VERSION: 0 MANUAL CODIGO DE ETICA PLANEACION ESTRATEGICA CODIGO: PE-MN-CODETICA FECHA: 26/Ago/2015 APROBADO MEDIANTE ACUERDO N° 2096 DE 2015 "Por el cual se adopta el nuevo Código de Ética, PE-MN-CODETICA, Versión 0" ÍNDICE DE CONTENIDO INTRODUCCIÓN 1.1 PROPÓSITO SUPERIOR 1.2. LA MEGA 1.3. ORIENTACIÓN ESTRATÉGICA DEL CÓDIGO DE ÉTICA 1.4. ORIENTACIÓN ESTRATÉGICA DE LA ENTIDAD 2.1. PRINCIPIOS ÉTICOS 2.2. VALORES CORPORATIVOS 3.1. PARTES INTERESADAS 3.2. COMPROMISOS DEL FNA 3.3. INSTANCIAS DE SEGUIMIENTO Y CONTROL 3.4. GESTIÓN ÉTICA 4. CONFLICTO DE INTERESES 5. CONDUCTAS DESEABLES 6. CONDUCTAS INACEPTABLES 7. GLOSARIO VERSION: 0 MANUAL CODIGO DE ETICA PLANEACION ESTRATEGICA CODIGO: PE-MN-CODETICA FECHA: 26/Ago/2015 INTRODUCCIÓN El presente Código de Ética fue elaborado con el concurso y activa participación de más de novecientas personas que prestan sus servicios al FNA en cuarenta y cuatro talleres (dos videos presenciales para todo el país) y ocho reuniones de trabajo con las áreas de trabajo que más cercanía tienen con el tema. La Constitución Política de Colombia en su artículo 269, dispuso: “En las entidades públicas, las autoridades correspondientes están obligadas a diseñar y aplicar, según la naturaleza de sus funciones, métodos y procedimientos de control interno, de conformidad con lo que disponga la ley, la cual podrá establecer excepciones y autorizar la contratación de dichos servicios con empresas privadas colombianas". La Ley 87 de 1993 estableció normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del Estado. Dentro de las políticas de desarrollo administrativo formuladas por el Departamento Administrativo de la Función Pública, encontramos el Decreto 2482 de 2012, “Por el cual se establecen los lineamientos generales para la integración de la planeación y la gestión”, cuyo objetivo principal es el de contribuir al Plan de Eficiencia Administrativa”. El Departamento Administrativo de la Función Pública expidió el 21 de mayo de 2014, el Decreto 943 por el cual se actualiza el Modelo Estándar de Control Interno – MECI; que contempla en su componente de talento humano las acciones referentes al desarrollo del talento humano y en especial sobre acuerdos, compromisos y protocolos éticos. Por otra parte, nos da pautas sobre los contenidos de este Código de Ética la circular 029/14 “INSTRUCCIONES GENERALES APLICABLES A LAS ENTIDADES VIGILADAS” en la PARTE I, TÍTULO I, ASPECTOS GENERALES, CAPÍTULO IV: SISTEMA DE CONTROL INTERNO, numerales: 4.1.2. , 4.1.2.1., 4.1.2.2., 4.1.2.3., 4.1.2.4., 4.1.2.5. Este documento está enmarcado dentro de la línea estratégica orientada a la generación de una cultura institucional que contribuye al cumplimento del “Plan Estratégico del FONDO NACIONAL DEL AHORRO” fundamentado en el autocontrol, la autogestión y la autorregulación, anteponiendo la ética en todas las decisiones sobre lo público en la Entidad generando la búsqueda de las metas orientadas por principios y valores. 1.1 PROPÓSITO SUPERIOR En el FNA hacemos realidad los sueños de los colombianos, generando progreso y mejorando su calidad de vida. VERSION: 0 MANUAL CODIGO DE ETICA PLANEACION ESTRATEGICA CODIGO: PE-MN-CODETICA FECHA: 26/Ago/2015 1.2. LA MEGA En el 2019, el FNA será una entidad con vocación real de servicio y un desempeño sobresaliente, entregando a sus afiliados la realización de sus sueños y generando valor para el país. 1.3. ORIENTACIÓN ESTRATÉGICA DEL CÓDIGO DE ÉTICA El Código de Ética busca fomentar y fortalecer la cultura organizacional en el FNA, mediante la práctica permanente de los principios éticos y los valores corporativos, con el propósito de lograr una efectiva contribución al mejoramiento continuo de la gestión institucional y la satisfacción de los clientes internos y los consumidores financieros, adoptando para ello la articulación de un modelo basado en la gestión por procesos y la mejora continua de los mismos mediante la aplicación del ciclo PHVA (Planear, Hacer, Verificar y Actuar) lo que facilita la identificación de esos elementos comunes.1 1.4. ORIENTACIÓN ESTRATÉGICA DE LA ENTIDAD El FNA fue creado mediante el Decreto Ley 3118 del 26 de diciembre de 1968 y reorganizado a través de la Ley 432 de 1998 como una empresa industrial y comercial del Estado de carácter financiero del orden nacional, organizada como establecimiento de crédito de naturaleza especial, con personería jurídica, autonomía administrativa y capital independiente, vinculada al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, cuyo objeto es administrar en forma eficiente las cesantías y ahorros y mejorar la calidad de vida de sus afiliados, a través del otorgamiento de créditos para vivienda y educación. 2.1. PRINCIPIOS ÉTICOS Los principios éticos son directrices internas y creencias básicas que orientan la forma en que debemos relacionarnos con los demás y con el entorno institucional. Estos principios se presentan como postulados para que quien presta sus servicios al FNA las asuma como pautas rectoras que orientan el desarrollo de sus actuaciones. La ética pública se refiere “a la disposición interna de quienes desempeñan funciones públicas para cumplir cabalmente con los postulados y mandatos de la Constitución y la Ley acerca de cómo debe ejercitarse dicha función, en términos de eficiencia, integridad, transparencia y orientación hacia el bien común”. Teniendo en cuenta lo anterior, el Presidente, el equipo directivo, los trabajadores y servidores del FNA orientan su comportamiento y el cumplimiento de sus funciones, de acuerdo con los principios de: igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, contemplados en el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia de 1991. VERSION: 0 MANUAL CODIGO DE ETICA PLANEACION ESTRATEGICA CODIGO: PE-MN-CODETICA FECHA: 26/Ago/2015 El FNA de acuerdo con su naturaleza jurídica, funciones y objetivos ha definido además los principios de Transversalidad, Actitud de Cambio, Actitud de Servicio, Responsabilidad Social, los cuales se ajustan a los preceptos de la Constitución Política de Colombia y al Sistema de Control Interno, así: - El interés general prevalece sobre el particular. Los bienes del FNA están al cuidado y servicio de todos. El FNA buscar mejorar las condiciones de vida de la población colombiana, promoviendo el acceso a la vivienda digna y a la educación. Propendemos por la obtención de resultados en la gestión y rendir cuentas a la sociedad. Actuamos conforme a los postulados de la Constitución y la Ley. Damos igual trato a todas las personas, reconociendo sus derechos, deberes y oportunidades sin discriminación. Actuamos armónica y coordinadamente para el logro de los objetivos. Protegemos la vida y el medio ambiente en todas sus formas. Servimos a la ciudadanía. 2.1.1. Transversalidad: Articular a todos los colaboradores de la organización con una visión de sistema, teniendo en cuenta el impacto que nuestra labor tiene en el trabajo de otros, para lograr un resultado eficiente al consumidor financiero. 2.1.2. Actitud de cambio: Ser conscientes de que tenemos nuevos y diferentes retos, para actuar de manera congruente con visión al futuro, innovando e implementando soluciones para el consumidor financiero. 2.1.3. Actitud de servicio: Mostrar disposición en todo lo que hacemos hacia el consumidor financiero, como razón de ser de nuestra organización. Nuestras acciones están orientadas a atender las necesidades del consumidor financiero. 2.1.4. Responsabilidad social: El compromiso y sentido de pertenencia que tenemos nos conduce a integrar las directrices de la Entidad, por el camino de construir sociedad. 2.2. VALORES CORPORATIVOS En el FNA entendemos por valores “aquellas formas de ser y de actuar de las personas que son altamente deseables como atributos o cualidades nuestras y de los demás, por cuanto hacen posible una convivencia gratificante en el marco de la dignidad humana”. Los Valores Corporativos en el FNA orientan el accionar de nuestras actividades diarias. 2.2.1. TOLERANCIA. En el FNA respetamos las opiniones, ideas o actitudes de las demás personas aunque no coincidan con las propias. Promovemos la capacidad de escuchar y aceptar a los demás, comprendiendo el valor y la importancia de generar VERSION: 0 MANUAL CODIGO DE ETICA PLANEACION ESTRATEGICA CODIGO: PE-MN-CODETICA FECHA: 26/Ago/2015 un ambiente armónico y productivo de trabajo. 2.2.2. RESPONSABILIDAD. Como valor que está en la conciencia de la persona, que le permite reflexionar y valorar las consecuencias de sus actos. 2.2.3. COMPROMISO. En el FNA lo definimos como la capacidad de nuestros servidores para tomar conciencia de la importancia que tiene el cumplir con el desarrollo de la labor encomendada para el logro del propósito superior entregando lo mejor de nosotros mismos. 2.2.4. RESPETO. Entendido como la actitud que nace con el reconocimiento del valor de una persona, relacionado con una habilidad o comportamiento. 2.2.5. TRABAJO EN EQUIPO. En el FNA somos un equipo que mediante estrategias, procedimientos y metodologías logramos las metas propuestas, respondiendo de esta manera a las expectativas y necesidades de la Entidad. 2.2.6. CONFIANZA. Nos enfocamos en trabajar por nuestro consumidor financiero y creemos firmemente que nuestros colaboradores son capaces de actuar en forma correcta en una determinada situación. 2.2.7. COLABORACIÓN. Buscamos que con el trabajo en conjunto de todos los colaboradores podamos conseguir nuestro propósito de servicio a cabalidad. 2.2.8. HONESTIDAD. Como cualidad humana de nuestros servidores en donde nos comportamos y expresamos con sinceridad y coherencia, respetando los valores de la justicia y la verdad. 2.2.9. CUMPLIMIENTO. Ejecutamos las labores de acuerdo con las exigencias y necesidades de nuestro consumidor financiero, con responsabilidad y conscientes de que la prioridad y el motor de nuestra organización, es nuestro compromiso con la sociedad. 2.2.10. INTEGRIDAD. Trabajamos y actuamos con carácter, teniendo en cuenta las expectativas que generamos en nuestro entorno, defendiendo siempre lo que es correcto e involucrando la actitud que nos conduzca al crecimiento individual y colectivo. 3.1. PARTES INTERESADAS El FNA reconoce como partes interesadas a: 3.1.1. Afiliados al Fondo Nacional del Ahorro. VERSION: 0 MANUAL CODIGO DE ETICA PLANEACION ESTRATEGICA CODIGO: PE-MN-CODETICA FECHA: 26/Ago/2015 3.1.2. Presidencia de la República, Ministerios, Entidades Públicas. 3.1.3. Junta Directiva, empleados públicos, trabajadores oficiales, contratistas, miembros del sindicato, trabajadores en misión, practicantes, pasantes y proveedores del FNA. 3.1.4. Entidades de control, vigilancia y fiscalización de entidades públicas e instituciones financieras. 3.1.5. Administradoras de cesantías, instituciones de ahorro y de otorgamiento de créditos para vivienda y educación. 3.1.6. Ciudadanos y organizaciones de la sociedad civil. 3.1.7. Colombianos en el exterior. 3.1.8. Universidades. 3.1.9. Empleadores de empresas privadas. 3.2. COMPROMISOS DEL FNA 3.2.1. Compromiso con las normas SARLAFT: El FNA se compromete al cumplimiento de las normas relacionadas con el SARLAFT, tales como las expedidas por el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, por la Superintendencia Financiera de Colombia, así como las políticas y lineamientos establecidos por la Junta Directiva del FNA y el MANUAL DEL CONSUMIDOR FINANCIERO. Las políticas contra el Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo –SARLAFT– consignadas en el MANUAL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DEL RIESGO DE LAVADO DE ACTIVOS Y DE LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO adoptado por el FNA, se incorporan al presente Código. 3.2.2. Compromiso con la protección de la propiedad intelectual y los derechos de autor: El FNA velará porque se respeten las normas de protección de la propiedad intelectual y derechos de autor, estableciendo lineamientos antipiratería de manera que se excluya de la entidad el uso de cualquier tipo de software o archivo de audio y video que no esté debidamente licenciado. 3.2.3. Compromiso de la administración con la seguridad de la información: La administración del FNA, entendiendo la necesidad de establecer un Sistema de Gestión de Seguridad de la Información, se compromete al manejo adecuado y la protección de la información a través de: 3.2.3.1. Implantar y mantener el Sistema de Gestión de Seguridad de la Información para gestionar el cumplimiento de los objetivos de seguridad, alineado con los VERSION: 0 MANUAL CODIGO DE ETICA PLANEACION ESTRATEGICA CODIGO: PE-MN-CODETICA FECHA: 26/Ago/2015 objetivos estratégicos del FNA. 3.2.3.2. Gestionar la seguridad de la información en sus tres componentes: las personas, los procesos y la tecnología. 3.2.3.3. Salvaguardar los tres principios de seguridad de la información: la Confidencialidad, la Disponibilidad y la Integridad de los activos de información del FNA. 3.2.4. Compromiso de confidencialidad: El FNA se compromete a velar porque los trabajadores al servicio de la Entidad que conozcan y manejen información clasificada y reservada, la mantengan protegida, evitando que sea accedida por personal no autorizado, no la publiquen, ni den a conocer a terceros, o la utilicen para fines diferentes a los establecidos en la entidad o las funciones asignadas según el cargo. 3.2.5. Compromiso de Disponibilidad: El FNA se compromete a velar porque los trabajadores al servicio de la Entidad que se encuentren autorizados, tengan acceso a la información y a los recursos relacionados con ella, cuando y donde se requiera. 3.2.6. Compromiso de Integridad: El FNA se compromete a velar porque los trabajadores al servicio de la Entidad, manejen de manera precisa, coherente y completa la información clasificada y reservada, desde su creación hasta su destrucción, garantizando que la información y los métodos de procesamiento se conserven precisos y completos. 3.2.7. Compromiso de los trabajadores con la seguridad de la información: Es deber de los trabajadores al servicio del FNA guardar la reserva y discreción sobre los datos del consumidor financiero de la entidad la cual es catalogada como información clasificada (privada y sensible), por lo tanto, no podrá ser divulgada a ninguna persona, ni reproducida por ningún medio, salvo solicitud de autoridad competente, judicial o administrativa; caso en el cual la información solicitada será tramitada a través del Representante Legal, del Oficial de Cumplimiento Principal o Suplente o de las áreas responsables de atender este tipo de requerimientos. De igual manera, es deber de los trabajadores al servicio del FNA guardar la reserva y discreción sobre cualquier información confidencial relacionada con la situación propia de la Empresa, que en razón del ejercicio de sus funciones conozca u obtenga. Así mismo, no revelarán ni transferirán a terceras personas las tecnologías, metodologías, know how, y secretos industriales, comerciales o estratégicos que pertenezcan al FNA, sus consumidores financieros o proveedores a los que haya tenido acceso con ocasión de su cargo. El trabajador al servicio del FNA debe también cuidar la información que por razón de su cargo o función conserve bajo su custodia o a la cual tenga acceso, impidiendo o evitando la sustracción, destrucción, VERSION: 0 MANUAL CODIGO DE ETICA PLANEACION ESTRATEGICA CODIGO: PE-MN-CODETICA FECHA: 26/Ago/2015 el ocultamiento o utilización indebidos. Los trabajadores del FNA deben conocer y aplicar las políticas de seguridad de la información y las responsabilidades frente al uso y protección de los activos de información, consignadas en el Manual de Políticas de Seguridad de la Información, GTO-MN-SEGURIDAD INF, adoptadas por el FNA, las cuales se incorporan al presente código. Se garantiza el derecho a la privacidad siempre que la utilización de la infraestructura del FNA obedezca exclusivamente a asuntos de carácter laboral, o una utilización diferente haya sido autorizada por un Vicepresidente de la entidad. 3.2.8. Compromiso con la gestión: El (la) Presidente y su Equipo Directivo, se comprometen a destacarse por su competencia, integridad, transparencia y responsabilidad pública, actuando con objetividad y profesionalismo, guiando las acciones de la Entidad hacia el cumplimiento del Propósito Superior y La Mega 2019 en el contexto de los fines sociales del Estado, formulando las directrices, acciones y estrategias necesarias para el cumplimiento de los objetivos misionales. Asimismo, se comprometen con un modelo de gestión eficiente en el manejo de los recursos, control de la calidad, seguridad de la información, control de actividades delictivas, la planeación con un modelo de operación por procesos y un sistema de evaluación y control que propenda por el mejoramiento continuo. 3.2.9. Compromiso con la integridad: El FNA realiza sus actividades de conformidad con los principios enunciados en la Constitución, en los estatutos, en el Reglamento Interno, en el presente Código de Ética y en las demás normas vigentes, orientadas hacia una gestión íntegra, con principios y valores éticos frente a todos sus grupos de interés. 3.2.10 Compromiso para la erradicación de prácticas corruptas: El FNA adopta prácticas contra la corrupción y obra de acuerdo con la Constitución Política, la Ley, la Política Antifraude y demás normas que la reglamentan, para lo cual ha creado y creará compromisos tendientes a evitar estas prácticas por parte de sus servidores públicos y contratistas, preservando la moralidad, integridad y transparencia en la administración pública. En el desarrollo de esta directriz de lucha anticorrupción, la Entidad vincula a la ciudadanía por medio de los mecanismos de participación ciudadana para el control social de la gestión, en especial, a través de la rendición de cuentas a la ciudadanía. Adicionalmente, el FNA colabora interinstitucionalmente suministrando la información solicitada por entidades que se encuentren legitimadas en la lucha contra la corrupción en coordinación con los organismos de vigilancia control y la supervisión de las autoridades judiciales. VERSION: 0 MANUAL CODIGO DE ETICA PLANEACION ESTRATEGICA CODIGO: PE-MN-CODETICA FECHA: 26/Ago/2015 3.2.11 Control Frente a las Actividades Delictivas: Los servidores públicos del FNA están obligados a cumplir las normas y procedimientos de control adoptadas por la Entidad en el manual SARLAFT y en las demás normas que rigen la materia, con el fin de prevenir cualquier utilización del FNA como instrumento para el ocultamiento, manejo, inversión o aprovechamiento, en cualquier forma, de dinero u otros bienes provenientes de actividades delictivas o ilícitas y evitar la canalización de recursos hacia la realización de actos terroristas. Cualquier situación que conozcan los servidores públicos del FNA y que en su criterio se salga de los parámetros normales, así no se encuentre contemplada en el manual SARLAFT, en el MANUAL DEL CONSUMIDOR FINANCIERO ni en ninguna otra norma, deberá ser puesta en conocimiento del Oficial de Cumplimiento, quien deberá ejecutar las acciones que le competan conforme a la Ley o los reglamentos. 3.2.12. Interiorización del Código de Ética: Se establece a través del presente Código el compromiso para que las actitudes, prácticas y formas concretas de actuación de los servidores del FNA correspondan a la aplicación de los principios éticos y valores en la cotidianidad. Una vez divulgado el presente Código, es fundamental que cada área de la entidad, reflexione sobre la importancia de dar ejemplo en la aplicación de principios en grupos de trabajo que se vean reflejados en las labores diarias. El Comité de Ética de la Entidad vigilará por el cumplimiento a cabalidad de este documento. Por lo anterior, el Comité de Ética y la Secretaría General orientarán y coordinarán el desarrollo de las actividades que permitan interiorizar, compartir y enriquecer la cultura organizacional, fortalecida con la aplicación permanente de lo definido en el Código de Ética. El Comité de Ética del FNA llevará a cabo el “Diseño y Ejecución del Plan de Mejoramiento así como la creación, el monitoreo y medición de indicadores con los ajustes e identificación de los logros obtenidos. 3.3 INSTANCIAS DE SEGUIMIENTO Y CONTROL La evaluación y control de las actividades de los servidores públicos y los trabajadores de la Entidad serán ejercidas externamente por el control social, político, fiscal, civil, penal y disciplinario, e internamente por el Comité de Ética y el seguimiento a cargo de la Oficina de Control Interno de Gestión, garantizando de esta forma la eficiencia y eficacia en la gestión administrativa. Será el Comité de Ética el encargado de hacer un análisis anual sobre la percepción ética y la práctica de las mismas en el FNA a través de los instrumentos de percepción ética establecidos en el Decreto 943 de 2014, específicamente en el Manual Técnico del Modelo Estándar de Control de Interno a través del modelo de Gestión Ética para Entidades del Estado de USAID.2 VERSION: 0 MANUAL CODIGO DE ETICA PLANEACION ESTRATEGICA CODIGO: PE-MN-CODETICA FECHA: 26/Ago/2015 Los acuerdos colectivos sobre actitudes, prácticas y formas concretas de actuación conocidos como los “Compromisos Éticos por áreas organizacionales” que asumen los servidores públicos de cada una de las áreas de primer nivel del FNA serán motivados por el Comité de Ética y el “Equipo Agentes del Cambio” de la entidad, con base en los principios y valores enunciados en el presente Código de Ética, de acuerdo con las especificidades de la respectiva área en cuanto a sus funciones, competencias y públicos con los que se relaciona. 3.4 GESTIÓN ÉTICA El FNA manifiesta su clara disposición de autorregularse, para lo cual se compromete a encaminar sus actividades de conformidad con los principios enunciados en la Constitución Política, las normas vigentes y el presente Código de Ética, orientándose hacia una gestión íntegra, con principios y valores éticos frente a todos sus grupos de interés, asumiendo el compromiso irrenunciable con el bien común sobre los intereses particulares. Los servidores del FNA se comprometen a rechazar beneficios originados en contratos, concesiones, actuaciones y decisiones que celebre, otorgue o produzca la entidad, por lo tanto no acepta ni solicita, directamente o a través de terceros, regalos, donaciones, favores, propinas, dádivas, beneficios o atenciones de cualquier tipo, y de personas que busquen acciones de carácter institucional en virtud del beneficio ofrecido. 4. CONFLICTO DE INTERESES Conflicto de interés es una situación en la cual una persona que en razón de su actividad debe tomar una decisión, se enfrenta a una contraposición entre los intereses institucionales y los intereses propios, situación que puede afectar su imparcialidad en el proceso de toma de decisiones. La presencia de conflictos de interés no es en sí misma censurable, lo que es censurable y lo que determina un tratamiento legal es la forma como el individuo resuelve el conflicto de interés que se le presenta frente a una situación concreta, pues proceder bajo una situación de conflicto de interés sin manifestarlo, contraría y vulnera disposiciones de derecho positivo y contractual. El FNA se compromete a aplicar en forma permanente todos necesarios para garantizar la prevención, manejo, divulgación conflictos de interés, adoptándose como instrumentos idóneos para condición de imparcialidad del funcionario en el proceso de toma declaratoria de impedimento y la recusación. los mecanismos y resolución de hacer efectiva la de decisiones la Cada vez que a un trabajador se le presente o se genere un conflicto de interés, este está en la obligación de comunicarlo inmediatamente y por escrito al respectivo superior jerárquico y en todo caso abstenerse de aprobar o ejecutar el acto u VERSION: 0 MANUAL CODIGO DE ETICA PLANEACION ESTRATEGICA CODIGO: PE-MN-CODETICA FECHA: 26/Ago/2015 operación generadora del conflicto; el superior jerárquico tomará la decisión y designará un tercero para dirimir el conflicto manifiesto. En el caso que el funcionario afectado pertenezca a un grupo colegiado, deberá manifestar el conflicto de interés que se presenta ante los demás miembros del grupo del cual hace parte, con el fin de que estos mediante decisión adoptada por mayoría absoluta determinen si el funcionario puede tomar la decisión o realizar el acto u operación generadora de conflicto o debe apartarse de la toma de la decisión. Si el trabajador que se encuentra en una situación de conflicto de interés no se declara impedido o no manifiesta la situación de conflicto, esta deberá ser puesta de manifiesto mediante el mecanismo de la recusación y podrá ser apartado del conocimiento o toma de decisión o eventualmente autorizado para continuar su gestión. Es política de la Entidad, la eliminación y superación de todo conflicto de interés que pueda tener lugar en desarrollo del giro ordinario de los negocios. Por lo tanto, so pena de incurrir en las sanciones previstas en el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, todo funcionario con acceso a información restringida y confidencial tiene el deber legal de abstenerse de realizar cualquier operación que dé lugar a un conflicto de interés. Es responsabilidad de los directores, representantes legales, revisores fiscales y en general todos los funcionarios, actuar bajo los principios de independencia, imparcialidad, objetividad y competencia en el desarrollo de sus funciones. Todos los directivos, administradores, funcionarios deberán evitar cualquier situación que pueda involucrar un conflicto entre sus intereses personales y los de la Entidad, para lo cual deberán seguir las siguientes reglas: 4.1. Los directores, representantes legales, revisores fiscales y en general todos los funcionarios no deben hacer uso de su tiempo fuera del Fondo Nacional del Ahorro en actividades que propicien o toleren un conflicto de intereses en detrimento de los intereses del Fondo Nacional del Ahorro o que deterioren el buen desarrollo del objetivo comercial del Fondo Nacional del Ahorro o su buen nombre. 4.2. Ningún funcionario del Fondo Nacional del Ahorro podrá ofrecer, solicitar, ni aceptar gratificaciones en transacciones o negocios que involucren a la entidad. 4.3. Está prohibido a todos los funcionarios del Fondo Nacional del Ahorro administrar negocios a título personal de clientes de la Entidad que impliquen conflicto de intereses. 4.4. Igualmente los funcionarios del Fondo Nacional del Ahorro no podrán ser contraparte ni representantes de consumidores financieros ante la Entidad y en VERSION: 0 MANUAL CODIGO DE ETICA PLANEACION ESTRATEGICA CODIGO: PE-MN-CODETICA FECHA: 26/Ago/2015 consecuencia, les está prohibido realizar operaciones por cuenta de los mismos. 4.5. No es permitido que los funcionarios utilicen su sitio y elementos de trabajo para manejar o promover negocios a título personal o en provecho de terceros. 4.6. No es permitido que los familiares de los miembros de la Junta Directiva, hasta el cuarto grado de consanguinidad, sean empleados del Fondo Nacional del Ahorro aun en calidad de misionales o que tengan contratos de cualquier tipo con la Entidad. 4.7. Anualmente, la Presidencia solicitará a los funcionarios que considere pertinente que declararen si presentan Conflictos de interés con algún grupo de interés del Fondo Nacional del Ahorro. 5. CONDUCTAS DESEABLES Quien preste sus servicios al FNA, cualquiera que sea su tipo de vinculación laboral, como proveedor o trabajador en misión, deberá observar y aplicar las consideraciones establecidas así: 5.1. Honrar la palabra empeñada, fomentando el cumplimiento de los principios éticos y los valores corporativos por medio de su compromiso y actuación. 5.2. Atender con celeridad y sin dilaciones las PQR´S. (preguntas, quejas y reclamos), derechos de petición y acciones de cumplimiento. 5.3. Coadyuvar a través de los conocimientos acreditados o adquiridos al mejor desarrollo de las actividades de cada uno de los procesos, socializando con los compañeros de área cualquier información que ayude a la mejora de los procesos. 5.4. Tratar sin discriminación de raza, género, preferencia sexual, limitación física, creencia religiosa o política a los consumidores financieros, proveedores y compañeros de trabajo, reconociendo la dignidad, los valores, los principios y pensamientos de todo ser humano. 5.5. El Fondo Nacional del Ahorro espera de quienes prestan sus servicios a la Entidad, un excelente comportamiento dentro y fuera de las instalaciones, teniendo en cuenta que el funcionario debe ser ejemplo a seguir para la sociedad. 5.6. Practicar la comunicación asertiva para evitar las habladurías y los comentarios de pasillo que dañan a los demás. 5.7. Dar el mejor uso a los bienes de la Entidad dentro o fuera de sus instalaciones 5.8. Informar al jefe inmediato el grado de parentesco formal que se tenga o establezca con otros trabajadores de la Entidad, hasta el cuarto grado de VERSION: 0 MANUAL CODIGO DE ETICA PLANEACION ESTRATEGICA CODIGO: PE-MN-CODETICA FECHA: 26/Ago/2015 consanguinidad y cuarto de afinidad, o que sean candidatos para el ingreso a la Entidad o que deseen acceder a servicios de la misma. 5.9. Contribuir a que en su área de influencia se conozca, entienda y aplique el código de Ética del FNA. 6. CONDUCTAS INACEPTABLES Como pautas orientadoras no taxativas, se enuncian a continuación algunas situaciones que pueden generar conflicto de interés y que por lo tanto deben evitarse: 6.1. Proponer o aceptar cualquier tipo de atenciones, dinero, dádivas o regalos, cuando estos comprometan o afecten el buen juicio a la hora de tomar decisiones. 6.2. Participar en la toma de decisiones que puedan generar un beneficio particular específico o un beneficio indebido para sí o para terceros, favoreciendo intereses que no sean relativos al bien común. 6.3. Participar en cualquier actividad interna o externa que sea incompatible con las funciones de los trabajadores y que afecten los intereses y la imagen de la Entidad. 6.4. Abusar de su condición de directivo o empleado para obtener beneficios personales, de proveedores, contratistas y consumidores financieros. 6.5. Utilizar el nombre, razón social, sigla, marca, denominación de servicios, productos, instalaciones o elementos del Fondo Nacional del Ahorro para actividades particulares. 6.6. Ofrecer sus servicios, experiencia profesional o conocimientos a clientes y consumidores financieros de la Entidad para obtener beneficios personales. 6.7. Realizar cualquier operación utilizando información confidencial en provecho personal o de terceros. 6.8. Abusar de los dispositivos móviles en el horario de trabajo para asuntos personales. 6.9. Ultrajar la dignidad humana, agredir, maltratar, dar trato ofensivo o desconsiderado en especial el acoso laboral y el acoso sexual a personas que presten sus servicios al Fondo Nacional del Ahorro. 6.10. Asistir al lugar de trabajo en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias psicoactivas. VERSION: 0 MANUAL CODIGO DE ETICA PLANEACION ESTRATEGICA CODIGO: PE-MN-CODETICA FECHA: 26/Ago/2015 6.11. Distribuir o consumir sustancias prohibidas o controladas en el lugar donde presta sus servicios. 6.12. Permitir a consumidores financieros, proveedores, contratistas y funcionarios del Fondo Nacional del Ahorro la elusión, evasión y fraude fiscal. 6.13. Realizar proselitismo político y religioso en el sitio de trabajo. 6.14. Realizar ventas de multinivel o por catálogo en horas laborables, así como cadenas de ahorro económico, pirámides y cualquier receptación de dinero de consumidores financieros, proveedores, contratistas, trabajadores en misión y funcionarios del Fondo Nacional del Ahorro. 6.15. Abusar de la posición jerárquica para entorpecer o no permitir el desarrollo del presente Código de Ética. 6.16. Colocar a una persona en conflicto de interés. 6.17. Generalizar en los llamados de atención al equipo de trabajo cuando de conductas indeseables se trata; se deben individualizar las responsabilidades. 6.18. Crear falsas exceptivas respecto del alcance de los productos y servicios ofrecidos por el Fondo Nacional del Ahorro, así como los tiempos de respuesta y atención al consumidor financiero. 6.19. Inducir al consumidor financiero a realizar pagos no autorizados. Este Código de Ética es para usted, el acatamiento a estas disposiciones, contribuirá a que tengamos una mejor relación entre compañeros de trabajo y a la prestación de un mejor servicio a los consumidores financieros, cumpliendo de esta forma nuestro propósito superior. VERSION: 0 MANUAL CODIGO DE ETICA PLANEACION ESTRATEGICA CODIGO: PE-MN-CODETICA FECHA: 26/Ago/2015 7. GLOSARIO PROPÓSITO SUPERIOR: reemplaza la anterior misión del FNA LA MEGA 2019: reemplaza la anterior visión del FNA NORMAS SARLAFT: Manual Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo. COMITÉ DE ÉTICA: conformado por los directivos de primer nivel del FNA, define las políticas del programa de gestión ética, sirve como instancia de interpretación de los códigos de buen gobierno y del presente Código de Ética ante los conflictos éticos que se puedan presentar entre otras funciones. EQUIPO AGENTES DEL CAMBIO: son funcionarios que gozan de legitimidad y reconocimiento sobre su idoneidad para la conducción de un proceso de cambio; apoyan la labor del diagnóstico ético, la elaboración del Código de Ética y los compromisos éticos entre otras funciones; promueven además la conformación de promotores de prácticas éticas.3 GRUPO COLEGIADO: existe para asegurar la continuidad y permanencia de las políticas y los lineamientos aun cuando cambian o se remuevan los titulares de los cargos u oficios públicos que lo integran. Asimismo, no se trata de una o varias personas físicas, sino de la sumatoria de personas, con atribuciones específicas y los medios que están a su disposición para su funcionamiento en este caso la Junta Directiva del FNA.4 RECUSACIÓN: acto procesal que tiene por objeto impugnar legítimamente la actuación de un juez en un proceso, cuando una parte considera que no es apto porque su imparcialidad está en duda.5 P.Q.R.´S: Preguntas, quejas, reclamos, solicitudes. ACCIÓN DE CUMPLIMIENTO: "Toda persona podrá acudir ante la autoridad judicial para hacer efectivo el cumplimiento de una ley o un acto administrativo. En caso de prosperar la acción, la sentencia ordenará a la autoridad renuente el cumplimiento del deber omitido". La acción de cumplimiento fue desarrollada mediante la Ley 393 de 1997.6 DERECHO DE PETICIÓN: Está consagrado en la Constitución Política de Colombia como fundamental, es decir, que hace parte de los derechos de la persona humana y que su protección judicial inmediata puede lograrse mediante el ejercicio de la acción de tutela. El derecho de petición es el que toda persona tiene para presentar solicitudes ante las autoridades o ante ciertos particulares y obtener de ellos una VERSION: 0 MANUAL CODIGO DE ETICA PLANEACION ESTRATEGICA CODIGO: PE-MN-CODETICA FECHA: 26/Ago/2015 pronta resolución sobre lo solicitado.7 COMUNICACIÓN ASERTIVA: consiste en expresar en forma clara lo que piensa, siente o necesita, teniendo en cuenta los derechos, sentimientos y valores de sus interlocutores. ELUSIÓN: La elusión hace referencia a las conductas del contribuyente que busca evitar el pago de impuestos utilizando para ello maniobras o estrategias permitidas por la misma ley o por los vacíos de esta. La elusión no es estrictamente ilegal puesto que no se está violando ninguna ley, sino que se está aprovechando mediante una interpretación en ocasiones amañada o caprichosa, situación que es permita por una ley ambigua o con vacíos.8 EVASIÓN: hace referencia a las maniobras utilizadas por los contribuyentes para evitar el pago de impuestos violando para ello la ley.9 FRAUDE FISCAL: El fraude fiscal se produce cuando se finge respetar la ley pero realmente se utilizan métodos ilícitos para darle otro sentido a lo escrito en la ley. El fraude fiscal también es conocido como defraudación.10
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