OIM-Programa Regional Fortaleciendo las Capacidades para Proteger y Asistir a las Personas Migrantes en Condición de Vulnerabilidad en Mesoamérica (Programa Mesoamérica) DIRECCIÓN DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y LA FAMILIA (DINAF) SECRETARÍA DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL REPÚBLICA DE HONDURAS 2015 PROPUESTA: Programa Estratégico para la atención integral de la niñez y la adolescencia migrante hondureña y sus familias 2015-2019 PROPUESTA: PROGRAMA ESTRATÉGICO 2015-2019 Ana Cecilia Escalante, M. Sc. Consultora 25/03/2015 INDICE SIGLAS Y ACRÓNIMOS ..................................................................................... III I. INTRODUCCIÓN .............................................................................................. 1 A. OBJETIVOS DEL PROGRAMA ESTRATÉGICO ....................................... 4 B. ENFOQUES, PRINCIPIOS Y CONCEPTOS .............................................. 4 C. FUNDAMENTO NORMATIVO.................................................................... 4 D. DIAGNÓSTICO DE LA SITUACIÓN ........................................................... 4 E. POBLACIONES META DEL PROGRAMA ESTRATÉGICO ....................... 4 F. DIMENSIONES DE IMPACTO DEL PROGRAMA ESTRATÉGICO (OBJETIVOS ESTRATÉGICOS, LINEAMIENTOS DE ACCIÓN, INSTITUCIONES / ACTORES CLAVES) ............................................................................................................. 4 G. REFERENCIAS .......................................................................................... 4 II. PROGRAMA ESTRATÉGICO PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA MIGRANTE HONDUREÑA YSUS FAMILIAS 2015-2019 ........................................................................................................ 5 2.1 OBJETIVOS DEL PROGRAMA ESTRATÉGICO ...................................... 5 2.1.1 Objetivo General .................................................................................... 5 2.1.2 Objetivos Específicos: ............................................................................ 5 2.2 ENFOQUES, PRINCIPIOS Y CONCEPTOS .............................................. 6 2.2.1 Enfoques ................................................................................................ 6 2.2.2 Principios ............................................................................................. 10 2.2.3 Conceptos ............................................................................................ 12 2.1 FUNDAMENTO NORMATIVO ................................................................. 16 2.1.1 Normativa Internacional ....................................................................... 16 2.1.2 Normativa Nacional .............................................................................. 18 2.2 DIAGNÓSTICO DE LA SITUACIÓN ........................................................ 20 Las Estadísticas ................................................................................... 20 i.]Datos de NNA migrante, año y mes de retorno ........................................................................................... 20 i ii.] Datos de NNA migrante, año y ciclo de vida .......................................................................................... 21 iii.] Datos de NNA migrante, sexo y departamento ..................................................................................... 21 iv.] Datos de NNA migrante (Enero-Septiembre 2014), departamento y nivel de escolaridad ................... 22 v.] Datos de NNA migrante, frontera de salida ........................................................................................... 24 vi.] Datos de NNA migrante, con quien viaja ............................................................................................... 24 vii.] Datos de NNA migrante, motivos de la migración ................................................................................. 25 viii.] Datos de NNA migrante, lugar de donde se retornó .............................................................................. 26 ix.] Datos de NNA migrante, vía de retorno ................................................................................................. 26 x.] Datos Municipios con mayor incidencia de NNA migrante retornada/repatriada ................................. 27 2.2.2 Los Desafíos ........................................................................................ 27 2.2.3 Las Oportunidades ............................................................................... 30 2.3 POBLACIONES META DEL PROGRAMA ESTRATÉGICO .................... 37 2.3.1 La niñez/adolescencia migrante no acompañada: ............................... 37 2.3.2 Las niñas y mujeres adolescentes migrantes: ..................................... 38 2.3.3 Las madres, con hijas e hijos, migrantes: ............................................ 38 2.4 COMPONENTES DEL PROGRAMA ESTRATÉGICO ............................. 39 2.4.1 COMPONENTE 1. PREVENCIÓN Y REDUCCIÓN PROGRESIVA DE LA MIGRACIÓN IRREGULAR DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA HONDUREÑA Y SUS FAMILIAS. ........................................................ 39 2.4.2 COMPONENTE 2. PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS Y ATENCIÓN INTEGRAL (ASISTENCIA) DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA MIGRANTE Y SUS FAMILIAS ............................................................. 40 2.4.3 COMPONENTE 3: POLÍTICA PÚBLICA Y MARCO NORMATIVO NACIONAL E INTERNACIONAL EN MATERIA DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA MIGRANTE Y SUS FAMILIAS ............................... 41 2.4.4 COMPONENTE 4. FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL PARA LA GESTIÓN DEL PROGRAMA ESTRATÉGICO EN MATERIA DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA MIGRANTE .............................. 42 III. REFERENCIAS ................................................................................................ 2 ii SIGLAS Y ACRÓNIMOS ACNUR Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados AJPCA Asociación de Jefes de Policía de Centro América AJH Alianza Joven Honduras ANMMH Alianza Nacional de Mujeres Municipalistas de Honduras AMDC Alcaldía Municipal del Distrito Central AMHON Asociación de Municipios de Honduras CAMR Centro de Atención del Migrante Retornado CDN Convención sobre los Derechos del Niño CEDAW Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer CENISS Centro Nacional de Información del Sector Social de Honduras CICESC Comisión Interinstitucional contra la Explotación Sexual Comercial CICESCT Comisión Interinstitucional contra la Explotación Sexual Comercial y Trata de Personas CIM Comisión Interamericana de Mujeres CIPRODEH Centro de Investigación y Promoción de los Derechos Humanos COIPRODEN Coordinadora de Instituciones Privadas Pro los Niños, Niñas y Adolescentes CRM Conferencia Regional sobre Migración CRS Catholic Relief Services DINHAF Dirección Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia DNM Dirección Nacional de la Mujer, antes INAM DNIC Dirección Nacional de Investigación Criminal iii ECPAT End Child Prostitution and Child Pornography in Asian Tourism ERP Estrategia para la Reducción de la Pobreza ESC Explotación Sexual Comercial de Niñas, Niños y Adolescentes FOAVIT Fondo para la Atención de Víctimas de la Trata de Personas y Actividades Conexas FOSMIH Fondo de Solidaridad con el Hondureño Migrante hondureño GREDEMIG Grupo Regional para la defensa de los Derechos de los Migrantes IHNFA Instituto Hondureño de la Niñez y la Familia IIN Instituto Interamericano del Niño INAM Instituto Nacional de las Mujeres, actual DNM INE Instituto Nacional de Estadística ITS Infecciones de Transmisión Sexual IUDPAS Instituto Universitario en Democracia, Paz y seguridad de la UNAH MIPYME Sector de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa MUNSALUD Proyecto “Municipalidades y Salud” NNA Niñas, Niños y Adolescentes NNAJ Niñas, Niños, Adolescentes y Jóvenes OCAM Comisión Centroamericana de Directores de Migración OEA Organización de Estados Americanos OG Organización Gubernamental OIM Organización Internacional para las Migraciones OIT Organización Internacional del Trabajo OIT/IPEC Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil de la Organización Internacional del Trabajo iv ONG Organización No Gubernamental ONGD Organización No Gubernamental de Desarrollo. ONU-MUJERES Organización de las Naciones Unidas dedicada a promover la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres OMS Organización Mundial de la Salud OPS Organización Panamericana de la Salud PAN Plan de Acción Nacional PARLACEN Parlamento Centroamericano PEI Plan Estratégico Institucional PMA Programa Mundial de Alimentos PMIAJ Programas Municipales para la Infancia, Adolescencia y Juventud PNUD Programa Naciones Unidas para el Desarrollo PRM Programa Mesoamérica de la OIM PRVA Programa de Retornos Voluntarios Asistidos de la OIM UNAH Universidad Nacional Autónoma de Honduras UNAT Unidad Nacional de Asistencia Técnica UNFPA Fondo de Población de las Naciones Unidas UNICEF Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia UNIFEM Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para las Mujeres USAID Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo v I. INTRODUCCIÓN La Organización Internacional para las Migraciones (OIM), a través del Programa Mesoamérica, financiado por la Oficina de Población, Refugiados y Migración (PRM) del Departamento de Población de los Estados Unidos1, desde el 2010, ha venido impulsando iniciativas para fortalecer las capacidades de las instituciones estatales y de la sociedad civil para brindar asistencia y protección a poblaciones migrantes en condiciones de vulnerabilidad, desde la consideración de sus especificidades. El actual contexto institucional hondureño presenta importantes desafíos en cuanto a migración se refiere, particularmente en relación con el abordaje de la niñez y adolescencia migrante y sus familias. A mediados del año 2014, se reportó que más de 57.000 niñas y niños no acompañados habían llegado a la Frontera Sur de Estados Unidos, y se calculaba que para finales de este año la cifra ascendería a 90.000. De los niños y niñas que cruzaron la frontera y arribaron a Estados Unidos durante ese año, 98% provenían de México y el Triángulo Norte: Honduras en primer lugar (28%), seguido por México (25%), Guatemala (24%) y El Salvador (21%). El aumento en la migración de niños(as) del Triángulo Norte es evidente, ya que antes del 2012 más del 75% de las niñas y niños provenían de México2. La mayor preocupación sobre el fenómeno migratorio de la niñez hondureña, a pesar de ser una situación que ocurre desde hace varias décadas, se pone de manifiesto cuando se reporta que cerca de 35,000 niños y niñas migrantes de la región, sobre todo de Honduras, El Salvador y Guatemala se encontraban detenidos en centros temporales privados de su libertad en los Estados Unidos de Norteamérica, desatando lo que se considera una crisis humanitaria3. La investigación in situ desarrollada por la Fuerza de Tarea del Niño Migrante, en el Estado de Texas, Estados Unidos, determinó que diariamente ingresaban a Estados 1 OIM, Diciembre 2014. OIM-Programa Regional, TDR Consultoría, Enero 2015. 3 República de Honduras. Protocolo…, Enero 2015. 2 1 Unidos un promedio 90 niños y niñas no acompañados y 240 unidades familiares. En comparación con el año 2013, en el 2014, se incrementó en 1,670% el ingreso de niñas y niños menores de 18 años no acompañados provenientes de Honduras. Al 30 de septiembre de 2013 ingresaron 2,700 niños no acompañados, y al mes de julio de 2014, por la zona del Valle del Río Grande, habían ingresado aproximadamente 13,0004. En el mes de julio de 2014, por medio de un Decreto Ejecutivo 5, con base en los principios del interés superior del niño, la reunificación familiar y el análisis individual de los casos, y en cumplimiento de la obligación constitucional del Estado de Honduras de proteger a la infancia, se declara LA SITUACIÓN DE LA NIÑEZ MIGRANTE NO ACOMPAÑADA Y DE LAS UNIDADES FAMILIARES COMO UNA EMERGENCIA HUMANITARIA, debiendo activarse y articularse de forma inmediata todo el sistema nacional de protección social, para la atención inmediata a los menores y de las unidades familiares, su repatriación digna y ordenada cuando corresponda, la reinserción a sus familias y comunidades, sus centros escolares y la creación de oportunidades para las familias, a efecto de prevenir la migración irregular hacia otros países. El mismo decreto establece que la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF) será la institución encargada de coordinar todas las acciones de repatriación, protección, reinserción, seguimiento y acompañamiento de los menores migrantes no acompañados y de las unidades familiares6, conjuntamente con la sociedad civil, la comunidad internacional y los organismos de cooperación internacional para enfrentar esta situación de emergencia humanitaria y generar una sólida capacidad de reacción frente a ella7. La declaratoria de situación humanitaria de emergencia posicionó el tema en la agenda pública y en este marco se ha movilizado voluntades políticas e intersectoriales, nacionales e internacionales, que han permitido impulsar esfuerzos 4 República de Honduras. Decreto Ejecutivo (PCM 33-2014, 8 de julio 2014), Diario Oficial la Gaceta 11 de julio 2014, No. 33,476. 5 Ídem, Artículo 1. 6 Ídem, Artículo 3. 7 Ídem. Artículo 2. 2 importantes para avanzar en la atención integral de la niñez y adolescencia migrante y sus familias, centrados principalmente en procesos de repatriación. El inevitable retorno de estas personas, implica para el Estado de Honduras la urgencia de la construcción de políticas públicas, que promuevan mecanismos disuasivos y prevención para atender este fenómeno migratorio, en coordinación y articulación de la institucionalidad pública, como los sectores privados y la sociedad hondureña. Dicha atención deberán garantizar los principios de humanidad, imparcialidad y neutralidad, en consonancia con los principios rectores para la coordinación de la asistencia en emergencia humanitaria, emitida por la Asamblea General de Naciones Unidas en 19928. Uno de los vacíos identificados por autoridades hondureñas en esta materia, es que no existe una política pública que permita orientar la acción del Estado de forma estratégica en esta materia. De esta forma, los esfuerzos que se emprenden, aunque valiosos, tienden a estar desarticulados y no encauzados y ordenados por una visión estratégica. Respondiendo a las necesidades identificadas y a partir de una solicitud expresa del DINAF, la OIM, por medio del Programa Mesoamérica, apoya este proceso de acompañamiento para la elaboración de un Programa Estratégico sobre Niñez, Adolescencia Migrante y Familia, bajo la coordinación de la DINAF, como ente rector en esta materia. Dicho programa forma parte del Plan Estratégico Institucional, enmarcado en el Plan Estratégico del Gabinete del Sector Social, y fue elaborado con participación interinstitucional e intersectorial (instituciones, organizaciones de la sociedad civil, organismos internacionales involucrados directamente en la materia). El propósito de este Programa Estratégico es el de contribuir a articular e involucrar iniciativas institucionales y sectoriales, tanto en el nivel nacional como local; planificando coordinando y armonizando esfuerzos nacionales con una visión integral de la migración de la niñez y adolescencia, que contemple desde el origen hasta los procesos de tránsito y destino, así como el retorno y la reintegración, incluyendo los componentes de asistencia, protección y prevención. 8 Ibídem. 3 Esta Propuesta se presenta en dos documentos: 1. PROGRAMA ESTRATÉGICO PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA MIGRANTE HONDUREÑA YSUS FAMILIAS 2015-2019, de mediano plazo (5 años), que formara parte del Plan Estratégico Institucional (PEI) de la DINAF, basado en un Enfoque de Derechos Humanos9, y que contiene: a. OBJETIVOS DEL PROGRAMA ESTRATÉGICO b. ENFOQUES, PRINCIPIOS Y CONCEPTOS c. FUNDAMENTO NORMATIVO d. DIAGNÓSTICO DE LA SITUACIÓN e. POBLACIONES META DEL PROGRAMA ESTRATÉGICO f. DIMENSIONES DE IMPACTO DEL PROGRAMA ESTRATÉGICO (Objetivos Estratégicos, Lineamientos de acción, Instituciones / Actores claves) g. REFERENCIAS 2. PLAN DE ACCIÓN, de corto plazo (2años), con acciones, resultados y metas que puedan ser evaluadas por la actual administración Gubernamental10, y que contiene: a. MECANISMOS DE GESTIÓN Y SEGUIMIENTO b. SISTEMA DE INFORMACIÓN PARA EL SEGUIMIENTO DEL PROGRAMA ESTRATÉGICO Y SU PRIMER PLAN DE ACCIÓN 9 En proceso de elaboración, Consultoría a cargo de Pilar Escribano, con apoyo de Plan International. La actual administración gubernamental del Presidente Constitucional de la República, Juan Orlando Hernández Alvarado, inició el 27 de enero 2014 y culminará el 26 de enero de 2018, según el Artículo 237 de la Constitución Política de la República de Honduras. 10 4 c. PLAN DE ACCIÓN 2015-2016 (Acciones, Resultados Esperados, Cronograma Estimado, Instituciones / organizaciones Responsables y colaboradoras). II. PROGRAMA ESTRATÉGICO PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA MIGRANTE HONDUREÑA YSUS FAMILIAS 2015-2019 2.1 OBJETIVOS DEL PROGRAMA ESTRATÉGICO 2.1.1 Objetivo General Fortalecer las capacidades de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF), como ente rector, en coordinación con las instituciones estatales, los gobiernos locales y las organizaciones sociales, con la colaboración de los organismos de cooperación internacional, para la atención integral de la niñez y adolescencia migrante hondureña y sus familias. 2.1.2 Objetivos Específicos11: Formular, gestionar, coordinar y monitorear la implementación de las políticas nacionales y los programas sociales selectivos que contribuyen a la prevención y reducción progresiva de la migración irregular de la niñez y adolescencia hondureña y sus familias. Promover, a nivel nacional y local, la corresponsabilidad y la participación social en la protección de los derechos y la atención integral (asistencia) de la niñez, adolescencia migrante y sus familias, en sus diferentes ciclos y espacios de vida. 11 Para la definición de estos objetivos específicos se retoma el Artículo 5.- del Capítulo III-DE LOS OBJETIVOS Y ATRIBUCIONES DE LA DIRECCIÓN, del Decreto Ejecutivo PCM-27-2014 DE LA CREACIÓN DE LA DIRECCIÓN DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA (DINAF), para que esos objetivos se concreten específicamente en materia de niñez y adolescencia migrante y sus familias. 5 Revisar y actualizar las políticas públicas y el marco normativo nacional en materia de niñez, adolescencia y familia migrante, a la luz de los instrumentos internacionales de derechos humanos ratificados por el Estado hondureño. Fortalecer las capacidades institucionales, interinstitucionales e intersectoriales, para dar una respuesta integral, coordinada y articulada, a la niñez y adolescencia migrante y sus familias. 2.2 ENFOQUES, PRINCIPIOS Y CONCEPTOS Los siguientes enfoques, principios y conceptos sirven de sustento y guía para el proceso de construcción y ejecución del Programa Estratégico. 2.2.1 Enfoques Los enfoques se refieren a aspectos conceptuales que orientan la manera en que se comprende, analiza y aborda la construcción y ejecución del programa. Derechos humanos: Constituye un paradigma para comprender el bienestar humano y el desarrollo, representa una ética para guiar las políticas públicas y las acciones sociales. El eje central de este enfoque es el reconocimiento de todas las personas como titulares de derechos, los cuales son inherentes, irrevocables, inalienables, intransmisibles e irrenunciables. Entre estos derechos, para este programa, reviste especial relevancia el reconocimiento de niñas, niños y adolescentes como personas sujetas de derechos. Según la Convención sobre los Derechos del Niño, cuando se tomen decisiones que afecten a personas menores de 18 años se debe tomar en cuenta en forma primordial el interés superior de las personas menores de edad, lo cual implica que en cada situación específica se buscará el respeto y satisfacción plena de los derechos fundamentales del niño y la niña, procurando un equilibrio entre derechos y garantías; y será una consideración primordial en la toma de decisiones que les afecten. 6 Igualdad de género: Reconoce y toma en cuenta, para brindar atención especializada, todos aquellos condicionamientos sociales y culturales que establecen formas diferenciadas de ser, pensar y hacer para mujeres y hombres y que históricamente han posibilitado y perpetuado relaciones de dominio, discriminación y violencia. Este enfoque reconoce la existencia de relaciones desiguales entre mujeres y hombres y, por lo tanto, impulsa transformaciones orientadas a alcanzar la igualdad y la equidad entre los géneros. Para lograr estas transformaciones, se debe revisar aquellas estructuras sociales y culturales que han sostenido y alimentado relaciones asimétricas y oportunidades entre mujeres y hombres, las cuales se expresan en las diversas estructuras y prácticas sociales, así como impulsar la igualdad de género en todos los espacios. El Programa para la Atención Integral de la Niñez y Adolescencia Hondureña Migrante Familias, estará atento a que se respeten y garanticen el pleno y libre ejercicio de los derechos y libertades, sin discriminación alguna, incluyendo la de género, considerando especialmente que aún persisten numerosos obstáculos para esta población, particularmente para las niñas y las adolescentes. Por ello será fundamental la interrelación e integración existente entre la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y la Convención de los Derechos del Niño. Mediante la aplicación de este enfoque se promoverá la equiparación de condiciones entre niños y niñas, y entre adolescentes de ambos sexos, de modo que se puedan distinguir las necesidades específicas de mujeres y hombres, tanto en su contexto social como en sus actividades específicas. Generacional: Significa que las políticas públicas y las acciones sociales, así como las prácticas y las disposiciones institucionales deben ajustarse en todos sus alcances, para corresponder con el momento de desarrollo, en su ciclo vital, de niños, niñas y adolescentes. Asimismo, implica la concepción de nuevas relaciones entre las personas adultas y las menores de edad, basadas en el reconocimiento y respeto de los derechos. 7 Parte del reconocimiento de que las diferencias biológicas y sociales entre las personas por su edad crean situaciones de poder de unas personas sobre otras, las cuales se manifiestan de diversas maneras, en particular en las relaciones asimétricas entre personas adultas, niñas, niños, adolescentes y jóvenes. Desde este enfoque, se parte la existencia de grupos generacionales con intereses y necesidades específicas que, como tales, deben reconocerse en su singularidad, sin que eso signifique anulación, imposición o exclusión. El Programa Estratégico para la Atención Integral de la Niñez y Adolescencia Migrante Hondureña y sus Familias, debe generar las condiciones necesarias para propiciar relaciones de respeto y colaboración entre las personas de todas las edades, para encontrarse en las diferencias y similitudes mediante el diálogo y acompañamiento respetuosos. Es necesario reconocer sus aportes específicos, así como sus necesidades para el pleno disfrute de sus derechos y el cumplimiento de sus responsabilidades. Diversidad: Se concentra en la consideración de los deseos, aspiraciones, expectativas, valores y prácticas creativas y culturales de las distintas personas que conforman una sociedad. Comprende el punto de vista de la niñez y la adolescencia, de las juventudes, de las personas adultas mayores, así como las consideraciones asociadas con poblaciones en condiciones de vulnerabilidad, riesgo o discriminación por motivos de etnia, sexo, salud, credo, nacionalidad, adscripción política, extracción económica, orientación sexual, o cualquier otra. Contextual: Dispone que toda intervención institucional y social debe tomar en cuenta las condiciones históricas de una sociedad en particular y del contexto familiar, comunal, institucional, económico-político y socio-cultural en que puedan estar inmersas las personas menores de edad destinatarias de dicha intervención. Busca integrar en las políticas públicas y las acciones sociales, aspectos económicos, políticos, sociales y culturales, a fin de elaborar un panorama integral de las maneras en que las personas funcionan dentro de su ámbito social y cultural, así como las razones por las cuales se 8 expresan de la manera en que lo hacen. Es un enfoque que interpreta las situaciones, analizando y contextualizando características como su historia, sus relaciones y dinámica de poder, sus políticas y su economía y que permite interpretar o comprender las razones de las circunstancias actuales, de qué manera podrían cambiar y qué influye sobre el cambio. DERECHOS HUMANOS CONTEXTO GÉNERO ENFOQUES DIVERSIDAD GENERACIÓN 9 2.2.2 Principios Los principios son los lineamientos, formas de pensar, sentir y actuar que deben asumir las personas responsables al brindar atención a la niñez y adolescencia migrante. Los siguientes principios son fundamentales: Interés superior: Toda acción pública o privada concerniente a una persona menor de 18 años deberá considerar su interés superior, el cual le garantiza el respeto de sus derechos en un ambiente físico y mental sano, en procura del pleno desarrollo personal. Según la Convención sobre los Derechos del Niño, cuando se tomen decisiones que afecten a personas menores de 18 años se debe tomar en cuenta en forma primordial el interés superior, lo cual implica que en cada situación específica se buscará el respeto a los derechos fundamentales de la niñez y la adolescencia, procurando un equilibrio entre derechos y garantías. La determinación del interés superior deberá considerar: su condición de persona sujeta de derechos y responsabilidades; su edad, grado de madurez, capacidad de discernimiento y demás condiciones personales; las condiciones socioeconómicas en que se desenvuelve; la correspondencia entre el interés individual y el social. Presunción de la minoría de edad: En caso de duda, se presumirá que el niño o la niña es menor de 18 años y se le brindará toda la protección prevista, mientras se verifica su condición de minoría de edad. Abordaje integral: La intervención institucional dirigida hacia niños, niñas y adolescentes víctimas de delito o en condiciones de vulnerabilidad, debe considerar a la persona en su integralidad. La integralidad supone una actividad constante, deliberada y programática, que opera en las esferas individual y social de las personas menores de edad. Debe tomarse en cuenta todas las dimensiones de su persona, sean físicas, intelectuales, culturales y afectivas, y en su dinámica de crecimiento, que conlleva también el desarrollo de su autonomía progresiva. Protección especial: Se debe proteger, atender y restituir el goce pleno de los derechos a los niños, niñas y adolescentes víctimas de la violencia, el abuso, la explotación y la trata, así como de impactar en la superación de las causas generadoras de tales situaciones, especialmente la pobreza, la vulnerabilidad y el riesgo social. 10 Corresponsabilidad: Es responsabilidad tanto del Estado como de la sociedad en su conjunto proteger a la niñez y adolescencia víctima de delitos o en condiciones de vulnerabilidad; y asegurar la restitución en el ejercicio de sus derechos. Confidencialidad: La información sobre las personas menores de 18 años, cuando afecte su dignidad o hayan sido víctimas de delito –como por ejemplo la trata de personas–, será manejada con la mayor reserva a fin de evitar todo tipo de injerencias arbitrarias en su vida privada, resguardar su seguridad y proceso de recuperación y reinserción social. En particular, se protegerá el derecho a la confidencialidad y a la privacidad frente a los medios de comunicación. No re victimización: Se asegurará que la persona menor de 18 años no vuelva a ser víctima una y otra vez, por lo que se evitará que sea sometida a múltiples interrogatorios o declaraciones, malos tratos o exámenes que puedan afectar su integridad, autoestima y salud mental. No discriminación: Ninguna persona menor de edad puede ser discriminada por razón de sexo, color, raza, religión, origen nacional, étnico o social, idioma, opinión, orientación sexual, identidad o expresión de género, capacidades especiales, condiciones sociales, económicas o personales de los niños, niñas y adolescentes o sus familias. El siguiente cuadro resume estos principios orientadores: 11 PRINCIPIOS Interés Superior Presunción de minoría de Edad Abordaje Integral No Discriminación Confidencialidad No revictimización Corresponsabilidad 2.2.3 Conceptos12 Este Programa Estratégico enfatiza en la niñez y adolescencia migrante no acompañada. A continuación se presenta las principales definiciones conceptuales relacionadas con la niñez y adolescencia migrante y sus familias: Atención integral13: El abordaje de las diferentes necesidades, intereses y problemas de las personas, familias o comunidades, tomando como referente su propia historia, sus condiciones de vida, lo que incluye género, discapacidad, 12 13 Tomado de: OIM, Mayo 2013. Guzmán, 1996. 12 etnia, condición social y momento histórico, entre otros. La atención integral se compone de acciones de: o Prevención: Acciones que contribuyan a modificar sustancialmente las causas profundas de la migración irregular, así como los mecanismos de prevención de la misma y del combate a las personas y organizaciones criminales que trafican con las personas, en especial la niñez y adolescencia no acompañada. Así mismo, las acciones que contribuyen a modificar las condiciones de inseguridad y violencia que impulsan a la población hondureña a emigrar. Se trata de fortalecer los factores que protegen y contrarrestar los factores que desprotegen a la niñez, adolescencia y sus familias, particularmente a las mujeres. o Protección: Acciones que tienen por finalidad obtener el respeto de los derechos individuales de una persona de acuerdo con la letra y el espíritu del orden jurídico (particularmente derecho internacional de los derechos humanos, derecho internacional humanitario, derecho internacional de la migración o derecho internacional de los refugiados). o Asistencia: Acciones de asistencia humanitaria a personas migrantes que se encuentran en un determinado país de manera irregular, a través de la cooperación internacional y los países de origen y estancia de estas personas, además de proporcionarles seguridad, dignidad y protección de sus derechos humanos14. Migración: Movimiento de población hacia el territorio de otro Estado o dentro del mismo, que abarca todo movimiento de personas sea cual fuere su tamaño, su composición o sus causas; incluye migración de personas refugiadas, personas desplazadas, personas desarraigadas, migrantes por razones económicas15. 14 OIM-MÉXICO, 2012. La OIM es el principal organismo en el ámbito de la migración, y trabaja para ayudar a garantizar una gestión ordenada y humana de la migración, promover la cooperación internacional en la materia, ayudar en la búsqueda de soluciones prácticas a sus problemas y proporcionar asistencia humanitaria a las personas migrantes que la necesiten, ya sean refugiadas, desplazadas u otro tipo de personas desarraigadas. 15 OIM, 2006. 13 Migración irregular: Personas que se desplazan al margen de las normas de los Estados de envío, de tránsito o recepción. No hay una definición universalmente aceptada y suficientemente clara de migración irregular. Desde el punto de vista de los países de destino significa que es ilegal el ingreso, la estadía o el trabajo, es decir, que la persona migrante no tiene la autorización necesaria ni los documentos requeridos por las autoridades de inmigración para ingresar, residir o trabajar en un determinado país. Desde el punto de vista de los países de envío la irregularidad se observa en los casos en que la persona atraviesa una frontera internacional sin documentos de viaje o pasaporte válido o no cumple con los requisitos administrativos exigidos para salir del país. Sin embargo, hay una tendencia a restringir cada vez más el uso del término de migración ilegal a los casos de tráfico de migrantes y trata de personas16. Intentar ingresar a otro país bajo esas condiciones, por sí mismo o a través de una persona traficante (también llamado “coyote” o “pollero”), es irregular y las personas, en el caso de niñas, niños y adolescentes se exponen a ser detenidas(os) por autoridades migratorias y a ser retornadas(os) hacia sus países de origen17. Repatriación: Es la etapa en el proceso de retorno y de la protección que se sigue en favor de las niñas, niños y adolescentes que han sido encontradas(os) en países de los cuales no son nacionales ni tienen su residencia habitual, y que son vulnerables, con miras a asistir en su retorno digno, seguro, ordenado y, sobre todo, garantizando su interés superior y protección integral. La repatriación comprende básicamente el proceso de retorno al país de origen y no necesariamente implica la asistencia en la recepción y la reintegración18. Niñez y Adolescencia: Según la Convención sobre los Derechos del Niño, se entiende por “niñez” o “personas menores de edad”, toda persona menor de 18 años. Además, se diferencia entre niñez (período que llega hasta los 12 ó 13 años, dependiendo de lo establecido por la legislación nacional) y adolescencia (período que va de los 12 ó 13 años hasta los 18 años). 16 Ibídem. República de Honduras. Protocolo…, Enero 2015. 18 Ibídem. 17 14 Niños, niñas y adolescentes no acompañados(as): Quienes están separados(as) de sus padres, madres u otros parientes y no están al cuidado de una persona adulta a la que, por ley o costumbre, incumbe esa responsabilidad19 Niños, niñas y adolescentes separados(as): Quienes están separados(as) de sus padres, madres o tutores legales o habituales, pero no necesariamente de otros parientes20. Niñas y niños migrantes en situación de vulnerabilidad: Son todas las personas menores de 18 años, encontradas en un país que no es el propio ni el de su residencia habitual y que están en alto riesgo de ser víctimas de cualquier delito, entre ellos, abusos sexuales, utilización en criminalidad organizada, trata de persona y tráfico ilícito, por haber iniciado no acompañadas un viaje irregular o por haber sido abandonadas en un país extranjero por el traficante que las ingresó en el país de manera irregular21. Niños, niñas y adolescentes en condiciones de explotación laboral: Quienes no han alcanzado la edad mínima de admisión al trabajo, a la luz del Convenio sobre la edad mínima (núm. 138), 1973, de la OIT y la legislación nacional. También comprende a personas adolescentes cuyo trabajo está al margen del régimen especial de protección establecido en las legislaciones nacionales. Finalmente, comprende a cualquier persona menor de 18 años que realiza alguna de las peores formas de trabajo infantil definidas por el Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil, (núm. 182), 1999, de la OIT, así como por la legislación nacional22. Niños, niñas y adolescentes víctimas de trata: Según el artículo 3 del Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, se define la trata de personas como la 19 Comité de los Derechos del Niño: Observación general Nº 6 (2005) Trato de los menores no acompañados y separados de su familia fuera de su país de origen, 39º período de sesiones, CRC/GC/2005/6, 1º de septiembre de 2005, párrafo 7. 20 Ibídem, párrafo 8. 21 República de Honduras. Protocolo…, Enero 2015. 22 OIT: ¿Qué es trabajo Infantil?, IPEC. Ver: http://white.oit.org.pe/ipec. 15 captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, con fines de explotación. Esa explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos. Es importante enfatizar que al tratarse de “niñez” (personas menores de 18 años) no es preciso recurrir a medios coercitivos para que se configure la trata de personas y el consentimiento de la víctima es irrelevante. Se advierte23 que, categorizar a la niñez y adolescencia migrante en alguna de las situaciones arriba mencionadas tiene como propósito conocer mejor sus necesidades y las características particulares de la situación que rodea la migración. No obstante, se debe enfatizar que una misma persona menor de edad puede ubicarse en más de una de esas categorías, lo cual obliga a optar por una visión integral que tenga como propósito fundamental la garantía de los derechos de la niñez y adolescencia. 2.1 FUNDAMENTO NORMATIVO24 2.1.1 Normativa Internacional A continuación se enuncia los instrumentos que componen el marco internacional de los derechos humanos, el cual contiene disposiciones que establecen la protección de la niñez migrante y, en particular, de aquella en situación de mayor vulnerabilidad25. 23 OIM, Mayo 2013 Ver Anexo 1, donde se resume el contenido de cada instrumento. 25 OIM, Mayo 2013; República de Honduras. Protocolo…, Enero 2015. 24 16 La Convención sobre los Derechos del Niño (CDN), (suscrita en 1989 y ratificada por Honduras el 10 de agosto de 1990). El Convenio 182 de la OIT sobre las peores formas de trabajo infantil y su Recomendación 190 (1999), (ratificado por Honduras el 25 de octubre de 2001). Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía (2000), (ratificado por Honduras el 8 de mayo de 2002). Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) (19979), (ratificada por Honduras el 3 de marzo de 1983)26. Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer” (Belén do Pará) (OEA, 1993), (RATIFICADA POR Honduras el 4 de julio de 1995)27. Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (2000), (ratificada por Honduras el 2 de diciembre de 2003). Protocolo Facultativo de la Convención contra la Delincuencia Organizada Transnacional relacionada con el Tráfico Ilícito de Migrantes por Tierra, Mar y Aire. Protocolo de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, especialmente Mujeres, Niñas y Niños. Convención Interamericana sobre el Tráfico Internacional de Menores (1994). Declaración de Brasil, 3 de diciembre de 2014. Observaciones generales del Comité de Derechos del Niño a Honduras sobre la Aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN). 26 27 UNIFEM, 2009. OEA, 1994. 17 2.1.2 Normativa Nacional A continuación, se enuncia los instrumentos que componen el marco jurídico nacional ofrece un amplio espectro de disposiciones legales orientadas a la protección de los derechos de niños y niñas y una serie de medidas, mecanismos y figuras jurídicas para la prevención, protección y sanción de diversas formas de vulneración de sus derechos28. Constitución de la República. Código de la Niñez y la Adolescencia (Decreto 73-96). Reforma Integral en materia de Niñez y Familia (Decreto 35-2013). Comisión Interinstitucional para la protección de las personas desplazadas por la violencia (Decreto PCM-053-2013). Ley contra la Trata de Personas (Decreto 59-2012). Ley de Migración y Extranjería de Honduras (Decreto 208-2003; Decreto reforma 108-2007) Ley del Programa de Protección de Testigos. Código Penal. Ley de Protección de los hondureños Migrantes y sus Familiares (5 de junio 2013) y Reglamento del Fondo de Solidaridad con el Hondureño Migrante hondureño. (FOSMIH). Decreto Ejecutivo (PCM-001-2014-6 de junio 2014) De la Protección de la Niñez, Adolescencia y la Familia y De la Creación de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF)29. Decreto Ejecutivo (PCM 31-2014, 30 de junio 2014) Crear el Instituto Nacional de Migración. 28 República de Honduras. Protocolo…, Enero 2015; OIM, Mayo 2013. República de Honduras. Diario Oficial La Gaceta, Nº 33446, Sección A, Acuerdos y Leyes, Tegucigalpa, 6 de junio 2014. 29 18 Decreto Ejecutivo (PCM 33-2014, 8 de julio 2014) Declaración de La Situación de la Niñez Migrante No Acompañada y de las Unidades Familiares como una Emergencia Humanitaria.30 30 República de Honduras. Diario Oficial la Gaceta, No. 33,476, Tegucigalpa, 11 de julio 2014. 19 2.2 DIAGNÓSTICO DE LA SITUACIÓN 2.2.1 Las Estadísticas31 A continuación se presenta el análisis de los datos demográficos y factores que motivan la migración de la población de niños, niñas y adolescentes migrantes (NNA). La información correspondiente al mes de enero a Septiembre 2014, es proporcionada por la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF). i.] Datos de NNA migrante, año y mes de retorno En el mes de julio del año 2014 se refleja una incidencia de retorno de migrantes niñas, niños y adolescentes del 29.65% (2,500 NNA), la mayor durante el período (Enero-Septiembre 2014), sin embargo, la cantidad acumulada de niñez y adolescencia retornada entre Enero y Junio 2014, es de 5,150 NNA (61.08%). El retorno de NNA continuó, aunque con tendencia a descender en los meses siguientes: 570 (Agosto) y 206 (Septiembre). Año Ene Feb Mar 2009 2010 Abr May Jun Ago Sep 1 3 7 9 2011 2012 Jul 1 5 2 12 6 11 13 1 2013 Desconocido Total Gral. 19 20 6 56 0 18 0 2 13 35 49 43 24 36 40 127 367 2014 367 454 695 642 1,168 1,824 2,500 570 206 6 8,432 Total Gral. 371 462 708 678 1,226 1,884 2,532 617 259 158 8,895 Tabla 1. Niños, Niñas y Adolescentes (NNA) migrantes por año y mes de retorno, 2009 – 2014 ** Fuente: CAMR, IHNFA y DINAF 2014 31 CENISS, 2014. 20 De acuerdo con el primer Informe de 201532, la población de NNA repatriada en el mes de enero de 2015 fue de 370 personas, en comparación con 374 personas en enero de 2014. ii.] Datos de NNA migrante, año y ciclo de vida El 53.24% de la población de NNA migrante retornada durante el año 2014 son mujeres y hombres adolescentes (13-17 años) y en segundo lugar el 29.8% pertenecen a la primera infancia (0-6 años) y 16.96% son niñas y niños (7-12 años). Año 1-Primera Infancia (0-6 años) 2 - Niñez (7-12 Años) 3 - Adolescencia (13-17 Años) Total general 2009 9 4 7 20 2010 16 11 29 56 2011 6 5 7 18 2012 1 1 2 2013 118 55 194 367 2014 2,513 1,430 4,489 8,432 Total General 2,663 1,505 4,727 8,895 Tabla 2. Migrantes por año de retorno y ciclo de vida, 2009 – 2014 ** Fuente: CAMR, IHNFA y DINAF 2014 De acuerdo con el primer Informe de 201533, se encontró que el 65.68% (243) de la población NNA migrante retornada/repatriada de enero de 2015 son adolescentes de 13 a 17 años y, en segundo lugar, el 23,78% (88) pertenece a la primera infancia. iii.] Datos de NNA migrante, sexo y departamento Según el Gráfico que presenta un resumen de la población de NNA migrante retornada, por sexo y departamento, el 60.07% del total son hombres y el restante 39.93% son mujeres. 32 CENISS, 2015, p. 20: La cifra de enero 2014 ha sido modificada en cuatro personas adicionales, en el Informe del CENISS correspondiente a enero de 2015. 33 CENISS, 2015, p. 20. 21 Gráfico 1. Niñas, niños y adolescentes migrantes por sexo y departamento año 2014 ** Fuente: CAMR, IHNFA y DINAF 2014 Los datos del primer Informe de 201534, confirman la tendencia, ya que el 64.59% de la población NNA retornada/repatriada son hombres, y el restante 35.41% son mujeres. Los departamentos de origen, tanto de niñas como de niños retornadas(os), que presentan mayores frecuencias son: Cortés, Yoro y Atlántida. iv.] Datos de NNA migrante (Enero-Septiembre 2014), departamento y nivel de escolaridad Del total de la población NNA migrante retornada, el 8.63% declaró que está cursando un grado del nivel educativo de primaria, y el 7.44% cursan la secundaria. Amerita reflexión y mayor atención el 81.60% de NNA que no especifica su nivel de escolaridad. En los tres departamentos de origen con mayor frecuencia de NNA migrantes, el porcentaje de “ningún nivel de escolaridad” es significativo: Cortés (24.40%), Yoro (10.12%), Atlántida (10.71%). 34 CENISS, 2015, p. 20. 22 Departamento Cortés No % especifiNinguno NE cado % N Pre Básica % PB Primaria % P Secundaria % S Total Gral. % TG 1,826 26. 54 41 24. 40 2 6.90 119 16.35 120 19.14 2,108 25.00 Yoro 777 11.29 17 10.12 3 10.34 77 10.58 69 11.00 943 11.18 Atlántida 684 9.94 18 10.71 1 3.45 48 6.59 41 6.54 792 9.39 Francisco Morazán 578 8.40 16 9.52 0 0.00 58 7.97 59 9.41 711 8.43 Olancho 465 6.76 20 11.90 5 17.24 82 11.26 71 11.32 643 7.63 Colón 442 6.42 7 4.17 2 6.90 47 6.46 46 7.34 544 6.45 No Contesto 504 7.33 2 1.19 10 34.48 3 0.41 1 0.16 520 6.17 Copán 330 4.80 14 8.33 1 3.45 50 6.87 20 3.19 415 4.92 Comayagua 261 3.79 4 2.38 1 3.45 49 6.73 42 6.70 357 4.23 Santa Bárbara 235 3.42 6 3.57 0 0.00 21 2.88 17 2.71 279 3.31 Choluteca 163 2.37 2 1.19 2 6.90 32 4.40 36 5.74 235 2.79 Valle 167 2.43 5 2.98 0 0.00 21 2.88 18 2.87 211 2.50 Intibucá 88 1.28 3 1.79 0 0.00 33 4.53 25 3.99 149 1.77 Lempira 79 1.15 6 3.57 0 0.00 38 5.22 19 3.03 142 1.68 Ocotepeque 99 1.44 5 2.98 0 0.00 15 2.06 8 1.28 127 1.51 No especificado 76 1.10 1 0.60 2 6.90 6 0.82 17 2.71 102 1.21 El Paraíso 52 0.76 0 0.00 0 0.00 15 2.06 8 1.28 75 0.89 La Paz 25 0. 36 0 0. 00 0 0.00 12 1.65 4 0.64 41 0.49 Islas de la Bahía 29 0.42 1 0.60 0 0.00 2 0.27 5 0.80 37 0.44 Gracias a Dios 0 0.00 0 0.00 0 0.00 0 0.00 1 0.16 1 0.01 Total Gral. 6,880 81.59 168 1.99 29 0.34 728 8.63 627 7.44 8,432 100.00 Tabla 3. Escolaridad de niñas, niños y adolescentes migrantes por departamento y nivel educativo año 2014. ** Fuente: CAMR, IHNFA y DINAF 2014 23 v.] Datos de NNA migrante, frontera de salida La frontera de Corinto35, representa el lugar con mayor afluencia de personas emigrantes (13.84%) según el total de la población de NNA migrante retornada, el segundo lugar es la frontera de Agua Caliente36 (7.73%). Amerita mayor reflexión y atención el 75.35% que no especifica esa información. Frontera Cantidad % (no especificado) 6,354 75.36% Corinto 1,167 13.84% Agua Caliente 652 7.73% Naranjo 204 2.42% Amatillo 25 0.30% El Florido 25 0.30% Otro 5 0.06% 8432 100.00% Total General Tabla 4. Frontera de salida de niñas, niños y adolescentes migrantes, Año 2014 **Fuente: CAMR, IHNFA y DINAF 2014 vi.] Datos de NNA migrante, con quien viaja Del total de NNA entrevistados(as), se encontró que, de enero a diciembre 2014, 162 (1.92%) viajan acompañados(as) con parientes, 115 (1.36%) viajan con un(a) amigo(a), vecino(a) o guía, 63 (0.75%) viajan solos(as). Amerita mayor reflexión y precisión el total de 8,092(96%) que no respondió o no especificó con quien viaja. Para Enero de 2015, se sabe que el 52% de la población de NNA migrante retornada (entre enero y diciembre 2014) viaja sola37. 35 Puesto Fronterizo Honduras-Guatemala, en la Costa Atlántica. Puesto Fronterizo Honduras-Guatemala, en el Oeste de Honduras. 37 CENISS, 2015. 36 24 Como Viaja Total No especificado 8,092 Acompañado(a) con parientes 162 Con un(a) amigo(a), vecino(a), guía 115 Solo(a) 63 Total general 8,432 Tabla 5. Con quién viaja la niña, el niño y adolescente migrante, Año 2014** Fuente: CAMR, IHNFA y DINAF 2014 vii.] Datos de NNA migrante, motivos de la migración Del total de NNA migrante, se obtuvo que la mayoría decidió emigrar por que la familia se los(as) llevo, la segunda razón con más incidencia es por motivos familiares. También es significativo el 10.47% que decidió emigrar por motivos de trabajo. Amerita mayor reflexión y precisión el 23.92% que o respondió o no especificó sus motivos. Motivos de Migración Total % Su familia se la llevo 3,704 43.93% (no especificado) 2,017 23.92% Motivos Familiares 1,480 17.55% Búsqueda de trabajo 883 10.47% Razones económicas 217 2.57% Otros 77 0.91% Violencia intrafamiliar 19 0.23% Matrimonio 14 0.17% Problemas de salud 11 0.13% Traslado por trabajo 7 0.08% Estudios 3 0.04% Total general 8,432 100.00% Tabla 6. Motivos de Migración niñas, niños y adolescentes, Año 2014 ** Fuente: CAMR, IHNFA y DINAF 2014 25 viii.] Datos de NNA migrante, lugar de donde se retornó Se puede observar en el siguiente gráfico que un total de 6,287 (74.56%) de NNA migrante, reportado por datos de DINAF e INHFA, fue retornado desde México, un total de 1,081 (12.82%) desde Estados Unidos, siendo estos los dos lugares con más incidencias en retorno de personas. Amerita mayor reflexión y precisión los 1,055 con lugar no especificado. Gráfico 2. Lugar de donde retorna niña, niño y adolescente migrante, Año 2014 ** Fuente: CAMR, IHNFA y DINAF 2014 ix.] Datos de NNA migrante, vía de retorno Según el total de la población de NNA migrante, se encontró que 6,110 (72.46%) retornó vía terrestre (Corinto, San Pedro Sula), 1338 (15.87%) retornó vía aérea. Vía de Retorno Total General (No especificado) 984 Aéreo (No especificado) 226 Toncontín, TGU 49 Villeda Morales, SPS 1,046 Soto Cano, Comayagua 17 Corinto, SPS 6,110 Total General 8,432 Tabla 7. Vía de retorno de NNA migrante, Año 2014 ** Fuente: CAMR, IHNFA y DINAF 2014 Ilustración 13. 26 x.] Datos Municipios con mayor incidencia de NNA migrante retornada/repatriada Código Municipio Municipio Cantidad 0501 San Pedro Sula 27 0506 Puerto Cortés 17 0801 Distrito Central 17 1804 El Progreso 14 0502 Choloma 11 0101 La Ceiba 11 Fuente: CENISS, enero de 2015. 2.2.2 Los Desafíos Los movimientos migratorios de la población NNA hondureña no es un fenómeno nuevo. A las tradicionales migraciones fronterizas e internas temporales, en la agricultura y los servicios, se suma una variada lista de actividades que implican la participación laboral infantil migrante, especialmente en condiciones precarias y con altos niveles de explotación38 La migración protagonizada por niños, niñas tiene diversos motivos y destinos, así como diferentes formas de realizar el viaje hacia otro país, ciudad o poblado, sea fuera de la esfera familiar o con ésta en movimiento39. La migración es palpable en Honduras, al igual que en otros países de la región (Guatemala, El Salvador, Nicaragua), especialmente en ciudades y pueblos del interior o fronterizos, donde muchos niños, niñas y adolescentes acompañan a sus padres o emigran “solos”, intentando una y otra vez el anhelado “sueño Americano”40. Una de las formas migratorias que mayor preocupación causa entre diversos sectores nacionales e internacionales, es la migración irregular de niños, niñas y personas adolescentes centroamericanas hacia otros países tales como Estados 38 República de Honduras. Protocolo…, Enero 2015. Ibídem. 40 Ibídem. 39 27 Unidos o México, quienes se han visto forzados a migrar por una amplia gama de motivos41: o Las condiciones de pobreza en su comunidad de origen. Según el PNUD, Honduras es un país de ingresos medio bajos y enfrenta varios desafíos de desarrollo. El último Informe sobre los Objetivos del Milenio (ODM) de País señala que el país tiene escasas posibilidades de alcanzar dichos Objetivos en el 2015, con excepción de las metas de agua, saneamiento y nutrición. En la última década la economía hondureña ha crecido a ritmos superiores al promedio latinoamericano. Sin embargo, más del 60% de los hogares aún viven en condiciones de pobreza y más del 40% vive en condiciones de extrema pobreza Honduras es un país de ingresos medio bajos y enfrenta varios desafíos de desarrollo. Las brechas de inequidad en el ámbito económico, social y político son elevadas. La ausencia de información estadística desagregada y la excesiva centralización en la toma de decisión han limitado las posibilidades de diseñar estrategias apropiadas. El Plan de Nación (2010-2022) adoptado por el Gobierno Nacional constituye una nueva oportunidad para trabajar coordinada y eficazmente en la reducción de la pobreza y la inequidad como objetivo prioritario. o La reunificación familiar. Otra razón importante para la migración de niños, niñas y adolescentes no acompañados es reunirse con sus padres, madres u otros familiares, que ya se encuentran en los Estados Unidos o, en algunos casos, en México. Un estudio de monitoreo llevado a cabo por Redes de la Sociedad Civil en centros de detención en México y América Central, indica que al menos un 90% de los niños y niñas detenidas tenía un nexo familiar en su lugar de destino. o Como escape a problemas familiares: abandono, abusos y violencia. Las tasas de violencia intrafamiliar y de maltrato infantil son altas en Honduras42. Según estadísticas, de 2010 a 2011 se registró 1,903 femicidios. 41 42 CREDEMIG, 2006; República de Honduras. Protocolo…, Enero 2015; CRS, 2010. República de Honduras. Protocolo…, Enero 2015. 28 Durante el 2010-2011, según datos del Observatorio de la Violencia43, 363 mujeres fueron víctimas de homicidio, 87 de ellas por violencia intrafamiliar; en tanto 4,100 mujeres, un 61.1%, fueron evaluadas por Medicina Forense debido a lesiones recibidas en su mayoría infringidas por familiares, amigos, conocidos, pareja o ex pareja. Asimismo, 1,937 mujeres fueron evaluadas por delitos sexuales en su contra. Para el mismo período la Dirección Nacional de Investigación Criminal (DNIC) reporta 11,871 denuncias por delitos que afectan a la mujer por su condición de género. De acuerdo a datos proporcionados por el Ministerio Público, en el año 2010 las muertes violentas de mujeres fueron 377, incrementándose en un 36% respecto al 2008. Si comparamos el 2010 con el 2011, el incremento asciende a 183%, lo que refleja un aumento sistemático que nos debe interpelar porque todas estas mujeres muertas tienen un nombre, un rostro, una familia y muchos sueños truncados, además, son la clave en el desarrollo de la niñez en los hogares y son un capital humano valioso para la economía del país. Particularmente, las personas adolescentes manifiestan que abandonan el país debido a44: o La violencia social y amenazas de las maras o pandillas, y por el hecho de que, al no participar de las mismas, son objeto de amenazas a su integridad física o la de sus familias. o La falta de empleos y la poca remuneración de los mismos. Los y las adolescentes suelen buscar la migración como la mejor manera de ayudar a mantener sus familias y tener acceso a oportunidades laborales, a pesar de los riesgos y peligros del viaje. o La falta de oportunidades educativas. Los niveles de deserción escolar y ausentismo de los centros educativos constituyen un factor que contribuye a 43 44 Observatorio de la Violencia del IUDP-UNAH. República de Honduras. Protocolo…, Enero 2015. 29 la migración. Incluso, habiendo finalizado sus estudios secundarios, no cuentan con recursos para continuar estudios superiores o con una oportunidad de empleo, por lo que la migración irregular hacia EEU u otro país constituye una alternativa. El limitado acceso y calidad de la oferta de servicios públicos de educación ha conducido a una mano de obra poco calificada. La PEA de Honduras tiene, en promedio, 6 años de escolaridad, por debajo de otros países de la región. Este fenómeno, en particular, se refleja en la cobertura a nivel secundario donde las tasas de deserción son superiores al 15%. La tasa de matrícula bruta en Honduras se ubica en niveles inferiores al 30%45. Por ello muchas personas adolescentes suelen estar dispuestas a repetir más de una vez el peligroso viaje para llegar a su meta46. 2.2.3 Las Oportunidades Desde hace varios años, distintas instancias gubernamentales y no gubernamentales han venido impulsando diversas iniciativas nacionales y regionales para conocer más sobre esta realidad y sus causas. Así como para procurar mayores herramientas y capacidades de instituciones y organizaciones de sociedad civil, para proteger los derechos humanos y atender a la niñez migrante47. El interés por mejorar la protección de los derechos humanos de las personas migrantes -independientemente de su condición migratoria- así como por reconocer las condiciones de vulnerabilidad en las cuales se encuentran para brindar protección efectiva y específica, ha sido una constante de los países integrantes de la Conferencia Regional sobre Migración (CRM). A través de esta instanciase han presentado múltiples resoluciones e iniciativas tanto para reivindicar a las personas migrantes como titulares de derechos humanos, así como para apoyar a los Estados en su obligación de garantizar el disfrute de estos 45 Plan Regional, Septiembre 2014, pp. 6-7. República de Honduras. Protocolo…, Enero 2015. 47 OIM-Programa Regional, TDR Consultoría, Enero 2015. 46 30 derechos en apego a la normativa internacional. Uno de los grandes avances al respecto ha sido la elaboración y aprobación de los Lineamientos regionales para la identificación preliminar de perfiles y mecanismos de referencia de poblaciones migrantes en condición de vulnerabilidad, que destacan la niñez migrante no acompañada como una de las poblaciones prioritarias48. La Organización Internacional para las Migraciones (OIM), a través del Programa Mesoamérica, financiado por la Oficina de Población, Refugiados y Migración (PRM) del Departamento de Población de los Estados Unidos, ha venido apoyando estos procesos y procurando acciones para promover la puesta en práctica de estos acuerdos, fortaleciendo las capacidades de los gobiernos y sociedad civil para asistir y proteger a poblaciones migrantes en condiciones de vulnerabilidad, desde la consideración de sus especificidades49. Se suscribió el PACTO MUNICIPAL POR UNA VIDA MEJOR, entre la presidencia de la República y la Asociación de Municipios de Honduras (AMHON), el día 9 de septiembre de 201450. Este Pacto expresa la voluntad de ambas partes para unir esfuerzos que conduzcan a la complementariedad de las políticas públicas nacionales y locales, a fin de propiciar las condiciones que mejoren los niveles de vida de la población, generando fuentes de empleo digno, fortaleciendo la mediana y pequeña empresa rural y urbana, mejorando el clima para inversión, cohesionando el tejido y participación social, bajo una cultura de paz y unidad nacional. Los Municipios asumen el compromiso de realizar inversiones que mejoren las condiciones de vida de las poblaciones, destinando el 40% de la transferencia del gobierno central en programas y proyectos para la atención de la asistencia social a la niñez, con atención especial a los(as) retornados(as) 48 CRM, 2013. 49 OIM, 2014. 50 Gobierno de la República de Honduras. Pacto Municipal por una Vida Mejor. Entre el Presidente de la República y los Gobiernos Locales de Honduras, 9 de septiembre 2014. 31 inmigrantes, adolescencia y juventud, sector de discapacidades especiales, educación pre básica, básica, tercer ciclo, atención primaria familiar y comunitaria en salud, agua, saneamiento, electrificación y mejora de viviendas de las familias en situación de pobreza extrema, todo de acuerdo al PROGRAMA VIDA MEJOR. Los gobiernos locales se comprometen a fortalecer el tejido social bajo un enfoque de prevención, promoviendo una cultura de paz, justicia y convivencia en los territorios municipales, en concordancia con el PROGRAMA TODOS POR LA PAZ, invirtiendo un 20% de los recursos de las transferencias del gobierno central, en la construcción y revitalización de espacios públicos para el fomento del deporte, actividades culturales, formación en valores y derechos humanos para la ciudadanía, vigilancia comunitaria y en aquellas otras acciones que permitan atender las condiciones particulares de prevención de la violencia, a fin de que a corto y mediano plazo se den resultados de impacto y medibles en los municipios. Los Municipios contribuirán a mejorar el clima de inversión municipal impulsando la competitividad territorial mediante obras de infraestructura productiva, fomentando el sector de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (MIPYME) rural y urbano, para la generación de fuentes de empleo, destinando un 10% de las transferencias del gobierno central a procesos de simplificación administrativa, homologación de planes de arbitrios, catastros municipales, fortalecimiento de las capacidades administrativas, presupuestarias y de tesorería, ejecución de proyectos, formulación de agendas de desarrollo económico local, que se integren con las iniciativas del gobierno central a través del PROGRAMA PRO-HONDURAS, procurando la concertación públicoprivada, apoyo a la infraestructura de corredores agrícolas, turísticos y centros de desarrollo empresarial, entre otros. Se firmó y entró en vigencia el CONVENIO DE COORDINACIÓN Y ARTICULACIÓN INSTITUCIONAL ENTRE 32 LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS Y LA ASOCIACIÓN DE MUNICIPIOS DE HONDURAS (AMHON), el día 9 de septiembre de 201451. Este Convenio tiene el Objetivo General de: afianzar los mecanismos de coordinación y articulación entre la Presidencia de la República a través de la Fuerza de Tarea y los gobiernos municipales para facilitar el diseño e implementación de “Agendas Municipales para la Atención Integral de Niños, Niñas y Jóvenes Migrantes”, en al menos 38 municipios con mayor índices de violencia y migración del país (Clausula Primera). Los siguientes son sus Objetivos Específicos (Clausula Segunda): Promover la articulación de los esfuerzos entre la Fuerza de Tarea, los programas de gobierno y los actores en el municipio (Gobierno local, Organizaciones no Gubernamentales, Mancomunidades, Cooperación Internacional, Organizaciones Comunitarias, Iglesias, Academia, Sector Privado), para atender de manera integral las causas que provocan la migración de los niños, las niñas y jóvenes. Definir Agendas Municipales con medidas conjuntas, concertadas, planificadas, ejecutables durante un período de un año, estableciendo su revisión y mecanismos de seguimiento semestrales. A partir de las lecciones aprendidas, incidir en las p, programas y proyectos del gobierno nacional y gobiernos locales para establecer medidas de mediano y largo plazo que prevengan el fenómeno de las migraciones de niños, niñas y jóvenes. El país se enfrenta a una coyuntura de importantes cambios institucionales que tienen implicaciones significativas en relación con procesos de migración, y en especial, con esta población. Actualmente las instituciones de niñez y migración se 51 Presidencia de la República de Honduras. Convenio de Coordinación y Articulación Institucional entre la Presidencia de la República de Honduras y la Asociación de Municipios de Honduras (AMHON), 9 de septiembre 2014. 33 encuentran en pleno proceso de transición, proceso que implica cambios programáticos, de formas de trabajo y de personal52. Está en proceso una reforma a la actual ley de migración (Ley de Protección de los Migrantes Hondureños y sus Familiares, que entró en vigencia en Febrero del 2014), para incorporar al DINAF como parte del Consejo Nacional para la Protección al Hondureño Migrante y para fortalecer, dentro de la ley, el tema de niñez migrante. Está en proceso el proyecto de Ley de Descentralización, presentado ante el Congreso Nacional en el año 2014, para su aprobación y posterior sanción por el Poder ejecutivo. El Centro Nacional de Información del Sector Social de Honduras (CENISS)53, está conduciendo actualmente un esfuerzo por crear el sistema de información y registro integrado de datos de migración, conjuntamente con las instancias del Estado y ONGD que directamente están involucradas en la materia, generando la estandarización de instrumentos para la recolección de la información y tomando en consideración las debilidades y fortalezas existentes en el registro de casos, para ir mejorando el sistema de información con que actualmente se cuenta. Para elaborar el Análisis de datos de adultos, se recurrió a la información proporcionada por la Dirección de Migración y Extranjería a través del Centro de Atención al Migrante Retornado de Honduras (CAMR). Además se cuenta con la información proporcionada por la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF) y su formulario de entrevista a niños, niñas y adolescentes retornados, y del Instituto Hondureño de la Niñez y la Familia (IHNFA) (para datos del 2014), que además contiene información de los datos demográficos del entrevistado, información de su nivel educativo y los motivos que lo llevaron a emigrar del país, para realizar el Análisis de Datos. Ha presentado dos Informes: 52 53 OIM-Programa Regional, TDR Consultoría, Enero 2015. CENISS, 2014, 2015. 34 INFORME ESTADISTICO DE LAS PERSONAS REPATRIADAS/ RETORNADAS A HONDURAS-PERÍODO ENERO A SEPTIEMBRE 2014, Tegucigalpa, Honduras 21 de septiembre, 2014. INFORME ESTADISTICO DE LAS PERSONAS REPATRIADAS/ RETORNADAS A HONDURAS-PERÍODO ENERO 2015, Tegucigalpa, Honduras 2 de febrero, 2015. Los principales Organismos de Cooperación Internacional, constituyeron, en el mes de julio de 2014, un Clúster de Protección, liderado por UNICEF, para el trabajo conjunto en apoyo a la Emergencia Humanitaria por la Situación de la Niñez Migrante No Acompañada en Honduras54. Los organismos que integraron este clúster son: UNICEF, PLAN INTERNATIONAL, CASA ALIANZA, ACNUR, OIM, VISION MUNDIAL, UNFPA, SAVE THE CHILDREN, PMA Entre los principales resultados de su trabajo, se puede mencionar los siguientes: Instalado en cancillería un “call center” para consulta y solicitud de información a consulados sobre los derechos de niñas, niños y adolescentes detenidos en USA y México, y cómo acceder a asistencia legal. En revisión final, el Protocolo de atención integral a NNA migrantes retornados. En implementación: servicios de atención integral en los centros de recepción, servicios legales para reunificación familiar, atención médica y psicológica, transporte, referencia y contra referencia. Elaborada guía metodológica para el desarrollo de espacios amigables para niñez migrante. 54 Clúster de Protección Honduras. Informe de Avances a octubre del 2014: Hay otros Proyectos en proceso o validación. Por considerar que ya se había alcanzado el cometido de atender la situación de emergencia, en enero de 2014, dejó de funcionar como Clúster, aunque se considera la posibilidad de continuar trabajando como Grupo de Trabajo Conjunto de esas entidades. 35 El Apoyo de Canadá a la Descentralización y el Desarrollo Local55ha consistido en: Prioridades Sostenible y, temáticas: Seguridad Alimentaria, Asegurar el futuro de la Niñez Crecimiento Económico y Juventud a través de la Protección a la niñez, Salud y Educación. Temas transversales: Igualdad de Género, Medio Ambiente y Gobernabilidad. Área geográfica: Seguridad Alimentaria: Corredor Seco, Zona Norte. Además, el Proyecto MUNSALUD en específico, adaptó algunas actividades en apoyo a la migración irregular (asistencia psicológica por parte de clínicas amigables con apoyo de UNFPA, y la metodología Retorno a la Alegría aplicada a redes de comunicadores juveniles y a los Programas Municipales para la Infancia, Adolescencia y Juventud - PMIAJ por parte de UNICEF). El Plan de la Alianza para la Prosperidad del Triángulo Norte, incluye56: “En recepción y atención de niñas, niños y adolescentes retornados, hemos adoptado planes de emergencia que incluyen la incorporación inmediata de las personas menores de edad a los programas de protección social, la habilitación de espacio físico para mejorar la atención, el entrenamiento de los recursos humanos para sensibilizar sobre las necesidades particulares que presenta esta población, y el establecimiento de protocolos de atención que garanticen la seguridad y bienestar de los menores.” Dentro de sus Líneas Estratégicas de Acción, las siguientes57 (Lineamientos…, Septiembre 2014, pp. 16-19): Ampliar la cobertura y mejorar la calidad de la educación secundaria Implementar esquemas de retención escolar en educación secundaria Mejorar la nutrición y el acceso a servicios de salud de madres y niños Promover la atención y desarrollo de la niñez y la expansión de servicios de pre-escolar. 55 Embajada de Canadá, Octubre 2014. Plan Regional, Septiembre 2014, p. 1. 57 Ídem, pp. 16-19. 56 36 Mejorar la calidad del entorno habitacional y la cobertura de servicios básicos. Fortalecer programas de prevención de la violencia a nivel familiar y comunitario. Promover programas de escuelas seguras. Centros de atención para jóvenes en riesgo social. 2.3 POBLACIONES META DEL PROGRAMA ESTRATÉGICO El Programa pondrá énfasis en la atención integral de las siguientes poblaciones meta: 2.3.1 La niñez/adolescencia migrante no acompañada: El 53.24% de la población de NNA migrante retornada durante el año 2014 son mujeres y hombres Adolescentes (13-17 años) y el 16,96% son niñas y niños (7-12 años). Para Enero de 2015, se sabe que el 52% de la población de NNA migrante retornada (entre enero y diciembre 2014) viaja sola58. La niñez/adolescencia migrante no acompañada es la que experimenta el mayor nivel de desprotección, pues ha sido y es víctima de redes de tratantes. Debido al desconocimiento de sus derechos y por su corta edad, se les explota laboralmente en fincas y en otros empleos y un alto porcentaje ha sufrido abusos sexuales y explotación sexual comercial en sus diversas modalidades59. En el tránsito migratorio enfrentan riesgos asociados a las condiciones climáticas adversas y trayectos peligrosos por los que transitan, incluso la muerte. La condición de vulnerabilidad de estos grupos de niños y niñas migrantes no acompañadas requiere de una atención especial por parte del Estado y la sociedad, buscando procurar el respeto, la protección, y la garantía del derecho a ser tratados y escuchados como sujetos de derechos60. 58 CENISS, 2014 y 2015. CRS, 2010. 60 República de Honduras. Protocolo…, Enero 2015. 59 37 2.3.2 Las niñas y mujeres adolescentes migrantes: Aproximadamente el 40% de la población de NNA migrante retornada son niñas y mujeres adolescentes61. Las niñas y adolescentes mujeres, por su condición de género, enfrentan riesgos y peligros adicionales; por ejemplo, están más expuestas a la violencia sexual que, además del daño físico y emocional, las expone a la posibilidad de embarazos producto de violaciones, contagio de VIH y otras infecciones de transmisión sexual (ITS). 2.3.3 Las madres, con hijas e hijos, migrantes: El 20,8% de la población de NNA migrante retornada durante el año 2014 pertenece a la Primera Infancia (0-6 años) y 16, 96% son niñas y niños entre 7 y 12 años, en su mayoría acompañada por sus madres. Los sistemas educativos presentan baja eficiencia interna y calidad de la educación primaria, así como bajos niveles de cobertura de la educación preescolar, lo que se agrava con la limitada infraestructura escolar y escasa formación docente. De acuerdo con la CEPAL, Honduras es el país en donde la tasa neta de escolaridad en preescolar es la más baja en la región, alcanzando sólo 32%62. La provisión de servicios de atención y desarrollo integral de la niñez temprana y sus madres enfrenta grandes desafíos, poniendo en riesgo a futuras generaciones hondureñas. 61 62 CENISS, 2014, 2015. Plan Regional, Septiembre 2014, pp. 6-7. 38 2.4 COMPONENTES DEL PROGRAMA ESTRATÉGICO Este Programa Estratégico forma parte del Plan Estratégico Institucional (PEI) de la DINAF, el que se alineará al Plan Estratégico del Gabinete del Sector Social, basado en un Enfoque de Derechos Humanos63. Se ha construido con base en cuatro componentes, cada uno con su meta, lineamientos de acción y actores claves, los cuales se detalla a continuación. 2.4.1 COMPONENTE 1. PREVENCIÓN Y REDUCCIÓN PROGRESIVA DE LA MIGRACIÓN IRREGULAR DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA HONDUREÑA Y SUS FAMILIAS. META: La DINAF formula, gestiona, coordina y monitorea la implementación de las políticas nacionales y los programas sociales selectivos que contribuyen a la prevención y reducción progresiva de la migración irregular de la niñez, adolescencia y sus familias. Lineamientos de acción: Lineamiento de acción 1: Acciones y mecanismos para coordinar y monitorear la implementación de las políticas nacionales y los programas sociales selectivos que contribuyen a la prevención y reducción progresiva de la migración irregular de la niñez, adolescencia y sus familias. Lineamiento de acción 2: Acciones y mecanismos para promover, articular, desarrollar y orientar los planes, programas y servicios públicos y privados para la prevención y disminución progresiva de la migración irregular de la niñez, adolescencia y sus familias, teniendo en cuenta sus diferentes ciclos y espacios de vida. Actores claves: DINAF, Despacho de la Primera Dama, Comité Técnico Interinstitucional “Fuerza de Tarea”, Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social, CENISS, Secretaría de Seguridad, Secretaría de Educación, STSS, Cruz Roja-Honduras, Asociación de Municipios de Honduras (AMHON), 63 En proceso de elaboración, Consultoría a cargo de Pilar Escribano, con apoyo de Plan Internacional. 39 Gobiernos Locales, Organizaciones No-Gubernamentales, Agencias de Cooperación Internacional, Organizaciones Comunitarias, Iglesias, Sector Académico y Sector Privado. 2.4.2 COMPONENTE 2. PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS Y ATENCIÓN INTEGRAL (ASISTENCIA) DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA MIGRANTE Y SUS FAMILIAS Meta: Se protege los derechos y promueve las responsabilidades, en materia de la atención integral (asistencia) de la niñez y adolescencia y familia migrante, en todas las etapas de los procesos migratorios: Proceso de expulsión, tránsito y destino. Proceso de repatriación, retorno y reintegración. Lineamientos de acción: Lineamiento de acción 1: Acciones y mecanismos para promover, a nivel nacional, regional y local, la corresponsabilidad y la participación social en la protección de los derechos y la atención integral de la niñez, adolescencia migrante y sus familias. Lineamiento de acción 2: Programas y acciones que contribuyen a proteger los derechos, en materia de la atención integral de la niñez, adolescencia migrante y sus familias. Lineamiento de acción 3: Estrategia de articulación para la atención integral de la niñez y adolescencia migrante en condiciones de mayor vulnerabilidad, particularmente no acompañada, víctimas de la explotación sexual comercial, la trata la violencia sexual y basada en género. Actores claves: DINAF, Despacho de la Primera Dama, Comité Técnico Interinstitucional “Fuerza de Tarea”, Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social, Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional, INM, Secretaría de Salud, Secretaría de Educación, CICESCT, Fiscalía de la Niñez, INAM, Gobiernos Locales, Organizaciones No-Gubernamentales, 40 Agencias de Cooperación Internacional, Organizaciones Comunitarias, Iglesias, Sector Académico y Sector Privado. 2.4.3 COMPONENTE 3: POLÍTICA PÚBLICA Y MARCO NORMATIVO NACIONAL E INTERNACIONAL EN MATERIA DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA MIGRANTE Y SUS FAMILIAS Meta: La política pública y el marco normativo en materia de NNA migrante es actualizada y congruente con el enfoque de igualdad de género, derechos humanos y los instrumentos internacionales relativos a esta materia, suscritos por el Estado hondureño. Lineamientos de acción: Lineamiento de acción 1: Análisis actualizados de la política pública, legislación y normativa nacional en materia de NNA y familia migrante, y su congruencia con el enfoque de igualdad de género, derechos humanos y los instrumentos internacionales relativos a esta materia, suscritos por el Estado hondureño. Lineamiento de acción 2: Estrategias de incidencia política para incorporar el enfoque de igualdad de género, derechos humanos y los mandatos de los instrumentos internacionales en materia de NNA y familia migrante, en la legislación y normativa nacional. Actores claves: DINAF, Despacho de la Primera Dama, Comité Técnico Interinstitucional “Fuerza de Tarea”, Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social, Secretaría de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, STSS, INM, INAM, CICESCT, Agencias de Cooperación Internacional (UNICEF, ONU-MUJERES, OIM, OIT), Sector Académico (UNAH). 41 2.4.4 COMPONENTE 4. FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL PARA LA GESTIÓN DEL PROGRAMA ESTRATÉGICO EN MATERIA DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA MIGRANTE Meta: Se brinda una respuesta integral, coordinada y articulada, a la niñez y adolescencia migrante y sus familias. Lineamientos de acción: Lineamiento de acción 1: Fortalecimiento de mecanismos de coordinación política y técnica. Lineamiento de acción 2: Capacitación de personal de DINAF, instituciones y organizaciones responsables y colaboradoras, en materia de planificación estratégica, con enfoque de derechos humanos e igualdad de género. Lineamiento de acción 3: Definición y ejecución de mecanismos de Seguimiento y Evaluación del Programa Estratégico. Actores claves: DINAF, Despacho de la Primera Dama, Comité Técnico Interinstitucional “Fuerza de Tarea”, Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social, CENISS, INAM, AMHON, Alianza Nacional de Mujeres Municipalistas de Honduras (ANMMH), Gobiernos Locales, Organizaciones No- Gubernamentales, Agencias de Cooperación Internacional, Organizaciones Comunitarias, Iglesias, Sector Académico y Sector Privado. 42 PROGRAMA ESTRATÉGICO PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL DE LA NIÑÑEZ Y ADOLESCENCIA MIGRANTE HONDUREÑA Y SUS FAMILIAS 2015-2019 El triángulo superior se irá convirtiendo en acciones de protección y prevención conforme se vaya superando la emergencia humanitaria ASISTENCIA Esta línea subirá conforme se vaya superando la emergencia humanitaria PROGRAMA ATENCIÓN INTEGRAL PROTECCIÓN PREVENCIÓN RESULTADO ESPERADO AL 2019 ASISTENCIA PROGRAMA ATENCIÓN INTEGRAL PROTECCIÓN PREVENCIÓN 1 III. REFERENCIAS Catholic Relief Services, CRS. (2010).Niñez migrante: Detención y repatriación desde México de niños, niñas y adolescentes centroamericanos no acompañados. Informe de investigación. México, México D.F. Caballeros, Álvaro. (2011). Migración con rostro de niños, niñas y adolescentes, Avances Investigativos. Encuentro No. 90, 84-93, UCA. Managua, Nicaragua. Centro Nacional de Información del Sector Social, CENISS. (2 de febrero, 2015).Informe estadístico de las personas repatriadas/ retornadas a Honduras, período enero 2015. Tegucigalpa, Honduras. Centro Nacional de Información del Sector Social, CENISS. (21 de septiembre, 2014). Informe estadístico de las personas repatriadas/ retornadas a Honduras, período enero a septiembre 2014. Tegucigalpa, Honduras. Comisión Interinstitucional contra la Explotación Sexual Comercial y Trata de Personas de Honduras, CICESCT. (2006-2012).Reflexiones y aprendizajes a partir de la experiencia. Tegucigalpa, Honduras. Comisión Interinstitucional contra la Explotación Sexual Comercial y Trata de Personas de Honduras, CICESCT; Samaritan’s Purse International Relief y Global Communities Partners for God. (S.F). La Trata de Personas es un delito y en Honduras y se castiga hasta con 221/2 años de cárcel. Tegucigalpa, Honduras. Conferencia Regional sobre Migración, CRM. (2013). Lineamientos Regionales para la Identificación Preliminar de Perfiles y Mecanismos de Referencia de Poblaciones Migrantes en Condición de Vulnerabilidad. San José, Costa Rica. 2 Dirección Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia de Honduras, DINAF. (2014)Plan Estratégico Parte 2, Versión en Borrador. Diciembre 2014. Embajada de Canadá. (2014)El Apoyo de Canadá a la Descentralización y el Desarrollo Local. Presentación en Power Point. Federación de Organizaciones No Gubernamentales para el Desarrollo de Honduras, FOPRIDEH. (2014). Directorio de Afiliadas. Tegucigalpa, Honduras. Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para las Mujeres, UNIFEM. (2009). Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, CEDAW. México, México D. F. Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, UNICEF y Organización Internacional del Trabajo, OIT. (2015). Manual para la atención interinstitucional de personas menores de edad en explotación: sexual, trata, trabajo infantil y trabajo adolescente peligroso. San José, Costa Rica. Gobierno de la República de Honduras, Comisión Permanente de Contingencias, Fuerza de Tarea del Niño Migrante. (2014) Plan para la Instalación y Operación de albergue para Niñas, Niños y Adolescentes y sus familias en situación de migrantes retornados. Tegucigalpa, Honduras. Gobierno de la República de Honduras, Presidencia de la República, Secretaría de Educación; Programa Nacional de Atención Educativa de Niños, Niñas y Adolescentes (NNA) Migrantes. (S.F) Porque cada hondureño y hondureña ¡cuentan! Material divulgativo auspiciado por UNFA y UNICEF. Tegucigalpa, Honduras. 3 Grupo Regional de Organizaciones de los Derechos Humanos de los Migrantes, GREDEMIG. (2006). Informe de la situación sobre los derechos humanos de la niñez migrante centroamericana en México. México, México D.F. Guzmán, Ana y oros. (1996). Módulo II de atención Integral. CCSS-UCR, San José, Costa Rica. Ley contra la Trata de Personas, Decreto 59 – 2012. República de Honduras. Impreso por la Comisión Interinstitucional contra la Explotación Sexual Comercial y Trata de Personas de Honduras, CICESCT. Ley de Migración y Extranjería, Decreto N° 208 – 2003, Decreto Reforma N°108-2007, Reglamento, Acuerdo N° 018 – 2004, Acuerdos reformas: Nos. 21-2004 y 38-20005; Instructivo para la emisión de pasaportes corrientes en el exterior, Acuerdo N° 809 – 2005; Ley sobre el “Período del hondureño en el extranjero” Decreto No. 185 – 86, Reglamento Acuerdo No. 1482 – B. Preparado por Abogado Darlan Esteban Matute López. República de Honduras: Editora Casablanca. (2012) Ley de Protección de los Hondureños Migrantes y sus Familiares, Decreto Nº 106-2013, La Gaceta Nº 33,356. República de Honduras. (15 de Febrero 2014) Ministerio de Cultura y Juventud de Costa Rica. (2014) Política Nacional de derechos Culturales 2014-2023. San José, Costa Rica. Ministerio Público de la República de Honduras y Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, UNICEF. (2014). Compilación de Legislación Nacional e Instrumentos Internacionales en materia de Familia y Niñez. Tegucigalpa, Honduras. Organización de Estados Americanos, OEA, Departamento de Derecho Internacional. (1994). Convención Interamericana Para Prevenir, 4 Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer "Convención de Belem Do Para”. Belem do Para, Brasil. Organización Internacional de las Migraciones, OIM. (2014) Migrantes en situación de Vulnerabilidad. Boletín 1, Diciembre 2014. Organización Internacional de las Migraciones, OIM. (2013) Niños, Niñas y Adolescentes Migrantes. América Central y México. San José, Costa Rica: ACNUR/OIT/UNICEF. Organización Internacional de las Migraciones, OIM. (2012) Programa de Retornos Voluntarios Asistidos (PRVA). México. Recuperado de: http://www.oim.org.mx/pdf/PRVA%202005-2011.pdf Organización Internacional del Trabajo, OIT. Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil, IPEC. (2010). La elaboración de una Hoja de Ruta para la prevención y erradicación del trabajo infantil y sus peores formas. Nota conceptual. San José, Costa Rica. Organización Internacional de las Migraciones, OIM. (2006). Glosario sobre Migración, Derecho Internacional sobre Migración, Nº 7. Ginebra, Suiza. Organización Internacional del Trabajo, OIT, Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil de la Organización Internacional del Trabajo, IPEC. ¿Qué es trabajo Infantil? Recuperado de http://white.lim.ilo.org/ipec/pagina.php?seccion=6 Programa de naciones Unidas para el desarrollo, PNUD. Honduras en breve. Recuperado de http://www.hn.undp.org/content/honduras/es/home/countryinfo/ Presidencia de la República de Honduras y Asociación de Municipios de Honduras, AMHON. (2014) Convenio de Coordinación y articulación institucional entre la Presidencia de la República de Honduras y la Asociación de Municipios de Honduras, AMHON. Tegucigalpa: Honduras. 5 Recuperado de http://www.presidencia.gob.hn/crisismigrante/?wpfb_dl=31 Presidencia de la República de Honduras. (2014). Decreto Ejecutivo PCM 272014. Tegucigalpa: Honduras. Recuperado de http://www.presidencia.gob.hn/transparencia/wpcontent/uploads/2014/04/Decreto-Ejecutivo-PCM-27-2014.pdf Presidencia de la República de Honduras. (204). Decreto Ejecutivo PCM 312014. Tegucigalpa: Honduras. Recuperado de http://www.diarioelarticulista.com/2014/06/decreto-ejecutivo-pcm-0312014-crear-el.html Presidencia de la República de Honduras. (2014). Decreto Ejecutivo PCM 332014. Tegucigalpa: Honduras. Recuperado de http://www.presidencia.gob.hn/transparencia/wpcontent/uploads/2014/04/Decreto-Ejecutivo-PCM-033-2014.pdf Presidencia de la República de Honduras. (2014). Niñez Migrante de Honduras. Recuperado de: http://www.presidencia.gob.hn/crisismigrante/ Presidencia de la República de Honduras y Gobiernos Locales de Honduras. (2014). Pacto Municipal por una vida mejor entre el Presidente de la República y los Gobiernos Locales de Honduras. Tegucigalpa: Honduras. Recuperado de http://www.observatoriodescentralizacion.org/download/convenios/PACT O MUNICIPAL ENTRE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y LOS GOBIE.pdf Redacción. (10 de marzo de 2014). Nueva Estructura de Gobierno ya es Ley. El Heraldo. Recuperado dehttp://sedis.gob.hn/node/47 Repúblicas de El Salvador, Guatemala y Honduras. (2014) Lineamientos del Plan de la Alianza para la Prosperidad del Triángulo Norte. Formato Portable. 6 República de Honduras. (2015).Protocolo para la Protección Inmediata, Repatriación y Seguimiento de Niñas y Niños Migrantes. Versión en Borrador. Tegucigalpa, Honduras. Urbina Pineda, Nora; Corea Rosa; Bussi Roberto; Suazo, Mirna; Artiles, María Esther y Andino Peñalba, Karla. (2009). Plan Nacional de Acción contra la Explotación Sexual Comercial de Niñas, Niños y Adolescentes. (2ª. ed.). Tegucigalpa, Honduras. 7 ANEXO 1 FUNDAMENTO NORMATIVO Normativa Internacional El marco internacional de los derechos humanos contiene disposiciones que establecen la protección de la niñez migrante y, en particular, de aquella en situación de mayor vulnerabilidad. La Convención sobre los Derechos del Niño (CDN), (suscrita en 1989 y ratificada por Honduras el 10 de agosto de 1990). Los Estados parte promoverán y adoptaran todas las medidas apropiadas de modo que: Toda niña y niño sea protegido y asistido efectivamente contra toda forma de abandono, explotación o abuso, tortura u otra forma de tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes o conflictos armados y de que reciban la protección y la asistencia humanitaria adecuadas para la restitución y el disfrute de sus derechos. Toda niña y niño tiene derecho a que se facilite el intercambio de información que sea necesaria y permita localizar a sus familiares, madre y/o padre para que se reúna con su familia y en todo caso conceder y brindar protección inmediata que aseguren su dignidad, estado físico y emocional. Los Estados parte promoverán, adoptaran y suscribirán acuerdos bilaterales o multilaterales o la adhesión a acuerdos existentes o medidas para luchar contra los traslados ilícitos de niñas y niños al extranjero y su retención ilícita. El Convenio 182 de la OIT sobre las peores formas de trabajo infantil y su Recomendación 190 (1999), (ratificado por Honduras el 25 de octubre de 2001). Los Estados Parte que hayan ratificado este convenio se encuentran directamente vinculados y deben adoptar de forma urgente todas las medidas inmediatas y eficaces para proteger a las niñas y niños, de toda forma de explotación y abuso laboral y especialmente de las peores formas de trabajo infantil peligroso. Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía (2000), (ratificado por Honduras el 8 de mayo de 2002). Los Estados Parte adoptarán las medidas y las disposiciones necesarias para hacer efectiva su jurisdicción cuando estos delitos se comentan dentro de su territorio o a bordo de un buque o una aeronave que enarbolen su pabellón, cuando el presunto delincuente sea nacional o que tenga residencia habitual en su territorio, cuando la víctima sea nacional de ese Estado; cuando el presunto delincuente sea hallado en su territorio y no sea extraditado a otro Estado Parte en razón de haber sido cometido el delito por uno de sus nacionales. Los Estados Parte adoptarán las medidas necesarias para fortalecer la cooperación internacional mediante acuerdos multilaterales, regionales y bilaterales, para la prevención, la detección, la investigación, el enjuiciamiento y el castigo de los 1 responsables de venta de niñas y niños, prostitución infantil y utilización de niñas y niños en la pornografía o el turismo sexual. Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) (19979), (ratificada por Honduras el 3 de marzo de 1983)64. Según esta convención, por discriminación se entiende “toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo (…) en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera” (Artículo 1). Afirma positivamente el principio de igualdad al pedir a los Estados Partes que tomen “todas las medidas apropiadas, incluso de carácter legislativo, para asegurar el pleno desarrollo y adelanto de la mujer, con el objeto de garantizarle el ejercicio y el goce de los derechos humanos y las libertades fundamentales en igualdad de condiciones con el hombre” (Artículo 3). Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer” (Belén do Pará) (OEA, 1993), (RATIFICADA POR Honduras el 4 de julio de 1995)65. Esta convención conceptualiza la violencia contra las mujeres como “cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado” (Artículo 1). Incluye la violencia física, sexual y psicológica (Artículo 2): que tenga lugar dentro de la familia o unidad doméstica o en cualquier otra relación interpersonal, ya sea que el agresor comparta o haya compartido el mismo domicilio que la mujer, y que comprende, entre otros, violación, maltrato y abuso sexual; que tenga lugar en la comunidad y sea perpetrada por cualquier persona y que comprende, entre otros, violación, abuso sexual, tortura, trata de personas, prostitución forzada, secuestro y acoso sexual en el lugar de trabajo, así como en instituciones educativas, establecimientos de salud o cualquier otro lugar, y que sea perpetrada o tolerada por el Estado o sus agentes, donde quiera que ocurra. Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (2000), (ratificada por Honduras el 2 de diciembre de 2003). El propósito de esta Convención es promover la cooperación para prevenir y combatir más eficazmente la delincuencia organizada transnacional, la protección de testigos, la asistencia y protección a las víctimas y la penalización de la participación en un grupo delictivo organizado. Cada Estado Parte adoptará medidas apropiadas dentro de sus posibilidades para prestar asistencia y protección a las víctimas de los delitos comprendidos en la presente Convención, en particular en casos de amenazas de represalia o intimidación. 64 65 Protocolo Facultativo de la Convención contra la Delincuencia Organizada Transnacional relacionada con el Tráfico Ilícito de Migrantes por Tierra, Mar y Aire. UNIFEM, 2009. OEA, 1994. 2 Este Protocolo se aplica a la prevención, investigación y penalización de los delitos tipificados de carácter transnacional y que entrañe la participación de un grupo delictivo organizado, así como la protección de los derechos de las personas que han sido víctimas de los delitos de: Tráfico ilícito de migrantes; Los que se cometan con el fin de posibilitar el tráfico ilícito de migrantes con documentos falsos, mediante el suministro y facilitación de los mismos. Protocolo de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, especialmente Mujeres y Niños. Para prevenir y combatir eficazmente la trata de personas, especialmente mujeres y niños, se requiere un enfoque amplio e internacional en los países de origen, tránsito y destino que incluya medidas para prevenir dicha trata, sancionar a los traficantes y proteger a las víctimas de esa trata, en particular amparando sus derechos humanos internacionalmente reconocidos. Los fines del este Protocolo son: Prevenir y combatir la trata de personas, prestando especial atención a las mujeres, las niñas y los niños; Proteger y ayudar a las víctimas de dicha trata, respetando plenamente sus derechos humanos; y Promover la cooperación entre los Estados Parte para lograr esos fines. Convención Interamericana sobre el Tráfico Internacional de Menores (1994). Los Estados Partes de esta Convención se obligan a: Asegurar la protección de niñas y niños en consideración a su interés superior; Instaurar un sistema de cooperación jurídica entre los Estados Parte que consagre la prevención y sanción del tráfico internacional de niñas y niños, así como adoptar las disposiciones legales y administrativas en la materia con ese propósito; y Asegurar la pronta restitución de las niñas y niños víctimas del tráfico internacional al Estado de su residencia habitual, teniendo en cuenta el interés superior de la Niñez. La autoridad competente o cualquier persona lesionada podrá entablar acción civil por daños y perjuicios contra los particulares o las organizaciones responsables del tráfico internacional de niñas y niños. Los Estados Parte adoptarán las medidas que sean necesarias para lograr la gratuidad de los procedimientos de restitución de niñas y/o niños conforme a su derecho interno e informarán a las personas legítimamente interesadas en la restitución de la niña o el niño sobre las defensorías de oficio, beneficios de pobreza e instancias de asistencia jurídica gratuita a que pudieran tener derecho conforme a las leyes y los reglamentos vigentes. Declaración de Brasil, 3 de diciembre de 2014. Acuerdo de establecer un Marco de Cooperación y Solidaridad Regional para Fortalecer la Protección Internacional de las Personas Refugiadas, Desplazadas y Apátridas en América Latina y el Caribe; y 3 Un plan de acción conjunto con el objetivo de responder a los nuevos retos de la protección internacional y la identificación de soluciones para las personas refugiadas, desplazadas y apátridas en América Latina y el Caribe en los próximos 10 años66. Observaciones generales del Comité de Derechos del Niño a Honduras sobre la Aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN): Observación General No 6 (2005): Sobre el trato de los menores de edad no acompañados y separados de su familia fuera de su país de origen. Reafirma la obligatoriedad del Estado de cara a la protección de las niñas y niños, sean hondureñas(os)o extranjeras(os), no acompañadas(os); y Observa la necesidad de diseñar e implementar el tratamiento que deben recibir las niñas y los niños sin cuidado de una persona responsable. Observación General No 12 (2009): Sobre el derecho del niño a ser escuchado. Enfatiza en el derecho que tiene cada niña y niño a ser escuchada(o) y a que se tomen en cuenta su opinión y sus determinaciones. Observación General No 13 (2011): Sobre el derecho del niño a no ser objeto de ninguna forma de violencia. Refuerza el derecho de toda niña y todo niño a vivir una vida libre de toda forma de violencia en todos los ámbitos y entornos en los cuales se desenvuelve, desarrolla y convive. Observación General No 14 (2013): Sobre el derecho del niño a que su interés superior sea una consideración primordial. Retoma la necesidad de la observancia del principio de Interés Superior del niño y de la niña en cada una de las acciones y procedimientos administrativos, judiciales y civiles que ejecuten los Poderes del Estado. Normativa Nacional El marco jurídico nacional ofrece un amplio espectro de disposiciones legales orientadas a la protección de los derechos de niños y niñas y una serie de medidas, mecanismos y figuras jurídicas para la prevención, protección y sanción de diversas formas de vulneración de sus derechos67. Constitución de la República. En el ámbito nacional, a partir del artículo 119 de la Constitución de la República se garantiza la protección de niños, niñas y adolescentes contra toda forma de violencia especialmente del abandono, crueldad y explotación. Código de la Niñez y la Adolescencia (Decreto 73-96). La responsabilidad específica que asume el Estado en la prevención de las violaciones de derechos de niños, niñas y adolescentes está claramente definida en el Art: 93. 66 Producto de la reunión de los gobiernos de los países de A.L. y el Caribe en Brasilia durante el trigésimo aniversario de la Declaración de Cartagena sobre los Refugiados de 1984.Brasilia, 3 de Dic. 2014. 67 República de Honduras. Protocolo…, Enero 2015; OIM, Mayo 2013. 4 Los Artículos 101 al 106, tienen importancia particular para la prevención del tráfico ilícito, la trata de personas y otros delitos conexos, pues pretenden que la salida del país de niños y niñas se dé en condiciones de seguridad y protección a sus derechos. También refiere la responsabilidad de toda persona que tenga conocimiento de la situación de abandono o peligro en que se encuentre un niño o niña. Reforma Integral en materia de Niñez y Familia (Decreto 35-2013). A partir de la reforma integral en materia de niñez y familia, vigente desde septiembre del año 2013, se establece la obligación de toda persona a denunciar; así mismo la habilitación del ejercicio de la acción penal previo denuncia ante la autoridad correspondiente. Se configura el delito de Abandono por la vulneración de derechos, cuando son los padres y/o madres u otro familiar responsable, los que propician o vulneran los derechos de los niños y las niñas; es aplicable a los casos donde los padres, madres o familiares responsables permiten que sus hijas/ hijos menores de 18 años edad, o aquellos bajo su guarda y cuidados migren irregularmente hacia otros países. Impone como función del Estado, entre otras, velar por el cumplimiento de las obligaciones familiares, promocionar el accionar de las Municipalidades en aras de la protección de la niñez y el desarrollo de políticas públicas en la materia. Comisión Interinstitucional para la protección de las personas desplazadas por la violencia (Decreto PCM-053-2013). Con la creación de esta Comisión, el Gobierno establece como objetivo impulsar la formulación de las políticas y la adopción de medidas para la prevención del desplazamiento forzado por la violencia, así como para la atención, protección y soluciones para las personas desplazadas y sus familiares. Impulsa medidas legislativas y administrativas y de otra índole que sean necesarias para adecuar las respuestas nacionales al fenómeno del desplazamiento forzado por causas asociadas a la violencia y criminalidad los estándares internacionales de protección de los derechos humanos y a las buenas prácticas impulsadas por los organismos internacionales. Ley contra la Trata de Personas (Decreto 59-2012). Contiene una serie de disposiciones para sancionar a las personas que por acción u omisión, cometan el delito de Trata de Personas como producto de la migración irregular de niñas y niños. El delito de Trata de Personas se sanciona con pena reclusión de hasta de 22 años y medio. Se crea la Comisión Interinstitucional contra la Explotación Sexual Comercial y Trata de Personas (CICESCT), cuyo objeto es promover la coordinación de acciones encaminadas a la prevención, atención y erradicación de estos delitos en sus diversas manifestaciones. Se crea el Fondo para la atención de víctimas de la trata de personas y actividades conexas (FOAVIT). Ley de Migración y Extranjería de Honduras (Decreto 208-2003; Decreto reforma 108-2007). 5 Esta Ley regula la política migratoria del Estado. A partir de la Declaración de Cartagena68, incorpora algunos elementos definitorios de la misma. Define aspectos importantes para el proceso de repatriación de personas, incluidos niñas y niños hondureños y extranjeros, entre ellos: Deportación: Consiste en el acto legal de extrañar del territorio nacional a las y los extranjeros que se encuentren en cualquiera de las circunstancias establecidas en el Artículo 88 de la Ley, previa resolución del Instituto Nacional de las Migraciones. Salvoconducto: Es el permiso especial de viaje expedido a los hondureños en el exterior, por las representaciones diplomáticas o consulares de Honduras. Este documento es válido únicamente para el viaje de retorno al país. Repatriación Voluntaria: Los refugiados que voluntariamente deseen regresar al país de origen o de residencia habitual, podrán hacerlo mediante la repatriación voluntaria, debiendo para ello manifestarlo por escrito. Las autoridades responsables velarán porque la repatriación se realice en condiciones de seguridad y respeto hacia la persona. Ingreso y Control Migratorio: El ingreso de nacionales y extranjeros al país se efectúa por puertos habilitados al efecto y está sujeto al control migratorio. El servicio de migración tiene prioridad para vigilar e inspeccionar las entradas y salidas de éstas personas en el tránsito internacional marítimo, aéreo y terrestre, y colaborará con las autoridades de salud y seguridad para el cumplimiento de sus funciones. Obligación de presentar Manifiestos de embarque y desembarque: Las empresas de transporte nacional e internacional de pasajeros están obligadas a presentar ante las autoridades migratorias, tanto a la entrada como a la salida del país, los documentos y manifiestos de embarque o desembarque. De la salida y retorno: Toda persona que salga del territorio nacional deberá hacerlo por los puertos de salida oficialmente establecidos, portando la documentación necesaria y someterse al control migratorio. Las personas que pretendan salir del país, deberán además: Ser mayores de edad o no estar sujetos a la patria potestad o tutela; de lo contrario deberán viajar acompañados por las personas que ejerzan sobre ellos la patria potestad o la tutela y en su defecto, acreditar la autorización para salir del país concedida por dichas personas. La autorización para las personas comprendidas entre las edades de 18 y 21 años podrá otorgarse una sola vez con validez para todo dicho período y así deberá consignarse en el documento de viaje; y Tratándose de hondureños que salen para trabajar en el extranjero, deberán comprobar que han sido contratados con las garantías establecidas en el Código del Trabajo y demás leyes aplicables. Los marinos hondureños, deberán presentar a la autoridad migratoria en el puerto de salida la boleta individual de embarque expedida por la Dirección General de Empleo. Ley del Programa de Protección de Testigos. 68 Adoptado por el "Coloquio Sobre la Protección Internacional de los Refugiados en América Central, México y Panamá: Problemas Jurídicos y Humanitarios", celebrado en Cartagena, Colombia, del 19 al 22 de noviembre de 1984. 6 No es aplicable directamente al proceso de Repatriación, pero contiene disposiciones aplicables a la protección especial en los casos en que una niña o niño o su núcleo familiar, por ser víctimas o testigos de un delito de impacto, se acojan al Programa de Protección de Testigos del Estado y por ende reciban el tratamiento bajo medidas especiales previstas en la ley. Código Penal. Regula, en el artículo 5, los casos en que un delito cometido en el extranjero puede ser conocido y juzgado por Tribunales hondureños, cuando el imputado se halle en Honduras. En estos supuestos tienen cabida los delitos cometidos por hondureños o extranjeros que participan en los procesos de migración irregular de niñas y niños hondureños. Es procedente señalar, además, la aplicabilidad de lo dispuesto por el artículo 139 referido al delito de abandono de niños y niñas menores de doce añoso de personas incapaces, cuando estuvieren bajo el cuidado o custodia de la persona que lo abandona. Este delito tiene una pena establecida de uno a tres años de reclusión. Esta pena se agrava de tres a seis años de reclusión, si a consecuencia del abandono resulta la muerte del o la abandonada, o se hubiere puesto en grave peligro su vida, o se le hubiere causado lesión o enfermedad también grave. El Código Penal establece concretamente, en el artículo 195, el delito de Tráfico Ilegal de Personas, al señalar que “Quien trafique con hondureños o personas de cualquier nacionalidad u origen, conduciéndolos o haciéndolos conducir por el territorio nacional, para introducirlos ilegalmente a otro Estado con cualquier propósito, será sancionado con reclusión de seis (6) a nueve (9) años. La sanción será incrementada en un tercio cuando los responsables del delito sean empleados o funcionarios públicos. Si como consecuencia de la comisión de este delito los sujetos pasivos sufren privaciones de libertad en el extranjero, fueren víctimas de delitos de cualquier orden o fallecen por causas violentas, aunque sea en forma accidental, la pena a que se refiere el párrafo primero se incrementará en dos tercios. Pueden ser aplicables para casos específicos, las disposiciones contenidas en el Título II, Capítulo I, del Código Penal69, referido a los Delitos contra la Libertad e Integridad Física, Psicológica y Sexual de las personas, especialmente si, como consecuencia de la migración ilegal, se comenten otros delitos en perjuicio de niñas y niños migrantes. Ley de Protección de los hondureños Migrantes y sus Familiares (5 de junio 2013) y Reglamento del Fondo de Solidaridad con el Hondureño Migrante hondureño. (FOSMIH). Esta Ley especial determina la obligación del Estado de Honduras de proteger a los Migrantes y la definición y aplicación de políticas públicas de Protección y de Retorno al país de los hondureños en el exterior, con independencia de su condición de documentados o indocumentados, particularmente en aquellos ámbitos en los que, de acuerdo a los tratados, convenios y costumbres internacionales, sea necesario complementar la protección existente en el país donde tiene su domicilio, residencia o se encuentre transitoriamente. 69 Reforma al Código Penal de Honduras, Decreto 234-2005 de 30 de agosto de 2005. Diario Oficial La gaceta Nº 30920 de 4 de septiembre de 2006. 7 Apoya los mecanismos para el combate contra los traficantes de personas, redes delictivas de migración clandestina y explotación de niñas, niños y mujeres, de acuerdo con lo que establece la ley contra la Trata de Personas. Promueve los mecanismos bilaterales y multilaterales sobre la regularización del estatus migratorio de los hondureños migrantes, su situación en los centros de detención o centros penales, cumplimiento de las penas en Honduras, deportación, repatriación o retorno voluntario. Configura las políticas y programas que deberá desarrollar el Estado de Honduras en el caso del retorno de los hondureños al país, a fin de facilitar su integración social, laboral o empresarial. Establece obligatoriamente la coordinación intergubernamental e intersectorial entre los organismos con responsabilidad por los migrantes hondureños y entre aquellos y los organismos no gubernamentales e internacionales de protección y defensa de los derechos humanos de los migrantes y la protección de los hondureños en el extranjero y a su retorno. Decreto Ejecutivo (PCM-001-2014-6 de junio 2014) De la Protección de la Niñez, Adolescencia y la Familia y De la Creación de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF).70 Tiene como propósito garantizar el INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO atendiendo, de manera oportuna y eficiente, la necesidad de protección social que la sociedad y el Estado de Honduras están obligados a brindar a la niñez y a la adolescencia, en el marco de la Constitución de la República, las convenciones internacionales de protección a la niñez, el Código de la Niñez y la Adolescencia y demás legislación aplicable. Busca la promoción e integración de la familia como el espacio más adecuado para el desarrollo y protección de la niñez y la adolescencia, así como para el fortalecimiento del tejido social. Crea la Dirección de la Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF), como ente desconcentrado, adscrito a la Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo e Inclusión Social; con independencia técnica, funcional y administrativa para el mejor cumplimiento de sus fines. La Dirección Nacional de la Niñez y la Familia (DINAF) sustituye al Instituto Hondureño de la Niñez y la Familia (INFHA). Entre otras cosas, plantea un fortalecimiento en la función de rectoría en niñez y familia. Decreto Ejecutivo (PCM 31-2014, 30 de junio 2014) Crear el Instituto Nacional de Migración. Crea el Instituto Nacional de Migración, como un ente desconcentrado, de la Secretaría de la Secretaría de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, con independencia administrativa, funcional y presupuestaria. Su domicilio será en la capital de la República pudiendo establecer oficinas en cualquier lugar del territorio nacional. El Instituto coordinará sus acciones con la Dirección Nacional de Investigación e Inteligencia. 70 República de Honduras. Diario Oficial La Gaceta, Nº 33446, Sección A, Acuerdos y Leyes, Tegucigalpa, 6 de junio 2014. 8 Corresponde al Instituto Nacional de Migración la aplicación de la Ley de Migración y Extranjería, creada mediante Decreto Legislativo Número 208-2003, publicado el Diario Oficial La Gaceta el 03 de marzo del 2004, sus Reglamentos, así como la ejecución de la política migratoria que establezca el Gobierno de la República. Se suprime la Dirección General de Migración y Extranjería contenida en el Decreto Legislativo 208-2003 y sus reformas y se sustituye por el Instituto que se crea en el presente Decreto. (Disposición Transitoria) Decreto Ejecutivo (PCM 33-2014, 8 de julio 2014) Declaración de La Situación de la Niñez Migrante No Acompañada y de las Unidades Familiares como una Emergencia Humanitaria.71 Con base en los principios del interés superior del niño, la reunificación familiar y el análisis individual de los casos, y en cumplimiento de la obligación constitucional del Estado de Honduras de proteger a la infancia, se declara LA SITUACIÓN DE LA NIÑEZ MIGRANTE NO ACOMPAÑADA Y DE LAS UNIDADES FAMILIARES COMO UNA EMERGENCIA HUMANITARIA, debiendo activarse y articularse de forma inmediata todo el sistema nacional de protección social, para la atención inmediata a los menores y de las unidades familiares, su repatriación digna y ordenada cuando corresponda, la reinserción a sus familias y comunidades, sus centros escolares y la creación de oportunidades para las familias, a efecto de prevenir la migración irregular hacia otros países (Artículo 1). Para fortalecer la atención de la niñez migrante no acompañada y sus familias, el Estado de Honduras deberá coordinar con la sociedad civil, la comunidad internacional y los organismos de cooperación internacional para enfrentar esta situación de emergencia humanitaria y generar una sólida capacidad de reacción frente a ella. Se deberá trabajar además en programas y proyectos que se hagan cargo de modificar sustancialmente las causas profundas de la migración irregular, así como los mecanismos de prevención de la misma y del combate a los individuos y organizaciones criminales que trafican con los seres humanos, en especial los menores no acompañados. Así mismo, teniendo presente el principio de la corresponsabilidad internacional, el Gobierno de la República instará a los países de tránsito y de destino a trabajar activa y estrechamente para modificar las condiciones de inseguridad y violencia que impulsan a la población hondureña a emigrar (Artículo 2). La Dirección de la Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF) será la institución encargada de coordinar todas las acciones de repatriación, protección, reinserción, seguimiento y acompañamiento de los menores migrantes no acompañados y de las unidades familiares. Los entes gubernamentales que forman la Fuerza de Tarea para la atención de la niñez migrante no acompañada y las unidades familiares, están obligadas a prestar toda la colaboración y los recursos humanos y materiales necesarios para el cumplimiento de sus objetivos. Se hace un llamado a los Gobiernos Municipales para apoyar en sus respectivas jurisdicciones las actividades de la Fuerza de Tarea. La Secretaría de Finanzas asignará un fondo revolvente de DOS MILLONES DE LEMPIRAS para atender los gastos generales de los migrantes retornados a que hace referencia éste Artículo, los recursos deben ser liquidados periódicamente por la DINAF (Artículo 3). 71 República de Honduras. Diario Oficial la Gaceta, No. 33,476, Tegucigalpa, 11 de julio 2014. 9 Se declara en alerta permanente al Servicio Consular de Honduras, el cual deberá dar atención prioritaria al tratamiento de los menores no acompañados y las unidades familiares a efecto de garantizar el respeto a sus derechos humanos y cuando corresponda a una repatriación segura y digna (Artículo 4). 10
© Copyright 2024