Aceptan donación efectuada por empresa a favor de PARSALUD, a

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Normas Legales del 07.03.2015
días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo
con el siguiente detalle:
Nombre y apellidos
Pasaje aéreo Viáticos Nº de Total de
clase económica por día días viáticos
US$
US$
US$.
Jorge Renato Reyes Tagle
2 950,00
440,00
7+1
3 520,00
Alberto Javier Hart Merino
2 950,00
440,00
7+1
3 520,00
Artículo 3. Dentro de los quince (15) días calendario,
posteriores a su retorno al país, los citados funcionarios
diplomáticos deberán presentar al Ministro de Relaciones
Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas
y los resultados obtenidos en el viaje autorizado.
Artículo 4. La presente Resolución Ministerial no libera
ni exonera del pago de impuesto o derechos aduaneros
cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GONZALO GUTIÉRREZ REINEL
Ministro de Relaciones Exteriores
1208647-1
SALUD
Aceptan donación efectuada por
empresa a favor de PARSALUD, a fin
de contribuir a mejorar la calidad de
atención a la población materna y
neonatal en la Región de Áncash
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 135-2015/MINSA
Lima, 4 de marzo del 2015
Visto, el Expediente Nº 15-012335-001, que contiene
el Informe Nº 061-2015-OGPP-OP/MINSA, de la Oficina
de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y
Presupuesto; y,
CONSIDERANDO:
Que, con Resolución Ministerial Nº 705-2009/
MINSA, de fecha 21 de octubre de 2009, se delega en
la Coordinación General del Programa de Apoyo a la
Reforma del Sector Salud – PARSALUD II, la facultad
de celebrar convenios con entidades públicas y privadas
necesarios para la adecuada ejecución del Programa;
Que, con fecha 02 de octubre de 2014, el Programa
de Apoyo a la Reforma del Sector Salud – PARSALUD II y
la empresa Minera Barrick Misquichilca S.A. suscribieron
el Convenio de Cooperación con el objetivo de contribuir
a mejorar la calidad de atención a la población materna y
neonatal en la Región de Ancash, a través del Proyecto
“Mejoramiento Integral del Servicio Materno y Neonatal
del Hospital Víctor Ramos Guardia” de la ciudad de
Huaraz, Región Ancash, que comprende: i) Reformulación
del Perfil del Proyecto denominado “Mejoramiento Integral
del Servicio Materno y Neonatal del Hospital Víctor
Ramos Guardia” de la ciudad de Huaraz, Región Ancash;
ii) Reformulación del Expediente Técnico del Proyecto
denominado “Mejoramiento Integral del Servicio Materno
y Neonatal del Hospital Víctor Ramos Guardia” de la
ciudad de Huaraz, Región Ancash; iii) Con el remanente
dinerario, después de realizadas las reformulaciones
antes indicadas, la ejecución del Proyecto “Mejoramiento
Integral del Servicio Materno y Neonatal del Hospital
Víctor Ramos Guardia” de la ciudad de Huaraz, Región
Ancash;
Que, de acuerdo al Convenio citado en el considerando
precedente, la empresa Minera Barrick Misquichilca S.A
procederá a efectuar una donación a favor de la Unidad
Ejecutora 123: Programa de Apoyo a la Reforma del
Sector Salud – PARSALUD del Pliego 011: Ministerio
de Salud, hasta por la suma de SIETE MILLONES
VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS
Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 7 024 692,00), la misma
que se efectivizará de acuerdo a los plazos y condiciones
señalados en los literales b) al d) de la Cláusula Quinta del
referido documento;
Que, según el artículo 69º del Texto Único Ordenado
de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional
de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº
304-2012-EF, las donaciones dinerarias provenientes
de instituciones nacionales o internacionales, públicas o
privadas, diferentes a las provenientes de los convenios
de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas
por Resolución del Titular de la Entidad, debiendo ser
publicada en el Diario Oficial El Peruano, cuando el monto
de la donación supere las cinco (5) Unidades Impositivas
Tributarias;
Que, el numeral 25.1 del artículo 25º de la Directiva
Nº 005-2010-EF/76.01, Directiva para la Ejecución
Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral Nº
030-2010 EF/76.01 y sus modificatorias, señala que dado
el carácter financiero del Presupuesto del Sector Público,
sólo procede la incorporación de recursos monetarios,
cuyos montos se registran en números enteros;
Que, mediante documento del Visto, la Oficina General
de Planeamiento y Presupuesto propone la aceptación
de la donación referida en el segundo considerando,
señalando que en diciembre de 2014, la empresa donante
Minera Barrick Misquichilca S.A. ha efectuado, a favor de la
Unidad Ejecutora 123: Programa de Apoyo a la Reforma del
Sector Salud – PARSALUD, la primera entrega del monto
señalado en el Convenio de Cooperación ascendente a
la suma de SETECIENTOS DOS MIL CUATROCIENTOS
CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 702 450,00),
el mismo que ha sido incorporado en el presupuesto
de dicha Unidad Ejecutora a través de la Resolución
Ministerial Nº 047-2015/MINSA;
Que, en ese sentido es necesario emitir el acto
resolutivo de aceptación de la donación dineraria efectuada
por la empresa Minera Barrick Misquichilca S.A.;
Estando a lo informado por la Oficina General de
Planeamiento y Presupuesto, a través de la Oficina de
Presupuesto, con las visaciones del Director General de
la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de
la Directora General de la Oficina General de Asesoría
Jurídica, y de la Secretaria General; y,
De conformidad con lo previsto en el artículo 69º del
Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General
del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con
Decreto Supremo Nº 304-2012-EF;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aceptar la donación de SIETE MILLONES
VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS Y
00/100 NUEVOS SOLES (S/. 7 024 692,00), efectuada
por la empresa Minera Barrick Misquichilca S.A. a favor
de la Unidad Ejecutora 123: Programa de Apoyo a la
Reforma del Sector Salud – PARSALUD del Pliego 011:
Ministerio de Salud, a fin de contribuir a mejorar la calidad
de atención a la población materna y neonatal en la Región
de Ancash, a través del Proyecto “Mejoramiento Integral
del Servicio Materno y Neonatal del Hospital Víctor Ramos
Guardia” de la ciudad de Huaraz, Región Ancash, en el
marco del Convenio al que se ha hecho mención en la
parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Ratificar la incorporación, a través de la
Resolución Ministerial Nº 047-2015/MINSA, del monto
ascendente a la suma de SETECIENTOS DOS MIL
CUATROCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES
(S/. 702 450,00), el cual constituye el primer desembolso de la
donación señalada en el artículo precedente y contemplada
en el Convenio de Cooperación suscrito entre el Programa
de Apoyo a la Reforma del Sector Salud – PARSALUD II y la
empresa Minera Barrick Misquichilca S.A.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA
Ministro de Salud
1208045-2