Partido de la Revolución Democrática - PRD

Partido de la Revolución Democrática
CEDULA DE NOTIFICACION
En la ciudad de México Distrito, siendo las 9:00 horas del día 23 de octubre de 2014, con
fundamento en los artículos 1, 2, 4, 15 inciso i) y 18 inciso e) del Reglamento General de
Elecciones y Consultas; se publica en estrados y en la página de internet de este órgano
electoral el "FE DE ERRATAS AL ACUERDO ACU-CECEN/10/32/2014, DE LA COMISIÓN
ELECTORAL, MEDIANTE EL CUAL SE INTEGRA LAS DELEGACIONES ESTATALES
ELECTORALES DE LOS ESTADOS DE COAHUILA, CAMPECHE, DURANGO, BAJA
CALIFORNIA, CHIAPAS, HIDALGO, MORELOS, QUINTA ROO, JALISCO TABASCO,
TLAXCALA, ZACATECAS QUERÉTARO NUEVO LEÓN Y YUCATÁN Y SE DESIGNAN A
LOS INTEGRANTES QUE LAS CONSTITUIRÁN, ENCARGADOS DE COADYUVAR EN LA
ORGANIZACIÓN DE LOS PROCESO ELECTIVOS INTERNOS A REALIZARSE EN LOS
CONSEJOS ESTATALES LOS PRÓXIMOS DÍAS 25 Y 26 DE OCTUBRE DE 2014"
Lo cual se notifica, para los efectos legales a que haya lug
ERICKA MORENO MA
PRESIDENTA
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Partido de la Revolución Democrática
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Comisión Electoral
FE DE ERRATAS AL ACU-CECEN/10/32/2014
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FE DE ERRATAS AL ACUERDO ACU-CECEN/10/32/2014, DE LA COMISIÓN
ELECTORAL, MEDIANTE EL CUAL SE INTEGRA LAS DELEGACIONES ESTATALES
ELECTORALES DE LOS ESTADOS DE COAHUILA, CAMPECHE, DURANGO, BAJA
CALIFORNIA, CHIAPAS, HIDALGO, MORELOS, QUINTA ROO, JALISCO TABASCO,
TLAXCALA, ZACATECAS QUERÉTARO NUEVO LEÓN Y YUCATÁN Y SE DESIGNAN A
LOS INTEGRANTES QUE LAS CONSTITUIRÁN, ENCARGADOS DE COADYUVAR EN LA
ORGANIZACIÓN DE LOS PROCESO ELECTIVOS INTERNOS A REALIZARSE EN LOS
ONSEJOS ESTATALES LOS PRÓXIMOS DÍAS 25 Y 26 DE OCTUBRE DE 2014.
ndamento en lo dispuesto en los articulas 1, 2, 3, 4, 6, 8, 130, 148, 149, 261, del Estatuto; 1, 2, 4, 5, 93,9 127
cis ), del Reglamento General de Elecciones y Consultas; 1, 2, 3, 4, 14, 15 y 16 del Reglamento de la Comis
cion Electoral, y,
4-1.
2.
CONSIDERANDO
Los días veintiuno, veintidós, veintitrés y veinticuatro de noviembre de dos mil trece, el Partido de la Revolu 'ó
Democrática, celebró su XIV Congreso Nacional en la ciudad de Oaxtepec, Estado de Morelos, en el que s
aprobaron modificaciones a su Declaración de Principios, Programa de Acción, Línea Politica y Estatuto.
Que el XIV Congreso Nacional celebrado los días veintiuno, veintidós, veintitrés y veinticuatro de noviembre de
dos mil trece emitió el "RESOLUTIVO ESPECIAL DEL XIV CONGRESO NACIONAL DEL PARTIDO DE l{
REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA QUE MANDATA REALIZAR EL PROCESO DE AFILIACIÓN POR INTERNEli
A LA COMISIÓN POLÍTICA NACIONAL Y A LA COMISIÓN DE AFILIACIÓN", mediante el cual determinó
su Punto Resolutivo Quinto que: "Al momento de la publicación de la convocatoria para la renovación d lo
órganos de dirección del partido en todos sus ambitos, se realizara el corte del padrón para la emisión del\
Listado Nominal que se utilizara el día de la Jamada Electoral".
1
3.
Que una vez entrado en vigencia el Estatuto, éste Consejo Nacional, debe cumplir el mandato del Congreso \
Nacional, que una vez calificadas las elecciones y al tomar posesión del cargo, concluir-a el mandato de los
dirigentes a que se refiere ésta convocatoria.
4.
Que en fecha catorce de marzo de dos mil catorce, en el Diario Oficial de la Federación se publicó
Resolución del Consejo General del Instituto Federal Electoral sobre la procedencia constitucional y legal de
las modificaciones a la Declaración de Principios, Programa de Acción y Estatuto del Partido de la Revolución
Democri:ltica, mismas que rigen el proceso electoral al que se convoca.
Pu••nc<> J'lo. na Col. Rom•,
C.P. 06700 Oele10dón Cuouht~mac MÜICD O.F.
TciL 5004·2131 5004-2.1.51
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Partido de la Revolución Democrática
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comisión Electoral
FE DE ERRATAS AL ACU-CECEN/10/32/2014
5.
Que es responsabilidad de todos los afiliados del Partido, que la elección de su nueva dirección fortalezca la
unidad de acción de nuestro instituto político y le permita desplegar su iniciativa política. Así como cuidar que
el proceso de renovación de sus órganos directivos no se convierta en una crisis que origine su desgaste.
Que el Estatuto aprobado por el XIV Congreso Nacionat estableció en su articulo transitorio segundo: "Una
vez declarada la constitucionalidad de las reformas aprobadas al presente ordenamiento por esta soberanía e
inmediatamente después de que haya corrido el término legal de noventa días, el Consejo Nacional deberá
emitir la Convocatoria para la renovación de la totalidad de los órganos de dirección y representación en todos
los ámbitos y que se encuentran contemplados en el presente ordenamiento, dejando sin efectos los período
e mandato por los cuales hayan sido electos los actuales órganos de dirección y representación del Partí
en todos sus ámbitos".
7.
Que el Estatuto aprobado por el XIV Congreso Nacional, estableció en su articulo Transitorio Tercero que: "S
faculta al Consejo Nacional del Partido a efecto de que lleven a cabo aquellas valoraciones pertinentes,
considerando la opinión de los Comités Ejecutivos y Consejo Estatales respectivos, en relación a las
situaciones políticas, sociales y electorales de aquellos Estados que soliciten a la Comisión Política Nacional
que se exceptúe la elección de sus órganos estatales, municipales y delegacionales.
Para tal efecto, la Comisión Política Nacional emitirá un dictamen, mismo que presentará a consideración d
Consejo Nacional, en el cual se establezcan aquellas valoraciones políticas que hayan realizado a partir de 1
revisión y análisis exhaustivo de los acuerdos emanados de los órganos intrapartidarios de las entidad s
correspondientes.
Lo anterior deberá realizarse antes de que el Consejo Nacional del Partido emita la Convocatoria de la ele
de órganos de Dirección Nacional, Estatales y Municipales del Partido, programadas para el año 2014.
8.
Que la publicación del Padrón de Afiliados, para corrección, inclusión o exclusión, será conforme a las fechas
previstas en esta convocatoria.
9.
Que con fecha cuatro de abril del dos mil catorce durante la celebración del Séptimo Pleno del VIII Consejo
Nacional se aprobaron diversos ordenamientos reglamentarios del Partido de la Revolución Democrática, lo
anterior conforme a las reformas del Estatuto del Partido de la Revolución Democrática, realizadas por el XIV
Congreso Nacional, celebrado en Oaxtepec, Morelos, los días 21, 22, 23 y 24 de noviembre de 2013, entre
ellos el Reglamento General de Elecciones y Consultas.
Ouron10 No. 338 Col. Ron12,
C.P. 06700 D•le¡odón Cuouht~moc Mhlco D.F.
Teb.. 5004-21315004-USl
http:l/.._.cn•loctorol.n\ll
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Partido de la Revolución Democrática
FE DE ERRATAS AL ACU-CECEN/10/32/2014
En dicha sesión del Consejo Nacional también se aprobó la presente convocatoria, señalando en la misma que
esta sería ratificada en la sesión del Consejo Nacional del día 4 de julio del presente año, lo anterior para los
efectos legales y en su caso, para realizar las adecuaciones necesarias en caso de que el Instituto Nacional
Electoral aceptará llevar a cabo la elección de los órganos de representación que se llevarian mediante el voto
directo y secreto y que son materia de la presente convocatoria.
~11.
Que con fecha dos de mayo de dos mil catorce el Partido de la Revolución Democrática a través de los
José de Jesús Zambrano Grijalva, Presidente Nacional y Alejandro Sánchez Garnacha, Secretario Naciona
resentaron ante el Instituto Nacional Electoral la solicitud para ~¡a organización de la elección nacional de
integrantes del Consejo Nacional, Consejos Estatales y Municipales, y Congreso Nacional, mediante voto
directo y secreto de todos Jos afiliados".
Que con fecha dos de mayo del dos mil catorce el Instituto Nacional Electoral resolvió que resultab
procedente la inscripción del Reglamento General de Elecciones y Consultas en su libro de registro, de
conformidad con el artículo 47, párrafo cuarto del Código Federal de Instituciones y Procedimientos
Electorales.
2.
Que con fecha veintitrés de mayo de dos mil catorce se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto
por el que se expiden tanto la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales como la Ley General
de Partidos Políticos, las cuales en sus artículos 32, numeral2, inciso a); 44, numeral1, inciso f); y 55, num '
1, inciso k) la primera, así como en el articulo 45 de la segunda, se establece como atribución del lnsti t
Nacional Electoral, la organización de la elección de los dirigentes de los partidos políticos, cuando as 1
soliciten al Instituto. Además se precisa que los gastos correspondientes serán con cargo a las prerrogati
de los partidos políticos solicitantes.
13.
Que en sesión extraordinaria del Consejo General del Instituto Nacional Electoral celebrada el día veinte de
junio de dos mil catorce, se aprobaron los "LINEAMIENTOS DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL PARA
LA ORGANIZACIÓN DE LAS ELECCIONES DE LOS DIRIGENTES O DIRIGENCIAS DE LOS PARTIDO
POLITICOS NACIONALES A TRAVÉS DEL VOTO UNIVERSAL Y DIRECTO DE SUS MILITANTES".
14.
Que en sesión extraordinaria del Consejo General del Instituto Nacional Electoral celebrada el día dos de julio
de dos mil catorce, se aprobó el Acuerdo mediante el cual "... SE DICTAMINA LA POSIBILIDAD MATERIAL
PARA ORGANIZAR LA ELECCIÓN NACIONAL DE INTEGRANTES DEL CONSEJO NACIONAL, CONSEJOS
ESTATALES Y MUNICIPALES Y CONGRESO NACIONAL DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN
Dwan¡o No. lila Col. Romo,
t.P.Il6700 Dele¡odón Cuouhl~moc M~•lcu D.F.
Tolo. 5004-Zl31 5004-2251
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Partido de la Revolución Democrática
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1
FE DE ERRATAS AL ACU-CECEN/10/32/2014
DEMOCRATICA Y SE APRUEBA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA TALES
EFECTOS.".
En razón de que el Instituto Nacional Electoral sera el órgano encargado de llevar a cabo la elección para la
renovación de los órganos de representación del Partido, se hace necesario hacer ajustes a la Convocatoria
emitida por este Consejo Nacional en su sesión extraordinaria llevada a cabo el día cuatro de abril del año en
curso, lo anterior para estar en posibilidades de cumplir con los requerimientos realizados por el lnst1
Nacional Electoral y que se encuentran contenidos en el Convenio de Colaboración celebrado entre el Instituto
Nacional Electoral y el Partido de la Revolución Democrática con motivo de la elección de los órganos de
representación de este Instituto Político.
16.
Que de conformidad con lo establecido en el acuerdo citado en el punto inmediato anterior fue emitido e
"CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL INSTITUTO NACIONAL
ELECTORAL, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL INSTITUTO", REPRESENTADO EN
ESTE ACTO POR EL LIC. EDMUNDO JACOBO MOL/NA, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO
EJECUTIVO Y COMPARECIENDO COMO TESTIGO EL DR. LORENZO CÓRDOVA V/ANELLO,
CONSEJERO PRESIDENTE Y POR OTRA PARTE, EL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA,
AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL PARTIDO", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR
JOSÉ DE JESÚS ZAMBRANO GRIJALVA Y ALEJANDRO SÁNCHEZ CAMACHO EN SU CARÁCTER D
PRESIDENTE NACIONAL Y SECRETARIO GENERAL NACIONAL, RESPECTIVAMENTE, DE
CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAÚSULAS".
17.
El cuatro de julio de dos mil catorce, el Octavo Pleno Extraordinario del VIII Consejo Nacional del Partido d
Revolución Democrática emitió "CONVOCATORIA PARA LA ELECCIÓN DE LOS INTEGRANTES DE
CONSEJOS NACIONAL, ESTATALES Y MUNICIPALES, CONGRESO NACIONAL, ASI COMO PARA
ELECCIÓN DE PRESIDENTE Y SECRETARIO GENERAL E INTEGRANTES DE LOS COMIT
EJECUTIVOS DE LOS ÁMBITOS NACIONAL, ESTATALES Y MUNICIPALES, TODOS DEL PARTIDO DE
LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA".
"-:
18.
Las solicitudes de registro de candidatos se presentaron del catorce al dieciocho de julio de dos
mil catorce en el horario comprendido entre las 09:00 y 18:00 horas, ante las Juntas Distritales
Ejecutivas, las Juntas Locales Ejecutivas y la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos
Politicos, todas del Instituto Nacional Electoral, según sea el caso.
Ouran1o No. na Cal. Rom~.
t.P. 06700 Dolocodcln Cuouhl~mac Múleo D.F.
Tel .. 5004-22 31 5004-llSl
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Partido de la Revolución Democrática
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FE DE ERRATAS AL ACU-CECEN/10/32/2014
Una vez concluido el penado de registro de candidatos, las Juntas Locales Ejecutivas y las Juntas
Distritales Ejecutivas remitirán la información recabada a Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y
Partidos Politices del Instituto Nacional Electoral, la cual en caso de incumplimiento de alguno de los
requisitos de registro por parte de los solicitantes, lo hará saber al Partido de la Revolución
Democrática a más tardar el veintidós de julio de dos mil catorce, para que éste proceda a la
publicación de los nombres de los representantes del emblema, sublema o planilla en su página
oficial de Internet el veintitrés y veinticuatro de julio de dos mil catorce.
i
Una vez publicada la citada lista con los nombres de los representantes de los emblemas, sublema
planillas que deban subsanar los requisitos faltantes en su solicitud de registro de candidatos, lo
podrán realizar a más tardar el veintiséis de julio de dos mil catorce, en un horario de las 9:00 a
las 18:00 horas, en las oficinas de Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Politices, del
Instituto Nacional Electoral. En caso de que los representantes no subsanen las omisione;on.IN
detectadas, se tendrá por no presentada la solicitud respectiva.
21.
A partir del el veintiocho de julio de dos mil catorce, el Partido de la Revolución Democrática
publico la "Lista definitiva de candidatos registrados".
Que en fecha 7 de septiembre de 2014, se realizó la jornada electoral, para la elección interna de 1• s
Consejeros Estatales del Partido de la Revolución Democrática, en el estado de Guanajuato.
23.
Que en fecha 19 de septiembre de 2014, fueron entregados los resultados definitivos de·
elecciones en todos los ámbitos, por parte del Instituto Nacional Electoral a este Instituto Politice.
24.
Que en fecha 23 de septiembre de 2014, se recibió mediante oficialia de partes de este Órgan
Electoral por parte de la Secretaria Técnica de la Comisión Política Nacional del Partido de la
Revolución Democrática los resultados finales de la multicitada elección.
25.
Que en fecha 22 de octubre de 201, este órgano electoral emitió el ACUERDO A-~~· 1
CECEN/10/32/2014, DE LA COMISIÓN ELECTORAL, MEDIANTE EL CUAL SE INTEGRA LAS
DELEGACIONES ESTATALES ELECTORALES DE LOS ESTADOS DE COAHUILA, CAMPECHE,
DURANGO, BAJA CALIFORNIA, CHIAPAS, HIDALGO, MORELOS, QUINTA ROO, JALISCO
TABASCO, TLAXCALA, ZACATECAS QUERÉTARO NUEVO LEÓN Y YUCATÁN Y SE DESIGNAN
Duran~o No. 338 Col. Rom~.
(JI, 06700 Dolotld6n Cuouhrlmoc México l>.F.
Tols. 5004-12 31 5004-ll!il
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Partido de la Revolución Democrática
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comisión Elecroral
FE DE ERRATAS AL ACU-CECEN/10/32/2014
A LOS INTEGRANTES QUE LAS CONSTITUIRÁN, ENCARGADOS DE COADYUVAR EN LA
ORGANIZACIÓN DE LOS PROCESO ELECTIVOS INTERNOS A REALIZARSE EN LOS
CONSEJOS ESTATALES LOS PRÓXIMOS OlAS 25 Y 26 DE OCTUBRE DE 2014
Que al hacer una revisión exhaustiva, esta Comisión Nacional Electoral se percató de que, debido a
un error involuntario causado por un lapsus calamis, en la lista de delegados a asistir a los consejos
estatales a realizarse los próximos 25 y 26 de octubre de 2014, tres delegados fueron asignados a un
consejo distinto al que les corresponde asistir y se asigna a tres nuevos delegados, por lo que este
órgano colegiado se ve motivado a emitir la siguiente
FE DE ERRATAS
DICE:
IGNACIO JOSAFAT PEÑA CORTES
BAJA CALIFORNIA
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~------~=E~U~lA~L~IA~B~E=R~M~U~D=E~Z~G~Ó~M~E~Z~--------~------~B~AJ~A=C~A~LI~FO~R~N~IA~------~~
DIEGO ALBERTO MENDOZA DfAZ
HUGO FERNANDO AYAlA GUERRERO
MAYRA BELEM MORENO BARRIOS
IRENE CERDA RAMOS
JORGE ARTURO HERNÁNDEZ MAR[N
FRANCISCO MUÑOZ
BAJA CALIFORNIA
CAMPECHE
CAMPECHE
CAMPECHE
CAMPECHE
CAMPECHE
ALDO ESTEBAN SANTOYO ESCOGIDO
BlANCA ANGÉLICA OROZCO FLORES
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~----~C~H~R~IS=~~~:~~~~=IS~~~=~~:L~A=~~;~~E=:o~~=Ó=~~~=~~ER~0~----~----------~~~~~::2~~:=~--------~~~
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~----~C=EC=I=LI~A=lA~Z~O~D~E~lA~V~E~G=A=D~E~C=A~S~T~RO~------~----------C=O=A~H~U~I=lA~--------~~\
JOSÉ LUIS ALEGRE
ALEJANDRO CRUZ RAMÍREZJUÁREZ
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~--------~H~IlA~R~IO~T~O~V~A~R~D~E=lA~C=R~U~Z~--------~----------~DU~R~A~N~G=0~--------+4\
~------~~B~RA~S=IL~B=E=R~lA~N~G=A~M~O~N~T=IE~L~--------~----------~H~ID=A~L~G~O----------~~
SANDRA FRANCO HERNÁNDEZ
RICARDO BECERRA CHÁVEZ
FÁTIMA BALTAZAR MÉNDEZ
JOSÉ LUIS GUTIÉRREZ
DUI0!\&0 Ho. 338 Col. Rama,
CJ'.06700 Doi<C"c!ón CU•uht~moc Múh:o D.F.
Tels. 5001-ll315004-2251
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HIDALGO
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CENOBIO CRUZ
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YESENIA ÁVI LA MORENO
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LUCIO ALBERTO ROMERO VALDIVIA
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JORGE ANDRADE VILLAFAÑA
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JORGE ANDRADE VILLAFAÑA
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TLAXCALA
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GERARDO MARTINEZ JUAREZ
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FRANCISCO MUÑOZ
CAMPECHE
FRANCISCO RAMÍREZ GÓMEZ
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CHRISTIAN MICHEL MENDOZA ROMERO
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CHIAPAS
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JOSÉ LUIS ALEGRE
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JUAN CARLOS SORIANO
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GERARDO MARTÍNEZ JUÁREZ
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DURANGO
BLANCA ANGELICA OROZCO FLORES
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SANDRA FRANCO HERNÁNDEZ
HIDALGO
RICARDO BECERRA CHÁVEZ
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DIANA ANGÉLICA BORREGUIN GONZÁLEZ
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IGNACIO JOSAFAT PEÑA CORTES
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aprobación.
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A la Presidencia y Secretaria General Nacional del Partido de la Revolución
Democrática, para los efectos legales a que haya lugar.
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Partido de la Revolución Democrática
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A la Mesa Directiva de los Consejos Estatales del Partido de la Revolución
Democrática, para los efectos legales a que haya lugar.
México, Distrito Federal, a 23 de octubre de 2014
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