ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO Gobierno Municipal de Aguadilla Oficina Asamblea Municipal Ordenanza Nina.50 Serie: 1971-72 Ordenanza de la Honorable Asamblea Municipal adoptando escudo de armas y banderas para el Municipio de Aguadilla, P.R. POR CUANTO: Aguadilla se fund6 en 1775, siendo Gobernador el Coronel don Miguel de Muesas y S.M. Carlos III de Bier-44641- el MonarOokiaffir ca reinante; POR CUANTO: Su parroquia fue puesta bajo la advocaciOn de San Carlos Borromeo y Santa Maria de la Victoria, razon por la cual se llam6 San CArlos de la Aguadilla; POR CUANTO: La reina Isabel II le otorgO en 1890 el titulo de "Leal Villa" en recompensa a las especiales pruebas de patriotismo dadas con motivo de la Guerra de Africa; POR CUANTO: Aguadilla es conocida en el habla popular por el nombre de "La Villa del Ojo" por el "ojo de agua", un manantial que surje desde tiempo inmemorial cerca del centro del pueblo y se caracteriza tambien por los montes de Jaicoa que se levantan a espaldas del caserio; POR CUANTO: Aguadilla fue siempre un importante puerto de mar, clave de comunicaciones y notorios por el comercio exterior; POR CUANTO: En Aguadilla se rechazaron con el fuego de las baterias y del Fuerte de la /ConcepciOn, ataques de corsaries ingleses y colombianos en 1797, 1801, 1819 y 1825, respectivamente; POR CUANTO: Aguadilla ha sido cuna de tantas insignes figuras que han honrado a todo Puerto Rico en las artes, las ciencias, las letras, el derecho, la milicia y la administraciOn palica; POR CUANTO: El Municipio de Aguadilla desea celebrar dignamente su 200 aniversario que se acerca, lo cual implica grandes preparativos a tal fin, incluyendo la necesidad de poseer un escudo de armas y bandera propios que repreduzcan la identidad aguadillana; POR CUANTO: El adoptar estos simbolos soberanos pata municipios radica en la actualidad y en Puerto Rico, en las HOnorables Asambleas Municipales, en representaciOn por elecciOn de su ciudadania; POR CUANTO: El Instituto de Cultura Puertorriquefia exhonta a los municipios de la Isla a adoptar simbolos propios; POR CUANTO: Esta Asamblea Municipal instruyO a su Secretario para realizar las gestiones al efecto, delegado este dicha encomienda en el senor Herman Reichard Esteves, Catednitico Asociado de la Universidad Interamericana de Puerto Rico, Colegio Regional de Aguadilla, quien a su vez recabo y obtuvo a los fines sefialados la cooperacion del Dr. J. J. Santa-Pinter de Arga de Melitena, de la Academia Internationale de Heraldique, Catedratico Asociado de la Universidad de Puerto Rico, Colegio Universitario de Cayey y, para la concepciOn artistica, del seno• Alberto Vadi, pintor y escultor aguadillano, quienes por espacio de un ago labraron en el proyecto de organizar un escudo de armas y banderas pata el Municipio de Aguadilla, P.R.; PL.g. 2 POR TANTO: ORDENASE POR ESTA HONORABLE ASAMBLEA MUNICIPAL DE AGUADILLA, P.R. LO SIGUIENTE: Articulo fro: Adoptar, como por la presente se adoptan, el escudo de armas y la bandera en la forma en que han sido presentados los proyectos preparados por el Dr. J. J. Santa-Pinter de Arga de Melitena y el senor Alberto VAdi y el senor Herman Reichardo Est eves. Articulo 2do: La descripcion heraldica del escudo es la siguiente: "Escudo cuadrilogo con angulos inferiores terminados en punta en el centro inferior, cuartelado, dexter jefe, argent, manantial azufre y gualda cargado de montaaa de tres picos, vert. jefe sinister, argent, cargado de una nao gualda y de gules sobre franjas argent y azufre. Base Dexter, argent cargado de una torre almenada, or, mazonada de sable y aclarada de gules sobre franja azufre, cargada de una estrella de cinco puntas, or, Bordura de gules catgada de letras, or, LEAL VILLA DE SAN CARLOS DE LAAGUADILLA, y la fechas 1775 en base dexter y 1860 en base sinister. Por timbre una corona mural de cuatro torres, or, mazinada de sable y aclarada de gules, forro purpure. El todo cargada de dexter y sinister de ramas vert, tronco gualdaV Articulo 3ro: El simbolismo del escudo es el siguiente: CantOn derecho superior (izquierdo para el que lo mira) cargado del "Ojo de AguaU tan caracterfstico de nuestro Municipio con los montes de Jaicoa, igualmente caracteristicos de Aguadilla; en el canton superior izquierdo (derecho para el que lo mira) la nave histOrica en navegacion indica la tradiciOn marftima de Aguadilla asf como la referencia al descubrimiento de Puerto Rico y eventual desembarco del Gran Almirante don Cristobal ColOn en las cercanias del Municipio. En el canton inferior derecho la torre contra emergida del mar indica los hechos de armas contra los atacantes, corsarios ingleses en 1797 y 1801 y colombianos en 1819 y 1825 y representa la generosa constancia con que se ofrece la vida por la patria. En el canton inferior izquierdo la estrella dorada sobre fondo azul significa a tantos insignes aguadillanos que en los distintos campos del sber humano, arte, letras, derecho, ciencias y demas actitudes se han destacado. El texto en la bordura LEAL VILLA DE SAN CARLOS DE LA AGUADILLA evoca con las fechas 1775 y 1860 tanto la fundaciOn del municipio como el tftulo de "Leal Villa" otorgado por la reina Isabel II. Las ramas verdes significan victoria y triunfo por los hechos antes mencionados asl como una evocaciOn de la Santfsima Vfrgen de la Victoria. La corona mural de cuatro torres indica el ca, racter de Villa del Municipio. Articulo 4to: Los c olores empleados en el escudo tienen el siguiente significado: El color rojo (de gules en henadica) de la bordura significa valor, audacia e intrepidez; derramamiento de sangre del enemigo; honor, fidelidad y generosidad. El azul (azure) del mar, elemento bAsico de Aguadilla, representado por franjas ondulantes azules y blancas, asi como en el campo de la faja de la estrella, simboliza hermosura, serenidad, caridad, justicia, libertad. El oro (or) de la leyenda, la nao, la torre y la estrella significa riqueza, fuerza, fe, pureza y constancia. El fondo blanco (argent) significa templanza y verdad, mientras que el oro y gualda (tenne, o sea amarillo) junto con el rojo hacen referencia a Espaiia, sus colores, el monarca Carlos III, reinante en la epoca de la fundaciOn del Municipio por el Coronel don Miguel de Muesa, gobernador a la sazOn de Puerto Rico. El verde (vert o sinople) de las montarias significa esperanza abundancia, libertad; en las ramas se refiere a las victorias obtenidas contra los corsarios y en las lides intelectuales, asf como una evocaciOn de Santa Maria de la Victoria. La pUrpura en el forro de la corona mural indica dignidad ciudadana. PAg. 3 Articulo 5to: La bandera, de tamaao reglamentario, consiste en dos fajas horizontales de igual tamafio, la superior de color azul y la inferior de color oro, los colores predominantes en el escudo, colocAndose en el centro de la misma el escudo de Aguadilla descrito en los Articulos precedentes. Articulo 6to: El escudo y bandera asi adoptados serAm usados oficialmente para recalcar la personalidad de nuestro Municipio a fines de identification y su uso por la ciudadania en general sera reglamentado oportunamente. Articulo 7mo: La bandera municipal ondeara sobre el edificio de la Alcaldia y sera exhibida en toda ocasiOn solemne y oficial junto con las banderas colocindose en medio de ellas. Articulo 8vo: El Municipio procedera a la confecciOn de papeles, membrete, recibos y dems papeles de uso oficial con el escudo municipal, asi como a confeccionar la bandera municipal. Articulo 9no: A los fines correspondientes, copia certificada de esta ordenanza y del escudo de armas y la bandera adoptados por la misma ser:in remitidas a quienes corresponda. Articulo 10:El original del escudo de armas de Aguadilla, aprobado por esta Ordenanza sera firmado por debajo por los miembros de la Asamblea Municipal, el Honorable, Alcalde, sus creadores y autores del Dr. J. J. Santa-Pinter de Arga del Militena, el Profesor Herman Reichard Esteves, el artista Alberto Vadi y dema's personas que han intervenido positivamente en su tramitaciOn y quedar6 exhibido para eterna memoria en un lugar de la Alcaldia que la Asamblea o el Honorable Alcalde designe. Articulo 11:Los gastos que se incurran para llevar los propOsitos de esta Ordenanza ser,in pagados de la partida de imprevisto. ADOPTADA POR LA HONORABLE ASAMBLEA MUNICIPAL DE AGUADILLA PUERTO RICO HOY: DIA 29 DE JUNTO DE 1972. EDUARDO CABAN SEC. MUNICIPAL CRISTINO CABAN AVILES PRESIDENTE ASAMBLEA MUNICIPAL APROBADA POR EL HONORABLE ALCALDE EN EL 30 DE JUNTO DE 1972. EMILIO CEREZO MUNOZ ALCALDE
© Copyright 2024