Acta 14 - Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas

Acta de la Décima Cuarta Sesión Ordinaria 2015 del
Pleno de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas
En la ciudad de México, Distrito Federal, siendo las diez horas con quince
minutos del siete de abril de dos mil quince, se reunieron en el piso 10 del
edificio marcado con el número 1137 de la avenida Ángel Urraza en la colonia
Del Valle, la Comisionada y los Comisionados Adrián Franco Zevada,
Susana Thalía Pedroza de la Llave, Julio Antonio Hernández Barros y
Sergio Jaime Rochín del Rincón, a efecto de llevar a cabo la Décima Cuarta
Sesión Ordinaria 2015 del Pleno de la Comisión Ejecutiva de Atención a
Víctimas, conforme al siguiente------------------------------------------------------------------------------------------Orden del Día---------------------------------1.
Instalación de la Décima Cuarta Sesión Ordinaria 2015 del Pleno de la
Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas.-----------------------------------------2.
Lista de asistencia.---------------------------------------------------------------3.
Lectura y aprobación del Orden del Día.--------------------------------------4.
Aprobación y firma del Acta de la Décima Tercera Sesión Ordinaria
2015 del Pleno de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas.----------------5.
El Comisionado Presidente, Sergio Jaime Rochín del Rincón, somete a
consideración del Pleno los asuntos siguientes: -------------------------------------•
Propuesta de modificación al acuerdo CEAV/PLENO/2014/64/05 por
el que se determinan las suplencias de los directores generales de la Comisión
Ejecutiva de Atención a Víctimas, en caso de ausencias temporales.-------------•
Proyecto de Acuerdo del Pleno por el que se propone la contratación de
una asesoría externa para la realización de un estudio sobre la victimización a
causa de la violencia obstétrica en México.------------------------------------------•
Proyecto de Acuerdo del Pleno por el que propone la contratación de
una asesoría externa para la realización de un estudio sobre la violencia contra
niñas, niños y adolescentes, en el marco de la nueva Ley General de los
Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a fin de analizar su impacto en la
sociedad y las familias.-----------------------------------------------------------------•
Proyecto de Lineamientos para priorizar el pago de la compensación a
las víctimas en los términos a que se refiere el último párrafo del artículo 132
de la Ley General de Víctimas.---------------------------------------------------------•
Informe sobre la situación financiera del patrimonio del Fondo de Ayuda,
Asistencia y Reparación Integral por la Directora General del Fondo,
elaborados por el fiduciario, Bansefi, S.N.C. I.B.D., en términos de los artículos
138, fracción III, de la Ley General de Víctimas y 75, fracción VI, de su
Reglamento.-•
Proyecto de Resolución del Pleno de la Comisión Ejecutiva de Atención a
Víctimas dentro del expediente administrativo CEAV/CIE/0076/2015, a fin de
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Acta de la Décima Cuarta Sesión Ordinaria 2015 del
Pleno de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas
determinar la procedencia del otorgamiento de medidas de ayuda inmediata,
consistentes en el pago por concepto de gastos funerarios.----------------------•
Propuesta de reunión de Delegados de la Comisión Ejecutiva de
Atención a Víctimas los próximos 22 y 23 de abril de 2015, en las
instalaciones de las oficinas centrales de la CEAV.---------------------------------6.
El Comisionado Adrián Franco Zevada somete a consideración del Pleno
la cancelación de su participación al 13° Congreso de las Naciones Unidas
sobre Prevención del Delito y Justicia Penal, misma que le fue conferida por
acuerdo CEAV/PLENO/2015/007/06.----------------------------------------------7.
Seguimiento de acuerdos.------------------------------------------------------8.
Asuntos generales.--------------------------------------------------------------9.
Cita para la próxima Sesión Ordinaria.--------------------------------------------------------------Desarrollo de la Sesión y acuerdos---------------------1.
El Comisionado Presidente, Sergio Jaime Rochín del Rincón, declaró
formalmente instalada la Décima Cuarta Sesión Ordinaria 2015 del Pleno de la
CEAV a las diez horas con quince minutos.-------------------------------------------2.
La Secretaria Técnica dio cuenta de la presencia de los cuatro
Comisionados en funciones y declaró la existencia de quórum, de conformidad
con la fracción IV del artículo 38 del Reglamento de la Ley General de
Víctimas.----------------------------------------------------------------------------------3.
El Pleno aprobó por unanimidad el Orden del Día.---------------------------4.
El Pleno aprobó por unanimidad el Acta de la Décima Tercera Sesión
Ordinaria 2015 del Pleno de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas.-----5.
El Pleno aprobó por unanimidad la modificación al acuerdo
CEAV/PLENO/2014/64/05, por el que se determinan las suplencias de los
directores generales de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas en caso
de ausencias temporales.---------------------------------------------------------------6.
El Pleno, por unanimidad, consideró pertinente la propuesta de
contratación de una asesoría externa para la realización de un estudio sobre la
victimización a causa de la violencia obstétrica en México.-----------------------7.
El Pleno, por unanimidad, consideró pertinente la propuesta de
contratación de una asesoría externa para la realización de un estudio sobre la
violencia contra niñas, niños y adolescentes, en el marco de la nueva Ley
General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a fin de analizar su
impacto en la sociedad y las familias, de conformidad con el artículo 95,
fracción IX, de la Ley General de Víctimas.-------------------------------------------8.
El Pleno aprobó por unanimidad los Lineamientos para priorizar el pago
de la compensación a las víctimas de delitos del orden federal y violaciones a
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Acta de la Décima Cuarta Sesión Ordinaria 2015 del
Pleno de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas
derecho humanos cometidas por autoridades federales, de conformidad con el
último párrafo del artículo 132 de la Ley General de Víctimas.--------------------9.
El Pleno tuvo conocimiento sobre la situación financiera del patrimonio
del Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral por la Directora General
del Fondo, elaborados por el fiduciario, Bansefi, S.N.C. I.B.D., en términos de los
artículos 138, fracción III, de la Ley General de Víctimas y 75, fracción VI, de su
Reglamento.------------------------------------------------------------------------------10. El Pleno aprobó por unanimidad la resolución dentro del expediente
administrativo CEAV/CIE/0076/2015, que determina la procedencia del
otorgamiento de medidas de ayuda inmediata, consistentes en el pago por
concepto de gastos funerarios.--------------------------------------------------------11. El Pleno tuvo conocimiento de la propuesta de reunión de Delegados de
la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas para los días 22 y 23 de abril de
2015.-------------------------------------------------------------------------------------12. En atención a la propuesta del Comisionado Adrián Franco Zevada,
derivada de la agenda definitiva que se abordará en el 13° Congreso de las
Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Justicia Penal, el Pleno observó
que la misma estará destinada primordialmente al tema de prevención del
delito y tocará de forma somera el tema de víctimas. Por ello, ante la
necesidad de hacer un uso racional de los recursos públicos, el Pleno determinó
por unanimidad que la participación de la CEAV en dicho Congreso sea a través
de insumos que serán enviados a los servidores públicos que formarán parte
de la Delegación mexicana constituida para el efecto.----------------------13. En relación con el seguimiento de acuerdos, el Pleno tuvo conocimiento
de los informes presentados por los titulares del Fondo de Ayuda, Asistencia y
Reparación Integral y del Comité de Secuestro.-------------------------------------14. Asuntos generales.--------------------------------------------------------------15. Cita para la próxima Sesión Ordinaria.----------------------------------------Al no haber más asuntos que tratar, se cierra el Acta de la Décima
Cuarta Sesión Ordinaria 2015 del Pleno de la Comisión Ejecutiva de
Atención a Víctimas, a las catorce horas con tres minutos.---------------------------------------------------------------------------------------------------Sergio Jaime Rochín del Rincón
Comisionado Presidente
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Acta de la Décima Cuarta Sesión Ordinaria 2015 del
Pleno de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas
Adrián Franco Zevada
Comisionado
Susana Thalía Pedroza de la Llave
Comisionada
Julio Antonio Hernández Barros
Comisionado
Alejandra Soto Alfonso
Secretaria Técnica, quien da fe
La presente hoja de firmas forma
parte del Acta de la Décima
Cuarta Sesión Ordinaria 2015 del
Pleno de la Comisión Ejecutiva de
Atención a Víctimas, celebrada el
7 de abril de 2015.
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ACUERDO CEAV/PLENO/2015/014/05
México, D. F., 7 de abril de 2015
“2015, Año del Generalísimo José María Morelos y Pavón
ACUERDO DEL PLENO, por el que se determinan las suplencias de los Directores
Generales de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, en caso de
ausencias temporales.
Con fundamento en los artículos 88 de la Ley General de Víctimas y 6, 7, 15, 16,
fracción I y III y 23, último párrafo, del Estatuto Orgánico de la Comisión Ejecutiva de
Atención a Víctimas, y
CONSIDERANDO
Que el Estatuto Orgánico de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas establece en
su artículo 5, las unidades administrativas con las que contará esta Comisión Ejecutiva
para el ejercicio de sus atribuciones y el despacho de los asuntos que le competen, entre
las que se encuentran las direcciones generales.
Que el propio precepto señala que los Directores Generales contarán y se auxiliarán
para el ejercicio de sus funciones de las direcciones generales adjuntas, direcciones de
área, subdirecciones, jefaturas de departamento, enlaces y demás personal profesional
que autorice el Pleno a propuesta del Comisionado Presidente, de acuerdo con el
presupuesto autorizado.
Que el artículo 23 del mencionado Estatuto Orgánico dispone, en su último párrafo, que
en caso de ausencias temporales, los Directores Generales serán suplidos por el servidor
público de primer nivel de la Comisión Ejecutiva que designe el Pleno, a propuesta del
Director General.
Que con el propósito de no afectar el funcionamiento de cada una de las direcciones
generales en lo particular y de la Comisión Ejecutiva en lo general se hace necesario
designar a los servidores públicos que suplirán a los directores generales en los casos de
ausencias temporales.
Que los Directores Generales han presentado sus propuestas de designación de los
servidores públicos que en su momento los suplirán en sus ausencias temporales en los
términos siguientes:
a)
El titular de la Dirección General de la Asesoría Jurídica Federal por el Director
General Adjunto adscrito a esa Dirección General, Alberto Enrique Nava
Garcés;
b)
El titular de la Dirección General del Registro Nacional de Víctimas por la
Directora General Adjunta adscrita a esa Dirección General, Alma Patricia
Barraza Ponce;
ACUERDO CEAV/PLENO/2015/014/05
México, D. F., 7 de abril de 2015
“2015, Año del Generalísimo José María Morelos y Pavón
c)
La titular de la Dirección General del Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación
Integral por la Directora General Adjunta adscrita a esa Dirección General,
Alejandra Peña Martin;
d)
La titular de la Dirección General de Políticas Públicas, Capacitación e
Investigación por el Director General Adjunto adscrito a esa Dirección General,
Salvador Felipe Arias Ruelas;
e)
El titular de la Dirección General de Vinculación Interinstitucional por la
Directora de Área adscrita a esa Dirección General, Mara del Socorro Rivera
Hernández;
f)
La titular de la Dirección General de Asuntos Jurídicos por el Director General
Adjunto adscrito a esa Dirección General, Luis Enrique Pelcastre Vera;
g)
El titular de la Dirección General de Comunicación Social por el Director de
Área adscrito a esa Dirección General, Victor Manuel Mejía López;
h)
El titular de la Dirección General de Administración y Finanzas por la Directora
General Adjunta a esa Dirección General, Miriam Pérez Vargas;
i)
La titular de la Unidad de Atención Inmediata y Primer Contacto por el Director
General Adjunto adscrito a esa Dirección General, Eric García López;
j)
La titular del Comité Interdisciplinario Evaluador por el Subdirector de Área
adscrito a esa Dirección General, Jorge Luis Gutiérrez Nava, y
k)
La titular de la Secretaría Técnica del Pleno por la Directora de Área adscrita a
esa Dirección General, Noemi Estrella López Dionisio.
Que con base en las propuestas presentadas por los Directores Generales y siguiendo el
principio de que el superior ha de ser remplazado temporalmente por el inmediato
inferior, se emite el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO. Se aprueban y designan a los siguientes servidores públicos para suplir a los
Titulares de las Direcciones Generales en caso de ausencias temporales:
Alberto Enrique Nava Garcés, Director General Adjunto adscrito a la Dirección General
de la Asesoría Jurídica Federal;
ACUERDO CEAV/PLENO/2015/014/05
México, D. F., 7 de abril de 2015
“2015, Año del Generalísimo José María Morelos y Pavón
Alma Patricia Barraza Ponce, Directora General Adjunta adscrita a la Dirección General
del Registro Nacional de Víctimas;
Alejandra Peña Martin, Directora General Adjunta adscrita a la Dirección General del
Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral;
Salvador Felipe Arias Ruelas, Director General Adjunto adscrito a la Dirección General de
Políticas Públicas, Capacitación e Investigación;
Mara del Socorro Rivera Hernández, Directora de Área adscrita a la Dirección General de
Vinculación Interinstitucional;
Luis Enrique Pelcastre Vera, Director General Adjunto adscrito a la Dirección General de
Asuntos Jurídicos;
Victor Manuel Mejía López, Director de Área adscrito a la Dirección General de
Comunicación Social;
Miriam Pérez Vargas, Directora General Adjunta adscrita a la Dirección General de
Administración y Finanzas;
Eric Garcia López, Director General Adjunto adscrito a la Unidad de Atención Inmediata
y Primer Contacto;
Jorge Luis Gutiérrez Nava, Subdirector de Área adscrito al Comité Interdisciplinario
Evaluador;
Noemi Estrella López Dionisio, Directora de Área adscrita a la Secretaría Técnica del
Pleno.
SEGUNDO. Los servidores públicos que suscriban documentos y emitan actos de
autoridad en suplencia del Titular del área correspondiente, deberán señalar
expresamente que la actuación se hace “en ausencia” o “por suplencia”; expresar el
cargo del servidor público suplido; el nombre y cargo del funcionario que firma en
ausencia de quien debió suscribir al acto haciendo referencia claramente al presente
Acuerdo como la disposición que le permite actuar en suplencia de este último.
TERCERO. Los servidores públicos que actúen en suplencia deberán informar al Director
General correspondiente de los actos y documentos que emitan y suscriban en su
ausencia.
ACUERDO CEAV/PLENO/2015/014/05
México, D. F., 7 de abril de 2015
“2015, Año del Generalísimo José María Morelos y Pavón
CUARTO. Se dejan sin efectos los acuerdos CEAV/PLENO/2014/052/05 y
CEAV/PLENO/2014/064/05, emitidos el 30 de septiembre y 23 de diciembre de 2014
respectivamente, en los que se determinaron las suplencias de los Directores Generales
de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas en casos de ausencias temporales y su
modificación.
Así lo aprobó el Pleno de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, en la
Décima Cuarta Sesión Ordinaria celebrada el siete de abril de 2015.- El
Comisionado Presidente, Sergio Jaime Rochín del Rincón.- Firma.- La
Comisionada y los Comisionados Adrián Franco Zevada, Susana Thalía Pedroza
de la Llave y Julio Antonio Hernández Barros.- Firmas.- La Secretaria Técnica
del Pleno, Alejandra Soto Alfonso, quien da fe de la presentación y votación del
documento por unanimidad de los presentes.- Firma.
ACUERDO CEAV/PLENO/2015/014/06
México, D.F., 7 de abril de 2015
"2015, Año del Generalísimo José María Morelos y Pavón"
ACUERDO DEL PLENO por el que se propone la contratación de un servicio
de asesoría externa para la realización de un estudio sobre la
victimización a causa de la violencia obstétrica en México.
EL PLENO de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, con fundamento en
los artículos 91, párrafo tercero y 95, fracción IX de la Ley General de Víctimas; 32
y 35 del Reglamento de la Ley General de Víctimas; 16, fracción I y 21, fracción I
del Estatuto Orgánico de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, y
CONSIDERANDO
Que de conformidad con los artículos 95, fracción IX de la Ley General de
Víctimas, en relación con los diversos 35 de su Reglamento y 21 fracción I del
Estatuto Orgánico de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, es facultad del
Comisionado Presidente, administrar y dirigir el cumplimiento de las atribuciones
de la Comisión Ejecutiva y de sus unidades administrativas y proponer al Pleno la
contratación de expertos que se requiera para el cumplimiento de sus funciones.
Que el artículo 93 de la Ley General de Víctimas dispone que a fin de lograr una
especialización, atención integral y coordinada en temas que requieran ser
tratados en todo el país, la Comisión Ejecutiva contará, con diversos comités. Por
su parte, el artículo 39 fracción IV del Reglamento de la Ley General de Víctimas y,
su correlativo, el 37 fracción I del Estatuto Orgánico de la Comisión Ejecutiva de
Atención a Víctimas, los comités tienen la facultad de realizar los estudios que
permitan elaborar diagnósticos nacionales para evaluar las problemáticas
concretas que enfrentan las personas en situación de víctimas de delitos o de
violaciones a los derechos humanos.
De igual manera, el artículo 91 de la Ley General de Víctimas, al referirse a los
diagnósticos que se elaboren, indica que “la Comisión Ejecutiva podrá también
contar con la asesoría de grupos de expertos en temas específicos, solicitar
opiniones de organismos nacionales o internacionales públicos de derechos
humanos, instituciones u organizaciones públicas o privadas nacionales o
extranjeros con amplia experiencia en cierta problemática relacionada con la
atención, asistencia, justicia; verdad y reparación integral a las víctimas. Los
recursos destinados para tal efecto deberán ser públicos, monitoreables y de fácil
acceso para la sociedad civil”.
1
ACUERDO CEAV/PLENO/2015/014/06
México, D.F., 7 de abril de 2015
"2015, Año del Generalísimo José María Morelos y Pavón"
Que la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, requiere de la contratación de
un servicio de asesoría externa para, la realización de un estudio sobre la
victimización a causa de la violencia obstétrica en México, el cual incluye la
elaboración del marco teórico, programático y cuantitativo de la violencia
obstétrica y conceptos relacionados, así como el diseño y ejecución de un
instrumento que permita obtener información sobre hechos constitutivos de
violencia obstétrica en México, en concreto a través de encuestas en hospitales,
por lo que el Pleno de esta Comisión Ejecutiva ha tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO: Se considera pertinente la contratación de un servicio de asesoría
externa para la realización de un estudio marco teórico, programático y
cuantitativo de la violencia obstétrica y conceptos relacionados, así como el
diseño y ejecución de un instrumento que permita obtener información sobre
hechos constitutivos de violencia obstétrica en México.
SEGUNDO: La asesoría mencionada se encuentra sujeta a la suficiencia de
recursos con que cuente la entidad, y el Pleno no prejuzga o convalida el
procedimiento que debe cumplirse en términos de la normatividad aplicable para
efectuar la contratación correspondiente, el cual es responsabilidad de la unidad
administrativa requirente.
Así lo aprobó el Pleno de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, en
la Décima Cuarta Sesión Ordinaria celebrada el siete de abril de 2015.- El
Comisionado Presidente, Sergio Jaime Rochín del Rincón.- Firma.- La
Comisionada y los Comisionados Adrián Franco Zevada, Susana Thalía
Pedroza de la Llave y Julio Antonio Hernández Barros.- Firmas.- La
Secretaria Técnica del Pleno, Alejandra Soto Alfonso, quien da fe de la
presentación y votación del documento por unanimidad de los
presentes.- Firma.
2
ACUERDO CEAV/PLENO/2015/014/07
México, D.F., 7 de abril de 2015
"2015, Año del Generalísimo José María Morelos y Pavón"
ACUERDO DEL PLENO por el que se propone la contratación de un servicio
de asesoría externa para la realización de un estudio sobre la violencia
contra niñas, niños y adolescentes en el marco de la nueva Ley General de
los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a fin de analizar su impacto
en la sociedad y las familias.
EL PLENO de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, con fundamento en
los artículos 91, párrafo tercero y 95, fracción IX de la Ley General de Víctimas; 32
y 35 del Reglamento de la Ley General de Víctimas; 16, fracción I y 21, fracciones I
y IX del Estatuto Orgánico de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, y
CONSIDERANDO
Que de conformidad con los artículos 95, fracción IX de la Ley General de
Víctimas, en relación con los diversos 35 de su Reglamento y 21 fracciones I y IX
del Estatuto Orgánico de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, es facultad
del Comisionado Presidente, administrar y dirigir el cumplimiento de las
atribuciones de la Comisión Ejecutiva y de sus unidades administrativas, así como
acordar con los Directores Generales sobre los diversos asuntos de su despacho, y
proponer al Pleno la contratación de expertos que se requiera para el
cumplimiento de sus funciones.
Que en términos del artículo 30 fracciones II, V y XI del Estatuto Orgánico de la
Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, la Dirección General de Políticas
Públicas, Capacitación e Investigación cuenta entre sus atribuciones, la de
coordinar la realización de los estudios necesarios para documentar la situación de
las víctimas del delito y de violaciones a derechos humanos, en atención a delitos
específicos o colectivos de víctimas, así como proponer la realización de estudios
sobre temáticas específicas que impacten en el ejercicio de sus derechos.
Que la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, requiere de la contratación de
un servicio de asesoría externa para la realización de un estudio sobre la violencia
contra niñas, niños y adolescentes en el marco de la nueva Ley General de los
Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a fin de analizar su impacto en la
sociedad y las familias, por lo que el Pleno de esta Comisión Ejecutiva ha tenido a
bien emitir el siguiente:
1
ACUERDO CEAV/PLENO/2015/014/07
México, D.F., 7 de abril de 2015
"2015, Año del Generalísimo José María Morelos y Pavón"
ACUERDO
PRIMERO: Se considera pertinente la contratación de un servicio de asesoría
externa para la realización de un estudio sobre la violencia contra niñas, niños y
adolescentes en el marco de la nueva Ley General de los Derechos de Niñas, Niños
y Adolescentes, a fin de analizar su impacto en la sociedad y las familias.
SEGUNDO: La asesoría mencionada se encuentra sujeta a la suficiencia de
recursos con que cuente la entidad, y el Pleno no prejuzga o convalida el
procedimiento que debe cumplirse en términos de la normatividad aplicable para
efectuar la contratación correspondiente, el cual es responsabilidad de la unidad
administrativa requirente.
Así lo aprobó el Pleno de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, en
la Décima Cuarta Sesión Ordinaria celebrada el siete de abril de 2015.- El
Comisionado Presidente, Sergio Jaime Rochín del Rincón.- Firma.- La
Comisionada y los Comisionados Adrián Franco Zevada, Susana Thalía
Pedroza de la Llave y Julio Antonio Hernández Barros.- Firmas.- La
Secretaria Técnica del Pleno, Alejandra Soto Alfonso, quien da fe de la
presentación y votación del documento por unanimidad de los
presentes.- Firma.
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ACUERDO CEAV/PLENO/2015/014/08
México, D.F., 7 de abril de 2015
"2015, Año del Generalísimo José María Morelos y Pavón"
Acuerdo del Pleno por el que se emiten los Lineamientos para priorizar el
pago de la compensación a las víctimas de delitos del orden federal y
violaciones a derechos humanos cometidas por autoridades federales.
El Pleno de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, con fundamento en los
artículos 84, 88, 130, 132 último párrafo, 134 y 150 de la Ley General de
Víctimas; 32 fracción XIX, 72, 73, 75 fracción IV, 76 fracción VI y 77 del
Reglamento de la Ley General de Víctimas, y 16, fracciones I, II y XXXI, del
Estatuto Orgánico de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, y
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce y
garantiza los derechos de las víctimas de delitos y de violaciones a los derechos
humanos, mediante la obligación del Estado de promover, respetar, proteger y
garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de
universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, debiendo
proporcionar los mecanismos para prevenir, investigar, sancionar y llevar a cabo la
reparación del daño;
Que conforme al Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2013-2018, es prioridad
construir un México en Paz que garantice el respeto y la protección de los
derechos humanos, por lo que el Gobierno Federal tiene encomendado
implementar políticas para la atención de víctimas de delitos y violaciones de
dichos derechos, así como promover medidas especiales orientadas a fortalecer el
enfoque de respeto y protección de los derechos humanos;
Que el Objetivo 1.5, Estrategia 1.5.3 del PND establece que se deben
proporcionar servicios integrales a las víctimas u ofendidos de delitos, en el marco
de la Ley General de Víctimas publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de
enero de 2013 y reformada el 3 de mayo de ese mismo año;
Que la Ley General de Víctimas, en apego a dicha estrategia, reconoce y garantiza
los derechos de las víctimas del delito y de violaciones a derechos humanos, en
especial el derecho a la asistencia, protección, atención, verdad, justicia y a la
reparación integral;
ACUERDO CEAV/PLENO/2015/014/08
México, D.F., 7 de abril de 2015
"2015, Año del Generalísimo José María Morelos y Pavón"
Que para tales efectos, la Ley General de Víctimas considera la constitución de un
Fondo con objeto de brindar los recursos necesarios para la ayuda, la asistencia y
reparación integral de las víctimas del delito y las víctimas de violaciones a los
derechos humanos, que será administrado y operado por medio de un fideicomiso
público;
Que con fecha 24 de noviembre de 2014, la Comisión Ejecutiva de Atención a
Víctimas, en su carácter de fideicomitente, constituyó en el Banco del Ahorro
Nacional y Servicios Financieros, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de
Banca de Desarrollo como fiduciario, el fideicomiso público de administración y
pago denominado Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral;
Que con fecha 28 de noviembre de 2014 se publicó en el Diario Oficial de la
Federación el Reglamento de la Ley General de Víctimas, en cuyo Título Sexto se
prevé el procedimiento para la asignación de recursos del Fondo de Ayuda,
Asistencia y Reparación Integral;
Que de conformidad con el artículo 32, fracción XIX del Reglamento de la Ley
General de Víctimas, el Pleno de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas
debe emitir lineamientos para priorizar el pago de la compensación a las víctimas
en los términos a que se refiere el último párrafo del artículo 132 de la Ley, por lo
que se emiten los siguientes:
Lineamientos para priorizar el pago de la compensación a las víctimas de
delitos del orden federal y violaciones a derechos humanos cometidas
por autoridades federales.
Capítulo I
Disposiciones Generales
1. Los presentes Lineamientos tienen por objeto establecer las directrices o
criterios encaminados a determinar un orden de atención o prelación para el
pago de la compensación subsidiaria a las víctimas de delitos del orden federal
y de la compensación a las víctimas de violaciones a derechos humanos
cometidas por autoridades federales, cuando los recursos se eroguen con
ACUERDO CEAV/PLENO/2015/014/08
México, D.F., 7 de abril de 2015
"2015, Año del Generalísimo José María Morelos y Pavón"
cargo al patrimonio del Fideicomiso denominado “Fondo de Ayuda, Asistencia
y Reparación Integral”, en adelante el Fondo, con la finalidad de maximizar el
uso de los recursos, priorizando en todo momento aquellos casos de mayor
gravedad, y con ello permitir el goce del derecho a la reparación integral a
favor de las víctimas, que se consagra en la Ley General de Víctimas.
2. Para los efectos de los presentes Lineamientos se aplicarán las definiciones
establecidas en la Ley General de Víctimas, en el Reglamento de la Ley
General de Víctimas, en el Estatuto Orgánico de la Comisión Ejecutiva de
Atención a Víctimas, en los Lineamientos para el funcionamiento del Fondo de
Ayuda, Asistencia y Reparación Integral y demás disposiciones legales
aplicables. Adicionalmente, se entenderá por:
Priorizar: Establecer el orden de atención o prelación en el pago de los
recursos económicos a favor de las víctimas de comisión de delitos del
orden federal o víctimas por violación en sus derechos humanos
cometidas por autoridades federales, por concepto de compensación,
procurando una óptima asignación y mejor aprovechamiento de los
recursos económicos que conforman el patrimonio del Fondo, en
cumplimiento del último párrafo del artículo 132 de la Ley General de
Víctimas.
Vulnerabilidad: situación de la víctima que tenga una relevante limitación
para evitar o mitigar los daños y perjuicios derivados del hecho
victimizante para afrontar los riesgos de sufrir una nueva
victimización. La vulnerabilidad puede proceder de sus propias
características personales o bien del contexto del hecho sufrido.
3. Los Lineamientos son de observancia y aplicación general para las Unidades
Administrativas de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas que tengan
participación, intervención, injerencia o decisión, en los pagos por concepto de
compensación subsidiaria a las víctimas de delitos del orden federal y la
compensación a las víctimas de violaciones a derechos humanos cometidas
por autoridades federales, cuando los recursos se eroguen con cargo al
patrimonio del Fondo.
ACUERDO CEAV/PLENO/2015/014/08
México, D.F., 7 de abril de 2015
"2015, Año del Generalísimo José María Morelos y Pavón"
4. Es competencia del Pleno de la Comisión Ejecutiva emitir, modificar, actualizar
e interpretar los presentes Lineamientos, así como resolver aquellos casos no
previstos en los mismos, de conformidad con las disposiciones legales
aplicables.
5. La aplicación e interpretación de los criterios y principios previstos en estos
Lineamientos se realizará, en apego al artículo 3 de la Ley General de
Víctimas, favoreciendo en todo tiempo la protección más amplia de los
derechos de las personas.
6. Para la aplicación y evaluación de los presentes Lineamientos, se considerarán
los principios establecidos en el artículo 5 de la Ley General de Víctimas.
Capítulo II
Disponibilidad y Aplicación de los recursos del Fondo
7. Para el pago de la compensación subsidiaria a las víctimas de delitos del orden
federal y la compensación a las víctimas de violaciones a derechos humanos
cometidas por autoridades federales, se observarán los siguientes supuestos,
atendiendo a la disponibilidad de recursos con que cuente el patrimonio del
Fondo:
Disponibilidad
Aplicación
a) En caso de que el patrimonio
del Fondo en el ejercicio
fiscal que corresponda, se
mantenga con un saldo
disponible superior al 35%
del saldo promedio anual de
su patrimonio del ejercicio
fiscal inmediato anterior.
La atención de pago a las
solicitudes de acceso a los recursos
del Fondo, se efectuará conforme a
los criterios previstos en el artículo
150 de la Ley, así como los
señalados en el numeral 9 de los
presentes Lineamientos.
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México, D.F., 7 de abril de 2015
"2015, Año del Generalísimo José María Morelos y Pavón"
b) En caso de que el patrimonio
del Fondo en cualquier mes
del ejercicio fiscal que
corresponda, tenga un saldo
disponible menor al 35% del
saldo promedio anual de su
patrimonio
del
ejercicio
fiscal inmediato anterior.
La atención de pago a
las
solicitudes de acceso a los recursos
del Fondo, se efectuará conforme a
los criterios previstos en el
Capítulo III de los presentes
Lineamientos.
c) En caso de que los recursos
del Fondo se agoten.
La atención de pago a las
solicitudes de acceso a los recursos
del Fondo se efectuará una vez que
se reciban nuevos ingresos en el
patrimonio y conforme a: (i) la
fecha
en
que
hayan
sido
dictaminadas favorablemente las
solicitudes por el Pleno de la
Comisión Ejecutiva; y (ii) la fecha
en que se haya realizado la
notificación de procedencia de las
solicitudes a la Dirección General
del Fondo.
Capítulo III
Criterios para priorizar pagos
8. La persona Titular del Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral,
previo a la determinación de los casos que se presenten al Pleno de la
Comisión Ejecutiva para dictaminar la procedencia del pago, por concepto de
compensación a las víctimas de delitos del orden federal y violaciones a
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México, D.F., 7 de abril de 2015
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derechos humanos cometidas por autoridades federales, presentará un
informe respecto de la situación financiera que guarde el Fondo, a fin de
conocer el saldo disponible en el patrimonio del fideicomiso.
9. Para la asignación de los recursos del Fondo, además de los criterios previstos
en el artículo 150 de la Ley General de Víctimas, se considerarán los criterios
específicos previstos en el artículo 76 del Reglamento de la Ley General de
Víctimas:
I.
La necesidad de la víctima.- Se extraerá de las evidencias
documentales y de información que obren en el expediente de la víctima,
de conformidad con los artículos 146, fracción III, de la Ley General de
Víctimas y 83, fracción IV, del Reglamento de la Ley General de Víctimas;
II. La gravedad del daño sufrido por la víctima.- Se acreditará mediante
las evidencias documentales y de información que obren en el expediente
de la víctima, de conformidad con los artículos 146, fracción II, de la Ley
General de Víctimas y 83, fracción II, del Reglamento de la Ley General de
Víctimas.
Además de lo dispuesto en el párrafo anterior, se podrá considerar para la
priorización del pago, el hecho de que la legislación aplicable considere al
delito o la violación de derechos humanos como graves.
III. La vulnerabilidad de la víctima en proporción al tipo de daño
sufrido.- Los parámetros a considerar, tomarán en cuenta si la víctima
pertenece a un grupo en condiciones de vulnerabilidad, sus características
y necesidades especiales, particularmente tratándose de mujeres,
menores de edad, adultos mayores y población indígena, en términos del
artículo 28 de la Ley General de Víctimas. Para este criterio se
considerarán las evidencias documentales y de información que obren en
el expediente de la víctima, de conformidad con el artículo 146 de la Ley
General de Víctimas.
En la determinación de este criterio, deberá aplicarse el enfoque diferencial
a mujeres, niños, niñas y adolescentes, personas con discapacidad, adultos
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mayores y población indígena conforme al artículo 45 de la Ley General de
Víctimas.
IV. El perfil psicológico de la víctima.- Se determinará de las evidencias
documentales y de información, así como de los dictámenes o relación de
partes médicos o psicológicos que obren en el expediente de la víctima, de
conformidad con los artículos 146, fracción IV, de la Ley General de
Víctimas y 83, fracción V, del Reglamento de la Ley General de Víctimas, y
V. La posibilidad de que la víctima pueda acceder a medidas de atención,
asistencia y protección en asociaciones civiles o privadas.
TRANSITORIO
ÚNICO.- Los presentes Lineamientos entrarán en vigor al día siguiente de su
publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Así lo aprobó el Pleno de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, en
la Décima Cuarta Sesión Ordinaria celebrada el siete de abril de 2015.- El
Comisionado Presidente, Sergio Jaime Rochín del Rincón.- Firma.- La
Comisionada y los Comisionados Adrián Franco Zevada, Susana Thalía
Pedroza de la Llave y Julio Antonio Hernández Barros.- Firmas.- La
Secretaria Técnica del Pleno, Alejandra Soto Alfonso, quien da fe de la
presentación y votación del documento por unanimidad de los
presentes.- Firma.