BASES DE CONVOCATORIA DEL FONDO CONCURSABLE DE FORMACIÓN DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES PARA POSTÍTULO 2015 1. OBJETIVO DE LAS BASES DE CONVOCATORIA 1.1 EL objetivo de las presentes Bases de Convocatoria del Fondo Concursable de Formación de Funcionarios Municipales es regular el primer concurso de becas de estudio para funcionarios municipales conducentes a postítulos, del año 2015, que tiene como meta otorgar 30 (Treinta) becas1. 1.2 El Fondo Concursable de Formación de Funcionarios Municipales, creado por la Ley N° 20.742 de 2014, tiene por objeto el financiamiento parcial o total de estudios para la formación de los funcionarios municipales, de planta y contrata, con una antigüedad mínima de 5 años al momento de postular, en competencias específicas, habilidades y aptitudes que requieran para el desempeño y ejercicio de un determinado cargo municipal, según las áreas prioritarias de formación definidas por las municipalidades para el año 2015. 1.3 Este Fondo de Becas depende de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, en adelante “SUBDERE”, financia 4 tipos de becas para estudios conducentes a: a) b) c) d) Título profesional. Título técnico. Diplomado. Postítulo. 2. DEFINICIONES Para efectos de esta convocatoria de concurso de becas se establecen las siguientes definiciones: 2.1 Fondo de Becas: Se refiere al Fondo Concursable de Formación de Funcionarios Municipales creado por la Ley N° 20.472. 2.2 Funcionario Municipal: Persona que desempeña un cargo municipal y a quien se le aplican las disposiciones de la Ley N° 18.883, Estatuto Administrativo Para Funcionarios Municipales. 2.3 Categoría o Tipo de Estudio: Estudios formales dictados por una universidad o instituto profesional del estado o reconocido por éste, conducentes a título profesional, título técnico, diplomado o postítulo que son financiables por el Fondo de becas. 1 En las presentes bases de convocatoria, cuando se señala funcionario municipal, se refiere a funcionario y funcionaria. De la misma manera, cuando se utiliza los pronombres el o los es también para hacer referencia a ambos géneros. 1 2.4 Patrocinio: Es el respaldo oficial que cada municipalidad otorga al funcionario que postula a la presente convocatoria del Fondo de becas, de acuerdo a lo establecido en el Plan Anual que cada municipio elabora. 2.5 Plan Anual: Es un documento elaborado por la municipalidad en cual se establecen las áreas prioritarias de estudio para ésta, los criterios de selección de los postulantes al Fondo de becas y las condiciones que permitan el acceso igualitario de sus funcionarios a este beneficio. El Plan Anual debe presentarse al concejo junto con el presupuesto municipal para ser aprobado por éste. Sin embargo, para la presente convocatoria el Plan Anual puede presentare al concejo, para su aprobación, antes de la fecha de postulación del funcionario. 2.6 Áreas Prioritarias de Formación: Son aquellas áreas relacionadas con la gestión y funciones propias de la municipalidad, que están definidas en el reglamento del Fondo de Becas, a las que cada municipio les dará prioridad de acuerdo a las necesidades de desarrollo de la comuna, y será dentro de estas áreas seleccionadas que el postulante deberá elegir un programa de estudio para ser financiado por el Fondo Concursable de Formación de Funcionarios Municipales. Ver en anexo 1 el listado de áreas prioritarias definidas por el reglamento. 2.7 Beca de Estudios: Consiste en los recursos económicos que se entregan al funcionario municipal para que esta financie el arancel y la matrícula de su programa de estudios conducentes a la obtención de un postítulo, así como un monto de manutención mensual según lo establecen las presentes bases. 2.8 Matrícula: Es el pago que, mediante los documentos pertinentes y los requisitos exigidos, da derecho a inscribirte en el programa académico seleccionado. . 2.9 Arancel: Costo que debe pagar un estudiante para cursar un año de carrera en una institución de Educación Superior. 2.10 Beca de Manutención: Consiste en un apoyo económico mensual de hasta trece Unidades Tributarias Mensuales, por un máximo de dos años, con el que se busca que el becario pueda sustentar gastos de alimentación, transporte, libros, materiales de estudio, y alojamiento, en el caso de ser necesario, para el desarrollo de su programa académico. 2.11 Programa Académico: Es el conjunto de cursos, actividades teóricas y prácticas que se desarrollan mediante la interrelación de profesores y alumnos buscando lograr una formación en determinadas áreas del conocimiento y a la obtención de un postítulo. 2.12 Postulante: Es el funcionario municipal que solicita al través del Sistema de Postulación en Línea del Fondo Concursable de Formación de Funcionarios Municipales a una beca de estudio. 2.13 Becario: Es el postulante quien, luego de participar de un proceso de postulación a becas de estudio, se adjudica el financiamiento a algún programa de estudio o académico conducente a la obtención de título profesional, título técnico, diplomado o postítulo. 2.14 Comité de Evaluación Externo: Es un grupo de personas, entre los que se encuentran expertos, académicos, investigadores y profesionales del sector público, especialistas en materias de gestión pública y/o funciones propias de las municipalidades, de destacada trayectoria y reconocido prestigio, que se reúnen con el objetivo de evaluar las postulaciones de los funcionarios municipales al Fondo de Becas y proponer al Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo quiénes se adjudicarán las becas. 2 2.15 Tipología de Comuna: Categorización de las comunas del país en cinco niveles que es utilizada por la SUBDERE para la distribución anual del Fondo de Incentivo al Mejoramiento de la Gestión Municipal. Para estas bases de convocatoria al Fondo de Becas la tipología de comuna es uno de los criterios de evaluación para la selección de los postulantes. Las categorías se encuentran en el Anexo 2 de estas bases. 2.16 Modalidad de Estudios: Corresponde a la forma en que los programas de académicos impartes sus actividades, la que puede ser presencial, semi presencial, también conocida como blended learning o b-learning, o totalmente por medios virtuales, también conocida como electronic learning o e-learning. 2.17 Modalidad Presencial: Es la forma de estudio tradicional en la que los alumnos asisten a las salas de clases en las que las instituciones imparten los programas e interactúan con los profesores y demás alumnos. 2.18 Modalidad Semi presencial o B-learling: Es el aprendizaje facilitado a través de la combinación eficiente de diferentes métodos de impartición de clases y modelos de enseñanza, los que se realizan de manera presencial y virtual, con una periodicidad determinada. 2.19 Modalidad virtual o E-learning: Es un sistema de enseñanza a distancia que se realiza totalmente a través de Internet. Las instituciones que imparten estudios por medio de este método cuentan con plataformas pedagógicas informáticas virtuales, diseñadas especialmente para el proceso de enseñanza-aprendizaje a distancia. 2.20 Formulario de Postulación: Corresponde al formulario único de postulación que los funcionarios municipales interesados en participar en la presente convocatoria deben usar para ser evaluados. Este formulario de postulación es el único medio de postulación al Fondo de becas y se encuentra disponible en el Sistema de Postulación en Línea. 2.21 Sistema de Postulación en Línea: Es el sistema informático que permite administrar el proceso de postulaciones de los funcionarios municipales al Fondo de Becas. Este Sistema se encuentra en la plataforma de la página web de la Academia de Capacitación Municipal y Regional www.academia.subdere.gov.cl. 3. FECHAS DEL PROCESO DE POSTULACIÓN Y SELECCIÓN 3.1 Publicación de bases de la convocatoria e inicio del proceso de postulación: una vez tramitada completamente la resolución de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo que aprueba las presentes Bases de Convocatoria del Fondo Concursable de Formación de Funcionarios Municipales Para Postítulo, la fecha y la convocatoria serán publicadas en la página web www.academia.subdere.gov.cl y en un diario de circulación nacional. 3.2 Plazo de recepción de postulaciones en línea: Cuatro semanas desde la fecha de publicación del llamado a la convocatoria en la página web www.academia.subdere.gov.cl. y en un diario de circulación nacional. Las fechas específicas y horarios se publicarán en la página web www.academia.subdere.gov.cl. 3.3 Plazo para realizar consultas a través del sistema de consulta telefónica: de lunes a viernes de 8:30 horas a 19:00 horas (hora continental Chile) desde el primer día de iniciado el plazo de recepción de postulaciones hasta el día 3 anterior al cierre de la recepción de postulaciones. Las fechas específicas serán publicadas en la página web www.academia.subdere.gov.cl. 3.4 Periodo de evaluación de las postulaciones: Hasta tres semanas desde el término de la recepción de postulaciones. Las fechas específicas serán publicadas en la página web www.academia.subdere.gov.cl. 3.5 Plazo límite para la publicación de los resultados: Hasta una semana después del término de la evaluación. Las fechas específicas serán publicadas en la página web www.academia.subdere.gov.cl. 4. REQUISITOS DE POSTULACION 4.1 Los funcionarios municipales interesados en postular a la presente convocatoria deben tener los siguientes requisitos: a) Ser funcionario de planta o contrata, con al menos cinco años de antigüedad en la municipalidad inmediatamente anteriores al momento de la postulación. Para determinar el requisito de la antigüedad se considerará la totalidad de años que el funcionario se haya desempeñado en calidad jurídica de planta y contrata. b) No haber sido sancionado con medida disciplinaria, en los últimos cuatro años, o estar sometido, al momento de la postulación, a sumario administrativo o investigación sumaria, en calidad de inculpado. c) No encontrarse, al momento de la postulación, formalizado en un proceso penal. d) No mantener, a la fecha de la postulación, deudas con la municipalidad o con instituciones públicas derivadas del otorgamiento de becas. e) Haber sido aceptado o estar en proceso de postulación a un programa académico conducente a un postítulo, de una universidad o instituto profesional, que haya sido seleccionado para efectos de este Fondo. Los programas a los que pueden postular los funcionarios municipales son exclusivamente los que se indican en el Anexo 3 de estas bases. f) Contar con el patrocinio oficial de la municipalidad respectiva para postular al Fondo de becas. g) Haber aprobado un programa de pregrado, carrera técnica o profesional, impartido por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste. 4.2 Los requisitos de postulación a que se refieren las letras a), b) y d), en lo relativo a las deudas con la municipalidad, del numeral 4.1 serán verificados a través de las certificaciones extendidas por la respectiva municipalidad, la que debe ser suscrita por el Secretario Municipal. Estas certificaciones se debe presentar completando el Formularios N°1, Formulario N°2 y Formulario N°3, anexos a estas bases y que se describen en el numeral 6.11. 4.3 Los requisitos de postulación a que se refiere la letra c) y lo relativo a las deudas con otras instituciones públicas derivadas del otorgamiento de becas que señala la letra d) del numeral 4.1, se acreditarán a través de una declaración notarial que deberá realizar el postulante y que se deberá adjuntar al formulario de postulación. El formato de esta declaración se encuentra en el Formulario N°4, anexo a estas bases y que se describe en el numeral 6.11. 4 4.4 El requisito de postulación a que se refiere la letra e) del numeral 4.1 se acreditará a través de una carta de la respectiva institución de educación superior en la que se señalará la condición del postulante en relación al programa académico. El formato de esta carta se encuentra en el Formulario N° 5 que se anexa a estas bases y que se describe en el numeral 6.11. 4.5 El requisito de postulación al que se refiere la letra f) del numeral 4.1, se presentará a través de una carta de patrocinio, firmada por el alcalde respectivo, indicando que el funcionario ha sido seleccionado por la municipalidad para postular al concurso de becas de acuerdo a lo establecido en el plan anual para efectos del presente fondo. El formato de la carta de patrocinio se encuentra en el Formulario N° 6, anexo a estas bases y que se describe en el numeral 6.11. 5. BENEFICIOS QUE OTORGA LA BECA 5.1 Los beneficios que otorga la beca de estudios para funcionarios municipales contemplan lo siguiente: 5.1.1 Un monto equivalente al costo total o parcial del arancel y matrícula del programa de formación correspondiente, según lo solicitado por el becario en la ficha de postulación a la presente convocatoria. Este pago se realizará por el plazo total de la duración del programa académico. 5.1.2 Una asignación mensual de manutención, hasta por un máximo de trece unidades tributarias mensuales (UTM), por el período correspondiente a la beca, con un máximo de dos años. 5.2 Los beneficios que se describen en los numerales 5.1.1 y 5.1.2, son incompatibles con cualquier otra beca de estudios con financiamiento del sector público. 5.3 Cualquier gasto que exceda los montos de los beneficios señalados en el numeral anterior de esta convocatoria o que diga relación a conceptos distintos de los señalados precedentemente, serán de cargo del beneficiario. 5.4 Los montos equivalentes a los beneficios del costo del arancel y matrícula serán pagados directamente por la SUBDERE a la institución de educación donde el becario curse su programa de estudios, para lo cual el becario deberá proveer la información necesaria en forma oportuna. 5.5 El pago del arancel y matrícula, total o parcial según lo haya solicitado el becario en su postulación, se reconocerá desde el año, semestre o trimestre, u otro periodo que utilice la universidad o instituto profesional para dictar sus cursos en que el becario inicie sus estudios, previa firma del respectivo convenio de asignación de beca entre el becario, la municipalidad y la SUBDERE. No obstante lo anterior, para realizar el pago a la universidad o instituto profesional se deberá haber tramitado totalmente la respectiva resolución que aprueba el convenio de otorgamiento de la beca. En el caso que el becario esté cursando el respectivo programa académico como alumno regular, al momento del otorgamiento de la beca, no se harán pagos retroactivos ni reintegros de ninguna especie por los semestres o trimestres que haya cursado con anterioridad al otorgamiento de la beca del Fondo Concursable de Formación de Funcionarios Municipales. 5.6 El monto equivalente al beneficio de la manutención mensual será pagado directamente al becario, a través de una transferencia electrónica de fondos. 5 5.7 Criterios de asignación de manutención. Para la presente convocatoria de concurso de becas, el monto máximo de asignación mensual de manutención para cada modalidad de estudios será determinado en términos porcentuales, según los porcentajes asignados, entre paréntesis, a los siguientes criterios: 5.7.1 Modalidad de estudio presencial: i) Asignación base por modalidad de estudio (30%); ii) tipo de comuna de procedencia laboral del becario: Comunas Tipo 1 (10%), Comunas Tipo 2 (20%), Comunas Tipo 3 (30%), Comunas Tipo 4 (40%), Comunas Tipo 5 (50%); y iii) distancia entre la sede del programa y el domicilio del becario: 19,9 kilómetros (diecinueve coma mueve) o menos (15%) y 20,0 (veinte coma cero) kilómetros o más (20%). 5.7.2 Modalidad de estudio semi presencial, conocida como b-learning o blended learning: i) Asignación base por modalidad de estudio (20%); ii) tipo de comuna de procedencia laboral del becario: Comunas Tipo 1 (10%), Comunas Tipo 2 (20%), Comunas Tipo 3 (30%), Comunas Tipo 4 (40%), Comunas Tipo 5 (50%); y iii) distancia entre la sede del programa y el domicilio del becario: 19,9 kilómetros (diecinueve coma mueve) o menos (15%) y 20,0 (veinte coma cero) kilómetros o más (20%). 5.7.3 Modalidad de estudio impartido totalmente por medios virtuales, conocida como e-learning o electronic learning: i) Asignación base por modalidad de estudio (10%); ii) tipo de comuna de procedencia laboral del becario: Comunas Tipo 1 (10%), Comunas Tipo 2 (15%), Comunas Tipo 3 (20%), Comunas Tipo 4 (25%), Comunas Tipo 5 (30%). 5.8 El tipo de comuna de procedencia laboral del becario es aquel que se encuentra en la tipología municipal utilizada por la SUBDERE para la distribución anual del Fondo de Incentivo al Mejoramiento de la Gestión Municipal, adoptado por la Resolución N°190 de fecha 16 de junio de 2014, de la Secretaría de Desarrollo Regional y Administrativo. Las comunas según esta tipología se encuentran en el Anexo N° 2 de estas bases. 5.9 El pago de la asignación mensual de manutención se realizará en pesos equivalentes al respectivo porcentaje total de Unidades Tributarias Mensuales que resulte de la suma de los diferentes criterios de asignación. Para el cálculo del monto de la asignación en pesos, se utilizará durante todo el año 2015 el valor de la Unidad Tributaria Mensual del mes de enero de 2014. Este monto será actualizado anualmente, según el valor de la Unidad Tributaria Mensual del mes de enero de cada año y regirá para el cálculo de la asignación mensual durante todo el año. 6 5.10 La siguiente tabla muestra el resumen del cálculo de la beca de manutención, según los respectivos criterios: Porcentaje de asignación Base por Tipo de Estudio Estudios Presenciales (30%) Estudios Semi Presenciales (b-learning) (20%) Estudios Totalmente Virtuales (e-learning) (10%) Porcentaje de Porcentaje de asignación Porcentaje Total asignación por Tipo de por Distancia del de Asignación Comuna de Procedencia Domicilio del becario y (100% = 13 UTM) Laboral del Becario Sede del Programa 19,9 Kilómetros y menos (15%) 55% Municipalidades Grupo 1 20,0 Kilómetros y más (10%) (20%) 60% 19,9 Kilómetros y menos (15%) 65% Municipalidades Grupo 2 20,0 Kilómetros y más (20%) (20,0%) 70% 19,9 Kilómetros y menos (15%) 75% Municipalidades Grupo 3 20,0 Kilómetros y más (30%) (20%) 80% 19,9 Kilómetros y menos (15%) 85% Municipalidades Grupo 4 20,0 Kilómetros y más (40%) (20%) 90% 19,9 Kilómetros y menos (15%) 95% Municipalidades Grupo 5 20,0 Kilómetros y más (50%) (20%) 100% 19,9 Kilómetros y menos (15%) 45% Municipalidades Grupo 1 20,0 Kilómetros y más (10%) (20%) 50% 19,9 Kilómetros y menos (15%) 55% Municipalidades Grupo 2 20,0 Kilómetros y más (20%) (20%) 60% 19,9 Kilómetros y menos (15%) 65% Municipalidades Grupo 3 20,0 Kilómetros y más (30%) (20%) 70% 19,9 Kilómetros y menos (15%) 75% Municipalidades Grupo 4 20,0 Kilómetros y más (40%) (20%) 80% 19,9 Kilómetros y menos (15%) 85% Municipalidades Grupo 5 20,0 Kilómetros y más (50%) (20%) 90% Municipalidades Grupo 1 (10%) No aplica 20% Municipalidades Grupo 2 (15%) No aplica 25% Municipalidades Grupo 3 (20%) No aplica 30% Municipalidades Grupo 4 (25%) No aplica 35% Municipalidades Grupo 5 (30%) No aplica 40% 5.11 El pago de la asignación mensual de manutención se reconocerá desde el mes en que el becario inicie sus estudios, previa firma del respectivo convenio de asignación de beca entre el becario, la municipalidad y la SUBDERE. No obstante lo anterior, para realizar este pago a través de una transferencia electrónica se deberá haber tramitado totalmente la respectiva resolución que aprueba el convenio de otorgamiento de la beca. En el caso que el becario esté cursando el respectivo programa académico conducente a un postítulo al momento del otorgamiento de la beca no se harán pagos retroactivos ni reintegros de ninguna especie. 7 6 POSTULACION AL FONDO CONCURSABLE 6.1 Las postulaciones para el Fondo de becas, se deben realizar mediante el Sistema de Postulación en Línea (SIPEL), que es una plataforma única de postulación, cuyo acceso se encuentra disponible a través de la página web www.academia.subdere.gov.cl. 6.2 El postulante debe llenar el formulario de postulación, disponible en el Sistema de Postulación en Línea. Dicho formulario debe ser completado, adjuntando toda la documentación requerida, y enviado dentro de los plazos establecidos en el numeral 3.2 de esta convocatoria. 6.3 Los postulantes serán responsables de la veracidad, integridad y legibilidad de la información consignada en dicho formulario de postulación, así como de la documentación requerida. 6.4 Cada documento solicitado deberá ser adjuntado como un archivo digital en formato PDF, JPG, JPEG o PNG de no más de 10 Mb cada uno, pudiendo contener más de una página, siempre y cuando todas las páginas sean parte de un mismo archivo. 6.5 Todos los antecedentes requeridos deberán ser presentados en papel, una vez adjudicada la beca, antes de la firma del correspondiente convenio para su debida verificación. 6.6 El postulante deberá realizar sólo una postulación al concurso de becas para estudios conducentes a un postítulo que se convoca por estas bases. 6.7 Los documentos de postulación que se detallan en el numeral 6.8 se consideran indispensables para dejar constancia indubitable del cumplimiento de los requisitos exigidos y evitar perjuicio a los interesados, por lo que la no presentación de uno o más de ellos, será causal de inadmisibilidad. La lista que se detalla tiene carácter taxativo por lo que se debe cumplir con la presentación de todos y cada uno los documentos señalados. Al mismo tiempo, estos tienen carácter de esencial y obligatorio por lo que no pueden ser reemplazados por ningún otro. 6.8 La omisión o declaración falsa de cualquier dato solicitado en el formulario de postulación o en los documentos de respaldo, y/o la no presentación de los documentos de respaldo solicitados en las bases del concurso de beca al momento de la postulación, serán causales de inadmisibilidad del postulante al proceso de selección. 6.9 Para apoyar el proceso de postulación de esta convocatoria estará disponible un sistema de consulta telefónica al número 2 27203737 del Fondo Concursable de Formación de Funcionarios Municipales, cuyo horario de funcionamiento será entre las 08:30 horas y las 19:00 horas de Chile continental. 6.10 Adicionalmente, se dispondrá de la siguiente dirección de correo electrónico [email protected] para hacer consultas relacionadas con el proceso de postulación de la presente convocatoria del Fondo de becas. 6.11 Se requiere adjuntar en formato electrónico (PDF) los siguientes documentos obligatorios al formulario único de postulación que se encuentra disponible en el Sistema de Postulación en Línea: 6.11.1 FORMULARIO N° 1: CERTIFICADO LABORAL, extendido por la municipalidad y suscrito por el Secretario Municipal, indicando el tipo de calidad jurídica, de planta o contrata, y la antigüedad que tiene funcionario en la municipalidad. Este formulario se encuentra en el Anexo 4 de las presentes bases de convocatoria. 8 6.11.2 FORMULARIO N° 2: CERTIFICADO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA, extendido por la municipalidad y suscrito por el Secretario Municipal, indicando que el funcionario no ha sido sancionado con medida disciplinaria en los últimos cuatro años y que a la fecha de emisión no está sometido a sumario administrativo o investigación sumaria en calidad de inculpado. Este formulario se encuentra en el Anexo 5 de las presentes bases de convocatoria. 6.11.3 FORMULARIO N° 3: CERTIFICADO DE DEUDA MUNICIPAL: extendido por la municipalidad y suscrito por el Secretario Municipal, indicando que el funcionario no tiene, a la fecha de emisión, deudas con la municipalidad derivadas del otorgamiento de becas. Este formulario se encuentra en el Anexo 6 de las presentes bases de convocatoria. 6.11.4 FORMULARIO N° 4: DECLARACIÓN NOTARIAL, firmada por el postulante ante notario público en la que indique que, a la fecha, el funcionario no se encuentra formalizado en un proceso judicial ni mantiene deudas con instituciones públicas derivadas del otorgamiento de becas. Este formulario se encuentra en el Anexo 7 de las presentes bases de convocatoria. 6.11.5 FORMULARIO N° 5: CERTIFICADO DE ESTADO DEL POSTULANTE EN EL PROGRAMA ACADÉMICO, firmado por la autoridad académica del instituto profesional o universidad competente, que indique los años de acreditación que tiene el programa de estudios y acredite que el funcionario se encuentra en alguna de las siguientes situaciones en relación al programa de estudios que está postulando al concurso de becas: 6.11.5.1 EN PROCESO DE POSTULACIÓN FORMAL en caso de quienes se encuentran postulando al Programa, o 6.11.5.2 ACEPTADO, en el caso de quienes se encuentren aceptados en el Programa, o Este formulario se encuentra en el Anexo 8 de las presentes bases de convocatoria. 6.11.6 FORMULARIO N°6: CARTA DE PATROCINIO OFICIAL DE LA MUNICIPALIDAD, firmada por el Alcalde la cual debe señalar: 6.11.6.1 Que los estudios que pretende efectuar el postulante, se relacionan con las funciones propias de la institución. 6.11.6.2 Que los estudios que pretende efectuar el postulante, se relacionan con las áreas prioritarias definidas en el Plan Anual Municipal para las postulaciones de los funcionarios al Fondo Concursable de Formación de Funcionarios Municipales. 6.11.6.3 El tipo de facilidades que tendrá el funcionario en caso de obtener la beca para realizar los estudios del respectivo programa académico. Este formulario se encuentra en el Anexo 9 de las presentes bases de convocatoria. 6.11.7 FORMUARIO N°7: CARTA DE POSTULACIÓN, que contenga los objetivos y razones en los que el funcionario funda su postulación. Este formulario se encuentra en el Anexo 10 de las presentes bases de convocatoria. 9 6.11.8 FORMULARIO N°8: CARTA DE RECOMENDACIÓN LABORAL, emitidas por funcionarios municipales que son o hayan sido jefes directos del funcionario que está postulando, o hayan ejercido funciones de supervisión del mismo. Se deben presentar dos cartas de recomendación laboral. Este formulario se encuentra en el Anexo 11 de las presentes bases de convocatoria. 6.11.9 CERTIFICADO FINAL DE NOTAS O DIPLOMA QUE ACREDITE LA TITULACIÓN, emitido por el instituto profesional o universidad del Estado o reconocida por éste, donde el postulante realizó sus últimos estudios de pregrado, es decir carrera técnica o profesional, en el que conste la nota final con la que se aprobó el respectivo programa académico. En el caso del certificado final de notas, éste debe ser original, mientras que en el caso del Diploma, se deberá presentar fotocopia legalizada del mismo. Si los estudios se realizaron en el extranjero, los documentos deben estar debidamente convalidados por las instancias administrativas correspondientes. 6.11.10 CERTIFICADO DE CALIDAD INDIGENA emitido por la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI) para postulantes que pertenezcan a una etnia indígena. 6.11.11 CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD emitido por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) o por el Registro Nacional de Discapacidad del Servicio de Registro Civil e Identificación, para postulantes que posean algún grado de discapacidad. 7 REVISIÓN DE ADMISIBILIDAD DE LAS POSTULACIONES 7.1 Todas las postulaciones serán sometidas a una revisión de admisibilidad en la cual se verificará si estas cumplen con la presentación de toda la documentación solicitada, las condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases. 7.2 Las postulaciones que aprueben la etapa de admisibilidad, serán consideradas postulaciones admisibles y pasarán a la etapa de evaluación. En caso contrario serán declaradas inadmisibles y no pasarán a la etapa de evaluación. 7.3 Los postulantes serán responsables de la veracidad, integridad, legibilidad y consistencia de la información consignada en la postulación. Asimismo, los/as postulantes deberán estar en condiciones de presentar todos los antecedentes e información que el Fondo de Becas juzgue necesarios durante el proceso de firma del convenio de otorgamiento de beca y/o durante el período en que se esté percibiendo la beca. 7.4 En caso de verificarse la existencia del incumplimiento de cualquiera de los requisitos y/o condiciones establecidos en las presentes bases o la omisión o declaración falsa de cualquier dato, o que no se cumpla con la entrega de uno o más de los documentos solicitados, o que la documentación e información presentada en su postulación sea inexacta, no verosímil y/o induzca a error durante el proceso de postulación, se considerará causal para que la postulación sea declarada inadmisible. 8 PROCESO DE EVALUACIÓN Y SELECCIÓN 8.1 Las postulaciones que cumplan con los requisitos y formalidades establecidos en este reglamento serán admisibles para ser evaluadas por la SUBDERE con la asesoría de un comité de evaluación externo, constituido especialmente para cada convocatoria de concurso de becas. La declaración de admisibilidad le corresponderá a la SUBDERE, previa revisión de los antecedentes de cada postulación. 10 8.2 La evaluación será realizada por un Comité de Evaluación Externo, el que será designado por el Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, a proposición del Jefe del Departamento de la Academia de Capacitación Municipal y Regional, previa consulta al Directorio de éste, y estará integrado por expertos, académicos, investigadores, y profesionales del sector público, especialistas en materias de gestión pública y/o funciones propias de las municipalidades, de destacada trayectoria y reconocido prestigio, quienes participarán a título personal. Su número será determinado según el número de postulaciones recibidas en la presente convocatoria de concurso de becas. 8.3 La evaluación de las postulaciones a las becas que contempla el Fondo se realizará por los miembros del Comité de Evaluación Externo, de acuerdo a los siguientes criterios, forma de medición de los mismos y ponderación del puntaje final que obtendrá el funcionario al sumar los respectivos valores que arroje cada criterio: 8.3.1 Antecedentes académicos del postulante, medido por la nota final de aprobación del programa académico de pregrado, es decir carrera profesional o técnica, del postulante. El criterio tendrá los siguientes valores: 1 = nota de aprobación de 4,0 a 4,4; 2 = nota de aprobación de 4,5 a 4,9; 3 = nota de aprobación de 5,0 a 5,4; 4 = nota de aprobación de 5,5, a 5,9; 5 = nota de aprobación de de 6,0 y más. Este criterio tendrá una ponderación del 10% del puntaje final. 8.3.2 Experiencia laboral del postulante: medido por la cantidad de años que se haya desempeñado en la municipalidad que lo patrocina. El criterio tendrá los siguientes valores: 1= 5 años de experiencia laboral; 2 = 6 años de experiencia laboral; 3= 7 años de experiencia laboral; 4 = 8 años de experiencia laboral; y 5= 9 y más años de experiencia laboral. Este criterio tendrá una ponderación del 10% del puntaje final. 8.3.3 Objetivos y razones en que el candidato funda su postulación, medido según el grado de coherencia entre los objetivos y razones y el programa académico al que postula. El criterio tendrá los siguientes valores: 0= si los objetivos y razones en que el candidato funda su postulación no están presentes; 1= si los objetivos y razones en que el candidato funda su postulación están presentes, pero no son coherentes con el programa académico que postula ; 2= si los objetivos y razones en que el candidato funda su postulación están presentes y son poco coherentes con el programa académico que postula ; 3= si los objetivos y razones en que el candidato funda su postulación están presentes y son medianamente coherentes con el programa académico que postula; 4 = si los objetivos y razones en que el candidato funda su postulación son altamente coherentes con el programa académico que postula; y 5= si los objetivos y razones en que el candidato funda su postulación son totalmente coherentes con el programa académico que postula. Este criterio tendrá una ponderación del 10% del puntaje final. 8.3.4 Cartas de recomendación que presente el postulante, medido según se explicita la recomendación y el conocimiento de la trayectoria laboral que fundamenta la recomendación del postulante. El criterio tendrá los siguientes valores: 0= si las dos cartas no hace referencia alguna a la recomendación del funcionario; 1= si las dos cartas se refieren a la recomendación pero no son explícitas en recomendar al funcionario; 2= si sólo una carta señala explícitamente la recomendación del funcionario; 3= si la dos cartas señalan explícitamente la recomendación del funcionario; 4= si las dos cartas señalas explícitamente la recomendación del funcionario y sólo una declara conocimiento de la trayectoria laboral que avala la postulación; y 5 = si las dos cartas señalan explícitamente la recomendación del funcionario y declara conocimiento de la trayectoria 11 laboral que avala la postulación Este criterio tendrá una ponderación del 10% del puntaje final. 8.3.5 Calidad del programa académico conducente a un postítulo, medido por los años continuos, o versiones, que el programa se ha ofrecido por parte del la universidad o instituto profesional. El criterio tendrá los siguientes valores: 0= primera vez que el programa se ofrece; 1= 1 año o versión que el programa se ha ofrecido; 2= 2 años o versiones que el programa se ha ofrecido; 3= 3 años o versiones que el programa se ha ofrecido; 4= 4 años o versiones que el programa se ha ofrecido; y 5= 5 años o versiones, o más, que el programa se ha ofrecido. Este criterio tendrá una ponderación del 20% del puntaje final. 8.3.6 Comuna de procedencia laboral del postulante, medido según la tipología municipal utilizada por la SUBDERE para la distribución anual del Fondo de Incentivo al Mejoramiento de la Gestión Municipal. El criterio tendrá los siguientes valores: 1= municipalidades del Grupo 1; 2= municipalidades Grupo 2; 3= municipalidades Grupo 3; 4= municipalidades Grupo 4; y 5= municipalidades Grupo 5: Este criterio tendrá una ponderación del 20% del puntaje final. La tipología de municipalidades se encuentra en el Anexo 2 de estas bases de convocatoria 8.3.7 Región de residencia; medido según la procedencia de zonas extremas del país, tales como la Región de Arica y Parinacota, la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo y la Región de Magallanes y Antártica Chilena, según lo establecen los Decretos Supremos N° 1.233, de 16 de junio de 2014; N° 1.242 de fecha 18 de junio de 2014; y N° 1.243, de 18 de junio de 2014, respectivamente. El criterio tendrá los siguientes valores: 1 = si el funcionario procede de municipalidades de las regiones de zonas extremas mencionadas anteriormente; y 0 = si en funcionario procede de municipalidades de otras regiones. Este criterio tendrá una ponderación del 10% del puntaje final. 8.3.8 Etnia indígena, medido según la pertenencia del funcionario a una de las etnias reconocidas indígenas reconocida por la Ley N° 19.253 El criterio tendrá los siguientes valores: 1 = si el funcionario pertenece alguna etnia indígena; y 0 = si el funcionario no pertenece a una etnia indígena. Este criterio tendrá una ponderación del 5% del puntaje final. 8.3.9 Discapacidad física; medida como la presencia de algún grado de discapacidad física del funcionario calificada como tal por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) o por el Registro Nacional de Discapacidad del Servicio de Registro Civil e Identificación. El criterio tendrá los siguientes valores: 1 = si el funcionario presenta algún grado de discapacidad física; y 0 = si el funcionario no presenta algún grado de discapacidad física. Este criterio tendrá una ponderación del 5% del puntaje final. 12 8.3.10 El resumen de los criterios y sus ponderaciones se presentan en forma resumida en la siguiente tabla: Criterios 1. Antecedentes Académicos 2. Experiencia Laboral Valoración 1= Nota final de aprobación de 4,0 a 4,4 2= Nota final de aprobación de 4,5 a 4,9 3= Nota final de aprobación de 5,0 a 5,4 4= Nota final de aprobación de 5,5 a 5,9 5= Nota final de aprobación de 6,0 y más 1= 5 años 2= 6 años 3= 7 años 4= 8 años 5= 9 y más años 3.Objetivos y razones en 0= Objetivos y razones no están presentes que funda la postulación 1= Objetivos y razones están presentes pero no son coherentes con el programa académico Ponderación Asignada 10% 10% 10% 2= Objetivos y razones presentes y son poco coherentes con el programa académico 3= Objetivos y razones presentes y son medianamente coherentes con el programa académico 4= Objetivos y razones presentes y son altamente coherentes con el programa académico 5= Objetivos y razones presentes y son totalmente coherentes con el programa académico 4.Cartas de recomendación 0= si las dos cartas no hacen referencia alguna a la recomendación del funcionario 10% 1= si las dos cartas se refieren a la recomendación pero no son explícitas en recomendar al funcionario 2= si sólo una carta señala explícitamente la recomendación del funcionario 3= si la dos cartas señalan explícitamente la recomendación del funcionario 4= si las dos cartas señalan explícitamente la recomendación del funcionario y sólo una declara conocimiento de la trayectoria laboral que avala la postulación 5 = si las dos cartas señalan explícitamente la recomendación del funcionario y declara conocimiento de la trayectoria laboral que avala la postulación 5.Calidad y trayectoria del 0= Primera vez que el programa se ofrece programa académico 1= 1 año o versión que el programa se ha ofrecido 2= 2 años o versiones que el programa se ha ofrecido 3= 3 años o versiones que el programa se ha ofrecido 4= 4 años o versiones que el programa se ha ofrecido 5= 5 años o versiones, o más, que el programa se ha ofrecido 6.Comuna de procedencia 1= Municipalidades Grupo 1 2= Municipalidades Grupo 2 3= Municipalidades Grupo 3 4= Municipalidades Grupo 4 5= Municipalidades Grupo 5 7.Región de residencia 0= No procede de zonas extremas 1= Procede de zonas extremas} 8.Presencia de discapacidad 0= No presenta discapacidad 1= Presenta discapacidad 9.Procedencia de etnia indígena 1= Presenta procedencia de etnia indígena 0= No presenta Procedencia de etnia indígena Totales 20% 20% 10% 5% 5% 100% 13 9 ADJUDICACIÓN Y NOTIFICACIÓN DE RESULTADOS 9.1 Los postulantes evaluados serán ordenados por el Comité de Evaluación Externo en un listado del mayor al menor puntaje final que resulte de la valoración de los diferentes criterios y sus respectivas ponderaciones. 9.2 El Comité de Evaluación Externo propondrá al Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo los postulantes que estén en los 30 primeros lugares del listado de postulantes evaluados para asignarles una beca de estudios del Fondo Concursable de Formación de Funcionarios Municipales para la obtención de un postítulo. 9.3 El Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo presentará al Directorio de la Academia de Capacitación Municipal y Regional la propuesta del Comité de Evaluación Externo para su sanción final de la selección de los postulantes. 9.4 En caso que existan recursos disponibles del Fondo de Becas para financiar a un número mayor de becas, el Directorio de la Academia de Capacitación Municipal y Regional podrá asignar un número mayor de becas que las mencionadas en el numeral 9.2. 9.5 La SUBDERE determinará, mediante resolución, a los funcionarios municipales que sean beneficiados con una beca del Fondo, así como a quienes no fueron beneficiados, y publicará en la página web www.academia.sundere.gov.cl la respectiva nómina, la que considerará la individualización de todos los postulantes seleccionados para la obtención de los beneficios de la beca, así como los no seleccionados. 9.6 Los postulantes serán notificados en su calidad de seleccionados por medio de una carta certificada a la dirección que haya señalado en el formulario de postulación. Sin perjuicio de lo anterior, adicionalmente, los seleccionados podrán ser notificados por medio de correo electrónico. No obstante, respecto de aquellos postulantes que al momento de postular manifiesten expresamente su voluntad de ser notificados mediante correo electrónico, indicando la respectiva dirección, no será necesario remitirles carta certificada. 9.7 En la notificación se incluirá un instructivo donde se señalarán los trámites que el postulante seleccionado debe realizar, así como los antecedentes que debe acompañar para suscribir el convenio que hará efectivos los beneficios que otorga la beca. 10 FIRMA DEL CONVENIO DE OTORGAMIENTO DE BECA 10.1 Una vez seleccionado el beneficiario, deberá suscribir con la municipalidad y con la SUBDERE un convenio, firmado ante notario público, en el que se establecerán, al menos, las siguientes menciones: 10.1.1 10.1.2 10.1.3 10.1.4 10.1.5 Beneficios que corresponden al becario; Compromisos y obligaciones del becario; Plazo de vigencia del convenio; Duración del programa de estudios; La obligación del becario de permanecer prestando sus servicios en su municipalidad de origen una vez finalizados sus estudios, al menos, por idéntico tiempo al de la duración del programa de estudios; 10.1.6 La obligación del becario de restituir todos los gastos en que se hubiere incurrido, con motivo de la beca, en el caso de que perdiere la calidad de alumno regular. 14 10.2 Al momento de suscribir el convenio, el becario deberá presentar a la SUBDERE una póliza de seguro de responsabilidad personal, de conformidad con las normas dispuestas por la Ley Nº10.336, Ley orgánica de la Contraloría General de la República. Dicha póliza deberá tener como vigencia el doble del tiempo de duración del programa académico que financia la beca, aumentado en seis meses y su monto deberá corresponder a la totalidad del beneficio económico que implica la respectiva beca. 10.3 Antes de la firma del convenio, la SUBDERE procederá a verificar la exactitud de los antecedentes presentados en la postulación, así como el respaldo de los certificados o documentos correspondientes para estos efectos. En caso que los antecedentes sean inexactos, así como ante la falta de dichos certificados o documentos se dejará sin efecto la adjudicación de la beca. 10.4 El becario deberá entregar sus antecedentes bancarios para gestionar la transferencia electrónica de recursos correspondientes a la asignación mensual de manutención según lo definido en el respectivo convenio. 11 OBLIGACIONES DEL BECARIO 11.1 El becario del Fondo tendrá las siguientes obligaciones: a) Informar periódicamente a la SUBDERE sobre el estado de avance de los estudios realizados. En aquellos casos en que el programa académico que curse el becario sea de más de un año este informe será anual. b) Aprobar, en tiempo y forma, el programa de formación del que participe, sin perjuicio de quedar liberado de esta obligación en caso de caso fortuito o fuerza mayor o cualquiera otra circunstancia calificada por la SUBDERE como justificación suficiente. c) Permanecer prestando sus servicios en su municipalidad de origen una vez finalizados sus estudios, al menos, por idéntico tiempo al de duración del programa de estudios. d) Restituir todos los gastos en que se hubiere incurrido, con ocasión de la beca, en el caso de que perdiere la calidad de alumno regular. 12 PRORROGA, SUSPENSIÓN Y TÉRMINO ANTICIPADO DE LA BECAS 12.1 El financiamiento del programa de estudios se podrá prorrogar, suspender o dar término anticipado en circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor o cualquiera otra circunstancia calificada por la SUBDERE como justificación suficiente. 12.2 El beneficio de manutención mensual se mantendrá por un periodo máximo de dos años. Este beneficio será suspendido temporalmente cuando el becario suspenda sus estudios, volviendo a ser efectivo cuando éste reanude los mismos, y será suspendido definitivamente si el becario termina anticipadamente sus estudios. 15 13 SANCIONES 13.1 Los becarios que no cumplan con las obligaciones señaladas el numeral 11.1 de las presentes bases, estarán sujetos a las siguientes sanciones: a) La SUBDERE estará facultada para exigir a los becarios la restitución de la totalidad de los beneficios económicos entregados respecto de quienes sean eliminados, suspendan o abandonen sus estudios sin causa justificada, lo cual será calificado por esta Subsecretaría. b) La restitución referida en la letra precedente se exigirá también en el caso de quienes no cumplan con las obligaciones inherentes a su condición de beneficiario establecidas en las letras a), b) y c) del numeral 11.1 anterior o hayan alterado sus antecedentes o informes. c) En el caso de incumplimiento de la obligación de restitución a que se refieren las letras a y b de este numeral, y una vez transcurrido 60 días desde la notificación por carta certificada de la resolución que dispone la correspondiente restitución, la SUBDERE procederá a hacer efectiva la póliza de seguro de responsabilidad personal a que se refiere el numeral 10.2 de estas bases. d) Asimismo, los becarios que no cumplan con sus obligaciones no podrán postular o participar en nuevas convocatorias que otorguen beneficios de formación establecidos en este reglamento. 14 INTERPRETACIÓN DE LAS BASES DE CONVOCATORIA AL FONDO CONCURSABLE DE FORMACIÓN DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES Y RECURSOS. 14.1 En caso de existir la necesidad de interpretar y determinar el sentido y alcance de las presentes Bases de Convocatoria al Fondo Concursable de Formación de Funcionarios Municipales para postítulo, le corresponderá privativamente a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo hacerlo. 14.2 Los anexos, aclaraciones y notas al pie de página, generados con motivo de la presente convocatoria, pasarán a formar parte integrante de estas bases para todos los efectos legales y se publicarán en la página web www.academia.subdere.gov.cl. 14.3 En caso de tener diferencias con la resolución de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo en relación a alguna decisión de los procesos de postulación; evaluación y selección; adjudicación y notificación de resultados; firma de convenio; y operación de la beca; así como a la prórroga, suspensión y término anticipado de la beca, o sanciones del becario, el postulante o becario podrá hacer uso de los recursos que permitan la revisión de los respectivos actos administrativos que la normativa jurídica le permite. 16 ANEXO 1 Áreas de estudio financiables con los recursos del Fondo Concursable de Formación de Funcionarios Municipales Las áreas de estudios que se financiarán con los recursos del Fondo son aquellas cuyos contenidos estén directamente relacionados con materias afines a la gestión y funciones propias de las municipalidades y que a su vez hayan sido declaradas por cada municipio en su Plan Anual Para efectos de este Fondo, se entenderá como materias afines a la gestión y funciones propias de las municipalidades las siguientes: 1) Gestión de las municipalidades, de acuerdo a las áreas que se señalan: i) Desarrollo social: a) Desarrollo comunitario y social; b) Desarrollo de las organizaciones comunitarias y sociales; c) Vivienda; d) Seguridad ciudadana; e) Cultura; f) Medio ambiente, y g) Deporte. ii) Desarrollo territorial: a) Gestión territorial; b) Proyectos; c) Obras; d) Desarrollo económico local; e) Turismo; f) Pesca; g) Agropecuario; h) Participación ciudadana. iii) Gestión interna: a) Administración; b) Auditoría; c) Planificación; d) Secretaría; e) Control; f) Calidad; g) Transparencia; h) Tránsito; i) Personal; j) Recursos humanos; k) Asesoría jurídica; l) Riesgos; m) Comunicaciones; n) Informática, y ñ) Partes e informaciones. iv) Gestión financiera: a) Finanzas; b) Contabilidad; c) Presupuesto; d) Tesorería; e) Rentas y patentes municipales, y f) Licitaciones, compras públicas y abastecimiento. 17 2) Funciones propias de las municipalidades, según lo establecido en la Ley N° 18.695: i) Elaboración, aprobación y modificación del plan comunal de desarrollo; ii) Planificación y regulación de la comuna y confección del plan regulador comunal; iii) Promoción del desarrollo comunitario; iv) Aplicación de las disposiciones sobre transporte y tránsito públicos dentro de la comuna; v) Aplicación de las disposiciones sobre construcción y urbanización; vi) Aseo y ornato de la comuna; vii) Educación y cultura; viii) Salud pública y protección del medio ambiente; ix) Asistencia social y jurídica; x) Capacitación, promoción del empleo y fomento productivo; xi) Turismo, deporte y recreación; xii) Urbanización y vialidad urbana y rural; xiii) Construcción de viviendas sociales e infraestructuras sanitarias; xiv) Transporte y tránsito público; xv) Prevención de riesgos y prestación de auxilio en situaciones de emergencia o catástrofes; xvi) Apoyo y fomento de medidas de prevención en materia de seguridad ciudadana y colaboración en su implementación; xvii) Promoción de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, y xviii) Desarrollo de actividades de interés común en el ámbito local. 18 ANEXO 2 Tipología Comunal de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo Según Resolución N° 190 de 16 de junio de 2014 GRUPOS MUNICIPALIDADES ANTOFAGASTA, VALPARAÍSO, VIÑA DEL MAR, QUILPUÉ, VILLA ALEMANA, RANCAGUA, TALCA, CONCEPCIÓN, CHIGUAYANTE, SAN PEDRO DE LA PAZ, TALCAHUANO, HUALPÉN, TEMUCO, SANTIAGO, Grupo 1: CERRILLOS, CERRO NAVIA, CONCHALI, EL BOSQUE, ESTACION CENTRAL, HUECHURABA, 47 Municipalidades de INDEPENDENCIA, LA CISTERNA, LA FLORIDA, LA Comunas Metropolitanas GRANJA, LA PINTANA, LA REINA, LAS CONDES, LO con Alto y/o Medio BARNECHEA, LO ESPEJO, LO PRADO, MACUL, MAIPU, Desarrollo ÑUÑOA, PEDRO AGUIRRE CERDA, PEÑALOLEN, PROVIDENCIA, PUDAHUEL, QUILICURA, QUINTA NORMAL, RECOLETA, RENCA, SAN JOAQUÍN, SAN MIGUEL, SAN RAMÓN, VITACURA, PUENTE ALTO SAN BERNARDO IQUIQUE, ALTO HOSPICIO, CALAMA, COPIAPÓ, LA SERENA, COQUIMBO, CONCON, QUILLOTA, LA Grupo 2: CALERA, LA CRUZ, SAN ANTONIO, CARTAGENA, EL TABO, SANTO DOMINGO, MACHALÍ, CURICÓ, 37 Municipalidades de CORONEL, LOTA, PENCO, TOMÉ, LOS ÁNGELES, Comunas Mayores, con CHILLÁN, CHILLÁN VIEJO, PUERTO MONTT, PUERTO Desarrollo Medio VARAS, OSORNO, COYHAIQUE, PUNTA ARENAS, PIRQUE, COLINA, LAMPA, BUIN, TALAGANTE, PADRE HURTADO, PEÑAFLOR, VALDIVIA, ARICA TALTAL, TOCOPILLA, CALDERA, CHAÑARAL, VALLENAR, ANDACOLLO, ILLAPEL, OVALLE, QUINTERO, LOS ANDES, RINCONADA, HIJUELAS, EL QUISCO, SAN FELIPE, LIMACHE, OLMUE, DOÑIHUE, GRANEROS, SAN FRANCISCO DE MOSTAZAL, Grupo 3: PICHILEMU, CONSTITUCIÓN, CAUQUENES, MOLINA, LINARES, PARRAL, SAN JAVIER, LEBU, CAÑETE, 56 Municipalidades de CURANILAHUE, LOS ÁLAMOS, CABRERO, MULCHÉN, Comunas Urbanas NACIMIENTO, SAN ROSENDO, SANTA BÁRBARA, Medianas, con Desarrollo QUIRIHUE, SAN CARLOS, YUNGAY, GORBEA, Medio LAUTARO, LONCOCHE, PADRE LAS CASAS, PITRUFQUÉN, VILLARRICA, ANGOL, COLLIPULLI, CURACAUTÍN, RENAICO, TRAIGUEN, VICTORIA, CASTRO, ANCUD, PUERTO NATALES, EL MONTE, LANCO, RIO BUENO POZO ALMONTE, PICA, MEJILLONES, SIERRA GORDA, SAN PEDRO DE ATACAMA, MARÍA ELENA, TIERRA AMARILLA, DIEGO DE ALMAGRO, FREIRINA, HUASCO, PAIHUANO, VICUÑA, LOS VILOS, CASABLANCA, PUCHUNCAVÍ, CALLE LARGA, SAN ESTEBAN, LA LIGUA, CABILDO, PAPUDO, ZAPALLAR, NOGALES, ALGARROBO, CATEMU, LLAY LLAY, PANQUEHUE, SANTA MARIA, CODEGUA, COINCO, COLTAUCO, LAS CABRAS, OLIVAR, PEUMO, QUINTA DE TILCOCO, Grupo 4: RENGO, REQUINOA, SAN VICENTE, LA ESTRELLA, SAN FERNANDO, CHIMBARONGO, NANCAGUA, 96 Municipalidades de PALMILLA, SANTA CRUZ, ROMERAL, TENO, Comunas Semi Urbanas y VICHUQUÉN, ARAUCO, LAJA, BULNES, RÁNQUIL, Rurales, con Desarrollo CUNCO, PUCÓN, VILCÚN, CALBUCO, COCHAMÓ, Medio FRESIA, FRUTILLAR, LOS MUERMOS, LLANQUIHUE, MAULLÍN, CHONCHI, DALCAHUE, QUELLÓN, QUINCHAO, PUERTO OCTAY, PURRANQUE, PUYEHUE, RIO NEGRO, SAN PABLO, CHAITÉN, FUTALEUFÚ, HUALAIHUÉ, PALENA, AYSÉN, CISNES, COCHRANE, CHILE CHICO, RÍO IBÁÑEZ, SAN GREGORIO, CABO DE HORNOS, PORVENIR, PRIMAVERA, SAN JOSE MAIPO, TIL-TIL, CALERA DE TANGO, PAINE, MELIPILLA, ALHUE, CURACAVI, ISLA DE MAIPO, LOS LAGOS, 19 MÁFIL, MARIQUINA, PAILLACO, LA UNIÓN, FUTRONO Grupo 5: 109 Municipalidades de Comunas Semi Urbanas y Rurales con Bajo Desarrollo CAMIÑA, COLCHANE, HUARA, OLLAGÜE, ALTO DEL CARMEN, LA HIGUERA, CANELA, SALAMANCA, COMBARBALA, MONTE PATRIA, PUNITAQUI, RIO HURTADO, JUAN FERNANDEZ, ISLA DE PASCUA, PETORCA, PUTAENDO, MALLOA, PICHIDEGUA, LITUECHE, MARCHIGÜE, NAVIDAD, PAREDONES, CHÉPICA, LOLOL, PERALILLO, PLACILLA, PUMANQUE, CUREPTO, EMPEDRADO, MAULE, PELARCO, PENCAHUE, RÍO CLARO, SAN CLEMENTE, SAN RAFAEL, CHANCO, PELLUHUE, HUALAÑÉ, LICANTÉN, RAUCO, SAGRADA FAMILIA, COLBÚN, LONGAVÍ, RETIRO, VILLA ALEGRE, YERBAS BUENAS, FLORIDA, HUALQUI, SANTA JUANA, CONTULMO, TIRÚA, ANTUCO, NEGRETE, QUILACO, QUILLECO, TUCAPEL, YUMBEL, ALTO BIOBÍO, COBQUECURA, COELEMU, COIHUECO, EL CARMEN, NINHUE, ÑIQUEN, PEMUCO, PINTO, PORTEZUELO, QUILLÓN, SAN FABIÁN, SAN IGNACIO, SAN NICOLÁS, TREHUACO, CARAHUE, CURARREHUE, FREIRE, GALVARINO, MELIPEUCO, NUEVA IMPERIAL, PERQUENCO, SAAVEDRA, TEODORO SCHMIDT, TOLTÉN, CHOLCHOL, ERCILLA, LONQUIMAY, LOS SAUCES, LUMACO, PURÉN, CURACO DE VÉLEZ, PUQUELDÓN, QUEILEN, QUEMCHI, SAN JUAN DE LA COSTA, LAGO VERDE, GUAITECAS, O´HIGGINS, TORTEL, LAGUNA BLANCA, RIO VERDE, TIMAUKEL, TORRES DEL PAINE, MARIA PINTO, SAN PEDRO, CORRAL, PANGUIPULLI, LAGO RANCO, CAMARONES, PUTRE, GENERAL LAGOS 20 ANEXO 3 Oferta de Programas Académicos para Postítulo OFERTA DE PROGRAMAS Fondo Concursable de Formación de Funcionarios Municipales Región de Tarapacá Postitulos 1 Catálogo de Postítulos Institución Nombre Programa Tipo de Estudio Modalidad Ciudad UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE CHILE GESTIÓN Y ORDENAMIENTO AMBIENTAL POSTÍTULO PRESENCIAL IQUIQUE 21 Región de Antofagasta Postitulos 1 Catálogo de Postítulos Institución Nombre Programa UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE CHILE GESTIÓN Y ORDENAMIENTO AMBIENTAL Tipo de Estudio Modalidad Ciudad POSTÍTULO PRESENCIAL CALAMA 22 Región de Atacama Postitulos 1 Catálogo de Postítulos Institución Nombre Programa Tipo de Estudio Modalidad Ciudad UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE CHILE GESTIÓN Y ORDENAMIENTO AMBIENTAL POSTÍTULO PRESENCIAL COPIAPÓ 23 Región de Coquimbo Postitulos 0 Catálogo de Postítulos Institución Nombre Programa Tipo de Estudio Modalidad Ciudad SIN OFERTA 24 Región de Valparaíso Postitulos 3 Catálogo de Postítulos Institución Nombre Programa Tipo de Estudio Modalidad Ciudad UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE CHILE GESTIÓN Y ORDENAMIENTO AMBIENTAL POSTÍTULO PRESENCIAL VALPARAÍSO UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO POSTÍTULO DE MENCIÓN EN LENGUAJE Y COMUNICACIÓN POSTÍTULO PRESENCIAL VIÑA DEL MAR PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE VALPARAÍSO POSTÍTULO EN DIRECCIÓN PÚBLICA POSTÍTULO PRESENCIAL VALPARAÍSO 25 Región del Libertador Bernardo O'Higgins Postitulos 2 Catálogo de Postítulos Institución Nombre Programa Tipo de Estudio Modalidad Ciudad UNIVERSIDAD DE CONCEPCIÓN DERECHO ADMINISTRATIVO GENERAL POSTÍTULO PRESENCIAL RANCAGUA UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO TRABAJO SOCIAL Y JUSTICIA PENAL Y FAMILIA POSTÍTULO PRESENCIAL RANCAGUA 26 Región del Maule Postitulos 0 Catálogo de Postítulos Institución Nombre Programa Tipo de Estudio Modalidad Ciudad SIN OFERTA 27 Región del Biobío Postitulos 16 Catálogo de Postítulos Institución Nombre Programa TRABAJO SOCIAL Y JUSTICIA PENAL Y UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO FAMILIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO DESARROLLO SOCIAL Y VIVIENDA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO FINANZAS UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO GESTOR CONTROL UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO GESTOR EN RECURSOS HUMANOS UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO PREVENCIÓN DE RIESGO UNIVERSIDAD DE CONCEPCIÓN DERECHO ADMINISTRATIVO GENERAL DIPLOMADO EN ESTRATEGIA UNIVERSIDAD DE CONCEPCIÓN METODOLÓGICA APRENDIZAJE Y SERVICIO UNIVERSIDAD DE CONCEPCIÓN GESTIÓN Y DERECHO MUNICIPAL UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE CHILE GESTIÓN Y ORDENAMIENTO AMBIENTAL Tipo de Estudio Modalidad Ciudad POSTÍTULO PRESENCIAL CONCEPCIÓN POSTÍTULO POSTÍTULO POSTÍTULO POSTÍTULO POSTÍTULO POSTÍTULO SEMIPRESENCIAL SEMIPRESENCIAL SEMIPRESENCIAL SEMIPRESENCIAL SEMIPRESENCIAL PRESENCIAL CONCEPCIÓN CONCEPCIÓN CONCEPCIÓN CONCEPCIÓN CONCEPCIÓN CONCEPCIÓN POSTÍTULO SEMIPRESENCIAL CONCEPCIÓN POSTÍTULO POSTÍTULO PRESENCIAL PRESENCIAL CONCEPCIÓN CONCEPCIÓN UNIVERSIDAD DEL BÍO-BÍO EDUCACIÓN MATEMÁTICA PARA PROFESORES DE ENSEÑANZA BÁSICA POSTÍTULO PRESENCIAL CHILLÁN UNIVERSIDAD DEL BÍO-BÍO MENCIÓN Y LENGUAJE Y COMUNICACIÓN POSTÍTULO PARA EL SEGUNDO CICLO BÁSICO PRESENCIAL CHILLÁN POSTÍTULO PRESENCIAL CHILLÁN POSTÍTULO PRESENCIAL CONCEPCIÓN POSTÍTULO PRESENCIAL CONCEPCIÓN POSTÍTULO PRESENCIAL CONCEPCIÓN UNIVERSIDAD DEL BÍO-BÍO UNIVERSIDAD DEL DESARROLLO UNIVERSIDAD SAN SEBASTIÁN UNIVERSIDAD SAN SEBASTIÁN NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES CERTIFICADO DE EMPRENDIMIENTO ORGANIZACIONAL GESTIÓN MUNICIPAL GESTIÓN Y DESARROLLO ECONÓMICO LOCAL 28 Región de La Araucanía Postitulos 7 Catálogo de Postítulos Institución Nombre Programa Tipo de Estudio Modalidad Ciudad UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO GESTOR CONTROL GESTOR EN RECURSOS HUMANOS PREVENCIÓN DE RIESGO FINANZAS DESARROLLO SOCIAL Y VIVIENDA POSTÍTULO EN FORMULACIÓN Y EVALUACIÓN DE PROYECTOS CON ENFOQUE PRIVADO SOCIAL POSTÍTULO POSTÍTULO POSTÍTULO POSTÍTULO POSTÍTULO SEMIPRESENCIAL SEMIPRESENCIAL SEMIPRESENCIAL SEMIPRESENCIAL SEMIPRESENCIAL TEMUCO TEMUCO TEMUCO TEMUCO TEMUCO POSTÍTULO SEMIPRESENCIAL TEMUCO GESTIÓN Y ORDENAMIENTO AMBIENTAL POSTÍTULO PRESENCIAL UNIVERSIDAD DE LA FRONTERA UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE CHILE TEMUCO 29 Región de Los Lagos Postitulos 19 Catálogo de Postítulos Institución Nombre Programa Tipo de Estudio Modalidad UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO DESARROLLO SOCIAL Y VIVIENDA POSTÍTULO UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO DESARROLLO SOCIAL Y VIVIENDA POSTÍTULO UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO DESARROLLO SOCIAL Y VIVIENDA FINANZAS POSTÍTULO POSTÍTULO UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO FINANZAS POSTÍTULO UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO FINANZAS POSTÍTULO UNIVERSIDAD SAN SEBASTIÁN GESTIÓN MUNICIPAL POSTÍTULO UNIVERSIDAD SAN SEBASTIÁN GESTIÓN Y DESARROLLO ECONÓMICO LOCAL POSTÍTULO Ciudad UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE CHILE GESTIÓN Y ORDENAMIENTO AMBIENTAL POSTÍTULO UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO GESTOR CONTROL POSTÍTULO UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO GESTOR CONTROL POSTÍTULO UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO GESTOR CONTROL GESTOR EN RECURSOS HUMANOS POSTÍTULO POSTÍTULO UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO GESTOR EN RECURSOS HUMANOS POSTÍTULO UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO POSTÍTULO POSTÍTULO SEMIPRESENCIAL UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO GESTOR EN RECURSOS HUMANOS POSTÍTULO EN FORMULACIÓN Y EVALUACIÓN DE PROYECTOS CON ENFOQUE PRIVADO SOCIAL PREVENCIÓN DE RIESGO SEMIPRESENCIAL CASTRO PUERTO SEMIPRESENCIAL MONTT SEMIPRESENCIAL OSORNO SEMIPRESENCIAL CASTRO PUERTO SEMIPRESENCIAL MONTT SEMIPRESENCIAL OSORNO PUERTO PRESENCIAL MONTT PUERTO PRESENCIAL MONTT PUERTO PRESENCIAL MONTT SEMIPRESENCIAL CASTRO PUERTO SEMIPRESENCIAL MONTT SEMIPRESENCIAL OSORNO SEMIPRESENCIAL CASTRO PUERTO SEMIPRESENCIAL MONTT SEMIPRESENCIAL OSORNO POSTÍTULO UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO PREVENCIÓN DE RIESGO POSTÍTULO UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO PREVENCIÓN DE RIESGO POSTÍTULO SEMIPRESENCIAL CASTRO PUERTO SEMIPRESENCIAL MONTT SEMIPRESENCIAL OSORNO UNIVERSIDAD DE LA FRONTERA PUERTO MONTT 30 Región de Aysén del General Ibáñez del Campo Postitulos 1 Catálogo de Postítulos Institución Nombre Programa Tipo de Estudio Modalidad Ciudad UNIVERSIDAD DE LA FRONTERA POSTÍTULO EN FORMULACIÓN Y EVALUACIÓN DE PROYECTOS CON ENFOQUE PRIVADO SOCIAL POSTÍTULO SEMIPRESEN CIAL COYHAIQ UE 31 Región de Magallanes y de La Antártica Chilena Postitulos 0 Catálogo de Postítulos Institución Nombre Programa Tipo de Estudio Modalidad Ciudad SIN OFERTA 32 Región Metropolitana de Santiago Postitulos 45 Catálogo de Postítulos Institución Nombre Programa Tipo de Estudio Modalidad Ciudad UNIVERSIDAD DEL DESARROLLO CERTIFICADO DE EMPRENDIMIENTO ORGANIZACIONAL POSTÍTULO PRESENCIAL SANTIAGO UNIVERSIDAD ALBERTO HURTADO DERECHO LABORAL POSTÍTULO PRESENCIAL SANTIAGO UNIVERSIDAD ALBERTO HURTADO DERECHO PENAL POSTÍTULO PRESENCIAL SANTIAGO POSTÍTULO PRESENCIAL SANTIAGO POSTÍTULO PRESENCIAL SANTIAGO UNIVERSIDAD DE CHILE UNIVERSIDAD DE CHILE DIPLOMADO EN APLICACIÓN DE LA METODOLOGÍA DE GESTIÓN SEIS SIGMA, NIVEL BLACK BELT DIPLOMADO EN AUDITORÍA DE SISTEMAS Y TIC'S UNIVERSIDAD DE CHILE DIPLOMADO EN BUSINESS INTELLIGENCE POSTÍTULO PRESENCIAL SANTIAGO UNIVERSIDAD DE CHILE DIPLOMADO EN COMERCIO INTERNACIONAL POSTÍTULO PRESENCIAL SANTIAGO UNIVERSIDAD DE CHILE DIPLOMADO EN CONTABILIDAD INTERNACIONAL - IFRS POSTÍTULO PRESENCIAL SANTIAGO UNIVERSIDAD DE CHILE DIPLOMADO EN CONTABILIDAD Y FINANZAS PARA PROFESIONALES POSTÍTULO PRESENCIAL SANTIAGO UNIVERSIDAD DE CHILE DIPLOMADO EN CONTROL DE GESTIÓN FINANCIERA POSTÍTULO PRESENCIAL SANTIAGO UNIVERSIDAD DE CHILE DIPLOMADO EN CONTROL DE GESTIÓN GERENCIAL POSTÍTULO PRESENCIAL SANTIAGO UNIVERSIDAD DE CHILE DIPLOMADO EN CONTROL DE GESTIÓN PARA PROFESIONALES POSTÍTULO PRESENCIAL SANTIAGO 33 UNIVERSIDAD DE CHILE UNIVERSIDAD DE CHILE DIPLOMADO EN DESARROLLO DE PERSONAS Y CONTROL DE GESTIÓN EN RECURSOS HUMANOS DIPLOMADO EN GESTIÓN DE AUDITORÍA INTERNA POSTÍTULO PRESENCIAL SANTIAGO POSTÍTULO PRESENCIAL SANTIAGO UNIVERSIDAD DE CHILE DIPLOMADO EN GESTIÓN DE OPERACIONES Y LOGÍSTICA POSTÍTULO PRESENCIAL SANTIAGO UNIVERSIDAD DE CHILE DIPLOMADO EN GESTIÓN DE PROCESOS DE NEGOCIOS POSTÍTULO PRESENCIAL SANTIAGO UNIVERSIDAD DE CHILE DIPLOMADO EN GESTIÓN DE SERVICIOS DE TI CON ITIL POSTÍTULO PRESENCIAL SANTIAGO UNIVERSIDAD DE CHILE DIPLOMADO EN GESTIÓN DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN POSTÍTULO PRESENCIAL SANTIAGO UNIVERSIDAD DE CHILE DIPLOMADO EN GESTIÓN INTEGRADA DE CALIDAD, SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE POSTÍTULO PRESENCIAL SANTIAGO UNIVERSIDAD DE CHILE DIPLOMADO EN GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS DE NEGOCIOS POSTÍTULO PRESENCIAL SANTIAGO UNIVERSIDAD DE CHILE DIPLOMADO EN GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE PROYECTOS INFORMÁTICOS POSTÍTULO PRESENCIAL SANTIAGO PRESENCIAL SANTIAGO PRESENCIAL SANTIAGO UNIVERSIDAD DE CHILE UNIVERSIDAD DE CHILE DIPLOMADO EN IFRS PARA PEQUEÑAS Y POSTÍTULO MEDIANAS EMPRESAS DIPLOMADO EN NORMAS INTERNACIONALES DE CONTABILIDAD DEL SECTOR PÚBLICO POSTÍTULO (NIC-SP) UNIVERSIDAD DE CHILE DIPLOMADO EN PLANIFICACIÓN TRIBUTARIA POSTÍTULO PRESENCIAL SANTIAGO UNIVERSIDAD DE CHILE DIPLOMADO EN PREVENCIÓN, DETECCIÓN E POSTÍTULO INVESTIGACIÓN DE FRAUDE PRESENCIAL SANTIAGO UNIVERSIDAD DE CHILE DIPLOMADO EN TRIBUTACIÓN POSTÍTULO PRESENCIAL SANTIAGO UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA METROPOLITANA FAMILIA E INFANCIA POSTÍTULO SEMIPRESENCIAL SANTIAGO UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE CHILE GESTIÓN INTEGRAL DEL PATRIMONIO POSTÍTULO PRESENCIAL SANTIAGO 34 UNIVERSIDAD SAN SEBASTIÁN GESTIÓN MUNICIPAL POSTÍTULO PRESENCIAL SANTIAGO UNIVERSIDAD SAN SEBASTIÁN GESTIÓN Y DESARROLLO ECONÓMICO LOCAL POSTÍTULO PRESENCIAL SANTIAGO UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE CHILE GESTIÓN Y ORDENAMIENTO AMBIENTAL POSTÍTULO PRESENCIAL SANTIAGO UNIVERSIDAD DE CHILE HABITAT RESIDENCIAL EN CONTEXTO DE VULNERABILIDAD SOCIAL POSTÍTULO PRESENCIAL SANTIAGO UNIVERSIDAD ALBERTO HURTADO LITIGACIÓN PENAL ESTRATÉGICA POSTÍTULO PRESENCIAL SANTIAGO UNIVERSIDAD CENTRAL DE CHILE MEDIACIÓN FAMILIAR Y SOCIAL POSTÍTULO PRESENCIAL SANTIAGO UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO POSTÍTULO DE MENCIÓN EN LENGUAJE Y COMUNICACIÓN POSTÍTULO PRESENCIAL SANTIAGO INSTITUTO PROFESIONAL ESCUELA DE CONTADORES AUDITORES DE SANTIAGO (ECAS) POSTÍTULO EN ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS POSTÍTULO PRESENCIAL SANTIAGO INSTITUTO PROFESIONAL ESCUELA DE CONTADORES AUDITORES DE SANTIAGO (ECAS) POSTÍTULO EN ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS POSTÍTULO PRESENCIAL SANTIAGO INSTITUTO PROFESIONAL ESCUELA DE CONTADORES AUDITORES DE SANTIAGO (ECAS) POSTÍTULO EN CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL BÁSICA POSTÍTULO PRESENCIAL SANTIAGO INSTITUTO PROFESIONAL ESCUELA DE CONTADORES AUDITORES DE SANTIAGO (ECAS) POSTÍTULO EN CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL BÁSICA POSTÍTULO PRESENCIAL SANTIAGO INSTITUTO PROFESIONAL ESCUELA DE CONTADORES AUDITORES DE SANTIAGO (ECAS) POSTÍTULO EN CONTROL DE GESTIÓN POSTÍTULO PRESENCIAL SANTIAGO INSTITUTO PROFESIONAL ESCUELA DE CONTADORES AUDITORES DE SANTIAGO (ECAS) POSTÍTULO EN CONTROL DE GESTIÓN POSTÍTULO PRESENCIAL SANTIAGO UNIVERSIDAD CENTRAL DE CHILE POSTÍTULO EN INCLUSIÓN EDUCATIVA Y DIVERSIDAD POSTÍTULO PRESENCIAL SANTIAGO 35 UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE CHILE POSTÍTULO EN PREVENCIÓN DE RIESGOS POSTÍTULO PRESENCIAL SANTIAGO UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA METROPOLITANA PREVENCIÓN DE RIESGO EN ACTIVIDADES PRODUCTIVAS Y MEDIO AMBIENTE POSTÍTULO PRESENCIAL SANTIAGO POSTÍTULO PRESENCIAL SANTIAGO POSTÍTULO PRESENCIAL SANTIAGO POSTÍTULO PRESENCIAL SANTIAGO POSTÍTULO PRESENCIAL SANTIAGO UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO UNIVERSIDAD DE CHILE UNIVERSIDAD DE CHILE UNIVERSIDAD DE CHILE TRABAJO SOCIAL Y JUSTICIA PENAL Y FAMILIA ESPECIALIZACIÓN PEDAGÓGICA EN LENGUAJE Y COMUNICACIÓN PARA LA EDUCACIÓN BÁSICA ESPECIALIZACIÓN PEDAGÓGICA EN MATEMÁTICA PARA LA EDUCACIÓN BÁSICA ESPECIALIZACIÓN PEDAGÓGICA EN CIENCIAS NATURALES PARA LA EDUCACIÓN BÁSICA 36 Región de Los Ríos Postitulos 8 Catálogo de Postítulos Institución Nombre Programa Tipo de Estudio Modalidad Ciudad UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO UNIVERSIDAD SAN SEBASTIÁN UNIVERSIDAD SAN SEBASTIÁN UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO DESARROLLO SOCIAL Y VIVIENDA FINANZAS GESTIÓN MUNICIPAL GESTIÓN Y DESARROLLO ECONÓMICO LOCAL GESTOR CONTROL GESTOR EN RECURSOS HUMANOS POSTÍTULO EN FORMULACIÓN Y EVALUACIÓN DE PROYECTOS CON ENFOQUE PRIVADO SOCIAL PREVENCIÓN DE RIESGO POSTÍTULO POSTÍTULO POSTÍTULO POSTÍTULO POSTÍTULO POSTÍTULO SEMIPRESENCIAL SEMIPRESENCIAL PRESENCIAL PRESENCIAL SEMIPRESENCIAL SEMIPRESENCIAL VALDIVIA VALDIVIA VALDIVIA VALDIVIA VALDIVIA VALDIVIA POSTÍTULO SEMIPRESENCIAL VALDIVIA POSTÍTULO SEMIPRESENCIAL VALDIVIA UNIVERSIDAD DE LA FRONTERA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO 37 Región de Arica y Parinacota Postitulos 0 Catálogo de Postítulos Institución Nombre Programa Tipo de Estudio Modalidad Ciudad SIN OFERTA 38 Todas las Regiones (E-learning) Postitulos 18 Catálogo de Postítulos Institución UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CHILE INACAP UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CHILE INACAP Nombre Programa ADMINISTRACIÓN Y OPTIMIZACIÓN DE BASES DE DATOS ARQUITECTURA TI PARA PROCESOS EMPRESARIALES FORMACIÓN SUPERIOR EN COMPRAS PÚBLICAS Tipo de Estudio Modalidad Ciudad POSTÍTULO VIRTUAL E-LEARNING POSTÍTULO SIN DATO SIN DATO POSTÍTULO VIRTUAL E-LEARNING GESTIÓN APLICADA DE PROYECTOS POSTÍTULO VIRTUAL E-LEARNING GESTIÓN DE PROYECTOS Y AUTOMATIZACIÓN DE PROCESOS POSTÍTULO VIRTUAL E-LEARNING GESTIÓN DEL DESARROLLO SOCIAL POSTÍTULO VIRTUAL E-LEARNING UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CHILE INACAP HERRAMIENTAS DE EVALUACIÓN DE RIESGOS EN SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL BAJO ISO 31000 POSTÍTULO VIRTUAL E-LEARNING UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CHILE INACAP PLANIFICACIÓN FINANCIERA POSTÍTULO VIRTUAL E-LEARNING POSTÍTULO VIRTUAL E-LEARNING POSTÍTULO VIRTUAL E-LEARNING POSTÍTULO VIRTUAL E-LEARNING POSTÍTULO VIRTUAL E-LEARNING POSTÍTULO VIRTUAL E-LEARNING UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CHILE INACAP UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CHILE INACAP UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CHILE INACAP UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE CHILE INSTITUTO IPLACEX INSTITUTO IPLACEX UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO INSTITUTO IPLACEX POSTÍTULO DE INTEGRACIÓN DE LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN (TICS) PARA LA INNOVACIÓN EN LA EDUCACIÓN POSTÍTULO DE MENCIÓN EN CURRÍCULUM Y EVALUACIÓN ESCOLAR POSTÍTULO DE MENCIÓN EN DIFICULTADES ESPECÍFICAS DEL APRENDIZAJE POSTÍTULO DE MENCIÓN EN EDUCACIÓN MATEMÁTICA POSTÍTULO DE MENCIÓN EN NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES E INTEGRACIÓN 39 ESCOLAR INSTITUTO IPLACEX POSTÍTULO DE MENCIÓN EN TRASTORNOS CONDUCTUALES Y DÉFICIT ATENCIONAL POSTÍTULO VIRTUAL E-LEARNING INSTITUTO IPLACEX POSTÍTULO DE MENCIÓN EN TRASTORNOS ESPECÍFICOS DEL LENGUAJE POSTÍTULO VIRTUAL E-LEARNING INSTITUTO IPLACEX POSTÍTULO EN ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL: GESTIÓN DIRECTIVA POSTÍTULO VIRTUAL E-LEARNING INSTITUTO IPLACEX POSTÍTULO EN ORIENTACIÓN EDUCACIONAL POSTÍTULO VIRTUAL E-LEARNING INSTITUTO IPLACEX POSTÍTULO EN PSICOMOTRICIDAD Y ESTIMULACIÓN TEMPRANA POSTÍTULO VIRTUAL E-LEARNING 40 Anexo 4 Formulario N°1: Certificado Laboral SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO REGIONAL Y ADMINISTRATIVO ACADEMIA DE CAPACITACIÓN MUNICIPAL Y REGIONAL Formulario N°1 POSTULACIÓN DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES AL FONDO CONCURSABLE DE FORMACIÓN DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES CERTIFICADO LABORAL DE: SR.(A) SECRETARIO (A) MUNICIPAL I. MUNICIPALIDAD DE A: SECRETARÍA EJECUTIVA FONDO ACADEMIA DE CAPACITACIÓN MUNICIPAL Y REGIONAL Mediante el presente, el(la) Secretario (a) Municipal firmante certifica que Rut: , es funcionario (a) municipal, cumpliendo funciones en la calidad jurídica de (planta o contrata), según lo establece la Ley N°18.883, Estatuto Administrativo Para Funcionarios Municipales, y que, a la fecha, tiene una antigüedad de años en la municipalidad. Atentamente, (Nombre timbre y firma del/la Secretario/a Municipal) Fecha: 41 Anexo 5 Formulario N°2: Certificado de Responsabilidad Administrativa SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO REGIONAL Y ADMINISTRATIVO ACADEMIA DE CAPACITACIÓN MUNICIPAL Y REGIONAL Formulario N°2 POSTULACIÓN DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES AL FONDO CONCURSABLE DE FORMACIÓN DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES CERTIFICADO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA DE: SR.(A) SECRETARIO (A) MUNICIPAL I. MUNICIPALIDAD DE A: SECRETARÍA EJECUTIVA FONDO ACADEMIA DE CAPACITACIÓN MUNICIPAL Y REGIONAL Mediante el presente, el(la) Secretario (a) Municipal firmante certifica que Rut: , es funcionario (a) municipal, cumpliendo funciones en la calidad jurídica de (planta o contrata), según lo establece la Ley N°18.883, Estatuto Administrativo Para Funcionarios Municipales, y que no ha sido sancionado con medida disciplinaria, en los últimos cuatro años, ni está siendo sometido, a la fecha, a sumario administrativo o investigación sumaria, en calidad de inculpado. Atentamente, (Nombre timbre y firma del/la Secretario/a Municipal) Fecha: 42 Anexo 6 Formulario N°3: Certificado de Deuda Municipal SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO REGIONAL Y ADMINISTRATIVO ACADEMIA DE CAPACITACIÓN MUNICIPAL Y REGIONAL Formulario N°3 POSTULACIÓN DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES AL FONDO CONCURSABLE DE FORMACIÓN DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES CERTIFICADO DE DEUDA MUNICIPAL DE: SR.(A) SECRETARIO (A) MUNICIPAL I. MUNICIPALIDAD DE A: SECRETARÍA EJECUTIVA FONDO ACADEMIA DE CAPACITACIÓN MUNICIPAL Y REGIONAL Mediante el presente, el(la) Secretario (a) Municipal firmante certifica que Rut: , es funcionario (a) municipal, cumpliendo funciones en la calidad jurídica de (planta o contrata), según lo establece la Ley N°18.883, Estatuto Administrativo Para Funcionarios Municipales, y que, a la fecha, no tiene deudas con la municipalidad derivadas del otorgamiento de becas Atentamente, (Nombre timbre y firma del/la Secretario/a Municipal) Fecha: 43 Anexo 7 Formulario N°4: Declaración Notarial SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO REGIONAL Y ADMINISTRATIVO ACADEMIA DE CAPACITACIÓN MUNICIPAL Y REGIONAL Formulario N°4 POSTULACIÓN DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES AL FONDO CONCURSABLE DE FORMACIÓN DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES DECLARACIÓN NOTARIAL Yo, Rut: declaro , funcionario (a) ante el Notario de Público la municipalidad de Sr. (Sra.) que, a la fecha, no me encuentro formalizado en un proceso judicial ni mantengo deudas con instituciones públicas derivadas del otorgamiento de becas. (Nombre timbre y firma del/la Secretario/a Municipal) Fecha: 44 Anexo 8 Formulario N°5. Certificado de Estado del Postulante en el Programa SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO REGIONAL Y ADMINISTRATIVO ACADEMIA DE CAPACITACIÓN MUNICIPAL Y REGIONAL Formulario N°5 POSTULACIÓN DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES AL FONDO CONCURSABLE DE FORMACIÓN DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES CERTIFICADO DE ESTADO DEL POSTULANTE EN EL PROGRAMA DE POSTÍTULO DE: SR.(A): A: SECRETARIA EJECUTIVA FONDO CONCURSABLE DE FORMACIÓN DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES ACADEMIA DE CAPACITACIÓN MUNICIPAL Y REGIONAL Mediante el presente, se certifica que Rut: , se encuentra (en proceso de postulación / aceptado ) al/en el programa que se imparte en modalidad (presencial, semi presencial--b-learning, o totalmente virtual —e-learning ) de esta institución de educación superior, a dictarse desde el (día, mes y año) hasta el (día, mes y año) en la ciudad de (sólo en el caso de programas en modalidad presencial o b-learning). El programa se encuentra (En proceso de acreditación/No acreditado/Acreditado - indicar años de acreditación) por una agencia acreditadora autorizada para estos efectos por la Comisión Nacional de Acreditación. Costo Total del Programa (señale el valor en pesos y en palabras) Arancel (colegiatura):$ , (en palabras) Matrícula: $ (en palabras) (Nombre, Institución, timbre y firma del responsable del programa) Fecha: 45 Anexo 9 Formulario N°6. Carta de Patrocinio SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO REGIONAL Y ADMINISTRATIVO ACADEMIA DE CAPACITACIÓN MUNICIPAL Y REGIONAL Formulario N°6 POSTULACIÓN DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES AL FONDO CONCURSABLE DE FORMACIÓN DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES CARTA DE PATROCINIO DE: SR. (A) ALCALDE (SA) I. MUNICIPALIDAD DE A: SECRETARÍA EJECUTIVA FONDO ACADEMIA DE CAPACITACIÓN MUNICIPAL Y REGIONAL Mediante el presente, el (la) Alcalde (sa) firmante, patrocina oficialmente la postulación a la primera convocatoria del Fondo Concursable de Funcionarios Municipales, año 2015 de: Rut: , funcionario (a) municipal, que cumple funciones en la calidad jurídica de (planta o contrata), según lo establece la Ley N°18.883, Estatuto Administrativo Para Funcionarios Municipales. Los estudios que pretende cursar el/la funcionario(a), corresponden a la(a él) (nombre programa) que se imparte en modalidad (presencial, semi presencial--b-learning, o totalmente virtual—e-learning), en la/el (nombre institución de educación superior), a dictarse desde el (día, mes y año) hasta el (día, mes y año) en la ciudad de (sólo en el caso de programas en modalidad presencial o b-learning). 46 El programa de estudios mencionado se relaciona con materias afines a la gestión y funciones propias de la municipalidad, además de ser coherente con las áreas prioritarias de estudio definidas en nuestro Plan Anual, según lo establecido en el Artículo 9° de la Ley 20.742 y su respectivo reglamento, el que ha sido presentado y aprobado por el Concejo Municipal.. El (la) funcionario(a) ha sido seleccionado(a) para ser patrocinado (a) de acuerdo a los criterios del Plan Anual mencionado en el párrafo anterior. Atentamente, (Nombre timbre y firma del/la Alcalde/sa) Fecha: 47 Anexo 10 Formulario N°7. Carta de Postulación SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO REGIONAL Y ADMINISTRATIVO ACADEMIA DE CAPACITACIÓN MUNICIPAL Y REGIONAL Formulario N°7 POSTULACIÓN DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES AL FONDO CONCURSABLE DE FORMACIÓN DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES CARTA DE POSTULACIÓN Nombre Completo: RUT: Cargo que desempeña: Municipalidad en la que actualmente se desempeña: Programa al que postula: Instrucciones: Usted deberá completar este formulario para señalar los objetivos y razones en las que fundamenta su postulación. Este documento, que no deberá tener una extensión total superior a 2 (dos) páginas, permitirá a los miembros del comité de expertos que evaluará su postulación, realizar un análisis completo de su postulación. Los objetivos se refieren a cuáles son los propósitos, fines o metas laborales que quiere lograr con las competencias, habilidades y/o aptitudes adquiridas al realizar los estudios a los que está postulando. Las razones se refieren al por qué desea adquirir las competencias, habilidades y/o aptitudes que le otorgaría el programa postulado, en el ámbito laboral. 48 Explique de forma concisa los objetivos y razones que le llevan a postular a este Fondo de Becas: 1. Objetivos: 49 2. Razones: (Nombre completo y firma del funcionario/a) Fecha: 50 Anexo 11 Formulario N°8: Carta de Recomendación SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO REGIONAL Y ADMINISTRATIVO ACADEMIA DE CAPACITACIÓN MUNICIPAL Y REGIONAL Formulario N°8 POSTULACIÓN DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES AL FONDO CONCURSABLE DE FORMACIÓN DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES CARTA DE RECOMENDACIÓN NOMBRE DEL POSTULANTE: 1. ¿Cuál es su área de especialización académica/profesional, y cuál es su relación con el/la postulante? 2. ¿Desde cuándo conoce al/a la postulante y cuál ha sido su relación laboral desde entonces a la actualidad? 51 3. Describa las principales fortalezas y debilidades del/de la postulante en el ámbito laboral. 4. ¿Recomienda al/la postulante para obtener una beca de estudios del Fondo Concursable de Formación de Funcionarios Municipales?. 52 5. Fundamente su recomendación del/de la postulante para el Fondo Concursable de Formación de Funcionarios Municipales. (Nombre completo, cargo y firma) Fecha: 53
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