BASES LEGALES APLICABLES AL SORTEO A TALLERES PARA FAMILIAS EN EL REINA SOFÍA” PRIMERA.- Organización: TELEFÓNICA, S.A. CIF. A- A28015865 y domicilio social en Madrid 28013, C/ Gran Vía 28 (en adelante, TELEFÓNICA), convoca un concurso, para sortear entre los fans de Vive Telefónica 28 plazas para repartir entre adultos y niños que se distribuirán por grupos de un adulto y un máximo de 3 niños, de entre 6 y 9 años para la actividad Salto al vacío en el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, el 25 de octubre a las 17:00h. SEGUNDA.- Participación y Mecánica de la Promoción: La participación se realizará a través de la Red Social de Facebook (https://www.facebook.com/). Podrán participar todas aquellas personas que, durante el periodo de la Promoción, cumplan con todos y cada uno de los siguientes requisitos: 1. Que sean mayores de edad y residentes en el territorio español. 2. Que participen en este concurso siguiendo la mecánica establecida en estas Bases. 3. Que sean clientes Movistar del segmento residencial (particulares) y/o autónomos. 4. Que sean titulares de la línea proporcionada para su acreditación como clientes Movistar, o su línea esté incluida en un contrato Movistar Fusión. 5. Que mantengan en vigor y al corriente de pago, durante todo el período de la promoción y hasta el momento de la entrega del premio, en su caso, el/los contrato/s de la/s línea/s o número/s que les acreditan como clientes Movistar. La acreditación como cliente Movistar será requisito imprescindible para optar a este premio. Para participar, el usuario deberá entrar en la aplicación de Facebook y completar los datos del cuestionario indicando con cuántos niños desea acudir a la actividad, siendo 3 el máximo de acompañantes. No se admitirán niños de edades que no estén comprendidas entre los 6 y 9 años, sin excepciones. Durante el Plazo de la Promoción, el usuario deberá visitar la Página de Facebook de Vive Telefónica https://www.facebook.com/ViveTelefonica y, si no lo hubiese hecho ya, pulsar el botón “Me gusta” de la Página de Facebook. A continuación, deberá dirigirse a la pestaña “Promociones” y seguir las instrucciones que se indican, rellenando el formulario con los datos requeridos. Asimismo, para que los Participantes puedan registrarse en el Concurso y obtener los premios otorgados en éste deberán llevar a cabo los siguientes trámites: 1.- Compartir en su muro de Facebook la promoción. 2.- Completar la totalidad de los datos que se le soliciten sin erratas ni falsedades; (nombre y apellidos, número de móvil e email) al acceder a la Página de Facebook, en la pestaña de promociones y haciendo click en “Participa”. De este modo, su participación entrará en el sorteo de 28 plazas para repartir entre adultos y niños, que se distribuirán por grupos de un adulto y un máximo de 3 niños, de entre 6 y 9 años para la actividad Salto al vacío en el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, el 25 de octubre a las 17:00h. No se permite la pluralidad de cuentas, de manera que una persona no podrá en ningún caso participar en la Promoción en más de una ocasión. De igual manera, no podrán utilizar una misma dirección de correo electrónico diversos Participantes. En caso de conflicto, solamente será válida la inscripción del titular autorizado de la cuenta de la dirección de correo electrónico utilizada para participar, que será el considerado como Participante. El “titular autorizado de la cuenta” es aquella persona física a la que un proveedor de acceso a Internet, un proveedor de servicios online u otra organización responsable de asignar direcciones de correo electrónico para el dominio asociado con la dirección comunicada, ha asignado la dirección de correo electrónico en cuestión. Se podrá solicitar a cada uno de los ganadores que aporte prueba de ser el titular autorizado de la cuenta. El intento por parte de un Participante de obtener un mayor número de participaciones de las señaladas (una por Participante), ya sea utilizando diversas direcciones de correo electrónico, identidades, inscripciones y/o entradas al sistema o empleando cualquier otro método similar o alternativo, anulará las participaciones de dicho Participante, pudiendo quedar descalificado. Asimismo, queda prohibido el uso de sistemas automáticos de participación, dando lugar dicha utilización, en su caso, a la descalificación. La participación en la Promoción tiene carácter gratuito, sin que sea necesaria la realización de ningún tipo de compra o pago de cuota alguna. TELEFÓNICA se reserva el derecho de descalificar a cualquier Participante que, a su solo criterio, participe en la Promoción u obtenga un Premio de manera deshonesta o en contra de los criterios de la buena fe. No podrán participar en el sorteo, los empleados de TELEFÓNICA así como tampoco, las entidades adscritas a su red de distribución y todas las empresas encargadas directa o indirectamente de la realización del presente sorteo, incluidos sus empleados. TERCERA.- Período promocional y premios: El período promocional comienza el 14 de octubre de 2014 a las 12:00 horas Horario Centroeuropeo (en adelante, “CET”) y finaliza el 21 de Octubre de 2014 a las 12:00 CET (en adelante, el “Plazo de la Promoción”). A estos efectos, el ordenador del TELEFÓNICA será el cronómetro oficial de la Promoción. Los premios objetos de la presente promoción son: 28 plazas para repartir entre adultos y niños, que se distribuirán por grupos de un adulto y un máximo de 3 niños, de entre 6 y 9 años para la actividad Salto al vacío en el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, el 25 de octubre a las 17:00h. CUARTA.- Ganadores: Se realizará un sorteo entre todos los participantes que se hayan registrado y participado en la promoción, de conformidad con lo dispuesto en la Base Segunda, en el que se elegirán al azar tres participantes que serán los premiados (en adelante, el “Ganador” o los “Ganadores”). Asimismo, TELEFÓNICA elegirá otros tres (3) participantes más que tendrán la consideración de puesto de reserva a efectos de lo previsto más adelante. En caso de ser nula la participación de alguno de los Ganadores y/o reservas, TELEFÓNICA se reserva el derecho a decidir qué hacer con el Premio. El sorteo se llevará a cabo el 21 de octubre de 2014 a las 16:00h. La publicación de los ganadores se hará a través de http://vive.telefonica.com y en los perfiles de Facebook y Twitter de Vive Telefónica. Por el mero hecho de participar en el sorteo, los ganadores autorizan a TELEFÓNICA S.A a utilizar publicitariamente su nombre e imagen a los exclusivos efectos de la promoción que aquí se regula, así como que su nombre y apellidos sean publicados en la web de inscripción del sorteo, o en la designada por TELEFÓNICA, y en los perfiles de la misma empresa en las diferentes redes sociales: Facebook, Twitter, y las que la compañía considere oportunas, sin que dicha utilización le confiera derecho de remuneración o beneficio alguno con excepción hecha, en su caso, de la entrega del premio ganado. Si alguno de los ganadores no fuese localizado en el plazo dos (2) días a contar desde la publicación de su condición de ganador, o rehusase o no pudiera aceptar por cualquier motivo el premio con que hubiere sido agraciado, TELEFÓNICA procederá a asignarlo a la persona en reserva siguiendo el orden de selección, y así, en su caso, sucesivamente hasta cubrir el número total de reservas o incluso declarar el premio desierto, lo cual será comunicado debidamente. QUINTA.- Entrega de los premios: Se contactará con el usuario a través de correo electrónico. Una vez que el ganador confirme la aceptación del premio y acredite su condición de Cliente Movistar según se expresa en el punto segundo de las presentes Bases, se le facilitará toda la información necesaria para la entrega del premio. El plazo máximo de aceptación del premio y comunicación de sus datos será de 2 días hábiles a contar desde que se efectúe la comunicación. Una vez expirado el plazo sin que el premio hubiera sido aceptado, perderán el derecho a su premio. Los gastos en los que el ganador pudiera incurrir por la aceptación del premio, tales como desplazamiento o dietas, correrán a cargo del ganador. Los gastos de envío del premio correrán a cargo de TELEFÓNICA. El premio es personal e intransferible. Los premios objeto de la presente promoción no podrán ser, en ningún caso, objeto de cambio, alteración o compensación a petición del premiado. En cualquier caso, si concurriesen causas objetivas justificadas, TELEFÓNICA se reserva el derecho a modificar el premio, por otro de igual o superior valor. Queda prohibida la comercialización o venta del premio. SEXTA.- Consideraciones generales Los datos facilitados por los participantes deberán ser veraces. El período de reclamación de la promoción finalizará transcurridos quince días desde la fecha de comunicación a los ganadores del premio o, en su caso, de la declaración de desierto. Los participantes, por el mero hecho de participar en la presente promoción, aceptan sus Bases y el criterio de TELEFÓNICA en cuanto a la resolución de cualquier cuestión derivada de la citada promoción. TELEFÓNICA se reserva el derecho de modificar en cualquier momento las condiciones de la presente promoción, incluso su posible anulación, siempre que hubiera causa justificada, comprometiéndose a comunicar con suficiente antelación las nuevas Bases, condiciones, o en su caso, la anulación definitiva. SÉPTIMA.- Reserva de derechos TELEFÓNICA. se reserva el derecho de no tomar en consideración en el sorteo a aquellos participantes que estén haciendo un mal uso de este sorteo o de las herramientas necesarias para su participación en el mismo, que realicen actos fraudulentos, o poco éticos o que perjudiquen a otros participantes. Se entiende como mal uso o abuso el incumplimiento de cualquier condición de participación incluida en estas Bases, o impedir el uso normal de este concurso a otros usuarios. En caso de que TELEFÓNICA o cualquier entidad que tenga vinculación contractual con motivo de este sorteo detecten cualquier anomalía o sospechen que se está impidiendo o interfiriendo en el normal desarrollo del mismo, se reserva el derecho de no tomar en consideración e incluso de retirar el premio de forma automática, a todos aquellos participantes que se hayan beneficiado de forma directa o indirecta de este tipo de actuaciones fraudulentas, pudiendo además ejercer todas las acciones civiles o penales que pudieran corresponder. En este sentido, TELEFÓNICA declara que ha habilitado los mecanismos y soportes tecnológicos idóneos para detectar cualquier posible actuación fraudulenta, anómala o dolosa que pretenda alterar la normal participación. TELEFÓNICA se reserva el derecho de dar de baja o incluso de retirar el premio a todos aquellos participantes que contravengan las presentes Bases. OCTAVA.- limitación de responsabilidades TELEFÓNICA no se responsabiliza: por los servicios que terceras empresas deban prestar en relación con la presente actividad promocional. Por las incidencias derivadas en la ejecución del presente sorteo por causas de fuerza mayor. De la pérdida, rotura o destrucción o falta de funcionamiento del premio (sin perjuicio de la garantía otorgada, en su caso, por el fabricante) una vez entregado al ganador. Por las inscripciones perdidas, dañadas, enviadas de manera errónea o recibida con retraso, cualquiera que sea la causa. Por los fallos o incidencias en los sistemas de telecomunicaciones, que impidan acceder u operar en la página web del concurso con normalidad. Se excluye cualquier responsabilidad por daños y perjuicios de toda naturaleza que puedan deberse a la falta temporal de disponibilidad o de continuidad del funcionamiento de las redes de telecomunicaciones. Por la información incorrecta o imprecisa, incluida la facilitada por los participantes, errores de impresión o por cualquiera de los programas u equipos asociados a o utilizados en la promoción; Por los fallos técnicos de cualquier tipo, incluidos, a modo enunciativo que no limitativo, funcionamiento inadecuado, interrupciones, desconexiones en líneas telefónicas y hardware o software de red; Por la intervención humana no autorizada en cualquier momento a lo largo de la partición o la promoción; Por errores técnicos o humanos que pudieran darse en la gestión de la promoción o tratamiento de los participantes; Por cualquier daño a personas o bienes que pudiera ser causado, directa o indirectamente, en todo o en parte, por la participación de candidatos en la promoción o la recepción del premio o el uso debido o indebido del mismo. NOVENA.- POLITICA DE PRIVACIDAD Los datos de carácter personal facilitados al efecto para poder participar en el concurso serán objeto de tratamiento e incorporados en el fichero “Patrocinios Corporativos”, un fichero automatizado de datos de carácter personal titularidad de TELEFÓNICA, S.A., todo ello con sujeción a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley Orgánica 15/1999. Este fichero automatizado ha sido correctamente registrado en la Agencia Española de Protección de Datos y su finalidad es la gestión y tramitación de concursos, eventos y sorteos organizados por la Dirección de Patrocinios de Telefónica S.A., así como envío de encuestas, newsletter e información no comercial sobre dichos eventos. La recogida y tratamiento de los datos personales tiene como única finalidad la gestión de la participación en el Concurso objeto de las presentes Bases y, en su caso, el disfrute del correspondiente premio. Estos datos personales no serán objeto de tratamiento para ningún otro fin. TELEFÓNICA S.A., con domicilio en Distrito C, Edificio Oeste 2, Planta 1, Ronda de la Comunicación s/n, 28050 y como responsable del fichero, garantiza el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de los datos facilitados mediante el envío de una carta acompañada de copia del Documento de Identidad o Pasaporte y dirigida a Telefónica, S.A. a la dirección arriba indicada o mediante el envío de un correo electrónico dirigido a TELEFÓNICA S.A. a la siguiente dirección [[email protected]]. El participante será el único responsable a causa de la cumplimentación de los formularios con datos falsos, inexactos, incompletos o no actualizados. DÉCIMA. Fiscalidad TELEFÓNICA cumplirá con la normativa fiscal que resulte de aplicación por lo que se refiere al abono de tasas fiscales correspondientes a sorteos, combinaciones de azar y/o aleatorias. En caso de que el valor unitario del premio así lo determine, Telefónica asimismo realizará el ingreso a cuenta correspondiente al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). En este último caso, las personas físicas ganadoras del sorteo residentes en España obtendrán una ganancia patrimonial por el premio obtenido y deberán tributar por este concepto en su base del cálculo del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, debiendo valorar dicha ganancia por su valor normal de mercado adicionándole a este la retención del 21% practicada, en su caso, por Telefónica S.A. Si el ganador del sorteo no es residente fiscal en España, le serán de aplicación, en su caso, las leyes internas de su país de residencia fiscal. Hechas estas salvedades, las personas físicas ganadoras del sorteo no incurren en ningún otro gasto ni coste adicional derivado del sorteo. DECIMOPRIMERA.- Legislación Aplicable. El presente sorteo se rige por la legislación española común. DECIMOSEGUNDA.- y Jurisdicción: Cualquier controversia que surja con respecto a la validez, eficacia, interpretación y ejecución, del presente sorteo, los concursantes, con renuncia a su fuero propio, acuerdan expresamente someterse a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de Madrid capital. Madrid, a 13 de octubre de 2014.
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