reconocimiento del deporte como derecho fundamental en la

RECONOCIMIENTO DEL DEPORTE COMO DERECHO FUNDAMENTAL EN LA
COMUNA 17 DE SANTIAGO DE CALI
LYDA CONSTANZA CABALLERO BORRERO
FUNDACION UNIVERSITARIA CATOLICA LUMEN GENTIUM
FACULTAD DE EDUCACION
ESPECIALIZACION EN EDUCACION EN DERECHOS HUMANOS
SANTIAGO DE CALI
2014
RECONOCIMIENTO DEL DEPORTE COMO DERECHO FUNDAMENTAL EN LA
COMUNA 17 DE SANTIAGO DE CALI
LYDA CONSTANZA CABALLERO BORRERO
Trabajo de grado presentado como requisito para optar al título de
Especialista en Educación en Derechos Humanos
Línea de Investigación: Dignidad Humana y Derechos Humanos
Asesora
Isabel Cristina Mena
FUNDACION UNIVERSITARIA CATOLICA LUMEN GENTIUM
FACULTAD DE EDUCACION
ESPECIALIZACION EN EDUCACION EN DERECHOS HUMANOS
SANTIAGO DE CALI
2014
TABLA DE CONTENIDO
INTRODUCCION ..................................................................................................... 5
1 EL DEPORTE COMO DERECHO FUNDAMENTAL ......................................... 7 1.1 PANORAMA UNIVERSAL DEL DEPORTE ................................................ 7 1.2 PANORAMA NACIONAL DEL DEPORTE .................................................. 9 1.3 MIRADA DEL DEPORTE A NIVEL MUNICIPAL ...................................... 11 2 EL DEPORTE EN LA COMUNA 17 ................................................................ 14 2.1 CONTEXTO DE LA COMUNA 17 ............................................................. 14 2.2 PLANES DE DESARROLLO EN LA COMUNA 17 ................................... 15 3 CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES .................................................. 24 4 REFERENCIAS ............................................................................................... 27 GLOSARIO
CIFD: Centros de Iniciación y Formación Deportiva.
COLDEPORTES: máximo organismo planificador, rector, director y coordinador
del Sistema Nacional del Deporte y Director del Deporte formativo y comunitario.
EDUCACIÓN EXTRAESCOLAR: se refiere, por un lado, a todo lo que se realiza
fuera del entorno escolar pero tiene que ver con la educación; y por otro a las
actividades extraescolares programadas por la propia institución educativa. Es lo
que se realiza fuera del horario y lugar académico pero que sirve para la
enseñanza aprendizaje, de una forma más creativa y diferente a lo rutinario.
JURISPRUDENCIA: conjunto de sentencias de los tribunales que, por ley,
constituyen un precedente para justificar otros casos no regulados.
NNAJ: niños, niñas, adolescentes y jóvenes.
PLAN DE DESARROLLO: es un instrumento de gestión pública que permite
consolidar un programa de gobierno a través de planes, programas y proyectos
que se prevén ejecutar en un horizonte determinado de tiempo.
INTRODUCCIÓN
Como puntos de partida se encuentra la historia del deporte y las Naciones
Unidas, la Constitución Política de Colombia, los planes de desarrollo municipal en
la ciudad de Santiago de Cali, los planes de desarrollo de la comuna 17,
relacionados con el deporte, la recreación y actividad física, como también algunas
apreciaciones del deporte desde la psicología.
Este trabajo presenta una visión general del deporte, cuestionando si éste es
considerando como derecho fundamental por parte de la comunidad, en la
comuna 17 de Santiago de Cali, donde se desarrollan algunos programas de
gobierno como lo son las escuelas de formación deportiva.
Existe un desconocimiento de los derechos que tienen los ciudadanos
especialmente los que hacen referencia al deporte, la recreación y la actividad
física de los niños, las niñas y jóvenes, la falta de participación en los programas
que ofertan desde la secretaría de deporte y recreación del municipio, la ausencia
de reclamación por el cumplimiento y sostenibilidad de los mismos propiciando la
vulneración a este derecho fundamental en la comunidad.
Para su desarrollo se presenta un marco teórico general de la situación actual del
“Deporte como derecho fundamental”, se realiza un análisis a partir de normas
jurídicas y se consultan estadísticas sobre las cuales se han cimentando los
programas de gobierno y en consecuencia los planes de desarrollo de las
entidades públicas, focalizando la problemática desde lo municipal para llegar a lo
comunal. Para la recolección de datos se usaron sondeos de opinión aplicados a
habitantes de la comuna 17 de Cali, profesionales del deporte y personas
vinculadas directa o indirectamente con los planes de desarrollo relacionados con
el deporte y su práctica en la ciudad y el departamento.
5
Colombia presenta un reconocimiento del deporte y la recreación como un
derecho fundamental por su vínculo con organizaciones internacionales como
también lo declara en su carta magna y en virtud de ésta, le corresponde al Estado
velar para que la población tenga acceso a su práctica. Sin embargo, en la
comuna 17 de Santiago de Cali se percibe un desconocimiento y una baja
participación en los programas, ausencia de reclamación por el cumplimiento y
sostenibilidad de los mismos y por ende la vulneración de este derecho
fundamental especialmente en NNAJ.
En este trabajo se buscó contextualizar la situación actual del deporte, la
recreación y la actividad física en la comuna 17 de Santiago de Cali, estableciendo
algunas recomendaciones para incentivar la reclamación y evitar la vulneración de
este derecho fundamental.
PALABRAS CLAVES:
DEPORTE, DERECHOS FUNDAMENTALES, LEY DEL DEPORTE, PLAN
DECENAL DEL DEPORTE, PLAN LOCAL DEL DEPORTE.
6
1
1.1
EL DEPORTE COMO DERECHO FUNDAMENTAL
PANORAMA UNIVERSAL DEL DEPORTE
Desde 1976, con el Pacto Internacional sobre DESC (Derechos Económicos,
Sociales y Culturales), se estipuló a nivel internacional que el deporte hacía parte
de los derechos sociales, más adelante, con la Carta Internacional de Educación
Física y Deporte, adoptada por la Conferencia General de la UNESCO en París,
se ratificó en el mundo no sólo la importancia que tiene la práctica del deporte,
sino también la educación física proclamándolos como “un derecho fundamental
para todos y como elementos esenciales de la educación permanente, formación
integral de las personas y enriquecimiento de la cultura”. (UNESCO, 1978).
Estos elementos deben dar respuesta a las necesidades individuales y sociales
favoreciendo la integración de los individuos en la sociedad, contribuyendo al
mejoramiento de las relaciones interpersonales, la preservación y mejoría de la
salud, la ocupación sana del tiempo libre y el mejoramiento de la calidad de vida.
Todos estos elementos contribuyen a cimentar la visión del deporte como derecho
humano sin discriminación y coadyuvan en la formación de las personas.
Además, en la conferencia de la UNESCO, (1978) se afirma que: “la educación
física y el deporte deben reforzar su acción formativa y favorecer los valores
humanos fundamentales que sirven de base al pleno desarrollo de los pueblos”
En la actualidad, no se puede entonces, desconocer la importancia que tiene la
práctica del deporte, la recreación y la educación física, en todos los campos de
desarrollo del ser humano, también la necesidad de la existencia de programas
que contribuyan en esta formación integral siendo el Estado desde su obligación
constitucional quien garantice las condiciones para que estos se puedan ofrecer y
desarrollar, articulándose con organizaciones no gubernamentales competentes,
educadores y familias.
7
Ahora bien UNICEF, (2004) reconoce que la práctica del deporte, recreación y
juego:
Fortalecen el organismo y evitan enfermedades, preparan a los lactantes
para su futuro aprendizaje, reducen los síntomas del estrés y la depresión,
mejoran la autoestima, mejoran el aprendizaje y el rendimiento académico,
previenen el tabaquismo y el consumo de drogas ilícitas, reducen la
delincuencia. (p. 17)
Es claro que si los factores de riesgo enunciados se reducen se genera bienestar
para la sociedad y mayor productividad para el desarrollo económico de un país.
Ya UNICEF (2011) menciona que el deporte y los juegos son importantes porque
constituyen elementos vitales en la salud, la felicidad y el bienestar de las niñas,
niños y jóvenes por ello promueve los derechos de la infancia en el deporte, en
este documento los reconoce y les da una característica especial como “fuente de
aprendizaje que es su carácter vivencial” (p.8)
Igualmente, destaca que su inicio promueve el desarrollo de valores y actitudes
como
autocontrol,
responsabilidad,
respeto,
compañerismo,
igualdad,
cooperación, compromiso, solidaridad, justicia y equidad social, respeto al medio
ambiente, entre otros.
Es de resaltar el carácter preferencial que se evidencia en los conceptos emitidos
por los organismos de nivel internacional acerca del impacto en la sociedad que
ejerce la implementación de políticas públicas en referencia con los múltiples
beneficios del deporte que de manera directa e indirecta pueden reflejarse en las
comunidades, especialmente en los niños, niñas y jóvenes sobre los cuales es
posible prever tempranamente conductas de éxito tanto en su formación como en
su responsabilidad social.
8
1.2
PANORAMA NACIONAL DEL DEPORTE
En Colombia, la Constitución Política eleva el deporte a la categoría de derecho
fundamental, reconociendo “al deporte y la recreación” como parte del gasto
público social. (Art. 52, modificado mediante el Acto legislativo número 2 del año
2000):
El ejercicio del deporte, sus manifestaciones recreativas, competitivas y
autóctonas tienen como función la formación integral de las personas,
preservar y desarrollar una mejor salud en el ser humano. El deporte y la
recreación, forman parte de la educación y constituyen gasto público social
(Congreso de la Republica & Republica de Colombia, 2008 p. 20)
Adicionando el alcance de los artículos 365 y 366 de la Carta Magna, en la
búsqueda del bienestar y el mejoramiento de la calidad de vida de la población.
(Disponible en internet en: http://www.slideshare.net/carolinabotero2/politicapublica-del-deporte-en-colombia)
González Acevedo (2006, pág. 3) ratifica que el deporte es “Consagrado como
derecho social, protegido excepcionalmente como derecho fundamental por
conexidad a otros derechos fundamentales, ahora con el reconocimiento
constitucional como gasto público social”
Se reconoce entonces, el derecho de todas las personas a la recreación, a la
práctica del deporte y al aprovechamiento del tiempo libre, será el Estado quien
deberá fomentar estas actividades, inspeccionar, vigilar y controlar las
organizaciones deportivas y recreativas cuya estructura y propiedad serán
democráticas.
Es por este motivo que en Colombia se crea el Sistema Nacional de Deporte,
mediante la ley 181 de 1995, también conocida como la Ley del Deporte, siendo el
Instituto Colombiano del Deporte – COLDEPORTES, el ente rector, el cual
implementa las políticas públicas para el fomento del deporte, la recreación, el
9
aprovechamiento del tiempo libre, la educación extraescolar y la educación física
de los entes departamentales, municipales y distritales además, establece la
dirección y orientación a los organismos privados, las entidades públicas, privadas
y sectores sociales, económicos que se relacionan directamente con estas
actividades.
Ahora bien, la sentencia de la Corte Constitucional No T - 252/93 sustenta la
función indispensable que tiene el Estado:
La recreación constituye un derecho fundamental conexo con el libre
desarrollo de la personalidad, con todas sus implicaciones y consecuencias
la noción de los derechos fundamentales es dinámica, el devenir social
hará que surjan otros, en la medida que la capacidad del Estado permita su
reconocimiento y protección (Sierra D., J, 2013).
A pesar de las disposiciones constitucionales y que el deporte ha otorgado a este
país reconocimientos a nivel mundial, faltan políticas de promoción y continuidad.
Esto se evidencia con los deportistas de alto rendimiento, quienes han luchado por
el derecho a ser tratados con justicia y dignidad en todos los aspectos del
entrenamiento y de la competición aunque, parece que no tuvieran eco sus
peticiones y esfuerzo constante.
Además se observa como el apoyo del Estado se reduce a una intervención
mediática en los días de gloria de los competidores, momentos en los cuales se
enaltece y enorgullece la actuación de los deportistas más como un deseo de
figurar y dejar la sensación de apoyo, que como un hilo conductor que de manera
natural respalde y patrocine incondicionalmente el deporte como un instrumento
que engrandece a las personas y a la sociedad.
Esto puede verse en los sacrificios y dificultades que han tenido que pasar
grandes figuras deportivas de Colombia a lo largo de su historia, es el caso de
Jorge Perry Villate, quien fue el primer participante colombiano en una justa
10
olímpica en 1932, y tuvo que gestionar a título personal su participación como
atleta en los juegos Olímpicos, hasta lograr el apoyo del Comité Olímpico
Internacional de la época y como su caso se encuentran los de los deportistas
hasta nuestros días como son: el ciclista Martín Emilio ‘Cochise’ Rodríguez,
ciclista colombiano entre 1960 y 1970, quien se destacó tanto en pista como en
ruta; María Isabel Urrutia, pesista y medallista olímpica en el año 2.000; el pesista
Óscar Figueroa, medallista olímpico en Londres en el año 2.012 (plata); y Karen
Castiblanco, tenista profesional número tres de Colombia, entre otros.
Es por este motivo que Morales T., J. S. & Morales R., G., (2013).menciona que se
hace necesario un cambio estructural en el deporte en Colombia debido a que
el presupuesto nacional, es insuficiente para el sistema deportivo existente,
así como para satisfacer las necesidades de deporte, recreación y
educación física de todas las personas que se encuentran fuera de la
cobertura del sistema deportivo nacional, se requiere, que se le dé a la
educación física, la recreación y el deporte el lugar preponderante que
debe cumplir en el desarrollo social del país.
1.3
MIRADA DEL DEPORTE A NIVEL MUNICIPAL
En diversas sentencias establecidas por jurisprudencia de la Honorable Corte
Constitucional se ha interpretado en los planes de desarrollo municipal que “el
deporte y la recreación serán reconocidos como derechos sociales y harán parte
del gasto público social, generando obligaciones y oportunidades para la gestión
pública, orientada a garantizar estos derechos”. (Alcaldía de Santiago de Cali,
2012)
En concordancia, uno de los objetivos centrales del Plan de Desarrollo de
Santiago de Cali 2012 - 2015 es:
11
(…) La construcción de bienestar para todos los ciudadanos, trabajando
sobre múltiples determinantes, entre otros, la educación, la salud, la
recreación, el deporte construyendo un tejido social más justo, integrado,
sostenible y próspero perspectiva del cumplimiento gradual y progresivo de
los derechos humanos, económicos, sociales y culturales de toda la
población (Alcaldía de Santiago de Cali, 2012 pág 47)
No obstante, es importante que ésto no se quede sólo en papel o en el programa
de gobierno de turno, sino que se convierta verdaderamente en una política
pública nacional, certera y sostenible donde se asignen los recursos, exista
continuidad de los programas y se cumplan las metas establecidas. Hay que
admitir, que en el año 2013 y lo corrido del 2014 se observa cómo en la ciudad de
Cali, la administración pública ha hecho un gran esfuerzo por mejorar el deporte y
su promoción, se le apuesta mucho más a este tema y se observa en los Centros
de Iniciación y Formación Deportiva, las ciclo vías, aeróbicos al aire libre,
programas del adulto mayor y en la participación masiva en los certámenes
deportivos internacionales.
Al comparar las alternativas que se dan en la ciudad de Cali, “se identifica que los
programas de deporte y recreación alcanzan una cobertura del 55%, lo cual
implica que casi la mitad de la población no ve satisfechas sus necesidades en
materia de recreación y deporte” (Alcaldía de Santiago de Cali, 2012 p. 82).
Ahora bien, en materia deportiva y haciendo un análisis se evidencia “baja
priorización de los proyectos, escasa integración entre el área urbana y rural, baja
cobertura de infraestructura en los corregimientos, baja accesibilidad a escenarios
deportivos, dotación insuficiente e inseguridad en materia de programas
deportivos recreativos”. (Alcaldía de Santiago de Cali, 2012 p.82).
Situación que demuestra un derecho que no ha sido garantizado, sea por
insuficientes recursos, falta de promoción de los programas o por desconocimiento
de la población para exigir sus derechos.
12
Es por esto que se hace necesario implementar, socializar y garantizar programas
a largo plazo y con calidad que permitan ampliar la cobertura y mejorar los
resultados.
En el Plan Local del Deporte, la Recreación y la Educación Física, se realizó una
caracterización de costumbres en Santiago de Cali, mostrando que:
En el uso del tiempo libre el 42,8% de la población se declaró practicante de
actividades deportivas, y la escala de motivos para practicar deporte y la
orientación de modelos de deporte es: salud (32,0%), figura (18,1%),
diversión (17,6%), rendimiento (15,6%), integración (15,2%), y otro (1,4%).
(Alcaldía de Santiago de Cali, 2012) (p. 82)
Estas estadísticas demuestran que existe un bajo nivel en la práctica del deporte,
identificándose diversos factores motivacionales deduciendo que el factor salud
correspondería solamente a un 13.69 % de la población.
Al observar los resultados estadísticos se hace necesario evaluar periódicamente
el impacto en la comunidad de los proyectos deportivos financiados por la
municipalidad, considerando su pertinencia, alcance y asignación presupuestal.
Esta medición constante servirá de base para tomar correctivos con el enfoque de
ajustar, priorizar o reestructurar las inversiones.
13
2
2.1
EL DEPORTE EN LA COMUNA 17
CONTEXTO DE LA COMUNA 17
En una mirada descriptiva a las comunas de Cali:
La comuna 17 se encuentra en el suroriente de la ciudad. Cuenta con
47.249 predios construidos, representando el 10% del total de la ciudad, es
la segunda comuna con mayor número de predios cuenta con zonas
verdes y carreteras arborizadas. La mayoría de sus habitantes pertenecen
a los estratos altos y medios, el estrato más común es el 5, Esta comuna
está integrada por 3 barrios y 19 urbanizaciones. (Alonso, C., J. C., Arcos,
M. A., Solano, J. A., Vera, R., & Gallego, A. I., 2007, p. 90-91)
Sin embargo, por su crecimiento constante ha ido aumentando el número de
sectores y urbanizaciones.
Es importante mencionar que
Esta es la comuna con el porcentaje más alto de asistencia escolar de la
ciudad en todos los rangos de edades, en su mayoría, está compuesta por
habitantes profesionales (un 30,8% de la población total de la comuna),
seguido por personas con básica secundaria (completa e incompleta) con un
26,9%. (Alonso, C., J. C., Arcos, M. A., Solano, J. A., Vera, R., & Gallego, A.
I., 2007)
La Comuna 17 se encuentra bien equipada en cuanto a zonas de recreación,
representados en mayor porcentaje en zonas verdes pasivas, como parques
ornamentales y adecuadas áreas verdes, además de canchas deportivas y
gimnasios al aire libre para recreación activa, los conjuntos cerrados en su
mayoría tienen juegos para niños, canchas incluidas piscinas. Se cuenta con un
polideportivo, varios parques y escenarios deportivos en los diversos barrios y
sectores.
14
2.2
PLANES DE DESARROLLO EN LA COMUNA 17
En la ciudad de Cali se está implementando como alternativa, el plan decenal del
deporte, la recreación, la educación física y la actividad física, con el objetivo de:
Contribuir a recuperar y consolidar el liderazgo de Cali a través del deporte
y la recreación con criterios de equidad e inclusión social con enfoque
diferencial, garantizando el goce pleno de estos derechos mediante un
mínimo vital que asegure oportunidades de acceso, infraestructura pública
para el deporte, la recreación y la actividad física y condiciones de
organización comunitaria orientadas a la convivencia, la paz y la
construcción de una cultura de hábitos y estilos de vida saludable. (Alcaldía
de Santiago de Cali, 2012, p. 68).
Cabe resaltar que en las consultas realizadas en el plan decenal la comunidad
manifiesta: “una enorme preocupación con respecto a los insuficientes recursos
(18%), seguido del escaso compromiso de las instituciones públicas (15%), la
insuficiente capacitación de los líderes (15%) y los problemas asociados con el
entorno como la delincuencia y la drogadicción (14%)” (Alcaldía de Santiago de
Cali, 2012, p. 9).
Factores que dificultan el aprovechamiento de los espacios al servicio del
bienestar mediante el deporte y la recreación.
Sin embargo, a través de los planes de desarrollo del municipio, se establecen
compromisos y tareas por parte de la secretaría de deporte y recreación, como es
el caso del decreto extraordinario No. 0203 de 2001 expedido por el alcalde, a
través del cual se establecen, entre otras, las siguientes responsabilidades y
obligaciones a cumplir:
15

Formular las políticas, planes, programas, proyectos y distribuir los
recursos destinados al deporte, recreación, educación física y
aprovechamiento del tiempo libre, en el municipio de Santiago de Cali.

Promover y fomentar la popularización y participación comunitaria del
deporte en todas sus manifestaciones, brindar al Municipio de Santiago
de Cali y a sus habitantes, las infraestructuras deportivas y recreativas
adecuadas y la dotación de las mismas a través de proyectos de
cofinanciación.

Diseñar, conjuntamente con la Secretaría de Educación, programas
tales como centros de educación física, centros de iniciación y
formación
deportiva,
festivales
recreativos,
escolares
y
juegos
intercolegiados, para lo cual concurrirían financieramente las dos
Secretarías conforme al Art. 14 de la Ley 181 de 1995. (Acuerdo 01/96,
Art. 340).

Dirigir, orientar y coordinar el desarrollo de la educación física
extraescolar como factor social, y determinar las políticas, planes,
programas y estrategias para su desarrollo con fines de salud,
bienestar y condición física para la comunidad. (Acuerdo 01/96, Art.
350 de la Alcaldía de Santiago de Cali, (2001) Boletin Oficial No.035.
Decreto extraordinario No. 0203 de 2001.p. 101 – 102)
Como respuesta a estos compromisos y en relación con el derecho fundamental al
deporte, la actividad física y la recreación, en la ciudad se ha generado convenios
a través de los cuales se establecen programas de actividad física para el adulto
mayor, ciclo vías y las escuelas de iniciación y formación deportiva.
A continuación se relacionan los convenios establecidos en función de las
escuelas de iniciación y formación deportiva:
16

Convenio No 4162.0.26.1.104 de 2012: Se unen la Secretaría de Deporte con
la institución universitaria Escuela Nacional del Deporte para desarrollar el
proyecto de iniciación y formación deportiva en niños, niñas y jóvenes de
Santiago de Cali.

Convenio No 4162.0.26.1. 174 de 2013 y el convenio suscrito en el 2014: Se
vincula la Secretaría de Deporte con la Corporación para la Recreación
Popular.
Son precisamente, estos convenios los que se han venido implementando en la
comuna 17 con el apoyo del Centro de Atención Local Integrada C.A.L.I. 17 y las
Juntas de Acción Comunal para promover el derecho al deporte, la actividad física
y la recreación.
Con base en el informe de gestión de Asodeportes, comuna 17, (2013) que se
presentó a la Corporación para la recreación Popular, la secretaría de Recreación
y Deportes, comité de planificación de la comuna 17 sobre el desarrollo del
programa centros de iniciación y formación deportiva (CIFD) con recursos del
sistema general de participación logró impactar a 1140 niños, niñas y jóvenes,
mientras que el mismo proyecto con recursos por dependencia de la Secretaría de
Deporte y Recreación del Municipio tuvo una cobertura de 360 NNAJ. Se
realizaron 7 disciplinas deportivas como fueron: futbol, fúsala, baloncesto, voleibol,
natación, BMX y atletismo.
Para el presente año 2014 el objetivo del CIFD es continuar contribuyendo al
proceso de iniciación y formación deportiva de los NNAJ del municipio de Santiago
de Cali a través de un programa deportivo que
contribuya e impacte
positivamente la comunidad de la comuna 17 aprobado en el banco de proyectos
de planeación municipal. Este programa cuenta con 11 disciplinas deportivas:
Futbol, fúsala, baloncesto, voleibol, natación, tenis, patinaje, karate do, ajedrez,
BMX y atletismo, su duración es de 8 meses. Durante este tiempo se espera
17
atender más de 1600 niños, niñas y jóvenes en edades comprendidas entre los 6 y
17 años.
Asodeportes comuna 17, (2013), Paradójicamente, la comuna 17 cuenta con una
población de aproximadamente 60.985 entre niños y jóvenes en edades
comprendidas de 0 y 19 de acuerdo a Cali en cifras de 2012 con proyección del
plan de desarrollo de la comuna, (proyecciones de población de Cali por barrio,
comuna y corregimiento 2006 2020 DAP) de los cuales solo un 2.46 %, de toda
esta población mencionada está siendo impactada, aprovechando la gratuidad y
los beneficios de los centros de iniciación y formación deportiva (CIFD).
El interrogante que aquí se plantea es ¿por qué los niños, niñas y jóvenes en edad
escolar no participan, ni aprovechan estas oportunidades masivamente? ¿el
deporte no es prioridad para muchos de los habitantes de este sector? Ahora
bien, algunos cuentan con la posibilidad de pertenecer a grupos deportivos más
formales tales como clubes y escuelas deportivas privadas. Por esta razón el
proyecto CIFD centra su atención en las escuelas públicas y algunas privadas de
la comuna, al ser visitadas y al trasmitir la información se percibe gran motivación
por parte de los niños, sin embargo, son muy pocos los que se inscriben y asisten
regularmente.
De acuerdo a un informe, presentado en una mirada descriptiva a las comunas de
Cali y según el Censo de Población de 2005:
La comuna 17 presentaba una asistencia escolar del 96,7 % para el rango
de edad de los 6 a 10 años la mayor en comparación con el resto de
rangos esta es la comuna con el porcentaje más alto de asistencia escolar
de la ciudad en todos los rangos de edades. La población estudiantil
corresponde al 1,8% del total de los estudiantes del sistema escolar público
(Alonso, C., J. C., Arcos, M. A., Solano, J. A., Vera, R., & Gallego, A. I.,
2007, p. 91).
18
A través de las visitas a la única institución pública en la comuna con una
población de aproximada de 550 niños y niñas de educación básica primaria, y
algunas instituciones privadas también se detectó que no se cuenta con un
docente en el área de la educación física y formación deportiva de planta que
garantice lo estipulado por la corte constitucional, lo que lleva a pensar que falta
concientización, capacitación y disposición en el ámbito deportivo.
Es por esto que para aliviar esta situación algunos monitores deportivos del
programa de Centros de Iniciación y Formación Deportiva facilitan a los niños y
niñas actividad física durante aproximadamente 7 meses que logran permanecer
en el período académico. Pero ¿qué pasa con la continuidad de los procesos?
¿Qué sucede con los padres de familia, directivos y educadores que no
manifiestan su inconformidad ni sientan un precedente al respecto exigiendo el
derecho al deporte, la actividad física y la educación física para los NNAJ? Será
¿qué es un tema de poca prioridad? ¿No es tan importante como las matemáticas
o el lenguaje el adquirir habilidades sociales que les permita desenvolverse y
adquirir competencias físicas, motoras, psicologías, emocionales y sociales? Se
puede decir, que prima el desconocimiento ciudadano especialmente de sus
derechos, pudiéndose observar en su baja participación y la reducida capacidad
de articulación en los procesos de instituciones municipales, estas preguntas se
pueden resolver y evidenciar con lo que opinan algunos monitores deportivos y
personas líderes de la comuna a los que se les realizó un sondeo de opinión, y los
cuales respondieron a la pregunta: ¿Considera usted el deporte como un derecho
fundamental?
Aquí se presentan algunas opiniones recogidas:
Fabián Alzate, profesional del deporte, egresado de la Escuela Nacional del
Deporte y vinculado al proyecto CIFD de la Secretaria Municipal del Deporte,
coordinador deportivo de la comuna 17, considera que existe un desconocimiento
total del deporte como derecho fundamental debido a que en Colombia no hay un
19
manejo de la leyes por parte de la comunidad, las personas no están pendientes
de ellas, no saben a qué tienen derecho. No hay apoyo a los deportistas y entes
deportivos, se apoya sólo a los de alto rendimiento y eso si traen medallas al país.
Aunque desafortunadamente, les brindan muchas promesas que en un alto
porcentaje no se las cumplen.
Bellanira Rengifo, profesional del deporte y entrenadora en la liga de voleibol,
argumenta que al deporte a nivel nacional no se le ha dado la debida importancia.
No hay apoyo del ente gubernamental para las diferentes disciplinas deportivas,
especialmente a las categorías inferiores. Uno de los más perjudicados a nivel
político es el deporte. Los deportes de alto rendimiento individuales son los que
tienen mayor acogida y dependiendo de los resultados, sin embargo a las
categorías inferiores, los semilleros, no se le da la importancia que se merece.
Algunos deportistas que han dado alto rendimiento les han prometido muchas
cosas y no se las han cumplido.
El señor Carlos Rancruel, entrenador deportivo, nos dice que la comunidad no
considera el deporte como un derecho fundamental y no lo reclama como tal, el
deporte no está institucionalizado, los programas son intermitentes no tienen una
constancia no son a largo plazo.
La señora Cecilia Valencia Hernández, residente en la comuna 17, considera que
el deporte es un derecho fundamental pero la comunidad no lo reclama como tal.
Hace falta una cultura y disciplina del deporte. Hace falta un trabajo de la escuela,
la academia y la familia para establecer una cultura del deporte
Ramón Elías Osorio, asesor Secretaría de Recreación y Deporte del municipio de
Cali, considera que la comunidad no considera el deporte como derecho
fundamental ya que no le han enseñado, la comunidad no sabe, está ciega, se le
debe preparar en la cultura del deporte, de lo que es, para que sirve y qué
representa el deporte, ahora sí, viene la obligación de los entes gubernamentales
que tienen que patrocinar el deporte y generarlo como derecho fundamental para
20
la vida. También dice que la ley del deporte da muchos parámetros pero en
realidad se lee muy poco y la comunidad no se ampara en la constitución ni en la
ley, la ley 181 se conoce muy poco, Osorio plantea que todo colombiano debería
conocerla, porque es un eje fundamental para que la persona desde niño empiece
hacer un proceso y así se evitarían tantos problemas sociales. Propone que en las
bibliotecas deberían tener un área del deporte, que en el colegio se vivencie el
deporte, y que debe haber tanto teoría como práctica, además de campañas en
medios de comunicación.
El Dr. Rodrigo Santiago Pérez, asesor de la Secretaría de Deporte y Recreación
Municipal. menciona que a la ley 181 se le debe hacer un retoque, es una ley que
debe pasar a una reestructuración y a una reforma, que en intención es muy
buena pero se quedó muy corta frente a las fuentes de financiación del deporte y
la recreación. Esta es una tarea, poder hacer que esa ley se concatene y amarre
con el presupuesto de la nación, lo mismo para los municipios y los departamentos
que no prioricen otras cosas por encima del deporte cuando la ley le está dando
prioridad a deporte y recreación.
Estas consideraciones fundamentan la propuesta de promover, socializar y
adoptar herramientas válidas para dar a conocer los verdaderos beneficios del
deporte y protegerlo porque si no se aprovecha, a futuro se puede perder el
espacio ya ganado corriendo el riesgo de disminuir los recursos destinados para
este tipo de proyectos, a pesar de ser reconocidos constitucionalmente dentro del
gasto público social y de “inversión prioritaria”.
Se debe socializar el deporte como un derecho fundamental que tiene un impacto
positivo en el desarrollo humano y social de las personas especialmente en niños,
niñas, adolescentes y jóvenes, en la experiencia vivida de la comuna 17 con los
programas de Iniciación y Formación Deportiva se evidencia como estos
contribuyen al mejoramiento de la calidad de vida, la integración social, desarrollo
físico, emocional, y como herramienta de paz.
21
He aquí la importancia de promover y fomentar el deporte como un medio de
prevención y estilo de vida que ayudan en la formación y desarrollo integral de los
niños, niñas y jóvenes.
El tema de los derechos de los niños y niñas en el deporte requiere consideración
especial.
Bruce, K., (2004, p. 70). “Dado que los niños, niñas carecen de los recursos y
oportunidades para poder luchar por sus derechos, los adultos deben hacerlo por
ellos, para asegurarse de que todos los niños tengan acceso a actividades
deportivas y de tiempo libre que sean seguras y apropiadas para su desarrollo”
No es posible concebir que los niños tengan que convivir en espacios reducidos
no solamente el de sus casas, sino en las mismas instituciones educativas en las
cuales casi que se les priva de realizar actividades físicas y de desarrollo
psicomotriz, es común ver a los
niños sentados frente a un televisor, un
computador o un video juego con conductas desadaptativas, poco sociables, sin
buena motricidad, temerosos de los retos, ejercitando solamente los dedos
pulgares que a futuro resultaran sobrestimulados y tal vez con problemas de
tendinitis, de túnel carpiano, sedentarismo y obesidad debido a que no ocupan su
tiempo libre en actividades deportivas, lúdico o recreativas.
Ahora bien, lo mínimo que debe garantizar el Estado en el deporte como derecho
fundamental, es facilitar las condiciones básicas para el acceso y práctica del
deporte, la recreación, disfrute del tiempo libre y la educación física en condiciones
dignas para evitar vulneración y conductas de riesgo en NNAJ. Es un hecho que el
deporte en la ciudad seguirá estancado mientras la sociedad no reconozca su
importancia y su funcionabilidad en la calidad de vida, el deporte no logrará un
desarrollo ideal mientras algunos entes de la sociedad y de la comunidad como:
las juntas de acción comunal, las juntas de acción local, familias, docentes,
empresa privada y el estado no trabajen mancomunadamente en ello.
22
Dentro de los cambios que se deben operar en la legislación que concierne al
deporte es la conformación de mecanismos que exijan el cumplimiento de la
política pública, que garantice las condiciones y que se establezcan prácticas
seguras.
Se puede concluir que el desconocimiento del deporte como un derecho
fundamental permite la falta de efectividad en la implementación de las políticas y
de los programas para el uso y disfrute del deporte y la actividad física, lo que
vulnera este derecho, convirtiéndose así en un círculo vicioso: si no hay
reclamación por parte de la comunidad, no hay promoción, ni programas por parte
del Estado.
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3
CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
La Constitución Política promueve que para una participación efectiva en materia
de derechos humanos las personas deben adquirir conocimientos suficientes en
los temas y en especial conocer las interpretaciones y decisiones sobre estos
derechos que la Corte hace por lo que se requiere establecer una propuesta que
aumente el nivel de conocimientos de los derechos constitucionales y
especialmente los asociados al deporte, a través de campañas publicitarias. Al
Estado le hace falta mayor compromiso y promoción con los programas deportivos
en la ciudad de Cali, esto contribuye a que exista un considerable
desconocimiento por parte de la comunidad respecto al uso y disfrute del deporte
como derecho fundamental. Situación que pone en riesgo la comunidad por que el
municipio puede determinar la decisión de sustraer los programas.
Resulta evidente, que el desconocimiento del deporte como derecho fundamental,
genera una baja participación en los programas que el Estado promueve para
garantizar la práctica deportiva, la actividad física y la recreación, que de esta
participación también depende la continuidad y sostenibilidad de estos programas
en la comuna 17 de Cali, por ello se recomienda implementar estrategias de
comunicación para promover y divulgar los programas, haciendo énfasis en la
gratuidad y variedad ofertada en los mismos. Como también es cierto que La
Junta de Acción Comunal juega un papel muy importante como difundidor,
promotor, líder y veedor en el cumplimiento de la legislación contemplada en la
Carta Magna de 1991 y los decretos y convenios subsiguientes.
La legislación colombiana, específicamente la ley 181 del deporte, requiere una
actualización, especialmente en la creación de entes que regulen y garanticen el
cumplimiento del derecho al deporte, la recreación y la actividad física. Como
también es necesario que las escuelas públicas tengan acompañamiento y apoyo
profesional para el cumplimiento y reclamación del derecho al deporte, la
recreación y la actividad física. Se requieren docentes especialistas en el área del
deporte y la recreación en todas entidades educativas.
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La administración y gestión del deporte en la República de Colombia debe estar a
cargo de profesionales en el área específica de las ciencias de la cultura física y el
deporte, para lo cual se requieren con urgencia cambios legales, educativos y
sociales. La constitución promueve que para una participación efectiva en materia
de derechos humanos las personas deben adquirir conocimientos suficientes en
los temas y en especial conocer las interpretaciones y decisiones sobre estos
derechos que la Corte hace por lo que se requiere establecer una propuesta que
aumente el nivel de conocimientos de los derechos constitucionales y
especialmente los asociados al deporte, a través de campañas publicitarias.
A medida que la población de la comuna 17 se concientice de la importancia del
deporte en todos los aspectos de la vida, exigirá y defenderá este derecho en
todos sus campos de acción, pues la práctica deportiva garantiza el buen manejo
del tiempo libre, la salud física y mental, la disposición para el estudio y el trabajo,
el afianzamiento y apropiación de valores, la equidad social entre otros. Además,
las escuelas de la comuna 17 de Cali, deben generar espacios de formación
dirigida no solo a los estudiantes sino también a los padres de familia.
La comuna 17 debe mantener y procurar dar un nivel de profesionalismo y de alta
calidad en los procesos deportivos, incluyendo en sus programas diversos
profesionales del área del deporte y la psicología, personas cualificadas y con
competencias que hagan el acompañamiento y apoyo profesional para el
cumplimiento y reclamación del derecho al deporte, la recreación y la actividad
física, que faciliten una formación integral de NNAJ y que permiten a futuro
consolidar unas conductas de adaptabilidad social y desarrollo personal.
Promoviendo el deporte como un estilo de vida que fomenta la prevención y que
ayuda en el desarrollo integral de las personas, teniendo en cuenta que estos
programas contribuyen a la calidad de vida, integración social, transmisión de
valores, desarrollo físico y emocional y además de aportar herramientas de paz.
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La comunidad perteneciente a la comuna 17 de Cali requiere capacitación para
empoderarse y hacer valer los derechos, para este caso, los relacionados con el
deporte y la actividad física. Es fundamental que en la comuna 17 se implementen
y promocionen programas deportivos dirigidos a diferentes poblaciones: adulto
mayor, discapacidad, mujeres. Pues el deporte por ser un derecho fundamental es
incluyente y no tiene distinción de raza, condición, sexo o religión.
La población de la comuna 17 debe exigir la continuidad de los programas, planes
y convenios
relacionados con el deporte, la recreación y la actividad física
asumidos desde la alcaldía de Santiago de Cali, los centros de atención local
integrada C.A.L.I 17 y otros entes comunales y estatales. Además, se deben
liderar procesos y estrategias de integración con la empresa privada, la comunidad
y el estado para lograr un desarrollo ideal a través del deporte.
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