REGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN: “DIA DE LA MADRE COCA COLA: TARJETAS DE REGALO POR 100MIL COLONES” I. DEFINICIONES Consumidor/Participante: Persona física que, como destinatario final, adquiere, disfruta o utiliza los productos participantes y participa en la presente promoción. Ganador: Consumidor que, luego que el patrocinador realice el sorteo, resulta favorecido con el premio. Patrocinador: Coca-Cola FEMSA de Costa Rica S.A. Productos Participantes: Son los productos que el patrocinador ha destinado a la presente Promoción. Reglamento: Conjunto de reglas o directrices que regulan la promoción “Día de la madre Coca Cola: tarjetas de regalo por 100mil colones” II. CONSIDERACIONES DE APLICACIÓN GENERAL 2.1. Del Patrocinador, Participantes y Productos Participantes 2.1.1- El patrocinador de la promoción es la compañía COCA-COLA FEMSA DE COSTA RICA, SOCIEDAD ANONIMA, con cédula de persona jurídica número 3-101-005212, con domicilio en San José: Calle Blancos de Goicoechea, 150 metros al este de la Guardia Rural. 2.1.2.- La promoción está dirigida a todos los consumidores mayores de edad que compren, en los puntos de venta participantes, al menos uno de los productos participantes en las presentaciones que se indicarán, siempre y cuando cumplan con el presente reglamento, en adelante denominadas participantes de la promoción. Se entenderá que los participantes de la promoción conocen y aceptan voluntariamente las condiciones, obligaciones y responsabilidades que trae consigo la promoción y el presente Reglamento con el solo hecho de participar en la misma, según el procedimiento que aquí se indica. 2.1.3.- El patrocinador ha establecido como productos participantes las marcas de bebidas que se indicarán, en las siguientes presentaciones: Marcas Participantes 1.0 Lts Coca Cola RGB 1.5 Pet Coca-Cola Clásica 2 Lts. Pet Coca Cola Clásica 2.5 Litros Ref Pet Coca Cola Clásica 2.5 Lts. Pet Coca Cola Clásica 3 Lts. Pet Coca-Cola Clásica 2 Lts. Pet Coca Cola Zero 2 Lts. Pet Coca Cola Light 2 Lts. RefPet Coca Cola 1.5 Pet Fanta 1.5 Pet Fresca 1.5 Pet Ginger Ale 2 Lts. Pet Ginger Ale 2 Lts. Pet Ginger Ale Light 2 Lts. Pet Fresca 2 Lts. Pet Soda Ginger Ale 2.5 Lts. Pet Fanta 3 Lts. Pet Fanta 3 Lts. Pet Ginger Ale 3 Lts. Pet Fresca 3 Lts. Pet Squirt 3 Lts. Pet Frescolita 2Lts Ref Pet Fanta 2.5 Pet Sprite RGB: Vidrio / PET: Plástico no retornable / LT: Litros III. OBJETO Y FORMA DE PARTICIPAR 3.1 Objeto: El objeto de la presente promoción consiste en que el participante de la misma podrá, dentro de los plazos indicados, participar en el sorteo de uno de los premios que se indican en el presente Reglamento. 3.2 Forma de Participar: Para participar, el consumidor deberá comprar en los puntos de venta identificados con esta promoción (por medio de material publicitario promocional, exhibiciones, afiches y/o mantas alusivas) al menos uno de los productos participantes que se detallan en la cláusula 2.1.3 del Reglamento. Posteriormente, el consumidor deberá: a. Solicitar en el punto de venta participante el cupón original de esta promoción. b. Activar el código impreso en el cupón, por cualquiera de los medios que se indicarán a continuación: Activación de Códigos Costo Mensaje de texto al número móvil 8436-3001 ¢3 i.v.i por mensaje www. promocionescocacola.com Gratuito Llamada telefónica al 4001-1801 ¢4,63 i.v.i tarifa plena por minuto Llamada telefónica al 800-7436773 Gratuito Consideraciones generales Pueden participar todos los usuarios de todas las empresas de telefonía del país. El participante deberá indicar la siguiente información en el orden que se señala a continuación: número de identificación válido y vigente en Costa Rica, el cual deberá digitarse tal y como aparece en el documento de identidad, es decir, con todos los 9 dígitos que contiene. De seguido se deja un espacio en blanco y se digita código promocional de 8 dígitos que se encuentra en el cupón. Una vez realizada la activación, el sistema automáticamente envía de regreso el siguiente mensaje de texto confirmando la participación en el concurso: ‘’Su código ha sido activado con éxito’’. El participante reconoce que si activa su código por medio de mensaje de texto se tomará como medio para notificaciones para éste el número del celular del que participa. El participante deberá indicar la siguiente información en el orden que se señala a continuación: número de cédula, número de código promocional, número de teléfono y código de seguridad (Captcha de 6 caracteres). El participante reconoce que si activa su código por este medio se tomará como medio para notificaciones para éste el número del teléfono que indicó. Debe brindar los datos que le sean solicitados. El participante reconoce que si activa su código por medio de llamada telefónica al 2204-9034 se tomará como medio para notificaciones para éste el número de teléfono que digita cuando se le solicita. Debe brindar los datos que le sean solicitados por la operadora. El participante reconoce que si activa su código por este medio se tomará como medio para notificaciones para éste el número del teléfono que indicó. Adicionalmente debe tenerse en cuenta lo siguiente: i. Cada código sólo podrá participar una vez. En caso que el código haya sido activado de previo por una tercera persona, se dará aviso al participante por el mismo medio en que participa. En este caso, el participante va a tener la opción de presentarse a las oficinas centrales del patrocinador ubicadas en Calle Blancos, 150 metros este de la Guardia Rural, presentar el cupón original y demostrar que lo posee para la eliminación previa de activación, otorgándole el derecho al poseedor del mismo, de activarlo nuevamente. CC Reglamento Día de la Madre 17x22in.indd 1 ii. El participante deberá guardar el cupón original donde se consigna el código para presentarlo al patrocinador en caso de resultar favorecido con alguno de los premios. iii.En el caso de personas extranjeras únicamente podrán participar activando el código por medio de llamada telefónica al 800 SIEMPRE (7436773) iv.Cada participante es responsable de actualizar sus datos en caso de ser necesario, para lo cual deberá comunicar lo pertinente al Patrocinador a través de la línea 800-Siempre (800-7436773) durante el plazo promocional. El participante que no cumpla con uno o varios de los requisitos, quedará descalificado automáticamente. Una vez realizado este procedimiento, el consumidor quedará participando en el sorteo de uno de los premios que se indican más adelante. IV. VIGENCIA. La promoción es por tiempo limitado, iniciando el 6 de Julio del año 2015 y finalizando el 31 de Agosto de ese mismo año. El patrocinador se reserva el derecho de modificar en cualquier momento el plazo de vigencia de la promoción así como el plazo para el canje de los premios, con el sólo hecho de realizar una publicación por el mismo medio en que se publicó el presente reglamento. V. MECÁNICA DEL SORTEO. El sorteo se realizará el día miércoles 2 de Setiembre del 2015 en las oficinas de Coca Cola Femsa de Costa Rica, S.A. En presencia de una persona designada por el patrocinador, y un Notario Público que dé fe del sorteo, se elegirán de forma aleatoria a través de un sistema computarizado un total de 200 códigos activados, a razón de un premio por cada punto de venta participante. Una vez elegido cada código, se validará que el mismo se haya activado con toda la información solicitada; de ser así se procederá a llamar al ganador al número de teléfono indicado por éste al momento de la activación del código para notificarle que ha sido ganador de uno de los premios y se verificará que la persona posea el cupón original que lo acredite como ganador. En el caso de activación de código por mensaje de texto se le notificará al celular por medio del cual activó su código. En caso que el número de teléfono o el número de documento de identidad sea erróneo o esté incompleto; o en caso que no sea posible la comunicación con el ganador después de tres intentos con intervalos de cinco minutos entre cada uno (por cuanto el teléfono esté suspendido, desconectado, ocupado, fuera del área de cobertura, no contestan, o cualquier otra circunstancia ajena al patrocinador); o bien cuando aún logrando contactarle el ganador no se apersone a retirar el premio en el plazo indicado en el punto anterior, se tendrá por descalificado automáticamente a dicho ganador y el patrocinador se reserva el derecho de declarar desierta la promoción o repetir el sorteo las veces que considere oportuno para elegir un nuevo ganador, utilizando la misma mecánica descrita en el presente clausulado, siempre y cuando se realice antes del 11 de Setiembre del 2015 (para estos casos la fecha máxima del canje del premio es 30 de Setiembre del 2015). La entrega de los premios es personal, razón por la cual ningún apoderado y/o representante podrá apersonarse a retirar el mismo en nombre del ganador. Cumplidos los plazos en las condiciones indicadas, caducará el derecho al canje del premio, por lo que el patrocinador no reconocerá premio alguno, ni tendrá obligación alguna con ningún participante de la promoción. VI. PREMIOS Y FORMA DE CANJE 6.1 Premios 6.1.1 Descripción del premio: Los premios destinados para esta promoción son los que se describen a continuación, a razón de un premio por ganador: Cantidad 200 Descripción Premio Tarjetas de regalo Credomatic por 100 mil colones Las tarjetas de regalo cuentan con las siguientes condiciones: i. Las tarjetas son al portador, de forma tal que quien porte la misma podrá hacer uso de ella. ii. Las tarjetas vencen el 30 de junio del 2016, siendo que el monto disponible deberá ser utilizado por el ganador antes de esta fecha. Los fondos remanentes una vez vencido el plazo de vigencia de la tarjeta serán propiedad del emisor. iii.Las tarjetas pueden ser utilizadas en una o varias compras hasta alcanzar el monto disponible en uno o varios comercios afiliados al emisor; no obstante, cualquier compra que exceda las sumas indicadas, deberá ser cubierta por el ganador. iv.El patrocinador se reserva el derecho de reemplazar, a su entera discrecionalidad, dichos premios por otro u otros de similares características, en cualquier momento de vigencia de la promoción. v. La cantidad indicada es el número total de premios que se han destinado a la presente promoción. Esto no obliga a la empresa patrocinadora a hacer efectiva la entrega de las cantidades indicadas de premios sino que únicamente será entregada la cantidad de premios que reclamen los ganadores, hasta el número máximo indicado. vi.El valor de la tarjeta no será reemplazado en caso de pérdida, robo, alteración o sea usada sin su permiso, ya que al ser una tarjeta al portador, cualquiera puede utilizarla. 6.1.2 Forma de canje: El patrocinador ha dispuesto únicamente del 7 al 11 de Setiembre del 2015 (de lunes a viernes) para que se realice el canje de los premios. Los premios deberán ser retirados por los ganadores en el lugar que le indique el patrocinador, en el siguiente horario: de 8:00 am-12:00 md y de 2:00 pm- 6:00 pm, para lo cual deberá: a. Presentar el cupón original que contenga el código ganador en buen estado y sin alteraciones. b. Presentar original y copia del documento de identidad válido y vigente en Costa Rica (cédula de identidad, pasaporte o cédula de residencia) c. Firmar el Acta de entrega de premio correspondiente. Cumplidos los plazos en las condiciones indicadas, caducará el derecho al canje del premio, por lo que el patrocinador no reconocerá premio alguno, ni tendrá obligación alguna con ningún participante de la promoción. Así las cosas, en caso que el ganador no se presente dentro del plazo y horario citado al lugar indicado por el patrocinador para hacer el canje, o bien aun haciéndolo no lleven consigo los requisitos descritos en el presente reglamento, o bien no cumplan con los requerimientos solicitados por las autoridades para entregarle el premio, o no acepte el mismo, perderán su derecho a reclamarlo. VII. CONDICIONES Y LIMITACIONES 6.1 Condiciones y Limitaciones Generales a. Se entenderá que todo participante de la promoción conoce y acepta las condiciones, responsabilidades y limitaciones establecidas en este Reglamento, así como los premios a los que esta promoción se refiere. b. El patrocinador se reserva el derecho de exigirle al ganador del premio contemplado en el presente documento que decida canjearlo que, mediante documento escrito manifieste su aceptación de este Reglamento y de los documentos a que este hace referencia, así como de las responsabilidades vinculantes que le supondría solicitar el canje de un premio de esta promoción. c. La Promoción es por tiempo limitado. d. El premio no es reembolsable en dinero. e. El premio no es transferible, queda prohibida su venta, cesión o regalo. f. El ganador deberá revisar el premio al momento de recibirlo. g. Ningún ganador puede resultar favorecido con más de un premio en el mismo sorteo. h. Con su participación, el participante autoriza al Patrocinador a que su nombre e imagen aparezcan en publicaciones y demás medios publicitarios y en general en todo material de divulgación de las actividades posteriores a la promoción, como entrega y recibo de los premios, sin que implique remuneración o compensación adicional, ni reclamos por derechos de imagen, los cuales se tienen por cedidos temporalmente pero sólo para los efectos de divulgación del resultado de esta promoción. i. Todo ganador deberá firmar un acta de recibido del premio que se le entrega. La negativa a firmar ésta acta, facultará al Patrocinador para no entregar el premio correspondiente. j. El costo del mensaje de texto enviado para participar en la promoción y/o de las llamadas, será asumido enteramente por el participante de la promoción. El participante podrá participar a través de la línea 800-Siempre sin costo alguno. k. Cada código promocional puede participar solamente una vez. l. El patrocinador se reserva el derecho de reemplazar, a su entera discrecionalidad, dichos premios por otro u otros de similares características, en cualquier momento de vigencia de la promoción, con solo el hecho de hacer una publicación por el mismo medio que se presentó el presente reglamento. VIII. RESPONSABILIDAD Y RESTRICCIONES a. La responsabilidad del patrocinador termina en el momento en que el ganador que cuente con las condiciones estipuladas en esta promoción y solicite debidamente el canje recibe el premio. b. El participante de la promoción tiene por entendido que este Reglamento se basa en el ordenamiento jurídico costarricense. c. Bajo ninguna forma o circunstancia los premios son negociables y no pueden ser reclamados por dinero u otros objetos que no sean los especificados en este reglamento por el patrocinador. d. El patrocinador de la promoción no es responsable del mal uso de los premios por parte de los ganadores de la promoción, ni de su pérdida, deterioro, calidad o durabilidad. e. El patrocinador no es responsable en ninguna medida por ningún eventual gasto en que deba incurrir un participante de la promoción para participar o bien un ganador a efectos de canjear su premio, lo cual correrá de su propio peculio. f. Ni el patrocinador de esta promoción ni The Coca Cola Company, sus filiales, agencias, distribuidores o representantes, asumen responsabilidad alguna por querellas, juicios, daños, pérdidas o perjuicios ocasionados por el uso de los premios, ni por reclamos relacionados con la calidad o durabilidad de los mismos. g. Si una persona no acepta el premio o sus condiciones, se considera renunciado y extinguido en relación al favorecido y no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna. h. El patrocinador tendrá la facultad unilateral de modificar las condiciones del presente reglamento total o parcialmente siempre y cuando con ello no atente contra los derechos adquiridos por los participantes de la promoción; y en general tendrá también la facultad unilateral de dar por terminada anticipadamente la promoción o incluso suspenderla si detecta defraudaciones o situaciones que imposibiliten llevar a buen término la presente promoción, con la única obligación de notificar a los participantes mediante un aviso a través un medio público o de circulación nacional la cancelación. i. El presente reglamento no obliga al patrocinador con determinada persona o determinada colectividad sino sólo con quién acepte los términos del presente reglamento y sus eventuales modificaciones. j. En la publicidad de la presente promoción se hace referencia a la frase “Aplican Restricciones”, lo cual significa que existen condiciones y limitaciones, las cuales se consignan en el presente Reglamento. k. El Patrocinador se reserva el derecho de modificar este reglamento en cualquier momento para introducir todas aquellas modificaciones necesarias para la buena marcha de la promoción. l. El Patrocinador se reserva el derecho de realizar la correcta interpretación de las condiciones, así como de definir las reglas aplicables a cualquier situación no prevista en este reglamento. m.Los empleados del Patrocinador, el de las filiales y agencias, el personal de las agencias de publicidad, funcionarios de Coca-Cola Interamerican, S.A., y proveedores involucrados en la promoción, así como sus familiares directos, no podrán participar de la promoción. n. El Patrocinador podrá terminar de manera anticipada o suspender la presente promoción, sin asumir responsabilidad alguna por razones de seguridad, fuerza mayor, fallas técnicas, oportunidad, cualquier otro evento fuera del control razonable del patrocinador o si se llegaren a detectar defraudaciones. En este caso, también se comunicará públicamente las causas por las cuales la promoción ha sido suspendida. o. Los participantes al aportar sus datos personales autorizan el acceso a dicha información por parte del patrocinador y autorizan expresamente su inclusión en una base de datos para uso interno del patrocinador así como cualquier fin comercial que no esté prohibido. Para mayor información o consultas se puede llamar sin costo adicional a la Línea Gratuita de Atención 800 - 7436774 de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. 7/3/15 9:44 AM
© Copyright 2024