Sardinata

Plan local de Acción Integral Contra Minas Antipersonal
(PLAICMA) para el municipio de
Sardinata – Norte de Santander
INTRODUCCIÓN
El Plan Local de Acción Integral contra Minas (PLAICMA) es un documento práctico de referencia que también cuya
finalidad es la toma de decisiones y la planificación de actividades referentes al problema de las minas antipersonal
y la munición sin explotar en el municipio de Sardinata – Norte de Santander.
El Plan está dividido en cinco (5) capítulos. Los tres primeros son contextuales y los dos últimos contienen los
elementos fundamentales del plan – Los cuadros de acciones y los anexos soporte para la ejecución de las acciones.
El Capítulo 1 facilita una introducción histórica del problema las minas antipersonal (MAP) y las municiones sin
estallar (MUSE), incluido el proceso de su prohibición, los marcos legales internacionales y nacionales.
El Capítulo 2 hace referencia a los conceptos básicos necesarios para entender el Plan. Allí se presentan algunas
definiciones importantes y el desarrollo de la aplicación de la Convención de Ottawa en lo que hoy se conoce como
Acción Integral Contra Minas Antipersonales.
El Capítulo 3 Presenta el riesgo que afronta el municipio de Sardinata – Norte de Santander. En este capítulo se
encuentra la estadística de la problemática, su grado de afectación, el análisis de dicha afectación y los programas
que se han desarrollado en el municipio de Sardinata – Norte de Santander valorando su impacto en la mitigación
del problema.
El Capítulo 4 Presenta el plan propiamente dicho. Aquí se encuentra la referencia internacional sobre el tema, y los
compromisos asumidos por el Estado Colombiano en el marco de la Convención. Sobre estos compromisos se
estructura el Plan Municipal. El plan está construido de tal manera que frente a cada componente de la Acción
Integral Contra Minas, se desarrollan actividades, programas y proyectos que el municipio de Sardinata – Norte de
Santander lleva y llevará a cabo durante los siguientes años. Los cuadros que el plan presenta permiten al ejecutor
de las acciones y a los diferentes responsables locales visualizar el conjunto de los procesos de mitigación del impacto
por la presencia de las minas antipersonal y la munición sin explotar, hacer seguimiento a los indicadores y valorar el
cumplimiento de los resultados previstos, de manera tal que en cualquier ejercicio de evaluación se puedan hacer los
ajustes que se requieran.
El Capítulo 5 contiene los anexos que dan soporte y constituyen la referencia de trabajo que desarrolla el plan. Allí se
encuentran rutas, programas, proyectos y apartes de otros planes del municipio de Sardinata – Norte de Santander
que concretan las acciones contra minas locales.
El PLAICMA pretende ser la ruta a seguir por el municipio de Sardinata – Norte de Santander para contener y terminar
con el problema de las minas y la munición sin explotar, así como atender de manera integral a los sobrevivientes y
a las familias de los afectados por un accidente.
CAPITULO 1
ANTECEDENTES
Las minas terrestres se crearon antes del siglo XX, pero su utilización no se generalizó entre numerosos grupos y fuerzas armadas hasta la Segunda
Guerra Mundial (1939-1945). Ampliamente utilizadas en conflictos tanto internacionales como internos, las minas constituyen una amenaza
permanente para la población civil incluso mucho después del cese de las hostilidades. De igual modo, las municiones sin estallar —bombas, obuses,
granadas y otras municiones utilizadas pero que no estallaron como se había previsto- siguen haciendo estragos en las comunidades de todo el
mundo con posterioridad a los conflictos (Centro Internacional de Desminado Humanitario de Ginebra, 2004).
La amenaza de las minas va mucho más allá de matar, mutilar y herir a miles de personas cada año. Estas armas siguen teniendo consecuencias
sociales, económicas y medioambientales, que son prolongadas y en muchos casos graves. Así pues, la pérdida de tierras agrícolas fértiles y de
acceso a puntos de suministro de agua son algunas de las consecuencias más graves para las comunidades rurales en desarrollo. Además se ha
observado que:
“Los países que disponen de una infraestructura mínima... son particularmente vulnerables a la amenaza de las minas terrestres. Se han
minado los diques y las instalaciones eléctricas, lo que reduce considerablemente la capacidad de un país de producir la energía necesaria
para su reconstrucción. También se han minado los sistemas de transporte, por lo que se ha interrumpido el desplazamiento de las
personas y el intercambio de bienes y servicios. Las carreteras y los caminos minados debilitan la economía de mercado, ya que aíslan a
campesinos y pastores, impidiéndoles llegar a los mercados para vender sus productos” (S. Roberts, y J. Williams, 1995).
La utilización de minas antipersonales y su impacto a nivel mundial, representado en las miles de víctimas, poblaciones afectadas y zonas productivas
abandonadas, limitando el desarrollo de los países contaminados. Las minas atentan directamente los Derechos Humanos de las personas y varias
de las normas acordadas a nivel internacional:
“Dos esferas distintas pero interrelacionadas del derecho internacional moderno se aplican a los ‘medios de guerra’, es decir, a las armas.
La primera, el derecho internacional humanitario, también conocido como derecho de la guerra, tiene por objeto reducir al mínimo el
sufrimiento humano durante un conflicto armado, limitando la vulneración de sus disposiciones durante el curso de las hostilidades. En
particular, el derecho internacional humanitario pretende brindar protección a los civiles, los prisioneros de guerra y los combatientes
heridos. Si bien algunas disposiciones se aplican en tiempos de paz (por ejemplo, la sensibilización de los soldados acerca de las normas
que deben respetar), la mayoría sólo son aplicables en situaciones de conflictos armados internacionales o internos. Tradicionalmente,
el derecho internacional humanitario se ha centrado en limitar o prohibir la utilización de armas.
La segunda rama del derecho internacional dedicada específicamente a las armas, y conocida como derecho del desarme, pretende
lograr o mantener una estabilidad militar mediante la limitación o eliminación del número o de los tipos de armas que puedan
almacenarse, fabricarse, o transferirse legalmente. Así pues, por ejemplo, la Convención sobre armas biológicas de 1972 prohíbe el
desarrollo, la producción y el almacenamiento de armas bacteriológicas (biológicas). El Tratado de No Proliferación de las Armas
Nucleares de 1968 pretende limitar el número de Estados que puedan poseer legalmente armas nucleares y exige a los Estados que ya
estén en posesión de las mismas que tomen medidas para su eliminación. En 1993, los Estados firmaron la Convención sobre la Prohibición
de las Armas Químicas, que prohíbe el empleo, el almacenamiento, el desarrollo y la producción de armas químicas” (Centro Internacional
de Desminado Humanitario de Ginebra, 2004).
Por ello, en noviembre de 1991, la Fundación Americana de Veteranos de Vietnam (VVAF), en Washington, y Medico International, en Frankfurt,
lanzaron conjuntamente una campaña de sensibilización para movilizar a las ONG y coordinar sus actividades encaminadas a prohibir las minas
terrestres. Una primera Conferencia de ONG sobre minas terrestres se llevó a cabo en Londres, en 1993.
“Las ONG publicaron un ‘Llamamiento común a favor de la prohibición de las minas terrestres antipersonal’, el documento
fundador de la Campaña Internacional Para La Prohibición de las Minas terrestres - ICBL. El objetivo era llamar a:
-
Una prohibición internacional del empleo, producción, almacenamiento, venta, transferencia o exportación de minas
antipersonal a escala mundial;
-
La creación de un fondo internacional, administrado por las Naciones Unidas, para promover y financiar programas de
sensibilización sobre el riesgo de las minas terrestres, y programas de desminado y de erradicación de minas terrestres en todo
el mundo, y
-
La contribución al fondo internacional por parte de los países responsables de la producción y diseminación de las minas
antipersonal. La Conferencia de 1993 congregó a 50 representantes de 40 ONG al objeto de establecer la estrategia de la
campaña para la prohibición de minas terrestres” (Centro Internacional de Desminado Humanitario de Ginebra, 2004).
Después de un proceso diplomático, la mañana del 18 de septiembre de 1997 es acogido el texto de La Convención sobre la prohibición del empleo,
almacenamiento, producción y transferencia de minas antipersonal y sobre su destrucción (o Convención sobre la prohibición de minas
antipersonal), la cual quedó abierta a la firma durante un cierto tiempo —en Ottawa, del 3 al 4 de diciembre de 1997 y después en la sede de las
Naciones Unidas, en Nueva York, del 5 de diciembre hasta su entrada en vigor. Durante este período, 133 Estados firmaron la Convención,
demostrando así su intención de aceptarla formalmente en una fecha ulterior. La Convención entró en vigor el 1o de marzo de 1999
En 2003, más de dos tercios de todos los países del mundo eran parte en la misma. La Convención tiene por objeto poner término al sufrimiento y
las muertes causadas por las minas antipersonal. A tales fines, los Estados Parte se comprometen a nunca emplear, desarrollar, producir, almacenar
o transferir minas antipersonal, bajo ninguna circunstancia, y a destruir las existencias, limpiar las zonas minadas y ayudar a las víctimas. Los Estados
Parte “que estén en condiciones de hacerlo” deberán proporcionar dicha asistencia a aquellos Estados Parte que la soliciten. Se han establecido o
previsto una serie de mecanismos para asegurar el buen funcionamiento de estos acuerdos de cooperación y asistencia.
“La Convención es un texto híbrido, basado tanto en el derecho internacional humanitario como en el derecho internacional del desarme.
Tiene características típicas de un tratado de desarme, pero su propósito es exclusivamente humanitario, como señalan las primeras
palabras del preámbulo de la Convención, al declarar que sus Estados Parte están decididos a “poner fin al sufrimiento y las muertes
causadas por las minas antipersonal, que matan o mutilan a cientos de personas cada semana, en su mayor parte civiles inocentes e
indefensos, especialmente niños, obstruyen el desarrollo económico y la reconstrucción, inhiben la repatriación de refugiados y de
personas desplazadas internamente, además de ocasionar otras severas consecuencias muchos años después de su emplazamiento ”. El
preámbulo también apunta a lo que los Estados Parte se refieren después como objetivos humanitarios fundamentales de la Convención.
Por ejemplo, se indica que dichos Estados consideran “necesario hacer sus mejores esfuerzos para contribuir de manera eficiente y
coordinada a enfrentar el desafío de la remoción de minas antipersonal colocadas en todo el mundo, y a garantizar su destrucción” , que
desean ”realizar sus mejores esfuerzos en la prestación de asistencia para el cuidado y rehabilitación de las víctimas de minas, incluidas
su reintegración social y económica” , y que ponen énfasis en “el deseo de lograr que todos los Estados se adhieran a esta Convención”.
Fundamentalmente, la Convención tiene por objeto cumplir su promesa humanitaria, poniendo término a la producción, empleo y
transferencia de minas antipersonal, destruyendo las existencias, limpiando las zonas minadas y prestando asistencia a las víctimas. La
Convención contempla obligaciones en relación con cada uno de estos objetivos” (Centro Internacional de Desminado Humanitario de
Ginebra, 2004).
La ley 554 de 2000 LEY 554 DE 2000 por medio de la cual se aprueba la "Convención sobre la prohibición del empleo, almacenamiento, producción
y transferencia de minas antipersonal y sobre su destrucción", hecha en Oslo el dieciocho (18) de septiembre de mil novecientos noventa y siete
(1997) más conocido como la Convención de Ottawa, da inicio a la Acción Integral Contra la Minas Antipersonal (AICMA) en Colombia; acción que
de acuerdo a los artículos enmarcado en la Convención debe cumplir con lo siguiente:

Destrucción de arsenales: Artículo 4. Con excepción de lo dispuesto en el Artículo 3, cada Estado Parte se compromete a destruir, o a
asegurar la destrucción de todas las existencias de minas antipersonal que le pertenezcan o posea, o que estén bajo su jurisdicción o control,
lo antes posible, y a más tardar en un plazo de 4 años, a partir de la entrada en vigor de esta Convención para ese Estado Parte.

Destrucción de minas antipersonal colocadas en las zonas minadas: Artículo 5. Cada Estado Parte se compromete a destruir, o a asegurar
la destrucción de todas las minas antipersonal colocadas en las zonas minadas que estén bajo su jurisdicción o control, lo antes posible, y a
más tardar en un plazo de 10 años, a partir de la entrada en vigor de esta Convención para ese Estado Parte.

Educación en el Riesgo de Minas: En zonas afectadas dentro del país, debe llevarse a cabo Educación en el Riesgo de Minas para asegurar
la exclusión de civiles de las zonas minadas.

Asistencia a las víctimas: Proveer asistencia para el cuidado, rehabilitación, reintegración social y económica de las víctimas.

Gestión territorial: Adoptar medidas nacionales (como la legislación nacional) para garantizar que los términos del tratado sean cumplidos
en su territorio.
Estos cinco componentes han sido los ejes rectores de la AICMA en el territorio Colombiano y con la creación y actualización cada 5 años del Plan
de Acción AICMA a nivel internacional, el país adopta el 27 de Junio de 2014 el Plan de Acción Maputo donde los Estados Miembro reafirman su
absoluto compromiso en acabar con el sufrimiento y las muertes causadas por minas antipersonal para todas las personas en todo momento y
aspiran a finalizar la era de las minas antipersonal.
Con la finalidad de acatar con los compromisos establecidos por la nación frente a la AICMA a nivel internacional, surge la necesidad de construir
en incluir herramientas en el territorio a nivel municipal y departamental que permitan el cumplimiento de estos. El Plan de Acción Integral Contra
Minas Antipersonal (PLAICMA) es una propuesta desde el nivel local que toma los elementos contemplados en la ley de víctimas y restitución de
tierras Ley 1448 de 2011 y orienta las acciones que se deben llevar a cabo en el municipio para atender la AICMA de manera coherente y que el país
cumpla con los compromisos de la convención de Ottawa. EL PLAICMA no solo recoge elementos de los planes territoriales enmarcados en la ley
sino que busca orientar las actividades en el municipio que permitan usar las herramientas legales para incidir e implementar acciones en aras de
fortalecer la Acción Integral Contra Minas.
CAPITULO 2
DEFINICIONES
MINA ANTIPERSONAL: Toda mina concebida para que explosione por la presencia, la proximidad o el contacto de una persona, y que en caso de
explosionar tenga la potencialidad de incapacitar, herir y/o matar a una o más personas. Las minas diseñadas para detonar por la presencia, la
proximidad o el contacto de un vehículo, y no de una persona que estén provistas de un dispositivo antimanipulación, no son consideradas minas
antipersonal por estar así equipadas (Colombia, Congreso Nacional de la República; 2002, 25 de julio).
MINA: Todo artefacto explosivo diseñado para ser colocado debajo, sobre o cerca de la superficie del terreno u otra superficie cualquiera y
concebido para explosionar por la presencia, la proximidad o el contacto de una persona o un vehículo (Colombia, Congreso Nacional de la República;
2002, 25 de julio).
ZONA MINADA: Una zona peligrosa debido a la presencia de minas o en la que se sospecha su presencia (Colombia, Congreso Nacional de la
República; 2002, 25 de julio).
ACCIDENTE: Un acontecimiento indeseado causado por minas antipersonal que causa daño físico y/o psicológico a una o más personas (Colombia,
Congreso Nacional de la República; 2002, 25 de julio).
INCIDENTE: Un acontecimiento relacionado con minas antipersonal, que puede aumentar hasta un accidente o que tiene el potencial para conducir
a un accidente.
TRAMPA EXPLOSIVA: Una mina antipersonal armada en un objeto aparentemente inofensivo (Colombia, Congreso Nacional de la República; 2002,
25 de julio).
MUNICIÓN SIN EXPLOTAR (MUSE): Munición explosiva que ha sido cargada, su fusible colocado, armada o, por el contrario, preparada para su uso
o ya utilizada. Puede haber sido disparada, arrojada, lanzada o proyectada, pero permanece sin explotar debido ya sea a su mal funcionamiento, al
tipo de diseño o a cualquier otra razón1.
ARTEFACTO EXPLOSIVO IMPROVISADO (AEI): Es un artefacto fabricado de manera artesanal, diseñado con el propósito de causar la muerte o daño
físico utilizando el poder de una detonación2
VICTIMA: Para efectos de la ley 1448 de 2011, se consideran víctimas aquellas personas que individual o colectivamente hayan sufrido un daño por
hechos ocurridos a partir del 1º de enero de 1985, como consecuencia de infracciones al Derecho Internacional Humanitario o de violaciones graves
y manifiestas a las normas internacionales de Derechos Humanos, ocurridas con ocasión del conflicto armado interno. También son víctimas el
cónyuge, compañero o compañera permanente, parejas del mismo sexo y familiar en primer grado de consanguinidad, primero civil
de la víctima directa, cuando a esta se le hubiere dado muerte o estuviere desaparecida. A falta de estas, lo serán los que se encuentren en el
1
PAICMA, 2012, pág. 15
PAICMA, 2012, pág. 5
2
segundo grado de consanguinidad ascendente. De la misma forma, se consideran víctimas las personas que hayan sufrido un daño al intervenir para
asistir a la víctima en peligro o para prevenir la victimización.
ACCIÓN INTEGRAL CONTRA MINAS: la definición de acción integral contra minas según las Naciones Unidas, tal como figura en las Normas
Internacionales para las Actividades relativas a las Minas (IMAS),4 se trata de “actividades encaminadas a reducir los efectos sociales, económicos
y medioambientales de las minas y las municiones sin estallar”. La norma pertinente precisa que estas actividades “no sólo se refieren al desminado,
sino también a las personas y sociedades, y al modo en que estas últimas se ven afectadas por la contaminación provocada por las minas terrestres.
El objetivo de dichas actividades es reducir el riesgo de las minas terrestres a un nivel que pueda garantizar la plena seguridad de las personas, que
propicie el desarrollo social, económico y en materia de salud, exento de las limitaciones impuestas por la contaminación provocada por las minas
terrestres, y que permita atender las necesidades de las víctimas” (International Mine Action Standards (IMAS), 2003).
De conformidad con la definición, las actividades relativas a las minas incluyen cinco componentes:
- Educación sobre el riesgo de las minas (conocida también como sensibilización sobre las minas);
- Desminado humanitario, es decir, estudios sobre las minas y las municiones sin estallar, levantamiento cartográfico, señalización y, si es necesario,
eliminación de estos artefactos;
- Asistencia a las víctimas, incluidas su rehabilitación y reintegración;
- Destrucción de las existencias, y
- Actividades de gestión e incidencia para promover la prohibición total de las minas antipersonal.
La definición también señala que se necesitan otras actividades para apoyar los cinco componentes de las actividades relativas a las minas, a saber:
la evaluación y la planificación; la movilización y el establecimiento de un orden de prioridad respecto de los recursos; la gestión de la información,
la formación en materia de gestión y desarrollo de recursos humanos; la gestión de calidad y la utilización de equipos eficaces, apropiados y seguros
(International Mine Action Standards (IMAS), 2003).
“A efectos prácticos, una actividad relativa a las minas deberá valorarse por su capacidad de:
- Reducir el número de muertes y sufrimientos inútiles y, en términos más generales, de contribuir a la mejora de la seguridad;
- Promover el crecimiento económico y la igualdad económica (también para las futuras generaciones);
- Promover el desarrollo y la igualdad sociales;
- Reforzar la capacidad de un país de hacer frente al problema de la contaminación en su territorio, contribuyendo así al desarrollo político, y
- Abordar el problema de la contaminación de un modo transparente” (Centro Internacional de Desminado Humanitario de Ginebra, 2004).
REPARACIÓN SIMBÓLICA: La reparación simbólica comprende la realización de actos u obras de alcance o repercusión pública dirigidas a la
construcción y recuperación de la memoria histórica, el reconocimiento de la dignidad de las víctimas y la reconstrucción del tejido social (S.N,
2011).
PREVENCIÓN: Obligación del Estado de adoptar medidas para evitar la ocurrencia de violaciones de Derechos Humanos e infracciones al Derecho
Internacional Humanitario, y a neutralizar o a superar las causas y circunstancias que generan riesgo en el marco del conflicto armado interno. (S.N,
2011)
PREVENCIÓN TEMPRANA: Orientada a identificar las causas que generan las violaciones de Derechos Humanos y las infracciones al Derecho
Internacional Humanitario, y adoptar medidas para evitar su ocurrencia. (S.N, 2011)
PREVENCIÓN URGENTE: Momento en el que, ante la inminencia de una violación de Derechos Humanos y /o infracción al Derecho Internacional
Humanitario, se adoptan acciones, planes y programas orientados a desactivar las amenazas contra los mencionados derechos para mitigar los
efectos de su ocurrencia. (S.N, 2011)
GARANTÍAS DE NO REPETICIÓN: Pertenece al último momento de la prevención en tanto las violaciones y las infracciones ya han sido consumadas.
Este momento está orientado a la definición de programas y proyectos que incluyan acciones comunitarias, económicas y políticas que desarrollen
medidas adecuadas para que las víctimas no vuelvan a ser objeto de violaciones a los Derechos Humanos ni infracciones al Derecho Internacional
Humanitario (S.N, 2011). Para el caso de las minas antipersonales, este momento corresponde a la entrega de tierras despejadas, posterior al
desminado Humanitario.
PLAN DE CONTINGENCIA: Proceso mediante el cual se prevén escenarios, se estructura una organización, se definen medidas técnicas y se apropian
recursos, para prevenir y/o brindar una respuesta adecuada y oportuna, a la emergencia humanitaria producida por un desplazamiento masivo.
(S.N, 2011)
MAPA DE RIESGO: Es una herramienta metodológica de identificación del riesgo de comunidades, municipios, organizaciones de víctimas,
organizaciones para la restitución de tierras, organizaciones de mujeres y grupos étnicos afectados por el conflicto armado interno y la acción de
grupos armados organizados al margen de la ley, que deberán ser priorizados para su protección frente a situaciones de amenaza, pérdida y daño.
(S.N, 2011)
PLAN DE ACCIÓN DE MAPUTO: La Convención de Ottawa, en su artículo 12 señala que cada cinco años se debe realizar una Conferencia de Examen
cuyas finalidades son:
a) Evaluar el funcionamiento y el status de esta Convención;
b) Considerar la necesidad y el intervalo de posteriores Reuniones de los Estados Parte a las que se refiere el párrafo 2 del artículo 11;
c) Tomar decisiones sobre la presentación de solicitudes de los Estados Parte, de conformidad con el artículo 5°; y
d) Adoptar, si fuera necesario en su informe final, conclusiones relativas a la puesta en práctica de esta Convención.
Como costumbre de dichas conferencias y refiriéndose al último punto de las finalidades, los Estados Parte adoptan planes de acción que les permite
llevar a la práctica los principios convencionales.
Es así como cada cinco años, posterior a la entrada en vigor de la Convención se han adoptado planes de acción con compromisos detallados para
los Estados Parte.
La última Conferencia de Revisión se llevó a cabo en la ciudad de Maputo, capital de la República de Mozambique.
El 247 de junio de 2014 los Estados Parte reunidos en Maputo adoptaron el Plan de Acción de Maputo. Colombia suscribió como estado este Plan y
asumió sus compromisos. Los cuales refrendó en su discurso diciendo que este “nuevo Plan de Acción debe instar a los Estados Parte a fortalecer la
coordinación efectiva con las autoridades locales, respetando su autonomía y legislación nacional. Es importante que hagamos mayores esfuerzos
para aterrizar las declaraciones en el marco internacional y buenas intenciones, con los problemas en terreno. Las acciones realizadas desde los
niveles nacionales solo tendrán eco en la medida en que se construyan canales de trabajo articulados con los territorios. Esto implica un proceso de
fortalecimiento de capacidades locales, que den como resultado mejoras en la asistencia, atención y reparación de las víctimas, y en sus mecanismos
de seguimiento y monitoreo. Por tanto, para seguir la línea base del Plan de Cartagena, las acciones del Plan de Maputo deben integrarse en las
políticas generales, los planes y los marcos jurídicos relacionados con la discapacidad, la salud, la educación, el empleo, el desarrollo y la reducción
de la pobreza”. (S.N, 2013).
ACNUR: Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (Office of the United Nations High Commissioner for Refugees - UNHCR)
CCAC: Convención de 1980 sobre ciertas armas convencionales (Convention on Certain Conventional Weapons - CCW)
CICR: Comité Internacional de la Cruz Roja (International Committee of the Red Cross - ICRC)
CIDHG: Centro Internacional de Desminado Humanitario de Ginebra (Geneva International Centre for Humanitarian
Demining - GICHD)
HALO Trust: Hazardous Area Life-Support Organisation
HI: Handicap International
ICBL: Campaña Internacional para la Prohibición de las Minas Terrestres (International Campaign to Ban Landmines)
IMAS: Normas Internacionales para las Actividades relativas a las Minas (International Mine Action Standards)
IMSMA: Sistema de Gestión de Información para Actividades
ERM: Educación sobre el riesgo de las minas (mine risk education - MRE)
OCHA: Oficina de Coordinación de Asuntos Humanitarios de las Naciones Unidas (United Nations Office for the Coordination of Humanitarian Affairs)
ONG: organización no gubernamental
PNUD: Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (United Nations Development Programme - UNDP)
UNICEF: Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (United
Nations Children’s Fund)
UNMAS: Servicio de las Naciones Unidas de Actividades relativas a las Minas (United Nations Mine Action Service)
CAPÍTULO 3.
CONTEXTO Y CARACTERIZACIÓN DEL RIESGO EN EL MUNICIPIO POR MAP-MUSE
El municipio de Sardinata, tiene presencia activa e histórica de grupos armados ilegales en la zona rural y el sector urbano, hacen presencia las FARC, el ELN, EPL
y posterior a la desmovilización las denominadas bandas criminales.
Con base en la información suministrada por la Dirección para la Acción Integral contra Minas Antipersonal, los accidentes por MAP son 19 entre el lapso del
tiempo 2001 al 2014, los cuales arrojan un registro de 28 víctimas. En el tema de los Desminados Militares son de 50 casos, además del registro de 20 eventos
con Sospecha Campo Minado; lo anterior daría un total 70 situaciones de riesgo para la población civil del municipio.
El número de registro de víctimas de la población civil son 8 y de la fuerza pública de 20, donde 27 han sido hombres y una mujer.
Los sectores rurales de mayor afectación son Las Mercedes, Luis Vero, San Martín de Loba.
CAPÍTULO 4.
QUÉ SE HA HECHO: BALANCE DE LAS INTERVENCIONES SOBRE LA AICMA EN EL MUNICIPIO
Componente AICMA
Análisis de la Intervenciones
Desminado Humanitario
En el municipio no se ha realizado desminado humanitario. Aun así y
con base en la dinámica de riesgo, la base de datos de la Dirección
para la Acción Integral Contra Minas Antipersonal, la fuerza pública
ha llevado a cabo 50 procesos de desminado militar, en el período de
1990-2014.
En la revisión de los documentos de política pública del municipio
(plan de desarrollo, plan de acción territorial y el plan de
contingencia) no se observa este componente.
La Campaña Colombiana contra minas-CCCM en años anteriores ha
realizado talleres de educación en el riesgo de minas.
El proyecto de la unión europea, la Dirección para la Acción Integral
Contra Minas Antipersonal y UNICEF, inicio el componente de
educación en el riesgo de minas, desde el mes de septiembre 2014.
La atención integral a víctimas, consiste en atención de emergencia y
ayuda inmediata humanitaria.
Con base en la actual ley de víctimas, desde 2012, el municipio ha
contado con el acompañamiento de la Dirección para la Acción
Integral Contra Minas Antipersonal, del Fortalecimiento de la Acción
contra Minas Antipersonal en Colombia DCI-ALA/2010/022-250
Consorcio Método - Campaña Colombiana Contra Minas CCCM , la
Defensoría del Pueblo regional Cúcuta, la oficina de la UARIV en
Cúcuta, y los organismos de cooperación internacional como ACNUR,
NRC, CICR, en procura del fortalecimiento institucional frente al tema.
Educación en Riesgo de
Minas ERM
Asistencia Integral a
Minas
Fortalecimiento de la
Gestión Territorial
Impacto de la Intervenciones
Fortalecimiento de las autoridades, docentes y representantes
sociales, en el tema.
Con este acompañamiento el municipio, está en proceso de
construcción de instrumentos de política pública como el PAT, el
Plan de Contingencia. Donde han actualizado el escenario de
riesgo y la línea de tiempo de los hechos victimizantes, de los que
habla la ley.
CAPÍTULO 5.
PLAN LOCAL DE ACCIÓN INTEGRAL CONTRA MINAS ANTIPERSONAL
El Plan de Acción de Maputo se creó como resultado de la Tercera Conferencia de los Estados Partes Encargada del Examen de la Convención sobre
la Prohibición del Empleo, Almacenamiento, Producción y Transferencia de Minas Antipersonal y sobre su Destrucción (llamada Maputo 15+), la
cual se llevó a cabo del 23 al 27 de junio del 2014. En esta se abordaron los logros obtenidos desde que se realizó la primera convención, al mismo
tiempo que se estudiaron los retos que queda por enfrentar. La razón por la que se celebró este encuentro en Mozambique (la primera conferencia
también se llevó a cabo allá) es porque este país representa un modelo a seguir en cuanto al proceso de desminado, tanto así que se calcula que a
finales de 2014 sea declarado un país “libre de minas antipersona”, logro obtenido tras más de 15 años de proceso de limpieza.
Este Plan de Acción, nació con el objetivo de demarcar los derroteros que los países signatarios deben seguir por los próximos 5 años. Los deberes
de los Estados participantes se resumen en: cumplir con la estricta observancia de las normas de este Plan de Acción, asegurarse de que no hayan
más víctimas por minas antipersona en el área de su jurisdicción, velar por la participación equitativa de los sobrevivientes en la sociedad e
intensificar los esfuerzos para completar sus obligaciones en las fechas definidas (United Nations, 2014).
El PLAICMA sigue lo indicado en el Plan de Acción de Maputo, para lo que se deben comparar las capacidades institucionales municipales a partir
de la revisión rigurosa de los Planes Territoriales (planes de desarrollo departamental-municipal, planes de contingencia, planes de prevención,
planes de acción territorial), además de los programas y proyectos de la sociedad civil existentes en la localidad.
Los apartes del Plan de Acción de Maputo que competen al ejercicio propuesto, en relación del Plan de Acción Integral Contra Minas (PLAICMA)
son:
Desminado Humanitario
Para este tema el Plan de Acción de Maputo enuncia:

“Artículo 8. Cada país miembro que tenga obligaciones de remoción de minas llevará a cabo todos los esfuerzos razonables para cuantificar
y cualificar la implementación restante lo más pronto posible y reportar esta información por medio del artículo 7 reporte de transparencia,
para el 30 de Abril de 2015 y anualmente de ahí en adelante. Esta información debe identificar en la medida de lo posible y de manera precisa
los perímetros y locaciones de todas las áreas dentro de la jurisdicción o control, que contienen minas antipersonal que requieran de su
remoción y dónde hay sospecha de contener minas antipersonal que por consecuencia requieran de un estudio posterior. Esta información
debe ser incorporada en un plan nacional de desminado y otros planes relevantes de desarrollo y reconstrucción”. (Maputo Action Plan,
Adopted 27 June 2014)

“Artículo 9. Cada país miembro que tenga obligaciones de remoción de minas garantizará lo más pronto posible que los estándares, las
políticas y las metodologías de despeje de tierra los más pertinentes, de acuerdo con las Normas Internacionales de Acción contra las Minas
de las Naciones Unidas, están vigentes y están aplicadas para la implementación plena y oportuna de este aspecto de la Convención. Estas
metodologías de despeje de tierras estarán basadas en pruebas, responsables y aceptables para las comunidades locales, incluyendo la
participación de las comunidades afectadas, incluyendo mujeres, hombres, niñas, niños, en el proceso”. (Maputo Action Plan, Adopted 27
June 2014)
Desminado Humanitario
InstrumentoProgramaPlan-Ley 1448
Organización/Institución
Estado
Actual
Fecha de
Recursos
Responsable
No hay
No hay información
Descripción
Indicadores
finalización
u otras leyes
información
inicio y
Medios de
Verificación
Avance
Fuente/Referencia
No hay información
No hay
No hay
No hay
No hay
No hay
No hay
No hay
No hay
información
información
información
información
información
información
información
información
Educación en el Riesgo de Minas (ERM)
Para este tema el Plan de Acción de Maputo enuncia:

“Artículo 10. Cada Estado miembro que ha reportado áreas minadas dentro de su jurisdicción o control proveerán Reducción en el Riesgo de
Minas y programas educativos como parte de una evaluación del riesgo y actividades para la reducción del riesgo enfocadas a la población
en riesgo. Estos programas deben ser adecuados a las edades y con perspectiva de género, coherente y aplicable con estándares nacionales
e internacionales, tejido a las necesidades de las comunidades afectadas por minas he integradas a las actividades sobre la acción de minas
que estén en marcha, que generalmente son recolección de información, remoción y asistencia a víctimas según sea apropiado”. (Maputo
Action Plan, Adopted 27 June 2014)
ERM
InstrumentoFecha de
ProgramaPlan-Ley 1448
Organización/Institución
Estado Actual
Recursos
Responsable
inicio y
Descripción
Indicadores
finalización
Medios de
Verificación
Avance
Fuente/Referencia
u otras leyes
Plan de
Acción
Territorial
Municipio de
El Tarra
Plan de
Contingencia
Municipio de
El Tarra
No hay información
No hay
información
No hay
información
No hay
información
No hay
información
No hay
información
No hay
información
No hay
información
No hay
información
No hay información
No hay información
No hay
información
No hay
información
No hay
información
No hay
información
No hay
información
No hay
información
No hay
información
No hay
información
No hay información
Asistencia Integral a Víctimas
Para este tema el Plan de Acción de Maputo enuncia:

“Artículo 12. Cada Estado miembro con víctimas de minas bajo su jurisdicción o control, y de manera que tome en cuenta los datos
desglosados por sexo y por edad, hará todo lo posible para evaluar las necesidades de las víctimas de minas, la disponibilidad y las carencias
en servicios y apoyo, y los existentes o nuevos requisitos para las actividades relacionadas con discapacidad, salud, educación, empleo,
desarrollo y reducción de la pobreza, necesarias para atender las necesidades de las víctimas de minas, y remitir a las víctimas a servicios
existentes cuando sea posible”. (Maputo Action Plan, Adopted 27 June 2014)

“Artículo 13. Sobre la base de sus evaluaciones, cada Estado miembro con víctimas de minas bajo su jurisdicción o control hará todo lo posible
para comunicar a los Estados miembros, incluyendo por medio de su reporte de transparencia anual, como aplicable, para el 30 de Abril de
2015, los objetivos mensurables y con fecha de cumplimiento que el Estado busca lograr mediante la implementación de las políticas
nacionales, planes y marcos legales que contribuirán concretamente a la participación plena, igual y efectiva de las víctimas de minas en la
sociedad. Cada año, estos objetivos se deben actualizar, su implementación debe estar monitoreada, y progresos en implementándolos debe
estar reportado a los Estados miembros. (Maputo Action Plan, Adopted 27 June 2014)

“Artículo 14. Sobre la base de sus evaluaciones, cada Estado miembro con víctimas de minas bajo su jurisdicción o control hará todo lo posible
para comunicar a los Estados miembros, incluyendo por medio de su reporte de transparencia anual, como aplicable, para el 30 de Abril de
2015, las mejoras que se han hecho o que se van a realizar en los planes, políticas y marcos legales necesarios para atender las necesidades
de las víctimas de minas en los temas de discapacidad, salud, bienestar social educación, empleo, desarrollo y reducción de la pobreza, así
como los presupuestos dedicados para su implementación. Cada año, esfuerzos para implementar estos planes, políticas y marcos legales así
como sus mejoras se deben comunicar a los Estados miembros…”.(Maputo Action Plan, Adopted 27 June 2014)
Asistencia a Víctimas
InstrumentoPrograma-
Organización
Estado
Plan-Ley 1448
/Institución
Actual
Plan de Acción
Territorial
Municipio de
Sardinata
Alcaldía de
Sardinata
En proceso
de
actualización
Plan de
contingencia
Alcaldía de
Sardinata
Está en
actualización
Fecha de
Recursos
Responsable
inicio y
Descripción
Indicadores
finalización
u otras leyes
No
especific
a
Secretaría de
Gobierno,
Dirección
Local de
Salud, ICBF,
UARIV
Secretaría de
Gobierno
1 ruta de
asistencia a
víctimas de
MAP-MUSE
Medios de
Verificación
Avance
Plan de
Prevención
En proceso de
actualización
Documento
ruta de
asistencia a
víctimas
MAP-MUSE
construida y
en
implementac
ión
La ruta que
está en el plan
de contingencia
corresponde al
formato de la
UARIV. No hay
ruta para la
asistencia a
víctimas con el
formato de la
Dirección para
la AICMA
Fuente
/Referencia
Plan de
contingenci
a (ruta de
asistencia a
víctimas de
MAP-MUSE)
Gestión Territorial
Para este tema el Plan de Acción de Maputo enuncia:

“Los países miembros continuarán en la promoción de la observación universal de las normas y objetivos de la convención, condenar las
violaciones de estas normas y tomar los pasos necesarios para acabar con su almacenamiento, producción y transferencia de minas
antipersonal por parte de cualquier actor incluyendo a los actores armados no estatales”.
Gestión Territorial
InstrumentoProgramaPlan-Ley 1448
u otras leyes
Fortalecimien
to de la
Acción Contra
Minas
Antipersonal
en Colombia
DCIALA/2010/02
2-250
Organización
/Institución
Estado
Actual
Dirección
para la
Acción
Integral
Contra Minas
Antipersonal
(Consorcio
MétodoCampaña
Colombiana
Contra
Minas)
En
ejecució
n
Recursos
Responsable
7 millones
de Euros
para todo
el
proyecto
Dirección
para la
Acción
Integral
Contra Minas
Antipersonal
(Consorcio
MétodoCampaña
Colombiana
Contra
Minas)
Fecha de
inicio y
finalización
Octubre
2013Diciembre
2015
Descripción
Indicadores
Dentro de este
macro proyecto se
ha permitido la
conformación de
equipos de trabajo
en los
departamentos y
municipios
priorizados con el
ánimo de fortalecer
e incidir sobre la
AICMA en los
diferentes
territorios.
1 gestor
incidiendo
en la política
pública de la
AICMA en los
municipios
priorizados
Medios de
Verificación
1 gestor
Informes
IMSMA de
las
actividades
desarrolladas
en terreno.
Fotos
Listas de
asistencia
Avance
Fuente
/Referencia
En
ejecución.
El
proyecto
lleva más
de un año
Consorcio
MétodoCampaña
Colombiana
Contra
Minas.
ANEXOS

Plan de Acción Territorial de Sardinata, 2012

Plan de Contingencia Sardinata, 2014-2015

Planilla reporte para la AICMA-Sardinata, documento suministrado por la Dirección para la Acción Integral Contra Minas Antipersonal,
octubre 31 de 2014

Base de Minas, documento suministrado por la Dirección para la Acción Integral Contra Minas Antipersonal, Septiembre de 2014

Estado del Arte departamento Norte de Santander, Consorcio Método-Campaña Colombiana Contra Minas y Dirección para la Acción
Integral Contra las Minas Antipersonal, Mayo 2014.