FUNDACION UNIVERSITARIA SAN MARTIN SEDE PUERTO COLOMBIA MANUAL DE USO Y REUSO DE DISPOSITIVOS ODONTOLOGICOS PROGRAMA DE ODONTOLOGIA Versión 3 - Junio de 2015 Actualizado por: Dra. Mirta Mejía López Revisado por Dr. Luis Guillermo Fernandez Aprobado por: Comité de Tecnovigilancia y Farmacoviglancia. Dr. Eduardo Navarro, Dr. Argemiro Martínez Noya. Dr. Fabian Brugés, Dr. Carlos Gaitan PROGRAMA DE ODONTOLOGIA MANUAL DE USO Y REUSO Sede Puerto Colombia Versión 03 - 2015 CONTENIDO 1. INTRODUCCION 2. OBJETIVOS 2.1. Objetivo General 2.2. Objetivos Específicos 3. POLITICAS DE USO Y REUSO DE DISPOSITIVOS DE USO ODONTOLOGICO 4. CONCEPTOS BASICOS Y DEFINICIONES 5. MARCO NORMATIVO 6. CLASIFICACION DE DISPOSITIVOS 6.1. Clasificación de dispositivos según el riesgo 6.2. Reglas de clasificación 6.2.1. Para Dispositivos médicos no invasivos 6.2.2.Para Dispositivos médicos invasivos 6.2.3. Reglas adicionales aplicables a los dispositivos médicos activos 6.2.4.Reglas Especiales 6.3. Clasificación de dispositivos odontológicos según la categoría de riesgo 7. RIESGO SANITARIO 7.1. Contenidos del Registro Sanitario y Registro Sanitario Automático de Dispositivos médicos y equipo biomédico que no son de tecnología controlada 7.2. Contenido del permiso de comercialización para dispositivos médicos de tecnología controlada 7.3. Mantenimiento de dispositivos biomédicos 8. RACIONALIDAD 9. MANEJO DE DISPOSITIVOS DE REUSO 9.1. Tipos de reuso 9.2. Manejo de dispositivos de reuso en la Clínica Odontológica 10. ALMACENAMIENTO DE INSUMOS 11. DISPOSITIVOS MEDICOS EN LAS CLINICA ODONTOLOGICAS DE LA FUSM 11.1. Dispositivos de reuso 11.2. Dispositivos que no son reutilizables en la Clínica Odontológica 11.3. Manejo de dispositivos de reuso 12. FICHAS TECNICAS DE REUSO DE DISPOSITIVOS ODONTOLOGICOS 13. BIBLIOGRAFIA PROGRAMA DE ODONTOLOGIA MANUAL DE USO Y REUSO Sede Puerto Colombia Versión 03 - 2015 1. INTRODUCCION Antiguamente la mayoría de dispositivos médicos eran reutilizables, tanto su diseño, como los materiales utilizados en la fabricación, permitían una fácil limpieza y esterilización. Con la transmisión de enfermedades como la Hepatitis B y el VIH, vino la necesidad de desarrollas dispositivo de uso único. Hace un poco más de 20 años comenzó el reuso de dispositivos médicos, ocasionado principalmente por costos, falta de recursos y alta rotación de instrumental en la prestación de servicios de salud, convirtiéndose en nuestro medio en una ventaja económica. En la actualidad fabricantes internacionales y también los nacionales de materiales y dispositivos médicos y de uso odontológico, aplican normas de calidad y sus marcas comerciales son aceptadas y aprobadas porque cumplen con normas técnicas y biológicas que exigen organizaciones controladoras como La Federación Dental Internacional (F.D.I.), Organización de Estandarización Internacional (I.S.O.), y la Asociación Dental Americana (A.D.A.). Aún así existe la posibilidad de que algunas de las propiedades exigidas no se cumplan, ya sea por fallas en la manipulación, por no tomarse las debidas precauciones o por el abuso de reutilización de ciertos aditamentos. Es importante un conocimiento detallado en cuanto al reuso de dispositivos odontológicos y de los eventos adversos que generan, además de las diferentes formas de manejo para disminuirlos, finalmente el factor que determina la seguridad y eficacia del dispositivo es su uso correcto; de allí la necesidad de establecer un Programa de Mantenimiento, Capacitación antes de su uso, Gestión de los eventos adversos y eliminación correcta. PROGRAMA DE ODONTOLOGIA MANUAL DE USO Y REUSO Sede Puerto Colombia Versión 03 - 2015 2. OBJETIVOS 2.1. OBJETIVO GENERAL Creación de una cultura institucional en seguridad del paciente, respecto al reuso de los dispositivos odontológicos y el trabajo continuo para el mejoramiento de los factores humanos, y así poder realizar actos clínicos más seguros que se alejen de los errores que suceden a diario en las organizaciones de salud. 2.2 OBJETIVOS ESPECIFICOS Garantizar el correcto manejo de los insumos odontológicos, bajo parámetro definidos de almacenamiento, distribución y control de calidad Favorecer un uso adecuado de los dispositivos de uso odontológicos, susceptibles de reutilizarse, para evitar riesgo de infección a quienes los usan Cumplir con requisitos éticos y morales 3. POLITICAS DE USO Y REUSO DE DISPOSITIVOS DE USO ODONTOLOGICO “Seguimiento permanente de los Docentes Tutores, al control de cumplimiento que garantice el reuso controlado de insumos, sin aumentar el riesgo en la salud de los pacientes Cultura del reporte de eventos adversos en tenovigiláncia” PROGRAMA DE ODONTOLOGIA MANUAL DE USO Y REUSO Sede Puerto Colombia Versión 03 - 2015 4. CONCEPTOS BASICOS Y DEFINICIONES 4.1 Acondicionamiento 4.2 4.3 Biocompatibidad Complicación 4.4 Diseminación 4.5 Dispensación 4.6 Dispositivo de un solo uso 4.7 Dispositivo médico 4.8 Dispositivo médico activo 4.9 Dispositivo Médico Terapéutico 4.10 Dispositivo Médico Destinado A Investigaciones Clínicas 4.11 Dispositivo médico fraudulento 4.12 Dispositivo Implantable Activo Médico Operaciones por las cuales un dispositivo médico, se empaca y rotula para su distribución (4) Material que no provoca reacción alérgica (2) Daño o resultado clínico no esperado, no atribuible a la atención en salud, sino a la enfermedad o a las condiciones propias del paciente Cuando una infección se da alrededor de la misma área o otras estructuras debido a las pocas defensas ocasionando interferencia en la función de los tejidos cercano (2) Entrega de uno o más medicamentos y dispositivos médicos a un paciente y la información sobre su uso adecuado realizada por el Químico Farmacéutico y el Tecnólogo en Regencia de Farmacia. (6) Llamado también dispositivo descartable, es aquel cuya finalidad es ser usado en un solo paciente, en un único procedimiento. No está diseñado para ser reprocesado (limpiar, desinfectar/esterilizar) Cualquier instrumento, aparato o máquina que se utilice para prevenir, diagnosticar o tratar una enfermedad, o que sirva para detectar, medir, restablecer o modificar la estructura o el funcionamiento del organismo con un fin sanitario determinado. Desde bajalengua, hasta aparatos de la tecnología más avanzada (1) Dispositivo que depende de la energía eléctrica o cualquier fuente de energía distinta a la generada por el cuerpo humano o gravedad (1) Cualquier dispositivo médico activo utilizado sólo o en combinación con otros dispositivos médicos, destinado a sostener, modificar, sustituir o restaurar funciones o estructuras biológicas en el contexto del tratamiento o alivio de una enfermedad, lesión o deficiencia. (4) Cualquier dispositivo médico para ser utilizado por un facultativo especialista, en investigaciones efectuadas en un entorno clínico humano adecuado. (4) Aquel que se comercializa sin cumplir con los requisitos exigidos en las disposiciones técnicas y legales que lo regulan, o aquel fabricado, ensamblado total o parcialmente en Colombia sin el respectivo registro sanitario o permiso de comercialización (4) Cualquier dispositivo médico diseñado para ser implantado totalmente en el cuerpo humano o para sustituir una superficie epitelial o la superficie ocular mediante intervención quirúrgica y destinado a permanecer allí después de la intervención por un PROGRAMA DE ODONTOLOGIA MANUAL DE USO Y REUSO Sede Puerto Colombia Versión 03 - 2015 4.13 Dispositivo Médico Invasivo 4.14 Dispositivo Médico Invasivo de tipo Quirúrgico 4.15 Dispositivo médico reutilizable 4.16 Dispositivo médico para uso humano 4.17 Dispositivo Medida 4.18 Distribución física de medicamentos y dispositivos médicos 4.19 Estabilidad 4.20 Evento adverso 4.21 Evento no potencial 4.22 Equipo biomédico 4.23 Farmacovigilancia 4.24 Finalidad prevista Médico sobre período no menor de treinta días (4) El que penetra parcial o completamente en el interior del cuerpo, bien por un orificio corporal o bien a través de la superficie corporal (4) Dispositivo médico invasivo que penetra en el interior del cuerpo a través de la superficie corporal por medio de una intervención quirúrgica. (4) Instrumento destinado a fines quirúrgicos para cortar, perforar, cerrar, escarificar, raspar, pinzar, retraer, recortar u otros procedimientos similares, sin estar conectados a ningún dispositivo médico activo y que puede volver a utilizarse, una vez efectuados todos los procedimientos pertinentes (4) Cualquier instrumento, aparato, máquina, software, equipo biomédico u otro similar o relacionado, utilizado solo o en combinación, incluyendo sus componentes, partes u accesorios, y programas informáticos que intervengan en su correcta aplicación propuesta por el fabricante. (2) Todo dispositivo fabricado específicamente, siguiendo la prescripción escrita de un profesional de la salud, para ser utilizado por un paciente determinado. (4) Conjunto de actividades que tienen por objeto lograr que el medicamento o dispositivo médico que se encuentra en el establecimiento farmacéutico distribuidor autorizado sea entregado oportunamente al usuario. (6) Propiedad del dispositivo médico de mantener sus características originales en el tiempo de vida útil, dentro de las especificaciones establecidas de calidad (4) Daño no intencionado al paciente, o medio ambiente que ocurre como consecuencia de la utilización de un dispositivo medico o medicamento, pero que no tiene necesariamente relación causal con el mismo Situación que es considerada como problema de seguridad, se da en casos en que por cuestiones de azar o por la intervención de una barrera de seguridad no se generó un desenlace adverso en el paciente u operador (1) Dispositivo médico operacional y funcional que reúne sistemas y subsistemas eléctricos, electrónicos, mecánicos, hidráulicos y/o híbridos, incluidos los programas informáticos que intervengan en su buen funcionamiento, destinado por el fabricante a ser usado en seres humanos con fines de prevención, diagnóstico, tratamiento o rehabilitación. No lo son los dispositivos médicos implantados ni aquellos destinados para un solo uso Ciencia y actividades relacionadas con la detección, evaluación, entendimiento y prevención de los eventos adversos o cualquier otro problema relacionado con medicamentos (6) La utilidad la que se destina el dispositivo medico según indicaciones proporcionadas por el fabricante en el etiquetado, PROGRAMA DE ODONTOLOGIA MANUAL DE USO Y REUSO Sede Puerto Colombia Versión 03 - 2015 4.25 Incidente adverso 4.26 Inoculación 4.27 Permiso de comercialización para equipo biomédico de tecnología controlada 4.28 Procesamiento 4.29 Racionalidad 4.30 Re.esterilización 4.31 Registro sanitario 4.32 Reprocesamiento 4.33 Reuso 4.34 Seguridad 4.35 Semielaborar 4.36 Susceptibilidad 4.37 Tecnovigilancia las instrucciones de utilización y/o material publicitario, las cuales deben ser acordes con las autorizadas en el respectivo registro sanitario o en el permiso de comercialización(4) Potencial riesgo de daño no intencionado que pudo haber llevado a la muerte o al deterioro serio de la salud del paciente, pero por causa del azar o la intervención de un profesional de la salud u otra persona, o una barrera de seguridad no genero un desenlace adverso (1) Introducción involuntaria o accidental, a través de una herida, de un gérmen infectivo o de una vacuna o medicamento (2) Documento público expedido por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima, previo procedimiento tendiente a verificar el cumplimiento de los requisitos técnico-legales establecidos, el cual faculta a una persona natural o jurídica para producir, comercializar, importar, exportar, ensamblar, procesar, expender o vender un equipo biomédico controlado (4) Pasos para la transformación de un dispositivo reusable en un producto listo para un nuevo uso. Incluye lavado, evaluación funcional, desinfección o re-esterilización, re-empaque, rotulado y esterilización final. Capacidad que permite pensar, evaluar, y actuar de acuerdo a ciertos principios, para poder satisfacer algún objetivo o finalidad, obteniendo así los mejores beneficios económicos. (3) Aplicación de un proceso destinado a remover toda forma de vida microbiana de un dispositivo que ha sido previamente esterilizado Documento público expedido por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos Invima, previo el procedimiento tendiente vigilar el cumplimiento de los requisitos técnico-legales y sanitarios establecidos, el cual faculta a una persona natural o jurídica para producir, comercializar, importar, exportar, envasar, procesar, expender y/o almacenar un dispositivo médico (4) Cuidado y mantenimiento de un instrumento por medio de desinfección y esterilización (2) Uso repetido de cualquier dispositivo médico, incluyendo aquellos reusables o rotulados para único uso, con el correspondiente reprocesamiento, entre usos Característica de un dispositivo médico, que permite su uso sin mayores posibilidades de causar efecto adverso (4) Todo proceso de fabricación que permita la obtención de u dispositivo médico hasta su envase o empaque (4) Determina la probabilidad de que se desarrolle un daño, cuando se está expuesto a una dosis determinada durante un periodo especificado Es el conjunto de actividades que tiene por objeto identificar, PROGRAMA DE ODONTOLOGIA MANUAL DE USO Y REUSO Sede Puerto Colombia Versión 03 - 2015 4.38 Uso a corto plazo 4.39 Uso prolongado 4.40 Uso transitorio evaluar y hacer seguimiento permanente de cualquier situación relacionada con el dispositivo medico que puede llevar a un daño en un paciente, esto con el fin de determinar la frecuencia, gravedad e incidencia de los mismos y así prevenir su aparición. (4) Destinado normalmente a utilizarse de forma continua durante un período de hasta treinta días (4) Destinado normalmente a utilizarse de forma continua durante un período de más de treinta días (4) Destinado normalmente a utilizarse de forma continua durante menos de sesenta (60) minutos. (4) 5. MARCO NORMATIVO DECRETO 4725 DE 2005. Ministerio de Protección Social. Reglamente el régimen de comercialización y vigilancia sanitaria de los Dispositivos Médicos para uso humano. o Determina los requisitos fundamentales de seguridad y funcionamiento de los dispositivos médicos o Clasifica los dispositivos médicos o Reglas para la clasificación para dispositivos médicos no invasivos o Reglas para la clasificación para dispositivos médicos invasivos o Reglas para la clasificación para dispositivos médicos activos o Buenas prácticas de manufactura y certificados de capacidad de almacenamiento y acondicionamiento de los dispositivos médicos o Régimen de Registros Sanitarios o Equipos biomédicos de tecnología controlada o Empaque, etiquetado y publicidad o Control y vigilancia DECRETO 2200 DE 2005. Presidente de la República. Por el cual se reglamenta el servicio farmacéutico. Aplica a prestadores de servicios de salud, a todo establecimiento farmacéutico donde se almacenen, comercialicen, distribuyan o dispensen medicamentos o dispositivos médicos, en relación con el o los procesos para los que esté autorizado y a toda entidad o persona que realice una o más actividades y/o procesos propios del servicio farmacéutico. DECRETO 4662 DE 2006. Presidente de la República. Se adiciona al Decreto 4725 de 2005 Artículo 86 (transitoriedad – Plazos): Para los dispositivos médicos que a continuación se señalan: Catéteres, sondas, suturas y materiales de curación, gasas, algodones y vendas PROGRAMA DE ODONTOLOGIA MANUAL DE USO Y REUSO Sede Puerto Colombia Versión 03 - 2015 enyesadas, espadrapos, apósitos, agujas hipodérmicas, preservativos, marcapasos, válvulas cardiacas, válvulas para hidrocefalia. Productos Odontológicos: Cementos, compuestos de modelina, siliconas, alginatos hidrocoloides reversible e irreversible, materiales para restauración y obturación de conductos radiculares, se encuentren amparados o no con registro, para su comercialización deberán obtener registro sanitario RESOLUCION 2003 DE 2014. Ministerio de salud y Protección Social Por la cual se definen los procedimientos y condiciones de inscripción de los Prestadores de Servicios de Salud y de habilitación de servicios de salud. Estándar de Medicamentos, Dispositivos Médicos e Insumos: o Se tienen definidas normas institucionales y procedimientos para el control del cumplimiento que garanticen que no se reúsen dispositivos médicos. En tanto se defina la relación y condiciones de reúso de dispositivos médicos, los prestadores de servicios de salud podrán reusar, siempre y cuando, dichos dispositivos puedan reusarse por recomendación del fabricante, definan y ejecuten procedimientos basados en evidencia científica que demuestren que el reprocesamiento del dispositivo no implica reducción de la eficacia y desempeño para la cual se utiliza el dispositivo médico, ni riesgo de infecciones o complicaciones por los procedimientos para el usuario, con seguimiento a través del comité de infecciones. o Por lo anterior, el prestador debe tener documentado el procedimiento institucional para el reúso de cada uno de los dispositivos médicos que el fabricante recomiende, que incluya la limpieza, desinfección, empaque, reesterilización con el método indicado y número límite de reúsos, cumpliendo con los requisitos de seguridad y funcionamiento de los dispositivos médicos, nuevo etiquetado, así como los correspondientes registros de estas actividades. Lo anterior consignado en el Manual de Uso y Reuso de dispositivos médicos que es de 2012, pero debe ser actualizado con nuevos avances en el tema 6. CLASIFICACION DE DISPOSITIVOS 6.1 CLASIFICACION DE DISPOSITIVOS SEGÚN EL RIESGO La clasificación de los dispositivos, es realizada por el fabricante, y se fundamenta en el riesgo potencial relacionado con su uso y posible fracaso, con base en la combinación de varios criterios como son duración del contacto con el cuerpo, grado de invasión y efecto local contra efecto sistémico. (5) Esta clasificación se establece en el artículo 7 del decreto 4725 de 2005: Clase I - Bajo Riesgo: Son aquellos dispositivos médicos de bajo riesgo, sujetos a controles generales, no destinados para proteger o mantener la vida o para un uso de importancia, especial en la prevención PROGRAMA DE ODONTOLOGIA MANUAL DE USO Y REUSO Sede Puerto Colombia Versión 03 - 2015 del deterioro de la salud humana y que no representan un riesgo potencial Clase II a - Riesgo Moderado Son los dispositivos médicos sujetos a controles especiales en la fase de fabricación para demostrar su seguridad y efectividad. Clase II b - Alto Riesgo: Son los dispositivos médicos sujetos a controles especiales en el diseño y fabricación para demostrar su seguridad y efectividad. Clase III - Muy alto Riesgo: Son los dispositivos médicos, sujeto a controles especiales, destinados a proteger o a mantener la vida o para un uso de importancia sustancial en la prevención del deterioro de la salud humano, o si su uso presenta un riesgo potencial de enfermedad o lesión. 6.2 REGLAS DE CLASIFICACIÓN Para la clasificación de los dispositivos médicos y odontológicos se tienen en cuenta las siguientes reglas (4): 6.2.1 Para Dispositivos Médicos no invasivos: Regla 1. Todos los dispositivos médicos no invasivos se incluirán en la clase I, excepto que les aplique alguna de las siguientes reglas. Regla 2. Todos los dispositivos médicos no invasivos destinados a la conducción o Almacenamiento de sangre, fluidos o tejidos corporales, líquidos o gases destinados a una perfusión, administración o introducción en el cuerpo, harán parte de la clase II a, siempre que: puedan conectarse a un dispositivo médico activo de la clase II a o de una clase superior; Estén destinados a ser utilizados para el almacenamiento o canalización de sangre u otros fluidos o para el almacenamiento de órganos, partes de órganos o tejidos corporales. En todos los demás casos se incluirán en la clase I Regla 3. Todos los dispositivos médicos no invasivos destinados a modificar la composición biológica o química de la sangre, de otros fluidos corporales o de otros líquidos destinados a introducirse en el cuerpo se incluirán en la clase II b, salvo si el tratamiento consiste en filtración, centrifugación o intercambios de gases o de calor, en cuyo caso, se incluirán en la clase II a Regla 4. Todos los dispositivos médicos no invasivo s que entren en contacto con la piel lesionada, se clasificarán en: La clase I, si están destinados a ser utilizados como barrera mecánica para la compresión o para la absorción de exudados; La clase II b, si se destinan principalmente a utilizarse con heridas que hayan producido una ruptura de la dermis y sólo pueden cicatrizar por segunda intención; La clase II a, en todos los demás casos, incluidos los dispositivos médicos destinados principalmente a actuar en el microentorno de una herida PROGRAMA DE ODONTOLOGIA MANUAL DE USO Y REUSO Sede Puerto Colombia Versión 03 - 2015 6.2.2 Para Dispositivos Médicos Invasivos Regla 5. Todos los dispositivos médicos invasivos en relación con los orificios corporales, salvo los dispositivos médicos invasivos de tipo quirúrgico, que no estén destinados a ser conectados a un dispositivo médico activo, se incluirán en: La clase I, si se destinan a un uso transitorio; La clase II a, si se destinan a un uso a corto plazo, salvo si se utilizan en la cavidad oral hasta la faringe, en el conducto auditivo externo hasta el tímpano o en una cavidad nasal, en cuyo caso, si incluirán en la clase I; La clase II b, si se destinan a un uso prolongado, salvo si se utilizan en la cavidad oral hasta la faringe, en el conducto auditivo externo hasta el tímpano o en una cavidad nasal, y no pueden ser absorbidos por la membrana mucosa, en cuyo caso, se incluirán en la clase II a. Todos los productos invasivos en relación con los orificios corporales, salvo los productos invasivos de tipo quirúrgico, que se destinen a conectarse a un producto activo de la clase II a o de una clase superior, entrarán en la clase II a. Regla 6. Todos los dispositivos médicos invasivos de tipo quirúrgico destinados a un uso transitorio se incluirán en la clase II a, salvo que: Sean instrumentos quirúrgicos reutilizables, en cuyo caso, se incluirán en la clase I; Se destinen a suministrar energía en forma de radiaciones ionizantes, en cuyo caso, se incluirán en la clase II b; Se destinen a ejercer un efecto biológico o a se r absorbidos totalmente o en gran parte, en cuyo caso, se incluirán en la clase II b; d) Se destinen a la administración de medicamentos mediante un sistema de suministro, si ello se efectúa de manera potencialmente peligrosa teniendo en cuenta el modo de aplicación, en cuyo caso, se incluirán en la clase II b; e) Se destinen específicamente a diagnosticar, vigilar o corregir una alteración cardiaca o del sistema circulatorio central por contacto directo con estas partes del cuerpo, en cuyo caso, se incluirán en la clase III Regla 7. Todos los dispositivos médicos invasivos de tipo quirúrgico destinados a un uso a corto plazo se incluirán en la clase II a, salvo que tengan por finalidad: Suministrar energía en forma de radiaciones ionizantes, en cuyo caso, se incluirán en la clase II b; Experimentar modificaciones químicas en el organismo, salvo si los productos se colocan dentro de los dientes, o administrar medicamentos, en cuyo caso, se incluirán en la clase II b; Específicamente diagnosticar, vigilar o corregir una alteración cardiaca o del sistema circulatorio central por contacto directo con estas partes del cuerpo, en cuyo caso, se incluirán en la clase III; Utilizarse, específicamente, en contacto directo con el sistema nervioso central, en cuyo caso, se incluirán en la clase III; Ejercer un efecto biológico o ser absorbidos, totalmente o en gran parte, en cuyo caso, se incluirán en clase III. Regla 8. Todos los dispositivos médicos implantables y los dispositivos médicos invasivos de uso prolongado de tipo quirúrgico, se incluirán en la clase II b salvo que se destinen ha: Colocarse dentro de los dientes, en cuyo caso, se incluirán en la clase II a; Utilizarse en contacto directo con el corazón, el sistema circulatorio central o el sistema nervioso central, en cuyo caso, se incluirá n en la clase III; c) Ejercer un efecto biológico o ser absorbidos totalmente o en gran parte, en cuyo caso, se incluirán en la clase III; Sufrir modificaciones químicas en el organismo, salvo si los productos se colocan dentro de los dientes, o a la administración de medicamentos, en cuyo caso, se incluirán en la clase III PROGRAMA DE ODONTOLOGIA MANUAL DE USO Y REUSO Sede Puerto Colombia Versión 03 - 2015 6.2.3 Reglas adicionales aplicables a los dispositivos médicos activos. Regla 9. Todos los dispositivos médicos terapéuticos activos destinados a administrar o intercambiar energía se incluirán en la clase II a salvo si sus características son tales que puedan administrar energía al cuerpo humano o intercambiarla con el mismo de forma potencialmente peligrosa, teniendo en cuenta la naturaleza, la densidad y el punto de aplicación de la energía, en cuyo caso se incluirán en la clase II b. Todos los dispositivos médicos activos destinados a controlar el funcionamiento de los productos terapéuticos activos de la clase II b o destinados a influir directamente en el funcionamiento de dichos productos se incluirán en la clase II b. Regla 10. Todos los dispositivos médicos activos con fines de diagnóstico se incluirán en la clase II a. Si se destinan a suministrar energía que vaya a ser absorbida por el cuerpo humano, son excluidos los productos cuya función sea la iluminación del organismo del paciente en el espectro visible. Si se destinan a crear una imagen de la distribución in vivo de fármacos radiactivos. Si se destinan a permitir un diagnóstico directo o la vigilancia de procesos fisiológicos vitales, a no ser que se destinen específicamente a la vigilancia de parámetros fisiológicos vitales, cuando las variaciones de esos parámetros, por ejemplo las variaciones en el funcionamiento cardíaco, la respiración, la actividad del Sistema Nervioso Central, puedan suponer un peligro inmediato para la vida del paciente, en cuyo caso se incluirán en la clase II b. Los dispositivos médicos activos destinados a emitir radiaciones ionizantes y que se destinen a la radiología con fines diagnósticos y terapéuticos, incluidos los productos para controlar o vigilar dichos productos, o que influyan directamente en el funcionamiento de los mismos, se incluirán en la clase II b. Regla 11. Todos los dispositivos médicos activos destinado a administrar medicamentos, líquidos corporales otras sustancias al organismo, a extraerlos del mismo, se incluirán en la clase II a, a no ser que ello se efectúe de forma potencialmente peligrosa, teniendo en cuenta la naturaleza de las sustancias, la parte del cuerpo de que se trate y el modo de aplicación, en cuyo caso se incluirán en la clase II b. Regla 12. Todos los demás dispositivos médicos activos se incluirán en la clase I. 6.2.4 Reglas Especiales Regla 13. Todos los dispositivos médicos que incorporen como parte integrante una sustancia que, si se utilizara independientemente, podría considerarse como un medicamento y que pueda ejercer sobre el cuerpo humano una acción accesoria a la de los dispositivos médicos, se incluirán en la clase III. Regla 14. Todos los dispositivos médicos utilizados con fines anticonceptivos o para la prevención de la transmisión de enfermedades transmisibles por contacto sexual se considerarán dispositivos médicos de la clase IIb, a menos que sean dispositivos médicos implantables o invasivos de uso prolongado, en cuyo caso se incluirán en la clase III. Regla 15.- Todos los productos destinados específicamente a usos de desinfección, limpieza, enjuague o, en su caso, a la hidratación de lentes de contacto, se incluirán en la clase II b. Todos los productos que se destinen específicamente a la desinfección de dispositivos médicos se incluirán en la clase II a. La presente regla no se aplicará a PROGRAMA DE ODONTOLOGIA MANUAL DE USO Y REUSO Sede Puerto Colombia Versión 03 - 2015 productos destinados a la limpieza de dispositivos médicos que no sean lentes de contacto mediante acción física. Regla 16.- Los dispositivos médicos no activos destinados específicamente al registro de imágenes radiográficas de diagnóstico se incluirán en la clase II a. Regla 17.- Todos los dispositivos médicos elaborados utilizando tejidos animales o derivados de los mismos que hayan sido transformados en inviables se incluirán en la clase III, excepto en los casos en que los dispositivos médicos estén destinados a entrar en contacto únicamente con piel intacta. Regla 18.- No obstante lo dispuesto en otras reglas, las bolsas para sangre se incluirán en la clase II b. 6.3 CLASIFICACION DE DISPOSITIVOS ODONTOLOGICOS SEGÚN LA CATEGORIA DE RIESGO DISPOSITIVO Presentación comercial TIPO DE RIESGO Acrílico autopolimerizable Frasco x gr II a Un solo uso X Acrílico liquido Frasco x ml I X Adhesivo dental Frasco x gr II b X Adhesivo ligth bond Aguja largas y cortas para anestesia Aguja y jeringa hipodérmica Algodón en rollo Algodón en Torunda Amalgama en capsulas Amalgama limadura Aplicador de resina Bandas metálicas Baberos desechables Barniz cavidades Base de Oxido de zinc Eugenol Bata para reexaminación Brackets Cepillo Profiláctico Conos de gutapercha Copa de profilaxis Cubetas fluor Cubetas metálicas Cuñas de madera y plásticas Discos para pulir resina Elásticos Envoltura para esterilización Espejo bucal Eyector de saliva Fresa para Operatoria, Cirugía Gasa Estéril Frasco x gr Caja 100 unidades Unidad Paquete por rollos Paquete Unidad Frasco x gr Unidad Unidad Paquete Frasco x gr Frasco Unidad Juego x 5 unidades Unidad Caja x 6 tubos Unidad Caja x 25 unidades Unidad Paquete x 50 uniddes Paquete x 85 unidades Caja x 50 Paquete Unidad Paquete x 100 Unidad Rollo x mt II b II b II II b II b II b II b I I I II II I II b I II b I I I I I I I I II b II a II b X Reusable X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X PROGRAMA DE ODONTOLOGIA MANUAL DE USO Y REUSO Sede Puerto Colombia Versión 03 - 2015 DISPOSITIVO Gasas no estéril Guantes de látex Guantes Quirúrgicos Hidróxido de calcio Hilo Retractor Hueso liofilizado Hojas de bisturí Implante enodoóseo Instrumental para Endodoncia Instrumental Para Endodoncia Instrumental para Exodoncia Dental Instrumental para operatoria Lámpara de fotocurado Lijas para resina y lijas metálicas Limas para endodoncia Mangos para bisturí Mercurio Dental Papel de articular Pasta profiláctica de uso Profesional Pieza de mano Pines para patrón de nucleo Puntas de papel Radiografías periapiacales Sellador de fosetas y fisuras Silla dental y accesorios Solución para irrigar conductos Soporte de películas de Rx dentales Sutura 4/0 Tapabocas Tela de Caucho Tiras de Mylar Yaso Presentación comercial Paquete x 200 Caja x 100 Caja x 100 Pasta - pasta Rollo x 244 cm Caja, granulado, esponjoso Unidad Unidad Unidad Unidad Unidad Unidad Unidad Caja x 100 unidades Caja Unidad Frasco Cuadernillo Frasco x gr TIPO DE RIESGO II a I II b II II a III II a III I I I I II a I II b I I I I Unidad Unidad Caja x 200 unidades Caja X150 Estuche Unidad Frasco Unidad Caja x 12 unidades Caja x 50 Unidad Pauqete x 50 Bolsa x gr I I II a I II I I I II b I I II a I Un solo uso Reusable X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X 7. REGISTRO SANITARIO Los dispositivos médicos de Clases II b y III requieren para su producción, importación, exportación, procesamiento, envase, empaque, almacenamiento, expendio y para su comercialización, Registro Sanitario expedido por el INVIMA, previo el cumplimiento de los requisitos técnicos-científicos, sanitarios y de calidad previstos en el decreto 4725 de 2005. (4) PROGRAMA DE ODONTOLOGIA MANUAL DE USO Y REUSO Sede Puerto Colombia Versión 03 - 2015 Los dispositivos médicos de Clases I y II a requieren para su producción, importación, exportación, procesamiento, envase, empaque, almacenamiento, expendio y comercialización del Registro Sanitario Automático expedido por el INVIMA, previo el cumplimiento de los requisitos señalados en el decreto 4725 de 2005. (4) 7.1 CONTENIDO DEL REGISTRO SANITARIO Y REGISTRO SANITARIO AUTOMATICO DE DISPOSITIVOS MÉDICOS Y EQUIPO BIOMÉDICO QUE NO SON DE TECNOLOGÍA CONTROLADA (4) Un registro sanitario debe contener como mínimo la siguiente información: Número del registro sanitario antecedido por la sigla DM Vigencia del registro sanitario Nombre y domicilio del titular del registro sanitario Nombre comercial Nombre y domicilio del laboratorio o establecimiento fabricante. Tipo de dispositivo médico y su clasificación según el riesgo Composición Uso o indicaciones del producto Modalidad bajo el cual se otorga el registro sanitario Nombre y domicilio del importador Presentaciones comerciales autorizadas Observaciones, si las hay (precauciones, contraindicaciones cuando aplique) 7.2 CONTENIDO DEL PERMISO DE COMERCIALIZACION PARA DISPOSITIVOS BIOMÉDICOS DE TECNOLOGÍA CONTROLADA (4) Toda certificación que conceda permiso de comercialización debe contener como mínimo la siguiente información: Vigencia del permiso; Nombre y domicilio del titular del permiso de comercialización Nombre del producto Nombre y domicilio del establecimiento fabricante Nombre y domicilio del importador Tipo de equipo biomédico y su clasificación según el riesgo Sistemas y subsistemas principales que integran el equipo biomédico Uso o indicaciones del producto PROGRAMA DE ODONTOLOGIA MANUAL DE USO Y REUSO Sede Puerto Colombia Versión 03 - 2015 Precauciones especiales y otros Modalidad bajo la cual se otorga el permiso de comercialización Modelos autorizados Quien adquiera equipos biomédicos de tecnología controlada, deben contar con los manuales de operación, funcionamiento y mantenimiento, los cuales serán provistos en forma obligatoria por el distribuidor en el momento de la entrega del equipo. El titular o importador del equipo biomédico deberá garantizar, la capacidad de ofrecer servicio de soporte técnico permanente durante la vida útil del mismo, así como los repuestos y herramientas necesarias para el mantenimiento y calibración que permita conservar los equipos en los rangos de seguridad establecidos inicialmente por el fabricante. Las empresas productoras de equipos biomédicos, sus representantes en el país y titulares de permiso de comercialización, deberán contar con responsables técnicos, con título universitario y/o especialización en el área específica para los procesos de adquisición, instalación y mantenimiento de este tipo de tecnología. 7.3 MANTENIMIENTO Y CALIBACION DE DISPOSITIVOS BIOMEDICOS (4) En la etapa postventa, La responsabilidad del funcionamiento de equipos biomédicos importados, es compartida entre el fabricante o su representante en Colombia y el propietario. El fabricante o importador debe ofrecer los servicios de verificación de la calibración, mantenimiento y aprovisionamiento de insumos y repuestos, así como la capacitación que se requiera en operación y mantenimiento básico. El propietario es responsable del correcto funcionamiento del equipo biomédico, de acuerdo con lo establecido en los manuales entregados por el fabricante, garantizando de manera directa o contratando los servicios del fabricante, importador o de un tercero su calibración y mantenimiento Las EPS no pueden contratar con IPS, que no lleven registros de mantenimiento, verificación de calibración y demás requerimientos establecidos por el fabricante para su funcionamiento; deben contratar este tipo de servicios con terceros, que demuestran capacidad técnica, en estos casos, los terceros serán los responsables del funcionamiento del equipo. Los registros del mantenimiento de los dispositivos médicos considerados equipos biomédicos de tecnología controlada podrán ser solicitados por las autoridades sanitarias, cuando estas lo estimen pertinente Quien preste servicios de mantenimiento y verificación de la calibración para equipos biomédicos Clases II b y III, sea persona jurídica o natural debe contar con un responsable técnico, que debe ser PROGRAMA DE ODONTOLOGIA MANUAL DE USO Y REUSO Sede Puerto Colombia Versión 03 - 2015 profesional en ingeniería biomédica o afines o personal técnico debidamente acreditado, quienes deben estar registrados ante el Invima, o la entidad sanitaria competente La Resolución 9031 de 1991, determina que todo equipo destinado a tratamiento terapéutico debe ser revisado por lo menos una vez al año. Los equipos de diagnóstico deben serlo al menos una vez cada dos años. 7.3.1 Programación de revisiones periódicas De acuerdo a lo anterior, se debe realizar mantenimiento de equipos biomédicos, eléctricos o mecánicos, según una programación de revisiones periódicas, de carácter preventivo y para calibración, cumpliendo los requisitos e indicaciones del fabricante. Todo esto debe quedar consignad en la hoja de vida del equipo, junto con el mantenimiento correctivo. 7.3.2 Equipos biomédicos que requieren calibración y Verificación El autoclave necesita calibración de las variables presión y temperatura. El certificado de calibración debe anexarse a la hoja de vida del equipo. La lámpara de fotocurado necesita verificación de la variable radiómetro 7.4 PRODUCTOS ODONTOLOGICOS NO CATALOGADOS COMO DISPOSITIVOD MEDICOS El acta N°07 y N°13 de 2009, de la Sala Especializada de Dispositivos Médicos y Productos varios de la comisión revisora del INVIMA, consideró que los siguientes productos no son catalogados como Dispositivos Médicos, y por lo tanto no requieren de registro sanitario (8) Bajalenguas Contenedores de cortopunzantes o Guardines Ropa quirúrgica Soluciones de limpieza de dispositivos médicos Reveladores y fijadores de películas de Rayos X Equipo para el lavado y desinfección de dispositivos médicos Micromotor para pieza de mano de baja velocidad Cubeta para aplicación de fluor Cubeta de acetato para blanqueamiento dental Cuñas de madera Equipos amalgamadores PROGRAMA DE ODONTOLOGIA MANUAL DE USO Y REUSO Sede Puerto Colombia Versión 03 - 2015 Escupidera Separador de lengua Papel de articular Pastillas para limpieza de prótesis Tela de caucho para endodoncia Tiras de mylar Unidades odontológicas Sistemas de matrices Aplicador de adhesivo y desmineralizante Enhebra dores para seda dental Equipos e insumos para laboratorio dental Yeso para laboratorio dental Dispositivos para calibración de equipos biomédicos Se aclara que si Requieren Registro Sanitario: Tiras abrasivas de uso odontológico Cera para ortodoncia Tiras metálicas para pulir amalgamas Tapabocas de uso hospitalario (con función de barrera microbiana) Autoclaves 8. RACIONALIDAD La reutilización de los dispositivos en nuestro medio, es vista como una ventaja económica, estratégica y organizativa: pueden generar múltiples efectos, a nivel de la institución, paciente, y profesional de la salud (3) ARGUMENTOS PARA LA REUTILIZACION La reutilización de los dispositivos en nuestro medio, es vista como una ventaja económica, estratégica y organizativa (3) Costo del producto y no del servicio, siendo mucho más económico la prestación del servicio que la adquisición de dispositivos por cada procedimiento Razones ecológicas, Residuos de difícil degradación. El procesamiento ayuda al ecosistema y contribuye a la viabilidad del planeta (7) ARGUMENTOS PARA DESECHAR Se debe eliminar o rechazar todos los dispositivos que no cumplen con las condiciones necesarias para ser reutilizados. (3) Aumenta los costos por complicaciones Riesgos serios a la seguridad de los pacientes (7) Vulnerabilidad de los derechos de los pacientes Pocas garantías en el proceso de asepsia Irregularidad y dificultad en los cobros La Institución se torna poco confiable para los usuarios Dificultad o costo del reproceso de los dispositivos Poca fiabilidad en el funcionamiento de los dispositivos PROGRAMA DE ODONTOLOGIA MANUAL DE USO Y REUSO Sede Puerto Colombia Versión 03 - 2015 Presupuesto, no se cuenta con buena planificación ni control en términos económicos y financieros Cultura de reuso, inexistencia de política educativa de capacitación y motivación, que garantice una buena calidad Disponibilidad de los dispositivos Evitar responsabilidades legales Exposición a demandas Consideraciones éticas. El paciente tiene derecho a ser inforado y a la lbre elección (7) 9. MANEJO DE LOS DISPOSITIVOS DE REUSO 9.1. TIPOS DE REUSO Se conoce 4 tipos de práctica de reuso: Los que nunca fueron usados, pero expiró el tiempo de esterilidad. Abierto pero no usado, su esterilidad ha sido comprometida, o caducidad de la fecha de vencimiento Los que fueron usados, pero el empaque fue afectado, (re-esterilizados, esterilizados nuevamente) Pérdida de esterilidad durante el procesamiento, pero no fue usado en ningún paciente (abierto pero no usado) Dispositivo usado previamente en otro paciente. Reprocesamiento 9.2 ASPECTOS INVOLUCRADOS CON EL REUSO (3) 9.2.1 Consideraciones técnicas Diseño del producto y selección de materiales. Estos son resultado de estudios de factores relevantes para la seguridad del paciente y de la fabricación costo-efectiva del dispositivo. Las propiedades físicas, el funcionamiento y la efectividad son investigadas, desarrolladas y probadas por el fabricante y el reprocesamiento para el reuso puede afectar características como resistencia y flexibilidad Esterilidad. Esta solo se puede garantizar mediante un proceso de validación controlado. Los fabricantes ponen especial cuidado en el ambiente para la fabricación y sus procesos son validados, realizan pruebas de integridad de empaque, métodos de aseguramiento de esterilidad, control del etiquetado. Además están sujetos a inspección por parte de autoridades responsables que deben asegurar su cumplimiento. PROGRAMA DE ODONTOLOGIA MANUAL DE USO Y REUSO Sede Puerto Colombia Versión 03 - 2015 Biocompatibilidad. Factor muy importante en dispositivos médicos que entran en contacto directa o indirectamente con el cuerpo. Los fabricantes realizan pruebas con criterios internacional es para determinar un nivel aceptable de biocompatibilidad. En caso de reuso, el reproceso puede cambiar la naturaleza física, química o biológica de los materiales, afectando su biocompatibilidad. Libre de pirógenos químicos. El fabricante hace extensas pruebas que confirman un nivel aceptable de ausencia de endotoxinas bacteriales durante el proceso de fabricación en ambientes controlados. Al reprocesar normalmente no es posible asegurar apirogenicidad, en caso reuso, los residuos biológicos y químicos de los procesos de limpieza y lavado, o del proceso de esterilización, pueden permanecer. 9.2.2 Problemas técnicos que pueden presentarse con el reproceso No es posible alcanzar y garantizar una limpieza efectiva. Falta de conocimiento de la compatibilidad del dispositivo con el proceso de limpieza, desinfección o esterilización que se seleccione Absorción de los agentes utilizados esterilizantes por el dispositivo, que puede ser transferido al paciente y reaccionar con medicamentos que se administren Inexistencia de programas de aseguramiento de la calidad que confirmen ausencia de deterioro durante el reproceso (disminución o perdida de flexibilidad o fuerza mecánica, decoloración o agrietamientos) No es posible asegurar cumplimiento de las especificaciones 10. ALMACENAMIENTO DE INSUMOS Uno de los aspectos más importantes a controlar son (9): La luz, son fotosensibles y sufren deterioro por el exceso de luz La humedad, un ambiente de alta humedad puede favorecer crecimiento de microorganismos y por esto precipitar la reacción química La temperatura, cada material tiene un límite de temperatura: temperatura ambiente: 15 hasta 30°C; temperatura fresca: 8 hasta 15°C; temperatura de refrigeración: entre -2 y 8°C PROGRAMA DE ODONTOLOGIA MANUAL DE USO Y REUSO Sede Puerto Colombia Versión 03 - 2015 11. DISPOSITIVOS MEDICOS EN LAS CLINCAS ODONTOLOGICAS DE LA FUSM 11.1. Dispositivos de reuso Limas de endodoncia Puntas de cavitrón Pieza de mano y scaler jeringa triple 11.2 Dispositivos que no son reutilizables en la Clínica Odontológica Cubetas de fluor Suturas Cepillos de profilaxis Cánulas de succión Tela de caucho 11.3 Fresas de diamante y de carburo para odontología general, rehabilitación y cirugía Fresa Zecry Cubetas para impresión Instrumental de odontología general, Cirugía, Rehabilitación, Periodoncia Eyectores Jeringas monojet Cuchillas para bisturí Retractores de lengua Manejo de los dispositivos de reuso Agujas para anestesia Copas de caucho Guantes Tiranervios PROGRAMA DE ODONTOLOGIA MANUAL DE USO Y REUSO Sede Puerto Colombia Versión 03 - 2015 INSTRUMENTO LIMAS MANEJO 1 juego de limas por paciente atendido. Serán esterilizadas antes de la primera atención Después de la atención serán inmersas por 5 minutos en jabón enzimático, lavadas con agua y secadas con toallas desechables. Deben ser llevadas al autoclave FRESAS DEDIAMANTEY CARBURO 1 juego de fresas por paciente atendido en los servicios de odontología general y rehabilitación Después de la atención serán inmersas en jabón enzimático, lavadas con agua y secadas con toallas desechables. Deben ser llevadas al autoclave PUNTA DE CAVITRON 1 punta de cavitrón por paciente Inmersas por 5 minutos en jabón enzimático, lavadas con agua y secadas con toallas desechables Deben ser llevadas al autoclave FRESA ZECRYA BLOQUE DE MORDIDA PIEZA DE MANO Y SCALER Después de la atención será sumergida en jabón enzimático, luego lavada Secar con toallas desechables, deben ser empaquetadas, rotuladas y esterilizadas en autoclave. 1 bloque de mordida por paciente. Después de la atención será sumergido en jabón enzimático, luego lavado, se secara en toallas desechables, debe ser empaquetado, rotulado y esterilizado en autoclave Debe ser desinfectada y aireada entre paciente y paciente. Al final de la jornada debe ser lubricada, lavada, secada con toallas desechable. Empaquetar y roturar Esterilizada en autoclave SEGUIMIENTO Esterilizadas hasta 3 veces como máximo, se marcaran en el mango con marcador permanente según el uso El Docente Tutor debe ordenar y verificar su desecho en guardianes, al notar que el corte y la forma de la lima se constituye en un riesgo para el paciente Formato de seguimiento para verificación para desecho Esterilizadas hasta 8 veces como máximo. El Docente Tutor de clínica debe ordenar y verificar su desecho en guardianes, al notar que el corte y el estado de las fresas se constituyen en riesgo para el paciente Esterilizadas El Docente Tutor de la clínica debe ordenar y verificar su desecho en guardines, al notar que el corte y el estado se constituyen en un riesgo para el paciente o no es funcional Se esterilizara máximo tres veces. Debe ser desechada en guardianes. Se esterilizara el número de veces que sea necesario y se desechara una vez pierda integridad Entrega al laboratorio El Docente Tutor verifica la integridad PROGRAMA DE ODONTOLOGIA MANUAL DE USO Y REUSO Sede Puerto Colombia Versión 03 - 2015 12. FICHAS TECNICAS DE REUSO DE DISPOSITIVOS ODONTOLOGICOS FICHA TECNICA DE REUSO DE DISPOSITIVOS ODONTOLOGICOS AUTOCLAVE Hasta cumplir su ciclo útil Clasificación del riesgo Número de reusos Materiales Partes del dispositivo Acero inoxidable, aluminio Olla, paredes laterales, parrilla, resistencia, puerta, válvula de escape, reloj, manijas de aseguramiento Limpieza y Desinfección Limpiar el filtro del drenaje de la cámara de esterilización, retirando cualquier residuo retenido en él; Limpiar internamente la cámara de esterilización Esterilización No aplica Conservación y almacenamiento Mantener limpio el autoclave; No permitir que personas son ajenas al proceso lo manipulen; Si la cámara del esterilizador está construida en acero inoxidable, nunca usar limpiadores que contengan cloro FICHA TECNICA DE REUSO DE DISPOSITIVOS ODONTOLOGICOS FRESAS ODONTOLÓGICAS Hasta que el dispositivo pierda su capacidad de Clasificación del riesgo Número de reusos cortar, aproximadamente 10 reusos II a Acero dureza Vicker 800– Carburo de tugsteno, unidas a ua matriz de cobalto o Materiales Partes del dispositivo niquel, Vicker 1650 – 1700 - Diamante Carburo de tugsteno; Tallo que se adapta a la pieza de mano, y cabeza que es la parte activa. Las de diamante tallo, cuello y parte activa Limpieza y Desinfección No se recomiendan agentes químicos por ser altamente corrosivos, y por esto alto riesgo de fractura. Una vez utilizada se coloca en detergente enzimático para remover residuos, luego con cepillo se eliminan los residuos restantes, se lavan Esterilización Se llevan a esterilización al autoclave por 35 a 45 minutos No utilizar abrasivos y limpiadores muy fuertes, dañan la superficie de los Conservación y instrumentos, almacenamiento Carburo de Tugsteno: las turbinas – contrangulos deben estar en perfecto estado; introducir por completo la fresa. Almacenar en su empaque original (9) Toda fresa que presente corrosión, desgaste, decentrada o daño debe ser Disposición final desechada. Se depositan en el guardián. Luego de la esterilización puede aparecer cierta decoloración o pérdida de brillo, esto es normal, no condiciona e rendimiento de la fresa. FICHA TECNICA DE REUSO DE DISPOSITIVOS ODONTOLOGICOS INSTRUMENTAL ODONTOLOGICO Hasta cumplir su ciclo útil Clasificación del riesgo Número de reusos I Acero inoxidable Materiales Parte activa y parte inactiva o mango Partes del dispositivo Limpieza y Desinfección Seguir el proceso descrito en el Manual de Bioseguridad y Esterilización en la Practica Odonto-estomatológica de la Clínica Odontológica Esterilización Seguir el proceso descrito en el Manual de Bioseguridad y Esterilización en la Practica Odonto-estomatológica de la Clínica Odontológica El acero inoxidable, ve disminuida su resistencia en presencia de cloro, su manejo Conservación y inadecuado puede causar corrosión. Secarse perfectamente antes de empacar para almacenamiento esterilizar. No se recomienda dejarlo en remojo durante la noche. FICHA TECNICA DE REUSO DE DISPOSITIVOS ODONTOLOGICOS LAMPARA DE FOTOCURDO Fallas en el bombillo, menor de 400mW/cm2 Clasificación del riesgo Número de reusos Intensidad por debajo de 400mW/cm” II a Materiales Partes del dispositivo Temperatura por debajo de 50 Luz halógena – incandescente, filamento de wolframio – 360 a 500nm Led – Emisión de diodos – 450 a 480nm Fibra óptica, protector ocular, temporizador, sistema de ventilación, fuente de luz, radiómetro Limpieza y Desinfección Después de cada utilización retirar la película protectora de la fibra óptica, esta se humedece con gasa embebida con detergente enzimático y se seca, nuevamente es colocada la película de papel plástico en la fibra de la lámpara para su nueva utilización Esterilización No aplica Conservación y almacenamiento La punta activa es la de mayor control debido a su contacto indirecto con los tejidos del paciente, por lo tanto después de su utilización, la punta es desinfectada con detergente enzimático, y se recubre con papel protector para su utilización posterior. FICHA TECNICA DE REUSO DE DISPOSITIVOS ODONTOLOGICOS LIMAS DE ENDODONCIA Clasificación del riesgo Número de reusos 8 reusos para limas primera y segunda serie, el II b análisis visual que ayuda a definir la pérdida de corte, uso y desgaste de las limas. Limas preendodonticas y tiranervios un solo uso Materiales Acero, níquel y titanio Partes del dispositivo Limpieza y Desinfección Previamente se colocan en detergente enzimático por 5 minutos. Luego lavado con cepillo y agua. Secado Esterilización Se llevan a esterilización al autoclave por 35 a 45 minutos Disposición final Se llevan al guardián Página 24 de 26 FICHA TECNICA DE REUSO DE DISPOSITIVOS ODONTOLOGICOS PIEZA DE MANO, TURBINAS La reutilizacion de la Pieza de Mano Depende del tipo Clasificación del riesgo Número de reusos de tratamiento al que se ve expuesta la turbina de esta Materiales Partes del dispositivo Limpieza y Desinfección Limpiar las partículas con agua corriente, eliminando con cuidad la suciedad y sedimentaciones de las boquillas de spray Es recomendable la desinfección inmediata luego de su uso, con desinfectante de superficie, según recomendaciones del fabricante. Para su lubricación, agitar el envase de aceite antes de usarlo, emplear el adaptador de aerosol, manteniendo el cabezal del instrumento hacia abajo. (9) Esterilización Si son tratamientos complicados (sangre) luego de limpieza por 15 minutos en detergente enzimatico, se lleva a esterilización en autoclave. Mantener siempre limpio el cuerpo de la fresa; No exceder la presión de aire Conservación y recomendada; No ponerla a funcionar sin fresa; No dejarla caer; realizar limpieza y almacenamiento desinfección Disposición final 13. INSTITUCIONES DE CONTROL Y VIGILANCIA DE LOS DISPOSITIVOS MEDICOS MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL: Ente regulador por excelencia un que se encarga de fijar normas y directrices en materia de protección social. Tiene como objetivos primordiales la formulación, adopción, dirección, coordinación, ejecución, control y seguimiento del sistema de la protección social. INVIMA: Institución de vigilancia y control de carácter técnico científico, que trabaja para la protección de la salud individual y colectiva de los colombianos mediante la aplicación de las normas sanitarias relacionadas con los productos de su competencia SUPERSALUD: Ente fiscalizador de los servicios de salud en el país. Página 25 de 26 REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS 1. JIMENEZ M. ALEJANDRA. Manual de uso y reuso. ESE Hospital San Francisco de Asís. San Francisco, Antioquia. 2013 2. GONZALEZ, SILVIA. Manual de Reuso. Universidad del Cauca. 2014. http://facultades.unicauca.edu.co/prlvmen/sites/default/files/procesos/PA-GU-7-MN3%20Manual%20de%20reuso.pdf 3. BARRANTES, CLAUDIA. Monografía para optar al Título de Especialista en Auditoría en Salud. Reuso de dispositivos en Odontología. Universidad CES. 2008. Disponible en: http://bdigital.ces.edu.co:8080/dspace/bitstream/123456789/337/2/Reuso_dispositivosen_o dontologia_claudia_barrantes.pdf 4. MINISTERIO DE PROTECCION SOCIAL. Decreto 4725 de 2005. El cual reglamenta el régimen de registros sanitarios, permiso de comercialización y vigilancia sanitaria de los dispositivos médicos de uso humano 5. COLOMBIANA DE SALUD. Manual de insumos y dispositivos odontológicos. 2012. Disponible en: http://colombianadesalud.org.co/ODONTOLOGIA/FORMATOS/MANUAL%20%20DE%20%20% 20INSUMOS%20%20%20ODONTOLOGICOS.pdf 6. PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA. Decreto 2200 de 2005. Por el cual se reglamenta el servicio farmacéutico y se dictan otras disposiciones 7. VITOLO FABIAN. Reutilización de dispositivos médicos de uso único. Aspectos médicos, regulatorios y legales. Biblioteca Virtual Noble. Argentina. Agosto de 2013. Disponible en: http://www.noble-arp.com/src/img_up/30102013.5.pdf 8. INVIMA. Acta 7 de 2009. Documentos que no requieren registro sanitario 9. PAZ, ARIELA. Control de stock de Insumos y Materiales dentales. 2014. Disponible en: http://es.slideshare.net/arielapazriosoteiza/insumos-medicos-odontologia FIN DEL DOCUMENTO CAMBIOS AL DOCUMENTO Fecha Junio de 2012 Abril 2013 Junio 2015 Modificación Documento Base. Elaborado por: Dra. Mirta Mejía L Revisado por: Comité de Tecnovigilancia. Dr. Luis Guillermo Fernández, Dr. Sergio Arévalo, Dra. Lucy López, Dr. Rusvelt Vargas, Dra. Adalgiza Alcoser, Dra. Marta Rebolledo Versión 02. Actualizado por: Dra. Mirta Mejía L Revisado por: Comité de Tecnovigilancia. Dr. Sergio Arévalo, Dra. Lucy López, Dra. Magdalena Gutiérrez, Dr. Fabián Brugés, Dr. Eduardo Navarro. Sra. Karol López Versión 03. Actualizado por: Dra. Mirta Mejía L Revisado por Dr. Luis Guillermo Fernandez Aprobado por: Comité de Tecnovigilancia y Farmacoviglancia. Dr. Luis Guillermo Fernandez, Dr. Eduardo Navarro, Dr. Argemiro Martínez Noya. Dr. Fabian Brugés, Dr. Carlos Gaitan Página 26 de 26
© Copyright 2024