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ASOCIACIÓN SINDICAL DE INSTITUTORES
NORTESANTANDEREANOS
ASINORT
Fundada el 27 de Septiembre de 1958 Personería Jurídica N° 01623 Octubre 18/1960
FILIAL DE FECODE - CUT
NIT.890.501.681-5
COMUNICADO AL MAGISTERIO DEL
NORTE DE SANJTANDER
San José de Cúcuta, 28 de octubre de 2015
La Junta Directiva presenta un saludo fraternal al magisterio de Cúcuta y el Norte de Santander.
Pasado el debate electoral,
esperamos
que los nuevos mandatarios
establezcan
dentro
de sus
agendas, el trabajo mancomunado para fortalecer la Educación Pública como pilar fundamental del
desarrollo social. Esperamos mantener unas relaciones de independencia y respeto para garantizar la
defensa de los legítimos derechos de los educadores y la comunidad educativa, propiciando siempre
el dialogo como mecanismo importante en la solución de los graves problemas que afectan la
prestación del servicio educativo, especialmente por la falta de una financiaciacion adecuada para la
capacitación docente, nombramiento
del personal administrativo,
seguridad para la comunidad
educativa, adecuación apropiada de la infraestructura, comedores escolares, transporte escolar,
desarrollo tecnológico que garantice un mejoramiento
continuo de la prestación del servicio
educativo y los resultados académicos de calidad. Las administraciones
deberán garantizar
igualmente el legítimo derecho a la movilización y la protesta cuando se trate de reclamar derechos
no conquistados a través de la concertación.
LA SALUD PRIORIDAD PARA EL MAGISTERIO •
. La crisis de la prestación del servicio de salud en el país y en particular del magisterio en Colombia, es
sin lugar a dudas uno-de los problemas más álgidos que afectan la dignidad de los docentes. Nuestro
departamento no escapa a las grandes dificultades por el incumplimiento reiterado a los términos del
contrato por parte de la UTO del Oriente -. Fundación Médico Preventiva, pero igualmente por la
forma como el gobierno a través de la fiduprevisora no controla la ejecución de los contratos de
manera eficaz, pues ha pretendido desinformar a la opinión pública queriendo responsabilizar a los
sindicatos y la federación de la escogencia de las entidades contratistas cuando de sobra se sabe que
el gobierno es quien tiene fa mayoría en la dirección del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del
Magisterio y es a ellos a quienes les compete auditar y garantizar que el servicio sea oportuno, de
calidad y que .de no cumplirse los términos les compete sancionar o tomar los correctivos a las
entidades contratistas y'para ello existe el Comité Regional de Prestaciones Sociales del Magisterio en
cada departamento que es el mecanismo legal que debe ser garante del servicio.
En Norte de Santander se logró la expedición del acto administrativo Resolución 01226 del 20 de
Marzo de 2015 que crea el Comité departamental de salud, con participación de la dirigencia de las
diferentes provincias y que se reúne mensualmente para tratar los temas de incumplimiento de los
términos del contrato, quedando facultado para elevar ante el Comité Regional las principales
falencias e incumplimiento por parte de las entidades contrañstás. Además en cada. provincia deben
funcionar los comités de veedores qué contribuyen a verificar-el-cumplimiento
de los contratos y
coadyuvar a los docentes que expresan sus quejas e inconformidades por escrito, ante la oficina de
atención al usuario de la entidad.
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En cada municipio los Secretarios de Salud de las subdirectivas, deben recepcionar la copia de las
quejas presentadas por los docentes y establecer las reuniones y la comunicación que se requieran
con la dirección de la entidad contratista UTO- Fundación Medico Preventiva o la Foscal, para que se
resuelvan las peticiones de los docentes; en caso de no encontrar respuestas satisfactorias remitirlas
a la Junta Directiva Central- Secretaria de salud para intervenir ante la dirección de la entidad o
tratarlas en los comités de salud que se reúnen mensualmente. En caso de que este procedimiento no
sea suficiente elevar esta queja al Comité regional quien debe resolver su intervención ante la
Fiduprevisora para que proceda en correspondencia a darle aplicación a las respectivas sanciones si
son del caso.
Convocamos al magisterio a presentar las quejas por escrito ante la entidad y hacernos llegar copia
para darle tramite al respectivo requerimiento.
Ante la nueva licitación que se encuentra en marcha, creemos indispensable que la dirección del
Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, tenga en cuenta lo pactado con Fecode a raíz
del paro nacional " LA GESTION DE ADJUDICACION, IMPLEMENTACION y VIGILANCIA DEL
CUMPLIMIENTO DE LOS CONTRATOS CONTARA, EN TODO SU TRAMITE, CON LA VEEDURIA DE LOS
SIGUIENTES ORGANISMOS: EL MINISTERIO DE SALUD, LA SUPERINTENDENCIA DE SALUD, LA
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLlCA, LA, PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION y FECODE"
de otra manera no se ejercerá la transparencia en la importante tarea de escoger el prestador del
servicio de salud que pueda garantizar una efectiva prestación del servicio de salud a los educadores.
El magisterio rechaza la actitud de la Ministra de Educación, quien quiere desviar el debate sobre la
prestación del servicio de salud, para seguir impulsando la entrega del servicio a las multinacionales
especialmente de capital español, promoviendo la desconfianza y la ineficacia del modelo de salud
exceptuado para los docentes, pretendiendo con ello golpear al magisterio con el libre mercado del
servicio tal como lo establece la Ley 100 y avanzando en criterios para acabar el actual Fondo con el
interés de privatizarlo y afectar aun mas las prestaciones sociales de los educadores.
'Ante este panorama manifestamos nuestro respaldo a la Federación en el sentido de convocar al
magisterio a estar enestado de alerta para participar en la Movilización del magisterio si persiste la
intención del gobierno nacional de no brindar garantías de salud para el magisterio colombiano.
DESCANSO PARA LOS,FUNCIONARIOS PUBLlCOS INCLUYENDO LOS DOCENTES POR PARTICIPAR
COMO JURADOS DE VOTACION Y EJERCER EL DERECHO AL VOTO.
A pesar de los criterios y conceptos jurídicos encontrados entre la registradurla, el Consejo Nacional
Electoral y la Corte Constitucional sobre el derecho de descanso por participar en el proceso
electoral, llegarnos-a
la conclusión que la interpretación favorable al trabajador es la que debe
prevaíecer y es en el' reherado pronunciamiento del Consejo Nacional Electoral en el que establece
que un funcionario público tiene derecho a disfrutar de un día de descanso como compensación por
haber prestado el servicio como jurado durante los cuarenta y cinco días siguientes al certamen
electoral tal como lo establece el artículo 105 del Código electoral y de manera independiente a
disfrutar de medio día por haber ejercido el voto y haber obtenido el certificado respectivo tal como
lo establece la Ley 403 de 1997_en los 30 días siguientes a la fecha de votación.
Así las cosas para
quienes fueron jurados la interpretación
favorable es que !ie~en derecho a disfrutar de un día
medio de descanso V quienes, solo votaron,
descanso de 'medió día que se concertarán con los
directivos docentes.
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ACTUALlZACION DE APORTESA LA COLECTA
GREMIAL DE SOLIDARIDAD MUTUAL.
Para los pensionados retirados del servicio, que al 31 de Diciembre de 2012 venían vinculados a la
colecta gremial de solidaridad mutual, les reiteramos que el plazo para ponerse al día vence el 31 de
Octubre de 2015. Posterior a esta fecha no podrán ponerse al día por aplicación de los estatutos. De
la misma manera les solicitamos a todos los docentes actualizar el formato para asignar los
beneficiarios de los recursos cuando el docente fallece. La Junta Directiva inició el proceso de
actualización y sistematización de la afiliación de los docentes a este importante beneficio colectivo.
Convocamos al magisterio a seguir fortaleciendo
la unidad tal como lo hemos demostrado
nuestras actividades especialmente en las masivas participaciones en la movilización
expresada en el Paro Nacional del Magisterio realizado en Abril y Mayo del presente año.
en todas
y la lucha
AGUINALDO HIJO DEl EDUCADOR
Se informa a los docentes
afiliados ASINORT, que no han inscrito a sus hijos; el Plazo límite para
entrega de requisitos para el Aguinaldo Hijo del Educador: lunes 23 de Noviembre de 2015, hasta
las 6:00 p.m.
•
Registros civiles de los niños y niñas entre O y 7 años (01 enero de 2008 hasta la fecha.)
•
Último desprendible de pago del Docentes o Directivo Docente cotizante de ASINORT.
¡LA UNIDAD ES NUESTRA FORTALEZA PARA DEFENDER NUESTROS DERECHOS!
Fraternalmente,
POR LA JUNTA DIRECTIVA.
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