bases y condiciones - Unión Industrial Paraguaya

REGLAMENTO DEL PROYECTO
FORTALECIMIENTO DE MICROEMPRENDEDORES
MIC / IB / UIP
OCTUBRE 2015
V.02
Contenido
1.
2.
3.
4.
GENERALIDADES ..................................................................................................... 3
1.1
ANTECEDENTES................................................................................................ 3
1.2
INFORMACIONES GENERALES ........................................................................ 3
1.3
DEFINICIONES ................................................................................................... 4
1.4
OBJETO .............................................................................................................. 5
1.5
ACTORES ........................................................................................................... 5
1.6
RESULTADOS ESPERADOS ............................................................................. 5
1.7
ACTIVIDADES FINANCIABLES .......................................................................... 5
CONVOCATORIA....................................................................................................... 6
2.1
REQUISITOS PARA LA POSTULACIÓN ............................................................ 6
2.2
NO PODRÁN FORMAR PARTE DEL CONCURSO: ........................................... 6
2.3
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR EL SOLICITANTE ............................. 7
2.4
CALENDARIO ..................................................................................................... 7
2.5
PROCESO DE SELECCIÓN ............................................................................... 8
EJECUCIÓN DE PROYECTOS ................................................................................ 10
3.1
IMPLEMENTACIÓN Y SEGUIMIENTO ............................................................. 10
3.2
INFORMES DE SEGUIMIENTO Y MONITOREO .............................................. 10
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS ................................................................. 11
4.1
ACEPTACIÓN DE LOS REGLAMENTOS ......................................................... 11
4.2
ACLARACIONES............................................................................................... 11
4.3
DIFUSION ......................................................................................................... 11
4.4
RESPONSABILIDAD ......................................................................................... 12
4.5
CONFIDENCIALIDAD ....................................................................................... 12
4.6
DISPOSICIÓN FINAL ........................................................................................ 12
1. GENERALIDADES
ANTECEDENTES
1.1
El concurso de Fortalecimiento de Microemprendedores es una iniciativa del Vice
ministerio de MIPYMEs, dependiente del Ministerio de Industria y Comercio, en alianza
con la Entidad Itaipu Binacional, en lo sucesivo la IB,y la Unión Industrial Paraguaya,
UIP para todos los efectos de este reglamento, estas tres instituciones también podrán
ser mencionadas en conjunto como LA ORGANIZACIÓN. El concurso busca atraer,
seleccionar y apoyar micro emprendimientos dinámicos y sostenibles en la República
del Paraguay.
EL Ministerio de Industria y Comercio, a través del Vice Ministerio de MIPYMEs,
autoridad de Coordinación y Dirección de la ley 4457/12 “De MIPYMES”, que en sus
Artículos 13, 18, 19 y 20., define las atribuciones y competencias de dicha Sub
Secretaria de Estado.
La Entidad Itaipu Binacional, por su parte está orientada a apoyar estas iniciativas,
como parte de su programa de responsabilidad social, a través de la Universidad
Corporativa Itaipu (UCI), quien enfatiza la educación, en este caso empresarial, como
un aspecto necesario para el desarrollo productivo local y nacional.
La UIP es el mayor gremio industrial del país, que busca promover, a través de sus
actividades y por medio del Centro Paraguayo de Productividad y Calidad
(CEPPROCAL/UIP) la implementación de estrategias empresariales que guíen a las
MIPYMEs hacia la mejora continua, por medio de la Educación y la transferencia de
buenas prácticas.
Que, tanto el Vice Ministerio de Micro, Pequeña y Mediana Empresa (MiPYMES),
como la Entidad Itaipu Binacional y la Unión Industrial Paraguaya, buscando instalar
modelos sustentables de apoyo y articulación de políticas públicas para
microemprendedores en toda la República del Paraguay, impulsan el desarrollo y la
ejecución de estas políticas.
INFORMACIONES GENERALES
1.2
El Reglamento de este proyecto contendrá dos partes: 1) La forma de dirección del
proyecto y 2) las bases y condiciones del concurso de Micro emprendedores.
Hacen parte de este documento, los siguientes anexos:
•
•
Formulario de Presentación del negocio o micro emprendimiento.
Tabla de ponderación para el cálculo del puntaje de los micro emprendimientos
Seleccionados
1.3
DEFINICIONES
Los términos en mayúsculas que se utilizan a lo largo del texto del presente
Reglamento, tendrán el significado y alcance que se les asigna en el presente glosario
de términos :
3.1. “EQUIPO TECNICO” o “EL ET”: Se refiere a los representantes de las distintas
instituciones que conforman la ORGANIZACIÓN, con experiencia en
microemprendimiento parala implementación, ejecución, seguimiento y control de
lasactividades previstas en el Proyecto y el presente Reglamento.
3.2. "MICROEMPRENDEDOR": Se refiere a toda persona física o jurídica que al
momento de la presentación de plan de negocios justifica la solicitud de apoyo. El
representante legal deberá ser mayor de18 (dieciocho) años de edad, paraguayo
o naturalizado, y tenga domicilio legal en la REPUBLICA DEL PARAGUAY. La
persona física o jurídica cuya empresa representa, deberá demostrar que posee
por lo menos un año de antigüedad en operación comercial.
3.3. “ADJUDICATARIO”: Se refiere al MICROEMPRENDEDOR solicitante cuyo plan
de negocios ha sido seleccionado conforme a los criterios pre establecidos, para
el apoyo técnico y financiero en el marco del fortalecimiento de su micro
emprendimiento
3.4. “APOYO FINANCIERO”: Se refiere a la suma de dinero en guaraníes, otorgada
por este Proyecto a los micro emprendedores. Estos aportes no devengarán
interés alguno y no serán reembolsables.
3.5. “MICROEMPRENDIMIENTO”: Se refiere a iniciativas empresariales
formalizadas, con un antigüedad mínima de 1 año de operación comercial y una
facturación hasta el equivalente de guaraníes 500 millones anuales, según la
definición de la ley de MIPYMEs
3.6. “EL CTE" o Comité Técnico Especializado conformado para realizar la selección
de los planes de negocios según los criterios establecidos.
3.7. “PROYECTO PRESELECCIONADO”: Se refiere al plan de negocios, que luego
de haber sido pre evaluados por el CTE, conforme a los criterios de selección,
adjuntos a este reglamento, resulte elegido para su posterior presentación ante el
Jurado Especializado. El tope máximo de proyecto preseleccionados es hasta 30
planes de negocios.
3.8. "PLANES DE NEGOCIOS": Se refiere al proyecto de negocio en marcha que
demuestra su sostenibilidad económica y financiera y concursa para la obtención
de un apoyo técnico-financiero.
3.9. "REGLAMENTO”: Se refiere al presente Reglamento del Proyecto de
Fortalecimiento de Microemprendedores
3.10. “POSTULANTE”: Se refiere al micro emprendedor o persona jurídica que se
presente a concursar para la obtención de apoyo financiero.
3.11. JURADO ESPECIALIZADO. Se refiere al grupo de personas designadas por la
ORGANIZACIÓN que realizará la evaluación final y seleccionará los 20 planes de
negocios ganadoras del concurso.
OBJETO
1.4
El “REGLAMENTO” será de aplicación al Proyecto “Fortalecimiento de
Microemprendedores”, en adelante “FDM”, tiene como objetivo otorgar incentivos a las
inversiones llevadas adelante por personas físicas o jurídicas que tengan un
microemprendimiento formalizado, para crecer, mejorar, ampliar o modernizar su
negocio. Elproyecto “FDM” brinda a los “MICROEMPRENDEDORES” apoyo financiero
y educación empresarial para la sostenibilidad de su negocio. El premio se otorga a
través de un concurso y consiste en un “APORTE” monetario no reembolsable y
Educación Empresarial a través de especialistas, de conformidad a lo establecido en el
“REGLAMENTO”.
El “REGLAMENTO” en el marco del Proyecto "FDM" establece las condiciones y
términos de la presentación y ejecución de Planes de negocios sostenibles en el
tiempo, para apuntalar su crecimiento y el desarrollo de la economía nacional.
ACTORES
1.5
La ejecución del Proyecto “FDM” se encontrará a cargo del “ET”, para las distintas
actividades previstas en el proyecto.
RESULTADOS ESPERADOS
1.6
Al término de la ejecución del proyecto se espera:
1. Contar con un aumento de las ventas u obtención de nuevos mercados por
parte de los Microemprendedores.
2. Reducción de costos o mejoras sustanciales en la gestión de los mismos.
3. Generación de nuevos empleos dentro de los micro emprendimientos
ACTIVIDADES FINANCIABLES
1.7
Los planes de negocios que se presenten deberán considerar las siguientes
actividades financiables, siendo estas meramente enunciativas y no limitativas.
•
•
•
•
Adquisición de conocimiento relevante (estudios para la compresión y
acercamiento al mercado, tales como: estudio de mercado, estudios
conducentes a certificaciones y normas de calidad, estudios de verificación
comercial, estudios de propiedad industrial, entre otros).
Adquisición de equipamientos tecnológicos y/o Industriales
Desarrollo de Prototipos
Compra de Materia Prima u otros materiales
•
•
Diseño y gestión digital (páginas web, comercio electrónico, etc)
Cursos técnico especializado, no mayor a 6 meses.
No se financiaran viajes o actividades que no se vinculen o contribuyan directamente
con el desarrollo del producto o servicio considerando en el plan de negocios.
2. CONVOCATORIA
2.1
REQUISITOS PARA LA POSTULACIÓN
Los Postulantes presentarán planes de negocios completando en su totalidad el
formulario de postulación en línea que se accede a través del sitio web de la UIP
(www.uip.org.py/fdm) dentro de las fechas establecidas en el calendario mencionado.
Solamente serán validas aquellas postulaciones presentadas a través de la plataforma
web.
El Plan de Negocio que se presente en esta Postulación debe cumplir con los
siguientes requisitos para ser aceptado por la Plataforma de Microemprendimiento:
(i)
(ii)
(iii)
(iv)
Demostrar tener al menos 1 año de funcionamiento.
Facturación hasta Gs. 500 Millones.
Microemprendimiento que no atenten o vayan contra disposiciones legales.
Declaración Jurada en la cual afirma que, en caso de ser seleccionado,
cuenta con toda la documentación requerida en el numeral 2.3 del presente
reglamento.
La convocatoria y/o el “CTE” se reserva el derecho de dar de baja automáticamente a
cualquier postulante que defraude, altere o inutilice el reglamento del proceso de
selección, que realice prácticas impropias para demostrar la viabilidad y/o utilice
cualquier tipo de práctica que pueda ser considerada contraria al espíritu de cualquiera
de las partes.
El postulante autoriza por sí mismo, para que cualquiera de las Partes, de manera
indefinida, pueda utilizar su nombre o nombre de su microemprendimiento e imagen
en el material publicitario relacionado con la presente Postulación y/o con las
actividades de alguna de las Partes.
2.2
•
•
•
•
•
•
NO PODRÁN FORMAR PARTE DEL CONCURSO:
Funcionarios públicos, tanto del Ministerio de Industria y Comercio, o de otra
dependencia del gobierno central, igualmente están excluidos funcionarios de
gobernaciones y municipios del país.
Consejeros, directores y empleados permanentes y contratados de la IB.
Directivos y/o colaboradores de la UIP.
Personas físicas con antecedentes policial, judicial, inhabilitados o suspendidos
por el Fisco o cualquier situación que pueda inhabilitarlos de forma legal.
Personas Jurídicas inhabilitados o suspendidos por el Fisco o con cualquier
situación que pueda inhabilitarlos en forma legal.
Consejeros, Directores y Funcionarios de la Entidad Itaipu Binacional.
•
Sociedades cooperativas, fundaciones, asociaciones u otras instituciones sin fines
de lucro.
De comprobarse la inhabilidad del postulante, éste quedará automáticamente fuera del
concurso, sin perjuicio de otros efectos legales que puedan ser aplicados.
2.3
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR EL SOLICITANTE
Para cada plan de negocio, será necesario información del perfil personal del
microemprendedor a ser llenado según proforma adjunta o anexo I
Antes de la firma del contrato de adjudicación, el “SOLICITANTE” deberá remitir a “EL
ET”, en un plazo que no exceda los 10 (diez) días hábiles desde su adjudicación, la
documentación que se detalla a continuación:
-
2.4
No.
Copia de la Cédula de Identidad Paraguaya.
Certificado de Inscripción en la SET (RUC).
Copias de Declaraciones Juradas del IVA o Detalle de Facturación de los últimos
12 meses presentadas ante la SET.
Copia autenticada de Certificado de Cumplimiento tributario VIGENTE.
Currículum Vitae firmado o de la constitución de sociedad y de última acta de
asamblea que designa a representantes de la sociedad. (Copias autenticadas)
Certificados de antecedentes judicial y policial VIGENTE.
Para sociedades, Certificado de no tener interdicción o encontrarse en quiebra
VIGENTE.
Formulario del plan de negocio firmado en carácter de Declaración Jurada.
CALENDARIO
Descripción
Fechas
1.
Lanzamiento del concurso
09, Octubre, 2015
2.
Periodo de Postulación
Desde el 09/10/2015 al
15/11/2015
3.
Talleres de Divulgación y orientación y para llenado
de formulario de postulación (Asunción y Ciudad del
Este)
14/10/2015 - CDE
15/10/2015 - Asunción
05/11/2015 - Asunción
06/11/2015 - CDE
4.
Cierre de Postulación
Domingo15/11/2015 hasta las
23:59 hs.
5.
Evaluación del Comité Técnico Especializado
Del 16/11/2015 hasta el
29/11/2015
6.
Comunicación a Ideas Preseleccionadas
Lunes 30/11/2015
7.
Talleres de Refuerzo de Defensa de Planes de
Negocio (PITCH)
Miércoles 02/12/15 – Asunción
Viernes 04 - CDE
8.
Evaluación final y selección de ganadores por medio
de defensa de los planes de negocios
Jueves 10/12/2015
Viernes 11/12/2015
9.
Entrega de Premios y reconocimiento
Martes15/12/2015
10.
Periodo de Educación Empresarial y Seguimiento a
aplicación de fondos de apoyo.
18 meses
La selección de los planes de negocios será realizada por un Comité Técnico
Especializado y las decisiones serán comunicadas a los postulantes, vía páginas web
y en la dirección de correo electrónico que proporcionen durante la postulación y será
responsabilidad de los mismos, revisar la información, para su posterior presentación
ante el Jurado Especializado para su Evaluación final.
2.5
PROCESO DE SELECCIÓN
Primera Etapa: Lanzamiento del Concurso y recepción de postulaciones.
La Convocatoria recibirá las Postulaciones únicamente a través de la página web
www.uip.org.py/fdm, considerando como válidas aquellas que hayan cumplido todos
los requisitos señalados en estas bases y hayan completado a cabalidad el formulario.
El plazo de duración de la etapa de recepción se detalla en el Calendario.
Segunda Etapa: Preselección de Postulaciones.
El CTE analizará las postulaciones conforme a criterios de evaluación incluidos en el
ANEXO II.
El CTE estará conformado por:
•
•
•
1 (uno) técnico (titular) y 1 (suplente) designados por el MIC.
1 (uno) técnico (titular) y 1 (suplente) designados por la ITAIPU
1 (uno) técnicos (titulares) y 1(suplente) designados por la UIP.
El Comité preseleccionará 30 (treinta) postulaciones con mayor puntaje, según los
criterios de evaluación descriptos. Esta selección se desarrollará entre los
dias16/11/2015 y 29/11/2015. Las resoluciones serán comunicadas en fechas
30/11/2015, publicadas en la web del proyecto y además por correo electrónico a los
postulantes, quienes son responsables de revisar la información.
La Organización se reserva el derecho de verificar la consistencia de la información en
el domicilio comercial, para cada postulación preseleccionada.
Tercera etapa: Evaluación final y selección de ganadores.
En esta etapa cada idea deberá ser defendida ante el Jurado Especializado en fechas
10 y 11 de Diciembre de 2015 en el local del MIC, en la ciudad de Asunción.
El Jurado realizara la evaluación final y seleccionara 20 (veinte) Planes de negocios.
Cuarta Etapa: Entrega del apoyo financiero y capacitaciones para la educación
empresarial.
Los planes de negocios que resultaren adjudicados tendrán derecho a recibir la suma
de hasta Gs. 52.000.000 (Guaraníes cincuenta y dos millones) cada una, en concepto
de apoyo financiero y técnico, cuya aplicación será determinada en la siguiente
relación: el 70% de este monto (Gs. 36.400.000) será destinado a la aplicación para
adquisición de bienes y servicios conforme a lo descripto en el plan de negocios y el
30% restante (Gs. 15.600.000) será aplicado a cursos y talleres de educación
empresarial.
Los ADJUDICATARIOS, deberán integrar una contrapartida mínima del 20% del
aporte financiero recibido, es decir, Gs.10.400.000 (Guaraníes diez millones,
cuatrocientos mil). El aporte de contrapartida deberá ser financiero o económico
debidamente documentado.
Durante esta etapa, cada ADJUDICATARIO firmará un contrato, donde quedarán
establecidas todos los términos, derechos y responsabilidades de cada una de las
partes. La firma del contrato se hará previa a la entrega del apoyo financiero y técnico.
La organización establecerá los mecanismos de comprobación de la solvencia de cada
emprendedor y la disponibilidad de la contrapartida, antes de efectivizar el apoyo
financiero.
La entrega del Apoyo Financiero al ADJUDICATARIO, se realizará por etapas,
conforme al plan de adquisiciones o aplicación presentado durante su postulación.
La ORGANIZACIÓN comunicará de forma oportuna, el calendario definitivo de los
talleres de educación empresarial y el seguimiento, que posterior al cierre y
designación de los adjudicatarios, tendrá una duración de al menos 18 meses.
Los adjudicatarios participarán de talleres de educación empresarial, conforme al
siguiente cronograma.
Se aclara para todo efecto, que el apoyo financiero consistente en la suma designada
a cada ADJUDICATARIO, será administrada íntegramente por la coordinación
ejecutiva del proyecto, en este caso, en la institución UIP, quienes a solicitud de los
ADJUDICATARIOS, ejecutarán las sumas correspondientes a las solicitudes de
aplicación de sus respectivos apoyos financieros (Compra de bienes, servicios y pago
de Educación Empresarial). En ningún caso el o los ADJUDICATARIOS recibirán
monto alguno en efectivo para realizar aplicaciones por ellos mismos. Este mecanismo
asegurará la correcta aplicación de los fondos conforme al plan presentado por los
postulantes durante la etapa de evaluación y selección de planes de negocios.
Preliminar
DESCRIPCION
Mes 1
Mes 2
Mes 3
Mes 4
Mes 5
Mes 6
Diagnostico Empresarial (línea de base)
Taller y Consultoría en Planeamiento Estratégico
Taller y Consultoría en Marketing y Ventas
Taller y Consultoría en Gestión de Calidad
Taller y Consultoría en Gestión de Costos.
Taller y Consultoría en Gestión Contable y
Administrativa.
Cierre de Actividades y entrega de informe final.
Estos talleres de educación empresarial forman parte del proceso del comprobación
de la aplicación de los fondos al negocio.
Aquellos microemprendedores ganadores que desistan, por cualquier motivo, de iniciar
el proceso de implementación y seguimiento, serán reemplazados con los
microemprendedores cuyos planes de negocios quedaron suplentes, según el orden
de juzgamiento.
3. EJECUCIÓN DE PROYECTOS
3.1
IMPLEMENTACIÓN Y SEGUIMIENTO
La organización establecerá un periodo de implementación y seguimiento de los
planes de negocios ganadores, bajo la siguiente modalidad:
La implementación y seguimiento será responsabilidad de la UIP, quienes designarán
recursos humanos técnicos y de infraestructura para cumplir con dicha tarea. Este
seguimiento también podrá ser acompañado por técnicos del Ministerio de Industria y
Comercio.
3.2
INFORMES DE SEGUIMIENTO Y MONITOREO
A partir del lanzamiento del concurso de Planes de negocios hasta la culminación de la
etapa de implementación y seguimiento, todas las acciones serán registradas y
documentadas, para formalizar las mismas y socializar para conocimiento de los
participantes.
Durante la ejecución del proyecto se podrá requerir informes de avance a los
“ADJUDICATARIOS”, quienes deberán prestar su total colaboración y contestar el
requerimiento en un plazo no mayor a 10 (diez) días desde la recepción de la solicitud
mencionada, a través de correo electrónico.
4. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
4.1
ACEPTACIÓN DE LOS REGLAMENTOS
La ORGANIZACIÓN podrá actualizar o modificar unilateralmente estos Reglamentos
en cualquier momento, haciéndolo público, a través de la publicación de la nueva
versión en el sitio web www.uip.org.py/fdm .
La ORGANIZACIÓN se reserva el derecho a cancelar, modificar, o proceder a la
suspensión del proceso de postulación o a dejar vacantes el número de seleccionados
en cualquiera de las etapas de selección que considere oportuno. En cada caso, las
decisiones tomadas serán argumentadas y expuestas de forma concreta y objetiva.
Estas decisiones serán definitivas e inapelables.
La eventual declaración de nulidad de alguna de las cláusulas de éste Reglamento no
importará la nulidad de las demás cláusulas.
4.2
ACLARACIONES
El envío del formulario del plan de negocios, por parte del microemprendedor implicará
el pleno conocimiento y la aceptación del presente “REGLAMENTO”.
La presentación y recepción de las propuestas de Planes de Negocios no asegurará la
adjudicación del “APOYO TECNICO - FINANCIERO”.
Los datos proporcionados por el postulante deben ser correctos, veraces y completos,
asumiendo toda responsabilidad sobre la falta de veracidad o exactitud de los mismos.
En caso de que los datos proporcionados por un Postulante resultaran falsos,
inexactos o engañosos, la Organización quedará facultada, sin perjuicio de otras
medidas legales a su disposición, a retirar, denegar o suspender los derechos
otorgados al Postulante por estas Bases.
Los POSTULANTES podrán realizar consultas y/o solicitudes al “EQUIPO TECNICO”
por escrito en el domicilio de la UIP.
Las cuestiones no previstas en el presente reglamento serán resueltas por el
“EQUIPO TECNICO” y pasarán a formar parte de este documento. Sus decisiones
serán inapelables.
4.3
DIFUSION
La ORGANIZACIÓN difundirá la lista de ganadores del Concurso, a través de la web
indicada para el efecto y en los medios de comunicación, además será enviado un
correo electrónico a cada ganador.
Además, podrá difundir, libremente y sin limitaciones de ningún tipo, haciendo mención
de la autoría cuando corresponda, toda aquella información no confidencial acerca del
plan de Negocio.
4.4
RESPONSABILIDAD
En caso de incumplimiento a los compromisos asumidos en este Reglamento, el
Postulante responderá de los daños y perjuicios que sus actos u omisiones pudieren
provocar a la Organización.
La responsabilidad de la Organización respecto del presente concurso está limitada
exclusivamente a la entrega de los beneficios establecidos en este reglamento, a
quienes resultaren adjudicatarios, quedando expresamente excluida cualquier otra
responsabilidad
Los Postulantes eximen de toda responsabilidad y expresamente renuncian a
cualquier derecho o acción que eventualmente pudieran corresponderle a sus
representantes legales y a sus herederos o causahabientes con motivo de su
participación en este Concurso.
4.5
CONFIDENCIALIDAD
Las partes acuerdan que toda información técnica y/o comercial que intercambien con
motivo del presente convenio, será considerada y tratada como información reservada.
Todos los datos que se soliciten en la Postulación son de carácter obligatorio para la
realización de ésta, considerándose los mismos imprescindibles para el desarrollo del
proceso de postulación.
4.6
PROPIEDAD INTELECTUAL
La ORGANIZACION y el ET no se hace responsable de la divulgación de planes de
negocios y el uso de los mismos por parte de terceros.
Se recomienda a los postulantes a mencionar dentro del formulario de postulación, si
su emprendimiento tiene algún grado de protección de la Propiedad Intelectual.
4.7
DURACIÓN Y TERRITORIO
El Concurso tendrá vigencia desde el día 09 de Octubre de 2.015, hasta el 15 de
Noviembre de 2.015, ambas fechas inclusive.
Lo anterior es sin perjuicio de que la ORGANIZACIÓN decidan extender el plazo de
vigencia de la Promoción, si las circunstancias así lo ameritan, para lo cual informará
oportuna y adecuadamente a los participantes.
La ORGANIZACIÓN por razones de fuerza mayor, se reserva el derecho de modificar
los montos a ser adjudicados, los plazos/etapas del concurso y/o de terminar
anticipadamente el mismo, informando al efecto a los Postulantes, lo cual no generará
responsabilidades ni compensaciones de ningún tipo a favor de terceros por parte de
la Organización.
4.8 USO DE IMAGEN
Los Postulantes declaran conocer y aceptar que la ORGANIZACIÓN, puede filmar,
fotografiar o grabar de otro modo su asistencia al Evento y a cualquier actividad
relacionada con fines publicitarios, promocionales y/o internos de la ORGANIZACIÓN
o sus miembros indistintamente.
En la medida máxima permitida por Ley, por el presente el Postulante otorga
irrevocablemente a la ORGANIZACIÓN el derecho de explotación por todo el tiempo
permitido legalmente, en todo el mundo y sin ningún tipo de retribución, de cualquier
fotografía, vídeo, imagen u otro medio de grabación o imagen del Postulante con fines
publicitarios, promocionales o cualquier otro fin comercial o no comercial en relación
con el Concurso y Proyecto, en las campañas de la ORGANIZACIÓN y/o sus
miembros indistintamente y/o para otras actividades de promoción de estos últimos.
Asimismo, autorizo a la ORGANIZACIÓN y/o a sus miembros indistintamente a
mostrar datos personales y/o societarios, clasificaciones y resultados en el Concurso,
en cualquier medio y de cualquier forma hasta la fecha conocida o desarrollada en el
futuro.
El Postulante reconoce que el material que se obtenga es de propiedad de la
ORGANIZACIÓN y/o sus miembros indistintamente y que la presente cesión no
caducará en el tiempo, por lo que todas aquellas fotografías; imágenes o sonidos de
cualquier tipo obtenidas en ocasión del Concurso, podrán ser utilizadas en cualquier
momento, pudiendo inclusive la ORGANIZACIÓN y/o sus miembros indistintamente
cederlo a terceros, aun después de finalizado el Concurso.
4.9
LICENCIA PARA UTILIZAR COMENTARIOS, SUGERENCIAS E IDEAS
Por el presente el Postulante otorga a la ORGANIZACIÓN y/o a sus miembros
indistintamente una licencia de uso, para todo el mundo, por todo el tiempo permitido
legalmente de todos los comentarios, sugerencias e ideas que pueda compartir con
ellos, sin necesidad de previo aviso, sin retribución ni reconocimiento hacia el
Postulante, para cualquier propósito, incluyendo, entre otros, el desarrollo, la
fabricación y la comercialización de libros, talleres, estudios, etc.
4.10 DISPOSICIÓN FINAL
Este Reglamento entra en vigencia, desde el 09 de Octubre del año 2015 y se
mantendrá vigente hasta la conclusión del concurso, el proyecto y la entrega de los
informes finales.