• El objetivo es unificar las reglas y procedimientos para dicha

Ciudad de México, a 12 de febrero de 2016
INAI/036/16
PUBLICA INAI LINEAMIENTOS PARA QUE SUJETOS OBLIGADOS ATIENDAN
REQUERIMIENTOS, OBSERVACIONES, RECOMENDACIONES Y CRITERIOS QUE EMITA


El objetivo es unificar las reglas y
procedimientos para dicha finalidad
Deberán ser acatados por cualquier
autoridad, entidad, órgano y organismo
de los poderes Ejecutivo, Legislativo y
Judicial, órganos autónomos, partidos
políticos,
fideicomisos
y
fondos
públicos, así como cualquier persona
física, moral o sindicato que reciba y
ejerza recursos públicos o realice actos
de autoridad en el ámbito federal
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos
Personales (INAI) publicó los lineamientos que deberán cumplir los sujetos obligados
para atender los requerimientos, observaciones, recomendaciones y criterios que emita
este órgano garante en materia de transparencia y acceso a la información.
La Ley General de Transparencia prevé la homologación de principios, criterios y
procedimientos que garanticen el ejercicio del derecho de acceso a la información en el
ámbito nacional y establece que el Instituto expedirá los lineamientos necesarios para el
ejercicio de sus atribuciones.
En ese sentido, el objetivo es establecer y unificar las reglas y procedimientos a seguir
por los sujetos obligados en el ámbito federal, para atender dichos requerimientos,
observaciones, recomendaciones y criterios.
Asimismo, establecer las reglas y el procedimiento para que los organismos garantes de
las entidades federativas conozcan los criterios de interpretación emitidos por el INAI,
los cuales son de carácter orientador.
La unificación de las reglas y procedimientos permitirá a los sujetos obligados atender
de mejor manera las comunicaciones que se les realice, a través de herramientas
electrónicas.
Con las reglas y procedimientos se pretende también establecer un módulo de
comunicación, entre los sujetos obligados y el Instituto, a fin de lograr un seguimiento
efectivo que contribuya a la substanciación adecuada de los recursos de revisión
interpuestos por los particulares.
Los lineamientos entrarán en vigor a partir del 5 de mayo próximo y deberán ser
acatados por cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes Ejecutivo,
Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos
públicos, así como cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza
recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito federal.
-o0o-