SEGUROS Diciembre de 2014 Asegúrese para el Mida sus riesgos y cúbralos adecuadamente Derechos y deberes al tomar una póliza 2015 Sugese: ¿Cómo Defensorías apoya al consumidor del asegurado: de seguros? ¡Aprovéchelas! Registro de Beneficiarios para seguros de vida 2 Estrategia de aseguramiento 2015 Mida sus riesgos Antes de tomar una póliza, analice su realidad, la de su familia y la de su entorno. ¡Identifique sus riesgos y, a partir de estos, plantee una estrategia familiar de aseguramiento para el año nuevo! Comprar un seguro es una inversión que le ayudará en caso de un siniestro y, para ello, la industria costarricense ya cuenta con 550 productos a su disposición. En el escaparate, hay cada vez más de dónde escoger. Si lo que necesita es protegerse de riesgos ante pérdida o daño de bienes materiales, ya fuere como individuo o como empresa (carros, casas, edificios, máquinas, cosechas, etc.), hay 326 seguros generales. Y la cifra crece mes a mes. Igualmente, hay 224 seguros personales, que amparan los riesgos asociados a la vida, a la integridad física y a la salud de los seres humanos. Beneficios familiares Si muere, los beneficiarios que haya nombrado podrían contar con un apoyo para hacerle frente a la situación familiar. De igual forma, si se enferma o se accidenta, la póliza le podría ayudar con los gastos familiares, así como con los tratamientos médicos que requiera. ¿Cuáles deberían ser sus coberturas prioritarias? “Hay que estudiar bien cuáles son las prioridades del cliente: si tiene hijos estudiando o no, el número de personas que forma el núcleo familiar, las edades, los ingresos, los riesgos, y, a partir de ahí, tomar las coberturas que más se ajusten a sus necesidades”, responde Tomás Soley, superintendente de Seguros. Asesoría confiable Si ya tiene una aseguradora de su preferencia, puede contactar a un agente para que le explique en detalle y lo asesore sobre las opciones con que cuenta usted como asegurado. Para definir esas prioridades, también puede buscar la asesoría de un corredor de seguros que le suministrará imparcialmente la información de al menos tres productos de diferentes aseguradoras. © 2014. Una producción de la Unidad de Contenidos a la Medida de Grupo Nación para la Superintendencia General de Seguros. Coordinación editorial y edición de textos: Randall Sáenz. Redacción: Eduardo Baldares. Diseño: Laura Murillo. Ilustraciones: Daniel Mora. Corrección de estilo: Laura Solano. Asesoría de contenido: Tomás Soley, superintendente de Seguros. Silvia Canales, intendente de Seguros, y Melissa Molina, gestora de comunicación, Sugese. Fuentes: German Rodríguez, director legal de Sugese. Carlos Grangel, Mapfre. Carlos Ortiz, Sagicor. Carlos Solís, BN Corredora de Seguros. Douglas Soto, BCR Corredora de Seguros. Juan Carlos Díaz, Popular Sociedad Agencia de Seguros. Natalia Silva, Assa. Luis Enrique Vargas, Director de Mercadeo y Ventas de Seguros del Magisterio. Silvia Pardo, Dirección de Operaciones del INS. Silvia Pardo, Instituto Nacional de Seguros. 3 Imprescindibles ¿Cuáles son esas pólizas que, al margen de su realidad particular, todos deberíamos tener? ¡Inclúyalas en su presupuesto! Vida Salud (Gastos médicos) Accidentes (Gastos médicos) Vivienda Automóvil Dentro de las coberturas más importantes están las indemnizaciones por muerte, incapacidad total y permanente, incapacidad temporal o pérdida de miembros del cuerpo. Algunos seguros de este tipo proporciona un adelanto de alrededor del 50% de la suma asegurada, en caso de diagnóstico de enfermedades graves. Además, según el contrato, proveen ingresos al cónyuge e hijos por un plazo determinado. Hay productos que cubren la educación de los hijos, la cancelación de saldos de deuda, prestación de servicios médicos, fúnebres, etc. El menú es amplio. Los seguros de gastos médicos están diseñados para brindar una cobertura al asegurado principal o a su núcleo familiar, ante una eventualidad de salud. Es un tipo de seguro muy variado en cuanto a su estructura. Cubre desde la atención médica primaria hasta procedimientos quirúrgicos más complejos. No cubre enfermedad. Sólo opera cuando el evento es consecuencia de un accidente. El mercado ofrece productos específicos para accidentes de estudiantes, viajeros y de tránsito, entre otros. Usualmente, ampara muerte accidental, incapacidad total o parcial permanente, incapacidad temporal y gastos médicos. Generalmente, quienes compran casa están haciendo la inversión de sus vidas. Así las cosas, lo mínimo que se debería tener es un seguro contra incendio. Usualmente , cubre contra eventos como terremotos, inundaciones, deslizamientos, huracanes, caída de árboles y colisión de un vehículo, entre otros. Contra robo: cubre bienes específicos, los cuales usted desea proteger, como cuadros, joyas, electrónicos o cualquier otro que usted ampare. Cobertura total: si desea ambas, no las adquiera por aparte, pues suele ser más económico en un solo producto. Recuerde que el Seguro Obligatorio Automotor (SOA) no incluye indemnizaciones por daños materiales. Por eso, se recomienda complementarlo con pólizas voluntarias. Las coberturas de responsabilidad civil lo protegen en caso de que usted cause lesiones, muerte o daños materiales a la propiedad de terceras personas. La segunda prioridad debe ser proteger su vehículo de riesgos comunes como choques, vuelcos, robos totales o parciales, etc. No deje de considerar los beneficios complementarios, como grúas, paso de corriente, cambio de llantas, y cerrajería, entre otros. Tenga presente que en las exclusiones de cada seguro contratado deben fijarse los períodos de carencia, las fechas de vencimiento, los tiempos de gracia y cualquier otro detalle esencial al aplicar la póliza. Cómo protegerse en caso de... 1. Quedarse sin trabajo El seguro de desempleo es útil para todos, principalmente para aquellos que tienen personas que dependen económicamente de ellos. En estos casos, conviene preguntarse: ¿en qué situación quedaría si, desafortunadamente, el sostén del hogar se queda sin empleo? La mayoría de estos seguros protegen por lapsos de entre 3 y 6 meses, cubriendo el pago de la hipoteca u otros créditos, en el tanto usted trabaje con el mismo patrono (la aseguradora define ese mínimo de plazo). 2. Tener un crédito hipotecario Si está pagando un préstamo de vivienda, tiene la opción del seguro sobre saldo deudor, con el cual, en caso de muerte, se cancelaría lo que le quede por pagar. Si quiere dejarles a sus beneficiarios un monto extra, está también la opción del seguro sobre monto original, con el cual se cancela la deuda al banco y el remanente es otorgado a la persona que usted designó como beneficiario. 3. Tener hijos en edad estudiantil Entre las modalidades del seguro de vida está la que prevé, en caso de fallecimiento del asegurado, el pago de un monto mensual para gastos estudiantiles a los dependientes definidos en el contrato. Asimismo, están los seguros estudiantiles en sí, que los protege a ellos en caso de sufrir algún percance. Los hay de diferentes alcances, incluida la cobertura 24/7, ya sea que el percance ocurra dentro del aula o fuera del centro educativo. En el sitio www. sugese.fi.cr, puede obtener información sobre los intermediarios y las aseguradoras autorizadas para operar en el país. 4 Deberes y derechos Adquirir una póliza implica responsabilidades y beneficios. ¿Cuáles son los más importantes? ¡No lo olvide! ¡Pague puntualmente la prima! Si se atrasa y le ocurre un accidente, podría quedar desprotegido. Las declaraciones falsas o inexactas de los hechos o circunstancias conocidas por el asegurado podrían motivar la nulidad del contrato. Derechos Deberes 1. Recibir por escrito –antes del acuerdo y firma del contrato de seguro– información y explicación sobre: n el producto, n las coberturas, n el periodo de vigencia, n los procedimientos para el pago de la prima y reclamos en caso de siniestro, n el desistimiento, n la red de proveedores de servicios auxiliares. 2. Recibir de la aseguradora, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la aceptación del riesgo o la modificación del contrato, la póliza o el documento que corresponda. 3. Solicitar, dentro de los 30 días siguientes a la recepción de la póliza, la rectificación de las cláusulas que difieran de lo establecido en la solicitud o propuesta de seguro. 4. Determinar la forma en que desea que se le indemnice en caso de que ocurra el siniestro cubierto por la póliza. 5. Mantener la validez del contrato una vez transcurrido el plazo de “disputabilidad” de la póliza. Este no podrá ser superior a dos años a partir del perfeccionamiento del contrato. 6. Designar, revocar y sustituir los beneficiarios determinados en la póliza. 1. Declarar a la aseguradora o el intermediario de seguros, todos los hechos y circunstancias que puedan resultar relevantes para la valoración del riesgo. 2. Evitar, hasta donde sea razonablemente posible, el acaecimiento del siniestro y la agravación de sus consecuencias. 3. Velar porque el estado de riesgo no se agrave. 4. Notificar al asegurador la aparición de circunstancias –con posterioridad al acuerdo y firma del contrato– capaces de incidir de forma negativa sobre la valoración del riesgo. 5. Avisar a la empresa aseguradora el acontecimiento del siniestro y sus condiciones. 6. Notificar a la aseguradora si tiene otras pólizas que Si miente, pierde Si el cliente sabe que tiene una enfermedad preexistente, no la revela y luego la compañía lo comprueba, esta podría anular el contrato. Por el contrario, si el cliente estaba enfermo desde antes de firmar, pero ni él mismo lo sabía, la empresa no podrá disputar la validez de la póliza y deberá cumplir el contrato. Si la empresa considera que sí hay una preexistencia y el cliente con- cubran un mismo riesgo, ya que la ley establece ciertas restricciones cuando hay pluralidad de coberturas. sidera que no, corresponderá a la compañía demostrarlo. En ese caso, la persona tendrá que someterse a los exámenes que razonablemente le sean requeridos por parte de la aseguradora, cuando haya que dirimir si indemniza o no. Quien debe pagar esos chequeos médicos es la compañía, no la persona. Aún así, en caso de duda, se considerará que el caso no es preexistente. 5 ¿Qué hace la Sugese? La Superintendencia General de Seguros enfatiza en la defensa de los consumidores de seguros y se dirige hacia la consolidación de un sistema para regular la gestión de los riesgos del mercado. - ¿Qué es la Superintendencia General de Seguros? R/ Es la entidad responsable de la autorización, regulación y supervisión de las personas, físicas o jurídicas, que intervengan en los actos o contratos relacionados con la actividad aseguradora, reaseguradora, la oferta pública y la realización de negocios de seguros. - ¿Cómo se refleja ese énfasis hacia el consumidor? R/ Por ejemplo, a través de la Carta de Derechos y Deberes de los Consumidores de Seguros, en la cual se especifica el procedimiento al momento de plantear una queja o denuncia por alguna disconformidad. Asimismo, este documento le permitirá conocer los plazos que deben cumplir las instancias para resolver el caso. - ¿Hasta dónde puede actuar? R/ La Sugese puede emitir un criterio técnico a la aseguradora y dar seguimiento, pero sus determinaciones tampoco son vinculantes (de acatamiento obligatorio). No obstante, en la mayoría de los casos –en los cuales el cliente tiene la razón–, las aseguradoras consideran la posición de la Sugese en las denuncias y quejas planteadas ante el ente regulador. - ¿Cuáles son sus funciones? R/ Velar por la estabilidad y el eficiente funcionamiento del mercado de seguros, así como entregar la más amplia información a los asegurados. Alcanzar un mercado estable, transparente y que responda a las necesidades de los consumidores costarricenses. - ¿Cómo se procede en el caso específico de las quejas y denuncias? R/ Si ya gestionó su reclamo en la aseguradora, lo que prosigue es acudir a la oficina de defensa del asegurado correspondiente, en cada aseguradora. Si persiste el problema, puede acudir a la Sugese. De igual forma, puede solicitar a la Sugese que lo asesore en el trámite ante la oficina del defensor del asegurado. En contacto Central telefónica: 2243-5108. Correo: [email protected] Página web: www.sugese.fi.cr Twitter: twitter.com/sugesecr Facebook: www.facebook.com/ sugese Mercado maduro Sugese se concentra en el desarrollo de: n Procesos de autorización y registro que verifiquen la idoneidad de los participantes y sus productos. n Una normativa completa, actualizada, adecuada al mercado y basada en estándares mundiales. n Un modelo de supervisión que evalúe riesgos relevantes, genere alertas tempranas y promueva acciones correctivas. n Servicios que respeten los derechos del consumidor de seguros. n Información clara, oportuna y relevante que permita potenciar la disciplina de mercado, ampliar el conocimiento y facilite la toma de decisiones. 6 Asegurado cuenta con más respaldo Las instancias de atención al consumidor de seguros no son contralorías de servicios, sino entidades que operan y dan sus dictámenes con autonomía. La oficina de atención al asegurado es una instancia establecida en la Ley Reguladora del Mercado de Seguros (artículos 25 y 29), en la Ley Reguladora de Contrato de Seguros (articulo 104) y en el Reglamento de Defensa y Protección del Consumidor de Seguros (artículo 13), para la atención y resolución de quejas y reclamos de los consumidores de seguros. Esta instancia ejerce de manera autónoma (independiente de la parte operativa de la aseguradora), por lo que sus resoluciones deben emitirse con total imparcialidad y objetividad. Su misión consiste en estudiar los hechos y resolver en apego a la normativa que rige la materia. La vía del reclamo 1. Primero, recurra a una apelación dentro de la misma aseguradora. 2. Si la respuesta no le satisfizo, recurra a la Oficina de Defensa del asegurado. 3. Sugese puede orientarle en el proceso de reclamo con carácter propositivo, no vinculante, aunque sus recomendaciones suelen ser atendidas. 4.Alternativamente, usted puede recurrir a la Dirección de Apoyo al Consumidor, adscrita al Ministerio de Economía, Industria y Comercio. Pero tampoco tiene carácter vinculante. 5. Existen, además, otras instancias como el arbitraje, la resolución alternativa de conflictos y los tribunales. No obstante, suelen tardar más en resolver la situación y son más costosos. El trámite Para los reclamos, los requisitos varían de acuerdo con cada producto y de cada aseguradora. Entre los más usuales están: n Nombre completo o n n n n personería jurídica (en el caso de empresas), lugar para recibir notificaciones y cédula o número de identificación. Indicación de si ya presentó reclamo ante la aseguradora y la respuesta recibida (si la recibió). Oficina, departamento o servicio donde se hubieren producido los hechos objeto de la queja o reclamación. Lugar, fecha y firma (denuncia en formato electrónico debe incluir firma digital). Se deberá acompañar el trámite con la documentación imprescindible: descripción de la infracción y prueba disponible, carta de declaración del siniestro, cotizaciones, facturas, etc. En caso de insatisfacción, el asegurado debe acudir, primero, a la aseguradora y luego considerar la Sugese y la Dirección de Apoyo al Consumidor. ¿Dónde acudir? Atlantic Southern Insurance Co. Teléfono: 2221-6202. Defensor del Cliente: José Rafael Vargas Zúñiga. Correo electrónico: [email protected] Instituto Nacional de Seguros (INS) Teléfono: 2287-6464 / 2287- 6465 / 800INSCliente. Defensor del Cliente: Maritza Sáenz Bolaños. Correo electrónico: defensoriadelcliente@ ins-cr.com Oceánica de Seguros Teléfono: 2256-8770, extensión 8021. Defensor del Cliente: Daniela Olivares Chinchilla Correo electrónico: atencionalconsumidor@ oceanica-cr.com Centro de Defensa del Asegurado Teléfono: 2520-1990. Defensor del Cliente: Mónica Román. Correo electrónico: [email protected] y [email protected] Aseguradoras asociadas: ADISA, ASSA, BMI, MAPFRE, PanAmerican Life, Seguros Bolívar, SAGICOR y Seguros del Magisterio. Quálitas Compañía de Seguros Teléfono: 2291-0590, extensión 104. Defensor del Cliente: Silvia Acuña Valdelomar. Correo electrónico: ccq@ qualitas.co.cr Fuente: Superintendencia General de Seguros. En: www. sugese.fi.cr. 7 Para que se haga su voluntad El Registro Único de Beneficiarios de la Sugese le permite a los beneficiarios de pólizas de vida constatar si tienen derecho a ser indemnizados. A través de la plataforma Sugese en Línea, la Superintendencia pone a disposición de los ciudadanos el Registro Único de Beneficiarios (RUB), con el fin de permitirles consultar a estos si son acreedores de una póliza de vida suscrita a su favor por una persona que ya falleció. La plataforma es alimentada con la información que proporcionan las aseguradoras a la Sugese y se constata con las bases del Registro Civil. Los datos de las pólizas y sus beneficiarios se mantienen almacenados hasta por cinco años después de cancelado el contrato de una persona, por fallecimiento u otras razones, resguardando así los derechos del beneficiario. No obstante, es importante tener en cuenta que el derecho a reclamar la póliza caduca a los cuatro años después del fallecimiento del asegurado. La información de las personas fallecidas se actualiza en el Registro Civil aproximadamente diez días después de su muerte. Antes de esto, la designación es completamente confidencial por razones de seguridad del tomador de la póliza. Virtual o físicamente El registro está disponible en Internet y en las oficinas de la Superinten- dencia. En ambos casos, se podrán realizar consultas y emitir certificaciones. Las personas que deseen acceder en línea deberán contar con un certificado de firma digital y registrarse en la plataforma a través del sitio web www. sugese.fi.cr. Quienes no tienen este certificado digital pueden realizar el trámite personalmente en las oficinas de la Superintendencia, ubicadas en San Pedro de Montes de Oca, frente a la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, Edificio Torre del Este, piso 7. Allí deberán presentar su cédula de identidad vigente para realizar el trámite. Módica inversión Toda consulta tiene un costo por concepto de los servicios requeridos para realizar el trámite, como el uso de la plataforma del Sistema Nacional de Pagos Electrónicos (Sinpe), así como los timbres correspondientes, en caso de que se requiera la certificación de los datos del Registro Civil. Las consultas en línea cuestan ¢445,53 y la emisión de certificaciones ¢463.03. El monto se deduce automáticamente de la cuenta bancaria del usuario, por lo que deberá registrar su cuenta cliente cuando se inscribe. Por su parte, en la oficina de Sugese la consulta cuesta ¢475 y las certificaciones ¢492.50. El aumento con respecto al trámite en línea se debe a los costos administrativos, de impresión, así como de los timbres físicos que lleva la certificación. “Si los beneficiarios no conocían de la póliza de vida que tenía un asegurado fallecido, posiblemente nunca presenten el reclamo para ser indemnizados. Sugese en Línea permite consultar si se cuenta con ese derecho, por designación específica o, bien, genérica. Es decir, por ser hijo, esposo o madre, por ejemplo”. Tomás Soley. Superintendente General de Seguros. Servicio en línea Para acceder a Sugese en Línea, se ingresa al sitio de la Superintendencia (www.sugese.fi.cr), para posteriormente darle clic al logotipo del servicio, en la parte superior derecha del cuadro blanco, debajo del buscador. También se puede entrar directamente en la dirección www.sugeseenlinea.sugese.fi.cr. Aquellas personas que no tengan una firma digital pueden solicitarla en una entidad autorizada. Si tiene un certificado digital, solo conéctelo a su computadora y utilícelo. Le quitan el turno del baño y el asiento de la ventana, se comen la última galleta y pierden el control del tele… PERO, SIN DUDA, SU FAMILIA ES LA MEJOR En mercado nacional de seguros hay muchas opciones para asegurar a sus seres queridos. ANTES DE ELEGIR, ASESÓRESE BIEN. Estudie las ofertas que ofrece el mercado y adquiera los productos que mejor se ajusten a sus necesidades. CADA ASEGURADORA CUENTA CON UNA DEFENSORÍA DEL ASEGURADO QUE VELA POR SUS DERECHOS.
© Copyright 2024