| INSTITUCIÓN EDUCATIVA JAVIERA LONDOÑO “Comprendiendo y Viviendo la Educación como DERECHO-DEBER” INSTITUCION EDUCATIVA JAVIERA LONDOÑO ESTUDIOS PREVIOS CONCESIÓN DE LA TIENDA ESCOLAR 2016. 1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD: La institución Educativa JAVIERA LONDOÑO empeñada en garantizar un ambiente escolar desarrolla proyectos y actividades que generen bienestar a los estudiantes, entregará en concesión un espacio para la prestación del servicio de tienda escolar. El servicio de tienda está orientado a proveer el suministro de productos enmarcados en la línea alimentaria La población a atender es de aproximadamente 2574 estudiantes de preescolar, básica primaria, básica secundaria y media académica y 101 personas entre docentes, directivos y administrativos, durante la jornada escolar mañana y tarde, distribuidos en dos Sedes: JAVIERA LONDOÑO con 1774 estudiantes aproximadamente ANTONIA SANTOS con 560 aproximadamente. LUIS ALFONSO AGUDELO con 270 estudiantes aproximadamente Estudiantes beneficiados con el programa de restaurante escolar: Sede principal de 222 2. FUNDAMENTOS LEGALES: El proceso de contratación se fundamenta en coherente con los estipulado en el la ley 715 de 2001 y Decreto nacional 4791 de 2008 y funciones específicas delimitadas en la Ley 115 de 1994, y El Decreto 1510 del 2013, en el artículo 2.1.1 reglamenta lo referente a Estudios Previos para la contratación. 3. LA DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR, CON SUS ESPECIFICACIONES: El objeto consiste en contratar la concesión de espacio para prestación del servicio de tienda escolar en ambas Sedes. La tienda escolar está adaptada para prestar el servicio refrigerio que será balanceado donde se incluya frutas, líquido como gaseosas, malta, milo, agua, tinto, yogur, café con leche, otros productos como sánduches, perros, hamburguesas, buñuelos, empanadas, pasteles, salchipapas, palos de queso y similares, algunos mecatos como papitas , chitos y similares, dulces y helados. 4. IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO A CELEBRAR: El contrato de concesión de tres espacios físicos del establecimiento educativo, para la prestación del servicio de tienda escolar. 4.1 DURACION DEL CONTRATO: El contrato de concesión de espacio para la tienda escolar de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA JAVIERA LONDOÑO, tendrá una duración de diez meses sede principal y para los anexos será de 9 meses, iniciando el 12 enero de 2016 finalizando el 02 de diciembre del año 2016. 4.2 VALOR MENSUAL DEL CONTRATO A CELEBRAR: Se estipula como valor mínimo del contrato: VALOR Y FORMA DE PAGO: SEDE PRINCIPAL: Valor mínimo de $ 1.700.000 y máximo de $ 1.950.000 pagaderos en 10 cuotas mensuales por un valor mínimo de $1.700.000 mensuales, o máximo $ 1.950.000 ( febrero, marzo, abril, mayo, junio julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre). SEDE ANTONIA SANTOS : Mínimo $ 130.000 y máximo de $ 150.000 pagaderos en 9 cuotas mensuales por un valor mínimo de $130.000 mensuales, o máximo $ 150.000 ( febrero, marzo, abril, mayo, julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre). SEDE LUIS ALFONSO AGUDELO : Mínimo $ 50.000 y máximo de $ 60.000 pagaderos en 9 cuotas mensuales por un valor mínimo de $50.000 mensuales, o máximo $ 60.000 ( febrero, marzo, abril, mayo, julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre). Resolución 16286 del 27 de noviembre de 2002. Calle 53 No 40-65 . Medellín-Colombia. Nit 890.985.135-1. DANE: 105001001562. Email [email protected]. PBX 2396363. www.javiera.edu.co | INSTITUCIÓN EDUCATIVA JAVIERA LONDOÑO “Comprendiendo y Viviendo la Educación como DERECHO-DEBER” Los valores indicados se ajustan al análisis de costos realizado y aprobado por la dependencia de servicios generales de la Secretaria de Educación de Medellín. 4.3 FORMA DE PAGO:EL CONTRATISTA cancelará a LA INSTITUCIÓN el valor estipulado en la cláusula anterior, una vez perfeccionado el contrato y aprobadas las garantías, el cual se consignará a la cuenta No 24029741904 del Banco Caja Social a nombre de Recursos Propios Institución Educativa JAVIERA LONDOÑO. -Nueve mensualidades, iniciando el 1° de febrero y continuando los meses de marzo, abril, mayo, julio, agosto, septiembre, octubre y terminando en noviembre, para las sedes, la principal pagara 10 meses. Después de 5 días de retardo en el pago generará una multa al Contratista por el valor equivalente a 1% del valor del arriendo, por cada día calendario de retardo y si el concesionario incumple con los cannon de arrendamiento por dos mese consecutivos, automáticamente deberá entregar la Tienda. 5. UBICACIÓN FISICA: La tienda de la SEDE JAVIERA LONDOÑO está ubicada en la CALLE 53 N 40 65. El espacio asignado para esta se encuentra en el primer nivel al lado de la placa polideportiva. En cuanto a mobiliario cuenta sólo con un mesón. Se entrega sin ningún tipo de muebles ni electrodomésticos. En el espacio está adecuado para la preparación de alimentos (desayunos, almuerzos, fritos,) la preparación de café (en greca o cafetera) y jugos u otros alimentos preparados en licuadora. La tienda de la SEDE ANTONIA SANTOS está ubicada en Calle 50 B Nº 38-11 Y LA SEDE LUIS ALFONSO AGUDELO, está ubicada Carrera 43 Nº 38-20 El espacio asignado para esta se encuentra en el primer nivel de cada sede. En cuanto a mobiliario cuenta sólo con un mesón. Se entrega sin ningún tipo de muebles ni electrodomésticos. En el espacio no está adecuado para la preparación de ningún tipo de alimentos. 6. REQUISITOS HABILITANTES: • Se entienden como los requisitos mínimos que debe cumplir el contratista para poder participar del proceso de licitación y ellos son: • Carta de presentación de la propuesta que contendrá los datos del proponente y el valor del contrato ofrecido • Una relación de productos ofrecidos con precio unitario • Para una persona jurídica,: certificado de Cámara de Comercio • Copia de Registro Único Tributario (RUT) actualizado. • Copia de la cédula de ciudadanía del representante legal. • Certificado de antecedentes disciplinarios de la Contraloría General • Certificado de antecedentes disciplinarios de la Procuraduría General • Certificado de antecedentes de la policía. • Certificación sobre experiencia en prestación del servicio. • Certificación sobre manipulación de alimentos. • Certificado de afiliación al régimen contributivo de seguridad social integral. • Seguridad Social de los trabajadores • Certificado de Contraloría, procuraduría, Policía de las personas que trabajarían en la Tienda Escolar 7. INCOMPATIBILIDADES: • Las personas que se hallen inhabilitadas para contratar por la Constitución y las leyes. Resolución 16286 del 27 de noviembre de 2002. Calle 53 No 40-65 . Medellín-Colombia. Nit 890.985.135-1. DANE: 105001001562. Email [email protected]. PBX 2396363. www.javiera.edu.co | INSTITUCIÓN EDUCATIVA JAVIERA LONDOÑO “Comprendiendo y Viviendo la Educación como DERECHO-DEBER” • • • • • Quienes en sentencia judicial hayan sido condenados a la pena accesoria de interdicción de derechos y funciones públicas y quienes hayan sido sancionados disciplinariamente con destitución. Los servidores públicos. Quienes sean cónyuges o compañeros permanentes y quienes se encuentren dentro del segundo grado de consanguinidad o segundo de afinidad con cualquier otra persona que formalmente haya presentado propuesta para una misma licitación o concurso. Quienes fueron miembros de la junta o consejo directivo o servidores públicos de la entidad contratante. Esta incompatibilidad solo comprende a quienes desempeñaron funciones en los niveles directivo, asesor o ejecutivo y se extiende por el término de un (1) año, contado a partir de la fecha del retiro. Las personas que tengan vínculos de parentesco, hasta el segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil con los servidores públicos de los niveles directivo, asesor, ejecutivo o con los miembros del consejo directivo, o con las personas que ejerzan ejerzan el control interno o fiscal de la entidad contratante. i. El cónyuge, compañero o compañera permanente del servidor público en los niveles directivo, asesor, ejecutivo, o de un miembro de la junta o consejo directivo, o de quien ejerza funciones de control interno o de control fiscal. 8. REQUISITOS DE EVALUACION: • • • • Mejor propuesta económica: 30 % Calidad y precios de productos ofrecidos, 40 % Experiencia comprobable en manejo de tiendas escolares, cafetería o cualquier establecimiento que ofrezca servicio de alimentación. 20 %. Si el proponente es el contratista actual o ha sido el contratista en años anteriores, el Consejo Directivo evaluará el cumplimiento del contrato y lo tendrá en cuenta en el ítem de Experiencia. Otros servicios adicionales ( vinculación a celebraciones especiales, hidratación para estudiantes en programaciones deportivas especiales, refrigerios para los estudiantes menos favorecidos, aromática para estudiantes enfermos y otras que el contratista considere): 10 % En caso de empate se tendrá en cuenta el orden de llegada de cada una de las propuestas, dando como favorecida la primera en el tiempo, tal y como se establezca en el acta de recepción. OBSERVACIÓN: De presentarse propuestas de personas que hayan tenido litigios jurídicos o conflicto de intereses con la institución no se tendrán en cuenta para su evaluación. 9. GARANTIAS Al concesionario que se le adjudique el espacio para la operación de la tienda escolar debe aportar a la firma del contrato 9 letras de cambio firmadas correspondientes al valor de la contraprestación los 9 meses, las cuales serán devueltas al concesionario una vez presente el respectivo recibo de consignación., para la sede principal será de 10 letras, póliza de cumplimiento. 10. RIESGOS PREVISIBLES Para la tienda escolar debe prever los riesgos de seguridad industrial que tiene implícita la actividad de preparación de alimentos, al manipular elementos eléctricos, y manipulación de alimentos calientes. Estos serán responsabilidad del contratista. Por causas de fuerza mayor como orden público o similar, cese de actividades, el consejo directivo estudiará medidas que ayuden a mitigar el impacto negativo que puedan ocasionar al concesionario. Resolución 16286 del 27 de noviembre de 2002. Calle 53 No 40-65 . Medellín-Colombia. Nit 890.985.135-1. DANE: 105001001562. Email [email protected]. PBX 2396363. www.javiera.edu.co | INSTITUCIÓN EDUCATIVA JAVIERA LONDOÑO “Comprendiendo y Viviendo la Educación como DERECHO-DEBER” 11.ESTUDIO DE COSTOS La institución Educativa Institución Educativa JAVIERA LONDOÑO, tendrá que sufragar los costos de mantenimiento y reparaciones que se presenten en el local destinado a la tienda escolar en la Institución Educativa JAVIERA LONDOÑO CONSEJO DIRECTIVO Resolución 16286 del 27 de noviembre de 2002. Calle 53 No 40-65 . Medellín-Colombia. Nit 890.985.135-1. DANE: 105001001562. Email [email protected]. PBX 2396363. www.javiera.edu.co
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