Año XI - N° 2441 :: BUENOS AIRES, Jueves 10 de Diciembre de 2015 :: Resolución N° 0984 Aprueba Convenio Marco Cons. Nac. de Coord Pol. Soc....pág.1 Resolución N° 0985 Ratifica lo actuado por la GPSyC - cobertura internación....pág.2 Resolución N° 0986 Limita. Asigna funciones Jefe Div. Operativa - GPM............pág.3 Resolución N° 0987 Limita. Traslada. Asigna funciones titular GTIC...................pág.4 Resolución N° 0988 Designa. Asigna funciones titular GA...................................pág.4 Resolución N° 0989 Transfiere la Unidad Enlace con la Defensoría a la GAJ.....pág.6 Resolución N° 0990 Limita. Traslada al Eq. Mesa de Entradas y Salidas - UGL XV..pág.7 Resolución N° 0984 BUENOS AIRES, 16 NOV 2015 VISTO el Expediente N° 200-2015-0011971-3, y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el VISTO, tramita la aprobación del Convenio Marco de Colaboración y Asistencia Técnica y del Convenio Específico a suscribir con el CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES y la DIRECCION NACIONAL DEL SISTEMA DE INFORMACION, EVALUACION Y MONITOREO DE PROGRAMAS SOCIALES y el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, respectivamente. Que el Consejo fue creado, en el ámbito de la Presidencia de la Nación, por el Artículo 4° del Decreto 357/02 y su estructura orgánica aprobada por el Decreto 1195/02. Su objeto es constituir un ámbito de aplicación y coordinación de la política social nacional para mejorar la gestión de gobierno, mediante la formulación de políticas y la definición de cursos de acción coordinados e integrales, optimizando la asignación de recursos. En ese sentido, el Consejo acompaña a todos los sectores de la sociedad argentina instrumentando, a través de los organismos a su cargo, la coordinación y articulación de la gestión de los entes responsables de la política social nacional y, en su caso, asistir técnicamente en materia de capacitación y desarrollo, incluyendo en ese objetivo a las personas mayores, y sumándose, de esta forma, a las políticas de integración e inclusión que lleva adelante el Gobierno Nacional. Que, por su parte, el Secretario Ejecutivo del Consejo, cargo creado por el artículo 7° del Decreto 357/02, tiene entre sus atribuciones, según lo establecido en el artículo 5° inc. s) del Decreto 1195/02, celebrar convenios con organismos públicos y privados, nacionales e internacionales, referidos a las competencias del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES. Que, el mencionado organismo y el Instituto tienen, entre otros, como objetivo común el de promover políticas sociales apuntando a mejorar la calidad de vida de las personas. Que, por ello, resulta conveniente aunar los esfuerzos de ambas instituciones, a través de este convenio marco, a los efectos de promover ese entorno integrador y potenciar las sinergias interinstitucionales. Que, el objeto del citado convenio consiste en formalizar acciones de colaboración y cooperación institucionales vinculadas con las actividades llevadas a cabo por las partes a fin de promover la capacitación de los agentes del Instituto y la investigación científica, en directa relación con las personas mayores en el marco de las políticas de integración e inclusión llevadas adelante por el Gobierno Nacional. Que, a su vez, los planes de colaboración y los proyectos de cooperación conjuntos a acordar por las partes serán elaborados e instrumentados mediante Convenios Específicos entre el propio CONSEJO y/o sus dependencias y el INSTITUTO. En dichos Convenios se establecerán los objetivos, el desarrollo de los mismos y el organismo o dependencia interviniente en cada caso. Que, siguiendo ese criterio, se propicia la suscripción de un Convenio Específico con la DIRECCION NACIONAL DEL SISTEMA DE INFORMACION, EVALUACION Y MONITOREO DE PROGR A M AS SOCIA LES, SIEMPRO, organismo dependiente del CONSEJO, el cual es un programa dedicado a diseñar e implementar sistemas, destinados a producir información que permita diagnosticar la situación socio económica de la población y efectuar análisis útiles para la formulación de políticas; entre otras atribuciones. Que, el objeto del convenio específico citado es la provisión, por parte de ese organismo, de Asistencia Técnica para la realización de una encuesta, cuyo fin es desarrollar conocimiento científico sobre las características de la población Centenaria afiliada al Instituto. Que, la misma se realizará a través de una muestra de representatividad nacional de 900 casos o los que, en su defecto, se determinen. Que, según datos del Censo 2010, nuestro país se encuentra en una etapa avanzada de envejecimiento poblacional siendo que el porcentaje en ese franja etaria ha mostrado un crecimiento considerable: población mayor de 99 años y más, en un 53,43%, y población de 100 años y más, en un 87,47%. Que, siendo que esa realidad no es ajena al Instituto, se considera apropiado que estos afiliados con características particulares por haber alcanzado la edad centenaria, requieren un relevamiento situacional integral desde el punto de vista biológico, cognitivo, psicológico, funcional y social con el fin de garantizar la accesibilidad de los mismos a un menú prestacional adaptado y flexible y de instrumentación inmediata y prioritaria. índice índice ISO 9001:2008 Management System www.tuv.com ID 9105061801 página 1 1 página Año XI - N° 2441 :: BUENOS AIRES, Jueves 10 de Diciembre de 2015 :: Que, también, ello brindará la oportunidad de que sus experiencias vitales constituyan un legado incalculable para quienes lo suceden en el devenir del tiempo y de esa forma, reconocer los aportes que, como ciudadanos y ciudadanas, han hecho al engrandecimiento de esta Nación. Que, a su vez, entre otros objetivos específicos, en dicha encuesta apuntará a obtener las claves más importantes respecto a la supervivencia, fragilidad e independencia, que permitan envejecer con mayor calidad de vida al conjunto de la población mayor y, a la vez, que redunden en la mejora de la estrategia del Instituto en intervención socio-sanitaria sobre el total de los afiliados del Instituto. Que se deja constancia que el Convenio Específico a suscribir no implica erogación alguna para las partes. Que la Unidad Desarrollo Estratégico y Gestión para la Calidad y la Gerencia de Asuntos Jurídicos han tomado intervención en lo que resulta materia de su competencia. Por ello, y en uso de las facultades conferidas en los artículos 2° y 3° del Decreto N° 02/04 y el artículo 1° del Decreto N° 121/07 del Poder Ejecutivo Nacional, EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ORGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS RESUELVE: ARTICULO 1°.- Apruébese el modelo de Convenio Marco de Colaboración y Asistencia Técnica a suscribir con el Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales, que como Anexo I forma parte de la presente. ARTICULO 2°.- Apruébese el modelo de Convenio Específico a suscribir con la Dirección Nacional del Sistema de Información, Evaluación y Monitoreo de Programas Sociales, que como Anexo II forma parte de la presente. ARTICULO 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCION N° 0984 Dr. Luciano DI CESARE – Director Ejecutivo Solicite los anexos aquí o por correo a: [email protected] Resolución N° 0985 BUENOS AIRES, 16 NOV 2015 VISTO el Expediente N° 0520 -2014 - 0 0129 85 -1 y las Disposiciones N° 4462/GPSyC/14, N° 7730/GPSyC/14, N° 1577/GPSyC/15, N° 8129/GPSyC/15 y, CONSIDERANDO: Que las citadas actuaciones se tramitan en cumplimiento de la resolución judicial dictada en los autos caratulados “TOTO José c/ INSSJP (PAMI) S/ AMPARO LEY 16.986”, que tramitan por ante el Juzgado Federal N° 2, Secretaría ”A”. Que en los autos mencionados se ha ordenado al Instituto brindar la cobertura de internación en la residencia “Jardín del Centro”, sito en la calle Santa Fé N° 1554 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fé donde vive el señor José Toto, Beneficio N° 090540752201/00, D.N.I. N° M 4.003.065, por el monto equivalente al máximo previsto para los prestadores del Instituto. Que a fin de dar cumplimiento inmediato a la manda judicial, la Gerencia de Promoción Social y Comunitaria emitió los Actos Dispositivos N° 4462/GPSyC/14 N° 7730/GPSyC/14, N° 1577/GPSyC/15 y N° 8129/GPSyC/15 se otorgó cobertura prestacional, a el afiliado referido, por el período que abarca desde el 1 de julio de 2014 al 30 de Agosto de 2016. Que el otorgamiento de un subsidio económico por vía de excepción, en razón de las especiales circunstancias socio económicas y de salud del afiliado mencionado se encuadra dentro de las prestaciones sanitarias y sociales, integrales, integradas y equitativas, tendientes a la promoción, prevención, protección, recuperación y rehabilitación de la salud, que constituyen el objeto de este Instituto de acuerdo a lo establecido en el Artículo 2° de la Ley 19032 y sus modificatorias. Que en este sentido, el Artículo 3° de la citada Ley establece que esta Obra Social podrá prestar servicios destinados a la promoción y asistencia social de los afiliados, como por ejemplo, subsidios. Que por ello, toda vez que la prestación no se encuentra contemplada en la normativa vigente y ante la situación judicial en autos, corresponde ratificar lo actuado por la Gerencia de Promoción Social y Comunitaria. Que han tomado la intervención que les compete la Unidad de Gestión Local IX - Rosario, el Departamento de Acción Social de la Subgerencia de Promoción Social y la División Unidad Asesoría Jurídica de la Gerencia de Promoción Social y Comunitaria, y la Gerencia de Asuntos Jurídicos. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Artículos 2° y 3° del Decreto N° 02/04 y el Artículo 1° del Decreto N° 121/07, ambos del Poder Ejecutivo Nacional, EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ORGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS RESUELVE: ARTICULO 1° - Ratifíquese lo actuado por las Disposiciones N° 4262/GPSyC/14, N° 7730/GPSyC/14, N° 1577/GPSyC/15 y N° 8129/GPSyC/15. ARTICULO 2°.- Facúltase a la Gerencia de Promoción Social y Comunitaria a renovar o modificar el subsidio económico otorgado a al afiliado, José Toto, Beneficio N° 090540752201/00, DNI N° M 4.003.065, en caso que persistan las causales que dieron origen a la prestación. ARTICULO 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCION N° 0985 Dr. Luciano DI CESARE – Director Ejecutivo índice índice ISO 9001:2008 Management System www.tuv.com ID 9105061801 página 2 2 página Año XI - N° 2441 :: BUENOS AIRES, Jueves 10 de Diciembre de 2015 :: Resolución N° 0986 BUENOS AIRES, 16 NOV 2015 VISTO la Resolución N° 1427/DE/11 y CONSIDERANDO: Que por el artículo 3° del mencionado acto resolutivo se dispuso asignar funciones de Subgerente de Discapacidad, dependiente de la Gerencia de Prestaciones Médicas, al agente Ariel Pablo ECHEVERRIAS (Legajo N° 56776), incluyéndolo en las previsiones del inciso c) del artículo 38°, Capítulo I, Título IV de la Resolución N° 1523/DE/05, sustituido por el artículo 12° de la Resolución N° 833/DE/13, Tramo A dentro del Agrupamiento Profesional, según artículo 11°, Anexo I de Resolución N° 1375/ DE/06, y régimen de prestación laboral equivalente a cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor, de acuerdo a lo normado en el artículo 4° de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07. Que resulta necesario llevar adelante un reordenamiento funcional de la aludida dependencia, por lo que se estima procedente limitar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular de la precitada Subgerencia, al agente Ariel Pablo ECHEVERRIAS (Legajo N° 56776 PR A NIVEL 06 CH45SEM INI). Que por otra parte se considera necesario, asignar al agente Ariel Pablo ECHEVERRIAS, a partir de la fecha de notificación, funciones de Jefe de la División Operativa, Departamento Administración y Seguimiento de Procesos, de la Subgerencia de Discapacidad, dependiente de la Gerencia de Prestaciones Médicas, correspondiendo su inclusión en los alcances del inciso f) del artículo 38°, Capítulo I, Título IV de la Resolución N° 1523/DE/05, sustituido por el artículo 12° de la Resolución N° 833/DE/13, Tramo B dentro del Agrupamiento Profesional, según artículo 11°, Anexo I de Resolución N° 1375/DE/06, y régimen de prestación laboral equivalente a cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a lo normado en el artículo 4° de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07. Que la asignación de funciones que se instrumenta a favor del agente Ariel Pablo ECHEVERRIAS, corresponde hasta tanto se proceda a la cobertura del cargo conforme lo establecido en el Artículo 10° del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto. Que asimismo corresponde dejar constancia que el agente Pablo Ariel ECHEVERRIAS deberá realizar la presentación dentro de los diez (10) días, contados a partir de la fecha de notificación, del Formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades que Desempeña el Causante”, a fin de reflejar la modificación en su estado laboral, conforme lo indica la normativa vigente. Que por otra parte y a los efectos de no resentir el desenvolvimiento de las tareas propias a la Subgerencia de Discapacidad, se estima oportuno asignar el ejercicio de las aludidas funciones, a la agente Marta Cristina FUENTES ESPARZA (Legajo N° 55887 PR A NIVEL 05 CH45SEM INI), sin perjuicio de las funciones de titular de la Subgerencia de Salud Mental, dependiente de la Gerencia de Prestaciones Médicas, y hasta tanto se proceda a la cobertura del cargo. Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto N° 002/04-PEN y el artículo 1° del Decreto N° 121/07-PEN, EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ORGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS RESUELVE: ARTICULO 1°.- Limítanse, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular de la Subgerencia de Discapacidad, dependiente de la Gerencia de Prestaciones Médicas, al agente Ariel Pablo ECHEVERRIAS (Legajo N° 56776 PR A NIVEL 06 CH45SEM INI), asignadas por el artículo 3° de la Resolución N° 1427/DE/11. ARTICULO 2°.- Asígnanse, a partir de la fecha de notificación, funciones de Jefe de la División Operativa, Departamento Administración y Seguimiento de Procesos, de la Subgerencia de Discapacidad, dependiente de la Gerencia de Prestaciones Médicas, al agente Ariel Pablo ECHEVERRIAS (Legajo N° 56776), correspondiendo su inclusión en los alcances del inciso f) del artículo 38°, Capítulo I, Título IV de la Resolución N° 1523/DE/05, sustituido por el artículo 12° de la Resolución N° 833/DE/13, Tramo B dentro del Agrupamiento Profesional, según artículo 11°, Anexo I de Resolución N° 1375/DE/06, y régimen de prestación laboral equivalente a cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a lo normado en el artículo 4° de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07. ARTICULO 3°.- Establécese que la asignación de funciones que se instrumenta por el artículo 2° de la presente, en favor del agente Ariel Pablo ECHEVERRIAS, corresponde hasta tanto se proceda a la cobertura del cargo conforme lo establecido en el Artículo 10° del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto. ARTICULO 4°.- Déjase constancia que el agente Pablo Ariel ECHEVERRIAS deberá realizar la presentación dentro de los diez (10) días, contados a partir de la fecha de notificación, del Formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades que Desempeña el Causante”, a fin de reflejar la modificación en su estado laboral, conforme lo indica la normativa vigente. ARTICULO 5°.- Asígnanse, a partir de la fecha de notificación, el ejercicio de las tareas inherentes a la Subgerencia de Discapacidad, a la agente Marta Cristina FUENTES ESPARZA (Legajo N° 55887 PR A NIVEL 05 CH45SEM INI), sin perjuicio de las funciones de titular de la Subgerencia de Salud Mental, dependiente de la Gerencia de Prestaciones Médicas, y hasta tanto se proceda a la cobertura del cargo. ARTICULO 6°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCION N° 0986 Dr. Luciano DI CESARE – Director Ejecutivo índice índice ISO 9001:2008 Management System www.tuv.com ID 9105061801 página 3 3 página Año XI - N° 2441 :: BUENOS AIRES, Jueves 10 de Diciembre de 2015 :: Resolución N° 0987 BUENOS AIRES, 16 NOV 2015 VISTO la Resolución N° 0845/DE/15, y CONSIDERANDO: Que por el artículo 1° del acto resolutivo mencionado en el Visto de la presente se dispuso asignar funciones de titular de la Gerencia de Infraestructura Tecnológica y Comunicaciones, al agente Juan José CHOMIAK (Legajo N° 63673 PR A NIVEL 01 CH45SEM INI), titular de la Unidad de Análisis, Estadística y Planeamiento, dependiente de este Dirección Ejecutiva. Que por su artículo 2°, se dejó establecido que el agente Juan José CHOMIAK continuará ejerciendo las funciones de titular de la Unidad de Análisis, Estadística y Planeamiento. Que a los fines de promover el aprovechamiento racional de los recursos humanos, se estima conveniente desafectar, a partir de la fecha de notificación, al agente Juan José CHOMIAK, de la funciones de titular de la Gerencia de Infraestructura Tecnológica y Comunicaciones. Que en ese mismo orden, deviene necesario proceder a cubrir la titularidad de la precitada instancia gerencial a fin de dar continuidad a las tareas que le son propias, como así también su normal desenvolvimiento. Que a tal efecto, se estima oportuno asignar, a partir de la fecha de notificación, funciones de titular de la Gerencia de Infraestructura Tecnológica y Comunicaciones, al agente Alan GARBOVETSKY (Legajo N° 62918 PR A NIVEL 02 CH45SEM INI), titular de la Gerencia de Administración, manteniendo su inclusión en las previsiones del inciso b), artículo 38°, Capítulo I, Título IV de la Resolución N° 1523/DE/05, Tramo A dentro del Agrupamiento Profesional, en virtual a lo estipulado en el artículo 11°, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06 y régimen de prestación laboral equivalente a cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor, de acuerdo en lo previsto en el artículo 4° de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07. Que previo a la asignación de funciones que se propicia en el considerando que antecede, corresponde limitar, a partir de la fecha de notificación, al agente Alan GARBOVETSKY las funciones de titular de la Gerencia de Administración, asignadas por el artículo 4° de la Resolución N° 176/DE/14, como así también su traslado a la Gerencia de Infraestructura Tecnológica y Comunicaciones. Que asimismo se deja constancia que los agentes Juan José CHOMIAK y Alan GARBOVETSKY, deberán realizar la presentación dentro de los 10 días, contados a partir de la fecha de notificación, del formulario 161 “Declaración Jurada de cargo y actividades que desempeña el causante”, a fin de reflejar de su estado laboral. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto N° 002/04-PEN, y el artículo 1° del Decreto N° 121/07-PEN EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ORGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS RESUELVE: ARTICULO 1°.- Limítense, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular de la Gerencia de Infraestructura Tecnológica y Comunicaciones, al agente Juan José CHOMIAK (Legajo N° 63673 PR A NIVEL 01 CH45SEM INI) asignadas por el artículo 1° de la Resolución N° 845/DE/15, quien continuara ejerciendo las funciones de titular de la Unidad de Análisis, Estadística y Planeamiento, dependiente de esta Dirección Ejecutiva. ARTICULO 2°.- Limítense, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular de la Gerencia de Administración, al agente Alan GARBOVETSKY (Legajo N° 62918 PR TR A NIVEL 02 CH45SEM INI) asignadas por el artículo 4° de la Resolución N° 176/DE/14. ARTICULO 3°.- Trasládase, a partir de la fecha de notificación, a la Gerencia de Infraestructura Tecnológica y Comunicaciones, al agente Alan GARBOVETSKY (Legajo N° 62918 PR A NIVEL 02 CH45SEM INI). ARTICULO 4°.- Asígnanse, a partir de la fecha de notificación, funciones de titular de la Gerencia de Infraestructura Tecnológica y Comunicaciones, al agente Alan GARBOVETSKY (Legajo N° 62918), manteniendo su inclusión en las previsiones del inciso b), artículo 38°, Capítulo I, Título IV de la Resolución N° 1523/ DE/05, Tramo A dentro del Agrupamiento Profesional, en virtual a lo estipulado en el artículo 11°, Anexo I de la Resolución N° 1375/ DE/06 y régimen de prestación laboral equivalente a cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor, de acuerdo en lo previsto en el artículo 4° de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07. ARTICULO 5°.- Dejase constancia que los agentes Juan José CHOMIAK y Alan GARBOVETSKY, deberán realizar la presentación dentro de los 10 días, contados a partir de la fecha de notificación, del formulario 161 “Declaración Jurada de cargo y actividades que desempeña el causante”, a fin de reflejar de su estado laboral. ARTICULO 6°.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCION N° 0987 Dr. Luciano DI CESARE – Director Ejecutivo Resolución N° 0988 BUENOS AIRES, 16 NOV 2015 VISTO razones de servicio, y CONSIDERANDO: Que las mismas hacen necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico - asistenciales en forma eficaz y eficiente, índice índice ISO 9001:2008 Management System www.tuv.com ID 9105061801 página 4 4 página Año XI - N° 2441 :: BUENOS AIRES, Jueves 10 de Diciembre de 2015 :: en el marco del Nuevo Modelo Prestacional. Que en ese sentido se propicia la designación en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, para prestar servicios en la Gerencia de Administración, al doctor Juan Pablo BERBERIAN BIANCO (CUIL N° 20-29257792-4). Que atento que la titularidad de la Gerencia de Administración se encuentra vacante, y ante la necesidad de poder cumplir acabadamente con las acciones que le competen, se estima conveniente asignar funciones de titular de la Gerencia de Administración, al doctor Juan Pablo BERBERIAN BIANCO (CUIL N° 20-29257792-4), incluyéndolo en las previsiones del inciso b), artículo 38°, Capítulo I, Título IV de la Resolución N° 1523/DE/05, sustituido por el artículo 12° de la Resolución N° 833/DE/13, Tramo A dentro del Agrupamiento Profesional, en virtud a lo estipulado en el artículo 11°, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, y con un régimen de prestación laboral equivalente a cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor, de acuerdo a lo previsto en el artículo 4° de la Resolución N° 712/DE/06, y Resolución N° 1002/DE/07. Que asimismo corresponde dejar constancia que en el plazo de treinta (30) días, a partir de la fecha de notificación, el doctor Juan Pablo BERBERIAN BIANCO (CUIL N° 2029257792-4), conforme lo estipulado en el artículo 4°, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo, dependiente de la Gerencia de Recursos Humanos, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional, Que por otra parte, la incorporación también quedará sujeta, al informe a la Oficina Anticorrupción, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial Integral, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos. Que se deja establecido que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto N° 002/04-PEN y el artículo 1° del Decreto N° 121/07-PEN, EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ORGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS RESUELVE: ARTICULO 1°.- Desígnase, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, para prestar servicios en la Gerencia de Administración, al doctor Juan Pablo BERBERIAN BIANCO (CUIL N° 20-29257792-4). ARTICULO 2°.- Asígnanse funciones de titular de la Gerencia de Administración, al doctor Juan Pablo BERBERIAN BIANCO (CUIL N° 20-29257792-4), incluyéndolo en las previsiones del inciso b), artículo 38°, Capítulo I, Título IV de la Resolución N° 1523/DE/05, sustituido por el artículo 12° de la Resolución N° 833/DE/13, Tramo A dentro del Agrupamiento Profesional, en virtud a lo estipulado en el artículo 11°, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, y con un régimen de prestación laboral equivalente a cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor, de acuerdo a lo previsto en el artículo 4° de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07. ARTICULO 3°.- Déjase constancia que en el plazo de treinta (30) días, a partir de la fecha de notificación, el doctor Juan Pablo BERBERIAN BIANCO (CUIL N° 20-29257792-4), conforme lo estipulado en el artículo 4°, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo, dependiente de la Gerencia de Recursos Humanos, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional. ARTICULO 4°.- Establécese que por otra parte, la incorporación también quedará sujeta, al informe a la Oficina Anticorrupción, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial Integral, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos ARTICULO 5°.- Estipúlase que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. ARTICULO 6°.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCION N° 0988 Dr. Luciano DI CESARE – Director Ejecutivo índice índice ISO 9001:2008 Management System www.tuv.com ID 9105061801 página 5 5 página Año XI - N° 2441 :: BUENOS AIRES, Jueves 10 de Diciembre de 2015 :: Resolución N° 0989 BUENOS AIRES, 16 NOV 2015 VISTO la Resolución N° 960/DE/08, la Resolución N° 1526/ DE/05 y razones de reorganización administrativa, y CONSIDERANDO: Que la configuración de la estructura orgánica-funcional del Instituto, responde a criterios lógicos de funcionalidad en pos de propiciar en un todo una operatoria armónica e integral que permita, acorde a su misión, brindar alivio y contención a los afiliados de la manera más eficaz y eficiente posible, para mejorar su calidad de vida. Que en consonancia con su visión y naturaleza de ser una institución rectora y precursora en brindar servicios sanitarios y sociales, para la integración de los Mayores, resulta de vital relevancia la evolución, fortalecimiento y mejora continua en la configuración de sus cuadros de gestión. Que mediante la Resolución N° 1526/DE/05, se estableció la Unidad de Enlace con la Defensoría del Pueblo, dependiente de esta Dirección Ejecutiva. Que asimismo, en virtud del aumento de las demandas observadas y de la experiencia recogida, resulta propicia la creación de una instancia administrativa de gestión especializada en la coordinación tanto de las consultas, reclamos, actuaciones, sugerencias efectuadas por la figura de Defensor del Pueblo, como así también el desarrollo de proyectos con carácter promocional relacionados con la defensa de los derechos de las personas mayores y el auspicio de los servicios que esta Obra Social brinda a sus afiliados. Que este canal de comunicación con las distintas Defensorías del país, no solo permite establecer los mecanismos de articulación para acelerar la atención de los afiliados que tienen dificultades con las prestaciones de salud, sino que también permite diseñar herramientas de promoción de derechos y difusión de las políticas que el Instituto implementa. Que, resulta altamente beneficioso, establecer un vínculo permanente de colaboración y asistencia mutua en los temas que hacen a la promoción de derechos de las personas mayores con las Defensorías, y que permita promover el respeto de los derechos de las personas mayores en su comunidad. Que con ello, el Instituto busca mejorar y acrecentar la comunicación con la Institución y la figura de Defensor del Pueblo, por ende con los afiliados que se acercan a dicha figura, conformando un canal para el diálogo, donde se brinde respuesta inmediata y consecuentemente, se logre el mejoramiento continuo de la atención brindada (calidad en el servicio y celeridad en los procedimientos). Que es propósito de este Instituto desarrollar políticas y actividades programáticas vinculadas con la promoción y difusión de la salud, para los adultos mayores y la comunidad en general. Que la propuesta tiende a crear un espacio de encuentro entre los defensores del pueblo, los afiliados, el Instituto y la comunidad entera, con el objeto de fomentar el intercambio de información y la transferencia de conocimientos a fin de contribuir en el diseño de las políticas que lleva adelante este instituto. Que con el propósito de abordar la problemática del adulto mayor y su entorno, la necesidad de optimizar la calidad de atención a los afiliados, resulta necesario aportar conocimientos que permitan alcanzar y desarrollar proyectos beneficiosos en el ámbito social. Que por lo expresado se considera oportuno transferir la Unidad de Enlace con la Defensoría del Pueblo, bajo la órbita de la Gerencia de Asuntos Jurídicos, manteniendo nivel departamental, cuya Responsabilidad Primaria y Acciones se detallan en el Anexo I que pasa a integrar la presente, conjuntamente con los recursos humanos que la componen. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto N° 002/04 PEN y el Artículo 1° del Decreto N° 121/07-PEN, EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ORGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS RESUELVE: ARTICULO 1°.- Transfiérase la Unidad de Enlace con la Defensoría del Pueblo, bajo la órbita de la Gerencia de Asuntos Jurídicos, manteniendo nivel departamental, cuya Responsabilidad Primaria y Acciones se detallan en el Anexo I que pasa a integrar la presente, conjuntamente con los recursos humanos que la componen. ARTICULO 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCION N° 0989 Dr. Luciano DI CESARE – Director Ejecutivo ANEXO I - RESOLUCION N° 0989-15 GERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS UNIDAD DE ENLACE CON LA DEFENSORIA DEL PUEBLO RESPONSABILIDAD PRIMARIA Brindar respuesta a las consultas, reclamos, actuaciones o sugerencias efectuadas por la figura de Defensor del Pueblo, debiendo ser dicha respuesta oportuna y adecuada a las inquietudes, requerimientos, necesidades y conflictos que planteen los Defensores del Pueblo en su calidad de representantes legales de la institución a su cargo. Desarrollar mecanismos de comunicación con carácter promocional relacionados con el acceso a los servicios de esta Obra Social y la defensa de los Derechos de las Personas Mayores, para su articulación con las distintas Defensorías del país. ACCIONES • Generar herramientas que permitan informar y dar respuestas a las inquietudes y requerimientos de los defensores del pueblo de la Nación, de las Provincias y de las Municipalidades. • Propender al intercambio de información y documentación índice índice ISO 9001:2008 Management System www.tuv.com ID 9105061801 página 6 6 página Año XI - N° 2441 :: BUENOS AIRES, Jueves 10 de Diciembre de 2015 :: relevante de mutuo interés con las distintas Defensorías. • Elaborar los informes pertinentes a la Gerencia de Asuntos Jurídicos. • Solicitar informes de incumbencia a las áreas respectivas, a los efectos de brindar respuestas a las Defensorías del pueblo. • Brindar resolución a los requerimientos y necesidades que hagan los afiliados a través de la figura del señor Defensor. • Establecer mecanismos de cooperación con las Defensorías del pueblo. • Diseñar mecanismos de comunicación interinstitucional en los temas que hacen a la promoción de derechos de las personas mayores. • Propender a la satisfacción de las necesidades de los afiliados en forma inmediata, y mejorar en forma permanente la imagen institucional con información oportuna. • Coadyuvar a la resolución de las problemáticas que se presenten por las defensorías, en el tratamiento de cuestiones a resolver, y que requieran de una pronta respuesta. Resolución N° 0990 BUENOS AIRES, 16 NOV 2015 VISTO la Resolución N° 1243/DE/09, y CONSIDERANDO: Que por el citado acto resolutivo se designó con funciones de titular de la Unidad de Gestión Local XV - Santa Fe, al agente Marcelo Jorge VIOLA (Legajo N° 61242 AD A NIVEL 4 CH45SEM INI). Que razones de orden funcional hacen necesario limitar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular de la Unidad de Gestión Local XV - Santa Fe, al agente Marcelo Jorge VIOLA, establecidas por la Resolución citada en el Visto de la presente. Que por otra parte corresponde trasladar, a partir de la fecha de notificación, al agente Marcelo Jorge VIOLA, al Equipo Mesa de Entradas, Salidas y Despacho, pasando a revistar en el Tramo C, dentro del Agrupamiento Administrativo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 9°, Anexo I de la Resolución N° 1375/ DE/06, con un régimen laboral de cuarenta (40) horas semanales de labor, de conformidad a lo normado en el artículo 4° de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07. Que asimismo el agente Marcelo Jorge VIOLA deberá realizar la presentación dentro de los diez (10) días, contados a partir de la fecha de notificación, del Formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades que Desempeñe el Causante”, a fin de reflejar la modificación en su estado laboral. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto N° 002/04-PEN y el artículo 1° del Decreto N° 121/07-PEN, EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ORGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS RESUELVE: ARTICULO 1°.- Limítanse, a partir de la fecha de notificación, las funciones de titular de la Unidad de Gestión Local XV Santa Fe, al agente Marcelo Jorge VIOLA (Legajo N° 61242 AD A NIVEL 4 CH45SEM INI), asignadas por la Resolución N° 1243/DE/09. ARTICULO 2°.- Trasládase, a partir de la fecha de notificación, al Equipo Mesa de Entradas, Salidas y Despacho, dependiente de la Unidad de Gestión Local XV - Santa Fe, al agente Marcelo Jorge VIOLA (Legajo N° 61242), pasando a revistar en el Tramo C, dentro del Agrupamiento Administrativo de acuerdo a lo establecido en el artículo 9°, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, con un régimen laboral de cuarenta (40) horas semanales de labor, de conformidad a lo normado en el artículo 4° de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07. ARTICULO 3°.- Déjase constancia que el agente Marcelo Jorge VIOLA deberá realizar la presentación dentro de los diez (10) días, contados a partir de la fecha de notificación, del Formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades que Desempeñe el Causante”, a fin de reflejar la modificación en su estado laboral. ARTICULO 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCION N° 0990 Dr. Luciano DI CESARE – Director Ejecutivo Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados Dr. Luciano DI CESARE - Director Ejecutivo Dr. Mariano CARDELLI - Subdirector Ejecutivo ISO 9001:2008 Management System www.tuv.com ID 9105061801 Boletin del Instituto: Resoluciones N° 0439/DE/04, 0895/DE/12 y 0385/DE/14 Edición: División Gestión Electrónica de Normativa Departamento Despacho. Unidad Secretaría Administrativa [email protected] / [email protected] índice índice página 7 7 página
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