Farmacias Populares INSTITUTO DE SALUD PÚBLICA DE CHILE Octubre 2015 ACERCA DE ISP. Función de ISP. (Código Sanitario, Ley de Autoridad Sanitaria) •Efectuar el control de medicamentos, cosméticos, reactivos y elementos de diagnóstico y demás productos sujetos a control sanitario, de acuerdo a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes y las normas aprobadas por el MINSAL. Misión •Asegurar a la sociedad la eficacia, seguridad y calidad de los medicamentos, los cosméticos y los productos de uso médico sujetos a control sanitario utilizados en Chile, desde su investigación hasta su utilización, para contribuir al mejoramiento de la salud de la población FACTORES QUE INFLUYEN EN EL MERCADO FARMACEÚTICO CADENAS FARMACEUTICAS ACCESO A LA SALUD • • • Concentración de la venta. Participación de las marcas propias. Importante presencia de productos naturales y de nutrición. • • • GES Bioequivalencia Fondo Nacional de Medicamentos. • LEY DE FARMACOS LEY RICARTE SOTO • • Hacia una politica de genericos BQ,promoción, publicidad Mayor proteccion al paciente Cobertura Medicamentos , DM alimentos Ley de Fármacos Acceso Uso Racional •Accesibilidad •Asequibilidad •Oportunidad. Calidad Programa Gubernamental Redefinición de Roles de las autoridades (MINSAL, ISP/ANAMED, SEREMI SALUD, CENABAST) Fortalecimiento de la Rectoría, Regulación para el control sanitario de los medicamentos. Regulación de la Prescripción y Dispensación ( Rol del QF). Farmacia centro de Salud AMPLIAR FACULTADES DEL ISP Garantizar a la población el Acceso 2.955 Farmacias en Chile Región Metropolitana Botiquines 486 Farmacias asistenciales 33 Recetarios 50 48,63% (1) Aprox 1.463 Farmacias Independientesz Distribución de locales 1600 40,0% *1492 1421 1400 35,0% 1341 1276 1096 1150 1149 1185 1019 356 923 1000 827 270 363 346 351 368 403 230 71 67 57 600 263 286 287 0 282 290 313 316 350 383 406 412 373 416 20,0% 15,0% 10,0% 400 200 30,0% 25,0% 342 250 800 440 468 505 513 522 527 570 590 612 640 5,0% 0,0% 0 -5,0% 2004 2005 2006 FASA (1) MINSAL 2007 2008 D&S * N° Locales de Farmacias MAT Dic 2014 2009 2010 SALCOBRAND 2011 2012 CRUZ VERDE 2013 2014 +/- Crec. Nuevos locales N° Locales de farmacia 1200 FARMACIAS CODIGO SANITARIO ARTICULO 129.- Las farmacias y almacenes farmacéuticos podrán instalarse de manera independiente, con acceso a vías de uso público, o como un espacio circunscrito dentro de otro. Un reglamento dictado a través del Ministerio de Salud determinará los requisitos que deberán cumplir dichos establecimientos para ser autorizados por el Instituto de Salud Pública de Chile, así como la idoneidad del profesional o técnico que según cada caso ejerza su dirección técnica y el horario o turnos que deberán cumplir para asegurar una adecuada disponibilidad de medicamentos en días inhábiles y feriados legales y en horario nocturno. Para los efectos de la fijación de turnos, deberán considerarse datos poblacionales y cantidad de farmacias, de almacenes farmacéuticos y de establecimientos de salud existentes en la localidad de que se trate. ARTICULO 129 A.- Las farmacias deberán ser dirigidas técnicamente por un químico farmacéutico que deberá estar presente durante todo el horario de funcionamiento del establecimiento. DECRETO 466, REGLAMENTO DE FARMACIAS, DROGUERÍAS, ALMACENES FARMACÉUTICOS, BOTIQUINES Y DEPÓSITOS AUTORIZADOS Cualquiera persona natural o jurídica podrá instalar o adquirir una farmacia (art 4) Para obtener la autorización de instalación y funcionamiento o traslado, el interesado deberá presentar al ISP los siguientes documentos: a) Solicitud en que deberá constar la individualización del propietario o del representante legal según el caso, nombre del Director Técnico y la ubicación del establecimiento. b) Declaración del químico-farmacéutico o farmacéutico que asumirá la dirección técnica de la farmacia acreditando su calidad de tal y señalando su cédula de identidad y domicilio particular, y c) Copia autorizada de los instrumentos legales que acrediten el dominio del establecimiento.(Art 10) DE LOS REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR SUS INSTALACIONES La planta física de una farmacia deberá contar : •Con un local debidamente circunscrito. • Equipamiento que asegure el almacenamiento y conservación adecuada de los productos farmacéuticos. Equipamiento para la elaboración de productos farmacéuticos y cosméticos si es el caso(ART 14° ) •Cumplir las condiciones sanitarias y ambientales mínimas de los lugares de trabajo (DS78/1983 MINSAL.) ISP TRAMITES TRANSPARENTES • Instructivo de autorización sanitaria de instalación y funcionamiento de farmacia y formularios asociados • Lista de chequeo Instalación de Farmacia • Lista de chequeo Funcionamiento de Farmacia • http://www.ispch.cl/anamed/establecimientos/far macias En regiones delegados A la SEREMIS BODEGA, SALA DE VENTAS Y CADENA DE FRÍO Estanterías adecuadas para almacenar fármacos e insumos, escalerillas, pisos Termómetro/s ambiental/es de máxima y mínima y Planilla para registro y control de T° ambiental. Refrigerador para almacenamiento de medicamentos con cadena de frío, capacidad adecuada al volumen de medicamentos ,Hoja de vida del refrigerador que detalle fechas de mantenimiento y Existencia de termómetro de máxima y mínima en refrigerador PRODUCTOS PARA DISPENSACIÓN Las farmacias estarán obligadas a tener en existencia en forma permanente los productos del petitorio de medicamentos(ART 15) Medicamentos bioequivalentes a la vista de público. Listado de productos bioequivalentes a disposición del público. Todos los medicamentos etiquetados con precio Listado de precios accesible al publico MATERIAL DE CONSULTA PÚBLICA ACTUALIZADA j Procedimiento de respuesta a los reclamos de calidad, seguridad y eficacia de medicamentos (Art. 18 de DS 466/1984) Reglamentos de Farmacias, Droguerías, Almacenes Farmacéuticos, Botiquines y Depósitos autorizados (DS. 466/1984) Reglamentos de Estupefacientes (DS. 404/1983) y Reglamentos de Productos Psicotrópicos (DS. 405/1983) Reglamento del sistema nacional de control de los productos farmacéuticos de uso humano (DS. 3/2010) ,Reglamento de cosméticos (DS. 239/2002)y Reglamento de productos y elementos de uso médico (DS. 825/98) Ley 20.000 tráfico ilícito de Estupefacientes y Psicotrópicos Reglamento Tráfico (DS. 867/2007) Farmacopea oficial Código sanitario / Ley 20724 Reglamento de Condiciones Sanitarias y Ambientales básicas en los lugares de trabajo (DS 594/99) Monografías de medicamentos (Vademécum) Texto sobre tratamiento de urgencias toxicológicas Manual o norma de cadena de frío Ley 20.724 Artículo 99° El Instituto de Salud Pública de Chile podrá autorizar provisionalmente la distribución, venta o expendio y uso de productos farmacéuticos sin previo registro, para ensayos clínicos u otro tipo de investigaciones científicas, como asimismo para usos medicinales urgentes derivados de situaciones de desabastecimiento o inaccesibilidad que puedan afectar a las personas consideradas individual o colectivamente. Decreto Supremo 3/2010 ARTICULO 24° ….esta última autoridad podrá autorizar el uso provisional de productos farmacéuticos sin registro sanitario previo, cuando éstos se importen para uso individual, directamente por el interesado o su mandatario, siempre que estén prescritos por un profesional habilitado, que deje constancia de la necesidad y duración del tratamiento. …..podrá autorizar la internación de medicamentos por parte de nacionales o extranjeros que los portan a su ingreso al país para un tratamiento por un periodo no superior a tres semanas. Todo exceso será retenido y notificado para su posterior decomiso. La respectiva SEREMI, deberá informar mensualmente al Instituto las autorizaciones concedidas en conformidad a este artículo. Ley 20.724 Artículo 101º La receta es el instrumento privado mediante el cual el profesional habilitado para prescribir indica a una persona identificada y previamente evaluada, como parte integrante del acto médico y por consiguiente de la relación clínica, el uso y las condiciones de empleo de un producto farmacéutico PROCESO IMPORTACIONES USO PROVISIONAL TOTAL SOLICITUDES TOTAL AUTORIZACIÓN TOTAL RECHAZOS % SOLICITUDES N° de solicitudes 7032 6365 667 100 Persona Natural 2276 1925 351 32 Empresa 4756 4440 316 68 Soluciones para la legítima importación de medicamentos de uso personal • Creación de un Sistema Informático con una lógica adecuada al paciente o al ciudadano que requiere acceder en forma rápida y eficiente a medicamentos no disponibles en Chile. • Cumplimiento de la legislación vigente en la materia. • Hacer conciencia en los profesionales que prescriben, del riesgo sanitario para los pacientes y de la responsabilidad que les asiste. • Educar a la población para el autocuidado de su salud, incorporando el concepto de calidad. • Resolver el problema de fondo que deriva de la falta de medicamentos en Chile o de las causas que impiden el acceso. Vigilancia Sanitaria, un desafío en la era de Internet. Farmacia Popular Recoleta Autorización sanitaria con requisitos de Farmacia Comunitaria Horario parcial con presencia de Químico Farmacéutico(a) Declara venta para usuarios inscritos y no para publico en general ( exclusión de turno)similar a farmacia de centro comercial Modelo cooperativa (declaración alcalde) Politicas de Acceso Brasil Modelo de acceso de redes de Farmacias estatales y franquiciadas , apoyadas por FIOCRUZ y Ministerio de Salud . Lanzado mayo 2006 Regulación precios •Precio máximo de venta al gobierno •Precio máximo consumidor y % de lucro •Precio máximo laboratorio o droguería. Farmacia Popular de Brasil (Gestión) • Farmacias se instalan en los centros urbanos de todo el país. • Se prioriza con medicamentos derivados de la producción pública de laboratorios Brasil. • Se adquieren medicamentos del mercado privado con el único objeto de completar la lista de los productos seleccionados. • Medicamentos solo se les agrega al precio el costo de la dispensación gasta el 10%, algunos se entregan gratis • Beneficiarias las personas que ganan entre 4:10 salarios mínimos, con un poco de poder adquisitivo, pero con dificultades para soportar la carga sobre el presupuesto familiar con la compra de medicamentos. Farmacia Popular de Brasil y Salud Pública • Prácticas de atención farmacéutica con dispensación de los medicamentos: actividades de atención, orientación y registro de los usuarios seguimiento de los tratamientos. • Fomento del uso racional de los medicamentos • Instalación de la farmacovigilancia Cooperativa en innovación social/ Farmacias • Puede ser cooperativa de consumidores (se constituyen igual que una sociedad comercial) Puede ser abierta o cerrada( solo inscritos en consultorios) • Son asociaciones sin fines de lucro en que todos tendrían el mismo poder de decisión en asamblea(en Chile hay cierta variación del modelo con socios de distinta categoría de acuerdo a estatutos internos) • Los excedentes se reinvierten o distribuyen en beneficio de los socios. • En la practica en Chile ,el poco involucramiento de los socios, ha llevado a debilidades( fraudes) se requiere crear conciencia , capacitación etc. • Hay una larga tradición en Chile sobretodo en regiones DESARROLLO COOPERATIVO EN CHILE Farmacia como Centro de Salud para instalar una moderna Política de Medicamentos y Productos Sanitarios Atención Farmacéutica , Farmacovigilancia, Tecnovigilancia y Cosmetovigilancia. Uso Racional de Medicamentos y Suplementos Alimenticios Instituto de Salud Pública de Chile GRACIAS!!!
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