RESOLUCION 025, Por medio de la cual se reglamentan las

 RESOLUCION 025
18 de Agosto de 2015
Por medio de la cual se reglamentan las competencias departamentales en la categoria
de Escuelas de Formación.
El Comité Ejecutivo de la Liga de Patinaje de Cundinamarca y la Comisión Técnica
Departamental de Carreras, en uso de sus facultades legales y Estatutarias, y
CONSIDERANDO
•
•
•
Que es deber de la LIGA DE PATINAJE DE CUNDINAMARCA reglamentar la
práctica deportiva del patinaje de carreras en el departamento.
Que se hace necesario dejar establecidos los criterios de participación de las
diferentes escuelas de formación en la modalidad de carreras.
Que se hace necesario normar lo referente al Ranking Departamental de Escuelas de
Formación en la modalidad de Velocidad y al Ranking Departamental de
Entrenadores de Escuelas de Formación de Patinaje en la modalidad de Velocidad.
RESUELVE
Que es deber de la Liga establecer los parámetros que serán tenidos en consideración
durante el ciclo 2015 – 2019, para la participación de las diferentes Escuelas de
Formación existentes dentro de TODO el territorio del departamento de Cundinamarca
en la modalidad de carreras.
ARTÍCULO 1°- IMPLEMENTACIÓN DE FESTIVALES REGIONALES (DENTRO DE
LAS PROVINCIAS DEL DEPARTAMENTO) PARA EL FOMENTO DE LA PRÁCTICA
DEL PATINAJE DE VELOCIDAD.
D IAGON AL 61 C N O . 24- 38 T ELEFAX 5479093-N IT 832001886-1
S ITIO W EB www.li pacun .or g em ail.l ipacun 11@h otm ai l.com
B OGOTÁ – C OLOMB IA
1. REGLAMENTO GENERAL DE LOS FESTIVALES REGIONALES:
a. PARTICIPANTES: Podrán participar TODOS los deportistas menores de
QUINCE (15) años que practican el patinaje de manera RECREATIVA,
afiliados a un Club, Escuela, Colegio, entidad municipal, etc., en cualquier
clase de patín, que no hayan participado en competencias OFICIALES de
patinaje, organizadas por una LIGA y/o la FEDERACIÓN COLOMBIANA
DE PATINAJE, en la modalidad de patín profesional avanzado.
b. COMPETENCIA: Se realizarán en las calles, coliseos, parques,
parqueaderos o cualquier lugar plano y que cumpla con las condiciones
requeridas para el desarrollo de la competencia.
c. PRUEBAS: Se realizarán dos (02) pruebas por rama y categorías.
d. CATEGORÍAS: Las categorías e conformarán de la siguiente manera: 5 y
6 años, 7 y 8 años, 9 y 10 años, 11 y 12 años, 13 y 14 años. La edad se
tomará como años cumplidos a fecha del evento.
e. PREMIACIÓN: Se darán medallas idénticas de participación a cada uno de
los deportistas que participen en el evento.
f. TIPO DE PATÍN: Podrán participar en cualquier clase de patín y no existirá
ninguna discriminación en cuanto a la clase de patín dentro de las
competencias.
g. INCENTIVOS: La escuela. Club, colegio o entidad territorial que al final del
evento obtenga la mayor cantidad de puntos será premiada con un trofeo
y la invitación de DIEZ (10) de sus deportistas, exentos del pago de
inscripción en el siguiente Campeonato Departamental de Escuelas que
realice la Liga de Patinaje de Cundinamarca. De la misma manera, la
escuela, club, colegio o entidad territorial, estará exenta de la inscripción al
siguiente Campeonato Departamental de Escuelas que realice la Liga de
Patinaje de Cundinamarca. Los equipos que ocupen el segundo y tercer
lugar respectivamente, se harán merecedores a trofeos idénticos.
h. CANTIDAD DE FESTIVALES REGIONALES: Se desarrollarán como
mínimo dos (02) festivales regionales antes de cada Campeonato
Departamental de Escuelas.
D IAGON AL 61 C N O . 24- 38 T ELEFAX 5479093-N IT 832001886-1
S ITIO W EB www.li pacun .or g em ail.l ipacun 11@h otm ai l.com
B OGOTÁ – C OLOMB IA
2. IMPLEMENTACIÓN DEL RANKING DEPARTAMENTAL DE ESCUELAS DE
FORMACIÓN EN LA MODALIDAD DE VELOCIDAD.
a. CONFORMACIÓN DEL RANKING DEPARTAMENTAL DE ESCUELAS
DE FORMACIÓN EN LA MODALIDAD DE VELOCIDAD: El Ranking
estará establecido por la sumatoria aritmética de TODOS los puntos
(Obtenidos
y/o
descontados)
en
los
CAMPEONATOS
DEPARTAMENTALES DE ESCUELAS, durante cada una de las
temporadas, de las escuelas, clubes, preclubes, colegios o entidades
territoriales que pertenezcan al departamento de Cundinamarca, en la
modalidad de patinaje de velocidad (formación). En cada temporada, se
iniciará un nuevo Ranking con puntuaciones de CERO (0) para todas las
escuelas.
b. INCENTIVOS: La escuela que se encuentre en la posición N° 1 del
Ranking al momento de la realización del FESTIVAL NACIONAL DE
ESCUELAS organizado por la Federación Colombiana de Patinaje, tendrá
como incentivo el pago de la inscripción de la escuela al FESTIVAL
NACIONAL DE ESCUELAS organizado por la Federación, por parte de la
Liga de Patinaje de Cundinamarca, siempre y cuando cumpla con los
requisitos exigidos en la Resolución N° 022 de 2015 para poder otorgarle el
aval. Los deportistas de la escuela DEBERÁN cancelar el valor individual
de la inscripción.
c. RECONOCIMIENTO AL FINAL DE LA TEMPORADA: La Liga realizará un
reconocimiento a las escuelas que ocupen los TRES (03) primeros lugares
en el Ranking al final de cada una de las temporadas.
3. IMPLEMENTACIÓN DEL RANKING DEPARTAMENTAL DE ENTRENADORES
DE ESCUELAS DE FORMACIÓN EN LA MODALIDAD DE VELOCIDAD.
a. CONFORMACIÓN
DEL
RANKING
DEPARTAMENTAL
DE
ENTRENADORES DE ESCUELAS DE FORMACIÓN EN LA MODALIDAD
DE VELOCIDAD: El Ranking estará establecido por TODOS los
entrenadores de las diferentes escuelas, clubes, preclubes, colegios o
entidades territoriales que pertenezcan al Departamento de Cundinamarca,
en la modalidad de formación del patinaje de carreras, que participen en
los Campeonatos Departamentales de Escuelas de Formación.
D IAGON AL 61 C N O . 24- 38 T ELEFAX 5479093-N IT 832001886-1
S ITIO W EB www.li pacun .or g em ail.l ipacun 11@h otm ai l.com
B OGOTÁ – C OLOMB IA
b. REQUISITOS:
i. Figurar como entrenador en la planilla de inscripción de los
deportistas en el último Campeonato Departamental de Escuelas de
Formación de la Liga de Patinaje de Cundinamarca.
ii. Tener inscritos y participando en el Campeonato Departamental de
Escuelas de Formación de la Liga de Patinaje de Cundinamarca
como mínimo un número de DIEZ (10) deportistas.
c. SISTEMA DE PUNTUACIÓN: Se tendrá en consideración el número total
de puntos (obtenidos y descontados) en el último Campeonato
Departamental de Escuelas de Formación de la Liga de Patinaje de
Cundinamarca por parte de la escuela, club, preclub, colegio o entidad
territorial. Este número será dividido entre el número total de deportistas
inscritos por parte de la escuela, club, preclub, colegio o entidad territorial y
el resultado será el puntaje obtenido por cada entrenador para ese
departamental. Este número podrá ser positivo o negativo. Para que este
valor sea considerado negativo deberá ser necesario que durante el
desarrollo del torneo, los puntos descontados (de acuerdo a la Resolución
N° 022 de 2015) sean mayores que la cantidad de puntos obtenidos por los
deportistas.
PARÁGRAFO: Un mismo entrenador podrá obtener puntos con dos (02) o más
equipos en el mismo torneo, pero la puntuación NO será sumada, es decir, las
puntuaciones serán independientes para cada club, escuela, preclub, colegio o
entidad territorial. En caso que un entrenador deje de serlo en algún momento de
la temporada y continúe dirigiendo en un equipo nuevo, sus puntos se
mantendrán en el equipo que dirigía sin afectación y empezará a puntuar desde
CERO (0) con su nuevo equipo.
d. INCENTIVO ECONÓMICO AL ENTRENADOR: El Entrenador que obtenga
la mayor puntuación en cada uno de los Campeonatos Departamentales de
Escuelas, será recompensado con un incentivo económico de CIENTO
CINCUENTA MIL ($150.000,oo) PESOS MDA/CTE, los cuales serán
cancelados en el momento del Congresillo técnico del siguiente
departamental. En caso de Inasistencia del entrenador a ese
Departamental, El dinero no entregado por parte de la Liga, irá a los fondos
del respectivo evento.
e. SOLUCIÓN EN CASO DE EMPATES: en caso de presentarse un empate
entre dos (02) o más entrenadores en el puntaje obtenido en el
D IAGON AL 61 C N O . 24- 38 T ELEFAX 5479093-N IT 832001886-1
S ITIO W EB www.li pacun .or g em ail.l ipacun 11@h otm ai l.com
B OGOTÁ – C OLOMB IA
Campeonato departamental de Escuelas, el sistema de desempate será el
siguiente:
i. Ganará el entrenador que tenga mayor cantidad de inscritos en el
Campeonato Departamental de Escuelas donde está puntuando.
ii. En caso de persistir el empate, ganará el entrenador que tenga
mayor cantidad de deportistas inscritos en patín profesional no
avanzado para el respectivo Campeonato Departamental de
Escuelas y,
iii. En caso de aún persistir el empate, ganará el entrenador que
hubiere inscrito el equipo al respectivo campeonato Departamental
de Escuelas, con anterioridad al otro (u otros) equipo (equipos) en
empate. Se definirá entonces por quien obtenga la posición de
equipo con número más bajo de los empatados en el sorteo del
respectivo Campeonato Departamental de Escuelas.
f. RECONOCIMIENTO AL FINAL DE LA TEMPORADA: La liga de Patinaje
de Cundinamarca, destacará al final de cada temporada los TRES (03)
entrenadores que ocupen los tres (03) primeros lugares del Ranking al final
de la misma.
ARTÍCULO 4º.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de expedición y copia de
ella será enviada a los clubes Deportivos Afiliados a la LIGA DE PATINAJE DE
CUNDINAMARCA y a INDEPORTES CUNDINAMARCA.
COMUNIQUESE Y CUMPLASE
STELLA DE ESPINOSA
LIGA DE PATINAJE DE CUNDINAMARCA
PRESIDENTE
Original Firmada
D IAGON AL 61 C N O . 24- 38 T ELEFAX 5479093-N IT 832001886-1
S ITIO W EB www.li pacun .or g em ail.l ipacun 11@h otm ai l.com
B OGOTÁ – C OLOMB IA