PROPUESTA DE NORMAS PARA LA ELECCIÓN

ACTA DEL CONSEJO POLÍTICO IU-LV ALCOBENDAS
CELEBRADO EL DÍA 12 DE FEBRERO DE 2015
ASISTENTES:
Consejo Político:
D. AGUSTÍN JOGLAR TORIBIO
Dª MARIBEL BERMEJO VALIENTE
D. JUAN BAUTISTA ESTEBAN
D. LORENZO ENCINAS RODRÍGUEZ
Dª CARIDAD GARCÍA ÁLVAREZ
D.RAFAEL LOPE DE LA CALLE
Dª Mª CARMEN VIDAL VILLAR
Dª YOLANDA GÓMEZ ANDRÉS
Ausencia justificada:
D. ISMAEL MARCOS MULAS
D. LICINIO GIL MAZARIEGOS
Dª MARÍA BENITO DURANGO
Yolanda justifica ausencia de Licinio y
María por enfermedad. Ismael justifica
su ausencia por enfermedad.
Da comienzo la reunión con los
miembros
del
consejo
político
asistentes señalados al margen, siendo
las veinte horas y cinco minutos (20:05)
del día doce de Febrero de 2015.
Con el siguiente del orden del día:
1. Información del último CPR.
2. Calendario de trabajo.
3. Ruegos y preguntas.
1) El coordinador informa sobre el Consejo Político Regional celebrado el día 6 de
Febrero de 2015, donde se aprobaron las normas para la elección de
candidaturas a las elecciones municipales y autonómicas de 2015 y ratificaron
los candidatos de las grandes localidades.
2) Vistas las normas y el calendario propuesto por el Regional, se acuerda por
unanimidad realizar la votación de las candidaturas el sábado 21 de Febrero de
2015.
El Consejo Político va a estar reunido el día 20 de Febrero de 2015 desde las
19:00 hasta las 21:00 horas para recepcionar las candidaturas que se
presenten.
Finaliza el CP a las 20:20 horas en Alcobendas, a 12 de Febrero de 2.015
Agustín Joglar Toribio
Coordinador IU-LV Alcobendas
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María Isabel Bermejo Valiente
Sec. Organización IU-LV Alcobendas
PROPUESTA DE NORMAS PARA LA ELECCIÓN DE
CANDIDATURAS A LA ELECCIONES MUNICIPALES Y
AUTONÓMICAS DE 2015
I.
INTRODUCCIÓN
La celebración de las Elecciones Primarias para la elección de los
candidatos/as a encabezar las listas electorales de la Comunidad y el
Ayuntamiento de Madrid, así como municipios de nuestra región, han
significado un esfuerzo de IUCM que, en su globalidad, se ha saldado con un
impulso de la participación de afiliados y simpatizantes que nos sitúa en
mejores condiciones para abordar el objetivo que nos hemos propuesto desde
la IX Asamblea Regional: desalojar al PP y sus políticas de las instituciones
madrileñas que hegemonizan desde hace demasiado tiempo.
Ahora debemos elegir el resto de candidatos y candidatas que
completaran las listas con las que IUCM –por si misma o en coalición- nos
presentaremos –en las localidades y la Comunidad- en mayo próximo.
Poner en valor la organización y la necesidad de una Izquierda Unida de la
Comunidad de Madrid para producir un cambio histórico en nuestra región,
exige de la elección de nuestras candidaturas con la mayor unidad y consensos
posibles.
Son competencias del Consejo Político Regional aprobar las Normas que
regularán la elaboración de las candidaturas a la Asamblea de Madrid y al resto
de los ayuntamientos
II. NORMAS GENERALES
El Consejo Político Regional propone a la Coordinación General Colegiada
para que ésta constituya la Comisión Electoral que recibirá las propuestas
para las candidaturas a la Comunidad de Madrid y al Ayuntamiento de Madrid y
velará por el correcto desarrollo del proceso en todas las localidades y su
adaptación a estas normas, los estatutos de IUCM y el código ético.
Toda propuesta de candidatos/as deberá contar con la aceptación expresa de
los mismos. Podrán proponer cualquier afiliado y los consejos locales, según se
desarrolla en las presentes normas. El Consejo de Madrid Ciudad y los
consejos y asambleas de distrito son competentes para realizar propuestas
para el ayuntamiento de la capital.
Todos/as los/as candidatos/as manifestarán su plena disponibilidad para el
ejercicio del cargo público y, por tanto, si la organización se lo requiere su
dedicación exclusiva a las tareas encomendadas, así como el cumplimiento
estricto de la Carta Financiera de IU-CM. Deberán asimismo manifestar no
estar incurso en ninguno de los supuestos de incompatibilidad que recoge el
código ético de IU.
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La elección de las cabeceras de listas y las listas electorales en su conjunto se
realizarán en los órganos políticos competentes que señalan los estatutos de
IUCM.
En el caso de la Asamblea de Madrid, el Ayuntamiento de Madrid, y aquellas
asambleas de localidad que así lo hubiesen acordado, la propuesta de
cabeceras atenderá a los resultados obtenidos en las Elecciones Primarias
realizadas.
En cualquier caso, corresponde al Consejo Político Regional la aprobación de
las candidaturas para la Asamblea de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid y a
las Asambleas Locales para el resto de Ayuntamientos.
III. LOS CENSOS.
Para elegir y ser elegido se estará al corriente de pago de las cuotas, tal y
como marcan los Estatutos, y en el caso de que se tenga la condición de cargo
público se deberá acreditar el cumplimiento de la Carta Financiera y de las
cuotas extraordinarias aprobadas por la Presidencia Regional de IUCM.
Los censos sobre los que se realizarán los procesos de elección, serán
emitidos por la dirección regional. En este sentido, la Secretaría de
Organización certificará los correspondientes a cada Asamblea Local.
Los censos se considerarán cerrados a efectos de traslados desde la fecha de
aprobación por el Consejo Político Regional del presente reglamento. Las
Asambleas Locales notificarán a la Secretaria de Organización , con al menos
15 días de antelación, la fecha de celebración de los dos procesos (Elección de
cabecera de lista y elección de la lista electoral completa) en sus respectivos
ámbitos. La Secretaria de Organización remitirá y certificará entonces a las
Asambleas Locales el Censo al corriente de pago de pago de las cuotas y
cualquier incidencia respecto de los derechos de los afiliados de esa asamblea.
A tal efecto del corriente de pago de cuotas, se tendrá en cuenta la fecha de
emisión de recibos en la domiciliación bancaria y los periodos abonados.
IV. ELECCIÓN DE CABECERAS DE LISTAS.
A LA ASAMBLEA DE MADRID
Todas las asambleas y Consejos Políticos así como los órganos de dirección
podrán proponer candidatos/as para encabezar la lista a la Asamblea de
Madrid hasta el día 19 de febrero. La Comisión Electoral propondrá al Consejo
Político Regional una propuesta de candidato/a a encabezar la lista a la
Asamblea de Madrid para su eleccíón y los mecanismos para su ratificación por
las asambleas.
A LOS AYUNTAMIENTOS
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Las Organizaciones que aún no hayan elegido su candidato/a municipal
correspondiente tendrán como fecha límite para elegir la cabecera de lista el 25
de febrero de 2015.
El Consejo Político Regional proclamará todos/as las cabeceras de lista
pendientes elegidos para los distintos Ayuntamientos en el C.P.R. de finales de
febrero.
V. ELECCIÓN DE CANDIDATURAS
Serán aprobadas en el Consejo Político Regional de 27- 28 de febrero de 2015,
priorizando criterios de unidad y consenso o , en su defecto, siguiendo lo
establecido en los estatutos de IUCM.
Para garantizar la participación de las Asambleas de Distrito, Localidad o
Sector, los candidatos/as propuestas deberán haberlo sido por algún órgano de
IUCM.
Podrán presentar candidaturas alternativas, completas, cerradas y bloqueadas
avaladas por, al menos un 10% del Consejo Político Regional. Si esto se
produjese se asignará el número de puesto de cada candidatura por el sistema
proporcional, determinado su orden según los Estatutos de IUCM.
A los Ayuntamientos
Los Consejos Políticos Locales por mayoría cualificada del 60% de sus
componentes, podrán elegir entre aprobar la candidatura en el Consejo Político
Local y someterlo a votación en la Asamblea Local o que sea la propia
Asamblea la que elija entre distintas opciones, si las hubiere.
Podrán presentarse candidaturas alternativas, completas,
cerradas y
bloqueadas avaladas por, al menos, un 10% del Consejo Político Local, o por
el 10% de los asistentes a la asamblea convocada al efecto.
Si esto se produjese se asignará el número de puesto de cada candidatura por
el sistema proporcional, determinado su orden según los Estatutos de IUCM.
Tendrán como fecha límite para la realización de este proceso hasta el 25 de
febrero de 2015.
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