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AGENDA REUNIÓN SEDENA/FFAA
20 ENERO 2016
Palabras Señor Ministro
Ingeniero Samuel Reyes Rendón
Gerente Administrativo
Licenciado Alexis Armando Zuniga Lavaire
Secretaría General/Dirección Legal
Abogada Olga Suyapa Irías
Licitaciones
Licenciada Heidi Carolina Portillo
Sub Gerencia de Recursos Materiales y Licenciado Ramiro Alberto Leiva García
Servicios Generales
Planeamiento y Evaluación de Gestión
Lourdes Aracely González González
Presupuesto y Contabilidad
Licenciada Glenda E. Figueroa Olguin
Dirección de Transparencia
Licenciada Gelga Acosta Villalobos
Bienes Nacionales
Licenciado Denis Canelas
Auditoría Interna
Licenciado Héctor Cuellar
Informática
Ingeniero Julio Cesar Cerrato
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
La presente reunión es para establecer las
comunicaciones iniciales con las máximas
autoridades de nuestras Fuerzas Armadas .
Establecer con ello un mejor vínculo de
comunicación para lograr una mejor eficiencia
en las actividades de la administración publica.
Obtener un excelente rendimiento en
administrativo/legal de nuestra institución.
lo
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Constitución de la República de Honduras
Ley General de Administración Pública y su Reglamento
Ley de Procedimiento Administrativo
Ley de Contratación del Estado y su Reglamento
Ley Constitutiva de las Fuerzas Armadas
Ley de Ingresos y Egresos de la Administración Pública (La
Gaceta Diario Oficial la República de Honduras, Viernes 18
de Diciembre del 2015, NUM 33,912)
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Ley de Personal Para Los Miembros de las Fuerzas Armadas y
Ley de Control de Armas de Fuego Municiones Explosivos y Otros Similares.
Reglamento de ascenso para Oficiales
Acuerdos y Resoluciones Ministeriales
Todas aquellas Leyes necesarias para la decisión final en las resoluciones
que se dicten en los expedientes administrativos y Procesos Judiciales.
MISIÓN
Cumplimiento de la Constitución de la República y demás Leyes
que rigen la Administración Pública, asistiendo al Secretario y
Subsecretario de Estado, informando a las personas naturales y
jurídicas el estado de sus solicitudes, coordinando, comunicando y
cooperando con la dirección legal y demás órganos administrativos
el curso legal de un procedimiento, dando seguimiento a la
actividad administrativa sujeta de su conocimiento, promover,
conducir, desarrollar y fortalecer de la actividad administrativa en
aplicación de los principios administrativos de la eficacia y
celeridad de la actividad administrativa, procurando mantener un
equilibrio y un
todo armonioso de las actuaciones de los
funcionarios públicos que conforman la secretaria General.
VISIÓN
Contribuir al fortalecimiento Legal de Secretaria de Estado a
través de la actuación oportuna y diligente de los funcionarios
públicos en relación a los tramites y solicitudes que sean del
conocimiento de esta dependencia administrativa, con el fin de
garantizar todas aquellas condiciones favorables que permita un
sana actividad administrativa
mediante la búsqueda de
mecanismos legales de soluciones de controversias que
garanticen evitar perjuicios a particulares en sus solicitudes y a
la administración en sus actuaciones que puedan degenerar en
demandas, reclamos o indemnizaciones económicas que
repercutan en la institución generando las responsabilidades a
que dé lugar el derecho en los funcionarios y la Secretaria de
Estado.
OBJETIVO
Dar estricto cumplimiento a las normas administrativas en
aplicación de los principios de la eficacia y celeridad mediante la
Planeación, proposición, evaluación, coordinación, evaluación,
asesoría de los asuntos de carácter legal administrativo propios
de la institución, sometidos a su conocimiento a instancia de
parte; realizando todas aquellas acciones legales que derivan de
la naturaleza de su cargo y las que se les asignen por delegación
del Secretario de Estado encaminado a garantizar un fin único
administrativo “La correcta Administración Legal de las
Actuaciones Administrativas de la Secretaria de Estado en el
Despacho de Defensa Nacional frente a los particulares y a los
demás entes de la administración pública y el Estado.
ATRIBUCIONES
Las Secretarias Generales son los órganos de comunicación de
las Secretarias de Estado, sus titulares tienen funciones de
Federatario correspondiéndoles las siguientes atribuciones:




Asistir al Secretario de Estado y a los Subsecretarios de Estado.
Recibir las solicitudes y peticiones que se presenten al
despacho llevar registro correspondiente para el control y
custodia de los expedientes.
Velar porque los asuntos en trámite se despachen dentro de
los plazos establecidos.
Llevar el registro de los decretos y acuerdos que se dicten
sobre asuntos del ramo.
ATRIBUCIONES




Autorizar la firma del Secretario o de los Subsecretarios
de Estado en las providencias, acuerdos o resoluciones
que dicten;
Notificar a los interesados las providencias o resoluciones
y, en su caso, expedir certificaciones y razonar
documentos;
Transcribir a los interesados los acuerdos que se dicten
sobre asuntos del ramo.
Resolver en los asuntos que le delegue el Secretario de
Estado;
ATRIBUCIONES
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


Informar periódicamente a sus superiores de los
asuntos sometidos a su conocimiento.
Corresponde también a los Secretarios Generales, la
coordinación y supervisión de las siguientes funciones:
Servicios Legales, Comunicación Institucional y Servicios de
Gestión de la Cooperación Externa.
Expedir Copias, certificaciones, constancias Responsable del
archivo de los expedientes.
MISIÓN
La Dirección Legal en el Marco de sus funciones y como
parte de la estructura organizativa de la Secretaria General
de la Secretaría de Defensa Nacional y que la Presidencia de
la República está Instruyendo a todas las Secretarias de
Estado a encaminarse al cumplimiento de la Constitución de
la República y demás Leyes que la rigen la Administración
Pública.
VISIÓN
Contribuir al establecimiento Legal de Secretaria de Estado a
través de la actuación oportuna y diligente de los
expedientes administrativos que le son encomendados y
que los funcionarios públicos estamos todos obligados a
cumplir.
PROCEDIMIENTOS PROPIOS
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Analiza, evalúa, razona y dictamina cada caso concreto
puesto a su estudio.
Revisa, analiza o emite borradores de los decretos y
acuerdos que se dicten sobre asuntos del ramo.
Revisa,
analiza
los
acuerdos
ejecutivos
de
nombramientos, de cancelación, de becas, relativos al
personal.
Revisa y analiza los contratos de arrendamientos,
nombramiento de personal de las fuerzas.
PROCEDIMIENTOS PROPIOS
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

Revisa, analiza elabora Contratos de Licitaciones.
Revisa, analiza, elabora contratos de consultorías o
servicios profesionales de acuerdo al derecho y las
normas presupuestarias.
Revisa o emite cualquier tipo de contrato que sea
encomendado.
Emite dictámenes, opiniones o recomendaciones a
petición de la Secretaria General.
PROCEDIMIENTOS PROPIOS
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

Informar a sus superiores lo referente a los asuntos
sometidos a su conocimiento.
Remitir a la Procuraduría General de la República, los
informes actualizados del estado de las demandas
sometidas a su conocimiento o de las fuerzas.
Corresponde también los servicios legales, asesorías,
como cooperación interna y externa.
Actúa por delegación en las comisiones que se le
encomiendan.
PROCEDIMIENTOS PROPIOS
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

Actúa como mediador o conciliador mediante
delegación.
Promueve las demandas a través de la Procuraduría
General de la República en defensa y representación del
Estado.
Revisa o emite Convenios de Cooperación Internacional
o Convenios Marco entre dos o más Secretarias de
Estado.
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

La solicitud para firma de dictámenes y decretos debe
de realizarse en periodo anterior de la fecha de
cumplimiento.
La elaboración de los decretos para firma del ejecutivo
deben de adaptarse a los decretos que establecen quien
debe firmar.
El plazo para respuesta de opiniones o dictámenes que
se solicitan deben de ser en el tiempo enmarcado de
acuerdo a ley.
Las opiniones y dictámenes deben de ser enmarcadas a
las normas legales vigentes.
Estar bajo Ley, significa que esta,
tiene jurisdicción y autoridad sobre
una persona para juzgarla y
condenarla. Esto significa que si
una persona quebranta la Ley,
entonces un juicio y condenación
son necesarios.
MARCO REGULATORIO
Marco jurídico básico de la contratación del Estado en Honduras:







Constitución de la República.
Tratados o convenios internacionales ratificados por el Estado
hondureño relativos a la contratación administrativa (préstamo o
donaciones con organismos multilaterales y bilaterales).
Ley de Contratación del Estado y demás normas legales relacionadas.
Ley General de la Administración Pública.
Reglamento de la Ley de Contratación del Estado.
Los demás reglamentos especiales que se dicten en materias
relacionadas con el tema de contratación.
El pliego de condiciones o bases de concurso que rijan cada
procedimiento de contratación.
NORMAS RELACIONADAS

Disposiciones Generales del Presupuesto y su Reglamento.

Ley de Compras Eficientes y Transparentes a través de Medios
Electrónicos.

Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Ley para la Clasificación de Documentos Públicos Relacionados con la
Defensa Nacional.

Código de Conducta Ética del Servidor Público.
CONSTITUCION DE LA REPÚBLICA
Artículo 360. Los Contratos que el Estado celebre para la ejecución de
obras públicas, adquisición de suministros y servicios, de compra-venta
o arrendamiento de bienes, deberán ejecutarse previa licitación,
concurso o subasta de conformidad con la Ley.
Se exceptúan los contratos que tengan por objeto proveer a las
necesidades ocasionadas por un estado de emergencia y los que por su
naturaleza no puedan celebrarse sino con persona determinada.
ÁMBITO DE APLICACIÓN DE NORMATIVA NACIONAL
La normativa vigente en esta materia tendrá aplicación supletoria frente a los
tratados o convenios internacionales ratificados por Honduras para financiar
programas o proyectos, cuando éstos establezcan regulaciones diferentes a las
contenidas en nuestras leyes. Esto significa que la LCE y las demás leyes no podrán
aplicarse directamente; su aplicación será supletoria a la de esos tratados o
convenios, es decir, en aquellos aspectos que no exista contradicción.
“Pacta sunt servanda” (Los acuerdos se hicieron para ser cumplidos).
-Las normas de contratación aplicables son el resultado de un acuerdo entre el
Estado Hondureño y el respectivo organismo financiero.
-En los respectivos acuerdos se identifican las normas
de procedimiento aplicables.
DECLARACIÓN JURADA
Todo interesado en contratar con la Administración deberá presentar
con la oferta, declaración jurada de no estar comprendido en ninguno
de los casos a que se refieren los Artículos 15 y 16 de la LCE. Si fuere
un consorcio, tal declaración deberá comprender a cada uno de sus
integrantes. (Art. 18, LCE / Art. 29, RLCE) Debiendo su firma ser
autenticada por un Notario.
ACREDITACIÓN DE EXISTENCIA LEGAL
Empresas nacionales
Acreditarán su personalidad con el testimonio de su escritura de
declaración de comerciante individual o de su constitución social,
según corresponda, inscrita en el Registro Público de Comercio; sus
representantes acreditarán, cuando corresponda, poderes suficientes
para la suscripción de los contratos de conformidad con las leyes. (Art.
20, LCE).
ACREDITACIÓN DE EXISTENCIA LEGAL
Empresas extranjeras
Las personas naturales o jurídicas extranjeras deberán cumplir con los
requisitos establecidos en la legislación civil y mercantil para actuar en
el territorio nacional.
(Art. 21, LCE /Arts. 26 y 27, RLCE) Relacionado con los Art. 308 y 310
del Código de Comercio reformado mediante Art. 8 de la Ley de
Simplificación Administrativa.
Se entenderá por garantías todo documento bancario emitido por
instituciones debidamente autorizadas.
Se consideran garantías:
 Fianzas (LCE art. 107)
 Garantía bancaria (LCE art. 107)
 Cheques certificados (LCE art. 107)
Garantía de mantenimiento de la oferta.
Los interesados en participar en una licitación pública o privada,
con dicha garantía deberán garantizar el mantenimiento del precio
y las demás condiciones de la oferta mediante el otorgamiento de
una garantía equivalente, por lo menos, al dos por ciento (2%) de
su valor. Comunicada que fuere la adjudicación del Contrato,
dicha garantía será devuelta a los participantes, con excepción del
oferente seleccionado quien previamente deberá suscribir el
contrato y rendir la garantía de cumplimiento(ART.99 LCE).
licitaciones públicas o privadas según, dispone los artículos (ART.
238. 239 RLCE).

Garantía de cumplimiento.
La garantía de cumplimiento del contrato responderá
por el cumplimiento de las obligaciones del contratista
para con la Administración, derivadas del contrato esta
deberá ser equivalente al quince por ciento (15%)de su
valor y las demás garantías que determinen los
documentos. En los contratos de obra pública o de
suministro con entregas periódicas o diferidas que
cubran períodos mayores de doce (12) meses, la
garantía de cumplimiento se constituirá por el quince
por ciento (15%) del valor estimado de los bienes o
servicios a entregar durante el año, debiendo
renovarse treinta (30) días antes de cada vencimiento.
La garantía de cumplimiento estará vigente hasta tres
(3) meses después del plazo previsto para la ejecución
de la obra o la entrega del suministro. (ART. 100, 101
LCE).
Garantía de calidad.
Una vez que se efectúe la recepción final de las obras
o la entrega de los suministros y realizada la
liquidación del contrato, cuando se pacte en el
contrato, de acuerdo con la naturaleza de la obra o de
los bienes, el Contratista sustituirá la garantía de
cumplimiento del contrato por una garantía de calidad
de la obra o de los bienes suministrados, La garantía
de calidad deberá responder por los vicios o defectos
en las obras, imputables al contratista o de los bienes
suministrados durante el plazo que se hubiere previsto
en el contrato, sin perjuicio de las garantías especiales
de funcionamiento que se hubieren acordado en los
contratos de suministro la vigencia de la misma será
por el tiempo previsto en el contrato y su monto será
equivalente al cinco por ciento (5%) de su valor. (ART
104.LCE; ART.209 , 227 RLCE).
Garantía por anticipo de fondos.
Con dicha garantía se busca asegurar la correcta inversión
del pago anticipado a cuenta de la ejecución del contrato,
Cuando se pacte un anticipo de fondos al Contratista la
cuantía será no mayor del veinte por ciento (20%), éste
último deberá constituir una garantía equivalente al cien por
ciento (100%) de su monto. El anticipo será deducido
mediante retenciones a partir del pago de la primera
estimación de obra ejecutada, en la misma proporción en
que fue otorgado. En la última estimación se deducirá el
saldo pendiente de dicho anticipo. La vigencia de esta
garantía será por el mismo plazo del contrato y concluirá
con el reintegro total del anticipo ( ART.105 LCE 179 RLCE).
En los contratos de consultoría la garantía de cumplimiento
se constituirá mediante retenciones equivalentes al diez por
ciento (10%) de cada pago parcial por concepto de los
honorarios. En los contratos para el diseño o supervisión de
obras también será exigible una garantía equivalente al
quince por ciento (15%) de honorarios con exclusión de
costos (ART. 105 LCE)
Las contrataciones que realicen la Administración pública :
1.
2.
3.
4.
5.
Licitación Pública Nacional o Internacional
Licitación Privada Nacional o Internacional
Concurso Público;
Concurso Privado; y,
Contratación Directa.
MONTO DE LA CONTRATACIÓN
Mayores o iguales a L. 550,000.00
CONTRATOS DE BIENES Y SERVICIOS
TIPO DE CONTRATACIÓN
Licitación publica
L. 240,000,01 a
L. 550,000.00
Licitación privada
L. 75,000.01
a
L. 240,000.00
3 cotizaciones
L. 00.01
L. 75,000.00
a
2 cotizaciones
Acuerdo expresando detalladamente sus motivos.( ART. 63
LCE).
Contratación Directa
CONTRATOS DE OBRA PÚBLICA Y CONSULTORÍA
MONTO DE LA CONTRATACIÓN
TIPO DE CONTRATACIÓN
Mayores a L.2,000,000.00
Licitación publica/ Concurso Público
L. 1,000,000.01 a
L. 00.01
a
L. 2,000,000.00
L. 1,000,000.00
Acuerdo expresando detalladamente sus motivos.( ART. 63
LCE).
Licitación privada/ Concurso Privado
3 cotizaciones
Contratación Directa
Es el procedimiento para seleccionar contratistas de obras públicas o de
suministros de bienes o servicios distintos a la consultorías. Consiste en incitar a
los interesados que cumplan con los requisitos legales para que presente ofertas
por escrito sujetándose al pliego de condiciones
Esta modalidad tendrá carácter internacional cuando se requieran técnicas
especiales o concurran otras razones que justifiquen la participación de
contratistas extranjeros, o cuando así se estableciere en convenios de
financiamiento externo.







Preparación de pliegos de condiciones
Convocatoria o invitación a licitar
Recepción y apertura de ofertas
Evaluación de las ofertas
Adjudicación
Presentación de garantías
Formalización del Contrato
Procedimiento de selección de contratistas de obras o de suministro de
bienes o servicios, consistente en la invitación expresa y directa a
determinados oferentes calificados, en número suficiente para asegurar
precios competitivos y en ningún caso inferior a tres (3), inscritos
previamente en el registro correspondiente, a fin de que presenten ofertas,
ajustándose a las especificaciones, condiciones y términos requeridos (Art.
59 LCE).
Regla General: Ligada A La Disposiciones Generales Del Presupuesto
Número limitado oferentes, no mayor de tres (3).
 Circunstancias imprevistas o de apremiante urgencia, calificadas, que requiera
de pronta y efectiva prestación del servicio y no fuere posible realizar Licitación
Pública.
 Seguridad de las instalaciones destinadas a la prestación del servicio.
 En caso de suministro, por cambios imprevisibles en las condiciones de
mercado, comprobados, y necesidad de adquisición en el menor tiempo posible.
 Cuando una Licitación Pública resulte desierta o fracasada por causas no
imputables a los funcionarios, siempre que por razones de urgencias calificada
no fuere posible repetir dicho procedimiento. (Art. 60 LCE).

Para llevar a cabo la licitación privada en los casos que anteceden, se requerirá autorización del
Presidente de la República. Debiendo emitirse Acuerdo expresando detalladamente sus motivos (
ART. 60 LCE; ART. 149, 150, 151 RLCE).
Consiste en la invitación privada o pública a potenciales interesados para
que presenten ofertas técnicas y económicas, para la adjudicación de
contratos de consultoría, sujetándose a los términos de referencia y
demás condiciones establecidas por el órgano contratante. (Art. 61 LCE).
Procedimiento aplicable únicamente en situaciones de emergencias
o en las demás casos excepcionales previstos en el Art. 63 de la
LCE, y en el cual se requerirá la autorización del Presidente de la
República, mediante la emisión del Acuerdo expresando sus
motivos detalladamente.

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
Cuando tenga por objeto proveer a las necesidades ocasionadas por
una situación de emergencia.
Cuando se trate de la adquisición de repuestos u otros bienes y
servicios especializados cuya fabricación o venta sea exclusiva de
quienes tengan patente o marca de fábrica registrada, siempre que no
hubieren sustitutos convenientes.
Cuando se trate de obras suministros o servicios de consultoría, cuyo
valor no exceda de los montos establecidos en las Disposiciones
Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la
República, de conformidad con el Art. 38 de la LCE, en cuyo caso
podrán solicitarse cotizaciones a posibles oferentes sin las
formalidades de la licitación privada.
Cuando las circunstancias exijan que las operaciones del Gobierno se
mantengan secretas.
Cuando se trate de acuñación de moneda y la impresión de papel
moneda.
Cuando se trate
especializados.
de
trabajos
científicos,
técnicos
o
artísticos
Cuando se hubiere programado un estudio o diseño por etapas, en
cuyo caso se podrán contratar las que faltaren con el mismo consultor
que hubiere realizado las anteriores en forma satisfactoria.
Para la Autorización de estos proyectos se debe considerar lo estipulado
en el Acuerdo Ejecutivo 008-2014 de fecha 29 de enero del 2014,
publicado en el Diario Oficial “la Gaceta” el 25 de julio de 2014, Donde se
autoriza a la Secretaría de Defensa Nacional a dotar de la Infraestructura
adecuada a las Fuerzas Armadas de Honduras, ya sea arrendando o
adquiriendo a través del procedimiento de Contratación Directa equipos,
materiales, partes, repuestos, y servicios necesarios para el cumplimiento
de la misión constitucional, asimismo autoriza adquirir mediante este
procedimiento los equipos, sistemas y servicios de comunicación a través
de hardware y software, así como su mantenimiento, soportes, licencias,
capacitación y demás necesarias para su buen funcionamiento.
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Acuerdo Ejecutivo No. 008-2014
Conformación de la Comisión de Evaluación y Revisión de Compras.
Presentación del Proyecto
Visto Bueno del Señor Presidente
Delegación de Firma
Acuerdo de Operación Secreta
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Pliego de Condiciones (Aclaración que la Documentación Legal se le
solicitara únicamente a la compañía que resulte favorecida.)
Invitaciones (3 oferentes, cada oferta deberá venir acompañada de
la declaración Jurada de que la empresa no está comprendida en los
artículos 15 y 16 de la LCE.)
Presentación de Ofertas / Acta de Recepción
Dictámenes
 Legal
 Técnico
 Económico
Acta de Recomendación
Resolución
Notificación
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Evaluación Legal ( Se revisara la entrega de Documentos)
Contratos (Garantías Cumplimiento)
Orden de Compra si es Suministro. (Garantía de Calidad)
Presentación de Plan de Trabajo ( Cronograma de Actividades) -----(si es proyecto de Obra)
Orden de Inicio ----------(si es proyecto de Obra)
Estimaciones
Recepción Provisional
Garantía de Calidad
Recepción Final ( Liquidación Financiera)
N°
PROCESO DE CONTRATACIÓN
CÓDIGO
1
Equipamiento del Complejo de Rehabilitación social de Adultos, el Porvenir.
CD-001-2015-SDN
2
Fortalecimiento y Creación de bandas Marciales en la FFAA. 1° Y 2° Etapa.
CD-002-2015-SDN
3
Adquisición de 4,249 camas para el proyecto de Fortalecimiento de las Capacidades Operativas de
las FFAA.
CD-003-2015-SDN
4
Segunda Etapa del Primer Batallón Canino.
CD-004-2015-SDN
5
Proyecto de Infraestructura Maya - Chortiz.
CD-005-2015-SDN
6
Adquisición de equipo que será asignado a futuros oficiales egresados de las Academias Militares de
las Fuerzas Armadas.
CD-006-2015-SDN
7
Fortalecimiento y Reestructuración del Sistema de Inteligencia de las Fuerzas Armadas.
CD-007-2015-SDN
1. Actos preparatorios o requisitos previos de la
Contratación
Con anterioridad al inicio de un procedimiento de contratación, se
deben realizar un conjunto de actuaciones, entre las que podemos
mencionar:
 Acreditación del objeto del contrato (necesidad a satisfacer y fin
público perseguido)
 Elaboración del Plan de Adquisiciones
 Autorización para contratar
 Identificación de la fuente de financiamiento
 Elaboración y aprobación de Pliego de Condiciones o TDR y demás
documentos que fueren necesarios
 Elaboración de Presupuesto Base de la contratación
 Elaboración de Especificaciones Técnicas

Publicación de anuncio o entrega de invitaciones

Calificación o preselección

Solicitudes de aclaratorias a documentos de selección

Respuestas a aclaratorias

Recepción y apertura de ofertas

Análisis y evaluación de ofertas

Decisión

Notificación de resultados

Atención de impugnaciones

Recepción de documentación adicional requerida para contratar

Elaboración del contrato

Firma del contrato

Presentación de garantías contractuales

Ejecución de las prestaciones contractuales

Supervisión

Pagos

Cierre contractual

Evaluación del desempeño



Elegibilidad: Perfil de oferentes / ausencia de conflicto de interés /
falta capacidad y recursos para cumplir el contrato / autonomía legal y
financiera...
Constitución y capacidad jurídica: Escrituras constitución /
representaciones /
legalización de documentos internacionales y
nacionales / validez de los documentos (vigencia).
Elementos jurídicos sobre ejecución: Historias / incumplimientos /
contratos anteriores / litigios pendientes.




Evaluación a cargo de una Comisión de Evaluación compuesta por 3 o
5 funcionarios.
El producto de la Comisión de Evaluación es una recomendación
fundada de decisión a tomar en la licitación o concurso.
No se pueden aplicar criterios de evaluación que no hayan sido
claramente especificados en el documento de licitación o concurso.
Posibilidad de designar una subcomisión para asesorar a la Comisión
de Evaluación (33 LCE y 53 Reglamento).




Capacidad para operar contrato: Experiencia, recurso humano, recurso
de equipo, recurso material, etc.
Experiencia: Conocimientos y habilidades no de reciente obtención /
opciones de evaluar / experiencia versus conocimiento.
Objetivo: Reducir el riesgo asociado con insuficiente habilidad del
oferente para ejecutar el contrato.
Criterios: Bien definidos para poder comparar oferentes
mismas condiciones.
en





Objeto: Evaluar historial de resultados financieros según determine
el Pliego de Condiciones.
Se evalúa el riesgo financiero.
Se busca estabilidad en el cumplimiento del contrato.
Cumplimiento mínimo LCE. Los Pliegos de Condiciones pueden
determinar un plazo para la presentación de los Estados Financieros,
pero la LCE nos remite al RLCE. ¿Qué se aplicará?
Criterios: Bien definidos para poder comparar oferentes en mismas
condiciones.
La resolución que emita el órgano responsable de la contratación
adjudicando el contrato, será notificada a los oferentes y
publicada, dejándose constancia en el expediente.
HONDUCOMPRAS

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
El Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado,
es de uso obligatorio para todos los órganos comprendidos en el
ámbito de aplicación de la Ley de Contratación del Estado.
Por medio de este se difundirán, los procedimientos de contratación
que se celebren.
Independientemente de la fuente de financiamiento y del objeto y
destino de la contratación.
Expediente de Contratación
El expedientes deberá contener todos los documentos desde las
actividades previas, proceso, adjudicación, formalización de contrato,
evaluación ex post, así como, la relación del personal de supervisión o
recursos técnicos para verificar su cumplimiento.
Si se trata de obras públicas que requiere de Evaluación de Impacto
Ambiental y la correspondiente licencia, deberá estar acreditado dicho
requisito en el expediente.
La custodia del expediente, que podrá constar de varios tomos, estará a
cargo de la unidad técnica que se designe. (LCE 23, RLCE 38)
Atender las solicitudes canalizadas a través de la Gerencia
Administrativa dentro de las cuales se encuentran:
 Compras menores.
 Mantenimiento general del edificio y vehículos.
 Recepción de documentos.
 Proveeduría de materiales de oficina y otros (Almacén).
Actualmente trabajamos en la plataforma de HonduCompras, en
donde se realizan procesos de compras que luego pasan a la
Gerencia Administrativa para su respectiva revisión y
aprobación.
Posteriormente pasa al departamento de Presupuesto
Contabilidad para su respectivo proceso de pago.
y
Solicitud Gerencia
Aprobación Gerencia Administrativa
Sub Gerencia de Recursos Materiales compra en ONCAE
Compra por Cotización
Compra por Catálogo
Se recibe cotizaciones de proveedores
Imprime la orden de compra
Se realiza solicitud de compra en base a la cotización
Se envía a Gerencia administrativa para aprobación
Sub Gerencia de Recursos Materiales y Servicios generales para añadir
documentación y enviar orden al proveedor
Se recibe el producto y se hace el acta de recepción
Se pasa a Presupuesto y Contabilidad para trámite de pago
Difusión en Registro de Contratos, Garantías y
Sanciones
Remitir informes a Admon. General y a
TRANSPARENCIA para publicarlos en IAIP
 La
Unidad de Planeamiento y Evaluación de Gestión
(UPEG) comenzó a funcionar en ésta Secretaría en
enero del año 2000, estando estructurada en ese
momento por un (1) Director, 1 Panificador y una (1)
Secretaria.
 Actualmente,
está funcionando
Director(a), un (1) Asistente.
con
un
(1)
MISIÓN
Asesorar, coordinar, sistematizar, formular y evaluar los procesos de planificación
a las unidades ejecutoras para el diseño e implementación de Planes, Políticas,
Programas y Proyectos de la Secretaría de Estado, de acuerdo con las políticas del
gasto y de inversión pública y las directrices oficialmente establecidas por el
Presidente de la República, desarrollando una gestión eficiente y eficaz para lograr
el cumplimiento de los objetivos institucionales acorde con las exigencias actuales
de la Institución.
VISIÓN
Ser una unidad con espíritu innovador, líder en gestión, orientada a la excelencia,
que establezca un proceso de planificación estratégica integrado en las unidades
ejecutoras, para dar fiel cumplimiento al Plan Estratégico Institucional y logrando
con ello la utilización óptima de los recursos
Marco Legal de la UPEG
1. La Constitución de la República
Artículo 254
Los Secretarios de Estado deben Presentar anualmente al
Congreso Nacional dentro de los primeros quince días de
su instalación, un informe de los trabajos realizados en
sus respectivos despachos.
Articulo 329
 El Estado promueve el desarrollo económico y social, que
estará sujeto a una planificación adecuada. La Ley regulará
el sistema y proceso de planificación con la participación de
los Poderes del Estado y las organizaciones políticas,
económicas y sociales, debidamente representadas.
2.- La Ley de la Administración Pública (Decreto No. 218-96

Publicación 30/12/1996)
Artículo 31
Cada Secretaría de Estado contará con una Unidad de Planeamiento y
Evaluación de la Gestión, la que estará encargada del análisis, diseño
y evaluación de las políticas, programas y proyectos, de la definición
de prioridades del gasto y de la inversión según el presupuesto
anual y de la evaluación periódica de la eficiencia y eficacia de los
programas de la respectiva Secretaría de Estado y de las
instituciones descentralizadas del sector.
3.- Ley Orgánica del Presupuesto (Decreto 83-2004)
Articulo 21
Relaciones de las Unidades de Planeamiento y Evaluación de Gestión.
Las Unidades de Planeamiento y Evaluación de Gestión de
las Secretarías de Estado o las Dependencias que hagan sus
veces en los demás organismos del Sector Publico,
evaluarán el cumplimiento de los planes y políticas de
desarrollo a cargo del Organismo correspondiente.
Sobre estas bases y en función a las directrices de la
política presupuestaria anual, elaborarán una propuesta de
prioridades presupuestarias y de los programas y
actividades a desarrollar a desarrollar en el ejercicio,
destacando, particularmente, las inversiones a ser
consideradas en la formulación del Anteproyecto de
Presupuesto correspondiente.
4.-
Ley para establecimiento de una Visión de País y la Adopción
de un Plan de Nación para Honduras, Decreto 286-2009
Articulo 1
La presente ley tiene como objetivo Aprobar la visión de país
al año 2038 y el Plan de Nación al año 2022, con los cuales se
iniciara el proceso de planeación del Desarrollo económico,
social y político, establecido en el articulo 329 constitucional.
5.- Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del
Poder Ejecutivo (Decreto Ejecutivo No. PCM-008-97), Artículo 38
La UPEG tiene a su cargo:

El análisis y diseño de políticas, programas y proyectos de la Secretaría
de Estado de acuerdo con las políticas de gasto y de inversión pública y
las directrices oficialmente establecidas por el Presidente de la
República, incluyendo la preparación de los planes operativos anuales y
la programación operativa a mediano y largo plazo en la áreas de su
competencia;

La evaluación periódica de su ejecución definiendo indicadores de
eficiencia y de eficacia; la conducción de estudios para la definición de
prioridades de gasto e inversión para el anteproyecto de presupuesto
anual y para la gestión de recursos destinados al financiamiento de
proyectos;

La formulación de normas técnicas par el diseño y operación
de sistemas de información y de estadística de las Secretarías
de Estado, le corresponde, asimismo, la evaluación de los
programas a cargo de las instituciones autónomas vinculadas
sectorialmente a la Secretaría de Estado, presentando los
informes que corresponden.

Las UPEGs tendrán en cuenta los costos ambientales en el
diseño de proyectos de inversión y en la evaluación de su
ejecución, a cuyo efecto deberá practicarse, en cuanto fuere
requerida, una evaluación de impacto ambiental.
6.- Disposiciones Generales para la Ejecución del Presupuesto general
de Ingresos y egresos de la República, para la Gestión 2016


Artículo: 6
La Secretaria de Coordinación General de Gobierno, realizara el seguimiento de
la ejecución física y financiera institucional, y elaborara a tal efecto, informes
mensuales y trimestrales con base en la información de ejecución de las metas
programadas de valor publico y de producción y de la ejecución financiera POAPresupuesto de las instituciones del Sector Publico.
Articulo: 8
Todas las Instituciones de Gobierno: Central, Desconcentrado y Descentralizado,
deben remitir dentro de los primeros quince(15) días del mes finalizado el
trimestre, a la Secretaria de despacho de Finanzas, el informe trimestral sobre su
respectiva ejecución física y financiera del Plan Operativo Anual y del Presupuesto.

ARTÍCULO: 98
Posterior a la emisión de la Nota de Prioridad que emite la Secretaría de
Estado en el Despacho de Finanzas, a través de la Dirección General de
Inversiones Públicas, cuando se requiera modificar aspectos técnicos en la
formulación del proyecto, tales como: modificación en el plan de inversión y/o
presupuesto, inconsistencias en el nombre del proyecto, Unidad Ejecutora,
localización, cobertura, incremento disminución del monto total del proyecto,
las instituciones del Sector Público, deberán solicitar a la Secretaría de Estado
en el Despacho de Finanzas “Dictamen Técnico de Enmienda de Nota de
Prioridad Emitida”.
Para este efecto, se requerirá que las instituciones del Sector Público, a través
de las UPEGs, adjunten la debida documentación de respaldo que permita el
análisis técnico, para la emisión del Dictamen correspondiente.
ACTIVIDADES
1. Formulación de Plan Estratégico Institucional (PEI) y Plan Operativa
Anual (POA) de la SEDENA.
2. Realizar modificaciones al Plan Operativo Anual (POA) de los
programas presupuestarios que conforman la SEDENA en concepto
de: Incorporación de Fondos Nacionales y Recursos Propios,
traslado
de fondos entre programas presupuestarios y
congelamiento de fondos por Decreto Ejecutivo.
3. Revisión y control de informes de la ejecución Físico – Financiero
del Plan Operativo Anual (POA) de cada uno de los programas
presupuestarios que conforman la SEDENA .
4. Elaboración de Informes mensuales y trimestrales de la Ejecución
Física y Financiera del POA de cada uno de los programas
presupuestarios que conforman la SEDENA .
5. Elaboración de Informe descriptivo de Logros de la SEDENA.
6. Monitorear que cada unas de las unidades ejecutoras ingresen los
datos en tiempo y forma a la plataforma de Gestión por Resultados
de la Dirección Presidencial de Gestión por Resultados
7.
Ingresar indicadores de logros en materia de Defensa en la
Plataforma Nacional de Comunicaciones del Despacho de
Comunicaciones y Estrategia Presidencial.




Asignar mas personal a la UPEG con el fin de fortalecerla para que pueda cumplir en
tiempo y forma todas las responsabilidades que tiene asignada.
Crear un Departamento de Estadística que centralice la información de los logros de
la Fuerzas Armadas y esta a su vez proporcione dicha información a diario a la UPEG
para su posterior ingreso a las plataformas ya establecidas.
Brindar acceso a internet con una velocidad acorde para que las personas encargadas
de ingresar información a la Plataforma de Gestión por Resultados, realicen dicha
labor en tiempo y forma establecida por la Dirección Presidencial de Gestión por
Resultados.
Monitoreo de parte de cada uno de los jefes inmediatos de las personas encargadas
remitir información a la UPEG, para que las mismas lo hagan en tiempo y forma
establecidos; esto con el fin de evitar atrasos en la elaboración de Informes
mensuales y trimestrales de la Ejecución Física y Financiera del POA, informes de
Logros, así como el ingreso de datos a la plataforma de Comunicaciones y Estrategia
y el Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAFI).


La Subgerencia de Presupuesto y Contabilidad comenzó a
funcionar en ésta Secretaría en el año 2004, estando estructurada
en ese momento por un (1) Subgerente y un (1) Asistente
Actualmente, está compuesto por un (1) Subgerente, un (1)
Asistente y un (1) Auxiliar de Presupuesto.
MISIÓN
Observar y cumplir los lineamientos emitidos en las diferentes Leyes y
Reglamentos relativas a la Política Presupuestaria Gubernamental, así como
Registrar y controlar la ejecución del gasto Público.
VISIÓN
Ser una unidad encaminada a optimizar los recursos públicos asignados a la
institución, para lograr una eficaz y eficiente ejecución de los objetivos
institucionales.
1.-
La
Constitución
de
la
República,
Artículo
251
El Congreso Nacional puede llamar a los Secretarios de Estado y éstos
deben contestar las interpelaciones que se les hagan, sobre asuntos
referentes a la administración pública.
2.- La Ley de la Administración Pública (Decreto No. 218-96 Publicación
30/12/1996)
Artículo 31, primer párrafo
En cada Secretaría de Estado habrá una Gerencia Administrativa, la que
tendrá a su cargo, entre otras, funciones la administración presupuestaria, la
administración de los recursos humanos y de los materiales y servicios
generales, incluyendo la función de compras y suministros.
3.
Ley Orgánica del Presupuesto (Decreto 83-2004), Articulo 6
Relaciones Con las Gerencias Administrativas.
◦ Las Gerencias Administrativas de las Secretarías de Estado o las
Dependencias equivalentes a cada uno de los Organismos del Sector
Publico, deberán cumplir, entre otras, las directrices que
establezcan la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, así
como las normas y procedimientos que dicten los órganos técnicos
Coordinadores de los subsistemas integrantes del Sistema de
Administración Financiera (SIAFI) en el marco de las atribuciones y
tendrán a su cargo las gestiones y operaciones económicofinancieras y patrimoniales en su respectivo ámbito de competencia.
4.- Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder
Ejecutivo (Decreto Ejecutivo No. PCM-008-97),
Artículo 34: La Gerencia Administrativa de cada Secretaría de Estado es
responsable de la administración presupuestaria, la administración de los
recursos humanos y la administración de materiales y servicios generales,
incluyendo las funciones de compras y suministros y de administración y
custodia de los bienes a su cargo.
Artículo
35:
La
administración
presupuestaria
comprende,
fundamentalmente, la preparación del anteproyecto de presupuesto anual de
la Secretaría de Estado y de sus dependencias, el registro y control de la
ejecución del gasto de acuerdo a la ejecución del gasto de acuerdo con la
legislación sobre la materia, la liquidación del presupuesto al termino del
ejercicio fiscal, la contabilidad financiera de las operaciones de la Secretaría
de Estado, la asesoría y apoyo a sus diferentes dependencias en relación con
la ejecución y control de presupuesto, la preparación de informes financieros
y sobre la ejecución presupuestaria que fueren requeridos y el manejo
actualizado de los registros y archivos del control presupuestario y de la
contabilidad, para su verificación por los órganos contralores del Estado.
El anteproyecto de presupuesto será preparado de acuerdo con las
prioridades y metas de inversión y gasto público oficialmente establecidas.
La confiabilidad financiera se ajustara a las normas que emita la Contaduría
General de la República.
5.- Disposiciones Generales para la Ejecución del Presupuesto general
de Ingresos y egresos de la República, para la Gestión 2016
Capítulo IV
Sección:
I.
Normas Generales de Ejecución
II.
Del enfoque de genero en el presupuesto General de la República
III. De los ingresos
IV. De las Modificaciones presupuestarias
FUNCIONES
1. Formulación y carga del presupuesto anual de la Secretaría de Defensa
Nacional incluidas las Fuerzas Armadas en el sistema integrado de
administración financiera SIAFI.
2. Carga y captura de las cuotas presupuestarias mensuales y
trimestrales a ejecutarse por parte de Gerencia Administrativa Central
y de las Fuerzas Armadas
3. Elaboración en el Sistema Integrado de Administración Financiera
(SIAFI) de los Formularios de Ejecución del Gasto F-01s del Programa
01: Actividades Centrales, así como Revisión y aprobación de los
Formularios de Ejecución del Gasto F01s remitidos por las Fuerzas
Armadas para su posterior firma por parte de la gerencia
administrativa central.
4. Elaboración de modificaciones presupuestarias de diversos
tipos: Incorporación de recursos propios, Creación de una
nueva actividad/obra dentro de un programa, Traslado de
fondos entre diferentes objetos presupuestarios de los grupos
2 (servicios no personales) y 3 (Bienes y servicios) de todas y
cada una de las unidades ejecutoras.
5. Se encarga de brindar la firma a la planillas elaboradas en la
Subgerencia de Recursos Humanos: Planilla de salario mensual,
Decimotercer mes, Decimocuarto mes, Vacaciones y
Liquidación de empleados del Programa 01, Actividades
Centrales.
6. Elaboración de Consolidado de la Ejecución Presupuestaria real
del Programa 01 Actividades Centrales
7.
Declaración y presentación ante la Dirección Ejecutiva de Ingresos a
través del sistema DET LIVE de los impuestos retenidos en los pagos
realizados a proveedores de la SEDENA, a través de los Formularios de
Ejecución del Gasto (F-01) y cheques, recopilando dicha información para la
elaboración de la declaración mensual de la Retención impuestos sobre
ventas y Retención del 12.5% de Impuesto Sobre la Renta .
8.-
Asistencia a la Gerencia Administrativa en labores de redacción de diversos
manuales de procedimiento del departamento de Contabilidad y
Presupuesto, informes solicitados y a su vez dirigidos a instituciones tales
como, Secretaria de Finanzas, Tribunal Superior de Cuentas (TSC) y otras que
lo amerite.
9.Control de ingresos y salidas de la cuenta general de sueldos de las
Fuerzas Armadas.
10. Revisión de conciliaciones Bancarias que mantiene la SEDENA en Banco
Central de Honduras y otros Bancos Comerciales elaboradas por los
auxiliares contables del Departamento de Contabilidad de la SEDENA.
11.
Redacción de oficios dirigidos a Secretaría de Finanzas , solicitando la
incorporación de recursos propios generados por las unidades
ejecutoras que producen sus propios ingresos en efectivo, como es el
caso de la Fuerza Aérea, Fuerza Naval, Industria Militar (por alquileres
de servicios y de infraestructura, venta de bienes, etc.), así como oficios
dirigidos a otras instituciones publicas y privadas.
12. Mantener al día el Backup físico de todos los Formularios de Ejecución
del Gasto F-01s de todos los programas de la Secretaría de Defensa
Nacional, mismos que ya han sido autorizados por parte de la Gerencia
Administrativa.
1.
Cumplir con lo establecido en el Articulo 30 de las Disposiciones
Generales para la Ejecución del Presupuesto general de Ingresos y
egresos de la República, para la Gestión 2016, referente a que cada
programa presupuestario debe mantener sus cuentas bancarias en el
Banco Central de Honduras y cuyo manejo estará a cargo del Gerente
Administrativo, con base al plan de desembolsos y ejecutorias que
éstas presenten.
2 Solicitar a las Analistas SIAFI y al Contador General de cada uno de
los programas presupuestarios de la s Fuerzas Armadas, que
procedan a la elaboración de Consolidado de la Ejecución
Presupuestaria real, correspondiente a cada uno de los programas.
3. Saneamiento de las cuentas por pagar a empresas estatales (ENEE,
SANAA, HONDUTEL) para lo cual se requiere de la conformación de
equipos técnicos integrados por Subgerencia de Presupuesto SEDENA
por el C-4 y todos sus dependencias logísticas, Pagadurías generales
y/o departamentos administrativos
FFAA y Personal técnico
solicitado a las empresas estatales.
4.Trabajar conjuntamente con los departamentos encargados de
compras en todos los programas dem las ffaa a fin de llevar a cabo lo
establecido por la oficina normativa de adquisiciones y contrataciones
del estado ONCAE
5. Trabajar en conjunto con los programas de las fuerzas armadas en lo
relativo a la solvencia fiscal ante la dirección ejecutiva de ingresos a
fin de evitar multas por omisos, así mismo retroalimentarnos de toda
la normativa establecida en código tributario al respecto , en especial
con las nuevas reformas que se preparan en 2016 al código
tributario.
6. Prepara liquidaciones de proyectos conforme a los solicitado por el
Comité de Fidecomiso de Tasa de Seguridad, en vista de que los
mismos deben registrarse mensualmente en la contabilidad nacional
a través de la Contaduría General de la República

Aplicación de la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública (LTAIP), publicada en el Diario Oficial
la Gaceta el 30 de diciembre del año 2006.


Atención ciudadana.
Actualización permanente del Portal Único de
Transparencia, Artículo 13 de la LTAIP.
NIVEL
CALIFICACIÓN
EXCELENTE
100%
BUENO
90-99%
MALO
70-89%
DEFICIENTE
0-69
INSTITUCIÓN
AÑO 2011
AÑO 2012
AÑO 2013
AÑO 2014
ENE-JUN
AÑO 2015
SEDENA
98%
95%
90%
90%
89%


Manejo del perfil de transparencia en el Sistema de
Administración Financiera Integrada (SIAFI)
Recepción, tramite y entrega de respuestas de Solicitudes
de Información Pública, Artículo 14 de la LTAIP.

Desarrollo de programa anual de Capacitaciones sobre la
LTAIP, establecida en el Artículo 6.

Manejo del Sistema de Información Electrónica de Honduras
(SIELHO). Artículo 12 de la LTAIP ordena la creación del
Sistema Nacional de Información Pública.

Como observadora, participar en reuniones o juntas, donde se
discuta o aprueben proyectos, compras o licitaciones, como
garante de la correcta utilización de los fondos públicos o del
Estado, cumpliendo así con el principio de máxima publicidad
de los actos públicos. Artículo 2 de la LTAIP y Artículo 4 del
Reglamento de la LTAIP.
ORGANIGRAMA
SECRETARIO DE ESTADO
DIRECCIÓN DE TRANSPARENCIA


Redacción del Plan Operativo Anual.
Redacción del Manual de Procesos y
Procedimientos.
SUGERENCIAS
Nombrar enlace permanente de FF.AA., con
comunicación directa a la Jefatura del EMC, que
pueda gestionar y responder los
requerimientos de la SEDENA de acuerdo a la
LTAIP.
MUCHAS GRACIAS!!!!!
MINISTRO
GERENCIA
ADMINISTRATIVA
UNIDAD DE BIENES
NACIONALES




ACTUALMENTE ESTA UNIDAD CUENTA CON EL PERSONAL
SIGUIENTE:
JEFE DE LA UNIDAD
UN ASISTENTE
UN AUXILIAR

LA UNIDAD DE BIENES NACIONALES FUE CREADA O INICIO
SUS LABORES COMO TAL EN JUNIO DEL AÑO
2010,
IDENTIFICADA COMO LA UNIDAD DE BIENES NACIONALES
(ULAB) DE LA SECRETARIA DE DEFENSA NACIONAL Y
RESPONSABLE DEL USO Y MANEJO DE TODOS LOS BIENES
MUEBLES E INMUEBLES, TOMANDO UN AUGE EN ESTA
ADMINISTRACION DIRIGIDA POR EL ING. SAMUEL REYES Y EL
LIC. ALEXIS A. ZUNIGA PARA QUIENES AGRADESCO EL
APOYO BRINDADO DE FORMA TOTAL.

LA DIRECCION GENERAL DE BIENERS NACIONALES FUE CREADA SEGÚN
DECRETO LEGISLATIVO 274/2010 Y SU REGLAMENTO, CREANDOSE
LAS UNIDADES DE BIENES BAJO ESE MISMO DECRETO Y A LA VES LA
D.G.B.N. REGULA A TRAVES DE RESOLUCIONES, CIRCULARES Y
PROCESOS LAS QUE REGULA LAS OPERACIONES EN EL MODULO DE
BIENES NACIONALES A TODAS LAS UNIDADES LOCALES
ADMINISTRATIVA DE BIENES (ULAB).

MEJORAR LOS CONTROLES, REGISTROS Y USO ADECUADO DE LOS
BIENES MUEBLES E INMUEBLES DE LA SECRETARIA DE DEFENSA
NACIONAL Y FUERZAS ARMADAS DE HONDURAS Y SUS
DEPENDENCIAS.

VELAR POR EL CUMPLIMIENTO DE LAS LEYES, NORMATIVAS Y
REGLAMENTOS EN EL USO Y MANEJO DE LOS BIENES DE LAS FUERZAS
ARMADAS, ASI MISMO REGULAR LOS PROCEDIMIENTOS NECESARIOS
PARA EL MANEJO CORRECTO DE LOS INVENTARIOS.
MANTENER UN REGISTRO ADECUADO DE TODOS LOS BIENES QUE SE
POSE A NIVEL DE LAS FUERZAS ARMADAS Y PROPORCIONAR INFORMES
CONFIABLES ANTE LOS ENTES CONTRALORES DEL ESTADO.
LA UNIDAD DE BIENES NACIONALES DEPENDIENTE DE LA GERENCIA
ADMINISTRATIVA ES LA RESPONSABLE DE DAR FIEL CUMPLIMIENTO A
LAS LEYES Y REGLAMENTOS QUE REGULAN EL BUEN USO Y MANEJO DE
LOS BIENES DE LA SECRETARIA DE DEFENSA NACIONAL
Y LAS
FUERZAS ARMADAS ANTE LA DIRECCION
GENERAL DE BIENES
NACIONALES , LA QUE TIENE LAS SIGUENTES FUNCIONES LAS QUE A
CONTINUACION SE DETRALLAN:



LEVANTAMIENTOS DE INVENTARIOS DE BIENES DE USO
INSPECCIONES O VERIFICACION DE INVENTARIOS
REALIZAR DESCARGOS DE BIENES EN DESUSO O
INSERVIBLES DE
ACUERDO A PROCESOS YA ESTABLECIDOS LEGALMENTE.
 REALIZAR DESCARGOS DE BIENES EN DESUSO O INSERVIBLES DE
ACUERDO A PROCESOS YA ESTABLECIDOS LEGAMENTE A TRAVES DE
LA DIRECCION GENERAL DE BIENES NACIONALES.
 PREPARACION DE INFORMES DE LOS REGISTROS DE BIENES A
SOLICITUD DE LAS
SIGUIENTES INSTITUCIONES COMO SER
DIRECCION GENERAL DE BIENES NACIONALES, PROCURADURIA
GENERAL DE LA REPUBLICA Y TRIBUNAL SUPERIOR DE CUENTAS.
 GENERAR
INSTRUCTIVOS
NORMATIVOS
PARA
EL
DESARROLLO DE LAS DIFERENTES ACTIVIDADES QUE SE REALIZAN
A NIVEL DE LAS FUERZAS ARMADAS.
 RESPONSABILIDAD
UNICA
DE
APROBAR
TODOS
REGISTROS DE LOS BIENES OPERADOS A NIVEL NACIONAL.
LOS


A LA FECHA SE TIENEN OPERADOS EN EL MODULO DE BIENES
NACIONALES 60780 BIENES A NIVEL NACIONAL, DESDE QUE SE INICIO
EN ENERO DE 2011 Y QUE PARA ESTE AÑO SE DEBE CONCLUIR EN UN
100%, YA QUE ESTOS REGISTROS DEBERAN SER ELEVAR AL PORTAL DE
TRANSPARENCIA DE SEDENA.
LA CODIFICACION DE LOS BIENES SE HA AVANZADO EN UN 75% A
NIVEL NACIONAL SIENDO ESTA UNA RESPONSABILIDAD DE CADA
UNIDAD MILITAR Y SUPERVISADO POR PERSONAL LOGISTICO DE CADA
FUERZA.


EL PRINCIPAL LOGRO ES LA DEPURACION DE LOS INVENTARIOS EN UN
96% A NIVEL NACIONAL, QUE POR PRIMERA VES SE EJECUTAN
LEGALMENTE, QUEDANDO PENDIENTE EL COMPLEJO MILITAR DEL
EJERCITO , EL COES , UN 1% LA FUERZA NAVAL ,1% FUERZA AEREA Y
2% LA FUERZA EJERCITO QUE SE INICIARA CON EL PROCESO EN EL MES
DE FEBRERO DEL PRESENTE AÑO, SIEMPRE Y CUANDO SE TENGA EL
APOYO NECESARIO.
ASI MISMO TENER CAPACITADO A DOS USUARIOS POR UNIDAD
MILITAR, LO QUE FACILITA EL REGISTRO DE FORMA INMEDIATA DE UN
BIEN YA SEA POR COMPRA, DONACION O TRANSFERENCIA Y ASI DE
ESTA FORMA TENER ACTUALIZADO LOS INVENTARIOS.

ALGO NOVEDOSO ES LA HABILITACION DE LA SECCION DE
BIENES NACIONALES EN TODAS LAS UNIDADES MILITARES DE
FORMA INDEPENDIENTE O SEA SU PROPIA OFICINA Y SU
EQUIPO.
RECOMENDACIÓN GENERAL.
 DOTAR DE EQUIPO NECESARIO Y UN INTERNET EFICIENTE Y
MANTENER EL PERSONAL IDONEO
(USUARIOS) POR UN
TIEMPO PRUDENCIAL Y ASI EVITAR DESCONTINUAR
LAS
ACTUALIZACIONES DE LOS INVENTARIOS.



Nuestra función se realiza con absoluta independencia de la máxima
autoridad y está orientada a la fiscalización de la ejecución del
presupuesto institucional.
En nuestra función asistimos a los funcionarios y empleados en la
prevención de infracciones a las leyes y a la ética, con motivo de
procurar una gestión clara, veraz y objetiva por medio de la ejecución y
desarrollo de sistemas de control, fiscalización, probidad y norma,
promoviendo la mayor eficacia en la administración de los bienes
nacionales.
Aprovechamos esta apertura para que la sociedad conozca el proceso
de auditaría interna y las acciones de control que ejercemos para
fortalecer una gestión pública, transparente, efectiva y eficiente.
Todos los sujetos pasivos del sector público, que se señalan
en el Artículo 5 de la Ley del Tribunal Superior de Cuentas,
deben tener una auditoría interna, salvo aquellos en los cuales
éste disponga, por vía reglamentaria o disposición singular,
que su existencia no se justifica, en atención a criterios tales
como presupuesto asignado, volumen de operaciones, nivel de
riesgo institucional o tipo de actividad.
En este caso, el Tribunal Superior de Cuentas ordenará a la
institución establecer los métodos de control o fiscalización
que defina el Articulo 41 de la Ley Orgánica del Presupuesto.
Misión
Examinar, revisar, evaluar, y determinar el fiel cumplimiento de la
administración en la Secretaría de las disposiciones legales,
reglamentos y de controles internos para determinar la eficiencia y
eficacia del recurso económico financiero. y promover la
modernización del sistema de controles internos en la misma.
Visión
En el cumplimiento de sus funciones vigila que las operaciones
financieras y administrativas de la SEDENA se realicen con base en
la eficacia, eficiencia, economía, equidad, veracidad, y legalidad.
para que exista un sistema de transparencia en la gestión de sus
servidores.
1.
2.
Realizar auditorías o revisiones especiales, en forma
trimestral, de acuerdo con las normas técnicas de auditoría
gubernamental y otras disposiciones emitidas por el Tribunal
y las normas de auditoria generalmente aceptadas en cuanto
fueren aplicables.
Comunicar sobre los resultados de las auditorías o revisiones
especiales que realice, conforme a la Ley del Tribunal.
3.
Comprobar que los funcionarios responsables
tomen las medidas apropiadas (seguimiento), en
relación con las conclusiones y recomendaciones
que contienen los memorandos e informes de
auditoría o revisiones especiales aceptadas por la
administración activa, tanto los preparados por la
Auditoría Interna, Auditores Externos, como
también por el Tribunal Superior de Cuentas.
Asimismo, dará cuenta por escrito a las
autoridades superiores y al Tribunal de las
posibles situaciones irregulares que compruebe
en el desempeño de su labor.
4.
5.
6.
Efectuar el control previo, concurrente y posterior de
la ejecución y liquidación del presupuesto de la
institución.
Verificar los controles del sistema de procesamiento
electrónico de información de la institución, de
acuerdo con disposiciones generalmente aceptadas
en cuanto fueren aplicables.
Asesorar, en cualquier función de su competencia, al
órgano administrativo de más alto nivel.
Auditoría Interna tiene relación con las siguientes
instituciones:

Tribunal Superior de Cuentas

Oficina Nacional de Control Interno (ONADICI)

Internamente tiente relación con todas las
Direcciones de esta Secretaría.
Introducción
El Manual de Procesos y Procedimientos está dirigido a todas las
personas que bajo cualquier modalidad, se encuentren
vinculadas a la SEDENA y se constituye en un elemento de
apoyo útil para el cumplimiento de las responsabilidades
asignadas, y para coadyuvar, conjuntamente con el Control
Interno, en la consecución de las metas de desempeño y
rentabilidad, asegurar la información y consolidar el
cumplimiento normativo.
La función de la Auditoría Interna dentro del Control Interno
Institucional es el cumplimiento de la misión y visión, verifica y
evalúa la capacidad administrativa y comprobar que todo
servidor público es responsable de su actuación en su gestión
oficial.
Revisa mecanismos necesarios para prevenir actos ilícitos,
evidencia, registro y custodia de los bienes, comprueba los
controles preventivos para prever actos reñidos con la ley
La estructura organizativa
de la Unidad de Auditoría
Interna de la Secretaria de
Defensa
Nacional
de
acuerdo con la
TSCNOGECI-15
del
Marco
Rector de la Unidad de
Auditoria Interna es Tipo A,
aunque en la actualidad este
es la descripción de dicha
unidad.

La secretaría de Defensa Nacional cuenta cuenta con el
departamento de informática y tecnología, encargado
de brindar diferentes servicios informáticos, tales como
sistemas informáticos , equipos de computo,
administración y configuración de equipos entre otros.

Brindar un servicio de calidad e innovar de forma tecnológica
a la Secretaria de Defensa Nacional.

Crear un servicio que cumpla con todas las necesidades
tecnológicas de la institución, así como la aplicación de
normas y estándares de tecnologías.
VISIÓN

Impulsar y apoyar proyectos tecnológicos que
puedan ser aprovechados a la secretaria de Defensa
Nacional SEDENA.
Secretario de
Estado
Gerencia
Administrativa
Coordinador
de Informática
Especialista en
Redes
Asistente
Técnico

De acuerdo al Articulo N° 31 de la Ley General de la administración
publica, las siguientes atribuciones de la unidad de informática:
1.
Determinar Conjuntamente con las dependencias o departamento las
necesidades y prioridades de desarrollo de sistema de información, así
como también la conveniencia de empleo para el apoyo de la institución.
2.
Efectuar evaluaciones que permitan determinar la factibilidad técnica y
económica de automatizar las actividades de la institución.
3.
Realizar el análisis, diseño, programación, pruebas previas, instalación,
puesta en marcha, elaboración de manuales y capacitación de los usuarios
finales de los sistemas de información.
4.
Supervisar la implantación de sistemas de
elaborados por empresas externas.
información
5.
Brindar mantenimiento preventivo y correctivo a los equipos de
cómputo de la institución.
6.
Garantizar la seguridad del acceso a las bases de datos de los
sistemas de información y la conservación de los datos.
7.
Mantenimiento y actualización de los sistemas de información en
servicio.
8.
Configuración de equipos de computo tales como impresoras,
escáner y otros.
9.
Soporte de usuario en la utilización de software de aplicación general y de sistemas de
información.
10.
Instalación, mantenimiento y ampliación de la red informática institucional.
11.
Soporte para el mantenimiento de la pagina WEB de la Institución.
12.
Coordinación con la entidad responsable del SIAFI para la interconexión con dicho
sistema que propicie el intercambio de información en tiempo real.
13.
Elaborar el plan operativo anual y el plan estratégico de sistemas y tecnologías de la
información de la institución.
14. Ejecutar las demás funciones que le sean asignadas en el marco de su
competencia.
15.Diseño y mantenimiento de las páginas web de la Secretaria de Defensa
Nacional.
16.Brindar apoyo a las fuerzas en relación al sistema de administración
financiera integrada de finanzas, encuanto a gestiones de perfil de
usuario.
17. Asistir al personal de las fuerzas en la configuración e instalación del
sistema SIAFI.
SUGERENCIAS



Crear perfiles de consulta en el SIAFI para dar
seguimiento a los procesos y trámites de los pago
a proveedores.
Se necesita de un sistema de contabilidad para
que los movimientos
contables que tiene la
Fuerzas y SEDENA estén conectados a través de un
sistema
integrado.
Se sugiere la digitalización de todos
documentos y obtener un archivo contable.
los