MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE VIRU Ley N° 26427 Independencia N° 510 - Virú Ordenanza %4unicipatn° 022-201S-MPV Virú, 15 de Junio del 2015. (por cuanto: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE VIRÚ, en Sesión Extraordinaria N° 006 celebrada el 12.Jun.2015, ha tratado el Dictamen de la Comisión Especial de la Revisión de Ordenanzas Municipales de Adecuación de las Municipalidades de Centros Poblados de la Provincia de Virú a !a Ley N° 27972, constituida mediante Acuerdo de Concejo N° 005-2015, aprobando la siguiente ordenanza; y, Considerando: • Que, los Artículos 194° y 195° de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley N° 27680, establecen que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo, concordante con el Art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; Que, el Art. 128° de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las Municipalidades de Centros Poblados son creadas por Ordenanza Municipal Provincial, en la que se determina su delimitación territorial, su régimen de organización interior, las funciones que se delegan, los recursos que se le asignan y sus atribuciones administrativas y económicotributarias; ! Que, la Municipalidad del Centro Poblado Nuevo Chao (distrito de Chao), ha sido creada mediante Ordenanza Municipal N° 028-2013-MPV; Que, en la Sesión Ordinaria N° 001 de fecha 07 de enero del 2015, el Concejo Municipal acordó constituir la Comisión Especial para realizar la revisión de las Ordenanzas Municipales de Adecuación de las Municipalidades de Centros Poblados de la Provincia de Virú a la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972; comisión formalizada mediante Acuerdo de Concejo N° 005-2015-MPV de fecha 08 de enero del 2015; Que, la Comisión Especial, ha presentado el Dictamen Final, mediante el cual se sugiere la aprobación de las ordenanzas, toda vez que ha sido consensuada con cada uno de los Alcaldes de: las Municipalidades de Centros Poblados. En el presente caso, obra el Acta de Conformidad suscrito entre los miembros de la Comisión Especial antes aludida y la Alcaldesa de la Municipalidad del Centro Poblado Nuevo Chao; Que, estando a lo expuesto, en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 9° numeral 8 y el Artículo 40° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto unánime de sus miembros, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal aprobó la siguiente; Ordenanza Municipal N° 022-2015-MPV Página 1 de 12 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE VIRU Ley N° 26427 Independencia N° 510 - Virú ORDENANZA MUNICIPAL QUE MODIFICA LA ORDENANZA MUNICIPAL N° O28-2O13-MPV QUE CREA LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO NUEVO CHAO, DISTRITO CHAO, PROVINCIA DE VIRÚ Artículo 1°.- Objeto. La presente ordenanza provincial tiene por objeto modificar la Ordenanza Municipal N° 028-2013-MPV que aprueba la creación de la Municipalidad del Centro Poblado Nuevo Chao, distrito Chao, provincia Virú, departamento y región La Libertad. Artículo 2°.- Modificaciones. Modifiqúense ios artículos tercero, cuarto, quinto, sexto y séptimo de la Ordenanza Municipal N° 028-2013-MPV que aprueba la creación de la Municipalidad del Centro Poblado Nuevo Chao, distrito Chao, provincia Virú, departamento y región La Libertad con los textos sustitutorios que a continuación señalan y, así mismo, adiciónense los artículos 4A, 4B, 5A, Undécimo y Duodécimo conforme a los textos que se indican: Artículo Tercero.- Régimen de organización interior. La Municipalidad del Centro Poblado Nuevo Chao está conformada por dos órganos de gobierno: El Concejo Municipal y la Alcaldía; yf para efectos de las funciones de administración interna contará con órganos de apoyo, órganos de asesoría y órganos de línea, cuyas funciones específicas se establecerán en el Reglamento de Organización y Fundones y otros instrumentos de gestión que se aprueben de conformidad con su realidad presupuesta/ y administrativa. Artículo Cuarto. - El Concejo Municipal y la Alcaldía. 4.1. El Concejo Municipal.- Está conformado por el Alcalde y cinco Regidores elegidos mediante un proceso electoral convocado por el Alcalde provincial de Virú de acuerdo a ¡a ley de la materia para un periodo de cuatro años. Sus funciones esenciales son fiscalizadoras y normativas; fas mismas que se ejercerán de acuerdo a lo dispuesto en la presente ordenanza. Son atribuciones del Concejo Municipal: 1. Aprobar, modificar o dejar sin efecto los Acuerdos de Concejo. 2. Crear, modificar, suprimir o exonerar las tasas conforme a ley. 3. Declarar la vacancia o suspensión de los cargos de Alcalde y Regidor. 4. Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el Alcalde, los Regidores y cualquier otro funcionario. 5. Aprobar la propuesta del Reglamento Interno del Concejo Municipal para ser elevado a la Municipalidad Distrital de Chao para su aprobación mediante ordenanza. 6. Aprobar los proyectos de ordenanza que en materia de su competencia sean propuestos al Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Chao. 7. Aprobar normas que garanticen una efectiva participación vecinal. 8. Constituir comisiones ordinarias y especiales, conforme a su reglamento. 9. Aprobar el presupuesto anual y sus modificaciones dentro de los plazos señalados por ley, bajo responsabilidad. 10. Aprobar el balance y la memoria. 11. Aceptar donaciones legados, subsidios o cualquier otra liberalidad. Ordenanza Municipal N° 022-2015-MPV Página 2 de 12 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE VIRU Ley N° 26427 Independencia N° 510 - Virú 12. Solicitar la realización de exámenes especiales, auditorías económicas y otros actos de control. 13. Autorizar y atender los pedidos de información de los regidores para efectos de fiscalización. 14. Autorizar que, en defensa de los intereses y derechos de la municipalidad y bajo i responsabilidad, inicie o impulse procesos judiciales contra los funcionar/os, servidores o terceros respecto de los cuales el órgano de control institucional, , mediante los informes de control, haya encontrado responsabilidad civil o penal; ! así como en los demás procesos judiciales interpuestos contra la municipalidad o sus representantes; para tal efectos celebrará convenio con la Municipalidad \ de Virú y/o la Municipalidad Distrital de Chao para que sus respectivas Procuradurías Públicas Municipales ejerzan la representación procesal de la \ del Centro Poblado Nuevo Chao, o, en su defecto/ se acuerdo la designación de un Procurador Ad Hoc de conformidad con el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado, Decreto Legislativo N° 1068, su reglamento y demás normas conexas. 15. Aprobar la donación o la cesión en uso de bienes muebles de la municipalidad a favor de entidades públicas o privadas sin fines de lucro. 16. Aprobar la celebración de convenios de cooperación nacional e internacional y convenios interinstitucionales. 17. Aprobar las licencias solicitadas por el alcalde o los regidores, no pudiendo concederse licencias simultáneamente a un número mayor del 40% (cuarenta por ciento) de los Regidores. 18. Aprobar la remuneración del Alcalde y las dietas de los Regidores. 19. Aprobar el régimen de administración de sus bienes y rentas, así como el régimen de administración de los servicios públicos locales. 20. Aprobar el cuadro de asignación de personal y las bases de las pruebas para la selección de personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo de conformidad con el sistema administrativo de gestión de recursos humanos - Ley ; del Servicio Civil. 21. Fiscalizar la gestión de los funcionarios de la municipalidad. 22. Aprobar los espacios de concertadón y participación vecinal, a propuesta del alcalde, así como reglamentar su funcionamiento. 23. Las demás atribuciones que le correspondan conforme a ley. 4,2. La Alcaldía.- Es el órgano ejecutivo de la municipalidad. El Alcalde es el representante legal de la municipalidad y su máxima autoridad administrativa. Son atribuciones del Alcalde: 1. Defender y cautelar los derechos e intereses de la municipalidad y los vecinos; 2. Convocar, presidir y dar por concluidas las sesiones del concejo municipal; 3. Ejecutar (os acuerdos del concejo municipal, bajo responsabilidad; •?. Proponer al concejo municipal proyectos de ordenanzas y acuerdos. 5. Dictar resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas; 6. Dictar Decretos de Alcaldía, solo en las materias de reglamentación interna o de la implementación de directivas que por ley corresponda. 7. Dirigir la ejecución de los planes de desarrollo municipal; 8. Aprobar el presupuesto municipal, en caso de que el concejo municipal no lo apruebe dentro del plazo previsto en la ley orgánica de municipalidades; 9. Someter a aprobación del concejo municipal, dentro del primer trimestre del ejercicio presupuestal siguiente y bajo responsabilidad, el balance general y la memoria del ejercicio económico fenecido; Ordenanza Municipal N° 022-2015-MPV Página 3 de 12 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE VIRU Ley N° 26427 Independencia N° 510 - Virú 10. Proponer al concejo municipal la creación, modificación, supresión o exoneración de tasas; 11. Proponer ai concejo municipal los proyectos de reglamento interno del concejo municipal, ios del personal, los administrativos y todos los que sean necesarios para el gobierno y la administración municipal y que conforme a esta ordenanza deberá remitirse a la Municipalidad Distrital de Chao para su consideración y aprobación; 12. Informar al concejo municipal mensualmente respecto al control de la recaudación de los ingresos municipales así como de las transferencias económicas que se perciban conforme a ley y autorizar los egresos de conformidad con la ley y el presupuesto aprobado; 13. Celebrar matrimonios civiles de los vecinos, de acuerdo con las normas del Código Civil; 14. Designar y cesar a los funcionarios de confianza; 15. Autorizar las licencias solicitadas por los funcionarios y demás servidores de la municipalidad; 16. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones municipales con el auxilio de la Policía Nacional. 17. Delegar sus atribuciones políticas en un regidor hábil; 18. Proponer al concejo municipal la realización de auditorías, exámenes especiales y otros actos de control; 19. Implementarf bajo responsabilidad, las recomendaciones contenidas en los informes de auditoría interna; 20. Celebrar los actos, contratos y convenios necesarios para el ejercicio de sus funciones; 21. Nombrar, contratar, cesar y sancionar a los servidores municipales; 22. Suscribir convenios con otras municipalidades para la ejecución de obras y prestación de servicios comunes; 23. Atender y resolver los pedidos que formulen las organizaciones vecinales o, de ser el caso tramitarlos ante el concejo municipal; 24. Resolver en última instancia administrativa los asuntos de su competencia de acuerdo al Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad; 25. Proponer al concejo municipal espacios de concertación y participación vecinal; 26. Las demás que le correspondan de acuerdo a Ley. 4.3. Atribuciones de los Regidores. Son atribuciones de los Regidores: 1. 2. 3. 4. 5. Proponer proyectos de Acuerdos de Concejo. Formular pedidos y mociones de orden del día. Desempeñar por delegación las atribuciones políticas del Alcalde. Desempeñar funciones de fiscalización de la gestión municipal. Integrar, concurrir y participar en las comisiones ordinarias y especiales que determine el reglamento interno, y en las reuniones de trabajo que determine o apruebe el Concejo Municipal. 6. Mantener comunicación con las organizaciones sociales y los vecinos a fin de informar al Concejo Municipal y proponer la solución de problemas. 7. Otras que el reglamento interno establezca. Artículo 4A.- Competencias delegadas. Se le otorga a la Municipalidad del Centro Poblado Nuevo Chao competencias delegadas por razón del territorio y por razón de la materia. Ordenanza Municipal N° 022-2015-MPV Página 4 de 12 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE VIRU Ley N° 26427 Independencia N° 510 - Virú A) Por razón del territorio.' La Municipalidad del Centro Poblado Nuevo Chao ejerce sus competencias y funciones delegadas en la circunscripción territorial demarcada por su ordenanza de creación. \ Por razón de la materia.- La Municipalidad del Centro Poblado Nuevo Chao dentro de su territorio es competente en las siguientes materias: a) Organización del espacio físico y uso del suelo; b) Saneamiento, salubridad y salud; c) Educación, cultura, deportes y recreación; d) Programas sociales, defensa y promoción de derechos; e) Seguridad ciudadana; f) Promoción del desarrollo económico local; y • g) Participación y control vecinal. j Artículo 4B.- Funciones delegadas. \ conformidad a las materias delegadas se le otorga a la Municipalidad del Centro \ Nuevo Chao las siguientes funciones: A. En materia de organización del espacio físico y uso del suelo. En materia de organización del espacio físico y uso del suelo, ejerce las siguientes funciones delegadas: 1. Disponer, previo informe remitido a la Municipalidad Distrital de Chao, la nomenclatura de avenidas, jirones, calles, pasajes, parques y plazas. 2. Reconocer los Asentamientos Humanos y promover el desarrollo y formalización. 3. Otorgar autorizaciones y licencias municipales en la ubicación e instalación de avisos publicitarios y propaganda política. 4. Otorgar certificados de numeración de fincas. 5. Gestionar, ejecutar directamente o proveer la ejecución de las obras de infraestructura urbana que sean indispensables para el desenvolvimiento de la vida del vecindario, la producción, el comercio, el transporte y la comunicación en el centro poblado, tales como pistas o calzadas, vías, puentes, parques, mercados, canales de irrigación, locales comunales y obras similares. 6. Otorgar constancias de posesión previa inspección. 7. Otorgar licencia de edificación en la modalidad A de acuerdo a la ley de la materia. \ Aprobar la acumulación y subdivisión de lotes urbanos. i 9. Visar planos de predios para trámites administrativos y judiciales. i '. • B. En materia de saneamiento, salubridad y salud. En materia de saneamiento, salubridad y salud, la Municipalidad del Centro Poblado Nuevo Chao ejerce las siguientes funciones delegadas: 1. Proveer el servicio de limpieza pública. 2. Regular, controlar y promover la sanción con relación al aseo, higiene y salubridad en los establecimientos comerciales, industriales, viviendas, escuelas, cementerios, piscinas y demás lugares públicos. 3. Fiscalizar, controlar y promover la sanción respecto de la emisión de humos, gases, ruidos y demás elementos contaminantes de la atmósfera y el medio ambiente. 4. Instalar y mantener servicios higiénicos y baños de uso público. 5. Expedir carnés de sanidad. 6. Realizar campañas locales sobre medicina preventiva, primeros auxilios, educación sanitaria y profilaxis. Ordenanza Municipal N° 022-2015-MPV Página 5 de 12 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE VIRU Ley N° 26427 Independencia N° 510 - Virú C. En materia de educación, cultura, deportes y recreación.En materia de educación, cultura, deportes y recreación, ejerce fas siguientes fundones delegadas: 1. Promover el desarrollo humano sostenible en el nivel local, propiciando el desarrollo de comunidades educadoras y culturales. 2. Apoyar la creación de redes educativas como expresión de participación y cooperación entre los centros y los programas educativos de la jurisdicción del centro poblado. Para ello se harán alianzas estratégicas con instituciones especializadas de la comunidad. 3. Apoyar la incorporación y el desarrollo de nuevas tecnologías para el mejoramiento del sistema educativo. 4. Organizar, sostener y gestionar el sostenimiento de centros culturales, bibliotecas, teatros y talleres de arte. 5. Promover la cultura de la prevención mediante la educación para la preservación del ambiente. 6. Fomentar el turismo sostenible y regular los servicios destinados a ese finf en cooperación con las entidades competentes. 7. Impulsar una cultura cívica de respeto a los bienes comunales, de mantenimiento, limpieza, de conservación y mejora del ornato local. 8. Promover espacios de participación, educativos y de recreación destinados a adultos mayores de la localidad. 9. Coordinar y fomentar el deporte y la recreación de la niñez y del vecindario en general, mediante la construcción de campos deportivos y recreacionales o el empleo temporal de zonas urbanas apropiadas, para los fines antes indicados. 10. Promover actividades culturales diversas. D. En materia de programas sociales, defensa y promoción de derechos.En materia de programas sociales, defensa y promoción de derechos, ejerce las siguientes funciones delegadas: 1. Planificar y concertar el desarrollo social en su circunscripción en armonía con las políticas y planes regionales y provinciales, aplicando estrategias participativas que permitan el desarrollo de capacidades para superar la pobreza. 2. Reconocer y registrar a las instituciones y organizaciones que realizan acción y promoción social concertada con la municipalidad del centro poblado. 3. Promover el desarrollo integral de la juventud para el logro de su bienestar físico, psicológico, social, moral y espiritual, así como su participación activa en la vida política, social, cultural y económica. 4. Prestar el servicio de Defensor/a Municipal del Niño y Adolescente -DEMUNA. E. En materia de seguridad ciudadana. En materia de seguridad ciudadana, ejerce las siguientes funciones delegadas: 1. Organizar y ejecutar acciones de seguridad ciudadana cuando se crea conveniente, de acuerdo a las normas municipales del distrito. 2. Coordinar con el Comité de Defensa Civil de la provincia las acciones necesarias para la atención de las poblaciones damnificadas por desastres naturales o de otra índole. 3. Organizar, conformar y dirigir una organización vecina/ de Defensa Civil del Centro Poblado Nuevo Chao que coadyuve la labor del Comité de Defensa Civil del distrito de Chao. Ordenanza Municipal N° 022-2015-MPV Página 6 de 12 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE VIRU Ley N° 26427 Independencia N° 510 - Virú 4. Establecer el registro y control de las asociaciones de vecinos que recaudan cotizaciones o administran bienes vecinales, para garantizar el cumplimiento de sus fines, 5. Promover, crear, reconocer y registrar la conformación de organizaciones vecinales para elaborar y ejecutar planes de seguridad ciudadana y defensa civil acorde con la realidad del centro poblado. F. En materia de promoción del desarrollo económico local. En materia de promoción del desarrollo económico local, ejerce las siguientes funciones delegadas: 1. Ejecutar actividades de apoyo directo e indirecto a la actividad empresarial en su jurisdicción sobre información, capacitación, acceso a mercados, tecnología, fínanciamiento y otros campos a fin de mejorar la competividad. 2. Concertar con instituciones del sector público y privado de su jurisdicción sobre la elaboración y ejecución de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo económico del centro poblado. 3. Otorgar licencia de funcionamiento de establecimientos comerciales que cuenten con un área de hasta 100 m2. G. En materia de participación y control vecinal.La Municipalidad del Centro Poblado Nuevo Chao podrá promover, reconocer, registrar y otorgar personería municipal a las Juntas Vecinales Comunales y a los Comités de Gestión de conformidad con lo prescrito por los Artículos 116° y 117° de la Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Quinto.- Recursos que se asignan. Constituyen recursos económicos de la Municipalidad del Centro Poblado Nuevo Chao las transferencias económicas que mensualmente deberán efectuar la Municipalidad Distrital de Chao y la Municipalidad Provincial de Virú de las fuentes de fínanciamiento que señala el artículo 133° de la Ley Orgánica de Municipalidades. Así mismo, serán recursos del centro poblado las recaudaciones efectuadas directamente, por las prestaciones de los servicios públicos delegados, de acuerdo a lo establecido por la presente ordenanza u otros convenios que se celebren con la Municipalidad Distrital de Chao. 5.1. Recursos por transferencias.De la fuente de fínanciamiento Fondo de Compensación Municipal (FONCOMUN), se efectuará la transferencia económica que será depositada mensualmente por la Municipalidad Provincial de Virú y la Municipalidad Distrital de Chao en la cuenta bancaria de la Municipalidad del Centro Poblado Nuevo Chao; en base a la propuesta alcanzada por la Oficina de Presupuesto de ambas municipalidades transferentes. 5.2. Recursos recaudados por la Municipalidad de Chao. Sin perjuicio de la recaudación directa efectuada por la Municipalidad del Centro Poblado Nuevo Chao por la prestación de los servicios públicos delegados dentro de su territorio, la Municipalidad Distrital de Chao transferirá el equivalente al 40% (cuarenta por ciento) de la recaudación efectiva por el concepto de impuesto predial de los predios ubicados dentro del centro poblado Nuevo Chao, correspondiendo el 60% (sesenta por ciento) a la Municipalidad Distrital de Chao; así mismo, deberá transferir el mismo porcentaje por los Ordenanza Municipal N° 022-2015-MPV Página 7 de 12 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE VIRU Ley N° 26427 Independencia N° 510-Virú conceptos de licencia de edificación y licencia de funcionamiento por predios que superen los 100 nf, y el 100% (cien por ciento) por el concepto de espectáculos públicos no deportivos; precisando que el área administrativa correspondiente^ bajo responsabilidad, depositará en el término de 48 horas a la cuenta corriente de la Municipalidad del Centro Poblado Nuevo Chao. 5.3. Recursos recaudados por la Municipalidad de Virú.Cuando por ley se establezcan recaudaciones directas que deberá efectuar la Municipalidad Provincial de Virú por determinados conceptos que se generen dentro de la Municipalidad del Centro Poblado Nuevo Chao, transferirá el 40% (cuarenta por ciento) de lo efectivamente recaudado en el término de 48 horas de su recaudación a la cuenta comente de la Municipalidad de Nuevo Chao. Artículo 5A.- Rentas de la municipalidad. Son rentas de la Municipalidad del Centro Poblado Nuevo Chao: a) Las recaudaciones por los servicios que se delegan por la presente ordenanza. b) La asignación y transferencia mensual de recursos económicos que ejecute la Municipalidad Provincial de Virú y la Municipalidad Distrital de Chao de conformidad con el artículo 133° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N°27972. c) Los aportes de la comunidad que se promuevan para la inversión en obras y/o servicios públicos locales. d) La totalidad de las recaudaciones por los conceptos de multas administrativas que son pagadas por los administrados sancionados sin intervención de la ejecutoria coactiva de la Municipalidad Distrital de Chao. e) Las recaudaciones que se realicen por las multas administrativas que vía ejecución forzosa realice la Municipalidad Distrital de Chao, en mérito al procedimiento sancionador que haya sido promovido y resuelto por la Municipalidad del Centro Poblado Nuevo Chao. f) Otras transferencias y/o donaciones que realiza vía gestión. Artículo Sexto.- Rendición de cuentas. La Municipalidad del Centro Poblado Nuevo Chao deberá rendir cuenta mensualmente a la Municipalidad Distrital de Chao de manera documentada, en cumplimiento del artículo 133° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Dicha rendición será de los ingresos por concepto de recaudación directa y de los transferidos por la Municipalidad Distrital de Chao, bajo responsabilidad del Alcalde y Regidores de la Municipalidad del Centro Poblado Nuevo Chao, la misma que será revisada por la Oficina de Contabilidad de la municipalidad distrital quien dará su conformidad del caso. La no rendición de cuentas oportunamente y/o la no conformidad de la misma por la Oficina de Contabilidad de la municipalidad distrital dará lugar a la interposición de acciones judiciales en contra del Alcalde de la Municipalidad del Centro Poblado, sin perjuicio, de solicitara la Oficina de Control Institucional la acción de control correspondiente. El mismo trámite se realizará cuando se efectúe la rendición de cuentas documentada ante la Municipalidad Provincial de Virú. Artículo Séptimo.- Atribuciones administrativas y económico-tributarias. Las atribuciones administrativas y económico-tributarias que se delegan son las siguientes: Ordenanza Municipal N° O22-2O15-MPV Página 8 de 12 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE VIRU Ley N° 26427 Independencia N° 510 - Virú 7.1. De las atribuciones administrativas delegadas.Las funciones administrativas que se delegan son las siguientes: a) Aprobar sus documentos de gestión en coherencia con las competencias, funciones y atribuciones delegadas, debiéndose aplicar en lo que corresponda, los sistemas administrativos que rigen la función de la Administración Pública para que sean remitidos a la Municipalidad Distrital de Chao para su revisión y aprobación. b) Suscribir convenios con las instituciones públicas y privadas para el desarrollo de su ámbito territorial cuyo objeto esté relacionado con las competencias, funciones y atribuciones delegadas. c) Gestionar fínanciamiento nacional e internacional para la ejecución de actividades y proyectos. d) Gestionar fínanciamiento y/o apoyo técnico para la elaboración de estudios de preinversión y expedientes técnicos para implementar obras o servicios dentro de la circunscripción del centro poblado. e) Elaborar estudios de prein versión y expedientes técnicos de acuerdo a su disponibilidad presupuestaria. f) Autorizar la gestión y ejecución de proyectos de desarrollo y servicios sociales tendientes al desarrollo de su jurisdicción, dentro del marco legal. g) Fiscalizar la ejecución de obras públicas que se realicen dentro de la jurisdicción del centro poblado, para coadyuvar a la Municipalidad Distrital de Chao en la supervisión de la misma. h) Gestionar el saneamiento físico legal de los inmuebles para la formalizadón y transferencia a las instituciones públicas, privadas y organizaciones de base, según corresponda, de los predios urbanos informales ante la Municipalidad Provincial de Virú y/o Municipalidad Distrital de Chao. i) Elaborar la formalizadón de los actos administrativos y actos de administración de conformidad con la Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444. j) Gestionar ante la Municipalidad Provincial de Virú o Municipalidad Distrital de Chao el saneamiento físico legal de los bienes inmuebles de uso y dominio público, así como los legados o donaciones que se instituyan a su favor. 7.2.- De las funciones económico-tributarias delegadas.Las funciones económico-tributarias delegadas son las siguientes: a) Administrar y/o cobrar directamente a la población del centro poblado el valor del costo económico de los servicios públicos delegados y constituidos por arbitrios, tasas o derechos municipales, implementándose para dicho efecto las medidas legales administrativas pertinentes. b) Administrar y custodiar los fondos directamente recaudados de conformidad con las normas del sistema administrativo de tesorería que sean aplicables. c) Coadyuvar a la Municipalidad Distrital de Chao en el procedimiento de fiscalización tributaria a los contribuyentes del territorio de Nuevo Chao para el pago del impuesto predial. Artículo Undécimo.- Del servicio de registro civil. La Municipalidad del Centro Poblado Nuevo Chao tendrá a su cargo todos los actos inscribibles de carácter civil en el Registro Civil por autorización y acreditación del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil -RENIEC- conforme a las normas de la materia/ siempre y cuando dichas funciones sigan siendo prestadas por las entidades municipales. Ordenanza Municipal N° 022-2015-MPV Página 9 de 12 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE VIRU Ley N° 26427 Independencia N° 510 - Virú Artículo Duodécimo.- De la no interferencia administrativa de la municipalidad delegante. En estricta observancia de lo prescrito por el Artículo 67°, numeral 67.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, la Municipalidad Distrital de Chao deberá abstenerse de tomar decisiones y acciones sobre las materias o funciones delegadas en la presente Ordenanza a la Municipalidad del Centro Poblado Nuevo Chao. Artículo 3°.- Población beneficiaría. Para efectos de la prestación de los servicios públicos delegados se establece como población beneficiaría del centro poblado Nuevo Chao a 7,800 habitantes. Esta población también será considerada para efectos de las transferencias de recursos económicos que deben efectuarse a favor de la Municipalidad del Centro Poblado Nuevo Chao de acuerdo aliartículo 133° de la Ley N° 27972. Artículo 4°.- Delimitación territorial. El territorio de la Municipalidad del Centro Poblado Nuevo Chao está conformado por los siguientes núcleos poblacionales: Nuevo Chao, San Diego, El Triunfo, El Mirador, Las Dunas, Las Violetas, Néy Gámez, Las Minas, Nueva Expansión Urbana Las Violetas y Nuevo Chao II. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES. Primera.- Nuevas competencias y funciones delegadas. Lai Municipalidad Distrital de Chao podrá delegar otras competencias y funciones a la Municipalidad del Centro Poblado Nuevo Chao para tal efecto deberá celebrarse un convenio en donde se precise el alcance de la delegación. Segunda.- Remuneración del Alcalde y dieta de Regidores. LaTemuneración del Alcalde tendrá como tope máximo el 50% (cincuenta por ciento) de una Unidad de Ingreso del Sector Público (UISP); y, el monto total mensual de las dietas de los regidores no deberá superar el 30% (treinta por ciento) de la remuneración establecida para el Alcalde. Tercera.- Nulidad de acuerdo de concejo sobre remuneración. El Acuerdo de Concejo que establezca el sueldo del Alcalde superando el tope máximo establecido en el artículo precedente, será nulo de pleno derecho. Su ejecución será de responsabilidad del Alcalde. Cuarta.- Revisión del acuerdo de concejo sobre remuneración. Para la ejecución del Acuerdo de Concejo que establezca la remuneración del Alcaide y las dietas de los regidores, conforme al artículo 4°, numeral 4.1., literal 18) de la presente ordenanza, se requerirá que previamente se remita a la Municipalidad Distrital de Chao copia del acta del acuerdo y la formalización del mismo, para que se verifique lo señalado en la Segunda Disposición Complementaria Final de la presente ordenanza en el plazo de tres (03) días hábiles. En caso la Municipalidad Distrital de Chao no efectúe ninguna observación al acuerdo en el precitado plazo éste se considerará conforme. Ordenanza Municipal N° 022-2015-MPV Página 10 de 12 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE VXRU Ley N° 26427 Independencia N° 510-Virú Quinta.- Régimen laboral del Alcalde. Queda establecido que la remuneración del Alcalde corresponde al régimen laboral general del sector público de conformidad con lo preceptuado por el artículo 37° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972. Sexta.-Elaboración de los instrumentos de gestión de la Municipalidad del Centro Poblado. La Municipalidad del Centro Poblado Nuevo Chao elaborará sus instrumentos de gestión debiendo aplicar los sistemas administrativos vigentes de acuerdo a su naturaleza jurídica, realidad y disponibilidad presupuestal. Para la elaboración de los documentos de gestión que resulten aplicables a la municipalidad del centro poblado, deberán observarse también las directivas y disposiciones legales que dicte la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros. El proyecto de un instrumento de gestión deberá ser aprobado por el Concejo Municipal de la municipalidad del centro poblado y remitido al Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Chao para su revisión y dictado de la norma municipal que conforme a la Ley Orgánica de Municipalidades decrete su aprobación. Sétima.-Intervención del Procurador Público Municipal. La Procuraduría Pública Municipal de la Municipalidad Distrital de Chao actuará patrocinando a la Municipalidad del Centro Poblado Nuevo Chao sólo en casos laborales. Para tal efecto la Municipalidad del Centro Poblado Nuevo Chao solicitará a la Procuraduría Pública Municipal de la Municipalidad Distrital de Chao su apersonamiento en !a forma y plazo de ley en el caso laboral. En los demás casos o materias la Municipalidad del Centro Poblado Nuevo Chao, bajo su cuenta y cargo, designará su Procurador Ad Hoc de conformidad con las disposiciones del Decreto Legislativo N° 1068 y su reglamento. Octava.- Intervención de la ejecutoría coactiva de la Municipalidad Distrital de Chao. La Municipalidad Distrital de Chao deberá disponer la actuación de su Oficina de Ejecutoría Coactiva en los procedimientos de ejecución coactiva que se generen por las sanciones administrativas, de carácter pecuniario y no pecuniario, que imponga la Municipalidad del Centro Poblado Nuevo Chao dentro del marco de sus competencias y funciones delegadas. Para el caso de las ejecuciones coactivas pecuniarias la ejecutoría coactiva actuará cuando la sanción supere el 25% (veinticinco por ciento) de la Unidad Impositiva Tributaria. Las recaudaciones por sanciones administrativas pecuniarias forman parte de las rentas de ta Municipalidad del Centro Poblado Nuevo Chao, por lo que el 40% (cuarenta por ciento) de lo cobrado coactivamente debe ser abonado en una cuenta de esta municipalidad y el 60% (sesenta por ciento) corresponderá a la Municipalidad Distrital de Chao. Para los demás casos, no previstos en el párrafo precedente, la Municipalidad del Centro Poblado Nuevo Chao podrá celebrar convenio con otra municipalidad, para efectuar la ejecución coactiva de las obligaciones dinerarias o no dinerarias líquidas y exigibles que se establezcan a su favor dentro del marco de sus competencias y funciones delegadas. Novena.- Vigencia de la presente ordenanza. La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Ordenanza Municipal N° 022-2015-MPV Página 11 de 12 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE VIRU Ley N° 26427 Independencia N° 510 - Virú Décima.- ITSE básica ex post. Las delegaciones relacionadas con el otorgamiento de licencias de funcionamiento y de edificación, cuando se implementen en la municipalidad de Nuevo Chao, deben observar las disposiciones de la Ley N° 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, modificada por la Ley N° 30230, y las disposiciones del Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones, aprobado por eí Decreto Supremo N° 058-2014-PCM, sobre las Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones -USE Básicas Ex post. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA. Única.- Suspensión del ejercicio de funciones específicas. En tanto la Municipalidad del Centro Poblado Nuevo Chao no implemente en su organización interna, de acuerdo a su Reglamento de Organización y Funciones, los órganos de línea que intervendrán en los procedimientos administrativos sobre la expedición de licencias de funcionamiento, sobre autorización en la instalación de avisos publicitarios, sobre aprobación de acumulación y subdivisión de lotes urbanos, sobre visación de planos para trámite administrativos y judiciales y sobre licencias de edificación, según lo delegado, la Municipalidad Distrital de Chao seguirá atendiendo estos procedimientos administrativos a los vecinos del centro poblado. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA. Única.- Derogúese e! artículo 3° de la Disposición Complementaria de la Ordenanza Municipal N° 028-2013-MPV y todas las disposiciones municipales que se opongan a la presente ordenanza. REGÍSTRESE, O SE Y CÚMPLASE C.CUCP Nuevo Clao GM GOSySM GDUR GOEL GAT OGA ose Píala forma Asesoría Jurídica Procuraduría OGPyP Archivo Ordenanza Municipal N° 022-2015-MPV Página 12 de 12
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