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NORMATIVAS GENERALES, RECAUDOS
Y CENTROS DE RECEPCIÓN
(a)
Beneficiarios y condiciones
Para disfrutar del beneficio establecido en la cláusula 47 de la I Convención Colectiva Única “Suministro de Medicamentos”, se
procederá, en esta primera fase, a través de la empresa Humanitas de Venezuela, al pago contra reembolso, a las trabajadoras y
trabajadores del personal administrativo y obrero al servicio de la universidad, de las medicinas para tratamientos de
enfermedades o patologías crónicas, que ameriten un tratamiento fijo, permanente y/o prolongado, hasta por un monto de Bs.
800, 00 mensual, de las facturas originales consignadas, en concordancia, con lo aprobado en la sesión 2015-07-59 del Consejo
Universitario.
El beneficio solo abarca a las trabajadoras y los trabajadores de la UNEXPO, activos, jubilados y contratados con más de 2 meses,
que mediante el respectivo Informe médico, padezcan de enfermedades que ameriten tratamientos permanentes.
Durante el mes de septiembre se informará al personal docente de la universidad, el mecanismo a través del cual se le cancelará
dicho beneficio.
(b)
Monto y recaudos
En relación al monto establecido, este pago mensual, de hasta por un monto de Bs. 800, 00 mensual, de las facturas originales, se
garantiza, en el presente ejercicio fiscal 2015, a partir del 1 de julio. Para el venidero ejercicio fiscal 2016, el monto máximo que
se cancelará por este beneficio, se determinará a partir de la disponibilidad presupuestaria que sea asignada a la referida
cláusula.
Para poder recibir el beneficio, se deberán consignar los siguientes documentos originales, todos los cuales son de carácter
obligatorio.
Ÿ Informe médico firmado y sellado por el médico tratante del trabajador o la trabajadora, del presente año 2015. El cual deberá
ser renovado semestralmente.
Ÿ Récipes e indicaciones médicas expedido por el medico tratante.
Ÿ Factura de compra de las medicinas para el tratamiento permanente del trabajador o la trabajadora, con fechas a partir del 01-
07-2015.
Ÿ Copia de la Cédula de Identidad de la trabajadora o trabajador
(c)
Entrega de recaudos
La consignación de esta documentación deberá ser entregada, en un lapso no mayor de treinta (30) días continuos, a partir de la
fecha de la emisión de la factura, sin embargo, atendiendo al período de vacaciones del personal docente, administrativo y obrero
de la UNEXPO, entre los meses de agosto y septiembre, las facturas de los tratamientos adquiridos entre el lapso, julioseptiembre, del presente año 2015, se procesarán a partir del 28 de septiembre. Para esta fecha, se informará, a través el portal
WEB de la UNEXPO, sobre los sitios de recepción de los recaudos solicitados, con su respectivo juego de copias, para proceder a
su cancelación.
Para los meses de octubre, noviembre y diciembre del presente año, se espera que se regularice la recepción de los documentos,
y en consecuencia el pago mensual.
(d)
Censo de familiares
Los datos del censo relativos al grupo familiar (madre, padre, cónyuge, hijos hasta 21 años y hasta 25 si es estudiante) que se
están solicitando a los trabajadores y las trabajadoras de la universidad, se realiza para estudiar y exponer, ante el ente
ministerial, la posibilidad de ampliar el beneficio para el resto de los familiares. Por lo cual agradecemos la colaboración en el
suministro de dicha información.
Quedando entendido que a partir del 1ro de julio de 2015 sólo se cancelarán las medicinas de tratamientos permanentes de salud
de la trabajadora o trabajador de la universidad.