bases de convocatoria del fondo concursable de formación de

BASES DE CONVOCATORIA DEL
FONDO CONCURSABLE DE FORMACIÓN
DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES
PARA POSTÍTULO
2015
1. OBJETIVO DE LAS BASES DE CONVOCATORIA
1.1 EL objetivo de las presentes Bases de Convocatoria del Fondo Concursable
de Formación de Funcionarios Municipales es regular el primer concurso de
becas de estudio para funcionarios municipales conducentes a postítulos, del
año 2015, que tiene como meta otorgar 30 (Treinta) becas1.
1.2 El Fondo Concursable de Formación de Funcionarios Municipales, creado por
la Ley N° 20.742 de 2014, tiene por objeto el financiamiento parcial o total de
estudios para la formación de los funcionarios municipales, de planta y
contrata, con una antigüedad mínima de 5 años al momento de postular, en
competencias específicas, habilidades y aptitudes que requieran para el
desempeño y ejercicio de un determinado cargo municipal, según las áreas
prioritarias de formación definidas por las municipalidades para el año 2015.
1.3 Este Fondo de Becas depende de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y
Administrativo del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, en adelante
“SUBDERE”, financia 4 tipos de becas para estudios conducentes a:
a)
b)
c)
d)
Título profesional.
Título técnico.
Diplomado.
Postítulo.
2. DEFINICIONES
Para efectos de esta convocatoria de concurso de becas se establecen las siguientes
definiciones:
2.1 Fondo de Becas: Se refiere al Fondo Concursable de Formación de
Funcionarios Municipales creado por la Ley N° 20.472.
2.2 Funcionario Municipal: Persona que desempeña un cargo municipal y a quien
se le aplican las disposiciones de la Ley N° 18.883, Estatuto Administrativo
Para Funcionarios Municipales.
2.3 Categoría o Tipo de Estudio: Estudios formales dictados por una universidad
o instituto profesional del estado o reconocido por éste, conducentes a título
profesional, título técnico, diplomado o postítulo que son financiables por el
Fondo de becas.
1
En las presentes bases de convocatoria, cuando se señala funcionario municipal, se refiere a
funcionario y funcionaria. De la misma manera, cuando se utiliza los pronombres el o los es
también para hacer referencia a ambos géneros.
1
2.4 Patrocinio: Es el respaldo oficial que cada municipalidad otorga al funcionario
que postula a la presente convocatoria del Fondo de becas, de acuerdo a lo
establecido en el Plan Anual que cada municipio elabora.
2.5 Plan Anual: Es un documento elaborado por la municipalidad en cual se
establecen las áreas prioritarias de estudio para ésta, los criterios de
selección de los postulantes al Fondo de becas y las condiciones que
permitan el acceso igualitario de sus funcionarios a este beneficio. El Plan
Anual debe presentarse al concejo junto con el presupuesto municipal para
ser aprobado por éste. Sin embargo, para la presente convocatoria el Plan
Anual puede presentare al concejo, para su aprobación, antes de la fecha de
postulación del funcionario.
2.6 Áreas Prioritarias de Formación: Son aquellas áreas relacionadas con la
gestión y funciones propias de la municipalidad, que están definidas en el
reglamento del Fondo de Becas, a las que cada municipio les dará prioridad
de acuerdo a las necesidades de desarrollo de la comuna, y será dentro de
estas áreas seleccionadas que el postulante deberá elegir un programa de
estudio para ser financiado por el Fondo Concursable de Formación de
Funcionarios Municipales. Ver en anexo 1 el listado de áreas prioritarias
definidas por el reglamento.
2.7 Beca de Estudios: Consiste en los recursos económicos que se entregan al
funcionario municipal para que esta financie el arancel y la matrícula de su
programa de estudios conducentes a la obtención de un postítulo, así como
un monto de manutención mensual según lo establecen las presentes bases.
2.8 Matrícula: Es el pago que, mediante los documentos pertinentes y los
requisitos exigidos, da derecho a inscribirte en el programa académico
seleccionado. .
2.9 Arancel: Costo que debe pagar un estudiante para cursar un año de carrera
en una institución de Educación Superior.
2.10 Beca de Manutención: Consiste en un apoyo económico mensual de hasta
trece Unidades Tributarias Mensuales, por un máximo de dos años, con el
que se busca que el becario pueda sustentar gastos de alimentación,
transporte, libros, materiales de estudio, y alojamiento, en el caso de ser
necesario, para el desarrollo de su programa académico.
2.11 Programa Académico: Es el conjunto de cursos, actividades teóricas y
prácticas que se desarrollan mediante la interrelación de profesores y
alumnos buscando lograr una formación en determinadas áreas del
conocimiento y a la obtención de un postítulo.
2.12 Postulante: Es el funcionario municipal que solicita al través del Sistema de
Postulación en Línea del Fondo Concursable de Formación de Funcionarios
Municipales a una beca de estudio.
2.13 Becario: Es el postulante quien, luego de participar de un proceso de
postulación a becas de estudio, se adjudica el financiamiento a algún
programa de estudio o académico conducente a la obtención de título
profesional, título técnico, diplomado o postítulo.
2.14 Comité de Evaluación Externo: Es un grupo de personas, entre los que se
encuentran expertos, académicos, investigadores y profesionales del sector
público, especialistas en materias de gestión pública y/o funciones propias de
las municipalidades, de destacada trayectoria y reconocido prestigio, que se
reúnen con el objetivo de evaluar las postulaciones de los funcionarios
municipales al Fondo de Becas y proponer al Subsecretario de Desarrollo
Regional y Administrativo quiénes se adjudicarán las becas.
2
2.15 Tipología de Comuna: Categorización de las comunas del país en cinco
niveles que es utilizada por la SUBDERE para la distribución anual del Fondo
de Incentivo al Mejoramiento de la Gestión Municipal. Para estas bases de
convocatoria al Fondo de Becas la tipología de comuna es uno de los criterios
de evaluación para la selección de los postulantes. Las categorías se
encuentran en el Anexo 2 de estas bases.
2.16 Modalidad de Estudios: Corresponde a la forma en que los programas de
académicos impartes sus actividades, la que puede ser presencial, semi
presencial, también conocida como blended learning o b-learning, o
totalmente por medios virtuales, también conocida como electronic learning o
e-learning.
2.17 Modalidad Presencial: Es la forma de estudio tradicional en la que los
alumnos asisten a las salas de clases en las que las instituciones imparten
los programas e interactúan con los profesores y demás alumnos.
2.18 Modalidad Semi presencial o B-learling: Es el aprendizaje facilitado a través
de la combinación eficiente de diferentes métodos de impartición de clases y
modelos de enseñanza, los que se realizan de manera presencial y virtual,
con una periodicidad determinada.
2.19 Modalidad virtual o E-learning: Es un sistema de enseñanza a distancia que
se realiza totalmente a través de Internet. Las instituciones que imparten
estudios por medio de este método cuentan con plataformas pedagógicas
informáticas virtuales, diseñadas especialmente para el proceso de
enseñanza-aprendizaje a distancia.
2.20 Formulario de Postulación: Corresponde al formulario único de postulación
que los funcionarios municipales interesados en participar en la presente
convocatoria deben usar para ser evaluados. Este formulario de postulación
es el único medio de postulación al Fondo de becas y se encuentra disponible
en el Sistema de Postulación en Línea.
2.21 Sistema de Postulación en Línea: Es el sistema informático que permite
administrar el proceso de postulaciones de los funcionarios municipales al
Fondo de Becas. Este Sistema se encuentra en la plataforma de la página
web de la Academia de Capacitación Municipal y Regional
www.academia.subdere.gov.cl.
3. FECHAS DEL PROCESO DE POSTULACIÓN Y SELECCIÓN
3.1 Publicación de bases de la convocatoria e inicio del proceso de postulación:
una vez tramitada completamente la resolución de la Subsecretaría de
Desarrollo Regional y Administrativo que aprueba las presentes Bases de
Convocatoria del Fondo Concursable de Formación de Funcionarios
Municipales Para Postítulo, la fecha y la convocatoria serán publicadas en la
página web www.academia.subdere.gov.cl y en un diario de circulación
nacional.
3.2 Plazo de recepción de postulaciones en línea: Cuatro semanas desde la
fecha de publicación del llamado a la convocatoria en la página web
www.academia.subdere.gov.cl. y en un diario de circulación nacional. Las
fechas específicas y horarios se publicarán en la página web
www.academia.subdere.gov.cl.
3.3 Plazo para realizar consultas a través del sistema de consulta telefónica: de
lunes a viernes de 8:30 horas a 19:00 horas (hora continental Chile) desde el
primer día de iniciado el plazo de recepción de postulaciones hasta el día
3
anterior al cierre de la recepción de postulaciones. Las fechas específicas
serán publicadas en la página web www.academia.subdere.gov.cl.
3.4 Periodo de evaluación de las postulaciones: Hasta tres semanas desde el
término de la recepción de postulaciones. Las fechas específicas serán
publicadas en la página web www.academia.subdere.gov.cl.
3.5 Plazo límite para la publicación de los resultados: Hasta una semana
después del término de la evaluación. Las fechas específicas serán
publicadas en la página web www.academia.subdere.gov.cl.
4. REQUISITOS DE POSTULACION
4.1 Los funcionarios municipales interesados en postular a la presente
convocatoria deben tener los siguientes requisitos:
a) Ser funcionario de planta o contrata, con al menos cinco años de
antigüedad en la municipalidad inmediatamente anteriores al momento de
la postulación. Para determinar el requisito de la antigüedad se
considerará la totalidad de años que el funcionario se haya desempeñado
en calidad jurídica de planta y contrata.
b) No haber sido sancionado con medida disciplinaria, en los últimos cuatro
años, o estar sometido, al momento de la postulación, a sumario
administrativo o investigación sumaria, en calidad de inculpado.
c) No encontrarse, al momento de la postulación, formalizado en un proceso
penal.
d) No mantener, a la fecha de la postulación, deudas con la municipalidad o
con instituciones públicas derivadas del otorgamiento de becas.
e) Haber sido aceptado o estar en proceso de postulación a un programa
académico conducente a un postítulo, de una universidad o instituto
profesional, que haya sido seleccionado para efectos de este Fondo. Los
programas a los que pueden postular los funcionarios municipales son
exclusivamente los que se indican en el Anexo 3 de estas bases.
f) Contar con el patrocinio oficial de la municipalidad respectiva para postular
al Fondo de becas.
g) Haber aprobado un programa de pregrado, carrera técnica o profesional,
impartido por una universidad o instituto profesional del Estado o
reconocido por éste.
4.2 Los requisitos de postulación a que se refieren las letras a), b) y d), en lo
relativo a las deudas con la municipalidad, del numeral 4.1 serán verificados a
través de las certificaciones extendidas por la respectiva municipalidad, la
que debe ser suscrita por el Secretario Municipal. Estas certificaciones se
debe presentar completando el Formularios N°1, Formulario N°2 y Formulario
N°3, anexos a estas bases y que se describen en el numeral 6.11.
4.3 Los requisitos de postulación a que se refiere la letra c) y lo relativo a las
deudas con otras instituciones públicas derivadas del otorgamiento de becas
que señala la letra d) del numeral 4.1, se acreditarán a través de una
declaración notarial que deberá realizar el postulante y que se deberá
adjuntar al formulario de postulación. El formato de esta declaración se
encuentra en el Formulario N°4, anexo a estas bases y que se describe en el
numeral 6.11.
4
4.4 El requisito de postulación a que se refiere la letra e) del numeral 4.1 se
acreditará a través de una carta de la respectiva institución de educación
superior en la que se señalará la condición del postulante en relación al
programa académico. El formato de esta carta se encuentra en el Formulario
N° 5 que se anexa a estas bases y que se describe en el numeral 6.11.
4.5 El requisito de postulación al que se refiere la letra f) del numeral 4.1, se
presentará a través de una carta de patrocinio, firmada por el alcalde
respectivo, indicando que el funcionario ha sido seleccionado por la
municipalidad para postular al concurso de becas de acuerdo a lo establecido
en el plan anual para efectos del presente fondo. El formato de la carta de
patrocinio se encuentra en el Formulario N° 6, anexo a estas bases y que se
describe en el numeral 6.11.
5. BENEFICIOS QUE OTORGA LA BECA
5.1 Los beneficios que otorga la beca de estudios para funcionarios municipales
contemplan lo siguiente:
5.1.1 Un monto equivalente al costo total o parcial del arancel y matrícula del
programa de formación correspondiente, según lo solicitado por el becario
en la ficha de postulación a la presente convocatoria. Este pago se
realizará por el plazo total de la duración del programa académico.
5.1.2 Una asignación mensual de manutención, hasta por un máximo de trece
unidades tributarias mensuales (UTM), por el período correspondiente a la
beca, con un máximo de dos años.
5.2 Los beneficios que se describen en los numerales 5.1.1 y 5.1.2, son
incompatibles con cualquier otra beca de estudios con financiamiento del sector
público.
5.3 Cualquier gasto que exceda los montos de los beneficios señalados en el
numeral anterior de esta convocatoria o que diga relación a conceptos distintos
de los señalados precedentemente, serán de cargo del beneficiario.
5.4 Los montos equivalentes a los beneficios del costo del arancel y matrícula serán
pagados directamente por la SUBDERE a la institución de educación donde el
becario curse su programa de estudios, para lo cual el becario deberá proveer la
información necesaria en forma oportuna.
5.5 El pago del arancel y matrícula, total o parcial según lo haya solicitado el becario
en su postulación, se reconocerá desde el año, semestre o trimestre, u otro
periodo que utilice la universidad o instituto profesional para dictar sus cursos en
que el becario inicie sus estudios, previa firma del respectivo convenio de
asignación de beca entre el becario, la municipalidad y la SUBDERE. No
obstante lo anterior, para realizar el pago a la universidad o instituto profesional
se deberá haber tramitado totalmente la respectiva resolución que aprueba el
convenio de otorgamiento de la beca. En el caso que el becario esté cursando
el respectivo programa académico como alumno regular, al momento del
otorgamiento de la beca, no se harán pagos retroactivos ni reintegros de
ninguna especie por los semestres o trimestres que haya cursado con
anterioridad al otorgamiento de la beca del Fondo Concursable de Formación de
Funcionarios Municipales.
5.6 El monto equivalente al beneficio de la manutención mensual será pagado
directamente al becario, a través de una transferencia electrónica de fondos.
5
5.7 Criterios de asignación de manutención. Para la presente convocatoria de
concurso de becas, el monto máximo de asignación mensual de manutención
para cada modalidad de estudios será determinado en términos porcentuales,
según los porcentajes asignados, entre paréntesis, a los siguientes criterios:
5.7.1 Modalidad de estudio presencial: i) Asignación base por modalidad de
estudio (30%); ii) tipo de comuna de procedencia laboral del becario:
Comunas Tipo 1 (10%), Comunas Tipo 2 (20%), Comunas Tipo 3 (30%),
Comunas Tipo 4 (40%), Comunas Tipo 5 (50%); y iii) distancia entre la
sede del programa y el domicilio del becario: 19,9 kilómetros (diecinueve
coma mueve) o menos (15%) y 20,0 (veinte coma cero) kilómetros o más
(20%).
5.7.2 Modalidad de estudio semi presencial, conocida como b-learning o
blended learning: i) Asignación base por modalidad de estudio (20%); ii)
tipo de comuna de procedencia laboral del becario: Comunas Tipo 1
(10%), Comunas Tipo 2 (20%), Comunas Tipo 3 (30%), Comunas Tipo 4
(40%), Comunas Tipo 5 (50%); y iii) distancia entre la sede del programa
y el domicilio del becario: 19,9 kilómetros (diecinueve coma mueve) o
menos (15%) y 20,0 (veinte coma cero) kilómetros o más (20%).
5.7.3 Modalidad de estudio impartido totalmente por medios virtuales, conocida
como e-learning o electronic learning: i) Asignación base por modalidad
de estudio (10%); ii) tipo de comuna de procedencia laboral del becario:
Comunas Tipo 1 (10%), Comunas Tipo 2 (15%), Comunas Tipo 3 (20%),
Comunas Tipo 4 (25%), Comunas Tipo 5 (30%).
5.8 El tipo de comuna de procedencia laboral del becario es aquel que se encuentra
en la tipología municipal utilizada por la SUBDERE para la distribución anual del
Fondo de Incentivo al Mejoramiento de la Gestión Municipal, adoptado por la
Resolución N°190 de fecha 16 de junio de 2014, de la Secretaría de Desarrollo
Regional y Administrativo. Las comunas según esta tipología se encuentran en
el Anexo N° 2 de estas bases.
5.9 El pago de la asignación mensual de manutención se realizará en pesos
equivalentes al respectivo porcentaje total de Unidades Tributarias Mensuales
que resulte de la suma de los diferentes criterios de asignación. Para el cálculo
del monto de la asignación en pesos, se utilizará durante todo el año 2015 el
valor de la Unidad Tributaria Mensual del mes de enero de 2014. Este monto
será actualizado anualmente, según el valor de la Unidad Tributaria Mensual del
mes de enero de cada año y regirá para el cálculo de la asignación mensual
durante todo el año.
6
5.10 La siguiente tabla muestra el resumen del cálculo de la beca de manutención,
según los respectivos criterios:
Porcentaje de
asignación Base
por Tipo de
Estudio
Estudios
Presenciales
(30%)
Estudios Semi
Presenciales
(b-learning)
(20%)
Estudios
Totalmente
Virtuales
(e-learning)
(10%)
Porcentaje de
Porcentaje de asignación
Porcentaje Total
asignación por Tipo de
por Distancia del
de Asignación
Comuna de Procedencia
Domicilio del becario y
(100% = 13 UTM)
Laboral del Becario
Sede del Programa
19,9 Kilómetros y menos
(15%)
55%
Municipalidades Grupo 1
20,0 Kilómetros y más
(10%)
(20%)
60%
19,9 Kilómetros y menos
(15%)
65%
Municipalidades Grupo 2
20,0 Kilómetros y más
(20%)
(20,0%)
70%
19,9 Kilómetros y menos
(15%)
75%
Municipalidades Grupo 3
20,0 Kilómetros y más
(30%)
(20%)
80%
19,9 Kilómetros y menos
(15%)
85%
Municipalidades Grupo 4
20,0 Kilómetros y más
(40%)
(20%)
90%
19,9 Kilómetros y menos
(15%)
95%
Municipalidades Grupo 5
20,0 Kilómetros y más
(50%)
(20%)
100%
19,9 Kilómetros y menos
(15%)
45%
Municipalidades Grupo 1
20,0 Kilómetros y más
(10%)
(20%)
50%
19,9 Kilómetros y menos
(15%)
55%
Municipalidades Grupo 2
20,0 Kilómetros y más
(20%)
(20%)
60%
19,9 Kilómetros y menos
(15%)
65%
Municipalidades Grupo 3
20,0 Kilómetros y más
(30%)
(20%)
70%
19,9 Kilómetros y menos
(15%)
75%
Municipalidades Grupo 4
20,0 Kilómetros y más
(40%)
(20%)
80%
19,9 Kilómetros y menos
(15%)
85%
Municipalidades Grupo 5
20,0 Kilómetros y más
(50%)
(20%)
90%
Municipalidades Grupo 1
(10%)
No aplica
20%
Municipalidades Grupo 2
(15%)
No aplica
25%
Municipalidades Grupo 3
(20%)
No aplica
30%
Municipalidades Grupo 4
(25%)
No aplica
35%
Municipalidades Grupo 5
(30%)
No aplica
40%
5.11 El pago de la asignación mensual de manutención se reconocerá desde el mes
en que el becario inicie sus estudios, previa firma del respectivo convenio de
asignación de beca entre el becario, la municipalidad y la SUBDERE. No
obstante lo anterior, para realizar este pago a través de una transferencia
electrónica se deberá haber tramitado totalmente la respectiva resolución que
aprueba el convenio de otorgamiento de la beca. En el caso que el becario esté
cursando el respectivo programa académico conducente a un postítulo al
momento del otorgamiento de la beca no se harán pagos retroactivos ni
reintegros de ninguna especie.
7
6
POSTULACION AL FONDO CONCURSABLE
6.1 Las postulaciones para el Fondo de becas, se deben realizar mediante el
Sistema de Postulación en Línea (SIPEL), que es una plataforma única de
postulación, cuyo acceso se encuentra disponible a través de la página web
www.academia.subdere.gov.cl.
6.2 El postulante debe llenar el formulario de postulación, disponible en el Sistema
de Postulación en Línea. Dicho formulario debe ser completado, adjuntando
toda la documentación requerida, y enviado dentro de los plazos establecidos en
el numeral 3.2 de esta convocatoria.
6.3 Los postulantes serán responsables de la veracidad, integridad y legibilidad de
la información consignada en dicho formulario de postulación, así como de la
documentación requerida.
6.4 Cada documento solicitado deberá ser adjuntado como un archivo digital en
formato PDF, JPG, JPEG o PNG de no más de 10 Mb cada uno, pudiendo
contener más de una página, siempre y cuando todas las páginas sean parte de
un mismo archivo.
6.5 Todos los antecedentes requeridos deberán ser presentados en papel, una vez
adjudicada la beca, antes de la firma del correspondiente convenio para su
debida verificación.
6.6 El postulante deberá realizar sólo una postulación al concurso de becas para
estudios conducentes a un postítulo que se convoca por estas bases.
6.7 Los documentos de postulación que se detallan en el numeral 6.8 se consideran
indispensables para dejar constancia indubitable del cumplimiento de los
requisitos exigidos y evitar perjuicio a los interesados, por lo que la no
presentación de uno o más de ellos, será causal de inadmisibilidad. La lista que
se detalla tiene carácter taxativo por lo que se debe cumplir con la presentación
de todos y cada uno los documentos señalados. Al mismo tiempo, estos tienen
carácter de esencial y obligatorio por lo que no pueden ser reemplazados por
ningún otro.
6.8 La omisión o declaración falsa de cualquier dato solicitado en el formulario de
postulación o en los documentos de respaldo, y/o la no presentación de los
documentos de respaldo solicitados en las bases del concurso de beca al
momento de la postulación, serán causales de inadmisibilidad del postulante al
proceso de selección.
6.9 Para apoyar el proceso de postulación de esta convocatoria estará disponible un
sistema de consulta telefónica al número 2 27203737 del Fondo Concursable de
Formación de Funcionarios Municipales, cuyo horario de funcionamiento será
entre las 08:30 horas y las 19:00 horas de Chile continental.
6.10 Adicionalmente, se dispondrá de la siguiente dirección de correo electrónico
[email protected] para hacer consultas relacionadas con el
proceso de postulación de la presente convocatoria del Fondo de becas.
6.11 Se requiere adjuntar en formato electrónico (PDF) los siguientes documentos
obligatorios al formulario único de postulación que se encuentra disponible en el
Sistema de Postulación en Línea:
6.11.1 FORMULARIO N° 1: CERTIFICADO LABORAL, extendido por la
municipalidad y suscrito por el Secretario Municipal, indicando el tipo de
calidad jurídica, de planta o contrata, y la antigüedad que tiene funcionario
en la municipalidad. Este formulario se encuentra en el Anexo 4 de las
presentes bases de convocatoria.
8
6.11.2 FORMULARIO N° 2: CERTIFICADO DE RESPONSABILIDAD
ADMINISTRATIVA, extendido por la municipalidad y suscrito por el
Secretario Municipal, indicando que el funcionario no ha sido sancionado
con medida disciplinaria en los últimos cuatro años y que a la fecha de
emisión no está sometido a sumario administrativo o investigación
sumaria en calidad de inculpado. Este formulario se encuentra en el
Anexo 5 de las presentes bases de convocatoria.
6.11.3 FORMULARIO N° 3: CERTIFICADO DE DEUDA MUNICIPAL: extendido
por la municipalidad y suscrito por el Secretario Municipal, indicando que
el funcionario no tiene, a la fecha de emisión, deudas con la municipalidad
derivadas del otorgamiento de becas. Este formulario se encuentra en el
Anexo 6 de las presentes bases de convocatoria.
6.11.4 FORMULARIO N° 4: DECLARACIÓN NOTARIAL, firmada por el
postulante ante notario público en la que indique que, a la fecha, el
funcionario no se encuentra formalizado en un proceso judicial ni
mantiene deudas con instituciones públicas derivadas del otorgamiento de
becas. Este formulario se encuentra en el Anexo 7 de las presentes bases
de convocatoria.
6.11.5 FORMULARIO N° 5: CERTIFICADO DE ESTADO DEL POSTULANTE
EN EL PROGRAMA ACADÉMICO, firmado por la autoridad académica
del instituto profesional o universidad competente, que indique los años
de acreditación que tiene el programa de estudios y acredite que el
funcionario se encuentra en alguna de las siguientes situaciones en
relación al programa de estudios que está postulando al concurso de
becas:
6.11.5.1 EN PROCESO DE POSTULACIÓN FORMAL en caso de quienes se
encuentran postulando al Programa, o
6.11.5.2 ACEPTADO, en el caso de quienes se encuentren aceptados en el
Programa, o
Este formulario se encuentra en el Anexo 8 de las presentes bases de
convocatoria.
6.11.6 FORMULARIO N°6: CARTA DE PATROCINIO OFICIAL DE LA
MUNICIPALIDAD, firmada por el Alcalde la cual debe señalar:
6.11.6.1 Que los estudios que pretende efectuar el postulante, se relacionan
con las funciones propias de la institución.
6.11.6.2 Que los estudios que pretende efectuar el postulante, se relacionan
con las áreas prioritarias definidas en el Plan Anual Municipal
para las postulaciones de los funcionarios al Fondo Concursable
de Formación de Funcionarios Municipales.
6.11.6.3 El tipo de facilidades que tendrá el funcionario en caso de obtener la
beca para realizar los estudios del respectivo programa
académico.
Este formulario se encuentra en el Anexo 9 de las presentes bases de
convocatoria.
6.11.7 FORMUARIO N°7: CARTA DE POSTULACIÓN, que contenga los
objetivos y razones en los que el funcionario funda su postulación. Este
formulario se encuentra en el Anexo 10 de las presentes bases de
convocatoria.
9
6.11.8 FORMULARIO N°8: CARTA DE RECOMENDACIÓN LABORAL, emitidas
por funcionarios municipales que son o hayan sido jefes directos del
funcionario que está postulando, o hayan ejercido funciones de
supervisión del mismo. Se deben presentar dos cartas de recomendación
laboral. Este formulario se encuentra en el Anexo 11 de las presentes
bases de convocatoria.
6.11.9 CERTIFICADO FINAL DE NOTAS O DIPLOMA QUE ACREDITE LA
TITULACIÓN, emitido por el instituto profesional o universidad del Estado
o reconocida por éste, donde el postulante realizó sus últimos estudios de
pregrado, es decir carrera técnica o profesional, en el que conste la nota
final con la que se aprobó el respectivo programa académico. En el caso
del certificado final de notas, éste debe ser original, mientras que en el
caso del Diploma, se deberá presentar fotocopia legalizada del mismo. Si
los estudios se realizaron en el extranjero, los documentos deben estar
debidamente
convalidados
por
las
instancias
administrativas
correspondientes.
6.11.10
CERTIFICADO DE CALIDAD INDIGENA emitido por la Corporación
Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI) para postulantes que
pertenezcan a una etnia indígena.
6.11.11
CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD emitido por la Comisión de
Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) o por el Registro Nacional de
Discapacidad del Servicio de Registro Civil e Identificación, para
postulantes que posean algún grado de discapacidad.
7
REVISIÓN DE ADMISIBILIDAD DE LAS POSTULACIONES
7.1 Todas las postulaciones serán sometidas a una revisión de admisibilidad en la
cual se verificará si estas cumplen con la presentación de toda la
documentación solicitada, las condiciones y requisitos establecidos en las
presentes bases.
7.2 Las postulaciones que aprueben la etapa de admisibilidad, serán consideradas
postulaciones admisibles y pasarán a la etapa de evaluación. En caso contrario
serán declaradas inadmisibles y no pasarán a la etapa de evaluación.
7.3 Los postulantes serán responsables de la veracidad, integridad, legibilidad y
consistencia de la información consignada en la postulación. Asimismo, los/as
postulantes deberán estar en condiciones de presentar todos los antecedentes e
información que el Fondo de Becas juzgue necesarios durante el proceso de
firma del convenio de otorgamiento de beca y/o durante el período en que se
esté percibiendo la beca.
7.4 En caso de verificarse la existencia del incumplimiento de cualquiera de los
requisitos y/o condiciones establecidos en las presentes bases o la omisión o
declaración falsa de cualquier dato, o que no se cumpla con la entrega de uno o
más de los documentos solicitados, o que la documentación e información
presentada en su postulación sea inexacta, no verosímil y/o induzca a error
durante el proceso de postulación, se considerará causal para que la
postulación sea declarada inadmisible.
8
PROCESO DE EVALUACIÓN Y SELECCIÓN
8.1 Las postulaciones que cumplan con los requisitos y formalidades establecidos
en este reglamento serán admisibles para ser evaluadas por la SUBDERE con
la asesoría de un comité de evaluación externo, constituido especialmente para
cada convocatoria de concurso de becas. La declaración de admisibilidad le
corresponderá a la SUBDERE, previa revisión de los antecedentes de cada
postulación.
10
8.2 La evaluación será realizada por un Comité de Evaluación Externo, el que será
designado por el Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, a
proposición del Jefe del Departamento de la Academia de Capacitación
Municipal y Regional, previa consulta al Directorio de éste, y estará integrado
por expertos, académicos, investigadores, y profesionales del sector público,
especialistas en materias de gestión pública y/o funciones propias de las
municipalidades, de destacada trayectoria y reconocido prestigio, quienes
participarán a título personal. Su número será determinado según el número de
postulaciones recibidas en la presente convocatoria de concurso de becas.
8.3 La evaluación de las postulaciones a las becas que contempla el Fondo se
realizará por los miembros del Comité de Evaluación Externo, de acuerdo a los
siguientes criterios, forma de medición de los mismos y ponderación del puntaje
final que obtendrá el funcionario al sumar los respectivos valores que arroje
cada criterio:
8.3.1 Antecedentes académicos del postulante, medido por la nota final de
aprobación del programa académico de pregrado, es decir carrera
profesional o técnica, del postulante. El criterio tendrá los siguientes
valores: 1 = nota de aprobación de 4,0 a 4,4; 2 = nota de aprobación de
4,5 a 4,9; 3 = nota de aprobación de 5,0 a 5,4; 4 = nota de aprobación de
5,5, a 5,9; 5 = nota de aprobación de de 6,0 y más. Este criterio tendrá
una ponderación del 10% del puntaje final.
8.3.2 Experiencia laboral del postulante: medido por la cantidad de años que se
haya desempeñado en la municipalidad que lo patrocina. El criterio tendrá
los siguientes valores: 1= 5 años de experiencia laboral; 2 = 6 años de
experiencia laboral; 3= 7 años de experiencia laboral; 4 = 8 años de
experiencia laboral; y 5= 9 y más años de experiencia laboral. Este
criterio tendrá una ponderación del 10% del puntaje final.
8.3.3 Objetivos y razones en que el candidato funda su postulación, medido
según el grado de coherencia entre los objetivos y razones y el programa
académico al que postula. El criterio tendrá los siguientes valores: 0= si
los objetivos y razones en que el candidato funda su postulación no están
presentes; 1= si los objetivos y razones en que el candidato funda su
postulación están presentes, pero no son coherentes con el programa
académico que postula ; 2= si los objetivos y razones en que el candidato
funda su postulación están presentes y son poco coherentes con el
programa académico que postula ; 3= si los objetivos y razones en que el
candidato funda su postulación están presentes y son medianamente
coherentes con el programa académico que postula; 4 = si los objetivos y
razones en que el candidato funda su postulación son altamente
coherentes con el programa académico que postula; y 5= si los objetivos
y razones en que el candidato funda su postulación son totalmente
coherentes con el programa académico que postula. Este criterio tendrá
una ponderación del 10% del puntaje final.
8.3.4 Cartas de recomendación que presente el postulante, medido según se
explicita la recomendación y el conocimiento de la trayectoria laboral que
fundamenta la recomendación del postulante. El criterio tendrá los
siguientes valores: 0= si las dos cartas no hace referencia alguna a la
recomendación del funcionario; 1= si las dos cartas se refieren a la
recomendación pero no son explícitas en recomendar al funcionario; 2= si
sólo una carta señala explícitamente la recomendación del funcionario; 3=
si la dos cartas señalan explícitamente la recomendación del funcionario;
4= si las dos cartas señalas explícitamente la recomendación del
funcionario y sólo una declara conocimiento de la trayectoria laboral que
avala la postulación; y 5 = si las dos cartas señalan explícitamente la
recomendación del funcionario y declara conocimiento de la trayectoria
11
laboral que avala la postulación Este criterio tendrá una ponderación del
10% del puntaje final.
8.3.5 Calidad del programa académico conducente a un postítulo, medido por
los años continuos, o versiones, que el programa se ha ofrecido por parte
del la universidad o instituto profesional. El criterio tendrá los siguientes
valores: 0= primera vez que el programa se ofrece; 1= 1 año o versión
que el programa se ha ofrecido; 2= 2 años o versiones que el programa
se ha ofrecido; 3= 3 años o versiones que el programa se ha ofrecido; 4=
4 años o versiones que el programa se ha ofrecido; y 5= 5 años o
versiones, o más, que el programa se ha ofrecido. Este criterio tendrá una
ponderación del 20% del puntaje final.
8.3.6 Comuna de procedencia laboral del postulante, medido según la tipología
municipal utilizada por la SUBDERE para la distribución anual del Fondo
de Incentivo al Mejoramiento de la Gestión Municipal. El criterio tendrá los
siguientes valores: 1= municipalidades del Grupo 1; 2= municipalidades
Grupo 2; 3= municipalidades Grupo 3; 4= municipalidades Grupo 4; y 5=
municipalidades Grupo 5: Este criterio tendrá una ponderación del 20%
del puntaje final. La tipología de municipalidades se encuentra en el
Anexo 2 de estas bases de convocatoria
8.3.7 Región de residencia; medido según la procedencia de zonas extremas
del país, tales como la Región de Arica y Parinacota, la Región de Aysén
del General Carlos Ibáñez del Campo y la Región de Magallanes y
Antártica Chilena, según lo establecen los Decretos Supremos N° 1.233,
de 16 de junio de 2014; N° 1.242 de fecha 18 de junio de 2014; y N°
1.243, de 18 de junio de 2014, respectivamente. El criterio tendrá los
siguientes valores: 1 = si el funcionario procede de municipalidades de las
regiones de zonas extremas mencionadas anteriormente; y 0 = si en
funcionario procede de municipalidades de otras regiones. Este criterio
tendrá una ponderación del 10% del puntaje final.
8.3.8 Etnia indígena, medido según la pertenencia del funcionario a una de las
etnias reconocidas indígenas reconocida por la Ley N° 19.253 El criterio
tendrá los siguientes valores: 1 = si el funcionario pertenece alguna etnia
indígena; y 0 = si el funcionario no pertenece a una etnia indígena. Este
criterio tendrá una ponderación del 5% del puntaje final.
8.3.9 Discapacidad física; medida como la presencia de algún grado de
discapacidad física del funcionario calificada como tal por la Comisión de
Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) o por el Registro Nacional de
Discapacidad del Servicio de Registro Civil e Identificación. El criterio
tendrá los siguientes valores: 1 = si el funcionario presenta algún grado de
discapacidad física; y 0 = si el funcionario no presenta algún grado de
discapacidad física. Este criterio tendrá una ponderación del 5% del
puntaje final.
12
8.3.10
El resumen de los criterios y sus ponderaciones se presentan en forma
resumida en la siguiente tabla:
Criterios
1. Antecedentes
Académicos
2. Experiencia Laboral
Valoración
1= Nota final de aprobación de 4,0 a 4,4
2= Nota final de aprobación de 4,5 a 4,9
3= Nota final de aprobación de 5,0 a 5,4
4= Nota final de aprobación de 5,5 a 5,9
5= Nota final de aprobación de 6,0 y más
1= 5 años
2= 6 años
3= 7 años
4= 8 años
5= 9 y más años
3.Objetivos y razones en
0= Objetivos y razones no están presentes
que funda la postulación
1= Objetivos y razones están presentes pero no son
coherentes con el programa académico
Ponderación
Asignada
10%
10%
10%
2= Objetivos y razones presentes y son poco coherentes con
el programa académico
3= Objetivos y razones presentes y son medianamente
coherentes con el programa académico
4= Objetivos y razones presentes y son altamente coherentes
con el programa académico
5= Objetivos y razones presentes y son totalmente coherentes
con el programa académico
4.Cartas de
recomendación
0= si las dos cartas no hacen referencia alguna a la
recomendación del funcionario
10%
1= si las dos cartas se refieren a la recomendación pero no
son explícitas en recomendar al funcionario
2= si sólo una carta señala explícitamente la recomendación
del funcionario
3= si la dos cartas señalan explícitamente la recomendación
del funcionario
4= si las dos cartas señalan explícitamente la recomendación
del funcionario y sólo una declara conocimiento de la
trayectoria laboral que avala la postulación
5 = si las dos cartas señalan explícitamente la recomendación
del funcionario y declara conocimiento de la trayectoria laboral
que avala la postulación
5.Calidad y trayectoria del 0= Primera vez que el programa se ofrece
programa académico
1= 1 año o versión que el programa se ha ofrecido
2= 2 años o versiones que el programa se ha ofrecido
3= 3 años o versiones que el programa se ha ofrecido
4= 4 años o versiones que el programa se ha ofrecido
5= 5 años o versiones, o más, que el programa se ha ofrecido
6.Comuna de procedencia 1= Municipalidades Grupo 1
2= Municipalidades Grupo 2
3= Municipalidades Grupo 3
4= Municipalidades Grupo 4
5= Municipalidades Grupo 5
7.Región de residencia
0= No procede de zonas extremas
1= Procede de zonas extremas}
8.Presencia de
discapacidad
0= No presenta discapacidad
1= Presenta discapacidad
9.Procedencia de etnia
indígena
1= Presenta procedencia de etnia indígena
0= No presenta Procedencia de etnia indígena
Totales
20%
20%
10%
5%
5%
100%
13
9
ADJUDICACIÓN Y NOTIFICACIÓN DE RESULTADOS
9.1 Los postulantes evaluados serán ordenados por el Comité de Evaluación
Externo en un listado del mayor al menor puntaje final que resulte de la
valoración de los diferentes criterios y sus respectivas ponderaciones.
9.2 El Comité de Evaluación Externo propondrá al Subsecretario de Desarrollo
Regional y Administrativo los postulantes que estén en los 30 primeros lugares
del listado de postulantes evaluados para asignarles una beca de estudios del
Fondo Concursable de Formación de Funcionarios Municipales para la
obtención de un postítulo.
9.3 El Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo presentará al Directorio
de la Academia de Capacitación Municipal y Regional la propuesta del Comité
de Evaluación Externo para su sanción final de la selección de los postulantes.
9.4 En caso que existan recursos disponibles del Fondo de Becas para financiar a
un número mayor de becas, el Directorio de la Academia de Capacitación
Municipal y Regional podrá asignar un número mayor de becas que las
mencionadas en el numeral 9.2.
9.5 La SUBDERE determinará, mediante resolución, a los funcionarios municipales
que sean beneficiados con una beca del Fondo, así como a quienes no fueron
beneficiados, y publicará en la página web www.academia.sundere.gov.cl la
respectiva nómina, la que considerará la individualización de todos los
postulantes seleccionados para la obtención de los beneficios de la beca, así
como los no seleccionados.
9.6 Los postulantes serán notificados en su calidad de seleccionados por medio de una
carta certificada a la dirección que haya señalado en el formulario de postulación.
Sin perjuicio de lo anterior, adicionalmente, los seleccionados podrán ser notificados
por medio de correo electrónico. No obstante, respecto de aquellos postulantes que
al momento de postular manifiesten expresamente su voluntad de ser notificados
mediante correo electrónico, indicando la respectiva dirección, no será necesario
remitirles carta certificada.
9.7 En la notificación se incluirá un instructivo donde se señalarán los trámites que el
postulante seleccionado debe realizar, así como los antecedentes que debe
acompañar para suscribir el convenio que hará efectivos los beneficios que otorga la
beca.
10
FIRMA DEL CONVENIO DE OTORGAMIENTO DE BECA
10.1 Una vez seleccionado el beneficiario, deberá suscribir con la municipalidad y
con la SUBDERE un convenio, firmado ante notario público, en el que se
establecerán, al menos, las siguientes menciones:
10.1.1
10.1.2
10.1.3
10.1.4
10.1.5
Beneficios que corresponden al becario;
Compromisos y obligaciones del becario;
Plazo de vigencia del convenio;
Duración del programa de estudios;
La obligación del becario de permanecer prestando sus servicios en su
municipalidad de origen una vez finalizados sus estudios, al menos, por
idéntico tiempo al de la duración del programa de estudios;
10.1.6 La obligación del becario de restituir todos los gastos en que se hubiere
incurrido, con motivo de la beca, en el caso de que perdiere la calidad de
alumno regular.
14
10.2 Al momento de suscribir el convenio, el becario deberá presentar a la SUBDERE
una póliza de seguro de responsabilidad personal, de conformidad con las
normas dispuestas por la Ley Nº10.336, Ley orgánica de la Contraloría General
de la República. Dicha póliza deberá tener como vigencia el doble del tiempo de
duración del programa académico que financia la beca, aumentado en seis
meses y su monto deberá corresponder a la totalidad del beneficio económico
que implica la respectiva beca.
10.3 Antes de la firma del convenio, la SUBDERE procederá a verificar la exactitud
de los antecedentes presentados en la postulación, así como el respaldo de los
certificados o documentos correspondientes para estos efectos. En caso que los
antecedentes sean inexactos, así como ante la falta de dichos certificados o
documentos se dejará sin efecto la adjudicación de la beca.
10.4 El becario deberá entregar sus antecedentes bancarios para gestionar la
transferencia electrónica de recursos correspondientes a la asignación mensual
de manutención según lo definido en el respectivo convenio.
11
OBLIGACIONES DEL BECARIO
11.1 El becario del Fondo tendrá las siguientes obligaciones:
a) Informar periódicamente a la SUBDERE sobre el estado de avance de los
estudios realizados. En aquellos casos en que el programa académico que
curse el becario sea de más de un año este informe será anual.
b) Aprobar, en tiempo y forma, el programa de formación del que participe, sin
perjuicio de quedar liberado de esta obligación en caso de caso fortuito o
fuerza mayor o cualquiera otra circunstancia calificada por la SUBDERE como
justificación suficiente.
c) Permanecer prestando sus servicios en su municipalidad de origen una vez
finalizados sus estudios, al menos, por idéntico tiempo al de duración del
programa de estudios.
d) Restituir todos los gastos en que se hubiere incurrido, con ocasión de la beca,
en el caso de que perdiere la calidad de alumno regular.
12
PRORROGA, SUSPENSIÓN Y TÉRMINO ANTICIPADO DE LA BECAS
12.1 El financiamiento del programa de estudios se podrá prorrogar, suspender o dar
término anticipado en circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor o
cualquiera otra circunstancia calificada por la SUBDERE como justificación
suficiente.
12.2 El beneficio de manutención mensual se mantendrá por un periodo máximo de
dos años. Este beneficio será suspendido temporalmente cuando el becario
suspenda sus estudios, volviendo a ser efectivo cuando éste reanude los
mismos, y será suspendido definitivamente si el becario termina
anticipadamente sus estudios.
15
13
SANCIONES
13.1 Los becarios que no cumplan con las obligaciones señaladas el numeral 11.1 de
las presentes bases, estarán sujetos a las siguientes sanciones:
a) La SUBDERE estará facultada para exigir a los becarios la restitución de la
totalidad de los beneficios económicos entregados respecto de quienes
sean eliminados, suspendan o abandonen sus estudios sin causa
justificada, lo cual será calificado por esta Subsecretaría.
b) La restitución referida en la letra precedente se exigirá también en el caso
de quienes no cumplan con las obligaciones inherentes a su condición de
beneficiario establecidas en las letras a), b) y c) del numeral 11.1 anterior o
hayan alterado sus antecedentes o informes.
c) En el caso de incumplimiento de la obligación de restitución a que se
refieren las letras a y b de este numeral, y una vez transcurrido 60 días
desde la notificación por carta certificada de la resolución que dispone la
correspondiente restitución, la SUBDERE procederá a hacer efectiva la
póliza de seguro de responsabilidad personal a que se refiere el numeral
10.2 de estas bases.
d) Asimismo, los becarios que no cumplan con sus obligaciones no podrán
postular o participar en nuevas convocatorias que otorguen beneficios de
formación establecidos en este reglamento.
14
INTERPRETACIÓN DE LAS BASES DE CONVOCATORIA AL FONDO
CONCURSABLE DE FORMACIÓN DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES Y
RECURSOS.
14.1 En caso de existir la necesidad de interpretar y determinar el sentido y alcance
de las presentes Bases de Convocatoria al Fondo Concursable de Formación de
Funcionarios Municipales para postítulo, le corresponderá privativamente a la
Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo hacerlo.
14.2 Los anexos, aclaraciones y notas al pie de página, generados con motivo de la
presente convocatoria, pasarán a formar parte integrante de estas bases para
todos los efectos legales y se publicarán en la página web
www.academia.subdere.gov.cl.
14.3 En caso de tener diferencias con la resolución de la Subsecretaría de Desarrollo
Regional y Administrativo en relación a alguna decisión de los procesos de
postulación; evaluación y selección; adjudicación y notificación de resultados;
firma de convenio; y operación de la beca; así como a la prórroga, suspensión y
término anticipado de la beca, o sanciones del becario, el postulante o becario
podrá hacer uso de los recursos que permitan la revisión de los respectivos
actos administrativos que la normativa jurídica le permite.
16
ANEXO 1
Áreas de estudio financiables con los recursos del Fondo Concursable de
Formación de Funcionarios Municipales
Las áreas de estudios que se financiarán con los recursos del Fondo son aquellas cuyos
contenidos estén directamente relacionados con materias afines a la gestión y funciones
propias de las municipalidades y que a su vez hayan sido declaradas por cada municipio
en su Plan Anual
Para efectos de este Fondo, se entenderá como materias afines a la gestión y funciones
propias de las municipalidades las siguientes:
1) Gestión de las municipalidades, de acuerdo a las áreas que se señalan:
i) Desarrollo social:
a) Desarrollo comunitario y social;
b) Desarrollo de las organizaciones comunitarias y sociales;
c) Vivienda;
d) Seguridad ciudadana;
e) Cultura;
f) Medio ambiente, y
g) Deporte.
ii) Desarrollo territorial:
a) Gestión territorial;
b) Proyectos;
c) Obras;
d) Desarrollo económico local;
e) Turismo;
f) Pesca;
g) Agropecuario;
h) Participación ciudadana.
iii) Gestión interna:
a) Administración;
b) Auditoría;
c) Planificación;
d) Secretaría;
e) Control;
f) Calidad;
g) Transparencia;
h) Tránsito;
i) Personal;
j) Recursos humanos;
k) Asesoría jurídica;
l) Riesgos;
m) Comunicaciones;
n) Informática, y
ñ) Partes e informaciones.
iv) Gestión financiera:
a) Finanzas;
b) Contabilidad;
c) Presupuesto;
d) Tesorería;
e) Rentas y patentes municipales, y
f) Licitaciones, compras públicas y abastecimiento.
17
2) Funciones propias de las municipalidades, según lo establecido en la Ley N°
18.695:
i) Elaboración, aprobación y modificación del plan comunal de desarrollo;
ii)
Planificación y regulación de la comuna y confección del plan regulador
comunal;
iii) Promoción del desarrollo comunitario;
iv) Aplicación de las disposiciones sobre transporte y tránsito públicos dentro de la
comuna;
v) Aplicación de las disposiciones sobre construcción y urbanización;
vi) Aseo y ornato de la comuna;
vii) Educación y cultura;
viii) Salud pública y protección del medio ambiente;
ix) Asistencia social y jurídica;
x) Capacitación, promoción del empleo y fomento productivo;
xi) Turismo, deporte y recreación;
xii) Urbanización y vialidad urbana y rural;
xiii) Construcción de viviendas sociales e infraestructuras sanitarias;
xiv) Transporte y tránsito público;
xv) Prevención de riesgos y prestación de auxilio en situaciones de emergencia o
catástrofes;
xvi) Apoyo y fomento de medidas de prevención en materia de seguridad
ciudadana y colaboración en su implementación;
xvii) Promoción de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, y
xviii) Desarrollo de actividades de interés común en el ámbito local.
18
ANEXO 2
Tipología Comunal de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo
Según Resolución N° 190 de 16 de junio de 2014
GRUPOS
MUNICIPALIDADES
ANTOFAGASTA, VALPARAÍSO, VIÑA DEL MAR,
QUILPUÉ, VILLA ALEMANA, RANCAGUA, TALCA,
CONCEPCIÓN, CHIGUAYANTE, SAN PEDRO DE LA
PAZ, TALCAHUANO, HUALPÉN, TEMUCO, SANTIAGO,
Grupo 1:
CERRILLOS, CERRO NAVIA, CONCHALI, EL BOSQUE,
ESTACION
CENTRAL,
HUECHURABA,
47 Municipalidades de
INDEPENDENCIA, LA CISTERNA, LA FLORIDA, LA
Comunas Metropolitanas
GRANJA, LA PINTANA, LA REINA, LAS CONDES, LO
con Alto y/o Medio
BARNECHEA, LO ESPEJO, LO PRADO, MACUL, MAIPU,
Desarrollo
ÑUÑOA, PEDRO AGUIRRE CERDA, PEÑALOLEN,
PROVIDENCIA, PUDAHUEL, QUILICURA, QUINTA
NORMAL, RECOLETA, RENCA, SAN JOAQUÍN, SAN
MIGUEL, SAN RAMÓN, VITACURA, PUENTE ALTO
SAN BERNARDO
IQUIQUE, ALTO HOSPICIO, CALAMA, COPIAPÓ, LA
SERENA, COQUIMBO, CONCON, QUILLOTA, LA
Grupo 2:
CALERA, LA CRUZ, SAN ANTONIO, CARTAGENA, EL
TABO, SANTO DOMINGO, MACHALÍ, CURICÓ,
37 Municipalidades de
CORONEL, LOTA, PENCO, TOMÉ, LOS ÁNGELES,
Comunas Mayores, con
CHILLÁN, CHILLÁN VIEJO, PUERTO MONTT, PUERTO
Desarrollo Medio
VARAS, OSORNO, COYHAIQUE, PUNTA ARENAS,
PIRQUE, COLINA, LAMPA, BUIN, TALAGANTE, PADRE
HURTADO, PEÑAFLOR, VALDIVIA, ARICA
TALTAL,
TOCOPILLA,
CALDERA,
CHAÑARAL,
VALLENAR,
ANDACOLLO,
ILLAPEL,
OVALLE,
QUINTERO, LOS ANDES, RINCONADA, HIJUELAS, EL
QUISCO, SAN FELIPE, LIMACHE, OLMUE, DOÑIHUE,
GRANEROS, SAN FRANCISCO DE MOSTAZAL,
Grupo 3:
PICHILEMU, CONSTITUCIÓN, CAUQUENES, MOLINA,
LINARES, PARRAL, SAN JAVIER, LEBU, CAÑETE,
56 Municipalidades de
CURANILAHUE, LOS ÁLAMOS, CABRERO, MULCHÉN,
Comunas Urbanas
NACIMIENTO, SAN ROSENDO, SANTA BÁRBARA,
Medianas, con Desarrollo
QUIRIHUE, SAN CARLOS, YUNGAY, GORBEA,
Medio
LAUTARO,
LONCOCHE,
PADRE
LAS
CASAS,
PITRUFQUÉN, VILLARRICA, ANGOL, COLLIPULLI,
CURACAUTÍN, RENAICO, TRAIGUEN, VICTORIA,
CASTRO, ANCUD, PUERTO NATALES, EL MONTE,
LANCO, RIO BUENO
POZO ALMONTE, PICA, MEJILLONES, SIERRA GORDA,
SAN PEDRO DE ATACAMA, MARÍA ELENA, TIERRA
AMARILLA, DIEGO DE ALMAGRO, FREIRINA, HUASCO,
PAIHUANO, VICUÑA, LOS VILOS, CASABLANCA,
PUCHUNCAVÍ, CALLE LARGA, SAN ESTEBAN, LA
LIGUA, CABILDO, PAPUDO, ZAPALLAR, NOGALES,
ALGARROBO, CATEMU, LLAY LLAY, PANQUEHUE,
SANTA MARIA, CODEGUA, COINCO, COLTAUCO, LAS
CABRAS, OLIVAR, PEUMO, QUINTA DE TILCOCO,
Grupo 4:
RENGO, REQUINOA, SAN VICENTE, LA ESTRELLA,
SAN
FERNANDO,
CHIMBARONGO,
NANCAGUA,
96 Municipalidades de
PALMILLA,
SANTA
CRUZ,
ROMERAL,
TENO,
Comunas Semi Urbanas y
VICHUQUÉN, ARAUCO, LAJA, BULNES, RÁNQUIL,
Rurales, con Desarrollo
CUNCO, PUCÓN, VILCÚN, CALBUCO, COCHAMÓ,
Medio
FRESIA, FRUTILLAR, LOS MUERMOS, LLANQUIHUE,
MAULLÍN,
CHONCHI,
DALCAHUE,
QUELLÓN,
QUINCHAO, PUERTO OCTAY, PURRANQUE, PUYEHUE,
RIO NEGRO, SAN PABLO, CHAITÉN, FUTALEUFÚ,
HUALAIHUÉ, PALENA, AYSÉN, CISNES, COCHRANE,
CHILE CHICO, RÍO IBÁÑEZ, SAN GREGORIO, CABO DE
HORNOS, PORVENIR, PRIMAVERA, SAN JOSE MAIPO,
TIL-TIL, CALERA DE TANGO, PAINE, MELIPILLA,
ALHUE, CURACAVI, ISLA DE MAIPO, LOS LAGOS,
19
MÁFIL, MARIQUINA, PAILLACO, LA UNIÓN, FUTRONO
Grupo 5:
109 Municipalidades de
Comunas Semi Urbanas y
Rurales con Bajo
Desarrollo
CAMIÑA, COLCHANE, HUARA, OLLAGÜE, ALTO DEL
CARMEN, LA HIGUERA, CANELA, SALAMANCA,
COMBARBALA, MONTE PATRIA, PUNITAQUI, RIO
HURTADO, JUAN FERNANDEZ, ISLA DE PASCUA,
PETORCA,
PUTAENDO,
MALLOA,
PICHIDEGUA,
LITUECHE, MARCHIGÜE, NAVIDAD, PAREDONES,
CHÉPICA, LOLOL, PERALILLO, PLACILLA, PUMANQUE,
CUREPTO,
EMPEDRADO,
MAULE,
PELARCO,
PENCAHUE, RÍO CLARO, SAN CLEMENTE, SAN
RAFAEL, CHANCO, PELLUHUE, HUALAÑÉ, LICANTÉN,
RAUCO, SAGRADA FAMILIA, COLBÚN, LONGAVÍ,
RETIRO, VILLA ALEGRE, YERBAS BUENAS, FLORIDA,
HUALQUI, SANTA JUANA, CONTULMO, TIRÚA,
ANTUCO, NEGRETE, QUILACO, QUILLECO, TUCAPEL,
YUMBEL, ALTO BIOBÍO, COBQUECURA, COELEMU,
COIHUECO, EL CARMEN, NINHUE, ÑIQUEN, PEMUCO,
PINTO, PORTEZUELO, QUILLÓN, SAN FABIÁN, SAN
IGNACIO, SAN NICOLÁS, TREHUACO, CARAHUE,
CURARREHUE, FREIRE, GALVARINO, MELIPEUCO,
NUEVA
IMPERIAL,
PERQUENCO,
SAAVEDRA,
TEODORO SCHMIDT, TOLTÉN, CHOLCHOL, ERCILLA,
LONQUIMAY, LOS SAUCES, LUMACO, PURÉN,
CURACO
DE VÉLEZ,
PUQUELDÓN, QUEILEN,
QUEMCHI, SAN JUAN DE LA COSTA, LAGO VERDE,
GUAITECAS, O´HIGGINS, TORTEL, LAGUNA BLANCA,
RIO VERDE, TIMAUKEL, TORRES DEL PAINE, MARIA
PINTO, SAN PEDRO, CORRAL, PANGUIPULLI, LAGO
RANCO, CAMARONES, PUTRE, GENERAL LAGOS
20
ANEXO 3
Oferta de Programas Académicos para Postítulo
OFERTA DE PROGRAMAS  Fondo Concursable de Formación de Funcionarios Municipales
Región de Tarapacá
Postitulos
1
Catálogo de Postítulos
Institución
Nombre Programa
Tipo de Estudio
Modalidad
Ciudad
UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE CHILE
GESTIÓN Y ORDENAMIENTO AMBIENTAL
POSTÍTULO
PRESENCIAL
IQUIQUE
21
Región de Antofagasta
Postitulos
1
Catálogo de Postítulos
Institución
Nombre Programa
UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE CHILE GESTIÓN Y ORDENAMIENTO AMBIENTAL
Tipo de Estudio
Modalidad
Ciudad
POSTÍTULO
PRESENCIAL
CALAMA
22
Región de Atacama
Postitulos
1
Catálogo de Postítulos
Institución
Nombre Programa
Tipo de Estudio
Modalidad
Ciudad
UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE CHILE
GESTIÓN Y ORDENAMIENTO AMBIENTAL
POSTÍTULO
PRESENCIAL
COPIAPÓ
23
Región de Coquimbo
Postitulos
0
Catálogo de Postítulos
Institución
Nombre Programa
Tipo de Estudio
Modalidad
Ciudad
SIN OFERTA
24
Región de Valparaíso
Postitulos
3
Catálogo de Postítulos
Institución
Nombre Programa
Tipo de Estudio
Modalidad
Ciudad
UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE CHILE
GESTIÓN Y ORDENAMIENTO AMBIENTAL
POSTÍTULO
PRESENCIAL
VALPARAÍSO
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO
POSTÍTULO DE MENCIÓN EN LENGUAJE Y
COMUNICACIÓN
POSTÍTULO
PRESENCIAL
VIÑA DEL MAR
PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA
DE VALPARAÍSO
POSTÍTULO EN DIRECCIÓN PÚBLICA
POSTÍTULO
PRESENCIAL
VALPARAÍSO
25
Región del Libertador Bernardo O'Higgins
Postitulos
2
Catálogo de Postítulos
Institución
Nombre Programa
Tipo de Estudio
Modalidad
Ciudad
UNIVERSIDAD DE CONCEPCIÓN
DERECHO ADMINISTRATIVO GENERAL
POSTÍTULO
PRESENCIAL
RANCAGUA
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO
TRABAJO SOCIAL Y JUSTICIA PENAL Y
FAMILIA
POSTÍTULO
PRESENCIAL
RANCAGUA
26
Región del Maule
Postitulos
0
Catálogo de Postítulos
Institución
Nombre Programa
Tipo de Estudio
Modalidad
Ciudad
SIN OFERTA
27
Región del Biobío
Postitulos
16
Catálogo de Postítulos
Institución
Nombre Programa
TRABAJO SOCIAL Y JUSTICIA PENAL Y
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO
FAMILIA
UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO DESARROLLO SOCIAL Y VIVIENDA
UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO FINANZAS
UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO GESTOR CONTROL
UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO GESTOR EN RECURSOS HUMANOS
UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO PREVENCIÓN DE RIESGO
UNIVERSIDAD DE CONCEPCIÓN
DERECHO ADMINISTRATIVO GENERAL
DIPLOMADO EN ESTRATEGIA
UNIVERSIDAD DE CONCEPCIÓN
METODOLÓGICA APRENDIZAJE Y
SERVICIO
UNIVERSIDAD DE CONCEPCIÓN
GESTIÓN Y DERECHO MUNICIPAL
UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE CHILE GESTIÓN Y ORDENAMIENTO AMBIENTAL
Tipo de Estudio
Modalidad
Ciudad
POSTÍTULO
PRESENCIAL
CONCEPCIÓN
POSTÍTULO
POSTÍTULO
POSTÍTULO
POSTÍTULO
POSTÍTULO
POSTÍTULO
SEMIPRESENCIAL
SEMIPRESENCIAL
SEMIPRESENCIAL
SEMIPRESENCIAL
SEMIPRESENCIAL
PRESENCIAL
CONCEPCIÓN
CONCEPCIÓN
CONCEPCIÓN
CONCEPCIÓN
CONCEPCIÓN
CONCEPCIÓN
POSTÍTULO
SEMIPRESENCIAL CONCEPCIÓN
POSTÍTULO
POSTÍTULO
PRESENCIAL
PRESENCIAL
CONCEPCIÓN
CONCEPCIÓN
UNIVERSIDAD DEL BÍO-BÍO
EDUCACIÓN MATEMÁTICA PARA
PROFESORES DE ENSEÑANZA BÁSICA
POSTÍTULO
PRESENCIAL
CHILLÁN
UNIVERSIDAD DEL BÍO-BÍO
MENCIÓN Y LENGUAJE Y COMUNICACIÓN
POSTÍTULO
PARA EL SEGUNDO CICLO BÁSICO
PRESENCIAL
CHILLÁN
POSTÍTULO
PRESENCIAL
CHILLÁN
POSTÍTULO
PRESENCIAL
CONCEPCIÓN
POSTÍTULO
PRESENCIAL
CONCEPCIÓN
POSTÍTULO
PRESENCIAL
CONCEPCIÓN
UNIVERSIDAD DEL BÍO-BÍO
UNIVERSIDAD DEL DESARROLLO
UNIVERSIDAD SAN SEBASTIÁN
UNIVERSIDAD SAN SEBASTIÁN
NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES
CERTIFICADO DE EMPRENDIMIENTO
ORGANIZACIONAL
GESTIÓN MUNICIPAL
GESTIÓN Y DESARROLLO ECONÓMICO
LOCAL
28
Región de La Araucanía
Postitulos
7
Catálogo de Postítulos
Institución
Nombre Programa
Tipo de Estudio
Modalidad
Ciudad
UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO
UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO
UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO
UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO
UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO
GESTOR CONTROL
GESTOR EN RECURSOS HUMANOS
PREVENCIÓN DE RIESGO
FINANZAS
DESARROLLO SOCIAL Y VIVIENDA
POSTÍTULO EN FORMULACIÓN Y EVALUACIÓN
DE PROYECTOS CON ENFOQUE PRIVADO
SOCIAL
POSTÍTULO
POSTÍTULO
POSTÍTULO
POSTÍTULO
POSTÍTULO
SEMIPRESENCIAL
SEMIPRESENCIAL
SEMIPRESENCIAL
SEMIPRESENCIAL
SEMIPRESENCIAL
TEMUCO
TEMUCO
TEMUCO
TEMUCO
TEMUCO
POSTÍTULO
SEMIPRESENCIAL TEMUCO
GESTIÓN Y ORDENAMIENTO AMBIENTAL
POSTÍTULO
PRESENCIAL
UNIVERSIDAD DE LA FRONTERA
UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE
CHILE
TEMUCO
29
Región de Los Lagos
Postitulos
19
Catálogo de Postítulos
Institución
Nombre Programa
Tipo de Estudio
Modalidad
UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO
DESARROLLO SOCIAL Y VIVIENDA
POSTÍTULO
UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO
DESARROLLO SOCIAL Y VIVIENDA
POSTÍTULO
UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO
UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO
DESARROLLO SOCIAL Y VIVIENDA
FINANZAS
POSTÍTULO
POSTÍTULO
UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO
FINANZAS
POSTÍTULO
UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO
FINANZAS
POSTÍTULO
UNIVERSIDAD SAN SEBASTIÁN
GESTIÓN MUNICIPAL
POSTÍTULO
UNIVERSIDAD SAN SEBASTIÁN
GESTIÓN Y DESARROLLO ECONÓMICO LOCAL
POSTÍTULO
Ciudad
UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE CHILE GESTIÓN Y ORDENAMIENTO AMBIENTAL
POSTÍTULO
UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO
GESTOR CONTROL
POSTÍTULO
UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO
GESTOR CONTROL
POSTÍTULO
UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO
UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO
GESTOR CONTROL
GESTOR EN RECURSOS HUMANOS
POSTÍTULO
POSTÍTULO
UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO
GESTOR EN RECURSOS HUMANOS
POSTÍTULO
UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO
POSTÍTULO
POSTÍTULO
SEMIPRESENCIAL
UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO
GESTOR EN RECURSOS HUMANOS
POSTÍTULO EN FORMULACIÓN Y EVALUACIÓN
DE PROYECTOS CON ENFOQUE PRIVADO
SOCIAL
PREVENCIÓN DE RIESGO
SEMIPRESENCIAL CASTRO
PUERTO
SEMIPRESENCIAL
MONTT
SEMIPRESENCIAL OSORNO
SEMIPRESENCIAL CASTRO
PUERTO
SEMIPRESENCIAL
MONTT
SEMIPRESENCIAL OSORNO
PUERTO
PRESENCIAL
MONTT
PUERTO
PRESENCIAL
MONTT
PUERTO
PRESENCIAL
MONTT
SEMIPRESENCIAL CASTRO
PUERTO
SEMIPRESENCIAL
MONTT
SEMIPRESENCIAL OSORNO
SEMIPRESENCIAL CASTRO
PUERTO
SEMIPRESENCIAL
MONTT
SEMIPRESENCIAL OSORNO
POSTÍTULO
UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO
PREVENCIÓN DE RIESGO
POSTÍTULO
UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO
PREVENCIÓN DE RIESGO
POSTÍTULO
SEMIPRESENCIAL CASTRO
PUERTO
SEMIPRESENCIAL
MONTT
SEMIPRESENCIAL OSORNO
UNIVERSIDAD DE LA FRONTERA
PUERTO
MONTT
30
Región de Aysén del General Ibáñez del Campo
Postitulos
1
Catálogo de Postítulos
Institución
Nombre Programa
Tipo de
Estudio
Modalidad
Ciudad
UNIVERSIDAD DE LA
FRONTERA
POSTÍTULO EN FORMULACIÓN Y EVALUACIÓN DE PROYECTOS CON
ENFOQUE PRIVADO SOCIAL
POSTÍTULO
SEMIPRESEN
CIAL
COYHAIQ
UE
31
Región de Magallanes y de La Antártica Chilena
Postitulos
0
Catálogo de Postítulos
Institución
Nombre Programa
Tipo de Estudio
Modalidad
Ciudad
SIN OFERTA
32
Región Metropolitana de Santiago
Postitulos
45
Catálogo de Postítulos
Institución
Nombre Programa
Tipo de Estudio
Modalidad
Ciudad
UNIVERSIDAD DEL DESARROLLO
CERTIFICADO DE EMPRENDIMIENTO
ORGANIZACIONAL
POSTÍTULO
PRESENCIAL
SANTIAGO
UNIVERSIDAD ALBERTO HURTADO
DERECHO LABORAL
POSTÍTULO
PRESENCIAL
SANTIAGO
UNIVERSIDAD ALBERTO HURTADO
DERECHO PENAL
POSTÍTULO
PRESENCIAL
SANTIAGO
POSTÍTULO
PRESENCIAL
SANTIAGO
POSTÍTULO
PRESENCIAL
SANTIAGO
UNIVERSIDAD DE CHILE
UNIVERSIDAD DE CHILE
DIPLOMADO EN APLICACIÓN DE LA
METODOLOGÍA DE GESTIÓN SEIS SIGMA,
NIVEL BLACK BELT
DIPLOMADO EN AUDITORÍA DE SISTEMAS Y
TIC'S
UNIVERSIDAD DE CHILE
DIPLOMADO EN BUSINESS INTELLIGENCE
POSTÍTULO
PRESENCIAL
SANTIAGO
UNIVERSIDAD DE CHILE
DIPLOMADO EN COMERCIO INTERNACIONAL
POSTÍTULO
PRESENCIAL
SANTIAGO
UNIVERSIDAD DE CHILE
DIPLOMADO EN CONTABILIDAD
INTERNACIONAL - IFRS
POSTÍTULO
PRESENCIAL
SANTIAGO
UNIVERSIDAD DE CHILE
DIPLOMADO EN CONTABILIDAD Y FINANZAS
PARA PROFESIONALES
POSTÍTULO
PRESENCIAL
SANTIAGO
UNIVERSIDAD DE CHILE
DIPLOMADO EN CONTROL DE GESTIÓN
FINANCIERA
POSTÍTULO
PRESENCIAL
SANTIAGO
UNIVERSIDAD DE CHILE
DIPLOMADO EN CONTROL DE GESTIÓN
GERENCIAL
POSTÍTULO
PRESENCIAL
SANTIAGO
UNIVERSIDAD DE CHILE
DIPLOMADO EN CONTROL DE GESTIÓN
PARA PROFESIONALES
POSTÍTULO
PRESENCIAL
SANTIAGO
33
UNIVERSIDAD DE CHILE
UNIVERSIDAD DE CHILE
DIPLOMADO EN DESARROLLO DE
PERSONAS Y CONTROL DE GESTIÓN EN
RECURSOS HUMANOS
DIPLOMADO EN GESTIÓN DE AUDITORÍA
INTERNA
POSTÍTULO
PRESENCIAL
SANTIAGO
POSTÍTULO
PRESENCIAL
SANTIAGO
UNIVERSIDAD DE CHILE
DIPLOMADO EN GESTIÓN DE OPERACIONES
Y LOGÍSTICA
POSTÍTULO
PRESENCIAL
SANTIAGO
UNIVERSIDAD DE CHILE
DIPLOMADO EN GESTIÓN DE PROCESOS DE
NEGOCIOS
POSTÍTULO
PRESENCIAL
SANTIAGO
UNIVERSIDAD DE CHILE
DIPLOMADO EN GESTIÓN DE SERVICIOS DE
TI CON ITIL
POSTÍTULO
PRESENCIAL
SANTIAGO
UNIVERSIDAD DE CHILE
DIPLOMADO EN GESTIÓN DE TECNOLOGÍAS
DE LA INFORMACIÓN
POSTÍTULO
PRESENCIAL
SANTIAGO
UNIVERSIDAD DE CHILE
DIPLOMADO EN GESTIÓN INTEGRADA DE
CALIDAD, SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE
POSTÍTULO
PRESENCIAL
SANTIAGO
UNIVERSIDAD DE CHILE
DIPLOMADO EN GESTIÓN INTEGRAL DE
RIESGOS DE NEGOCIOS
POSTÍTULO
PRESENCIAL
SANTIAGO
UNIVERSIDAD DE CHILE
DIPLOMADO EN GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE
PROYECTOS INFORMÁTICOS
POSTÍTULO
PRESENCIAL
SANTIAGO
PRESENCIAL
SANTIAGO
PRESENCIAL
SANTIAGO
UNIVERSIDAD DE CHILE
UNIVERSIDAD DE CHILE
DIPLOMADO EN IFRS PARA PEQUEÑAS Y
POSTÍTULO
MEDIANAS EMPRESAS
DIPLOMADO EN NORMAS INTERNACIONALES
DE CONTABILIDAD DEL SECTOR PÚBLICO
POSTÍTULO
(NIC-SP)
UNIVERSIDAD DE CHILE
DIPLOMADO EN PLANIFICACIÓN TRIBUTARIA
POSTÍTULO
PRESENCIAL
SANTIAGO
UNIVERSIDAD DE CHILE
DIPLOMADO EN PREVENCIÓN, DETECCIÓN E
POSTÍTULO
INVESTIGACIÓN DE FRAUDE
PRESENCIAL
SANTIAGO
UNIVERSIDAD DE CHILE
DIPLOMADO EN TRIBUTACIÓN
POSTÍTULO
PRESENCIAL
SANTIAGO
UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA
METROPOLITANA
FAMILIA E INFANCIA
POSTÍTULO
SEMIPRESENCIAL SANTIAGO
UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE CHILE
GESTIÓN INTEGRAL DEL PATRIMONIO
POSTÍTULO
PRESENCIAL
SANTIAGO
34
UNIVERSIDAD SAN SEBASTIÁN
GESTIÓN MUNICIPAL
POSTÍTULO
PRESENCIAL
SANTIAGO
UNIVERSIDAD SAN SEBASTIÁN
GESTIÓN Y DESARROLLO ECONÓMICO
LOCAL
POSTÍTULO
PRESENCIAL
SANTIAGO
UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE CHILE
GESTIÓN Y ORDENAMIENTO AMBIENTAL
POSTÍTULO
PRESENCIAL
SANTIAGO
UNIVERSIDAD DE CHILE
HABITAT RESIDENCIAL EN CONTEXTO DE
VULNERABILIDAD SOCIAL
POSTÍTULO
PRESENCIAL
SANTIAGO
UNIVERSIDAD ALBERTO HURTADO
LITIGACIÓN PENAL ESTRATÉGICA
POSTÍTULO
PRESENCIAL
SANTIAGO
UNIVERSIDAD CENTRAL DE CHILE
MEDIACIÓN FAMILIAR Y SOCIAL
POSTÍTULO
PRESENCIAL
SANTIAGO
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO
POSTÍTULO DE MENCIÓN EN LENGUAJE Y
COMUNICACIÓN
POSTÍTULO
PRESENCIAL
SANTIAGO
INSTITUTO PROFESIONAL ESCUELA DE
CONTADORES AUDITORES DE
SANTIAGO (ECAS)
POSTÍTULO EN ADMINISTRACIÓN DE
RECURSOS HUMANOS
POSTÍTULO
PRESENCIAL
SANTIAGO
INSTITUTO PROFESIONAL ESCUELA DE
CONTADORES AUDITORES DE
SANTIAGO (ECAS)
POSTÍTULO EN ADMINISTRACIÓN DE
RECURSOS HUMANOS
POSTÍTULO
PRESENCIAL
SANTIAGO
INSTITUTO PROFESIONAL ESCUELA DE
CONTADORES AUDITORES DE
SANTIAGO (ECAS)
POSTÍTULO EN CONTABILIDAD
GUBERNAMENTAL BÁSICA
POSTÍTULO
PRESENCIAL
SANTIAGO
INSTITUTO PROFESIONAL ESCUELA DE
CONTADORES AUDITORES DE
SANTIAGO (ECAS)
POSTÍTULO EN CONTABILIDAD
GUBERNAMENTAL BÁSICA
POSTÍTULO
PRESENCIAL
SANTIAGO
INSTITUTO PROFESIONAL ESCUELA DE
CONTADORES AUDITORES DE
SANTIAGO (ECAS)
POSTÍTULO EN CONTROL DE GESTIÓN
POSTÍTULO
PRESENCIAL
SANTIAGO
INSTITUTO PROFESIONAL ESCUELA DE
CONTADORES AUDITORES DE
SANTIAGO (ECAS)
POSTÍTULO EN CONTROL DE GESTIÓN
POSTÍTULO
PRESENCIAL
SANTIAGO
UNIVERSIDAD CENTRAL DE CHILE
POSTÍTULO EN INCLUSIÓN EDUCATIVA Y
DIVERSIDAD
POSTÍTULO
PRESENCIAL
SANTIAGO
35
UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE CHILE
POSTÍTULO EN PREVENCIÓN DE RIESGOS
POSTÍTULO
PRESENCIAL
SANTIAGO
UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA
METROPOLITANA
PREVENCIÓN DE RIESGO EN ACTIVIDADES
PRODUCTIVAS Y MEDIO AMBIENTE
POSTÍTULO
PRESENCIAL
SANTIAGO
POSTÍTULO
PRESENCIAL
SANTIAGO
POSTÍTULO
PRESENCIAL
SANTIAGO
POSTÍTULO
PRESENCIAL
SANTIAGO
POSTÍTULO
PRESENCIAL
SANTIAGO
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO
UNIVERSIDAD DE CHILE
UNIVERSIDAD DE CHILE
UNIVERSIDAD DE CHILE
TRABAJO SOCIAL Y JUSTICIA PENAL Y
FAMILIA
ESPECIALIZACIÓN PEDAGÓGICA EN
LENGUAJE Y COMUNICACIÓN PARA LA
EDUCACIÓN BÁSICA
ESPECIALIZACIÓN PEDAGÓGICA EN
MATEMÁTICA PARA LA EDUCACIÓN BÁSICA
ESPECIALIZACIÓN PEDAGÓGICA EN
CIENCIAS NATURALES PARA LA EDUCACIÓN
BÁSICA
36
Región de Los Ríos
Postitulos
8
Catálogo de Postítulos
Institución
Nombre Programa
Tipo de Estudio
Modalidad
Ciudad
UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO
UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO
UNIVERSIDAD SAN SEBASTIÁN
UNIVERSIDAD SAN SEBASTIÁN
UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO
UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO
DESARROLLO SOCIAL Y VIVIENDA
FINANZAS
GESTIÓN MUNICIPAL
GESTIÓN Y DESARROLLO ECONÓMICO LOCAL
GESTOR CONTROL
GESTOR EN RECURSOS HUMANOS
POSTÍTULO EN FORMULACIÓN Y EVALUACIÓN
DE PROYECTOS CON ENFOQUE PRIVADO
SOCIAL
PREVENCIÓN DE RIESGO
POSTÍTULO
POSTÍTULO
POSTÍTULO
POSTÍTULO
POSTÍTULO
POSTÍTULO
SEMIPRESENCIAL
SEMIPRESENCIAL
PRESENCIAL
PRESENCIAL
SEMIPRESENCIAL
SEMIPRESENCIAL
VALDIVIA
VALDIVIA
VALDIVIA
VALDIVIA
VALDIVIA
VALDIVIA
POSTÍTULO
SEMIPRESENCIAL VALDIVIA
POSTÍTULO
SEMIPRESENCIAL VALDIVIA
UNIVERSIDAD DE LA FRONTERA
UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO
37
Región de Arica y Parinacota
Postitulos
0
Catálogo de Postítulos
Institución
Nombre Programa
Tipo de Estudio
Modalidad
Ciudad
SIN OFERTA
38
Todas las Regiones (E-learning)
Postitulos
18
Catálogo de Postítulos
Institución
UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CHILE
INACAP
UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CHILE
INACAP
Nombre Programa
ADMINISTRACIÓN Y OPTIMIZACIÓN DE BASES
DE DATOS
ARQUITECTURA TI PARA PROCESOS
EMPRESARIALES
FORMACIÓN SUPERIOR EN COMPRAS
PÚBLICAS
Tipo de Estudio
Modalidad
Ciudad
POSTÍTULO
VIRTUAL
E-LEARNING
POSTÍTULO
SIN DATO
SIN DATO
POSTÍTULO
VIRTUAL
E-LEARNING
GESTIÓN APLICADA DE PROYECTOS
POSTÍTULO
VIRTUAL
E-LEARNING
GESTIÓN DE PROYECTOS Y AUTOMATIZACIÓN
DE PROCESOS
POSTÍTULO
VIRTUAL
E-LEARNING
GESTIÓN DEL DESARROLLO SOCIAL
POSTÍTULO
VIRTUAL
E-LEARNING
UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CHILE
INACAP
HERRAMIENTAS DE EVALUACIÓN DE RIESGOS
EN SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL BAJO
ISO 31000
POSTÍTULO
VIRTUAL
E-LEARNING
UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CHILE
INACAP
PLANIFICACIÓN FINANCIERA
POSTÍTULO
VIRTUAL
E-LEARNING
POSTÍTULO
VIRTUAL
E-LEARNING
POSTÍTULO
VIRTUAL
E-LEARNING
POSTÍTULO
VIRTUAL
E-LEARNING
POSTÍTULO
VIRTUAL
E-LEARNING
POSTÍTULO
VIRTUAL
E-LEARNING
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CHILE
INACAP
UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CHILE
INACAP
UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CHILE
INACAP
UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE CHILE
INSTITUTO IPLACEX
INSTITUTO IPLACEX
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO
INSTITUTO IPLACEX
POSTÍTULO DE INTEGRACIÓN DE LAS
TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y
COMUNICACIÓN (TICS) PARA LA INNOVACIÓN
EN LA EDUCACIÓN
POSTÍTULO DE MENCIÓN EN CURRÍCULUM Y
EVALUACIÓN ESCOLAR
POSTÍTULO DE MENCIÓN EN DIFICULTADES
ESPECÍFICAS DEL APRENDIZAJE
POSTÍTULO DE MENCIÓN EN EDUCACIÓN
MATEMÁTICA
POSTÍTULO DE MENCIÓN EN NECESIDADES
EDUCATIVAS ESPECIALES E INTEGRACIÓN
39
ESCOLAR
INSTITUTO IPLACEX
POSTÍTULO DE MENCIÓN EN TRASTORNOS
CONDUCTUALES Y DÉFICIT ATENCIONAL
POSTÍTULO
VIRTUAL
E-LEARNING
INSTITUTO IPLACEX
POSTÍTULO DE MENCIÓN EN TRASTORNOS
ESPECÍFICOS DEL LENGUAJE
POSTÍTULO
VIRTUAL
E-LEARNING
INSTITUTO IPLACEX
POSTÍTULO EN ADMINISTRACIÓN
EDUCACIONAL: GESTIÓN DIRECTIVA
POSTÍTULO
VIRTUAL
E-LEARNING
INSTITUTO IPLACEX
POSTÍTULO EN ORIENTACIÓN EDUCACIONAL
POSTÍTULO
VIRTUAL
E-LEARNING
INSTITUTO IPLACEX
POSTÍTULO EN PSICOMOTRICIDAD Y
ESTIMULACIÓN TEMPRANA
POSTÍTULO
VIRTUAL
E-LEARNING
40
Anexo 4
Formulario N°1: Certificado Laboral
SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO REGIONAL Y ADMINISTRATIVO
ACADEMIA DE CAPACITACIÓN MUNICIPAL Y REGIONAL
Formulario N°1
POSTULACIÓN DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES AL
FONDO CONCURSABLE DE FORMACIÓN DE FUNCIONARIOS
MUNICIPALES
CERTIFICADO LABORAL
DE:
SR.(A) SECRETARIO (A) MUNICIPAL
I. MUNICIPALIDAD DE
A:
SECRETARÍA EJECUTIVA FONDO ACADEMIA DE CAPACITACIÓN
MUNICIPAL Y REGIONAL
Mediante el
presente,
el(la) Secretario (a) Municipal
firmante
certifica
que
Rut:
, es funcionario (a) municipal, cumpliendo
funciones en la calidad jurídica de
(planta o contrata), según lo
establece la Ley N°18.883, Estatuto Administrativo Para Funcionarios Municipales, y que,
a la fecha, tiene una antigüedad de
años en la municipalidad.
Atentamente,
(Nombre timbre y firma del/la Secretario/a Municipal)
Fecha:
41
Anexo 5
Formulario N°2: Certificado de Responsabilidad Administrativa
SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO REGIONAL Y ADMINISTRATIVO
ACADEMIA DE CAPACITACIÓN MUNICIPAL Y REGIONAL
Formulario N°2
POSTULACIÓN DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES AL
FONDO CONCURSABLE DE FORMACIÓN DE FUNCIONARIOS
MUNICIPALES
CERTIFICADO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA
DE:
SR.(A) SECRETARIO (A) MUNICIPAL
I. MUNICIPALIDAD DE
A:
SECRETARÍA EJECUTIVA FONDO ACADEMIA DE CAPACITACIÓN
MUNICIPAL Y REGIONAL
Mediante el
presente,
el(la) Secretario (a) Municipal
firmante
certifica
que
Rut:
, es funcionario (a) municipal, cumpliendo
funciones en la calidad jurídica de
(planta o contrata), según lo
establece la Ley N°18.883, Estatuto Administrativo Para Funcionarios Municipales, y que
no ha sido sancionado con medida disciplinaria, en los últimos cuatro años, ni está siendo
sometido, a la fecha, a sumario administrativo o investigación sumaria, en calidad de
inculpado.
Atentamente,
(Nombre timbre y firma del/la Secretario/a Municipal)
Fecha:
42
Anexo 6
Formulario N°3: Certificado de Deuda Municipal
SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO REGIONAL Y ADMINISTRATIVO
ACADEMIA DE CAPACITACIÓN MUNICIPAL Y REGIONAL
Formulario N°3
POSTULACIÓN DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES AL
FONDO CONCURSABLE DE FORMACIÓN DE FUNCIONARIOS
MUNICIPALES
CERTIFICADO DE DEUDA MUNICIPAL
DE:
SR.(A) SECRETARIO (A) MUNICIPAL
I. MUNICIPALIDAD DE
A:
SECRETARÍA EJECUTIVA FONDO ACADEMIA DE CAPACITACIÓN
MUNICIPAL Y REGIONAL
Mediante el
presente,
el(la) Secretario (a) Municipal
firmante
certifica
que
Rut:
, es funcionario (a) municipal, cumpliendo
funciones en la calidad jurídica de
(planta o contrata), según lo
establece la Ley N°18.883, Estatuto Administrativo Para Funcionarios Municipales, y que,
a la fecha, no tiene deudas con la municipalidad derivadas del otorgamiento de becas
Atentamente,
(Nombre timbre y firma del/la Secretario/a Municipal)
Fecha:
43
Anexo 7
Formulario N°4: Declaración Notarial
SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO REGIONAL Y ADMINISTRATIVO
ACADEMIA DE CAPACITACIÓN MUNICIPAL Y REGIONAL
Formulario N°4
POSTULACIÓN DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES AL
FONDO CONCURSABLE DE FORMACIÓN DE FUNCIONARIOS
MUNICIPALES
DECLARACIÓN NOTARIAL
Yo,
Rut:
declaro
, funcionario (a)
ante
el
Notario
de
Público
la
municipalidad
de
Sr. (Sra.)
que, a la fecha, no me encuentro formalizado en un proceso judicial ni mantengo deudas
con instituciones públicas derivadas del otorgamiento de becas.
(Nombre timbre y firma del/la Secretario/a Municipal)
Fecha:
44
Anexo 8
Formulario N°5. Certificado de Estado del Postulante en el Programa
SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO REGIONAL Y ADMINISTRATIVO
ACADEMIA DE CAPACITACIÓN MUNICIPAL Y REGIONAL
Formulario N°5
POSTULACIÓN DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES AL
FONDO CONCURSABLE
DE FORMACIÓN DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES
CERTIFICADO DE ESTADO DEL POSTULANTE
EN EL PROGRAMA DE POSTÍTULO
DE:
SR.(A):
A:
SECRETARIA EJECUTIVA
FONDO CONCURSABLE DE FORMACIÓN DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES
ACADEMIA DE CAPACITACIÓN MUNICIPAL Y REGIONAL
Mediante el presente, se certifica que
Rut:
, se encuentra
(en
proceso
de
postulación /
aceptado )
al/en
el
programa
que se imparte en modalidad
(presencial, semi presencial--b-learning, o totalmente virtual —e-learning ) de esta
institución de educación superior, a dictarse desde el
(día, mes y año) hasta el
(día, mes y año) en la
ciudad de
(sólo en el caso de programas en modalidad presencial o b-learning).
El programa se encuentra
(En proceso de acreditación/No acreditado/Acreditado - indicar años de acreditación) por
una agencia acreditadora autorizada para estos efectos por la Comisión Nacional de
Acreditación.
Costo Total del Programa (señale el valor en pesos y en palabras)
Arancel (colegiatura):$
,
(en palabras)
Matrícula: $
(en palabras)
(Nombre, Institución, timbre y firma del responsable del programa)
Fecha:
45
Anexo 9
Formulario N°6. Carta de Patrocinio
SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO REGIONAL Y ADMINISTRATIVO
ACADEMIA DE CAPACITACIÓN MUNICIPAL Y REGIONAL
Formulario N°6
POSTULACIÓN DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES AL
FONDO CONCURSABLE
DE FORMACIÓN DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES
CARTA DE PATROCINIO
DE:
SR. (A) ALCALDE (SA)
I. MUNICIPALIDAD DE
A:
SECRETARÍA EJECUTIVA FONDO ACADEMIA DE CAPACITACIÓN
MUNICIPAL Y REGIONAL
Mediante el presente, el (la) Alcalde (sa) firmante, patrocina oficialmente la postulación a
la primera convocatoria del Fondo Concursable de Funcionarios Municipales, año 2015
de:
Rut:
, funcionario (a) municipal, que cumple funciones
en la calidad jurídica de
(planta o contrata), según lo establece
la Ley N°18.883, Estatuto Administrativo Para Funcionarios Municipales.
Los estudios que pretende cursar el/la funcionario(a), corresponden a la(a él) (nombre
programa)
que se imparte en modalidad
(presencial, semi presencial--b-learning, o totalmente virtual—e-learning), en la/el
(nombre institución de educación superior),
a dictarse desde el (día, mes y año)
hasta el (día, mes y año)
en la ciudad de
(sólo en el caso de programas en modalidad presencial o b-learning).
46
El programa de estudios mencionado se relaciona con materias afines a la gestión y
funciones propias de la municipalidad, además de ser coherente con las áreas prioritarias
de estudio definidas en nuestro Plan Anual, según lo establecido en el Artículo 9° de la
Ley 20.742 y su respectivo reglamento, el que ha sido presentado y aprobado por el
Concejo Municipal..
El (la) funcionario(a) ha sido seleccionado(a) para ser patrocinado (a) de acuerdo a los
criterios del Plan Anual mencionado en el párrafo anterior.
Atentamente,
(Nombre timbre y firma del/la Alcalde/sa)
Fecha:
47
Anexo 10
Formulario N°7. Carta de Postulación
SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO REGIONAL Y ADMINISTRATIVO
ACADEMIA DE CAPACITACIÓN MUNICIPAL Y REGIONAL
Formulario N°7
POSTULACIÓN DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES AL
FONDO CONCURSABLE
DE FORMACIÓN DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES
CARTA DE POSTULACIÓN
Nombre Completo:
RUT:
Cargo que desempeña:
Municipalidad en la que actualmente se desempeña:
Programa al que postula:
Instrucciones: Usted deberá completar este formulario para señalar los objetivos y
razones en las que fundamenta su postulación. Este documento, que no deberá tener
una extensión total superior a 2 (dos) páginas, permitirá a los miembros del comité de
expertos que evaluará su postulación, realizar un análisis completo de su postulación.
Los objetivos se refieren a cuáles son los propósitos, fines o metas laborales que quiere
lograr con las competencias, habilidades y/o aptitudes adquiridas al realizar los estudios
a los que está postulando.
Las razones se refieren al por qué desea adquirir las competencias, habilidades y/o
aptitudes que le otorgaría el programa postulado, en el ámbito laboral.
48
Explique de forma concisa los objetivos y razones que le llevan a postular a este Fondo
de Becas:
1. Objetivos:
49
2. Razones:
(Nombre completo y firma del funcionario/a)
Fecha:
50
Anexo 11
Formulario N°8: Carta de Recomendación
SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO REGIONAL Y ADMINISTRATIVO
ACADEMIA DE CAPACITACIÓN MUNICIPAL Y REGIONAL
Formulario N°8
POSTULACIÓN DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES AL
FONDO CONCURSABLE
DE FORMACIÓN DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES
CARTA DE RECOMENDACIÓN
NOMBRE DEL POSTULANTE:
1. ¿Cuál es su área de especialización académica/profesional, y cuál es su
relación con el/la postulante?
2. ¿Desde cuándo conoce al/a la postulante y cuál ha sido su relación laboral
desde entonces a la actualidad?
51
3. Describa las principales fortalezas y debilidades del/de la postulante en el
ámbito laboral.
4. ¿Recomienda al/la postulante para obtener una beca de estudios del Fondo
Concursable de Formación de Funcionarios Municipales?.
52
5. Fundamente su recomendación del/de la postulante para el Fondo
Concursable de Formación de Funcionarios Municipales.
(Nombre completo, cargo y firma)
Fecha:
53