16/11/15 Panoramalegisla-voactualdelaResponsabilidad Medioambiental:aquién,cómoycuándoafectala evaluaciónderiesgosmedioambientalesylagaran?a obligatoria. LuisBlancoUrgoi3–AVEQ-KIMIKA Bilbao,19denoviembrede2015 ¿Qué es la química? 1 16/11/15 Lac-cacid C3H6O3 Hydroxylapa-te Ca5(PO4)3(OH) <pH5,5 Streptococcusmutans Glucose C6H12O6 ¿Qué es la industria química y qué son los productos químicos? 2 16/11/15 Petróleo crudo TerapiadeFluoruro Azufre (S) PetróleosdelNorte,S.A. BefesaValoriz.Azufre,S.A. www.befesa.com www.petronor.com Fluorurodesodio (NaF) ElectroquímicadeHernani,S.A. SalComún (NaCl) Fluorita ÁcidoSulfúrico (H2SO4) Hidróxidodesodio (NaOH) DerivadosdelFlúor,S.A. www.ddfluor.com (CaF2) 3 16/11/15 Fluorapa-te Ca5(PO4)3F Sodium fluoride Dental Health (by WHO) 4 16/11/15 Dental Health (by WHO) GDP and Life expectancy (by country) Source: http://www.gapminder.org GDP and Life expectancy by country: www.bit.ly/q9vwuD 5 16/11/15 GDP and Dental Health (by country) Fuente:hYp://www.gapminder.org Source: http://www.gapminder.org GDP and Dental Health by country: www.bit.ly/cbe3Bf CloruroSódico+Agua→Cloro+Hidrógeno+HidróxidoSódico NaCl+H2O→Cl2+H2+NaOH Etane3ol+Hidrógeno→Etano+Sul]ídricoàSul]ídrico+Oxígeno→Azufre+agua C2H5SH+H2→C2H6+H2SàH2S+O2→S+H2O Azufre+Oxígeno→DióxidodeazufreàDióxidodeazufre+Oxígeno→Trióxidode azufreàTrióxidodeazufre+agua→ácidosulfúrico S+O2→SO2àSO2+O2→SO3àSO3+H2O→H2SO4 Ácidosulfúrico+fluorita→ÁcidoFluorhídrico+SulfatoCálcico H2SO4+CaF2→HF+CaSO4 HidróxidoSódico+ÁcidoFluorhídrico→FluorurodeSodio+Agua NaOH+HF→NaF+H2O 6 16/11/15 1ª Parte: planteamiento - DesastredeAznalcóllar:25deabrilde1998 - BorradorLey:junio1998 - 1ªjornadaKIMIKA:sept.1998 - Direc-va2004/35/CE: ¡ResponsabilidadObje-va! Aznalcóllar 1ª Parte: planteamiento Ley26/2007,de23deoctubre,deResponsabilidadMedioambiental( BOEnº255de24-10-07) RealDecreto2090/2008,de22dediciembre,porelqueseapruebael ReglamentodedesarrolloparcialdelaLey26/2007,de23deoctubre,de ResponsabilidadMedioambiental.(BOEnº30823-12-2008) Ley40/2010,de29dediciembre,dealmacenamientogeológicodedióxidode carbono(BOEnº317de30-12-10) OrdenARM/1783/2011,de22dejunio,porlaqueseestableceelordende prioridadyelcalendarioparalaaprobacióndelasórdenesministerialesapar-r delascualesseráexigiblelacons-tucióndelagaran?afinancieraobligatoria, previstasenladisposiciónfinalcuartadelaLey26/2007,de23deoctubre,de ResponsabilidadMedioambiental.(BOEnº154de29-06-11) 7 16/11/15 1ª Parte: planteamiento RealDecreto-ley8/2011,,de1dejulio,demedidasdeapoyoalosdeudores hipotecarios,decontroldelgastopúblicoycancelacióndedeudascon empresasyautónomoscontraídasporlasen-dadeslocales,defomentodela ac-vidadempresarialeimpulsodelarehabilitaciónydesimplificación administra-va.(BOEnº161de07-07-11) Ley11/2014,de3dejulio,porlaquesemodificalaley26/2007,de23de octubre,deResponsabilidadMedioambiental(BOEnº162de04-07-14) RealDecreto183/2015,de13demarzo,porelquesemodificaelReglamento dedesarrolloparcialdelaLey26/2007,de23deoctubre,deResponsabilidad Medioambiental,aprobadoporelRealDecreto2090/2008,de22de diciembre(BOEnº83de07-04-15) Ley33/2015,de21desep-embre,porlaquesemodificalaLey42/2007,de 13dediciembre,delPatrimonioNaturalydelaBiodiversidad( BOEnº227de22-09-15) Responsabilidad Objetiva Directiva 2004/35/CE - Responsabilidad“sinculpa”…comoenPrevención deRiesgosLaborales. - Reparacióncompleta:costesnotasados,ni acotados. - Afectaatodoslossectoresdeac-vidad. 8 16/11/15 2ª Parte: el nudo Ley 26/2007 - Ámbitodeaplicación:TODASlasempresas. Ar$culo3.Ámbitodeaplicación. 1.EstaLeyseaplicaráalosdañosmedioambientalesyalasamenazasinminentesdeque talesdañosocurran,cuandohayansidocausadosporlasacAvidadeseconómicaso profesionalesenumeradasenelanexoIII,aunquenoexistadolo,culpaonegligencia. Yelpunto8delAnexoIII,haceinú-lestodoslosdemáspuntos: 8.Lafabricación,uAlización,almacenamiento,transformación,embotellado,liberaciónenel medioambienteytransporteinsitude: a. Sustanciaspeligrosas[…] b. Preparadospeligrosos[…] Respectoalaresponsabilidadobje-vay…¿quémás? 2ª Parte: el nudo Ley 26/2007 - ….RespectoaTOooooODOlodemás: - Garan?afinancieraobligatoriasilamone-zacióndelriesgosupera 300K€ó2M€,conEMASóISO-14001:1996(sic,“vigente”desde2014). - Y,paradeterminarelmontantedelriesgo: ANÁLISISDERIESGOSMEDIOAMBIENTALES… ¿Todos?,sí,todos.... ¿cómosabessituriesgoessignifica-vosinoloevaluas? 9 16/11/15 2ª Parte: el nudo Ley 26/2007 - Entradaenvigor:DisposiciónFinalCuartadelaLey 26/2007,quedicequelaentradaenvigorla obligacióndelagaran?afinancieraseestablecerá, juntoconuncalendarioespecíficodeadaptación paraac-vidadesexistentes,porOrdendel MinisteriodeMedioAmbientequeseaprobará“a parArde30deabrilde2010”. 2ª Parte: el nudo… se va enredando RealDecreto2090/2008-Determinacióndelacuan?a Métododeanálisis Aprobadopor... Condicionesparausarlo Verific Determina ación ción defini-va Segúnnorma UNE150.008 Yaaprobadapor Ninguna AENOR Sí Gobierno Vasco InformeSectorial Ministeriode Existauninforme MedioAmbiente sectorial Sí Gobierno Vasco ModelosdeInforme deRiesgos AmbientalesTipo («MIRAT») Ministeriode ExistaunMIRATsectorial Sí MedioAmbiente Gobierno Vasco Tabladebaremos Ministeriode Sectoresmuy No MedioAmbiente homogéneoso PYMESconriesgos “limitados,iden3ficables yconocidos” Gobierno Vasco 10 16/11/15 2ª Parte: el nudo… se va enredando RealDecreto2090/2008-Determinacióndelacuan?a ¿Cuántas evaluaciones de riesgos medioambientales se iban a presentar en Gobierno Vasco? 2ª Parte: el nudo… se va enredando OrdenARM/1783/2011–Priorización Art. 1 Objeto.- Esta orden tiene por objeto establecer el orden de prioridad y el calendario para la aprobación de las órdenes ministeriales previstas en la disposición final cuarta de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental, en las que se fijará la fecha a partir de la cual será exigible la garantía financiera obligatoria de las actividades económicas y profesionales del anexo III de la misma: Prioridad 1: Entre junio 2013 y junio 2014 Prioridad 2: Entre junio 2014 y junio 2016 Prioridad 3: Entre junio 2016 y junio 2019 11 16/11/15 2ª Parte: el nudo… se va enredando OrdenARM/1783/2011–Priorización Prioridad 1: • Seveso (¡RD 840/2015!) • (IPPC 1.1) Instalaciones de combustión con una potencia térmica de combustión superior a 50MW. • (IPPC 5.1) Instalaciones para la valorización de residuos peligrosos Prioridad 2: • • • • • • • Coquerías Refino de Petróleo Fundición y acero IPPC Vertederos IPPC (IPPC 4.2d) Instalaciones químicas Explosivos IPPC Farmacéuticas IPPC Prioridad 3: Todas las demás…. Por ejemplo, comercio al por menor... 2ª Parte: el nudo… se va parcheando RDL8/2011 Uno. Se añade un nuevo apartado d) al artículo 28, con la siguiente redacción: «d) Los operadores de las actividades que cumplan con los criterios y condiciones de exclusión que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con la disposición final tercera, quedarán exentos de constituir garantía financiera obligatoria, y por tanto de elevar una propuesta a la autoridad competente para la aplicación del procedimiento previsto en el artículo 24.3.» Dos […] Tres. Se añade un nuevo párrafo al apartado 1 del artículo 30 con la siguiente redacción: «La cobertura de la garantía financiera obligatoria nunca será superior a 20.000.000 euros. En cualquier caso la constitución de esta garantía por la cobertura máxima no exime a los operadores de elevar una propuesta a la autoridad competente para la aplicación del procedimiento previsto en el artículo 24.3.» 12 16/11/15 3ª Parte: el desenlace LEY11/2014 Norma de rango legal que reforma la Ley 26/2007 para simplificar algunos de los aspectos más polémicos y, específicamente, habilitar al Gobierno para eximir a la mayor parte de los sectores afectados por la obligación de entregara a la Administración su evaluación de riesgos ambientales y de constituir la garantía financiera. 3ª Parte: el desenlace RealDecreto183/2015 Modifica el art 37 RD 2090/2008 únicamente estén obligados a constituir las garantías las siguientes actividades: • • • Actividades SEVESO (RD 840/2015) Actividades IPPC (Ley 16/2002 / RD 815/2013). Instalaciones de residuos mineros (RD 975/2009) 5 años Comisión técnica de prevención y reparación de daños medioambientales elabore un estudio para una ampliación del listado de empresas obligadas a constituir las garantías. 13 16/11/15 3ª Parte: el desenlace RealDecreto183/2015 Calendario de exigibilidad de las garantías financieras. La exposición de motivos anuncia que tras la entrada en vigor del Real Decreto se iniciará la tramitación de una orden ministerial fijando la fecha a partir de la cual será exigible la constitución de la garantía financiera obligatoria para las actividades de prioridad 1 y 2 (según la clasificación realizada en la Orden ARM 1783/2011). Para las de prioridad 3, la orden se publicará entre 2016 y 2019, manteniendo el calendario establecido en la Orden ARM 1783/2011. 3ª Parte: el desenlace RealDecreto183/2015 Importe de las garantías financieras. Se mantiene la exigencia de calcular el importe a través de un análisis de riesgos (sin perjuicio de la posibilidad de utilizar tablas de baremos, MIRATs o guías metodológicas), pero se modifica la metodología. Se introduce el concepto “índice de daño medioambiental”, que tras ser calculado para cada escenario de accidente de acuerdo con el anexo III del Real Decreto, se multiplica por la probabilidad de ocurrencia. Así se obtiene el nivel de riesgo asociado a todos los escenarios. Esto elimina la necesidad de monetizar cada uno de los escenarios, algo que se consideraba complicado y gravoso 14 16/11/15 3ª Parte: el desenlace RealDecreto183/2015 Importe de las garantías financieras. Los escenarios se ordenan de mayor a menor riesgo, seleccionando aquellos que representen el 95% del riesgo total. De ese listado se toma aquél que tenga mayor índice de daño medioambiental, que es el que debe monetizarse (exclusivamente éste): coste del proyecto de reparación primaria. Sobre este coste se aplican las exenciones de 300K€ y 2M€. Para determinar el importe de la garantía obligatoria, a ese coste de reparación primaria se debe sumar el coste de prevención y evitación, el cual siempre debe ser al menos el 10% del importe de la garantía (no el 10% del coste de reparación primaria). Para calcular este “extra” existen dos posibilidades: Aplicar un porcentaje sobre el total de la garantía o estimar el coste a través del análisis de riesgos. 3ª Parte: el desenlace RealDecreto183/2015 Importe de las garantías financieras. Debe recordarse que la responsabilidad no queda limitada al importe de la garantía, cuyo máximo obligatorio nunca será superior a 20.000.000 € (voluntariamente se podrá aumentar esa cantidad). El operador responde de manera ilimitada, es decir, debe cubrir todo el coste de la reparación sea cual sea el importe garantizado. 15 16/11/15 3ª Parte: el desenlace RealDecreto183/2015 Procedimiento de constitución de la garantía Se elimina la obligación de que el análisis de riesgos sea validado por un verificador externo y ya la Administración la que fija el importe de la garantía a la vista de la propuesta del operador. La empresa debe presentar una declaración responsable de haber realizado las operaciones previstas en el reglamento para fijar el importe de la garantía, que contendrá, como mínimo, la información que se incluye en el nuevo anexo IV del reglamento. En realidad, este anexo es un formulario preparado para realizar la declaración. La Administración puede obligar a la actualización del importe de la garantía cuando así lo exija de manera motivada. 4ª Parte: … ¿y ahora? Orden….. Prioridad 1 à 1 año Prioridad 2 à 2 años Prioridad 3 à Mantienen su calendario… en teoría. 16 16/11/15 Milaesker! 17
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