FIDUCIARIA PETROLERA S.A. EN LIQUIDACIÓN FORZOSA – FIDUPETROL EN LIQUIDACIÓN RESOLUCIÓN Nº 47 DEL 20 DE ABRIL DE 2015 “Por el cual se informa sobre la elaboración de un inventario en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 9.2.1.1.4. Numerales 7 y 8 del Decreto 2555 de 2010”. EL LIQUIDADOR DE FIDUCIARIA PETROLERA S.A. EN LIQUIDACIÓN FORZOSA – FIDUPETROL EN LIQUIDACIÓN, en ejercicio de sus facultades legales, establecidas en el decreto Ley 663 de 1993 (Estatuto Orgánico del Sistema Financiero), el Decreto 2555 de 2010 y CONSIDERANDO: Que la Superintendencia Financiera de Colombia, mediante Resolución No. 0953 del 18 de junio de 2014 adoptó la medida de toma de posesión inmediata para liquidar los bienes, haberes y negocios de la SOCIEDAD FIDUCIARIA PETROLERA S.A. - FIDUPETROL S.A. Que en cumplimento de dicha medida, mediante Resolución 006 del 18 de junio de 2014, la Directora del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras – FOGAFIN, designó al doctor MAURICIO CASTRO FORERO como Liquidador de la SOCIEDAD FIDUCIARIA PETROLERA S.A. - FIDUPETROL S.A, quien el 18 de junio de 2014, tomo posesión de su cargo. culo 1° del Decreto 2894 de 2007 y modificado por el Artículo 1º del Decreto 1104 de 2014, el dieciocho (18) de marzo de 2015 n al momento de la entrada en liquidación de la sociedad fiduciaria. Que el negocio fiduciario denominado FIDEICOMISO VIII ARCANO cuyos fideicomitentes y beneficiarios son LUIS DAVID PEÑA SALGADO identificado con cédula de ciudadanía N° 80,410,625, CLAUDIA CECILIA MADERO ROJAS identificada con cédula de ciudadanía N° 39,690,021, MARIA DEL PILAR VILLOTA ROJAS identificada con cédula de ciudadanía N° 32,465,645, GUSTAVO PUYO VASCO identificado con cédula de ciudadanía N° 71,577,294, JOHANNA PARDO MUÑOZ identificada con cédula de ciudadanía N° 39,792,064, CLARA INÉS RUBIANO GARZÓN identificada con cédula de ciudadanía N° 41,607,592, CLEMENCIA ELENA SOTO URIBE identificada con cédula de ciudadanía N° 32,543,675, SOPHY VIVIANA SOTO URIBE identificada con cédula de ciudadanía N° 42,965,803, ALESSANDRO CORRIDORI identificado con cédula de extranjería N° 320,480, OCÉANO FILMS OP LTDA identificado con Nit N° 830.146.023-8, GLADYS FORERO ANDRADE identificada con cédula de ciudadanía N° 51,596,768, GESTIONES FINANCIERAS S.A. identificado con Nit 800.215.7906, JUAN CARLOS GRANADA PINO identificado con cédula de ciudadanía N° 79,521,012, ISHARE & CÍA. S. EN C. Identificado con Nit N° 900.172.501-0, CÍA. COLOMBIANA DE CAPITALES identificado con Nit 830.507.185-2, no fue objeto de cesión en el plazo legal establecido en el inciso anterior. Que el 23 de marzo de 2015 fue publicado en el periódico EL NUEVO SIGLO página 9B el aviso correspondiente a la liquidación de los negocios fiduciarios en los términos del Artículo 9.2.1.1.4 Numeral 1 del Decreto 2555 de 2010. Que en el aviso en mención se incluyó el siguiente negocio fiduciario: FIDEICOMISO VIII ARCANO Que el Artículo 9.2.1.1.4. Del Decreto 2555 de 2010, establece lo correspondiente a la función de un liquidador de una Entidad Financiera relacionada con la elaboración de los Inventarios de los negocios fiduciarios que: “ s del siguiente procedimiento: (…) 7 un inventario detallado de los activos de cada negocio fiduciario, incluyendo el valor de cada uno de los bienes. o comercial como el catastral, el valor o catastral vigente incrementado en un cincuenta por ciento (50%). culos automoto o comercial como el valor fijado para calcular el impuesto, el valor del en cuenta el valor fijado para calcular el impuesto vigente incrementado en un cincuenta por ciento (50%). El valor de los d nea para determinar el valor de mercado de tales activos. (…)” Que, en consecuencia, la Liquidación debe adoptar el inventario valorado a más tardar el día veinte (20) de abril de 2015. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO 1o. Que el inventario valorado del negocio fiduciario denominado FIDEICOMISO VIII ARCANO cuyos fideicomitentes y beneficiarios son LUIS DAVID PEÑA SALGADO identificado con cédula de ciudadanía N° 80,410,625, CLAUDIA CECILIA MADERO ROJAS identificada con cédula de ciudadanía N° 39,690,021, MARIA DEL PILAR VILLOTA ROJAS identificada con cédula de ciudadanía N° 32,465,645, GUSTAVO PUYO VASCO identificado con cédula de ciudadanía N° 71,577,294, JOHANNA PARDO MUÑOZ identificada con cédula de ciudadanía N° 39,792,064, CLARA INÉS RUBIANO GARZÓN identificada con cédula de ciudadanía N° 41,607,592, CLEMENCIA ELENA SOTO URIBE identificada con cédula de ciudadanía N° 32,543,675, SOPHY VIVIANA SOTO URIBE identificada con cédula de ciudadanía N° 42,965,803, ALESSANDRO CORRIDORI identificado con cédula de extranjería N° 320,480, OCÉANO FILMS OP LTDA identificado con Nit N° 830.146.023-8, GLADYS FORERO ANDRADE identificada con cédula de ciudadanía N° 51,596,768, GESTIONES FINANCIERAS S.A. identificado con Nit 800.215.7906, JUAN CARLOS GRANADA PINO identificado con cédula de ciudadanía N° 79,521,012, ISHARE & CÍA. S. EN C. Identificado con Nit N° 900.172.501-0, CÍA. COLOMBIANA DE CAPITALES identificado con Nit 830.507.185-2, es de cero pesos ($0.00), el fideicomiso no presenta activos. Sin embargo Sobre los derechos fiduciarios del Fideicomitente ALESSANDRO CORRIDORI recaen unas órdenes de embargo. Los cuáles serán detalladas a través de la resolución de determinación de los pasivos a cargo de los negocios Fiduciarios ARTÍCULO 2º. El contenido de la Presente Resolución se notificará en los términos establecidos en el numeral 8 del artículo 9.2.1.1.4. del Decreto 2555 de 2010. ARTÍCULO 3º. Contra la presente Resolución procede el Recurso de Reposición el cual debe interponerse personalmente por el interesado o su apoderado mediante escrito direccionado al Liquidador el cual se radicará en la oficina principal de la intervenida ubicada en la Carrera 15 A No.118-73 de la ciudad de Bogotá D.C., dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación del Acto Administrativo. En los términos del artículo 9.2.1.1.4. Numeral 8 Inciso 5 del Decreto 2555 de 2010, en lo no objetado o impugnado, el inventario valorado quedará en firme para todos los efectos legales y se podrá adelantar inmediatamente la realización de tales activos. Dado en Bogotá D. C. a los veinte (20) días del mes de abril de 2015, [ORIGINAL FIRMADO] MAURICIO CASTRO FORERO Liquidador FIDUCIARIA PETROLERA S.A. EN LIQUIDACIÓN FORZOSA FIDUPETROL EN LIQUIDACIÓN
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