itaip analub Te w Pabica y Acceso o la aMOnnadOn 0,01,0 "25 de Noviembre, Conmemoración del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia Contra lá Mujer" NÚMERO DE EXPEDIENTE : RR/221/2015 Y SUS ACUMULADOS RR12 2612 0 1 5, RR/222/2015, RR/227/2015, RR122312015, RR/22912015, RR/230/2015, RR/233/2015 Y RR12 3412 0 1 5. SUJETO OBLIGADO : SECRETARÍA DE PLANEACIÓN Y FINANZAS. RECURRENTE : FORTUNA JIMÉNEZ NORIEGA. CONSEJERO PONENTE : JOSÉ ANTONIO BOJORQUEZ PEREZNIETO. Villahermosa, Tabasco; 14 de julio de 2015. V 1 S T 0 , el expediente relativo al recurso de revisión , se procede a resolver conforme a los siguientes: ANTECEDENTES 1. El 21 de diciembre de 2014 , Fortuna Jiménez Noriega presentó 9 solicitudes electrónicas a la Secretaría de Planeación y Finanzas , quedando registradas en el sistema bajo los números de folio 00016514 , 00019614, 00016714, 00017214, 00016814, 00016414, 00016614, 00017114 y 00017014 , requiriendo respectivamente, lo siguiente: • "Copia en versión electrónica del monto transferido al Fideicomiso para el pago de pensiones v jubilaciones destinado a los asegurados del ISSET en el año 2001 " (sic). • "Copia en versión electrónica de los montos transferidos al Fideicomiso para el Apoyo Empresarial de Tabasco (FIDETAB) desde al año 2000 al año 2014 deslozádo por año." (sic). • "Copia en versión electrónica del monto transferido al Fideicomiso para el pago de pensiones y jubilaciones destinado a los asegurados del ISSET en el año 2003 " (sic). • ."Copia en versión electrónica del monto transferido al Fideicomiso para el pago de pensiones y jubilaciones destinado a los asegurados del ISSET en el año 2008 " (sic). • "Copia en versión electrónica del monto transferido al Fideicomiso para el pago de pensiones y jubilaciones destinado a los asegurados del ISSET en el año 2004 " (sic). • goparade el pa "Copia en versión electrónica del monto transferido al Fideicomiso Pensiones yjubilaciones destinado a los asegurados del ISSET en el año 2000 " (sic). 14/JULIO/2015 11, Página 1 de 46 RR/221 /2015 Y SUS ACUMULADOS RR122212015, R111223/2015 , RR122612015 , RR/227/2015, R111229/2015 , RR123012015 , RR1233/2015 Y RR1234/2015 José Martí 102, fraccionamiento Lidia Esther, Villahermosa, Tabasco. Teléfonos 13 13 999 y 1314 002. www.itaip.org.mx , • "Copia en versión electrónica del monto transferido al Fideicomiso para el papo de pensiones y jubilaciones destinado a los asegurados del ISSET en el año 2002 " (sic). • "Copia en versión electrónica del monto transferido al Fideicomiso para el papo de pensiones v jubilaciones destinado a los asegurados del ISSET en el año 2007" (sic). • "Copia en versión electrónica del monto transferido al Fideicomiso para el pago de pensiones y jubilaciones destinado a los asegurados del ISSET en el año 2006" (sic). 2. Como respuesta, el 3 de febrero de 2015, la Unidad de Acceso a la Información del Sujeto Obligado, dictó para todos los casos " Acuerdo de Disponibilidad igual a Cero " en el cual indica al solicitante que la Dirección de Tesorería no encontró información en el sistema financiero de esa dependencia. Para mayor precisión se plasma el contenido del primero de los proveídos en comento, puesto que todos ellos fueron elaborados en términos similares:' Tabasco amN.ronOae SPF,o as ariadePWUrtlnYRUw, ACUERDO No. UTAIIDISPJ 006312015 Vlllahermosa , Tabasco: 03 de Febrero de 2015 VISTO; Para resolver la solicitud de acceso a la Intormaclón , presentada non fecha 02 de Enero de 2016, por quien se hace llamar -FORTUNA JIMÉNEZ NORIEGA" a través del portal electrónico denominado INFOMEX y a la cual le correspondió el folb 0013514 cuya peeclón fue: Copla en versión electrónica din monto tranafeddo al FldNwmlao paro el pego M pen.Ionea y tubllaclones destinado a Ice asegurados del I5SET m el año 2001 , "• (SIC) Mema que en su momento fue turrada a la ama correspondiente de esta Dependencia sor ser del ámbito de su competencia y respectiva respwsablldad. PRIMERO. Con fecha 03 de Febrero de 2015 , el Subsecretario ds Egresos LIC. Sergio Cerda Pedrero, procede a dar respuesta a la solicitud de Información en términos de su Memorándum Núm. 0028 mismo que se Mroxe y el cual me remito en todas y cada una de sus partes. solldmndo que se tenga aquí por reproducido como si a la letra se Insertare para los efectos legaba a que haya lugar. SEGUNDO . Resultan aplicables para una debIda fundamentacpn y motivación del acuerdo, el artiwb 5'.. fraocbnes II, III, V y XIV, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Infomladón Pública del Estado de Tabasco, cuyo contenido textual a la letra dice' Anlcub 5 Pare los ebGw de Me Ley, oro oMembrd por ti. DERECHO DE ACCESO A U INFORMACIÓN PÓSLICA : Le MM ogetw pus ttmre roda emane paro amador e te Mlonnecrón oreada. edmetlrhada 0 en podar de las ara/edes gueemenoheabs o de Mler4 pdbtlw, en bi IMMKe de le Presente Ley. PL DOCUMENTOS Los o~w, ropones, estallos, ,dar, ~unas, olido. aanrpmiar,oa, acuerdos, tMwNas, dvadrkea . NMdaee, aenrr lo9, cornw&OS tiatrdivw rKKes, memerandc wredMWBS o elan. wtlqulmoro registro p. dacuneda el ejerckb de lea Iewtladu o le adrvlded de be Sy'MOS Mi arios Y.. tenidb,ee plbMwe sin arponar su tente o lacha de MaborKldn Lw doarssenros pakMs estaren wequiermedb, sea espiro, br res, sonoro. NauM, eicirónko, Mbrmako u habgróñw V. INFORaM .^.A .^C ..ÓN PoIILICA : Todo regfstro, parare o dato, oonlonMO en dOCUmeMOs asorñoa, ,.n... altas, ~Gansa. soporta maanHko o dlg~M, quiosco eako, b~ o en cualquier o60 eromenro té~ que haya sido asado u oblato par bs SIrJMw Obegadoa prewdoa en la presente Ley, en el 0Jmddo de sus Imrbnes y ese se enarenare en su posasen y 0do w ~M, y erro no haya sato pr~Nemenm dasecesus mrp Mlamxlón resonad, la Imagen 1 1 Disponible para consulta general de cualquier persona , ingresando a la página del sistema Infomex-Tabasco www.infomextabasco. org.mx, específicamente en la siguiente ruta de acceso : seleccionar el año de la solicitud, ingresar a la sección titulada "Conoce las respuestas que han obtenido las personas a través del Infomex, da clic aquí" que aparece en la parte inferior central de la página ; escribir el folio de la solicitud dentro del campo o espacio denominado "FOLIO" (o puede optar el método de búsqueda de su elección) y finalmente dar clic en el botón "BUSCAR". RR1221 12 0 1 5 Y SUS ACUMULADOS Página 2 de 46 14/JULIO/2015 RR/222/2015, RR/223/2015, R111226120115, RR/22712015, RR/22912015, RR/23012015 , RR/233/2015 Y RR123412015 José Martí 102, fraccionamiento Lidia Esther, Villahermosa, Tabasco. Teléfonos 13 13 999 y 1314 002. www.itaip.org.mx I itaip Incauto Tebesqueño de Trensperoncó y Acceso e le IMmrnedón Politice "l^ ^r-^ Imagen 2 ASUNTO: Réspueete a Solicitudes `v,^1rl^ DE LIC. SAMUEL CANTEN BALCAZAR TITULAR DE LA UNIDAD DE TR ANSPARENCIA rW p(9o T nP 0 O FEB. Y ACCESO A LA INFORMACIÓN EDIFICIO. r` `O a I, G r\ nrEnero del d)S En atención el Memorándum SPF)PF/DUTA0007/2015 , con fe presente, emitido por la Unidad a su cargo , relativo a la solicl ud de Información con número de folio 00016014 , 00018414, 00016514 , 00016614, 00016714, 00016814, 00016914, 00017014, 00017114, 00017214 , 00017314 , 00017414, 00019814, 00020114 , 00020614, 00021114, 00021214 Interpuesto por el peticionario Identificado como " Fortuna Jiménez Noriega ', a través de Infomez Tabasco, enviada a esta Unidad AdmInistrativa e ml cargo para su atención; me permito hacerte los siguientes señalamientos: La solicitud relacionada con el presente oficio e la letra se cita: "Copla en versión electrónica del monto transferido al Fideicomiso Fondo de Vivienda para el Magisterio del Estado de Tabasco (FOVIMTAB) desde su año de creación el año 2014Y' --Copla en versión electrónica del monto transferida al Fideicomiso para el pago de pensiones y jubilaciones destinado a los asegurados del ISSET en el año 2000" "Copla en versión electrónica del monto transferido al Fideicomiso para el pago de pensiones y Jubilaciones destinado a los asegurados del ISSET en el año 2001" "Copia en versión electrónica del monto transferido al Fidoloomiso para el pago de pensiones y jubilaciones destinado a los asegurados del ISSET en el año 2002" "Copla en versión electrónica del monto transferido al Fideicomiso para el pago de pensiones y jubilaciones destinado a les asegurados del ISSET en el año 2003" "Copia en versión electrónica del monto transferida el Fideicomiso para el pago de pensiones y Jubilaciones destinado e los asegurados del ISSET en el año 2004" Imagen 14/JULIO/2015 Página 3 de 46 RR12 21120 1 5 Y SUS ACUMULADOS RR/22212015 , RR/22312015 , RR122612015 , RR/227/2015, RRI22912015 , RR/23012015, RR123312015 Y RR/23412015 José Martí 102, fraccionamiento Lidia Esther, Villahermosa, Tabasco. Teléfonos 13 13 999 y 1314 002. www.itaip.org.mx (^ V^ "Copla en versión electrónica del monto transferido el Fideicomiso para el pago de pensiones y jubilaciones destinado a los asegurados del ISSET en el año 2006" "Copia en versión electrónica del monto transferido al Fideicomiso para el pago de pensiones y Jubilaciones destinado a los asegurados del ISSET en el año 2006" "Copia en versión electrónica del monto transferido al Fideicomiso para el pago de pensiones y Jubilaciones destinado a los asegurados del ISSET en el año 2007--'Copia en versión electrónica del monto transferido el Fideicomiso para el pago de pensiones y jubilaciones destinado a los asegurados del ISSET en el año 2006" "Copla en versión electrónica del monto transferido el Fideicomiso para el pago de pensiones y jubilaciones destinado a los asegurados del ISSET en 6151102009. "Copia en versión electrónica del monto transferido al Fideicomiso para el pago de pensiones y Jubilaciones destinado a los asegurados del ISSET en el año 2010" Copla en versión electrónica del monto transferido al Fideicomiso para el Apoyo Empresarial de Tabasco ( FIDETAB) desde el año 2000 al año 2014 deslosados por año. "Copia en versión electrónica del monto transferido al Fideicomiso para el Desarrollo Industrial de Tabasco (FINTAB) desde el año 2007 el año 2014 deslozado por año." "Copia en versión electrónica del monto transferido al Fideicomiso Fondo Empresarlal de Tabasco (FET) desde el año 2002 al año 2014 deslozados por año." "Copla en versión electrónica del monto transferido al Fideicomiso del Bank of New York Mellon, desde el año 2006 al año 2014 , deslozado por año." "Copla en versión electrónica de las acciones realizadas con los recursos del Fideicomiso del Bank of New York Mellon, desde el 2006 al 2014 destinado por año." Imagen 5 RR/221 12015 Y SUS ACUMULADOS Página 4 de 46 14/JULIO/2015 RR122212015, RR/22312015, RR12 2 612 01 5 , RR122712015 , RR/22912015 , RR/23012015, RR123312015 Y RR/23412015 José Martí 102, fraccionamiento Lidia Esther, Villahermosa, Tabasco. Teléfonos 13 13 999 y 1314 002. www.itaip.org.mx itaip MS~O TebeagUOl Odo transparencia y Acco,o a la Inror (ladón Rlblke m 9«. . .o d7. w manto NmbXtle N IW4.01140 Fondo do VMI.nd. p.. N 010041010 0.1 GY<oµ :I91No 0. YONMT/JI 104. 1ñYn Y.n.Mgo .1 Ibbdn0n pan 0 p1O° W p11ton.. y, 7.11110110.. 275wdi Mwm.<Mn N m.Podo, co el °.bm0 Mwvbro a< S.J. 04.°7.1..4. ^ ^¡ ^ .I.p1V vy .yyi. .Ü1.pto.. xgyy. Mmm.dM .I .050000, m M Wi.rn° 0.44014o M 4W 0444.444. IWI oIom.u 0441400 ..°007.04« al Men .n . . 014 b0 m.4rM° 4.1101,100. IM.MnmNO p°7. N 000° d. 1 007..11144 y utlbbw. 0..04110044 .uOU.WU bl 5501 .I MO 0441.^ Ñ. 7.r 'T. m ^ln .7.01.4104 tl plbp0m0O ry °^Od«M10áo •b7. M. IYN bl11Me ^^patado. MI WlT O7. N .rb nn.4rgo .1 I ° p7. ° °I 0000 04 pn.bM. Y 00.401.07. lo. IuWY.I°m° 05,.005 dol Iu(T wr .1 .no -i n 114400 1 mH.do N IMNoeml.d n N r°pco M prwbrw Y N ° I Nbo,m.0 n M 7.00.4. °n .1 µ01m. 7.01.017.4 M O.Y 0.0701.,4 no .mm^r 005 0 s° . Inbm.ddn °I 104°°4. °n N .41.47.. M01J.n d0 7.M. 0.05.4.4 °YUN 7..00.4°. O7. M N.Ym. Mandi,0 M Y1. 800.40°. amo. ,° w 4Y 01111144, N 11000401, .n N 01147.4 M. nd. SNtelNI° ña«. m0M< V° 111x014 °I pld&wrnI* pv^ N pepo do pnnien.. y 01. 0047.4 1°WYpbrw .044144001 dN M6e] °n N OOL' Fn Ñmnr.ddm Y 00.00. un 7. u1 °'4Mm. i O.maWll. i M V.roSdd. N Fld.lo ba ° rMO qpe M 5.11111104 1, pv^ b. uaY.lon.. d á un.dn 0044057.4« dN 0007 0n 00 do 5571.tlM ° N n«0ga 07. 7. °1 00411. M.ryNn d0 NIO YN.1nrn. 4. I monte V. S.4d. N . Id.4nmSO 01 9100 d0 5.11017.0 . b Y ¡úl.dnn°° 407..40 : 0«00057.0« 001 0017 0n . I 0100 W a. ^Fi^u.ITve, b inüvNO^i °w G ^O(Ká FWnodón N 119100, n 0 al 040101. 47..41001 d< MIO NtlNYIO. onto 40110.1400 N PId.Mon.4o wdo 115.m :1104 m p*fl .1 IrO5. 00 .0wuntlp 401 I00(T 07..0 no 0000.• YIb l0. .4,5.000 ondo1 0.410110 M.ndarv d0 4al. BnbOWM Vin0Í0n4o °A :1 PIO40mb 44: 7. 01 9100 d0 901111144 Y 10507.0 ñ bn« 0«07.000 0 u d« aI Mem 00 N nao YrbTOO,n N ,.0940. v1 N N Ñ w,. 0,440 .40 0 0 ella 000.4000 441]0. mmUo Vnn.Ñ,ld0 al pldelwmb e by WI.. i oo w°0 00 :7.. tlÁ° 7.d« aI MOO1 07. N 01,0 o b MY l .n<om4 005.0. 01 I10pmw1n N 1.40410, On N N01é 0 0. 4.4.400 a 0: 84411.. < mlmml456 . wr4i b-..^i:6n'60^i1"87. M° a7. d N.m. 1mo a N MLm10ddn M ridnc m.o 04 mona "oomo 07.00.000 01 PMN.omYe 0.0.40., o. 0 ° bi loN4ol Im1 ^° bNNOJ b0 0 p«•^MO.W 11 0110 44041010 01 0pN<dmb 0001 0444 4 4. . M 4N Piv10dd1 N II°OVpnYO N m 444407.444 4N Iwrt m N olio 1111 .7.e meo. dos IUOT A° 0A°°bi ..44.7.0« d.4 Iwrt « N ..w 7.1001010 °I IM.kom40 m °MO .n°°b: p0 pero 00 o... npuépl 05100, - 800T n N 0do WY0 .40001.W 011 C0« e0<M01., ce .MG 1N1,010.d]e]1 010.4 /044050101 N ,1.4111140 N momio 114. li.o.l.ndo °I MdaoomF0 pr0 1O Ol palo d. 007.047... y 000.4 .44, n °4G 0.00(4407. N ÍM0YOm4O N 4100, 00 0400.1]0AN.70 s°0007.444 .I°b06T 07. .1 olio 2044` RR1222/2015 , RR122312015, RR122612015 , RR/22712015, RR/22912015 , RR123012015 , RR1233/2015 Y RR123412015 José Martí 102, fraccionamiento Lidia Esther , Villahermosa, Tabasco. Teléfonos 13 13 999 y 1314 002. www.itaip .org.mx lw ea:^ Ta - = o ... 1.1100. IIdNCOml .o ílopom, .n Y 01.10010 Iln.nwro da 4w HNM1 i.w aw 1 Ae) da ti 1 l e {0000 .1^.. 80144d.O.lel.Cé pw 00d I0 _do .Ix 010 m r .n 1q.1 om w p 1w tablao. OI l lHT.abd.wo al 800? .1 we 8010 00.1.4.0. dw 10w ^ .01100 gbo Om pn.WN 1 w w Hb. we 108n dww .l .w T008.1.00 2014 1d 01100 Y. mM1INb IIw 01N1dom10o w18.011 o0Hw Ypk on 0..0 . .1 ale 2002.1 Mo 8014 , w.bude ..bd.. T SPF^ .F.ék. .1 a. .M d l • p w: vñ"... doI 00°x 20 H.x uño 2014. 0440..01 .lo 1002 .1 .M 8014 . Mb1.0. 0Y • • Hwm .tlOn .I r 804.1x1 trlwm .4F, 0.Y.H11. Ow0. an Y wbm. M1unwron1do N i Vi, 00Hw1b , .n Y .41.00 M.mbro C. w^i ^. w d -. moro Mbmu<an Y M X10' w •1 0110 IIn.rcYO Oa e.1. a.cr.HH .. .d ' 0rr -° 1 04 r. w.db' . r 1.1401. ml.,.r. w én: mxNm Se subraya que el Comité do Transparencia examine el alcance do éste Información que es entregará al peticionario. Sin otro particular , reciba un cordial saludo. AT El DI A M E'N^TE OR DE'ESORERJA Lic. Raymundd bpe c Illa Imagen 8 febrero de 2015 , también vía electrónica, el solicitante presentó 9 recursos de revisión `en contra de las respuestas que le fueron proporcionadas . Sus escritos de inconformidad quedaron registrados en el sistema Infomex con los números RR00010715, RR00010815 , RR00010915, , RR00011215 , RR000113515, RR00011515 , RR00011615, RR00011915 y RR00012015 , planteando en todos los casos lo siguiente: "Recurso de revisión, ya que el sujeto obligado me niega la información solicitada , a pesar de que la información solicitada es manejada en los informes trimestrales del estado de las finanzas publicas que el sujeto obligado entrega al Congreso local, al solicitar información sobre dichos fideicomisos el sujeto obligado me señala inexistencia de información." (Sic) 4. El 9 de febrero de 2015 , este órgano Garante admitió a trámite los recursos de revisión y los registró con el número de expediente que les correspondió . En los autos de admisión se hizo constar que el solicitante no ofreció pruebas. También con fundamento en lo dispuesto por los artículos 60 y 61 del Reglamento de la Ley de la materia, se requirió a la Unidad de Acceso a la Información del Sujeto Obligado , para que en el plazo de 3 días hábiles rindiera sus informes de Ley. RR/221 /2015 Y SUS ACUMULADOS Página 6 de 46 14/JULIO/2015 RR/22212015, RR12 2 312 01 5, RR/22612015 , RR/22712015 , RR122912015 , RR123012015, RR123312015 Y RR/234/2015 José Martí 102, fraccionamiento Lidia Esther , Villahermosa, Tabasco. Teléfonos 13 13 999 y 1314 002. www.itaip .org.mx itaip MstlpRO Tabasquoño do Truro ppeer=ncIa y Acceso e le NfonnWdn P baca Asimismo, como diligencia para mejor proveer, se instruyó a la Secretaría Ejecutiva de este órgano Colegiado, descargar de los registros del sistema Infomex-Tabasco las constancias que reflejan el trámite electrónico a las solicitudes de información de las cuales derivaron estos recursos de revisión. 5. En los mismos proveídos , se informó a las partes que las documentales exhibidas y la resolución quedarían a disposición del público para su consulta , de conformidad con el procedimiento establecido por la Ley que nos compete; que en lo concerniente al derecho del inconforme de oponerse a la publicación de sus datos personales, deberá hacerlo en forma expresa y, si las documentales resultaran reservadas o confidenciales, el Sujeto Obligado deberá fundamentar y motivar su dicho; sin que a la postre ocurriera alguna circunstancia de las descritas; así mismo , se ordenó la notificación de las partes vía sistema Infomex -Tabasco. n la misma fecha , el Secretario Ejecutivo y el Director de Informática de este Instituto, expidieron constancia en la que se describe el resultado de la revisión efectuada a los registros del sistema Infomex-Tabasco , adjuntando las constancias que reflejan el trámite electrónico de las solicitudes de mérito : reporte de consulta pública, historial, acuse de recibo generado por el sistema Infomex y respuesta recaída. 7. El 10 de marzo de 2015 , vía Infomex, se practicó notificación electrónica para comunicar a las partes el auto de admisión de los recursos. 8. El 25 de marzo de 2015 , se recibió en Oficialía de Partes de este Instituto los escritos signados por el Titular de la Unidad de Acceso a la Información del Sujeto Obligado, a través de los cuales rindió los informes de hechos relativos a los recursos de revisión que nos atañen , acompañado del original y copia del expediente formado con motivo de las solicitudes que les dieron origen, mismos que ofreció como pruebas, en cada uno de los casos. 9. Igualmente , en propia fecha el Secretario Ejecutivo de este órgano Garante, levantó constancia del cotejo que hizo a las documentales aportadas por el referido servidor público (quedando en autos las copias simples cotejadas). 10. Por acuerdo del 15 de abril de 2015 , se ordenó agregar a los autos los informes de hechos en comento , además de que se tuvieron por admitidas y desahogadas las pruebas documentales aportadas en cada asunto , con fundamento en el artículo 58 del Reglamento de la Ley de la materia. 14/JULIO/2015 Página 7 de 46 RR12 2 1 12 0 1 5 Y SUS ACUMULADOS RR122212015 , R1111223/2011 5, RR122612015, RRI22712015 , RR12 2 912 01 5 , RR123012015, RR/233/2015 Y RR/234/2015 José Martí 102, fraccionamiento Lidia Esther, Villahermosa, Tabasco. Teléfonos 1313"999 y 1314 002. www.itaip.org.mx En ese mismo proveído, se acordó la acumulación de los expedientes a los autos de la primera inconformidad interpuesta por el particular; actuación procedente atento a lo previsto en el artículo 70 bis, fracción 1, del Reglamento que nos aplica, por tratarse todos los recursos de los mismos actos u omisiones que se le imputan al Sujeto Obligado. Al no existir trámite pendiente por desahogar, se ordenó proceder al sorteo previsto en el artículo 12 del Reglamento Interior del Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública. 11. Este acuerdo se notificó a las partes a través de los estrados físicos de la Unidad de Acceso a la Información de este Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en la propia fecha de su emisión. 12. En sesión ordinaria del Pleno de este Instituto del 28 de abril de 2015 , se efectuó el sorteo del presente expediente, correspondiendo a la ponencia del Consejero José Antonio Bojórquez Pereznieto la elaboración del proyecto de resolución respectivo; y CONSIDERANDO 1. El Pleno del Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública, es competente para conocer y resolver el recurso de revisión, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6, párrafo cuarto, apartado A, fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 4 Bis, fracción VI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco; 23, fracción III, 59, 60, 62, 63, 67 y 68 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco; 51, 52, 53, 54, 63 y demás aplicables del Reglamento de la ley citada ; y 22, fracción VI del Reglamento Interior de este Instituto. II: ,Conéiderando lo ^fequ@ndo la;éspuesta ;propóróiónada ' por. el Sujeto Obligado y el ;motivo de inconformidad ekpresado ,apte éste Instituto , se denota que.el óbjét'o de la presente revisión consiste en.deterrr>,ir^ar,s^ la lnfórmacídn sol citada se buscó correctamente ;y, de no ser ese el caso , reso^ver , córí órete proeedarjúrídicairié^te Dicha análisis %. que se:;realiza en' los siguiéntes términos La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos , en su artículo 6°, parte in fine del primer párrafo y cuarto párrafo, fracciones 1 y III del apartado " A"; así como la fracción IV del similar 4 bis, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco, instituyen el derecho a la información como una prerrogativa inherente al ser humano , que el Estado tiene la obligación primigenia de reconocer v garantizar. Es así que toda persona sin distinción 14/JULIO/2015 Página 8 de 46 RR1221 12015 Y SUS ACUMULADOS RR122212015 , RR122312015 , RR122612015 , RR122 712 0 1 5 , RR12 2 912 01 5 , RR123012015, RR12 3 312 0 1 5 Y RR123412015 José Martí 102, fraccionamiento Lidia Esther, Villahermosa, Tabasco. Teléfonos 13 13 999 y 1314 002. www.itaip.org.mx f itaip 1s11ul0 Tabasqu•ao de Transparencia 11... la Inbnaedón R1Ü&a alguna, y sin necesidad de acreditar interés o justificar su utilización, en uso de ese derecho puede acceder gratuitamente a la información pública, que esté en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo federal, estatal y municipal. En correspondencia, la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco, la cual según su numeral 1°, tiene precisamente como finalidad garantizar dicha prerrogativa, establece en el primer párrafo de su arábigo 2°, que la información creada, administrada o en posesión de los Sujetos Obligados (aquellos que reciben y ejercen gasto del erario, como lo es el aquí recurrido) .2 se considera un bien accesible a todo individuo en los términos que ahí se prevean. Haciendo uso pleno de su derecho de acceso a la información pública, quien dijo llamarse Fortuna Jiménez Noriega , solicitó a la Secretaría de Planeación y Finanzas , básicamente 2 stiones: pía en versión electrónica del monto transferido al Fideicomiso para el pago de pensiones y jubilaciones destinado a los asegurados del ISSET en los años 2000, 2001, 2002, 2003, 2004, 2006, 2007 y 2008, así como • La copia en versión electrónica de los montos transferidos al Fideicomiso para el Apoyo Empresarial de Tabasco desde al año 2000 al año 2014, esto último desglosado por año. Como respuesta, el Sujeto Obligado para todos los casos emitió y notificó a la particular a través del sistema Infomex-Tabasco, un "Acuerdo de Disponibilidad igual a Cero" en el cual le indica que la Dirección de Tesorería no encontró información en el sistema financiero (t^ de esa dependencia , invocando para robustecer su determinación, el Criterio 18/13 emitido por el Pleno del que actualmente es el Instituto Nacional de Transparencia , Acceso a la Información y Protección de Datos Personales , mismo que se reproduce a continuación: «RESPUESTA IGUAL A CERO. NO ES NECESARIO DECLARAR FORMALMENTE LA INEXISTENCIA. En los casos en que se requiere un dato estadístico o numérico. y el resultado de la búsqueda de la información sea cero. éste deberá entenderse como un dato que constituye un elemento numérico que atiende la solicitud. y no como la inexistencia de la información solicitada. Por lo anterior, en términos del artículo 42 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, el número cero es una respuesta válida cuando se solicita información cuantitativa, en virtud de que se trata de un valor en sí mismo. 'a 2 En términos de lo prescrito en el similar 5, fracción XIII, de la Ley que nos rige 3 Resoluciones • RDA 2238/13. Interpuesto en contra de la Procuraduría General de la República. Comisionada Ponente María Elena Pérez - Jaén Zermeño. • RDA 0 455/13. Interpuesto en contra del Instituto Nacional de Migración. Comisionado Ponente Ángel Trinidad Zaldívar. 14/JULIO/2015 RRI22112015 Y SUS ACUMULADOS Página 9 de 46 RR122212015 , RR/223/2015, RR122612015 , RR122712015, RR/22912015 , RR/230/2015 , RR123312015 Y RR/23412015 José Martí 102, fraccionamiento Lidia Esther, Villahermosa, Tabasco. Teléfonos 13 13 999 y 1314 002. www. itaip.org.mx Las constancias de las cuales se desprende todo lo antes reseñado , obran agregadas en autos y tienen valor dé prueba, en términos en términos de lo establecido por los artículos 269, fracción III y 319, del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, de aplicación supletoria al presente asunto, atento lo dispuesto en el numeral 58, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco, toda vez que fueron expedidas por servidores públicos en ejercicio de sus encargos, y porque no existe prueba en contrario que desvirtúe los hechos que de ellas se deducen. Inconforme con las contestaciones que recibió, la interesada presentó 9 recursos de revisión alegado en todos los casos: "Recurso de revisión, ya que el sujeto obligado me niega la información solicitada, a pesar de que la información solicitada es manejada en los informes trimestrales del estado de las finanzas publicas que el sujeto obligado entrega al Congreso local, al solicitar información sobre dichos fideicomisos el sujeto obligado me señala inexistencia de información ." (Sic) Como defensa, el Sujeto Obligado manifestó ante este Instituto dentro de su informe e hechos lo que ahora se reproduce: • Que la solicitud se turnó al Subsecretario de Egresos, quien se pronunció indicando ue la unidad administrativa a su cargo, tiene disponibilidad cero; • Que no se ha vulnerado el derecho de acceso a la información del inconforme, toda vez que se hizo de su conocimiento que la información era cero, dado que en el sistema financiero que maneja la Dirección de Tesorería, unidad administrativa encargada de realizar las transferencias, no se encontró información; • Que en ningún momento se ha tratado de ser opaco; tan es así, que dentro de la Subsecretaria de Egresos que es la Unidad Administrativa responsable de la información financiera, determinó realizar la búsqueda de la información por segunda ocasión, siendo esta nuevamente cero; y • Que al emitirse la disponibilidad, y manifestar que es cero, no se violenta el acceso a la información del solicitante, dado que ese Sujeto Obligado se apoyó en el Criterio 18/13, emitido por el que antes era el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, actualmente denominado Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales. • RDA 4451/12. Interpuesto en contra de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo. Comisionad Comisionada Ponente María Elena Pérez -Jaén Zermeño. • RDA 2111/12. Interpuesto en contra de la Presidencia de la República. Comisionada Ponente María Elena Pérez .- Jaén Zermeño. • 4301/11. Interpuesto en contra de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. Comisionada Ponente Sigrid Arzt Colunga. 14/JULIO/2015 Página 10 de 46 RR1221 /2015 Y SUS ACUMULADOS RR/22212015, RR1223/2015 , RR122612015 , RR12 2 712 01 5 , RR122912015 , RR123012015 , RR123312015 Y RR/23412015 José Martí 102, fraccionamiento Lidia Esther, Villahermosa, Tabasco. Teléfonos 13 13 999 y 1314 002. www.itaip.org.mx 1 itaip Instituto Tabasqueho do Trans pparvencia y Acceso a la Información Pdbaca Al respecto, debe indicarse a la Secretaría de Planeación y Finanzas que, si bien es válida la emisión de un "Acuerdo de Disponibilidad ", para contestar numéricamente con el valor "cero' (0) un escrito de solicitud, aquellos casos en que el objeto del requerimiento verse sobre un "dato estadístico, porcentual o numérico", puesto ese valor revela la información cuantitativa que se pide; tan bien lo es que, para llegar a ese resultado, necesariamente debe buscarse lo solicitado de manera minuciosa y exhaustiva, dentro de los archivos físicos, electrónicos, informáticos y digitales, de cada una de las áreas que conforman la estructura organizacional del Sujeto Obligado, especialmente en aquellas que tengan atribuciones y/o funciones, expresamente vinculadas con el tema sobre el cual versa el requerimiento formulado, y una vez efectuada la revisión correspondiente, proceder a la emisión del acuerdo que en justicia y derecho corresponda al caso concreto. Lo anterior no aconteció en la especie, ya que acorde a lo previsto por el artículo 14, del Reglamento Interior de la Secretaría de Planeación y Finanzas en vigora y de conformidad con la última estructura orgánicas que dicha dependencia tiene publicada en su portal de transparencia,6 se observa que cuenta con una " Unidad de Fideicomiso", dentro de la cual a su vez existe una "Subdirección de Seguimiento de Fideicomiso". No obstante, a ninguna de esas áreas se les dio intervención en el trámite de la solicitud que originó este x ediente , ya que la búsqueda se únicamente se circunscribió a la Dirección de Tesorería de la Subsecretaría de Egresos). SECRETARÍA DE PLANEACIÓN Y FINANZAS 2015 Ranr Pdrero B.~, Proruntlurl. m.cal Samuel Camón Pelcdmr ^^ %eNttNe eMron M. "MaCaen L ^^ unidad a. ruaromnen cariar DoM Cabellos Martín llllllllllllllllllw Imagen 1 ° http://transparencia.tabasco.gob.mx/TransArchivos/K6/3/215394.pdf 5 http://transparencia.tabasco.gob.mx/TransArchivos/K6/2/215393.pdf 6 A la fecha de emisión de este fallo 141JULIO/2015 Página 11 de 46 RR/22112015 Y SUS ACUMULADOS R11122212011 5, RR1223/2015 , RR/22612015 , RR122712015 , RR/22912015, RR12 3 012 0 1 5, RR12 3 312 0 1 5 Y RR/234/2015 José Marti 102, fraccionamiento Lidia Esther, Villahermosa, Tabasco. Teléfonos 13 13 999 y 1314 002. www.itaip.org.mx Además, cuanto a lo solicitado , tal es el caso de la Secretaría Particular, de la Unidad de Apoyo Ejecutivo y de la Unidad de Inversiones , las cuales acorde al Reglamento Interior de la Secretaría de Planeación y Finanzas, igualmente pudieren contar con información al respecto ; en razón de que las dos primeras, manejan los sistemas de integración y sistematización de toda la información, que necesita el Sujeto Obligado para el ejercicio de sus actividades, y porque la última maneja información relativa a la cartera de programas y proyectos de inversión, impulsados por las entidades de la Administración Pública Estatal, así como información referente a la ejecución y desarrollo de los mismos; por lo tanto , en ellas también debió gestionarse la búsqueda correspondiente. Con base en lo hasta aquí examinado, quienes aquí resolvemos válidamente podemos determinar que, materialmente, no se ejecutó una búsqueda adecuada de la documentación , puesto que no se consideró a todas las áreas a las que debía dárseles intervención en la sustanciación de cada uno de los folios que motivaron el presente expediente, a fin de emitir una respuesta adecuada dotada de plena seguridad jurídica. que real y verdaderamente sea concluyente. Por ende, en razón de que no se garantizó a la impugnante , que efectivamente se aplicaron todas las gestiones necesarias a fin de localizar la información de su interés; así como, para constatar que éstas fueron las adecuadas para atender las particularidades de este asunto , no existe convicción de que lo expresado en el acuerdo materia de análisis sea correcto. 14/JULIO/2015 Página 12 de 46 RR1221 12015 Y SUS ACUMULADOS RR122212015, RR/223/2015, RR/226/2015, RR122712015, RR122912015 , RR/230/2015 , RR/233/2015 Y RR123412015 José Martí 102, fraccionamiento Lidia Esther, Villahermosa, Tabasco. Teléfonos 13 13 999 y 1314 002. www.itaip.org.mx l itaip bsobto Tebesqueno de Transpetencb y Acceso a la Infonnacbn P Mce Pero también, destacan la existencia de los 2 fideicomisos que refiere la particular, en datos publicitados precisamente en la Página Oficial Principal de la propia Secretaría de Planeación y Finanzas , mismos que por encontrarse difundidos en una página de internet que contiene información para consulta general,7 operan como hechos notorios , que de conformidad con lo prescrito en el artículo 238, fracción 1, del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Tabasco, no requieren probarse y que se atraen a este asunto , para efectos de contar con mayores elementos para dirimir la controversia en análisis . En ese sitio web, se localizó difundido lo que enseguida se describe: En primer lugar, dentro del Suplemento B al Periódico Oficial 7544 de fecha 24 de diciembre de 2014,8 se encontró publicado el Decreto 144, que contiene el "Proyecto de Presupuesto General de Egresos del Estado de Tabasco para el ejercicio fiscal 2015 . Tomo H. Información Global y Específica Parte Ilrr. Dentro del rubro "Proyecto de Presupuesto General de Egresos para el Ejercicio 2015. Fideicomisos Públicos ", está contemplada la factibilidad o posibilidad genérica de Entidad. CAPITULOX ,DE LA TRANSPARENCIA" PRESUPUESTARIA_-, Articulo 62.- El Ejecutivo Estatal, a través de la Si trimestralmente sobre la evolución , del ^gasto'zú Presupuesto . La" Información sobre las . erogad clasificación administrativa ; éconóm'rca y. funcional calendarización realizada por elEjecutivó Estatal lós"qua patrimonio de - los Yóndóá yTdeii Rrlsds .Articulo e3: El Poder , Legislativo y' Judiciál ,;'ásl;c los órganos áutónomós en 'el ejercicio`4e sustfun órganos competentes; podrán autorizar adscpágp que permitan un mejor cúrnplimiel)to'.^e;tos; ob) adecuaciones deberán `ser tnforgladas el lE)ecull ,Planeación y Finanzas , párá,- efectos:-dlá corre spondientes . Las átlecuadfóneá'prebopGésta es deberánaplicares de acu (do,a_lo esl ex del Estado de Tabasco y, preferentemente debsyá Articulo 64.- El Titular del" Poder Ejecutivo,, por Finanzas, autorizará la,rtiinistracióií, reducción.,: ame-al gasto socia(y obra púbticll ` -` ^ io'de la secretárlá,d^ Pláreaaón y tslón ,y ensu' cá$o s'temgh 4n Ndeas ,^ rse,prevéri,'éñ esta Ley. Imagen 3 De cualquier persona, incluso de la interesada. a http://segob.tabasco.gob.mx/periodicos_oficiales?tid=All&&page=1 141JULIO/2015 RR/22112015 Y SUS ACUMULADOS Página 13 de 46 RR/22212015 , RR/22312015, RR/22612015 , RR/22712015 , RR/22912015, RR123012015, RR123312015 Y RR/23412015 José Martl 102, fraccionamiento Lidia Esther, Villahermosa, Tabasco. Teléfonos 13 13 999 y 1314 002, www.itaip.org.mx Los dluleres de las entidades a los que sé autorice- la:asignación de transferencias y subsidios con cargo el Presupuesto . serán responsables de su - correcta aplicación conforme a lo establecido en este Presupuesto y las demás-disposiciones aplicables , y éstas se sujetarán e los óbjetivos y los metas de.los programás y a las necesidades de planeación y administración financiera del Gobierno del Estado. Cuando se - consideré necesario , la Secretaria de Planeación y Finanzas podrá emitir disposiciones adicionales sobré la operación de las transferencias, asignaciones , subsidios y otras ayudes. Articulo, 65. Sólo se podrá constituir o Incrementar el patrimonio de fideicomisos con recursos públicos y participar en el capital social de las empresas ; con autorización del Ejewtlvo del Estado . emitida por la Secrétaria de Planeación y Finanzas en los términos de las disposiciones . aplicables. Articulo (16 : En aquellos fideicomisos en los que se, Involucren recursos públicos estatales, se deberá establecer una subcuenta especifica , con el objeto de dterenciados del resto de les demás aportaciones . La Secretaria de Planeación y Finanzas llevará el registro y control de los fideicomisos en los que participe el Gobierno del Estado. . Los fideicomisos, a través -de su Comité ' Técnico, deberán informar trimestralmente a la Secretaria de Planeación y Finanzas , dentro de los treinta días siguientes a cada trimestre, el saldo de la subcuenta a quid se refiere el párrafo anterior. Adicionalmente , la Secretaria de Planeación y Finanzas podrá solicitarles con la periodicidad que determine y bajo el plazo que establezca, la información jurídica, pabimonial o financiera que requiera , en los términos y condiciones de las disposiciones aplicables . En los contratos respectivos deberá pactaras expresamente tal previsión. 7- En caso de que exista compromiso del municipio , o de los particulares con el Gobierno Estatal para otorgar sumas de recursos al patrimonio del fideicomiso y aquéllos incumplan con la aportación de dichos recursos , con las reglas de operación del fideicomiso o del programa -"vcrrespondiente , el Gobierno-Estatal , por conducto de la Dependencia Entidad qué cobrdíne la operación del fideicomiso , podrá suspender las aportaciones subsecuentes. Imagen 4 Dicho Periódico Oficial,9 hace mención expresa a la existencia del Fideicomiso para el Apoyo Empresarial de Tabasco, en los siguientes términos: de ta región Sur Sueste de Mex,co Los fidelcomllenles son los mismos estados integrantes de la cagrón Sur Sureste 1 ' El objetivo de este fideicomiso es el de garantizar en forra complementano a las instituciones de crédito, bancarias y no bancarias por 105 Rediles Que otorguen a EL OE las empresas de personas Baleas y )urid,cas colectivas que realicen act ividades d. los sectores industnal, comercial y de servicios en el Estado de Tabasco y. en su caso, pagar en le proporción que corresponda y hasta por el Impone del patrimonio fida,comitido los créditos elegibles por el programa . Este fidoicornrso fue creado el 25 de marzo de 2000. PARA FIDEICOMISO EL DESARROLLO INDUSTRIAL DE asna noe,cemso m ..ano.1 w u. m.rsc a _uu . atanco eu uajeu.., y,rtrrwma' el de mcentivar la inversión oe capital en el Estado de Tabasco en las activ i dades aeonómicas consideradas como pnoritana, entro las cuales ocian las industriales, FIDEICOMISO PARA APOYO EMPRESARIAL TABASCO (FIDETAB) TABASCO (FINTAS) comerciales y d. servicios FIDEICOMISO DE PROGRAMAS TECNOLOGIAS LA EDUCATIVAS Y DE INFORMACIÓN PARA EL MAGISTERIO DE EDUCACIÓN BÁSICA DEL ESTADO DE TABASCO (FOAPES). El objetivo os este fideican reo ramos en la agmin:straubn de los recursos que forman pane del patrimonio qua se destinara a la creación de un fondo pera otorgar por un,ca vez hasta 311 .600.00 por persona para la adquisición de un paquete ,niormánco para loa integrantes del mogisteno de educación bSsica que presten sus seMOOS al Gobierno del Estado de Tabasco. Este Lde"mrso fue creado el 19 de marzo de 2002 fungiendo como fidereomtsanos los maestros de educación bastos afiliados al Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación en aI Estada de Tabasco El fondo ce cnnlingenRAe fue creado e: 10 da diciembre de 2003 come un FIDEICOMISO FONDO DE CONTINGENCIAS DEL ESTADO DE TABASCO (FOCOTAB). Instrumento pala establecer un mecanismo financiero 9g11 y transparente para ejercer los recursos que Integren el patrimonio de este . para la prevención, , atanor y repararon de danos causados por desastres naturales, los ndercomrsanos son e: Gobierno de! Estado de Tabasco y municipios ate arios para que reciban obras adquisiciones y Servicios que se paguen con cargo al ' patrimonio del m•smo edemomiso Imagen 5 9 8 números conforman el Suplemento B. 14/JULIO/2015 Página 14 de 46 RR/221 /2015 Y SUS ACUMULADOS RR/222/2015 , RR122312015, RR/226/2015, RR/227/2015, RR/22912015, RR/230/2015, RR123312015 Y RR/234/2015 José Martí 102, fraccionamiento Lidia Esther, Villahermosa, Tabasco. Teléfonos 13 13 999 y 1314 002. www.itaip.org.mx itaip Instituto Tabasqueño do Trans ppaerrenta y Acceso a le Informatl0n Pebece En el "Tomo V. Dependenicas del Poder Ejecutivo del Estado . Parte Ill", está considerado un monto para transferencias a fideicomisos del Poder Ejecutivo, haciendose especial referencia precisamente al pago de pensiones y jubilaciones, como se observa a continuación. PROYECTO DE PRESUPUES-O GENERAL DE EGRESOS PARA EL EJERCICIO CLASIFICACIÓN PROGRAMÁTICA POR OBJETO DE GASTO srw^r es para °eberes anta Prestaciónde Sn*ias S iWl _Pagodalaaotu de Pslenes Pago n ysublh msirones ; , l6,985.{SJ:00 1 ex; _... Tnnslereacasnhdehamiws dd Peder rpNG9 --- ^__- SOAUO.ÓP.00^ ._twtasiAp9MCisnna0rysnhm9s Mkmaciaal.. i tueaes NueMes. lunMNn eldaegteW Mpvtad,eimesIbi*S t Bienes Ml9mitu m L,dmA^m ^ ^ 0m^ Lo¡ ffiV85,153m I AWm t1m,l^ 50An r' OA" {,d"O.OO.OD "A 1.6 .Nue: .M 142ISUI I .k1 1,5".00ÓI 0AE 1,n1,HAlii cm!-..- 1.53",n.00 .00 Imagen 6 Asimismo, en el Programa Sectorial de Desarrollo Económico 2013-2018 (COPLADET), 10 (II^^^ también figura información en relación al Fideicomiso para el Apoyo Empresarial de Tabasco. Imagen 7 10 http ://spf.tabasco .gob.mx/sites/all/Piles/sites/administracion .tabasco .gob.mx/files/0S-PROGRAMA -SECTORIALDE-DESARROLLO - ECONOM ICO.pdf RR/221 12015 Y SUS ACUMULADOS Página 15 de 46 14/JULIO/2015 RR/22212015 , RR/22312015, RR122612015, R111227/2015 , RR122912015, RR123012015, RR/23312015 Y RR/23412015 José Martí 102, fraccionamiento Lidia Esther, Villahermosa, Tabasco. Teléfonos 13 13 999 y 1314 002. www.itaip.org.mx gunus uasus se cayo en el niane)u uiseieclonal de las reglas de operación y los recursos. ciamiento para las MiPyMES ha sido siempre un factor que ha jugado en contra de su desarrollo. Bajo ese panorama , la actual administración no sólo entiende que se requiere de creatividad y oportunidad en los programas de financiamiento , sino que va más allá , al establecer la idea de que el financiamiento de nada sirve si las MiPyMES carecen de capacitación y acompañamiento adecuado para tener éxito en su aventura empresarial; es By gestión de los fideipor ello que aunada a comisos como el FIDE ET, FET, FINTA y FIDETAB, se plantea la generación de inteligencia financiera en las MiPyMES. Después de la crisis de 1995, la disponibilidad del mercado crediticio se centró en las grandes empresas del país , dejando a cerca del 95% sin acceso a crédito , con grandes deudas a proveedores y carteras muy grandes por cobrar . Sólo después de atemperada la crisis de la banca la mayoría de los grandes bancos nacionales instrumentaron departamentos de MiPyMES en su estructura, tratando de atender el sector ; sin embargo, las altas tasas de interés que prevalecían no permitieron el acceso a créditos. Mejora Regulatoria Es en ese escenario que surgen , dentro de las estructuras de gobierno de muchos estados, los fideicomisos para la atención de esas empresas , con la intención de darles apoyo y soporte para que reiniciaran su crecimiento ; sin embargo , muchos cometieron el error de mantener tasas cercanas a la de El proceso de descentralización administrativa y de transferencia de responsabilidades del orden federal hacia estados y municipios amplió sustancialmente el espacio de acción de los gobiernos locales y, por ende , aumentó las necesidades de contar con mayor y magen 8 En el Informe Trimestral Sobre la Situación Económica, los Ingresos y Egresos Públicos del Estado de Tabasco, al Segundo Trimestre de 2014 , se encontraron los saldos de los 2 fideicomisos que nos importan, al 30 de junio de 2014:11 FIDEICOMISOS AL 30 DE JUNIO DE 2014 NO. 1 2 3 4 5 6 7 8 9 NOMBRES Fideicomiso para el Pago de Pensiones y Jubilaciones Destinado a los Asegurados del ISSET Fideicomiso de Fuente Alterna de pago (AGROTAB ) CONTRATO FIDUCIARIO FECHA DE TIPO DE N. 1 CREACION FIDEICOMISO 1 152706 HSBC 167398 HSBC 73746-7 BANORTE 80181 NAFIN Fideicomiso Escuelas de Calidad 1874 -6 43193-2 BANCOMER Fldelcomiso de Fondo de Apoyo a la Mujer ( FAM-MUJER) 73765.3 BANORTE 80626 NAFIN 150738 Fideicomiso Rescate Urbano de la Zona Sur-Poniente del Centro Historlco dala Ciudad de Villahermosa Fideicomiso de Fondo Mixto de Fomento a la Investigación Científica y Tecnologías (CONACVT) Fldelcomiso Creando Empresarios Fideicomiso para el Fomento y Desarrollo de las Empresas del Estado de Tabasco ( FIDEET) Fideicomiso para el Apoyo Empresarial de Tabasco (FI DETAB) Fideicomiso para el Desarrollo Industrial de Tabasco 10 (FINTAS ) Fideicomiso de Programa Tecnologías Educativas y de la 11 Información para el Magisterio de Educación Básica del Estado de Tabasco ( FOAPES) Fideicomiso de Fondo de Contigencias del Estado de 12 Tabasco ( FOCOTAB) Inverslóny Administración 11/07/2002 Inversión Inversión, 02/08/2005 Fuente de Fuente de pago 1 24/07/2000 11 1348,466.01 7,814,037.87 23/04/2002 Inversión 23/09/2002 Inversión 24/09/2001 Inversión Administración, 08/09 /2005 Inversión y Fuente Alterna de Pago 12/2010 Inverslóny 27/ Administración 753,526.19 26,046,963.18 1158[ 28/03/2000 Inversión 11,599,342.94 80511 NAFIN 03/2007 Inverslóny 30/ Administración 165055 .4 BANAMEX 19/03/2002 Inversión 28,031,73115 2066 BANOBRAS 10/12/2003 Inversión 42,049 ,902.32 BANORTE *rm --j 23,001 , 186.21 3,958, 569.71 , oro- Imagen 9 11 http://spf.tabasco .gob.mx/sites/aii/files/sites/ administracion .tabasco .gob.mx/files/segundo -informe -trimestral2014.pdf 14/JULIO/2015 Página 16 de 46 RR122112015 Y SUS ACUMULADOS RR/23312015 Y RR/23012015 , RR/22912015 , RR/22712015, RR122212015, RRI223/2015, RR122612015 , RR123412015 José Martí 102, fraccionamiento Lidia Esther, Villahermosa, Tabasco. Teléfonos 13 13 999 y 1314 002. www.itaip.org.mx / itaip Insbiuto Tabasqueño do Transparencia y Acceso a le IntormetlOn PoNka El Informe Trimestral Sobre la Situación Económica, los Ingresos y Egresos Públicos del Estado de Tabasco al Tercer Trimestre de 2014, muestra:12 NOMBRES 1 Fideicomiso para el Pago de Pensiones y Jubilaciones Destinado a los Asegurados del ISSET 152706 HSSC 2 Fideicomiso de FuenteNterna de pago(AGROTAB ) 167398 HSBC 3 Fideicomiso Rescate Urbano de la Zona Sur - Poniente del Centro Hlstorico de la Ciudad de Vlllahermosa 73]46-] BMJORTE No. - FIDUCIARIO NO. SALDO AL FECHADE TIPODE CREACION FIDEICOMISO inisn y 24/07/2000 Admrsió Administración 07120021nvers lón y 11/ Administración Inversión, 02/08/2005 Admi nistración y Fuente de pago 1 30/09/2014 1,339,619.16 110,314,29055 7, 830,962.23 80181 NAFIN 5 6 Fideicomiso de Fondo Mixto de Fomento a la Investigación Cientifica y Tecnologica CONACYT-Gobierno del Estado de Tabasco Fideicomiso Creandofimpresarios Fideicomiso Escuelas de Calidad 1874.6 43193-2 BANORTE 23/09/2002 Inversión 753, 526.19 BANCOMER 24/09/2001 Inversión 26,046,963.18 7 Fideicomiso de Fondo de Apoyo ala Mujer 73765.3 BANORTE 8 Fideicomiso para el Fomento y Desarrollo de las Empresas del Estado de Tabasco (FIOEET) Fideicomiso para el Apoyo Empresarial de Tabasco (FIDETAB) Fideicomiso para el Desarrolla Industrial de Tabasco (FINTAS) 80626 NAFIN 150738 HSBC 28/03/2000 Inversión NAFIN 03/2007 Administracióny 30/ Inversión 4 9 10 2002 Administración e 80511 23/04 / 36,801 , 170.56 Inversión Administración, 08/09/2005 Inversión y Fuente Alterna de Pago 12/2010 Administración y 27/ Inversión 23,001 , 186.21 39,332,966.26 11,665, 290.39 9,719.90 Imagen 10 Dentro del portal de transparencia del Instituto de Seguridad Social del Estado de Tabasco, se pyede descargar éste documento.13 SECRETARIA DE PLANEACIÓN YFINANZAS GASTO Y PRESUPUESTO DEL 1 DE ENERO AL 31 DE MARZO DE 2014 PROY 1 19002 DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO Seguridad Social Del Estado De Tabasco Impuesto Sobre N6mina Del Instituto De Seguridad Social Del Estado De Tabasco Eslalal Total Estatal 5003 EIERCIDOENE• FUENTE 1 Remo Federal 33 ApodaciónAlFldekomisoDelnversinY Admuidslraclán Para El Pago De Jubilaciones Y Pensiones . (Ananclamiedo 2014) Total Ramo Federal 33 20,881.378.77 6,307,188.00 82,389.687.00 180,000,000.0 20,684.265.05 180,000,000.0 262,389,687.00 INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL DEL ESTADO DE TABASCO 20,684,265.05 Imagen 11 Asimismo, se encontró el " Contrato de Fideicomiso de Inversión y Administración para el Pago de Pensiones y Jubilaciones , destinado a los Asegurados del Instituto de Seguridad Social del Estado de Tabasco", celebrado el 24 de julio de 2000, entre la Secretaría de Planeación y Finanzas en su carácter de fideicomitente único y en su calidad 12 Consultable en la liga http://spf.tabasco.gob.mx/sites/aii/files/sites/spf.tabasco.gob.mx/files/tercer-infometrimestral-2014.pdf 13 http://transparencia.tabasco.gob.mx/TransArchivos/K6/75/9925.pdf 14/JULIO/2015 Página 17 de 46 RRI221 12015 Y SUS ACUMULADOS RR/222/2015, RR/223/2015, RR/22612015, RR/227/2015, RR122912015, RR123012015, RR123312015 Y RR/234/2015 José Martí 102, fraccionamiento Lidia Esther, Villahermosa, Tabasco. Teléfonos 13 13 999 y 1314 002. www.itaip.org.mx de fiduciario el Banco Internacional S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Bital, División Fiduciaria, tal como se constata enseguida:14 CONTRATO DE FIDEICOMISO DE INVERSION Y AD MINISTRACION PARA EL PAGO DE PENSIONES Y JUBILACIONES DESTI NADO A LOS ASEGURADOS DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL DEL ESTADO DE TABASCO, QUE CELEBRAN , POR UNA PARTE . EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TABASCO , A TRAVÉS DE LA SECRETARIA DE PLANEACION Y FINANZAS, REPRESENTADA POR EL C . LEOPOLDO DIAZ EN SU CARÁCTER DE FIDEICOMITENTE UNICO : EL INSTITUTO ALDECOA, DE DEL ESTADO DE TABASCO COMO SOCIAL SEGURIDAD SE GURIDAD FIDEICOMISARIO REPRESENTADO POR EL C . FERNANDO RABELO RUIZ PARTE COMO FIDUCIARIO BANCO Y POR LA OTRA DE LA PEÑA , BANCA MÚLTIPLE, GRUPO INTERNACIONAL. S.A., INSTITUCION REPRESENTADO POR SU FINANCIERO BITAL . DIVISION FIDUCIARIA , APODERADO ESPECIAL FIDUCIARIO LA C. MARICARMEN GARCIA MUÑOZ APARICIO , AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS: r _Q L Ag_95.1_5? r'>_L-$J 1.- Da¡ FIDEICOMITENTE. A) Que la Secretaria de Pianeacmn y Finan zas. es una dependoncia del Poder Ejecutivo Estatal. cuyas atribuciones entre otras . lo corresponde de conformidad con el articulo 24 fracc,on II de la Ley Organ ica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco, sor el F{tleícomrlenle un,co del Gobierno det Estado da Tabasco. en tocas las Fideicomisos que al efecto se constituyan B) Que so c emo a. n la autoneac ,ón oci C Gobernador de, Estado para la Imagen 12 1-11 Cobra aplicación al respecto, el criterio adoptado por el Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito, en la jurisprudencia XX.2o. J/24, con número de registro 168124, publicada en el Tomo XXIX, enero de 2009, visible en la página 2470, del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, cuyo rubro es el siguiente: HECHO NOTORIO. LO CONSTITUYEN LOS DATOS QUE APARECEN EN LAS PÁGINAS ELECTRÓNICAS OFICIALES QUE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO UTILIZAN PARA PONER A DISPOSICIÓN DEL PÚBLICO, ENTRE OTROS SERVICIOS, LA DESCRIPCIÓN DE SUS PLAZAS, EL DIRECTORIO DE SUS EMPLEADOS O EL ESTADO QUE GUARDAN SUS EXPEDIENTES Y, POR ELLO, ES VÁLIDO QUE SE INVOQUEN DE OFICIO PARA RESOLVER UN ASUNTO EN PARTICULAR. "15 Igualmente, resulta aplicable el criterio adoptado por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación , en la Jurisprudencia P.IJ. 74/2006, con número de registro 174899, publicada en 14 http://transparencia.tabasco.gob.mx/TransArchivos/K6/53/220994.pdf 15 SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO CIRCUITO. Amparo directo 816/2006. 13 de junio de 2007. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Arteaga Álvarez. Secretario: Jorge Alberto Camacho Pérez. Amparo directo 77/2008. 10 de octubre de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Arteaga Álvarez. Secretario: José Martín Lázaro Vázquez. Amparo directo 74/2008. 10 de octubre de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Arteaga Álvarez. Secretario: Jorge Alberto Camacho Pérez. Amparo directo 355/2008. 16 de octubre de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: Antonio Artemio Maldonado Cruz, secretario de tribunal autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado. Secretario: Rolando Meza Camacho. Amparo directo 968/2007. 23 de octubre de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: Marta Olivia Tello Acuña. Secretaria: Elvia Aguilar Moreno. Razonamiento que esta autoridad comparte. 14/JULIO/2015 Página 18 de 46 RR/22112015 Y SUS ACUMULADOS RR/22212015, R11122312015, RR122612015 , RR122712015 , RR/229/2015 , RR123012015 , RR12 3 312 0 1 5 Y RR123412015 José Martí 102, fraccionamiento Lidia Esther, Villahermosa, Tabasco. Teléfonos 13 13 999 y 1314 002. www.itaip.org.mx f itaip ",,Nb Tebe s W OMe do Trans parencia YA... la IMmsnatlen Pabau el Tomo XXIII, Junio de 2006, visible en la página 963, del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, cuyo rubro reza: "HECHOS NOTORIOS. CONCEPTOS GENERAL Y JURÍDICO.'n6 Finalmente, también sirve de apoyo el criterio pronunciado por el Tercer Tribunal Colegiado del Quinto Circuito, en la tesis aislada V.3o.10 C, materia civil, con número de registro: 186243, publicada en el Tomo XVI, Agosto de 2002, visible en la página : 1306 del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, cuyo rubro enseguida se reproduce: "INFORMACIÓN PROVENIENTE DE INTERNET. VALOR PROBATORIO.'n7 Todo esto, compelía al Sujeto Obligado a ejecutar la búsqueda de la información solicitada , en todas y cada una de las Direcciones, Subdirecciones, Jefaturas de Departamento que, por la naturaleza de las atribuciones, facultades y/o funciones que realizan, pudieren tener vinculación con la información que se genera en materia de fideicomisos constituidos por el Poder Ejecutivo del Estado y que por ese motivo, pudieren contar con datos al respecto, en lugar de restringir la verificación única y exclusivamente dentro de los registros de la Dirección de Tesorería . Además de que dicha área, manifestó haber buscado en su sistema financiero , expresión que es vaga y que genera incertidumbre en Inclusive , el Pleno de este Instituto ha mencionado en diversidad de asuntos,'° la pertinencia de realizar éste tipo de búsquedas más profundas , cuando se solicita información correspondiente años de una administración previa a la que está actualmente en funciones, como ocurrió en la especie. Todo esto, a fin de dotar de certeza jurídica,19 respecto a la respuesta que se dictó y notificó a la inconforme, de manera que no queden dudas sobre la generación o posesión de la información solicitada , y en caso de persistir su inexistencia, esclarecer fehaciente y de manera induvitable tal circunstancia , explicándole de manera fundada y motivada, todas aquellas situaciones de hecho y de derecho que hayan operado o sobrevenido en este asunto particular, lo que tampoco aconteció en este caso concreto. 16 Controversia constitucional 24/2005. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. 9 de marzo de 2006. Once votos. Ponente: José Ramón Cossío Díaz. Secretarios: Raúl Manuel Mejía Garza y Laura Patricia Rojas Zamudio. El Tribunal Pleno, el dieciséis de mayo en curso, aprobó, con el número 74/2006, la tesis jurisprudencia) que antecede. México, Distrito Federal, a dieciséis de mayo de dos mil seis. Nota: Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 91/2014, desechada por notoriamente improcedente, mediante acuerdo de 24 de marzo de 2014. Razonamiento que esta autoridad comparte. 17 Amparo en revisión 257/2000. Bancomer, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero. 26 de junio de 2001. Unanimidad de votos. Ponente : Epicteto García Báez. Razonamiento que esta autoridad comparte. 18 RR/212/2013; RR/214/2013; RR/216/2013; RR/226/2013; RR/269/2014; RR/120/2015; RR/121/2015 y sus acumulados; RR/122/2015 y sus acumulados, así como RR/345/2015 y su acumulado. 19 "CERTEZA JURÍDICA . La certeza jurídica es la máxima de probabilidades del hecho probado , de que ciertamente hubiera sido así"; Tesis Aislada emitida por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Quinta Época, publicada en el Semanario, Judicial de la Federación, Tomo CXXII, Materia Penal, Común, Pág. 1760, número de registro : 295261. 141JULIO12015 RR/22112015 Y SUS ACUMULADOS Página 19 de 46 RR122212015, RR1223/2015, 1111122612015 , RR122712015 , RR1229/2015, RR/23012015, RR12 3 3120 1 5 Y RR/23412015 José Martí 102, fraccionamiento Lidia Esther, Villahermosa, Tabasco. Teléfonos 13 13 999 y 1314 002. www.itaip.org.mx Cabe señalar que al respecto , los numerales 5, 7 y 13 de la Ley de Archivos Públicos del Estado de Tabasco en vigor , claramente prescriben lo siguiente: • Que todas las dependencias, órganos y organismos de las entidades pública deberán administrar, conservar y preservar los documentos que generen o reciban con motivo del ejercicio de sus atribuciones o funciones. • Que los titulares de las unidades administrativas que los integren , serán responsables de su adecuada y eficiente administración, así como de su conservación y custodia. • Que la organización de los archivos deberá asegurar la disponibilidad, localización expedita, integridad y conservación de los documentos de archivo. En resumidas cuentas, la búsqueda incorrecta, adminiculada al hecho de que existen elementos derivados de las publicaciones referidas en párrafos precedentes, los cuales actúan como indicativos circunstanciales, nos permite legítimamente inferir que: Si el Sujeto Obligado tiene autorizada la realización de transferencias a favor de fideicomisos de Estado, con el fin de nutrirlos de recursos que les permitan cumplir con los objetivos generales y específicos para los que fueron creados. • Si además cuenta con información relativa a la ejecución material de tales transferencias. • Luego entonces, válidamente podemos colegir que existe una alta probabilidad, de que existan los traspasos específicos a que alude la recurrente en sus registros. Lo anterior es así, ya que tal como quedó anotado en párrafos antecedentes, el propio Sujeto Obligado ha dado a conocer en su página de internet principal, diversos informes en los que se muestran sus saldos, lo que hace presumible su existencia . Por esa razón, resulta imperioso que se efectúe una nueva búsqueda de información con mayor minuciosidad , la cual tendrá que ser más amplia que la desplegada originalmente , y en esta ocasión realmente completa y exhaustiva , tal como lo contempla el procedimiento establecido en el artículo 47 bis de la Ley en la materia y 47 de su Reglamento. Da sustento a lo anterior , el criterio adoptado en la tesis de jurisprudencia 1.4o.C.J/19, publicada bajo el número de registro 180873 , visible en el tomo XX, agosto de 2004, del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta , Novena É poca , que es del tenor siguiente: `INDICIOS. REQUISITOS PARA QUE GENEREN PRESUNCIÓN DE CERTEZA. Nada impide que para acreditar la veracidad de un hecho, el juzgador se valga de una presunción que se derive de varios indicios. En esta hipótesis deben cumplirse los principios de la lógica inferencial de probabilidad, a saber la fiabilidad de los hechos o datos conocidos esto es, que no exista duda alguna acerca de su veracidad; la pluralidad de indicios. que se refiere a la necesidad de que existan varios datos que permitan conocer o inferir la existencia de otro no percibido y que conduzcan siempre a una misma conclusión; la pertinencia, que significa que haya 141JUL1012015 Página 20 de 46 RR122112015 Y SUS ACUMULADOS 111111122212015, RR1223/2015, RR122612015, RR122712015 , RR122912015 , RR12 3 012 0 1 5, RR1233/2015 Y RR123412015 José Martí 102, fraccionamiento Lidia Esther, Villahermosa, Tabasco. Teléfonos 13 13 999 y 1314 002. www.itaip.org.mx itaip Msbbto Tabasqueño do ttanspuonde y acceso a le bdmmeclón P bita relación entre la pluralidad de los datos conocidos; y la coherencia, o sea, que debe existir armonía o concordancia entre los datos mencionados; principios que a su vez encuentran respaldo en el articulo 402 de la ley adjetiva civil para el Distrito Federal que previene que los medios de prueba aportados y admitidos serán valorados en su conjunto por el juzgador, Bajo este contexto, las respuestas que se remitieron a la particular no son aptas para atender sus requerimientos , por no ser absolutas ni definitivas y con ello, el Sujeto Obligado se apartó de lo estipulado en el artículo 35, fracción IV, inciso d), del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública vigente en el Estado. Por lo tanto, se declara fundado y operante lo expresado por la inconforme en sus 9 escritos de p gnación. nsecuentemente , con fundamento en el artículo 65, fracción III, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco y en el numeral 63, párrafo primero de su Reglamento, PROCEDE REVOCAR los "Acuerdo de Disponibilidad igual a Cero" de fecha 03 de febrero de 2015 , todos emitidos por el titular de la Unidad de Acceso a la Información de la Secretaría de Planeación y Finanzas , en atención a las solicitudes de información 00016514, 00019614, 00016714, 00017214, 00016814, 00016414, 00016614, 00017114 y 00017014, que originaron el presente asunto. W. Con fundamento en lo establecido en el último párrafo del artículo 63 del Reglamento de la`^j Ley de la materia, PROCEDE ORDENAR al Titular del Sujeto Obligado para que en el plazo de l^ 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al que surta efectos la notificación de la presente resolución, instruya a quien corresponda, para que en atención a cada una de las solicitudes que se mencionan, se realicen las siguientes acciones: • Despliegue la búsqueda de lo requerido, dentro de los archivos físicos, electrónicos, informáticos y digitales, de cada una de las Áreas o Unidades Administrativas que integran la estructura orgánica de la Secretaría de Planeación y Finanzas , así como en los registros de cualquier otra índole, en donde pudiere obrar lo solicitado, acorde al procedimiento establecido en los artículos 47 bis de la Ley que nos regula en esta materia y 47 de su Reglamento. Al finalizar ésta , tendrá que dictar el acuerdo fundado y motivado que en derecho proceda. • Si de la revisión e indagatorias antes referidas, el Sujeto Obligado no encuentra la información que interesa a la recurrente, dictará el correspondiente acuerdo debidamente fundado y motivado, en el que se demuestre su inexistencia de manera indubitable y precisa. • De localizarla, emitirá acuerdo de disponibilidad y la entregará a la particular, a través del mecanismo que seleccionó en sus escritos de solicitud de información. 14/JULIOl2015 Página 21 de 46 RR/221 12015 Y SUS ACUMULADOS RR/22212015 , RR122312015, RR122612015 , RR12 2 7120 1 5 , RR122912015, RR12 30120 1 5 , RR/23312015 Y RR/23412015 José Marti 102, fraccionamiento Lidia Esther, Villahermosa, Tabasco. Teléfonos 13 13 999 y 1314 002. www.itaip.org.mx Para lo cual, tendrá que tomar en cuenta todo lo ya examinado en el Considerando II de esta determinación final. De conformidad con lo establecido en el último párrafo del artículo 63 del Reglamento de la Ley en la materia, dentro del plazo de 15 días hábiles , contados a partir del siguiente al que surta efectos la notificación de esta resolución, el Sujeto Obligado deberá informar a este órgano Garante el cumplimiento dado, exhibiendo las constancias comprobatorias respectivas. APERCIBIDO que en caso de inobservancia, se actuará en términos del Capítulo Undécimo de la Ley de la materia, relativo a las faltas administrativas y sanciones, estándose a lo previsto a la parte conducente de su Reglamento. IV. Debido a que acorde a lo estipulado en el artículo 18, último párrafo, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública vigente en el Estado de Tabasco, este órgano Colegiado tiene por objeto entre otros, la protección y respeto al derecho de acceso a la información pública de las personas; que una de las vertientes o manifestaciones de este derecho es precisamente la "transparencia" y además, tomando en consideración q ésta práctica se traduce en un derecho humano fundamental. Prerrogativa que acorde al contenido del artículo 1°, párrafos segundo y tercero, e la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, este Instituto en el ámbito de su competencia, tiene la obligación ineludible de garantizar, a continuación se procede a efectuar el análisis relativo a la naturaleza de los fideicomisos que nos ocupan, así como de la información que en torno al ejercicio de sus recursos, debe hacerse pública vía transparencia, como información mínima de oficio. Análisis que se realiza de la siguiente manera: Este órgano Garante, ya se ha pronunciado en otras ocasiones en torno al tema de los "fideicomisos públicos o fideicomisos de Estado ", decretando que la documentación que éstos generen, por regla general es información pública que debe darse a conocer de manera proactiva , a fin de que pueda verificarse el buen manejo y destino correcto de sus recursos. Salvo aquellos datos que deban protegerse bajo la figura de secreto industrial o comercial, acorde al contenido del artículo 82, de la Ley de la Propiedad Industrial, y a lo estipulado en los numerales 36, fracción II y 37, párrafo primero, ambos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública vigente en el Estado de Tabasco. Concretamente en los recursos de revisión RR/012/2015; RR/014/2015; RR/147/2015; RR/22512015; RR/261/2015 y sus acumulados RR/262/2015, R11/263/2015, RR/264/2015 y RR/265/2015, así como en el expediente identificado con el número RR/636/2014, por citar algunos asuntos a manera de ejemplo. RR1221 /2015 Y SUS ACUMULADOS Página 22 de 46 14/JULIO/2015 RR/222/2015 , RR1223/2015 , RR122612015, RR/22712015 , RR/22912015 , RR123012015, RR1233/2015 Y RR/234/2015 José Martí 102, fraccionamiento Lidia Esther, Villahermosa, Tabasco. Teléfonos 13 13 999 y 1314 002. www.itaip.org.mx 1 itaip bstllub Tebasquado de Trans1fwerancla y Acceso a le Infonneclan Poblca Lo anterior, ya que ese tipo de fideicomisos se encuentran conformados por dineros del erario, algunos derivados del Impuesto Sobre Nómina retenido por el Estado y que por ese motivo, constituyen " información de interés público", que la colectividad está particularmente interesada en conocer, dadas sus implicaciones en áreas prioritarias y trascendentales como las de inversión de capital, generación de empleos y desarrollo industrial, comercial y de servicios. Vale la pena puntualizar que constituye información de este tipo,20 aquella que resulta relevante o beneficiosa para la sociedad y no simplemente de interés individual, cuya divulgación sea útil para comprender las actividades que llevan a cabo los Sujetos Obligados que la ejecutan. Desde el 10 de febrero de 2007 , el artículo 5, fracción XIII, inciso a), de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública vigente en el Estado de Tabasco, dispone que tratándose del Poder Ejecutivo, tendrán el carácter de Sujetos Obligados; entre otros, los fideicomisos públicos. on motivo de la reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco, el día 22 de diciembre de 2007 ,21 en el artículo 4 bis, fracciones 1 y V, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco, se indica que es información pública, aquella generada o en posesión de las personas físicas o jurídicas colectivas que reciban recursos públicos, cuando esté directamente relacionada con el ejercicio de éstos y; que deberá publicarse información sobre su ejercicio a través de medios electrónicos, incluyendo los recursos públicos que se entregan a las personas físicas o iurídicas colectivas. Tocante a este punto, resulta imperioso mencionar que desde la reforma publicada en el,,, Suplemento B, al Periódico Oficial número 6851 , de fecha 3 de mayo de 2008 , el artículo 8, del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública vigente en el Estado, prevé que cuando los "fideicomisos públicos " carezcan de estructura orgánica propia, tendrán que cumplir con sus obligaciones de transparencia , publicando su información mínima de oficio por conducto de su fideicomitente , donde se incluya la relación de los fideicomisos a los que aportan recursos presupuestarios y el monto de los mismos. A partir de la reforma referente a esta figura, que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el día viernes 7 de febrero de 2014 , en el artículo 6, apartado "A", fracciones 1 y VI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se prescribe que la información en posesión fideicomisos y fondos de Estado es pública y que las leves determinarán la manera en que deba difundirse la información relativa a los recursos del erario, que se entreguen a personas físicas o morales. 20 En términos del artículo 3, fracción XII, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública 21 Misma que entró en vigor al día siguiente. 14/JULIO/2015 Página 23 de 46 RR/221 /2015 Y SUS ACUMULADOS RR/22212015 , RR122312015, RR1226/2015, RR/227/2015, RR122912015 , RR1230/2015 , RR/233/2015 Y RR1234/2015 José Martí 102, fraccionamiento Lidia Esther, Villahermosa, Tabasco. Teléfonos 13 13 999 y 1314 002. www.itaip.org.mx El 4 de mayo de 2015 , se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el cual, se expide la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, entrando en vigor en todo el territorio nacional al día siguiente de su publicación.22 De conformidad con lo establecido en su artículo 1, a partir del 5 de mayo de 2015 , sus disposiciones son reglamentarias del artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en "materia de transparencia " y "acceso a la información pública ". La normatividad existente al respecto en cada una de las Entidades Federativas y el Distrito Federal, continúa vigente en sus respectivos ámbitos de aplicación, en lo que no se opongan o contravengan las nuevas disposiciones.23 Resulta necesario indicar que la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, tiene por objeto establecer los principios, bases generales y procedimientos para garantizar el derecho de acceso a la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice act s autoridad de la Federación, las Entidades Federativas y los municipios. Textualmente el artículo 2, fracción VII, de la Ley en cita, refiere que uno de sus objetivos s precisamente el promover, fomentar y difundir la cultura de la transparencia , así como la rendición de cuentas , a través del establecimiento de políticas públicas y mecanismos que garanticen la publicidad de información oportuna , verificable, comprensible , actualizada y completa, que se difunda en los formatos más adecuados y accesibles para todo el público. Igualmente, el artículo 23 de la Ley en comento, señala que son "Sujetos Obligados" a transparentar y permitir el acceso a su información, los fideicomisos y fondos públicos. Tal disposición se armoniza perfectamente, con el contenido del artículo 26, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que textualmente estipula que los fideicomisos y fondos públicos cumplirán con las obligaciones de esta Ley, a través de la unidad administrativa responsable de coordinar su operación. Estas prescripciones, son las que rigen en el tema que nos atañe. Ahora bien, de la simple lectura al "Contrato de Fideicomiso de Inversión y Administración para el Pago de Pensiones y Jubilaciones, Destinado a los Asegurados del Instituto de 22 Artículo primero transitorio. Lo anterior, salvo las excepciones previstas en esos mismos transitorios, en las que se establece una vacatio legis. 23 Artículo segundo transitorio. Página 24 de 46 14/JULIO/2015 RR122112015 Y SUS ACUMULADOS RR122212015, RR12 2 312 01 5, RR122612015, R11/227/2015, RR1229/2015 , RR123012015, RR/23312015 Y RR/23412015 José Martí 102, fraccionamiento Lidia Esther, Villahermosa, Tabasco. Teléfonos 13 13 999 y 1314 002. www.itaip.org.mx itaip netltuqaafio de Transparencia lo Tebasla y preso a nformeden fobaca Seguridad Social del Estado de Tabasco ",24 se advierte que tal como su nombre lo indica, éste se creó con la finalidad de crear un fondo destinado al pago de pensiones y jubilaciones de los asegurados al Instituto de Seguridad Social del Estado de Tabasco. Del citado contrato de creación, también se denota que dicho fideicomiso, no cuenta con un organigrama básico; no tiene asignados muebles o inmuebles propios dentro de su patrimonio (mismo que solo se circunscribe a los recursos con los cuales , se realizan las operaciones de créditos propias del fideicomiso); ni tiene una plantilla de personal asignada, que por sus servicios reciban contraprestación alguna por concepto de sueldos y salarios. Por lo tanto, nos encontramos ante un fideicomiso de Estado pero sin estructura propia, ya que no se constituyó por Ley, Acuerdo, Convenio o Decreto, para formar parte de la Administración Pública Local bajo la figura de Paraestatal del Gobierno del Estado de Tabasco; sino estrictamente como un fideicomiso de inversión , acorde a la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito y a la Ley de Instituciones de Crédito. El documento al que se hace alusión, se inserta a este fallo en su parte conducente, para una referencia. CONTRATO DE FIDEICOMISO DE INVERSION Y ADMINISTRACION PARA EL PAGO DE PENSIONES Y JUBILACIONES DESTINADO A LOS ASEGURADOS DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL DEL ESTADO DE TABASCO, QUE CELEBRAN , POR UNA PARTE, EL ESTADO LIBRE Y LA SECRETARIA DE A TRAVES DE SOBERANO DE TABASCO , PLANEACION Y FINANZAS, REPRESENTADA POR EL C. LEOPOLDO DIAZ ALOECOA, EN SU CARACTER DE FIDEICOMITENTE UNICO; EL INSTITUTO ESTADO DE TABASCO COMO DEL SOCIAL SEGURIDAD DE FIDEICOMISARIO REPRESENTADO POR EL C . FERNANDO RABELO RUIZ DE LA PEÑA, Y POR LA OTRA PARTE COMO FIDUCIARIO BANCO INTERNACIONAL, S.A., INSTITUCION D€ BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO BITAL. DIVISION FIDUCIA R IA, REPRESENTADO POR SU APODERADO ESPECIAL FIDUCIARIO . LA C. MARICARMEN GARCIA MUÑOZ APARICIO, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS: DECI-ARAC 10 N ES1.- Del FIDEICOMITENTE: A) S) Que la Secretaria de Planeación y Finanzas, es una dependencia del Poder F)ecutivo Estatal, cuyas atribuciones entre otras , le correspondo de conformidad con el articulo 24 fracción II de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco . ser el Fideicomilenle único del Gobierno del Estado de Tabasco. en todos los Fideicomisos que al efecto se constituyan Que se cuenta con la autor ización del C Gobernador del Estado Para le constitución del presente Fideicomiso. requisito quo establece el articulo 9 de la Ley de Presupuesto. Contabilidad y Gasto Publico Imagen 1 24 Consultable en la liga http://spf.tabasco.gob.mx/sites/all/files/sites/spf.tabasco.gob.mx/files/tercer-infometrimestral-2014.pdf RR/221 /2015 Y SUS ACUMULADOS Página 25 de 46 14/JULIO/2015 RR122212015 , RR122312015 , RR/226/2015 , RR/22712015, RR/22912015 , RR/230/2015, RR123312015 Y RR123412015 José Martí 102, fraccionamiento Lidia Esther, Villahermosa, Tabasco. Teléfonos 13 13 999 y 1314 002. www.itaip.org.mx C) Que su Titular LEOPOLDO DIAZ ALDECOA se encuentra legalmente autorizado, ya que con fecha 6 de marzo de 1995, fue designada Secretario de Planoactén y Finanzas, nombramiento , quo no le ha sido revocado ni limitado en forra alguna D) Que con el propósito do mataron la calidad de vida do los Trabajadores el Servicio del Estado. ha decidido Constituir el presente Fideicomiso de Inversión y Admin,slraoón pera el pago de Pensiones y Jubi laciones. E) Que para administrar el presente fidoicomiso el Comité TécNCo deberá sujetarse e la Ley del Instituto de Seguridad Social sol Estado de Tabasco, al Contenido del presento instrumento. esl como a las reglas de operación que se establecerán y aprobarán en le petera reunión del mismo, para el cumplimiento de lo establecido en al presente contrato. 0, Del FIDUCIARIO 1: Que es una Institución de Banca f^ulbplo consmulda conforme a las leyes mexicanas y autorzada pire alerce t el cargo do FIDUCIARIO do conformidad co, lo establetloo en la Ley de Instituciones do Crédito. quo Cuenta con la capacidad jurídica necesaria para contratar y obligarse en los termines del presente instrumento 2- Segun lo acred , la lo Licenciada MARICARMEN CARCIA MUÑOZ APARICIO, está autonzada pare representar ala Sociedad Anónima u0 len e en el presente cona, FIDUCL RIO Encoradas las penes de loa anteceden tes y las dectarabcnes vertidas, suieldn el presente a las siguientes CLAUSULAS: CONSTITUCION DEL FIDEICOMISO aplicab'eo y a lo gt,a en el FIDEICOMITENTE constituye en este acto un PRIMERA .- Con sujetar a :as d'spos , ciores legales este Contrato 5e estipule Imagen 2 fideicomiso de Inversión y administración para el pago de Pensiones y Jubilaciones. en lo sucesivo Fondo ISSET, MATERIA DEL FIDEICOMISO y?EO_{J IDA, El FONDO EN FIDEICOMISO se integrara 1: Por le aportación inicial de la cantidad de $40,000 000 00 (CUARENTA MILLONES DE PESOS 001100, Moneda Nacional ), provenientes de las aportaciones que recibe lit Instituto do Seguridad Social del Estado de Tabasco en los términos de los Art . 31 y 32 do su propia ley, que en este acto entrega el Fldelcomitente al Fiduciario paro lo cual éste expido ol roctbo más amplio que en derecho proceda. 2: Con las aportaciones futuras que en efectivo realice el FIDEICOMITENTE 3.- Con los rendimientos financieros que genere le Inversión de los recursos que integren el FONDO EN FIDEICOMISO PARTES DEL FIDEICOMISO IRQEM" Son partes en ol presento FIDEICOMISO, las siguientes. FIDEICOMITENTE Gobierno del Estado Libro y Soberano de Tabasco, a través de la Secretaria do Planunción y Finanzas FIDEICOMISARIO FIDUCIARIO : Instituto de Sogurldad Social del Estado da Tabasco Banco Internacional , SA. Institución do Banca Múltiple, Grupo Financiero Bnal, Dlvlsrn Fiduciaria FINES DEL FIDEICOMISO CUARTA v "Es finalidad del presento FIDEICOMISO croar un tanoo destinado al pago de pensiones y lub,lac,ones de las asegurados de' Instituto de Seguridad Social del Estado de raboseo, para lo cual el Fiduciario deberá Imagen 3 RR/22112015 Y SUS ACUMULADOS Página 26 de 46 14/JULIO/2015 RR/22212015 , RR/223/2015, RR/22612015, RR/227/2015, RR1229/2015 , RR123012015, RR/233/2015 Y RR/23,112015 José Martí 102, fraccionamiento Lidia Esther , Villahermosa, Tabasco. Teléfonos 13 13 999 y 1314 002. www.itaip.org.mx itaip Instituto Tabasgueao de Transppaerenta y Acceso e le Informndón Rtblke Imagen 5 RR/221 /2015 Y SUS ACUMULADOS Página 27 de 46 14/JULIO/2015 RR/222/2015, RR/223/2015, RR/226/2015 , RR/227/2015, RR/229/2015, RR/230/2015 , RR/23312015 Y RR/234/2015 José Martí 102, fraccionamiento Lidia Esther, Villahermosa, Tabasco. Teléfonos 13 13 999 y 1314 002. www.itaip.org.mx El presidente del Comité Técnico será el Director Genoral do¡ Intitulo de Seguridad Soda¡ del Estado de Tabasco en funciones , quien tendrá el voto de calidad. También participe en esta cuerpo colegiado el representante del FIDUCIARIO que Intervendrá con vox pero sin voto: estableciéndose pare IM efecto les siguientes regles de funciorwmlenlo A) En le primar . reunión del Comité Técnico el FIDEICOMITENTE ortrege,á al FIDUCIARIO una reteoón de les reembros que Integrarán el Comité Técnico. propietarios y suplentes , donde aparezcan registradas las firmas y domicilios de cada uno de egos B) El Comité Técnico designará el Secretario do Acuerdos y Ad., quien tendrá arpo colegiado le .signa las responsabilidad e s que el propio C) E. caso de ausencia , incapacidad. terminación del carpo cona servidor publico 6 renuncia de algunos de los miembros titulares de esto Comité Técnico, automáticamente será sustituido por ol miembro suplente O) El Comité Técnico, fw1clennrá . válidomentol m•reunase cuando monos cuatro de los miembros titularas o su suplante designado , siempre y Cuando esté presento el presidente del Comité Técnico. est como el Fiduciario E) Las decisiones del Comité Técnico serán tomados por mayona de votos. Iunlende al pres i dente voto de calidad para el caso de empale F) D. Caen .unión deberá radpdarso el acto correspondiente poi pene del Secretario de Acuerdos y Actas Esta doleré estar firmado por el presidente y loa quo en olla . nlervengan , sorlatándoso en 1. misma. o la del Comité persona que ame al FIDUCIARIO dobmró comparecer a encutar los acuerdos el presente Fideicomiso y Cede ve1 que sou necesario el Comité Técnico se resta rá e solicitud do su pres i dente 6 de las oler a conocer al dos terceros panes de sus miembros debiendo FIDUCIARIO da inmediato y por escrito los rosot 'acionnv quo se adopto G) Cuando inicie operaciones H ) Revisar le m'orm.nc-n periód'ca cara la piopo:ciore el FIDUCIARIO acorta tle le aloctabór mmrsión y ad' n slrOCio^ Col fn^Cn de' StleCNnism 1) Designar a la pers ona tisica o moral que ciad la cargo cuyos cromaremos serón con fideicomiso , s .i poraclUnt's a los del rondrmiantns Imagen 6 Imagen 7 14/JULIO/2015 RR/221 /2015 Y SUS ACUMULADOS Página 28 de 46 RR/222/2015, RR/223/2015 , RR/226/2015 , RR/227/2015, RR122912015 , RR/230/2015, RR/233/2015 Y RR123412015 José Martí 102, fraccionamiento Lidia Esther, Villahermosa, Tabasco. Teléfonos 13 13 999 y 1314 002. www.itaip.org.mx itaip ancle Instituto Tabesqueño de Tren y Acceso e le Infomlación Púbica D) Instruirá el FIDUCIARIO pera que realice las entregas de dinero que conforme a lo dispuesto en esto fideicomiso se deban realizar. E) Recibirá los estados de cuanta que mensualmente le presente el FIDUCIARIO respecto del FONDO EN FIDEICOMISO quedando facultado para solicitarlo cualquier aclaración respecto de loa mismos. F) Resolverá cualquier situación o problema que se presento con relación a lo dispuesto en el FIDEICOMISO , procediendo en su ceso a su defensa. G) Proporc ionará oportunamente el FIDUCIARIO la Información que óato lo requiera por escrito o solicite. H) En general tendrá todas las feculladas que sean necesarias pera la consecución de los fines del FIDEICOMISO. 1) En caso de quo fuera revocado el FIDEICOMISO por al FIDEICOMITENTE, los recursos o patrimoni oq que en ose momento exista en el FONDO EN FIDEICOMISO, deberán eervreinI gribob al Instituto de Seguridad Social del Estado de Rabaaoo ó al FIDEICOMITEfirF'. en ese orden. Cuando el FIDUCIARIO obre ejuelántioso q ba dictámenes o acuerdos del COMITE TECNICO, estará libre de lodo responsabilidad Los panes acuerdan expresamente que el FIDUCIARIO tendrá un plazo de cinco dios hábiles contados a pedir del die siguiente en que le sean notificados por escrito los acuerdos del COMITE TECNICO, por conducto de su Presidente. para podar objetar cualquier instrucción que le dirija dicho COMITE TÉCNICO; el dicha instrucción no se apega e lo estipulado en el presente contrato, es confusa , no ea viable operehvamento . vaya en contra de los fines del presente contrato o pugne con cualquier norma legal PAGOS CON CARGO AL FONDO: DECIMA PRIMERA - El COMITE TECNICO queda facultado como el único órgano para autorizar pagos con cargo al FONDO EN FIDEICOMISO y 981 matvir cap estilo a' FIDUCIARIO a treváe de su Presidenta Para poder efectuar los pagos quo por escrito le instruya el COMITE TÉCNICO, el FIDUCIARIO venderá los valores que Integren el FONDO EN Imagen 8 Ttica ora el turno al "Fideicomiso para el Apoyo Empresarial de Tabasco ". Éste se creó mediante el "Contrato de Fideicomiso de Inversión y Garantía Complementaria", \ celebrado el 28 de marzo de 2000, entre la Secretaría de Planeación y Finanzas en su (^ carácter de fideicomitente único y en su calidad de fiduciario el Banco Internacional S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Bita¡, División Fiduciaria. De la sola lectura al referido acuerdo de creación, se advierte que este segundo fideicomiso originalmente se creó como parte de las acciones encaminadas a atender las demandas de los sectores comercial y empresarial del Estado de Tabasco, que permitieran fomentar la diversificación y consolidación de actividades productivas viables, tendientes a la generación de empleo y reactivación de la economía de la entidad, así como apoyar a las empresas industriales, comerciales y de servicios, dañadas por inundaciones sufridas dentro del territorio de nuestra Entidad. Éste fideicomiso a la fecha continúa vigente '21 tal como quedó acreditado en la parte conducente del estudio efectuado en el apartado II del presente Considerando, mismo que por economía procesal, se tiene aquí por reproducido como si a la letra se insertara, evitándose con ello repeticiones innecesarias. 25 Al igual que el anterior. 14/JULIO/2015 RR/221 /2015 Y SUS ACUMULADOS Página 29 de 46 RR/22212015, RR/223/2015, RR/226 /2015, RR/227/2015, RR/229/2015 , RR123012015, RR/23312015 Y RR/234/2015 José Martl 102, fraccionamiento Lidia Esther , Villahermosa, Tabasco. Teléfonos 13 13 999 y 1314 002. www.itaip .org.mx Asimismo, se denota que se constituyó acorde a la Lev General de Títulos y Operaciones de Crédito y a la Ley de Instituciones de Crédito , y no como parte de la Administración Pública Local bajo la figura de Paraestatal del Gobierno del Estado de Tabasco, puesto que al igual que el anterior fideicomiso, no cuenta con un organigrama básico; no tiene asignados muebles o inmuebles propios dentro de su patrimonio (mismo que solo se circunscribe a los recursos con los cuales, se realizan las operaciones de créditos propias del fideicomiso); ni tiene una plantilla de personal asignada, que por sus servicios reciban contraprestación alguna por concepto de sueldos y salarios. Enseguida para una mejor ilustración y referencia, se plasman las partes correspondientes del aludido acuerdo de creación.` DE INVERSION Y GARANTÍA FIDEICOMISO DE CONTRATO COMPLEMENTARIA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL ESTADO DE TABASCO. EN SU CARÁCTER DE PIOEICOMITENTE UNIDO . A TRAVES DE LA SECRETARIA DE PLANEACION Y WNaNZAS . CON LA PMTICIPACION OE LAS SECRETARIAS DE FOMENTO ECONOMICO Y CONTRALORIA Y DESARROLLO ADIMNIsTRATIVOI REPRESENTADAS EN ESTE ACTO POR JESÚS ADELPO TARACENA LO CC. LEOPOLDO IMAZ ALDECOA , MARTINEZ Y ANGEL AUGUSTO BUENDIA TIRADO . RESPECTIVAMENTE Y POR LA OTRA COMO FIDUCIARIO . ~CO INTERNACIONAL, S.A. ,NSTKUCION DE BANCA MULTIPLL GRUPO FNANCIERO SITAL DNISION FIDUCARIA, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU APODERADA ESPECIAL PIDUCIARIA. MARICMMEN GARCIA -MUAOZ APARICIO. AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES . DECLARACIONES Y CLAUSULAS: ANTECEDENTES PRIMERO . Con Isa,. 5 da o W bre as 1009 La púal,w on al D , er V p,cW da lo Peaer~a~n la dtferabrla da ~ele natal pMVw00a (Vr el daiWMY1M10n10 de ríos y las nundac,owa Causadas pw ws aleCOa de loe luyas Iarrenóolaa i1 q1p ea aY [ CXaran curenle el ,Ma de sep :wMbra de 1090, en d2 erIO5 rnvXCplra del Estado de Tab~ y que Mecieron Ilereaelruclura Md1Y.Ullra y .laos de 11O. . Inheo.XVaWra p~Mae canalera I,*aoslna ,eva y equlpalNenlo ur1Yr`a . eduCgOn p~ y de panaporto. Y d9 Le*ld : ael corno ee<rvw Pmvadas produtlwros y no productivo. de 1s poblwón de pepa vlQraaaa i4 I SEGUNDO. Le Ley de Pleneccrón den Estado de Tabaaw. en tu acUoSo la s~Aelo quo IN dlapoeldonea do dlcbo Ley Ion de Orden póbllco e ,Merál social, y erkra olor objeU... ee enwenXV el de ealableca I. bmee pera que Imagen 1 SIN TEXTO 26 Vale la pena señalar que , con fechas 24 de noviembre de 2000 y 11 de marzo de 2003, se realizaron convenios modificatorios. Consultable en: http://transparencia .tabasco . gob.mx/TransArchivos/K6/53/228833.pdf 14/JULIO/2015 Página 30 de 46 RR/221 /2015 Y SUS ACUMULADOS RR/22212015 , RR/223/2015, RR122612015, RR122712015 , RR/229/2015, RR123012015 , RR/233/2015 Y RR/23412015 José Martí 102, fraccionamiento Lidia Esther, Villahermosa , Tabasco. Teléfonos 13 13 999 y 13 14 002. www.itaip .org.mx 41 itaip Inmuto Taba sLluoAo do Transparencia v Acceso a b InfonMción Púdica Imagen 2 22 .ia:.:. •. de .......__...i_..:•'ü.-.^_._éef.'; de Te Ley de ~puesto. Contabilidad y Go.lo Público del Epado C1 Que •u Titule, LEOPOLDO OIAZ ALOECOA. se anduenra IpWSante AeaOrl2aOp, ya que can fe'. e de marco de 1968 , fue designsdo Senacarc de Plan.eelól y Fewntes, s mbramlento, que no le tse nido nvewde ni limitado en fama alguna D> Que ea funde~ oowntlir el pleswae Contrato da Fidebamiso, corno parte de las .cache. erlraminada, a atender e las demanda. de lo. sectores comercial y empresarial del Eetadu de Tebaeeo. que permita la tomentw le óvanifiwoión y ooracadeUdn de acivdadee productivas viables, tendienee a la genweoidn de empleo y reectlvaddn de le ecanonira de ra entidad. pf como pan apoyar a des empreee. qua fueron darlieda. en las pasada. Inundeopnes de loe meen de sepllembre y edicto de 1999; y que para aló ha cedernplado una perlita en el presupuesto de egresos del preeeree "~b 6Y Gua pana s a. des prcpdrllo. ante , descrito.. al Gobierno dei Estado he deolddo eonstilulr as, Fideicomiso de ln malo, y Garand, Cemplenantwta de deduce pera berarbio de las empresas y grupo . del anclo, emprewrlal, en los lérminosy condiciona pactados en el prebnte ccrAt.o. i 11. Del Fiduciaria Al Que ea una Saciedad Anrlntnr conaec~Fde coMn a le. ley.. meaow.aa y autorisAde pan aprcer el cargo de FiducIarie de carlfwmUad con lo ealablecldo en m Ley de fWlWabnes de CrSlo , capad que cuente non la lurldloa naee.sn pera comralar y oblgar .a en loe tarmirq& del presente Initurn~ el Segin le apalee le LlwncIada MAR~CAI~MCN GAROtA MUÑOZ APARICIO, estd aibodzeda para represner a la Sociedad An&*ns que Imagen 3 14/JULIO/2015 RR1221 /2015 Y SUS ACUMULADOS Página 31 de 46 RR/222/2015 , RR12 2 312 01 5 , RR/226/2015 , RR/22712015, RR/22912015 , RR123012015, RR123312015 Y RR/234/2015 José Martí 102, fraccionamiento Lidia Esther, Villahermosa, Tabasco. Teléfonos 13 13 999 y 1314 002. www.itaip.org.mx (3 V , I,nsemwtos del presente Fideicomiso TERCER- PATRWONUO Y APORTACION ": El pab,nonlo dN FIDEICOMISO PARA EL APOYO EMPRESARIAL DE TABASCO , se conadtura con Al La cantidad de S 4'000 . 000.00 ( CUATRO MILLONES DE PESOS 00!100 M N.) que eat este acto aporte el Fidelcom,lenle , cono apana~ u c,a1 única a^ 0) Las canildeaes de dinero que en el Muno opone el ' FIDEICOMRENTE•, W C) Las cantldedes de amero que por cuelgwer titulo legal decidan apanar ncia maldades, personas rnorales ó Falcas del sector palco o depende privo y orgeniSrOl nabonwes O Inlernoceneíae . a titulo gratL.w D1 Loa rendimnntoa que produ. la inversión del palnmanlo, wnlgmne a las instruouonea da¡ Comlt4 TAmioa del Flde.cornao y con ol aseforaníento del 'FIDUCIARIO'. El El pammonlo del presento Pdalcamleo . ppdré in Y MS larse cuentes Heces sao neceaona con nueves eparteaones sin necesidad de convenio bastando e pera ello la instrucción que 'sobe el ' FIDUCIARIO' del Comité Técnico del Fideicomiso. CUARTA: " RNES DEL FIDEN]OMISO" : Sonfnef del preeenla aparato: Al Que al ' FIDUCIARIO ' actuando corno mondaberio, y en aampllmienlo de las InelruwbMS que yar asalto reata del Comité Técnico . garantlce en Serme uwrreaperda y wmpiMlenlarle y en su ceso pegue en ta proporción co liaste por el arpone del {mtarnonio Fdeloamaide , los cróditos otorgados e las Empresas , Peremee Fie,cae y Moretea que reallwn ectÑidad emp¡awnel y comercial en el Estado de Tabasco , otorgados oor Nacional Imagen 5 141JULIO/2015 Página 32 de 46 RR/221 12015 Y SUS ACUMULADOS RR12 3 312 0 1 5 Y RR122912015 , RR12 3 012 01 5 , RR/22212015, RR/223/2015, RR/226/2015, RR/227/2015 , RR123412015 José Martí 102, fraccionamiento Lidia Esther , Villahermosa, Tabasco. Teléfonos 13 13 999 y 1314 002 . www.itaip . org.mx á itaip IntiM0 Tabesgoeño do transparencia y Acceso e la 1.0.1101 Rlbike ° I. 47% 22 - .I.Is^l, Financiera a de le Banca de Desarrollo are lo atenido la Irolituclan Aarlddanta , a través da Banm Inlalnclwlal 9. A. yq.aa m esto liquldedoa msOm.e a lo pactado, de oonrorm Wad con loa paran.ebaa elguiantn. MONTO DEL CREDITO OTORGADO PORCENTAJES DE GARANTIAS COMPLEMENTAR~ ICO% DEL CAPITAL DE 310,000 .00 FASTA S50,C00. 00 s DE ssa'r. 00 50% DEL CAPITAL A 5100, 000.00 En mregln raso el preserve Fldelcondao geramisera Imerowa normales y moratorias qua se ganaren Por el ilmmplimisnb de pego. de loa citabas que olorgue la kuliWddn Agredtsse antes descrita n( monto ningún aire m~, gest inmisión o wcgaclen que ea genere en M peono de olorgamlento yto reaperación del wldb. 4> n deetinaS para De le epMeglón Inicial lo comaeponSante M 50% gerenOZar or@meu de 10 , 000..00 anta por 50.000. 00, y el oln b0% es deMinta a geraralze cridiboa de 50,001.00 ha" 100.00000; pasando modirlcerae la dadbudan de la eponaobn mealema acuerdo del Can Témb= B) 0. el 'FIDUCIARIO' su4Mendoe a las inetrgmiwws estiles del Gomita Téodm, adminabs e Invierta el pabanonlo fide~ rreWO en los dÑarse Insbumenlos bennnm que «reas M FIDUCIARIO , mn los rendMNritoa y plazos mis conwnantn. Imagen exclusivamente a la administración de los bienes fideicomitidos , con el objetivo de lograr la consecución del fin específico al que éstos fueron destinados . El Comité Técnico de ambos ( máximo órgano de decisión ), está integrado entre otras Instituciones, por la Secretaría de Planeación y Finanzas quien además funge como fideicomitente , así que los 2 son fideicomisos de Estado pero sin estructura propia , porque se reitera , fueron creados para la realización de inversiones y no como órganos dependientes del Gobierno del Estado de Tabasco , balo el régimen de paraestatal. Derivado de lo anterior y, en observancia a lo prescrito por el artículo 8, del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública vigente en el Estado, se determina que la divulgación de información que en torno al "Fideicomiso de Inversión y Administración para el Pago de Pensiones y Jubilaciones Destinado a los Asegurados del ISSET" y al "Fideicomiso para el Apoyo Empresarial de Tabasco ", debe efectuarse "de forma proactiva vía transparencia ", publicitándose a través del responsable de coordinar su operación. 141JULIO/2015 RPJ221 12015 Y SUS ACUMULADOS Página 33 de 46 RR/22212015 , RR/22312015, RR122612015 , RR122712015, RR/22912015, RR123012015, RR123312015 Y RR/23412015 José Martí 102, fraccionamiento Lidia Esther, Villahermosa, Tabasco. Teléfonos 13 13 999 y 1314 002. www.itaip.org.mx Es decir, por conducto de la Secretaría de Planeación y Finanzas en su calidad de fideicomitente, por ser quien más detalle tiene de su funcionamiento , y no de forma directa como en el caso de los fideicomisos que sí cuentan con estructura de paraestatal, porque no está constituido como tal (es decir, como una institución gubernamental de ese tipo). Máxime que al formar parte de su Comité Técnico, sin duda alguna "administra" o "posee" la información correspondiente, así que en esa dependencia recae la responsabilidad de difundir en su "portal de transparencia", todo aquello que deba informarse al respecto. Al tenor de lo expuesto , debido a que el artículo 42, fracciones VIII, XX y XXI, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública prescribe que, los Organismos Garantes como lo es este Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública, tienen en el ámbito de su competencia como atribuciones; entre otras el: Establecer políticas de transparencia proactiya; • Fomentar la transparencia y rendición de cuentas en el ejercicio de su atribuciones, así como; Emitir recomendaciones a los Sujetos Obligados, para diseñar, implementar y evaluar acciones de apertura gubernamental que permitan orientar las políticas internas en la materia. Como acorde al artículo 63 de ese mismo ordenamiento jurídico, los Organismos Garantes, de oficio o a petición de los particulares, podrán verificar el cumplimiento que los Sujetos Obligados den a sus obligaciones de transparencia. Y virtud de que, atento a lo mandatado por los artículos 1, 5, fracción XIV, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco, así como en los numerales 1 y 3, fracción VII de su Reglamento, el cumplimiento de las obligaciones de transparencia es una cuestión de "orden público"; es decir, " de cumplimiento imperativo". Entendida ésta, como la práctica democrática a cargo de los Sujetos Obligados, de poner a disposición de las personas sin que medie solicitud alguna, aquella información pública prevista en su Capítulo II de esa misma Ley, que según la naturaleza del ente de que se trate le corresponda difundir, publicándola en la página de Internet creada para tales efectos que recibe el nombre de " portal de transparencia " (en la que se coloca todo aquello que el Sujeto Obligado debe informarse a la colectividad). 14/JULIO/2015 Página 34 de 46 RR/221 /2015 Y SUS ACUMULADOS RR/222/2015, RR/223/2015, RR/226/2015 , RR1227/2015, RR/229/2015 , RR/230/2015 , RR1233/2015 Y RR/234/2015 José Martí 102, fraccionamiento Lidia Esther, Villahermosa, Tabasco. Teléfonos 13 13 999 y 1314 002. www.itaip . org.mx itaip Insbtuto Tabasqunao do Troroppoorea y Accesoe la IMOnnon ed Pabiknco Tomando en consideración además, que con fundamento en lo dispuesto por el artículo 23, fracción 1, de esa misma Ley, este órgano Colegiado tiene como atribución; entre otras, el vigilar el cumplimiento de dicha Ley para su exacta observancia y; por ende, el debido acatamiento por parte de los Sujetos Obligados en la Entidad, al deber constitucional que tienen de difundir la información mínima de oficio en ella prevista. Por lo tanto, como consecuencia jurídica de todo lo expuesto, con sustento en lo prescrito por el artículo 8, del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública vigente en el Estado, en conexión con similar 26, Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; con apoyo además, en el contenido del artículo 63, del Reglamento de la Ley en cita, SE FORMULA LA SIGUIENTE OBSERVACIÓN a la Secretaría de Planeación y Finanzas , así como al Titular de la Unidad de Acceso a la Información de esa dependencia: A fin de garantizar sin demora el efectivo derecho de acceso a la información pública que tienen las personas vía medios electrónicos, se les instruye para que dentro del plazo de 15 días hábiles , contados a partir del siguiente al que surta efectos la notificación de esta resolución, se realicen las siguientes acciones para cada uno de los fideicomisos que os com eten• • Se efectúe un examen detallado a todos los incisos que integran la fracción 1, del artículo 10, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública vigente en el Estado, así como a sus numerales 12, 13 y 14, a fin de determinar de manera fundada y motivada cuáles preceptos le son aplicables a su naturaleza singular, y se proceda a publicitar la información correspondiente a cada uno de ellos en su "portal de transparencia". Única y exclusivamente para una mejor orden en la presentación de la información prevista en tales dispositivos, este órgano Garante sugiere adoptar el esquema de sistematización previsto en el artículo 77, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Cabe hacer notar que lo enlistado en el último de los numerales invocados , se encuentra inmerso en aquello que ya desde antaño, nuestra normativa local contempla como información que debe hacerse asequible y divulgarse, vía medios electrónicos , tal como enseguida se muestra en forma de esquema, para su mejor comprensión: 14/JULIO/2015 Página 35 de 46 RR1221 12015 Y SUS ACUMULADOS RR122212015 , RR/223/2015, RR/22612015 , RR122712015 , RR/22912015, RPJ230/2015, RR123312015 Y RR12341201 5 José Martl 102, fraccionamiento Lidia Esther, Villahermosa, Tabasco. Teléfonos 13 13 999 y 1314 002. www.itaip.org.mx WORIMO 8 - @ C O 8 p f dé.^W wau1 111 1. El nombre del servidor público y de la persona física o moral que represente al fideicomitente, al fiduciario y al fideicomisario; Art. 10, fracción 1, inciso b) estructura orgánica y d), directorio Art. 8, relación de los fideicomisos a los que se recursos aportan presupuestarios y el monto de los mismos II. La unidad administrativa responsable del fideicomiso; III. El monto total, el uso y destino del patrimonio fideicomitido, Art. 10, fracción 1, inciso 1) ejecución del presupuesto de las aportaciones egresos conforme al ejercicio públicas y fuente de los recursos, los subsidios, donaciones, transferencias, excedentes, y inversiones realizadas aportaciones o subvenciones que reciban; inciso m) correspondiente, situación económica, estados financieros y endeudamiento, así como inciso n) todos los ingresos distinguiendo W. El saldo total al cierre del ejercicio fiscal, sin perjuicio de los demás informes que deban presentarse en los términos de las disposiciones aplicables; V. Las modificaciones que, en su caso, sufran los contratos o Art. 10, fracción 1, inciso b), acuerdos y convenios constitución del decretos de fideicomiso o del fondo público; Vi. El padrón de beneficiarios, en su caso; VII, Causas por las que, en su ,..z`,?<:;-<°>r.zc;`::fiF::..; Art. 10, fracción 1, inciso j), padrón y ,:"•, ..,:, e ;; ;, _, _.•.., t, - .,, de beneficiarios i?`,;z :•! - 'a "',; .- ;'1<+' Art. 10, fracción 1, inciso b), caso, se inicie el proceso de acuerdos y convenios constitución fideicomiso especificando , o o del extinción fondo público, de manera detallada, los recursos financieros destinados para tal efecto, y VIII, Los contratos de obras, adquisiciones y servicios que involucren recursos públicos del los fideicomiso, así como honorarios derivados de los Art. 10, ejecución fracción 1, inciso 1) ;^.,_^,,,.. del ,.,„; ,, •. presupuesto de egresos conforme al ejercicio corres p ondiente, i nciso m)) y situaci ó n económica, estados financieros y endeudamiento, así k como inciso n) todos los ingresos Art. 10, fracción I, inciso h), así como los numerales 12 y 14 = d5 ., ` r - 3aú^a`. t .... '• •,. ^. , servicios y operaciones que realice la institución fiduciaria. de crédito o la :<:.:'a'c';-r•s,•,n._.,`,..:., Esquema 1 Al transparentar en su portal la información en comento, para ambos fideicomisos, tendrá que considerarse las siguientes precisiones: Página 36 de 46 14/JULIO/2015 RR12 21 12 0 1 5 Y SUS ACUMULADOS RR122212015, RR/22312015 , RR/22612015 , RR/22712015, RR/229/2015 , RR123012015 , RR12 3 312 0 1 5 Y RR123412015 José Martí 102, fraccionamiento Lidia Esther , Villahermosa, Tabasco. Teléfonos 13 13 999 y 1314 002. www.itaip.org.mx itaip bsbWb Tabasqueño do vanspnrencla y Acceso a la Infonnaclen P1Mw d eeI e o a d 1. El nombre del servidor público y de la persona física o moral que represente al fideicomitente, al fiduciario y al fideicomisario; Art . 10, fracción 1, inciso b) y d), orgánica estructura directorio Estos datos son inmutables. Desde la constitución de los fideicomisos hasta la fecha de emisión de este fallo, la información perteneciente a estos rubros es la misma y sigue vigente sin importar no sufre época; es decir, II. La unidad administrativa responsable del fideicomiso; III. El monto total, el uso y destino fideicomitido, patrimonio del Art. 10, fracción 1, inciso 1) ejecución del presupuesto de simple el variación por transcurso del tiempo. Atento al contenido del artículo 8 bis, del Reglamento de la distinguiendo las aportaciones públicas y fuente de los recursos, egresos conforme al ejercicio m) inciso correspondiente, Ley de Transparencia y Acceso a la Información donaciones, excedentes, situación económica, estados financieros y endeudamiento, de Estado Pública del Tabasco, deberá darse a así como inciso n) todos los conocer lo relativo a los 2 subsidios, los transferencias, realizadas inversiones y aportaciones o subvenciones que ingresos últimos años, contados a partir de la emisión de este fallo. reciban; W. El saldo total al cierre del ejercicio fiscal, sin perjuicio de los demás informes que deban presentarse en los términos de las disposiciones aplicables; V. Las modificaciones que, en su aso, sufran los contratos o ecretos de constitución Art. 10, fracción 1, inciso b), Atento al contenido del artículo acuerdos y convenios 8 bis, del Reglamento de la Ley del de Acceso eicomiso o del fondo público; Pública Tabasco, Transparencia y a la Información del Estado deberá darse de a conocer lo relativo a los 2 últimos años, contados a partir de la emisión de este fallo. Si no se tiene información que deba divulgarse en este apartado, para alguno de los fideicomisos, en observancia al numeral 7, de los Lineamientos Generales para el Cumplimiento de las de Obligaciones Transparencia de los Sujetos Obligados en el Estado de VI. El padrón de beneficiarios, en su caso; Art. 10, fracción 1, inciso j), padrón de beneficiarios Tabasco, tendrá que colocarse la leyenda respectiva que indique dicha circunstancia. Atento al contenido del artículo 8 bis, del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información de Pública del Estado Tabasco, deberá darse a conocer lo relativo a los 2 últimos años, contados a partir de la emisión de este fallo. VII. Causas por las que, en su Art. 10, fracción 1, inciso b), Atento al contenido del artículo 14/JULIO/2015 Página 37 de 46 RR/221 12015 Y SUS ACUMULADOS 11111222120115, RR/223/2015, RR122612015, RR/227 /2015, RR/229/2015 , RR1230/2015, RR/233/2015 Y RR/23412015 José Martí 102, fraccionamiento Lidia Esther, Villahermosa, Tabasco. Teléfonos 13 13 999 y 1314 002. www.itaip.org.mx caso, se inicie el proceso de constitución o extinción del fideicomiso o fondo público, de manera especificando, detallada, los recursos financieros destinados para tal efecto, y acuerdos y convenios VIII. Los contratos de obras, adquisiciones y servicios que involucren recursos públicos del Art. 10, fracción 1, inciso h), así como los numerales 12 y 14 fideicomiso, así como Art. 10, fracción 1, inciso¡) ejecución del presupuesto de egresos conforme al ejercicio m) correspondiente, inciso situación económica, estados financieros y endeudamiento, así como inciso n) todos los in g resos 8 bis, del Reglamento de la y Ley de Transparencia Acceso a la Información de Pública del Estado Tabasco, deberá darse a conocer lo relativo a los 2 últimos años, contados a partir de la emisión de este fallo. Atento al contenido del artículo 8 bis, del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso los a la Información de Pública del Estado Tabasco, deberá darse a conocer lo relativo a los 2 últimos años, contados a partir de la emisión de este fallo. honorarios derivados de los servicios y operaciones que realice la institución de crédito o la fiduciaria. Si no se tiene información que deba divulgarse en este apartado, en observancia al 7, de los numeral Lineamientos Generales para Cumplimiento de las el de Obligaciones Transparencia de los Sujetos Obligados en el Estado de Tabasco, tendrá que colocarse la leyenda respectiva que indique dicha circunstancia. N v Esquema 2 Dicha información deberá estar separada por cada fideicomiso y; a su vez, organizada de manera tal , que pueda identificarse fácilmente, precisándose en cada caso el artículo, inciso o fracción del ordenamiento jurídico al que se dé cumplimiento. Tratándose del artículo 10, fracción 1, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública vigente en el Estado de Tabasco, la información deberá divulgarse con el detalle que ordenan los correspondientes Lineamientos Generales para el Cumplimiento de las Obligaciones de Transparencia de los Sujetos Obligados en el Estado de Tabasco, que fueron expedidos en su oportunidad por este órgano Garante. Y en todo caso, si debido a la naturaleza su¡ géneris de los fideicomisos que nos ocupan, la transparencia de información no aplica en alguno de los rubros de ese numeral; entonces, la Secretaría de Planeación y Finanzas deberá sustentar jurídicamente la validez de su afirmación. 14/JULIO/2015 Página 38 de 46 RR/221 /2015 Y SUS ACUMULADOS RR1222/2015, RR/223/2015 , RR/226/2015, RR/227/2015, RR122912015, RR/230/2015, RR/233/2015 Y RR123412015 José Marti 102, fraccionamiento Lidia Esther , Villahermosa, Tabasco. Teléfonos 13 13 999 y 1314 002. www.itaip. org.mx f itaip InsMNto Tebesquollo 0o irensPeroncle y Acceso e le Información PJdko Nada de esto implica en modo alguno, perjuicio o contravención a lo dispuesto por el artículo octavo transitorio , de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en razón de que con fecha 17 de junio de 2015, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Acuerdo Mediante el cual el Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales Establece las Bases de Interpretación y Aplicación de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública ", suscrito el día 10 de junio de 2015.27 El Instituto Nacional de Transparencia , Acceso a la Información y Protección de Datos Personales , es el responsable a nivel nacional, de velar por el derecho de acceso a la información, así como de garantizar su cumplimiento.28 Dentro de sus atribuciones, está precisamente el interpretar la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública,29 tal como ésta misma lo refiere en su artículo 41, fracción I. Pues bien, en el anexo único del acuerdo aludido, se encuentran precisamente las correspondientes bases y en ellas se explica que, con la finalidad de brindar certeza y seguridad jurídica, se interpretó el sentido y los alcances de las prescripciones contenidas en los artículos transitorios de la Ley General invocada, aclarando que éste nuevo cuerpo Esto , con excepcion ae aquellas aisposiciones reiacionaaas con ios procedimientos, pases y principios que adquirieron efectos suspensivos al quedar sujetos a la implementación de acciones legislativas, operativas y/o normativas, en términos de lo previsto en los artículos transitorios de dicha Ley.30 Tal es el caso de la incorporación a la Plataforma Nacional de Transparencia , de aquella información correspondiente a las obligaciones de transparencia, que se encuentra desglosada en el Capítulo II "De las Obligaciones de Transparencia Comunes" y la que está enlistada en el Capítulo III "De las Obligaciones de Transparencia Específicas de los Sujetos Obligados"; ambos apartados, pertenecientes al Titulo Quinto del cuerpo normativo en cita, que lleva por nombre precisamente "Obligaciones de Transparencia". Incorporación que se efectuará, en términos de los Lineamientos que al efecto se emitan por la autoridad competente y que por esa razón quedó postergada, constriñéndose a aquella generada a partir del 5 de mayo de 2015 ; pero se insiste, solo para efectos de ser colocada en la plataforma a que se hace mención , no para efectos de su difusión (así se 27 http ://www.dof. gob.mx/nota_detalle . php?codigo=5396970&fecha =17/06/2015 28 Punto 3 del Considerando 29 Numeral 11.1 del anexo único 30 4.1 del anexo único 14/JULIO/2015 Página 39 de 46 RR1221 12015 Y SUS ACUMULADOS RR1222/2015 , RR/223/2015, RR/226/2015, RR/227/2015, RR/229/2015, RR1230/2015, RR/233/2015 Y RR1234/2015 José Martí 102, fraccionamiento Lidia Esther, Villahermosa, Tabasco. Teléfonos 13 13 999 y 1314 002. www.itaip.org.mx consigna también de manera expresa, en el artículo noveno transitorio de la Ley General a que se hace mención). De manera que no queda incluida en dicha prescripción , el deber de hacer asequible vía medios electrónicos la información comprendida dentro del Título Quinto de ese ordenamiento jurídico , que es precisamente la que se instruye publicitar en este sumario. Por su parte, sugerencia en cuanto a la adopción de esquema de sistematización en ella previsto, que se realiza en la página 35 de este fallo, única y exclusivamente sirve para presentar la información mínima de oficio que tiene que darse a conocer, además de que obedece a una medida de trasparencia proactiva, que a su vez en su oportunidad, facilitará su incorporación a la Plataforma Nacional de Transparencia. Enseguida se reproducen las partes conducentes del "Acuerdo Mediante el cual el Pleno del Instituto Nacional de Transparencia , Acceso a la Información y Protección de Datos Personales Establece las Bases de Interpretación y Aplicación de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública ", al que se ha venido haciendo referencia:` "...7.1. De conformidad con el segundo párrafo del artículo Octavo transitorio del Decreto de reforma en materia de transparencia , los suletos obligados deberán mantener v actualizar en sus respectivas páginas de Internet las obligaciones de transparencia previstas en las diecisiete fracciones del artículo 7 la Ley Federal, las cuales corresponden con las fracciones 1, II, III; IV, VII, VIII, XIII, XIX, XX; XXI, XXIV, XXV, XXVII, XXVIII; XXIX, XXXVII, XLVIII del articulo 70 de la Le General. 7.2. Aun cuando no está vigente la obligación de difundir en la Plataforma Nacional de Transparencia la información prevista en las fracciones V, VI, IX, X, XI, XII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XXII, XXIII, XVI, XXX, XXXI, XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVIII, XXXIX, XL, XLI, XLII, XLIII, XLIV, XLV, XLV, XLVI y XLVII del artículo 70 y la relativa a los artículos 71 al 83 de la Ley General , ésta será accesible a través de las solicitudes de información y, como parte de las obligaciones de transparencia , los suletos obligados podrán prever lo necesario para que la misma sea difundida de manera proactiva en sus portales de Internet o, a través de una fuente de acceso público y, facilitar su incorporación a la Plataforma una vez puesta en operación..." (Sic) "...7.4. La información relacionada con las nuevas obligaciones de oficio que será incorporada en la Plataforma Nacional de Transparencia en términos de los lineamientos que para tal efecto emita el Consejo Nacional , comprenderá aquella que generen los sujetos obligados a partir del cinco de mayo de dos mil quince , derivado del ejercicio de las facultades, competencias y funciones relacionadas con dichas obligaciones. Por lo tanto, deberán tomar las medidas atinentes 31 Numeral 7.1 y 7. 2 del anexo único que contiene propiamente las bases de interpretación y aplicación de la Ley General 14/JULIO/2015 RR/221 12015 Y SUS ACUMULADOS Página 40 de 46 RR/22212015 , RR122312015 , RR/226/2015, RR/22712015 , RR122912015, RR/23012015, RR/23312015 Y RR/23412015 José Martí 102, fraccionamiento Lidia Esther, Villahermosa, Tabasco. Teléfonos 13 13 999 y 1314 002. www.itaip.org.mx OA itaip Nsbtuto Tebasqueño aa Transparencia y Acceso a b Información P4blca para documentarlas, según corresponda, de conformidad con lo previsto en el último párrafo del articulo Octavo Transitorio de la Ley General..." (Sic) En consecuencia, la observación que se formula a la Secretaría de Planeación y Finanzas, así como al Titular de la Unidad de Acceso a la Información de esa dependencia , se encuentra apegada a los criterios que dicta la normatividad en vigor que resulta aplicable y no implican aplicación retroactiva alguna; porque inclusive, tal como quedó reseñado en líneas atrás, en Tabasco desde el 10 de febrero de 2007 , los fideicomisos de Estado, están sometidos al principio de publicidad de sus actos, así que esta información ya debía estar publicada desde esa época. Finalmente, con el objeto de ser exhaustivos en este estudio, se puntualiza que tratándose del "derecho de acceso a la información ", como el "Fideicomiso de Inversión y Administración para el Pago de Pensiones y Jubilaciones , Destinado a los Asegurados del ISSET" y el "Fideicomiso para el Apoyo Empresarial de Tabasco ", no son órganos que dependan del Gobierno del Estado de Tabasco como paraestatales, en caso de que algún particular desee formular alguna solicitud de acceso relativa a su funcionamiento y operatividad, podrá elaborarla y presentarla ante las entidades gubernamentales que según los respectivos contratos mediante los cuales se crearon, conforman su Comité Técnico, ya que los artículos 5 fracción II y 43, ambos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública vigente en el Estado de Tabasco, expresamente estipulan que las personas ejercerán su derecho esta prerrogativa fundamental ante las dependencias que la creen, posean o administren. Por lo expuesto y fundado, atento a lo previsto en el artículo 67 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco, el Pleno del Instituto: RESUELVE PRIMERO . En términos de lo previsto por los artículos 65, fracción III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco, y 63, párrafo primero de su Reglamento, SE REVOCAN los "Acuerdos de Disponibilidad igual a Cero " de fechas 03 de febrero de 2015 , con números de control Interno UTAI/DISP/0063/2015, UTAI/DISP/007712015, UTAI/DISP/006512015, UTAI/DISP/0070/2015, UTAI/DISP/0066/2015, UTAI/DISP/006212015, UTAI/DISP/0064/2015, UTAI/DISP/0069/2015 y UTAI/DISP/0068/2015, todos dictados por el Titular de la Unidad de Acceso a la Información de la Secretaría de Planeación y Finanzas , con motivo de las solicitudes con folio Infomex 00016514, 00019614, 00016714, 00017214, 00016814, 00016414, 00016614, 00017114 y 00017014; lo anterior, de acuerdo a las razones expuestas en el Considerando 11 de la presente resolución definitiva. 14/JULIO/2015 Página 41 de 46 RR/221 /2015 Y SUS ACUMULADOS , RR123312015 Y , RR1230/2015 RR/22912015 RR122212015 , RR122312015, RR122612015, RR122712015, RRI23412015 José Martl 102, fraccionamiento Lidia Esther, Villahermosa, Tabasco. Teléfonos 13 13 999 y 1314 002. www.itaip.org.mx SEGUNDO . Con fundamento en lo establecido en el último párrafo del artículo 63 del Reglamento de la Ley de la materia, SE ORDENA al Titular del Sujeto Obligado, para que en el término de 15 días hábiles , contados a partir del siguiente al que surta efectos la correspondiente notificación, proceda conforme lo descrito en el Considerando III del presente fallo. Dentro del mismo plazo, deberá informar a este Instituto el cumplimiento que dé a esta resolución debiendo presentar las constancias comprobatorias respectivas. APERCIBIDO que en caso de inobservancia, se actuará en términos del Capítulo Undécimo de la Ley de la materia, relativo a las faltas administrativas y sanciones, estándose a lo previsto a la parte conducente de su Reglamento. TERCERO. Con sustento en lo dispuesto por el artículo 23, fracción 1, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco, de conformidad con el cual, este órgano Garante tiene como atribución; entre otras, el vigilar el cumplimiento de dicha Ley para su exacta observancia y además, con apoyo en el numeral 63, de su Reglamento, también se ordena al titular del Sujeto Obligado, para que en el lapso de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al que surta efectos la correspondiente notificación, realice los actos y/o gestiones necesarias a fin de ejecutar todo lo detallado en el Considerando IV de la presente determinación final, de conformidad con el estudio realizado a lo largo de ese apartado. Lo anterior, con el objetivo de garantizar sin demora el efectivo derecho de acceso a la información pública gue tienen las personas, vía medios electrónicos . Y en todo caso, si la transparencia no aplica en alguno de los rubros de información mínima de oficio, debido a la naturaleza su¡ géneris de los fideicomisos que nos ocupan, deberá sustentar jurídicamente la validez de su afirmación. Para ello, tendrá que considerar lo examinado en cuanto a este aspecto, en la parte conducente de la presente determinación final. APERCIBIDO que en caso de inobservancia, se actuará en términos del Capítulo Undécimo de la Ley de la materia, relativo a las faltas administrativas y sanciones, estándose a lo previsto a la parte conducente de su Reglamento. CUARTO. Los enlaces de las áreas que estén compelidas a intervenir en la ejecución de esta resolución definitiva, tendrán que prestar toda la asistencia que sea necesaria a la Unidad de Acceso a la Información, atento a lo estipulado en el artículo 35, fracción II y IV del Reglamento que nos regula, ya que según los artículos 1 y 5, fracciones II y XIII, inciso a), de la Ley que nos rige, son Sujetos Obligados no solo las entidades gubernamentales y de interés RR/221 /2015 Y SUS ACUMULADOS Página 42 de 46 14/JULIO/2015 RR/222/2015, RR/223/2015 , RR/226/2015, RR1227/2015, RR12 2 912 01 5, RR/230/2015, RR123312015 Y RR123412015 José Martí 102, fraccionamiento Lidia Esther, Villahermosa, Tabasco. Teléfonos 13 13 999 y 1314 002. www.itaip.org.mx P itaip Instituto taba :guano do rran sppeeronda y Acceso a la hdarmatldn P b&e públicos, sino también sus servidores públicos ya que éstos reciben recursos del erario. como contraprestación a las labores que desempeñan en su encargo. Asimismo, de estimarlo conveniente, la Secretaría de Planeación y Finanzas podrá pedir en su caso, colaboración institucional de aquellas entidades gubernamentales que conforman el Comité Técnico de los 2 fideicomisos aquí se exploraron. Todo esto, con la única finalidad de agilizar y simplificar el acatamiento a lo resuelto. QUINTO. En su oportunidad, este Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública, verificará el debido cumplimiento de las obligaciones de transparencia, que aquí se ordenó realizar y proveerá lo que conforme a derecho corresponda. SEXTO. Queda a disposición de quien recurre el teléfono oficial (993) 131-39-99 y el correo institucional [email protected] para que comunique a este órgano Garante sobre cualquier incumplimiento del presente fallo. Asimismo, se le comunica que en caso de estar inconforme con la presente resolución, podrá promover juicio de amparo en los términos que dispongan las leyes aplicables. SÉPTIMO. Notifíquese, publíquese, cúmplase y, en su oportunidad archívese como asunto total y legalmente concluido. Así lo resolvieron en Pleno, por unanimidad de votos , los Consejeros integrantes del Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Felicitas del Carmen Suárez Castro , quien emite voto únicamente en cuanto al punto resolutivo sexto del fallo, Isidro Rodríguez Reyes y José Antonio Bojórquez Pereznieto ; siendo Ponente el último de los mencionados, en sesión ordinaria celebrada el 14 de iulio de 2015 , ante el Secretario Ejecutivo Víctor Ernesto López A itera, uien certifica y hace constar. JABPlaama• VOTO QUE EMITE LA CONSEJERA PRESIDENTA FELICITAS DEL CARMEN SUAREZ CASTRO EN CONTRA DEL PUNTO RESOLUTIVO SEXTO DEL RECURSO DE REVISIÓN RR/221 12015 Y SUS ACUMULADOS RR12 2 21201 5, RR/22312015, RR/22612015, 14/JULIO/2015 Página 43 de 46 RR1221 /2015 Y SUS ACUMULADOS RR/222/2015 , RR12 2 312 01 5, RR/226/2015, RR/22712015 , RR/22912015 , RR/230/2015 , RR123312015 Y RR123412015 José Martí 102, fraccionamiento Lidia Esther, Villahermosa, Tabasco. Teléfonos 13 13 999 y 1314 002. www.itaip.org.mx RR122712015, RR/22912015 , RR/230/2015, RR12 3 312 01 5 Y RR1234 /2015, PROMOVIDO EN CONTRA DE LA SECRETARÍA DE PLANEACIÓN Y FINANZAS , AL TENOR DE LAS CONSIDERACIONES SIGUIENTES: Disiento de la inclusión del punto resolutivo al que he hecho alusión, en esta resolución, con apoyo en lo previsto por el segundo párrafo del artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que a la letra, dice: "Toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial. Su servicio será gratuito, quedando, en consecuencia, prohibidas las costas judiciales." En efecto, en el punto resolutivo sexto se señala que: "...Queda a disposición de quien recurre el teléfono oficial (993) 131 -39-99 y el correo institucional [email protected] . mx para que comunique a este órgano Garante sobre cualquier incumplimiento del presente fallo. Asimismo , se le comunica que en caso de estar inconforme con la presente resolución , podrá primer juicio de amparo en los términos que dispongan las leyes aplicables ..." (sic) En ese sentido, resulta evidente que se está contraviniendo el precepto constitucional al que he hecho mención, porque clara y precisamente se establece en el mismo que las resoluciones deben ser, entre otras cuestiones, imparciales ; y en el caso que nos ocupa, al señalársele al recurrente que tiene derecho de promover el juicio de amparo no se actúa de manera ajena v neutral como corresponde al iuzoador , sino que se trata de beneficiar a una de las partes, circunstancia que inclina la balanza en la administración de justicia. Sirva a lo antes dicho, lo sostenido por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, mediante la tesis jurisprudencial 1/2012 (9a.); cuyo rubro y contenido son del tenor literal siguiente: IMPARCIALIDAD. CONTENIDO DEL PRINCIPIO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 17 CONSTITUCIONAL. El principio de imparcialidad que consagra el artículo constitucional, es una condición esencial que debe revestir a los juzgadores que tienen a su cargo el ejercicio de la función jurisdiccional, la cual consiste en el deber que tienen de ser ajenos ó extraños a los intereses de las partes en controversia y de dirigir y resolver el juicio sin favorecer indebidamente a ninguna de ellas. Así, el referido principio debe entenderse .en dos dimensiones: a) la subjetiva, que es la relativa a las condiciones personales del juzgador, misma que en buena medida se traduce en los impedimentos que pudieran existir en los negocios de que conozca, y b) la objetiva, que se refiere a las condiciones normativas respecto de las cuales debe resolver el juzgador, es decir, los presupuestos de ley que deben ser RR/22112015 Y SUS ACUMULADOS Página 44 de 46 14/JULIO/2015 RR122212015, RR/22312015 , RR122612015 , RR122712015, RR/229/2015, RR123012015 , RR123312015 Y RR123412015 José Martí 102, fraccionamiento Lidia Esther, Villahermosa, Tabasco. Teléfonos 13 13 999 y 1314 002. www.itaip.org,mx 0 itaip ~Mola ~ da 1,31 yAcceoalemomac0n bita aplicados por el juez al analizar un caso y resolverlo en un determinado sentido. Por lo tanto, si por un lado, la norma reclamada no prevé ningún supuesto que imponga al juzgador una condición personal que le obligue a fallar en un determinado sentido, y por el otro, tampoco se le impone ninguna obligación para que el juzgador actúe en un determinado sentido a partir de lo resuelto en una diversa resolución, es claro que no se atenta contra el contenido de las dos dimensiones que integran el principio de imparcialidad garantizado en la Constitución Federal. Igualmente discrepo de la inclusión del mencionado punto resolutivo, en tanto que, al poner a disposición del recurrente el teléfono y correo de este Instituto, con la finalidad de que comunique cualquier incumplimiento a las determinaciones definitivas, se inaugura una "etapa procesal" que contraviene lo dispuesto por el tercer párrafo del artículo 63 del reglamento de la ley en la materia que a la letra, dice: Artículo 63 (...) La resolución que emita el Instituto respecto al Recurso de Revisión será definitiva... De ahí que, posibilitar al demandante a quejarse nuevamente, proporcionándosele el teléfono y correo institucional, está fuera del orden establecido por la legislación vigente y es una violación grave a lo establecido en el artículo 17 constitucional , antes citado. En ese sentido es de señalar que, nuestra normativa no contempla algún medio de defensa contra la resolución definitiva emitida por el Pleno de este órgano Garante, a diferencia de como ocurre con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, que en su artículo 88 señala, que los particulares podrán impugnar la resolución que emita el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal (INFO DF), ante el juicio de amparo, y ésta se debe decir cuál es la instancia a la que podrá acudir el inconforme en defensa de sus derechos; y, caso similar sucede con la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, que en su artículo 59, también prevé que las resoluciones que emita el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), podrán ser impugnadas ante el Poder Judicial de la Federación. Por ello, tanto el INFO DF y el INAI en sus resoluciones orientan a los particulares a que en caso de inconformidad acudan a otras instancias; sin embargo como ya se dijo anteriormente, nuestra normativa no contempla esos medios de defensa, y en consecuencia, incluir esos puntos en nuestras resoluciones es una violación flagrante al multicitado artículo 17 Constitucional, ya que se estaría actuando de manera parcial a favor de los gobernantes y por ende, se pone en duda la definitividad de las resoluciones y se atenta en contra de los principios rectores de igualdad, legalidad , honradez, lealtad, imparcialidad , eficiencia, 14/JULIO/2015 Página 45 de 46 RR/22112015 Y SUS ACUMULADOS RR12 3 312 0 1 5 Y RR12 3 012 0 1 5 , RR12 2 9120 1 5 , RR/22712015 , RR122612015, RR/22212015 , RR122312015 , RR/23412015 José Martí 102, fraccionamiento Lidia Esther , Villahermosa, Tabasco. Teléfonos 13 13 999 y 1314 002. www.itaip.org.mx autonomía, independencia, profesionalismo, objetivad y probidad plasmados en el articulo 5 del Reglamento Interior que este Instituto, y por ende, se pone en duda la certeza jurídica que las partes en controversia deben tener. Aunado a lo anterior, en efecto los titulares de las Unidades de Acceso a la Informaciones de los Sujetos Obligados del Estado, en los acuerdos que emiten al dar contestación a las solicitudes de información, orientan a los particulares a que en caso de no estar conformes con las respuestas recibidas acudan ante este Instituto a presentar el recurso de revisión , pero el actuar de dichas unidades tiene su fundamento legal en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, es decir, el marco normativo que nos rige las faculta para incluir en sus acuerdos esa orientación. POR LO EXPUESTO Y FUNDADO, MI VOTO ES "A FAVOR " EN CUANTO AL SENTIDO DEL ASUNTO Y "PARTICULAR" RESPECTO DEL PUNTO RESOLUTIVO SEXTO DEL RECURSO DE REVISIÓN RR122112015 Y SUS ACUMULADOS RR122212015 , RR12 2 312 01 5, RR/226/2015 , RR122712015 , RR/229/2015 , RR/230/2015, RR123312015 Y RR/234/2015. CONSEJERA FELIC VILLAHERMOSA, TABASCO, A 14 DE JULIO DE 2015; EL SUSCRITO SECRETARIO EJECUTIVO DEL INSTITUTO TABASQUEÑO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA (ITAIP), VICTOR ERNESTO LÓPEZ AGUILERA, CON FUNDAMENTO EN EL ARTICULO 26, FRACCIÓN XII, DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO, CERTIFICO : LAS PRESENTES FIRMAS, CORRESPONDEN A LOS CONSEJEROS INTEGRANTES DEL PLENO DEL ITAIP Y ÉSTA ES LA ÚLTIMA HOJA DE LA RESOLUCIÓN DICTADA HOY, EN EL EXPEDIENTE RR/221 /2015 Y SUS ACUMULADOS RR/222/2015, RR/223/2015, RR/22612015, RR/22712015, RR/22912015, RR/23012015, RR/233/2015 Y RR/234/2015 , DEL INDICE DE ESTE ÓRGANO GARANTE. LO ANTERIOR, PARA TODOS LOS EFECTOS LEGA UGAR. CONSTE. RR/221 /2015 Y SUS ACUMULADOS Página 46 de 46 14/JULIO/2015 RR/222/2015 , RR/223/2015 , RR/226/2015 , RR/227/2015 , RR/229/2015, RR12 3 012 0 1 5, RR123312015 Y RR/234/2015 José Martí 102, fraccionamiento Lidia Esther, Villahermosa, Tabasco. Teléfonos 13 13 999 y 1314 002. www.itaip.org.mx
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