Ver reglamento

REGLAMENTO PARA LA PROMOCION DENOMINADA SONRIELE A LA VIDA
A. SOBRE LA PROMOCIÓN:
 Del Patrocinador: La presente promoción es patrocinada por Radio Columbia
98.7 F.M, la cual para los efectos del presente reglamento se le denominará
como “El Patrocinador”.
 De los encargados: Para los efectos legales correspondientes, la empresa,
Ochoscientos Sonrisa OdontoRed S.A. (Sonrisa Para Todos) titular de la cédula
de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos siete mil dos, será la
encargada de la administración de la misma.
 Del objeto de la promoción: Consiste en la entrega de tres premios los cuales se
describen de la siguiente forma:
- Un primer premio por un valor de ¢250,000.oo (doscientos cincuenta mil
colones exactos) aplicable en un tratamiento dental.
- Un segundo premio por un valor de ¢250,000.oo (doscientos cincuenta mil
colones exactos) aplicable en un tratamiento dental.
- Un premio final el cual será una rehabilitación dental completa, cubriendo un
monto hasta por la suma de ¢3,000,000.oo (tres millones de colones exactos).
B. PERIODO DE VALIDEZ:
 La promoción tiene una duración de tres meses, iniciando el día 03 de agosto
del año 2015 y prolongándose en el tiempo hasta el día 30 de octubre del 2015
inclusive, considerándose esta última como la fecha de finalización, misma que
puede cambiar si Los Encargados del presente así lo ven conveniente.
C. PARTICIPANTES:
 Podrán participar en esta promoción todas aquellas personas físicas mayores de
25 años con una necesidad dental, (ver condiciones y restricciones).
 Al momento de hacer la entrega de algún premio se considera como un requisito
indispensable y necesario para poder participar en la presente promoción, que el
interesado conozca y acepte anticipadamente las condiciones, mecánica,
características, y limitaciones contenidas dentro del presente reglamento.
 Que no esté comprometido sistémicamente.
D.MECANICA DE LA PROMOCION:
Durante el período en que la promoción se encuentre vigente, las personas interesadas
deberán realizar los siguientes pasos:
1. Dibujar una sonrisa en una hoja de papel.
2. Tomarse una fotografía sosteniendo el papel sobre su boca o la de la persona
que quiere participar.
3. Subirla en el formulario que encontrará en la siguiente dirección electrónica
http://www.sonrisaparatodos.com/sonriale-a-la-vida.
4. Llenar el formulario con los datos personales (nombre, email, fecha de
nacimiento, número de cédula, teléfono).
5. Contar la historia del por qué desea sonreírle a la vida.
6. Autorizar a Ochoscientos Sonrisa OdontoRed S.A. (Sonrisa Para Todos) a
utilizar los derechos de imagen, fotografía e información sobre su caso, para ser
utilizadas en la campaña promocional en cualquier medio de comunicación
empleado.
7. Enviar el fomulario con la información previamente mencionada.
El patrocinador ha establecido como fecha máxima para hacer uso de los premios
destinados para la presente promoción un mes después de que el favorecido ha sido
notificado por lo que el tiempo de hacer uso del mismo se detalla a continuación
Premio # 1 Entrega del premio 31 de agosto, fecha límite 30 de setiembre del 2015
Premio # 2 Entrega del premio 30 de setiembre, fecha límite 31 de octubre del 2015
Premio #3 Entrega del premio 30 de octubre, fecha límite 30 de noviembre del 2015
Estaremos publicando los ganadores por medio de
http://www.sonrisaparatodos.com y Facebook/sorisaparatodos.
la
página
web
En vista de lo anterior, queda entendido que con posterioridad a dicha fecha, no se
podrá reclamar el premio antes establecido en la presente promición y por tal motivo, El
Patrocinador no asumirá ningún tipo de responsabilidad con todos aquellos
participantes que no hayan procedido a retirar el premio.
No se aceptarán participaciones por otro medio distinto que no sea el previsto en el
presente reglamento.
E. DE LOS PREMIOS Y SU ENTREGA:
Los premios que el patrocinador ha destinado para la presente promoción consistirán:
- Premio #1 ¢250.000,00 (doscientos cincuenta mil colones exactos) canjeable en
tratamientos dentales (31 de agosto)
- Premio #2 ¢250.000,00 (doscientos cincuenta mil colones exactos) canjeable en
tratamientos dentales (31 de setiembre)
- Premio #3 Premio Final Rehabilitación dental completa válida hasta por la suma de
¢3, 000,000.00 (tres millones de colones exactos). (30 de octubre)
Dichos premios serán cubiertos por nuestro patrocinador.
Los premios poseen las condiciones y limitaciones indicadas por el patrocinador los
cuales deberán de ser aceptadas de previo por los participantes.
El favorecido deberá de firmar un documento de recibido de su respectivo premio
para poder ser declarado como ganador. De lo contrario se entenderá que el
favorecido no ha aceptado el premio y que renuncia a él, no siendo obligación del
Patrocinador el realizar algún acto o promoción distinta y adicional relacionada
con respecto a ese premio renunciado en particular.
El Patrocinador se reserva el derecho, en caso de ser necesario y de existir alguna
eventualidad, de escoger y variar la fecha, hora y/o el lugar para efectuar la entrega de
los premios.
El participante que, habiendo realizado la llamada no acuda a corroborar y aceptar su
condición de ganador o no lleve consigo su documento de identidad no tendrá derecho
alguno en lo que a esta promoción se refiere.
No es admisible ni posible la solicitud por parte del ganador, el efectuar entregas o
aplicar el premio obtenido sobre otro tipo de bienes o servicios bajo parámetros o
mecanismos distintos a los previstos en la presente promoción. El premio no tendrá
valor comercial alguno, como tampoco podrán ser transferido a terceros, o canjeados
por el ganador de alguna otra forma, sino es de conformidad con lo indicado en el
presente reglamento y en estricto apego a la forma y mecanismos previstos para la
entrega o aplicación del respectivo premio.
F. CONDICIONES Y RESTRICCIONES:
La responsabilidad del patrocinador culmina una vez que haya hecho la entrega física
de cada premio a los respectivos ganadores. Por tal motivo, no se aceptarán reclamos
por la indebida utilización del premio, a lo cual, en el presente documento, queda
debidamente establecido que los premios a entregar en la presente promoción son
única y exclusivamente destinados para los efectos de esta promoción, y la utilización
que se les dé será responsabilidad única de cada ganador.
El patrocinador se compromete a entregar únicamente la cantidad máxima de premio
que ha ofrecido con la presente promoción.
En los materiales de participación utilizados en la presente promoción, se ha
consignado la frase “Aplican Restricciones” a fin que quede constando expresamente lo
siguiente: Que tanto la participación, así como la propia promoción, la mecánica y el
premio destinado en la misma, se encuentran sometidos en cuanto a las condiciones y
limitaciones que se indican en el presente reglamento.
Con el fin de hacer público el resultado de la promoción, los participantes autorizan a
que sus nombres, voz e imagen aparezcan en otras publicaciones, demás medios
publicitarios y en general en todo material de divulgación de las actividades tanto
anteriores como posteriores a la promoción, sea esta por concepto de participación en
la misma, como con respecto a la entrega o recibo de premios, sin que esto implique
remuneración o compensación, ni reclamo alguno por concepto de derechos de
imagen.
En virtud de lo establecido en la cláusula anterior, a modo de condición indispensable
para participar en la presente promoción, cada participante, acepta que podrán ser
fotografiados, retratados, filmados o gravados al momento en que se haga la entrega
del respectivo premio para efectos publicitarios, y deberá de estar anuente a ello,
dándole la facultad de utilizar su nombre e imagen en cualquier medio publicitario,
entendiéndose cedidos los derechos antes dichos a favor del patrocinador, renunciando
a todo tipo reclamo o remuneración por ese concepto.
Sobre el paciente, que no esté comprometido sistémicamente.
En caso que los participantes no deseen o indiquen no estar anuentes a ser
fotografiados, retratados, filmados o grabados tanto su voz como su imagen al
momento de realizarse la entrega del premio correspondiente, perderán su
derecho a participar en la presente promoción así como a que se le entregue el
premio respectivo, sin que exista ningún tipo de responsabilidad por parte del
patrocinador con respecto a este, pudiendo declarar desierto el premio
conjuntamente con las implicaciones legales que a nivel reglamentario
representa.
Si alguno de los premios no pudiese ser entregado por causas imputables al ganador, o
si este no acepta la aplicación o condiciones del mismo, el premio se considerará
renunciado y extinguido en relación a este y no le asistirá derecho a reclamo o
indemnización alguna, ni siquiera parcialmente.
El Patrocinador suspenderá en forma inmediata la presente promoción, sin asumir
responsabilidad alguna, si se llegaren a detectar defraudaciones, actos delictivos,
irregularidades o simplemente cualquier otro tipo de circunstancia de fuerza mayor que
afecte gravemente los intereses de la empresa Patrocinadora y Encargada. Esta
circunstancia se comunicará públicamente de ser necesario, y por consiguiente la
presente promoción cesará indefinidamente.
De la misma forma, ninguna de las empresas involucradas en la presente promoción
asumirá, bajo ninguna circunstancia, responsabilidad alguna por situaciones o
eventualidades no previstas dentro del presente reglamento.
No podrán resultar beneficiados con la presente promoción los empleados directos o
indirectos, o familiares de estos, hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad, de
la empresa Patrocinadora y Encargada, lo mismo aplica para las agencias de
publicidad y/o cualquier otra empresa relacionada directamente con la promoción.
do
por
medio de la
http://www.sonrisaparatodos.com y Facebook/sorisaparatodos Para mayor información o
consultas se puede llamar en horas de oficina a los teléfonos: 4010-3333,4001-5353 o al 800SONRISA (800-766-7472).