RESOLUCION 025 18 de Agosto de 2015 Por medio de la cual se reglamentan las competencias departamentales en la categoria de Escuelas de Formación. El Comité Ejecutivo de la Liga de Patinaje de Cundinamarca y la Comisión Técnica Departamental de Carreras, en uso de sus facultades legales y Estatutarias, y CONSIDERANDO • • • Que es deber de la LIGA DE PATINAJE DE CUNDINAMARCA reglamentar la práctica deportiva del patinaje de carreras en el departamento. Que se hace necesario dejar establecidos los criterios de participación de las diferentes escuelas de formación en la modalidad de carreras. Que se hace necesario normar lo referente al Ranking Departamental de Escuelas de Formación en la modalidad de Velocidad y al Ranking Departamental de Entrenadores de Escuelas de Formación de Patinaje en la modalidad de Velocidad. RESUELVE Que es deber de la Liga establecer los parámetros que serán tenidos en consideración durante el ciclo 2015 – 2019, para la participación de las diferentes Escuelas de Formación existentes dentro de TODO el territorio del departamento de Cundinamarca en la modalidad de carreras. ARTÍCULO 1°- IMPLEMENTACIÓN DE FESTIVALES REGIONALES (DENTRO DE LAS PROVINCIAS DEL DEPARTAMENTO) PARA EL FOMENTO DE LA PRÁCTICA DEL PATINAJE DE VELOCIDAD. D IAGON AL 61 C N O . 24- 38 T ELEFAX 5479093-N IT 832001886-1 S ITIO W EB www.li pacun .or g em ail.l ipacun 11@h otm ai l.com B OGOTÁ – C OLOMB IA 1. REGLAMENTO GENERAL DE LOS FESTIVALES REGIONALES: a. PARTICIPANTES: Podrán participar TODOS los deportistas menores de QUINCE (15) años que practican el patinaje de manera RECREATIVA, afiliados a un Club, Escuela, Colegio, entidad municipal, etc., en cualquier clase de patín, que no hayan participado en competencias OFICIALES de patinaje, organizadas por una LIGA y/o la FEDERACIÓN COLOMBIANA DE PATINAJE, en la modalidad de patín profesional avanzado. b. COMPETENCIA: Se realizarán en las calles, coliseos, parques, parqueaderos o cualquier lugar plano y que cumpla con las condiciones requeridas para el desarrollo de la competencia. c. PRUEBAS: Se realizarán dos (02) pruebas por rama y categorías. d. CATEGORÍAS: Las categorías e conformarán de la siguiente manera: 5 y 6 años, 7 y 8 años, 9 y 10 años, 11 y 12 años, 13 y 14 años. La edad se tomará como años cumplidos a fecha del evento. e. PREMIACIÓN: Se darán medallas idénticas de participación a cada uno de los deportistas que participen en el evento. f. TIPO DE PATÍN: Podrán participar en cualquier clase de patín y no existirá ninguna discriminación en cuanto a la clase de patín dentro de las competencias. g. INCENTIVOS: La escuela. Club, colegio o entidad territorial que al final del evento obtenga la mayor cantidad de puntos será premiada con un trofeo y la invitación de DIEZ (10) de sus deportistas, exentos del pago de inscripción en el siguiente Campeonato Departamental de Escuelas que realice la Liga de Patinaje de Cundinamarca. De la misma manera, la escuela, club, colegio o entidad territorial, estará exenta de la inscripción al siguiente Campeonato Departamental de Escuelas que realice la Liga de Patinaje de Cundinamarca. Los equipos que ocupen el segundo y tercer lugar respectivamente, se harán merecedores a trofeos idénticos. h. CANTIDAD DE FESTIVALES REGIONALES: Se desarrollarán como mínimo dos (02) festivales regionales antes de cada Campeonato Departamental de Escuelas. D IAGON AL 61 C N O . 24- 38 T ELEFAX 5479093-N IT 832001886-1 S ITIO W EB www.li pacun .or g em ail.l ipacun 11@h otm ai l.com B OGOTÁ – C OLOMB IA 2. IMPLEMENTACIÓN DEL RANKING DEPARTAMENTAL DE ESCUELAS DE FORMACIÓN EN LA MODALIDAD DE VELOCIDAD. a. CONFORMACIÓN DEL RANKING DEPARTAMENTAL DE ESCUELAS DE FORMACIÓN EN LA MODALIDAD DE VELOCIDAD: El Ranking estará establecido por la sumatoria aritmética de TODOS los puntos (Obtenidos y/o descontados) en los CAMPEONATOS DEPARTAMENTALES DE ESCUELAS, durante cada una de las temporadas, de las escuelas, clubes, preclubes, colegios o entidades territoriales que pertenezcan al departamento de Cundinamarca, en la modalidad de patinaje de velocidad (formación). En cada temporada, se iniciará un nuevo Ranking con puntuaciones de CERO (0) para todas las escuelas. b. INCENTIVOS: La escuela que se encuentre en la posición N° 1 del Ranking al momento de la realización del FESTIVAL NACIONAL DE ESCUELAS organizado por la Federación Colombiana de Patinaje, tendrá como incentivo el pago de la inscripción de la escuela al FESTIVAL NACIONAL DE ESCUELAS organizado por la Federación, por parte de la Liga de Patinaje de Cundinamarca, siempre y cuando cumpla con los requisitos exigidos en la Resolución N° 022 de 2015 para poder otorgarle el aval. Los deportistas de la escuela DEBERÁN cancelar el valor individual de la inscripción. c. RECONOCIMIENTO AL FINAL DE LA TEMPORADA: La Liga realizará un reconocimiento a las escuelas que ocupen los TRES (03) primeros lugares en el Ranking al final de cada una de las temporadas. 3. IMPLEMENTACIÓN DEL RANKING DEPARTAMENTAL DE ENTRENADORES DE ESCUELAS DE FORMACIÓN EN LA MODALIDAD DE VELOCIDAD. a. CONFORMACIÓN DEL RANKING DEPARTAMENTAL DE ENTRENADORES DE ESCUELAS DE FORMACIÓN EN LA MODALIDAD DE VELOCIDAD: El Ranking estará establecido por TODOS los entrenadores de las diferentes escuelas, clubes, preclubes, colegios o entidades territoriales que pertenezcan al Departamento de Cundinamarca, en la modalidad de formación del patinaje de carreras, que participen en los Campeonatos Departamentales de Escuelas de Formación. D IAGON AL 61 C N O . 24- 38 T ELEFAX 5479093-N IT 832001886-1 S ITIO W EB www.li pacun .or g em ail.l ipacun 11@h otm ai l.com B OGOTÁ – C OLOMB IA b. REQUISITOS: i. Figurar como entrenador en la planilla de inscripción de los deportistas en el último Campeonato Departamental de Escuelas de Formación de la Liga de Patinaje de Cundinamarca. ii. Tener inscritos y participando en el Campeonato Departamental de Escuelas de Formación de la Liga de Patinaje de Cundinamarca como mínimo un número de DIEZ (10) deportistas. c. SISTEMA DE PUNTUACIÓN: Se tendrá en consideración el número total de puntos (obtenidos y descontados) en el último Campeonato Departamental de Escuelas de Formación de la Liga de Patinaje de Cundinamarca por parte de la escuela, club, preclub, colegio o entidad territorial. Este número será dividido entre el número total de deportistas inscritos por parte de la escuela, club, preclub, colegio o entidad territorial y el resultado será el puntaje obtenido por cada entrenador para ese departamental. Este número podrá ser positivo o negativo. Para que este valor sea considerado negativo deberá ser necesario que durante el desarrollo del torneo, los puntos descontados (de acuerdo a la Resolución N° 022 de 2015) sean mayores que la cantidad de puntos obtenidos por los deportistas. PARÁGRAFO: Un mismo entrenador podrá obtener puntos con dos (02) o más equipos en el mismo torneo, pero la puntuación NO será sumada, es decir, las puntuaciones serán independientes para cada club, escuela, preclub, colegio o entidad territorial. En caso que un entrenador deje de serlo en algún momento de la temporada y continúe dirigiendo en un equipo nuevo, sus puntos se mantendrán en el equipo que dirigía sin afectación y empezará a puntuar desde CERO (0) con su nuevo equipo. d. INCENTIVO ECONÓMICO AL ENTRENADOR: El Entrenador que obtenga la mayor puntuación en cada uno de los Campeonatos Departamentales de Escuelas, será recompensado con un incentivo económico de CIENTO CINCUENTA MIL ($150.000,oo) PESOS MDA/CTE, los cuales serán cancelados en el momento del Congresillo técnico del siguiente departamental. En caso de Inasistencia del entrenador a ese Departamental, El dinero no entregado por parte de la Liga, irá a los fondos del respectivo evento. e. SOLUCIÓN EN CASO DE EMPATES: en caso de presentarse un empate entre dos (02) o más entrenadores en el puntaje obtenido en el D IAGON AL 61 C N O . 24- 38 T ELEFAX 5479093-N IT 832001886-1 S ITIO W EB www.li pacun .or g em ail.l ipacun 11@h otm ai l.com B OGOTÁ – C OLOMB IA Campeonato departamental de Escuelas, el sistema de desempate será el siguiente: i. Ganará el entrenador que tenga mayor cantidad de inscritos en el Campeonato Departamental de Escuelas donde está puntuando. ii. En caso de persistir el empate, ganará el entrenador que tenga mayor cantidad de deportistas inscritos en patín profesional no avanzado para el respectivo Campeonato Departamental de Escuelas y, iii. En caso de aún persistir el empate, ganará el entrenador que hubiere inscrito el equipo al respectivo campeonato Departamental de Escuelas, con anterioridad al otro (u otros) equipo (equipos) en empate. Se definirá entonces por quien obtenga la posición de equipo con número más bajo de los empatados en el sorteo del respectivo Campeonato Departamental de Escuelas. f. RECONOCIMIENTO AL FINAL DE LA TEMPORADA: La liga de Patinaje de Cundinamarca, destacará al final de cada temporada los TRES (03) entrenadores que ocupen los tres (03) primeros lugares del Ranking al final de la misma. ARTÍCULO 4º.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de expedición y copia de ella será enviada a los clubes Deportivos Afiliados a la LIGA DE PATINAJE DE CUNDINAMARCA y a INDEPORTES CUNDINAMARCA. COMUNIQUESE Y CUMPLASE STELLA DE ESPINOSA LIGA DE PATINAJE DE CUNDINAMARCA PRESIDENTE Original Firmada D IAGON AL 61 C N O . 24- 38 T ELEFAX 5479093-N IT 832001886-1 S ITIO W EB www.li pacun .or g em ail.l ipacun 11@h otm ai l.com B OGOTÁ – C OLOMB IA
© Copyright 2025