REGLAMENTO DEL PROYECTO FORTALECIMIENTO DE MICROEMPRENDEDORES MIC / IB / UIP OCTUBRE 2015 V.02 Contenido 1. 2. 3. 4. GENERALIDADES ..................................................................................................... 3 1.1 ANTECEDENTES................................................................................................ 3 1.2 INFORMACIONES GENERALES ........................................................................ 3 1.3 DEFINICIONES ................................................................................................... 4 1.4 OBJETO .............................................................................................................. 5 1.5 ACTORES ........................................................................................................... 5 1.6 RESULTADOS ESPERADOS ............................................................................. 5 1.7 ACTIVIDADES FINANCIABLES .......................................................................... 5 CONVOCATORIA....................................................................................................... 6 2.1 REQUISITOS PARA LA POSTULACIÓN ............................................................ 6 2.2 NO PODRÁN FORMAR PARTE DEL CONCURSO: ........................................... 6 2.3 DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR EL SOLICITANTE ............................. 7 2.4 CALENDARIO ..................................................................................................... 7 2.5 PROCESO DE SELECCIÓN ............................................................................... 8 EJECUCIÓN DE PROYECTOS ................................................................................ 10 3.1 IMPLEMENTACIÓN Y SEGUIMIENTO ............................................................. 10 3.2 INFORMES DE SEGUIMIENTO Y MONITOREO .............................................. 10 DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS ................................................................. 11 4.1 ACEPTACIÓN DE LOS REGLAMENTOS ......................................................... 11 4.2 ACLARACIONES............................................................................................... 11 4.3 DIFUSION ......................................................................................................... 11 4.4 RESPONSABILIDAD ......................................................................................... 12 4.5 CONFIDENCIALIDAD ....................................................................................... 12 4.6 DISPOSICIÓN FINAL ........................................................................................ 12 1. GENERALIDADES ANTECEDENTES 1.1 El concurso de Fortalecimiento de Microemprendedores es una iniciativa del Vice ministerio de MIPYMEs, dependiente del Ministerio de Industria y Comercio, en alianza con la Entidad Itaipu Binacional, en lo sucesivo la IB,y la Unión Industrial Paraguaya, UIP para todos los efectos de este reglamento, estas tres instituciones también podrán ser mencionadas en conjunto como LA ORGANIZACIÓN. El concurso busca atraer, seleccionar y apoyar micro emprendimientos dinámicos y sostenibles en la República del Paraguay. EL Ministerio de Industria y Comercio, a través del Vice Ministerio de MIPYMEs, autoridad de Coordinación y Dirección de la ley 4457/12 “De MIPYMES”, que en sus Artículos 13, 18, 19 y 20., define las atribuciones y competencias de dicha Sub Secretaria de Estado. La Entidad Itaipu Binacional, por su parte está orientada a apoyar estas iniciativas, como parte de su programa de responsabilidad social, a través de la Universidad Corporativa Itaipu (UCI), quien enfatiza la educación, en este caso empresarial, como un aspecto necesario para el desarrollo productivo local y nacional. La UIP es el mayor gremio industrial del país, que busca promover, a través de sus actividades y por medio del Centro Paraguayo de Productividad y Calidad (CEPPROCAL/UIP) la implementación de estrategias empresariales que guíen a las MIPYMEs hacia la mejora continua, por medio de la Educación y la transferencia de buenas prácticas. Que, tanto el Vice Ministerio de Micro, Pequeña y Mediana Empresa (MiPYMES), como la Entidad Itaipu Binacional y la Unión Industrial Paraguaya, buscando instalar modelos sustentables de apoyo y articulación de políticas públicas para microemprendedores en toda la República del Paraguay, impulsan el desarrollo y la ejecución de estas políticas. INFORMACIONES GENERALES 1.2 El Reglamento de este proyecto contendrá dos partes: 1) La forma de dirección del proyecto y 2) las bases y condiciones del concurso de Micro emprendedores. Hacen parte de este documento, los siguientes anexos: • • Formulario de Presentación del negocio o micro emprendimiento. Tabla de ponderación para el cálculo del puntaje de los micro emprendimientos Seleccionados 1.3 DEFINICIONES Los términos en mayúsculas que se utilizan a lo largo del texto del presente Reglamento, tendrán el significado y alcance que se les asigna en el presente glosario de términos : 3.1. “EQUIPO TECNICO” o “EL ET”: Se refiere a los representantes de las distintas instituciones que conforman la ORGANIZACIÓN, con experiencia en microemprendimiento parala implementación, ejecución, seguimiento y control de lasactividades previstas en el Proyecto y el presente Reglamento. 3.2. "MICROEMPRENDEDOR": Se refiere a toda persona física o jurídica que al momento de la presentación de plan de negocios justifica la solicitud de apoyo. El representante legal deberá ser mayor de18 (dieciocho) años de edad, paraguayo o naturalizado, y tenga domicilio legal en la REPUBLICA DEL PARAGUAY. La persona física o jurídica cuya empresa representa, deberá demostrar que posee por lo menos un año de antigüedad en operación comercial. 3.3. “ADJUDICATARIO”: Se refiere al MICROEMPRENDEDOR solicitante cuyo plan de negocios ha sido seleccionado conforme a los criterios pre establecidos, para el apoyo técnico y financiero en el marco del fortalecimiento de su micro emprendimiento 3.4. “APOYO FINANCIERO”: Se refiere a la suma de dinero en guaraníes, otorgada por este Proyecto a los micro emprendedores. Estos aportes no devengarán interés alguno y no serán reembolsables. 3.5. “MICROEMPRENDIMIENTO”: Se refiere a iniciativas empresariales formalizadas, con un antigüedad mínima de 1 año de operación comercial y una facturación hasta el equivalente de guaraníes 500 millones anuales, según la definición de la ley de MIPYMEs 3.6. “EL CTE" o Comité Técnico Especializado conformado para realizar la selección de los planes de negocios según los criterios establecidos. 3.7. “PROYECTO PRESELECCIONADO”: Se refiere al plan de negocios, que luego de haber sido pre evaluados por el CTE, conforme a los criterios de selección, adjuntos a este reglamento, resulte elegido para su posterior presentación ante el Jurado Especializado. El tope máximo de proyecto preseleccionados es hasta 30 planes de negocios. 3.8. "PLANES DE NEGOCIOS": Se refiere al proyecto de negocio en marcha que demuestra su sostenibilidad económica y financiera y concursa para la obtención de un apoyo técnico-financiero. 3.9. "REGLAMENTO”: Se refiere al presente Reglamento del Proyecto de Fortalecimiento de Microemprendedores 3.10. “POSTULANTE”: Se refiere al micro emprendedor o persona jurídica que se presente a concursar para la obtención de apoyo financiero. 3.11. JURADO ESPECIALIZADO. Se refiere al grupo de personas designadas por la ORGANIZACIÓN que realizará la evaluación final y seleccionará los 20 planes de negocios ganadoras del concurso. OBJETO 1.4 El “REGLAMENTO” será de aplicación al Proyecto “Fortalecimiento de Microemprendedores”, en adelante “FDM”, tiene como objetivo otorgar incentivos a las inversiones llevadas adelante por personas físicas o jurídicas que tengan un microemprendimiento formalizado, para crecer, mejorar, ampliar o modernizar su negocio. Elproyecto “FDM” brinda a los “MICROEMPRENDEDORES” apoyo financiero y educación empresarial para la sostenibilidad de su negocio. El premio se otorga a través de un concurso y consiste en un “APORTE” monetario no reembolsable y Educación Empresarial a través de especialistas, de conformidad a lo establecido en el “REGLAMENTO”. El “REGLAMENTO” en el marco del Proyecto "FDM" establece las condiciones y términos de la presentación y ejecución de Planes de negocios sostenibles en el tiempo, para apuntalar su crecimiento y el desarrollo de la economía nacional. ACTORES 1.5 La ejecución del Proyecto “FDM” se encontrará a cargo del “ET”, para las distintas actividades previstas en el proyecto. RESULTADOS ESPERADOS 1.6 Al término de la ejecución del proyecto se espera: 1. Contar con un aumento de las ventas u obtención de nuevos mercados por parte de los Microemprendedores. 2. Reducción de costos o mejoras sustanciales en la gestión de los mismos. 3. Generación de nuevos empleos dentro de los micro emprendimientos ACTIVIDADES FINANCIABLES 1.7 Los planes de negocios que se presenten deberán considerar las siguientes actividades financiables, siendo estas meramente enunciativas y no limitativas. • • • • Adquisición de conocimiento relevante (estudios para la compresión y acercamiento al mercado, tales como: estudio de mercado, estudios conducentes a certificaciones y normas de calidad, estudios de verificación comercial, estudios de propiedad industrial, entre otros). Adquisición de equipamientos tecnológicos y/o Industriales Desarrollo de Prototipos Compra de Materia Prima u otros materiales • • Diseño y gestión digital (páginas web, comercio electrónico, etc) Cursos técnico especializado, no mayor a 6 meses. No se financiaran viajes o actividades que no se vinculen o contribuyan directamente con el desarrollo del producto o servicio considerando en el plan de negocios. 2. CONVOCATORIA 2.1 REQUISITOS PARA LA POSTULACIÓN Los Postulantes presentarán planes de negocios completando en su totalidad el formulario de postulación en línea que se accede a través del sitio web de la UIP (www.uip.org.py/fdm) dentro de las fechas establecidas en el calendario mencionado. Solamente serán validas aquellas postulaciones presentadas a través de la plataforma web. El Plan de Negocio que se presente en esta Postulación debe cumplir con los siguientes requisitos para ser aceptado por la Plataforma de Microemprendimiento: (i) (ii) (iii) (iv) Demostrar tener al menos 1 año de funcionamiento. Facturación hasta Gs. 500 Millones. Microemprendimiento que no atenten o vayan contra disposiciones legales. Declaración Jurada en la cual afirma que, en caso de ser seleccionado, cuenta con toda la documentación requerida en el numeral 2.3 del presente reglamento. La convocatoria y/o el “CTE” se reserva el derecho de dar de baja automáticamente a cualquier postulante que defraude, altere o inutilice el reglamento del proceso de selección, que realice prácticas impropias para demostrar la viabilidad y/o utilice cualquier tipo de práctica que pueda ser considerada contraria al espíritu de cualquiera de las partes. El postulante autoriza por sí mismo, para que cualquiera de las Partes, de manera indefinida, pueda utilizar su nombre o nombre de su microemprendimiento e imagen en el material publicitario relacionado con la presente Postulación y/o con las actividades de alguna de las Partes. 2.2 • • • • • • NO PODRÁN FORMAR PARTE DEL CONCURSO: Funcionarios públicos, tanto del Ministerio de Industria y Comercio, o de otra dependencia del gobierno central, igualmente están excluidos funcionarios de gobernaciones y municipios del país. Consejeros, directores y empleados permanentes y contratados de la IB. Directivos y/o colaboradores de la UIP. Personas físicas con antecedentes policial, judicial, inhabilitados o suspendidos por el Fisco o cualquier situación que pueda inhabilitarlos de forma legal. Personas Jurídicas inhabilitados o suspendidos por el Fisco o con cualquier situación que pueda inhabilitarlos en forma legal. Consejeros, Directores y Funcionarios de la Entidad Itaipu Binacional. • Sociedades cooperativas, fundaciones, asociaciones u otras instituciones sin fines de lucro. De comprobarse la inhabilidad del postulante, éste quedará automáticamente fuera del concurso, sin perjuicio de otros efectos legales que puedan ser aplicados. 2.3 DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR EL SOLICITANTE Para cada plan de negocio, será necesario información del perfil personal del microemprendedor a ser llenado según proforma adjunta o anexo I Antes de la firma del contrato de adjudicación, el “SOLICITANTE” deberá remitir a “EL ET”, en un plazo que no exceda los 10 (diez) días hábiles desde su adjudicación, la documentación que se detalla a continuación: - 2.4 No. Copia de la Cédula de Identidad Paraguaya. Certificado de Inscripción en la SET (RUC). Copias de Declaraciones Juradas del IVA o Detalle de Facturación de los últimos 12 meses presentadas ante la SET. Copia autenticada de Certificado de Cumplimiento tributario VIGENTE. Currículum Vitae firmado o de la constitución de sociedad y de última acta de asamblea que designa a representantes de la sociedad. (Copias autenticadas) Certificados de antecedentes judicial y policial VIGENTE. Para sociedades, Certificado de no tener interdicción o encontrarse en quiebra VIGENTE. Formulario del plan de negocio firmado en carácter de Declaración Jurada. CALENDARIO Descripción Fechas 1. Lanzamiento del concurso 09, Octubre, 2015 2. Periodo de Postulación Desde el 09/10/2015 al 15/11/2015 3. Talleres de Divulgación y orientación y para llenado de formulario de postulación (Asunción y Ciudad del Este) 14/10/2015 - CDE 15/10/2015 - Asunción 05/11/2015 - Asunción 06/11/2015 - CDE 4. Cierre de Postulación Domingo15/11/2015 hasta las 23:59 hs. 5. Evaluación del Comité Técnico Especializado Del 16/11/2015 hasta el 29/11/2015 6. Comunicación a Ideas Preseleccionadas Lunes 30/11/2015 7. Talleres de Refuerzo de Defensa de Planes de Negocio (PITCH) Miércoles 02/12/15 – Asunción Viernes 04 - CDE 8. Evaluación final y selección de ganadores por medio de defensa de los planes de negocios Jueves 10/12/2015 Viernes 11/12/2015 9. Entrega de Premios y reconocimiento Martes15/12/2015 10. Periodo de Educación Empresarial y Seguimiento a aplicación de fondos de apoyo. 18 meses La selección de los planes de negocios será realizada por un Comité Técnico Especializado y las decisiones serán comunicadas a los postulantes, vía páginas web y en la dirección de correo electrónico que proporcionen durante la postulación y será responsabilidad de los mismos, revisar la información, para su posterior presentación ante el Jurado Especializado para su Evaluación final. 2.5 PROCESO DE SELECCIÓN Primera Etapa: Lanzamiento del Concurso y recepción de postulaciones. La Convocatoria recibirá las Postulaciones únicamente a través de la página web www.uip.org.py/fdm, considerando como válidas aquellas que hayan cumplido todos los requisitos señalados en estas bases y hayan completado a cabalidad el formulario. El plazo de duración de la etapa de recepción se detalla en el Calendario. Segunda Etapa: Preselección de Postulaciones. El CTE analizará las postulaciones conforme a criterios de evaluación incluidos en el ANEXO II. El CTE estará conformado por: • • • 1 (uno) técnico (titular) y 1 (suplente) designados por el MIC. 1 (uno) técnico (titular) y 1 (suplente) designados por la ITAIPU 1 (uno) técnicos (titulares) y 1(suplente) designados por la UIP. El Comité preseleccionará 30 (treinta) postulaciones con mayor puntaje, según los criterios de evaluación descriptos. Esta selección se desarrollará entre los dias16/11/2015 y 29/11/2015. Las resoluciones serán comunicadas en fechas 30/11/2015, publicadas en la web del proyecto y además por correo electrónico a los postulantes, quienes son responsables de revisar la información. La Organización se reserva el derecho de verificar la consistencia de la información en el domicilio comercial, para cada postulación preseleccionada. Tercera etapa: Evaluación final y selección de ganadores. En esta etapa cada idea deberá ser defendida ante el Jurado Especializado en fechas 10 y 11 de Diciembre de 2015 en el local del MIC, en la ciudad de Asunción. El Jurado realizara la evaluación final y seleccionara 20 (veinte) Planes de negocios. Cuarta Etapa: Entrega del apoyo financiero y capacitaciones para la educación empresarial. Los planes de negocios que resultaren adjudicados tendrán derecho a recibir la suma de hasta Gs. 52.000.000 (Guaraníes cincuenta y dos millones) cada una, en concepto de apoyo financiero y técnico, cuya aplicación será determinada en la siguiente relación: el 70% de este monto (Gs. 36.400.000) será destinado a la aplicación para adquisición de bienes y servicios conforme a lo descripto en el plan de negocios y el 30% restante (Gs. 15.600.000) será aplicado a cursos y talleres de educación empresarial. Los ADJUDICATARIOS, deberán integrar una contrapartida mínima del 20% del aporte financiero recibido, es decir, Gs.10.400.000 (Guaraníes diez millones, cuatrocientos mil). El aporte de contrapartida deberá ser financiero o económico debidamente documentado. Durante esta etapa, cada ADJUDICATARIO firmará un contrato, donde quedarán establecidas todos los términos, derechos y responsabilidades de cada una de las partes. La firma del contrato se hará previa a la entrega del apoyo financiero y técnico. La organización establecerá los mecanismos de comprobación de la solvencia de cada emprendedor y la disponibilidad de la contrapartida, antes de efectivizar el apoyo financiero. La entrega del Apoyo Financiero al ADJUDICATARIO, se realizará por etapas, conforme al plan de adquisiciones o aplicación presentado durante su postulación. La ORGANIZACIÓN comunicará de forma oportuna, el calendario definitivo de los talleres de educación empresarial y el seguimiento, que posterior al cierre y designación de los adjudicatarios, tendrá una duración de al menos 18 meses. Los adjudicatarios participarán de talleres de educación empresarial, conforme al siguiente cronograma. Se aclara para todo efecto, que el apoyo financiero consistente en la suma designada a cada ADJUDICATARIO, será administrada íntegramente por la coordinación ejecutiva del proyecto, en este caso, en la institución UIP, quienes a solicitud de los ADJUDICATARIOS, ejecutarán las sumas correspondientes a las solicitudes de aplicación de sus respectivos apoyos financieros (Compra de bienes, servicios y pago de Educación Empresarial). En ningún caso el o los ADJUDICATARIOS recibirán monto alguno en efectivo para realizar aplicaciones por ellos mismos. Este mecanismo asegurará la correcta aplicación de los fondos conforme al plan presentado por los postulantes durante la etapa de evaluación y selección de planes de negocios. Preliminar DESCRIPCION Mes 1 Mes 2 Mes 3 Mes 4 Mes 5 Mes 6 Diagnostico Empresarial (línea de base) Taller y Consultoría en Planeamiento Estratégico Taller y Consultoría en Marketing y Ventas Taller y Consultoría en Gestión de Calidad Taller y Consultoría en Gestión de Costos. Taller y Consultoría en Gestión Contable y Administrativa. Cierre de Actividades y entrega de informe final. Estos talleres de educación empresarial forman parte del proceso del comprobación de la aplicación de los fondos al negocio. Aquellos microemprendedores ganadores que desistan, por cualquier motivo, de iniciar el proceso de implementación y seguimiento, serán reemplazados con los microemprendedores cuyos planes de negocios quedaron suplentes, según el orden de juzgamiento. 3. EJECUCIÓN DE PROYECTOS 3.1 IMPLEMENTACIÓN Y SEGUIMIENTO La organización establecerá un periodo de implementación y seguimiento de los planes de negocios ganadores, bajo la siguiente modalidad: La implementación y seguimiento será responsabilidad de la UIP, quienes designarán recursos humanos técnicos y de infraestructura para cumplir con dicha tarea. Este seguimiento también podrá ser acompañado por técnicos del Ministerio de Industria y Comercio. 3.2 INFORMES DE SEGUIMIENTO Y MONITOREO A partir del lanzamiento del concurso de Planes de negocios hasta la culminación de la etapa de implementación y seguimiento, todas las acciones serán registradas y documentadas, para formalizar las mismas y socializar para conocimiento de los participantes. Durante la ejecución del proyecto se podrá requerir informes de avance a los “ADJUDICATARIOS”, quienes deberán prestar su total colaboración y contestar el requerimiento en un plazo no mayor a 10 (diez) días desde la recepción de la solicitud mencionada, a través de correo electrónico. 4. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS 4.1 ACEPTACIÓN DE LOS REGLAMENTOS La ORGANIZACIÓN podrá actualizar o modificar unilateralmente estos Reglamentos en cualquier momento, haciéndolo público, a través de la publicación de la nueva versión en el sitio web www.uip.org.py/fdm . La ORGANIZACIÓN se reserva el derecho a cancelar, modificar, o proceder a la suspensión del proceso de postulación o a dejar vacantes el número de seleccionados en cualquiera de las etapas de selección que considere oportuno. En cada caso, las decisiones tomadas serán argumentadas y expuestas de forma concreta y objetiva. Estas decisiones serán definitivas e inapelables. La eventual declaración de nulidad de alguna de las cláusulas de éste Reglamento no importará la nulidad de las demás cláusulas. 4.2 ACLARACIONES El envío del formulario del plan de negocios, por parte del microemprendedor implicará el pleno conocimiento y la aceptación del presente “REGLAMENTO”. La presentación y recepción de las propuestas de Planes de Negocios no asegurará la adjudicación del “APOYO TECNICO - FINANCIERO”. Los datos proporcionados por el postulante deben ser correctos, veraces y completos, asumiendo toda responsabilidad sobre la falta de veracidad o exactitud de los mismos. En caso de que los datos proporcionados por un Postulante resultaran falsos, inexactos o engañosos, la Organización quedará facultada, sin perjuicio de otras medidas legales a su disposición, a retirar, denegar o suspender los derechos otorgados al Postulante por estas Bases. Los POSTULANTES podrán realizar consultas y/o solicitudes al “EQUIPO TECNICO” por escrito en el domicilio de la UIP. Las cuestiones no previstas en el presente reglamento serán resueltas por el “EQUIPO TECNICO” y pasarán a formar parte de este documento. Sus decisiones serán inapelables. 4.3 DIFUSION La ORGANIZACIÓN difundirá la lista de ganadores del Concurso, a través de la web indicada para el efecto y en los medios de comunicación, además será enviado un correo electrónico a cada ganador. Además, podrá difundir, libremente y sin limitaciones de ningún tipo, haciendo mención de la autoría cuando corresponda, toda aquella información no confidencial acerca del plan de Negocio. 4.4 RESPONSABILIDAD En caso de incumplimiento a los compromisos asumidos en este Reglamento, el Postulante responderá de los daños y perjuicios que sus actos u omisiones pudieren provocar a la Organización. La responsabilidad de la Organización respecto del presente concurso está limitada exclusivamente a la entrega de los beneficios establecidos en este reglamento, a quienes resultaren adjudicatarios, quedando expresamente excluida cualquier otra responsabilidad Los Postulantes eximen de toda responsabilidad y expresamente renuncian a cualquier derecho o acción que eventualmente pudieran corresponderle a sus representantes legales y a sus herederos o causahabientes con motivo de su participación en este Concurso. 4.5 CONFIDENCIALIDAD Las partes acuerdan que toda información técnica y/o comercial que intercambien con motivo del presente convenio, será considerada y tratada como información reservada. Todos los datos que se soliciten en la Postulación son de carácter obligatorio para la realización de ésta, considerándose los mismos imprescindibles para el desarrollo del proceso de postulación. 4.6 PROPIEDAD INTELECTUAL La ORGANIZACION y el ET no se hace responsable de la divulgación de planes de negocios y el uso de los mismos por parte de terceros. Se recomienda a los postulantes a mencionar dentro del formulario de postulación, si su emprendimiento tiene algún grado de protección de la Propiedad Intelectual. 4.7 DURACIÓN Y TERRITORIO El Concurso tendrá vigencia desde el día 09 de Octubre de 2.015, hasta el 15 de Noviembre de 2.015, ambas fechas inclusive. Lo anterior es sin perjuicio de que la ORGANIZACIÓN decidan extender el plazo de vigencia de la Promoción, si las circunstancias así lo ameritan, para lo cual informará oportuna y adecuadamente a los participantes. La ORGANIZACIÓN por razones de fuerza mayor, se reserva el derecho de modificar los montos a ser adjudicados, los plazos/etapas del concurso y/o de terminar anticipadamente el mismo, informando al efecto a los Postulantes, lo cual no generará responsabilidades ni compensaciones de ningún tipo a favor de terceros por parte de la Organización. 4.8 USO DE IMAGEN Los Postulantes declaran conocer y aceptar que la ORGANIZACIÓN, puede filmar, fotografiar o grabar de otro modo su asistencia al Evento y a cualquier actividad relacionada con fines publicitarios, promocionales y/o internos de la ORGANIZACIÓN o sus miembros indistintamente. En la medida máxima permitida por Ley, por el presente el Postulante otorga irrevocablemente a la ORGANIZACIÓN el derecho de explotación por todo el tiempo permitido legalmente, en todo el mundo y sin ningún tipo de retribución, de cualquier fotografía, vídeo, imagen u otro medio de grabación o imagen del Postulante con fines publicitarios, promocionales o cualquier otro fin comercial o no comercial en relación con el Concurso y Proyecto, en las campañas de la ORGANIZACIÓN y/o sus miembros indistintamente y/o para otras actividades de promoción de estos últimos. Asimismo, autorizo a la ORGANIZACIÓN y/o a sus miembros indistintamente a mostrar datos personales y/o societarios, clasificaciones y resultados en el Concurso, en cualquier medio y de cualquier forma hasta la fecha conocida o desarrollada en el futuro. El Postulante reconoce que el material que se obtenga es de propiedad de la ORGANIZACIÓN y/o sus miembros indistintamente y que la presente cesión no caducará en el tiempo, por lo que todas aquellas fotografías; imágenes o sonidos de cualquier tipo obtenidas en ocasión del Concurso, podrán ser utilizadas en cualquier momento, pudiendo inclusive la ORGANIZACIÓN y/o sus miembros indistintamente cederlo a terceros, aun después de finalizado el Concurso. 4.9 LICENCIA PARA UTILIZAR COMENTARIOS, SUGERENCIAS E IDEAS Por el presente el Postulante otorga a la ORGANIZACIÓN y/o a sus miembros indistintamente una licencia de uso, para todo el mundo, por todo el tiempo permitido legalmente de todos los comentarios, sugerencias e ideas que pueda compartir con ellos, sin necesidad de previo aviso, sin retribución ni reconocimiento hacia el Postulante, para cualquier propósito, incluyendo, entre otros, el desarrollo, la fabricación y la comercialización de libros, talleres, estudios, etc. 4.10 DISPOSICIÓN FINAL Este Reglamento entra en vigencia, desde el 09 de Octubre del año 2015 y se mantendrá vigente hasta la conclusión del concurso, el proyecto y la entrega de los informes finales.
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