros, lo que es no lo que debe ser. El
derecho natural esta conformado por leyes, como todas las leyes y
reglas estas son validas en cuanto exigen un proceder intrínsecamente
obligatorio, ósea un deber ser.
Pero las normas que constituyen el derecho natural mas que
imponernos un deber ser, nos confirman lo que nuestra conducta debe
de hacer caso respecto a la naturaleza , por tanto estas normas
siempre nos van a llevar a realizar un bien en lugar de un mal. Además
estas reglas nos avisan relaciones constantes entre fenómenos , no
puede ser de ningún modo mas que del que esta establecido por un
orden que es mayor a la razón del hombre , aunque esto excluye que la
razón del hombre este implicada ya que esta es la que se encarga de
plasmar estas normas en el derecho positivo y así hacerlas
obligatorias.
El derecho natural además de buscar justicia, busca
mas una sana convivencia en sociedad, en la cual
cada persona puede alcanzar mas fácil su fin ultimo
como sociedad y como individuo y así realizarse , el
fin ultimo es la felicidad en cuanto a individuo y en
sociedad es aprovechar todos los recursos y que a
nadie le haga falta nada.
Así el derecho natural es algo que aunque no este
en el derecho positivo , no lo podemos ignorar pues
nos ha regido desde el inicio de la historia, ir contra
este derecho seria ir en contra de nosotros mismos
y de nuestra naturaleza, por eso es tan importante
que en cualquier sistema jurídico se respete y se
haga caso a este derecho .