bases del concurso - Coca

PROMOCIÓN “Vale Otra”
BASES Y CONDICIONES
La presente acción promocional, denominada “Vale Otra” (en adelante, la “Promoción”)
es organizada por Servicios y Productos Para Bebidas Refrescantes S.R.L (en adelante, el
“Organizador”). La Promoción se rige por las bases que se establecen a continuación (en
adelante, las “Bases”), las cuales podrán consultarse en el diario La Nación del 15 de
febrero de 2016 en www.coca-cola.com.ar y/o llamando gratuitamente al 0800-888-8888.
1. Aceptación de las Bases: La participación en la Promoción atribuye la condición de
participante única y exclusivamente en la medida en que se cumplan las condiciones
establecidas en las Bases e implica la aceptación plena e incondicional de lo dispuesto en
las Bases.
2. Condiciones para ser Participante: Podrán participar en la Promoción las personas
físicas mayores de 18 años de edad, con excepción de: (1) personal del Organizador, de
los embotelladores de Coca-Cola, de las agencias publicitarias y/o de promoción y/o de
cualquier otro proveedor de productos o servicios involucrados en la presente Promoción;
(2) los ex-empleados de los antedichos que se hubieren desvinculado dentro de los 30
días anteriores a la fecha de comienzo del Plazo de Vigencia tal como se lo define más
adelante; y (3) los cónyuges y/o parientes hasta el 2° grado de consanguinidad o afinidad
de los mencionados en (1) y (2), ya sea que lo hagan en nombre propio o de terceros.
3. PROMOCIÓN SIN OBLIGACIÓN DE COMPRA Para participar de la Promoción
no existe obligación de compra. Quien presente cualquier día durante el Plazo de
Vigencia – tal como se define este en el punto 5 de las Bases - en los centros de
participación gratuita establecidos por el Organizador en todas las ciudades de más de
50.000 habitantes, entre las 10:00 hs. y las 14:00 hs., un dibujo original, hecho a mano y
en colores de la botella de Coca-Cola, que incluya al dorso el nombre y apellido, tipo y
número de DNI, domicilio, teléfono y correo electrónico, podrá retirar de un recipiente,
sin mirar, una tapa dorada que podrá o no tener un premio. Se entregará hasta una tapa
por día y por persona bajo esta modalidad. La comprobación de la autenticidad y del
estado de los dibujos estará a cargo, exclusivamente, de un representante autorizado
designado a tal efecto por el Organizador. Las decisiones del representante autorizado
relativas a la autenticidad de los dibujos serán inapelables, y en el mismo acto se
procederá a anular el o los dibujos invalidados. Se podrán consultar los centros de
participación gratuitas más cercanos al respectivo domicilio llamando gratuitamente al
0800-888-8888 y/ o a través de la página web del Organizador www.coca-cola.com.ar
4. Empaques y productos participantes: Participan de la Promoción únicamente los
envases cuyas tapas sea de color dorado de los siguientes productos y empaques y
exclusivamente en los siguientes territorios (“Los Productos Participantes”): (a) en las
provincias de San Juan, San Luis, Córdoba, Santa Fe, Entre Ríos, Mendoza; La Pampa,
Neuquén, Rio Negro, Santa Cruz, Chubut y en los siguientes partidos de la Provincia de
Buenos Aires: 25 de Mayo, 9 de Julio, Adolfo Alsina, Adolfo González Chávez, Alberti,
Arrecifes, Azul, Bahía Blanca, Benito Juárez, Bolívar, Bragado, Capitán Sarmiento,
Carlos Casares, Carlos Tejedor, Chacabuco, Chivilcoy, Colón, Coronel de Marina
Leonardo Rosales, Daireaux, Florentino Ameghino, General Álvarez, General Arenales,
General La Madrid, General Las Heras, General Lavalle, General Pinto, General
Viamonte, General Villegas, Guamini, Hipólito Yrigoyen, Junín, Laprida, Las Flores,
Leandro N. Alem, Lincoln, Monte Hermoso, Olavarría, Patagones, Pehuajó, Pellegrini,
Pergamino, Púan, Rivadavia, Rojas, Saavedra, Salliqueló, Salto, Tapalqué, Tornquist,
Trenque Lauquen, Tres Arroyos, Tres Lomas, Villarino y San Nicolas participan CocaCola 500 ml PET, Coca-Cola Light 500 ml PET, Coca-Cola Zero 500 ml PET y
Coca-Cola Life 500 ml PET (b) en CABA y los municipios de Avellaneda, Esteban
Echeverría, Ezeiza, San Martín, Hurlingham, Ituzangó, José C. Paz, La Matanza, Lanús,
Lomas de Zamora, Malvinas Argentinas, Merlo, Moreno, Morón, San Fernando, San
Isidrio, San Miguel, Tigre, Tres de Febrero, Vte, López, Baradero, Campana, Capital
Sarmiento, Carmen de Areco, Escobar, Exaltación de la Cruz, Gral Rodriguez, Lujan,
Mercedes, Pilar, San Andrés de Giles, San Antonio de Areco, San Pedro, Suipacha y
Zárate, y en los partidos y municipios de Quilmes, Berazategui, Florencio Varela, Alte.
Brown, Pte. Perón, San Vicente, Brandsen, La Plata, Berisso, Ensenada, Magdalena,
Punta Indio, Chascomús, Lezama, Castelli, Dolores, Maipú, Tordillo, Gral. Guido, Gral.
Lavalle, Gral. Madariaga, Municipio de la Costa, Pinamar, V. Gesell, Lobos, Cañuelas,
Gral. Belgrano, Gral. Las Heras, Gral. Paz, Las Flores, Marcos Paz, Monte, Navarro,
Roque Pérez, Saladillo, Pila, Ayacucho, Rauch, Tandil, Necochea, Lobería, San
Cayetano, Gral. Pueyrredón, Gral. Alvarado, Balcarce y Mar Chiquita participan CocaCola 600 ml PET, Coca-Cola Light 600 ml PET, Coca-Cola Zero 600 ml PET (c) en
las provincias de Jujuy, Santiago del Estero, Tucumán, Catamarca, La Rioja, Formosa,
Chaco, Corrientes, Misiones y las ciudades de Reconquista y Avellaneda (provincia de
Santa Fé) participan Coca-Cola de 375 ml, Coca-Cola 600 ml y 500 ml PET, CocaCola Light 600 ml y 500 ml PET, y Coca-Cola Zero 500ml y 600 ml PET
5. Territorio y Plazo de Vigencia de la Promoción: La Promoción tendrá vigencia en
toda la República Argentina excepto la provincia de Salta desde el 15 de febrero de 2016
hasta el día 18 de marzo de 2016, ambas fechas inclusive (el “Plazo de Vigencia”) o hasta
agotar el stock de 1.860.000 (un millón ochocientos sesenta mil) premios, lo que ocurra
primero. Luego de finalizado el Plazo de Vigencia no se podrán presentar tapas para ser
canjeadas por Premios en los centros de canje.
6. Stock de premios: (a) 350.000 (trescientas cincuenta mil) botellas de Coca-Cola de
600 ml PET, (b)565.000 (quinientas sesenta y cinco mil) botellas de Coca-Cola de 500
ml PET, (c) 30.000 (treinta mil) botellas de Coca-Cola 375 ml Vidrio no retornable,
(d)140.000 (ciento cuarenta mil) botellas de Coca-Cola Light de 600 ml PET, (e) 282.500
(doscientas ochenta y dos mil quinientas) botellas de Coca-Cola Light 500 ml PET, (f)
175.000 (ciento setenta y cinco mil) botellas de Coca-Cola Zero de 600 ml PET, (g)
282.500 (doscientos ochenta y dos mil quinientas) botellas de Coca-Cola Zero de 500 ml
PET (h) 30.000 (treinta) mil botellas de Coca-Cola Life de 600 ml PET.
7. Mecanismo de participación y determinación de los potenciales ganadores: Será
potencial acreedor del premio consistente en otra unidad de la bebida del empaque que se
trate la persona que, al destapar una botella de cualesquiera de Los Productos
Participantes encuentre en el interior de la tapa ganadora (“La/ Las Tapa/s Ganadora/S”)
alguna de las siguientes leyendas de acuerdo al empaque respectivo: (a) en los empaques
de Coca-Cola 500 ml PET y Coca-Cola 600 ml, Coca-Cola Zero 600ml PET, Coca-Cola
Zero 500 ml PET, Coca-Cola Light 600ml PET, Coca-Cola Light 500 ml PET y CocaCola Life 600 ml PET las leyendas ganadoras podrán ser “Vale Coca-Cola 500” y/o
“Vale Coca-Cola 600”, (b) en los empaques de Coca-Cola Light 500ml PET la leyenda
ganadora será “Vale Coca Light 500”,(c) en los empaques de Coca-Cola Light 600 ml
PET la leyenda ganadora será “Vale Coca Light 600”, (d) en los empaques de Coca-Cola
Zero de 500 ml PET la leyenda ganadora será “Vale Coca Zero 500”, (e) en los empaques
de Coca-Cola Zero de 600 ml PET la leyenda ganadora será “Vale Coca Zero 600”, (f) en
los empaques de Coca-Cola Life de 600 ml PET la leyenda ganadora será “Vale Coca
Life 600” (g) en los empaques de Coca-Cola de 375 ml vidrio no retornable la leyenda
será “Vale Coca 375”.
8. Medidas de Transparencia y Seguridad en la determinación de los potenciales
ganadores: La inserción de Las Tapas Ganadoras en la línea de embotellado de Los
Productos Participantes será llevada a cabo en presencia de un escribano público, quien
dará fe de la transparencia del acto.
9. Asignación del premio. Gastos: Presentando la Tapa Ganadora, que deberá ser auténtica
y estar en perfecto estado, en los centros de canje asociados a la Promoción, el participante
podrá obtener el Premio respectivo. Los centros de canje asociados a la Promoción pueden
consultarse gratis en www.coca-cola.com.ar o por teléfono llamando de lunes a viernes
hábiles al 0-800-888-8888 de 8:30 a 12:30 y de 14:00 a 17:30 horas. El premio
correspondiente será entregado en el momento de la entrega de la Tapa Ganadora por parte
del participante. Todos los premios que no hubiesen sido asignados a ganador alguno
permanecerán en poder del Organizador.
Todos los gastos en que deban incurrir los potenciales ganadores a los fines del uso y goce del
premio respectivo al que se hubieran hecho acreedores) correrán por su exclusiva cuenta y serán
de entera responsabilidad de éstos. El Organizador será responsable por ningún gasto o costo
derivado del uso del premio de que se trate.
10. Probabilidad matemática de obtener los premios: La probabilidad matemática
aproximada de los participantes de obtener el cada uno de los premios descriptos en el
punto 6 de estas Bases es de 1 en 4.
11. Interpretación.
Cualquier situación que pudiera plantearse con relación a la Promoción y que no
estuviera expresamente resuelta por estas bases y condiciones, será únicamente dirimida
por el Organizador conforme a derecho y sus decisiones serán inapelables, obteniendo
previamente para ello la autorización de Lotería Nacional S.E en caso de
corresponder.
Asimismo cualquier divergencia que surja entre un participante y el Organizador
producto de la interpretación, ejecución y decisiones a las que se refiere el punto anterior,
serán dirimidas por y ante los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de Buenos Aires.
Cualquier duda que los participantes puedan tener en relación con la mecánica de la
promoción podrán comunicarse con el organizador llamando sin cargo al 0800-888-8888.
Cuando circunstancias no previstas lo justifiquen, El Organizador podrá cancelar,
suspender o modificar estas Bases y la Promoción, obteniendo previa autorización de
Lotería Nacional S.E y comunicando tal circunstancia por los mismos medios por los
que se dan a conocer estas Bases luego de obtenida dicha autorización. Cualquier
cuestión no prevista en estas Bases será dirimida por el Organizador, sin perjuicio de la
facultad de contralor de Lotería Nacional S.E. y los derechos que por ley asistan a los
participantes.
Todo Premio no asignado de acuerdo a lo dispuesto en estas Bases se considerará vacante
y permanecerá en poder del Organizador. En caso de que por cualquier motivo ajeno al
Organizador, una vez asignado el Premio el ganador no retirare el premio
correspondiente, perderá todo derecho al goce del Premio, el que quedará vacante y en
poder del Organizador.
12. Datos personales. Servicios y Productos para Bebidas Refrescantes S.R.L., con
domicilio en Paraguay 733, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, respeta el derecho
de los participantes de esta Promoción a la protección de sus datos personales, los cuales
están amparados por la Ley de Protección de Datos Personales N° 25.326. La base de
datos es responsabilidad de Servicios y Productos para Bebidas Refrescantes S.R.L y se
encuentra debidamente registrada. El participante que desee suprimir o conocer los datos
de su persona que constan en la misma, actualizarlos o rectificar errores, deberá
comunicarse por correo al domicilio indicado más arriba. Sus datos sólo serán utilizados
a los efectos del desarrollo de ésta Promoción y luego serán suprimidos de la mencionada
base. La inexactitud o falsedad de los datos suministrados por el participante, o la
ausencia de alguno de ellos, invalidarán su participación en la Promoción. El titular de
los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en
forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés
legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley Nº 25.326.
La DIRECCION NACIONAL DE PROTECCION DE DATOS PERSONALES, Órgano
de Control de la Ley Nº 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos
que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de
datos personales.
13. Jurisdicción: Por cualquier cuestión judicial que pudiera derivarse de la realización
de la Promoción, los participantes y el Organizador se someterán a la jurisdicción de los
tribunales nacionales ordinarios de las Ciudad de Buenos Aires. Coca-Cola, Coca-Cola
Light, Coca-Cola Zero y Coca-Cola Life son marcas registradas de The Coca-Cola
Company.