REGLAMENTO PARA LA PROMOCION DENOMINADA SONRIELE A LA VIDA A. SOBRE LA PROMOCIÓN: Del Patrocinador: La presente promoción es patrocinada por Radio Columbia 98.7 F.M, la cual para los efectos del presente reglamento se le denominará como “El Patrocinador”. De los encargados: Para los efectos legales correspondientes, la empresa, Ochoscientos Sonrisa OdontoRed S.A. (Sonrisa Para Todos) titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos siete mil dos, será la encargada de la administración de la misma. Del objeto de la promoción: Consiste en la entrega de tres premios los cuales se describen de la siguiente forma: - Un primer premio por un valor de ¢250,000.oo (doscientos cincuenta mil colones exactos) aplicable en un tratamiento dental. - Un segundo premio por un valor de ¢250,000.oo (doscientos cincuenta mil colones exactos) aplicable en un tratamiento dental. - Un premio final el cual será una rehabilitación dental completa, cubriendo un monto hasta por la suma de ¢3,000,000.oo (tres millones de colones exactos). B. PERIODO DE VALIDEZ: La promoción tiene una duración de tres meses, iniciando el día 03 de agosto del año 2015 y prolongándose en el tiempo hasta el día 30 de octubre del 2015 inclusive, considerándose esta última como la fecha de finalización, misma que puede cambiar si Los Encargados del presente así lo ven conveniente. C. PARTICIPANTES: Podrán participar en esta promoción todas aquellas personas físicas mayores de 25 años con una necesidad dental, (ver condiciones y restricciones). Al momento de hacer la entrega de algún premio se considera como un requisito indispensable y necesario para poder participar en la presente promoción, que el interesado conozca y acepte anticipadamente las condiciones, mecánica, características, y limitaciones contenidas dentro del presente reglamento. Que no esté comprometido sistémicamente. D.MECANICA DE LA PROMOCION: Durante el período en que la promoción se encuentre vigente, las personas interesadas deberán realizar los siguientes pasos: 1. Dibujar una sonrisa en una hoja de papel. 2. Tomarse una fotografía sosteniendo el papel sobre su boca o la de la persona que quiere participar. 3. Subirla en el formulario que encontrará en la siguiente dirección electrónica http://www.sonrisaparatodos.com/sonriale-a-la-vida. 4. Llenar el formulario con los datos personales (nombre, email, fecha de nacimiento, número de cédula, teléfono). 5. Contar la historia del por qué desea sonreírle a la vida. 6. Autorizar a Ochoscientos Sonrisa OdontoRed S.A. (Sonrisa Para Todos) a utilizar los derechos de imagen, fotografía e información sobre su caso, para ser utilizadas en la campaña promocional en cualquier medio de comunicación empleado. 7. Enviar el fomulario con la información previamente mencionada. El patrocinador ha establecido como fecha máxima para hacer uso de los premios destinados para la presente promoción un mes después de que el favorecido ha sido notificado por lo que el tiempo de hacer uso del mismo se detalla a continuación Premio # 1 Entrega del premio 31 de agosto, fecha límite 30 de setiembre del 2015 Premio # 2 Entrega del premio 30 de setiembre, fecha límite 31 de octubre del 2015 Premio #3 Entrega del premio 30 de octubre, fecha límite 30 de noviembre del 2015 Estaremos publicando los ganadores por medio de http://www.sonrisaparatodos.com y Facebook/sorisaparatodos. la página web En vista de lo anterior, queda entendido que con posterioridad a dicha fecha, no se podrá reclamar el premio antes establecido en la presente promición y por tal motivo, El Patrocinador no asumirá ningún tipo de responsabilidad con todos aquellos participantes que no hayan procedido a retirar el premio. No se aceptarán participaciones por otro medio distinto que no sea el previsto en el presente reglamento. E. DE LOS PREMIOS Y SU ENTREGA: Los premios que el patrocinador ha destinado para la presente promoción consistirán: - Premio #1 ¢250.000,00 (doscientos cincuenta mil colones exactos) canjeable en tratamientos dentales (31 de agosto) - Premio #2 ¢250.000,00 (doscientos cincuenta mil colones exactos) canjeable en tratamientos dentales (31 de setiembre) - Premio #3 Premio Final Rehabilitación dental completa válida hasta por la suma de ¢3, 000,000.00 (tres millones de colones exactos). (30 de octubre) Dichos premios serán cubiertos por nuestro patrocinador. Los premios poseen las condiciones y limitaciones indicadas por el patrocinador los cuales deberán de ser aceptadas de previo por los participantes. El favorecido deberá de firmar un documento de recibido de su respectivo premio para poder ser declarado como ganador. De lo contrario se entenderá que el favorecido no ha aceptado el premio y que renuncia a él, no siendo obligación del Patrocinador el realizar algún acto o promoción distinta y adicional relacionada con respecto a ese premio renunciado en particular. El Patrocinador se reserva el derecho, en caso de ser necesario y de existir alguna eventualidad, de escoger y variar la fecha, hora y/o el lugar para efectuar la entrega de los premios. El participante que, habiendo realizado la llamada no acuda a corroborar y aceptar su condición de ganador o no lleve consigo su documento de identidad no tendrá derecho alguno en lo que a esta promoción se refiere. No es admisible ni posible la solicitud por parte del ganador, el efectuar entregas o aplicar el premio obtenido sobre otro tipo de bienes o servicios bajo parámetros o mecanismos distintos a los previstos en la presente promoción. El premio no tendrá valor comercial alguno, como tampoco podrán ser transferido a terceros, o canjeados por el ganador de alguna otra forma, sino es de conformidad con lo indicado en el presente reglamento y en estricto apego a la forma y mecanismos previstos para la entrega o aplicación del respectivo premio. F. CONDICIONES Y RESTRICCIONES: La responsabilidad del patrocinador culmina una vez que haya hecho la entrega física de cada premio a los respectivos ganadores. Por tal motivo, no se aceptarán reclamos por la indebida utilización del premio, a lo cual, en el presente documento, queda debidamente establecido que los premios a entregar en la presente promoción son única y exclusivamente destinados para los efectos de esta promoción, y la utilización que se les dé será responsabilidad única de cada ganador. El patrocinador se compromete a entregar únicamente la cantidad máxima de premio que ha ofrecido con la presente promoción. En los materiales de participación utilizados en la presente promoción, se ha consignado la frase “Aplican Restricciones” a fin que quede constando expresamente lo siguiente: Que tanto la participación, así como la propia promoción, la mecánica y el premio destinado en la misma, se encuentran sometidos en cuanto a las condiciones y limitaciones que se indican en el presente reglamento. Con el fin de hacer público el resultado de la promoción, los participantes autorizan a que sus nombres, voz e imagen aparezcan en otras publicaciones, demás medios publicitarios y en general en todo material de divulgación de las actividades tanto anteriores como posteriores a la promoción, sea esta por concepto de participación en la misma, como con respecto a la entrega o recibo de premios, sin que esto implique remuneración o compensación, ni reclamo alguno por concepto de derechos de imagen. En virtud de lo establecido en la cláusula anterior, a modo de condición indispensable para participar en la presente promoción, cada participante, acepta que podrán ser fotografiados, retratados, filmados o gravados al momento en que se haga la entrega del respectivo premio para efectos publicitarios, y deberá de estar anuente a ello, dándole la facultad de utilizar su nombre e imagen en cualquier medio publicitario, entendiéndose cedidos los derechos antes dichos a favor del patrocinador, renunciando a todo tipo reclamo o remuneración por ese concepto. Sobre el paciente, que no esté comprometido sistémicamente. En caso que los participantes no deseen o indiquen no estar anuentes a ser fotografiados, retratados, filmados o grabados tanto su voz como su imagen al momento de realizarse la entrega del premio correspondiente, perderán su derecho a participar en la presente promoción así como a que se le entregue el premio respectivo, sin que exista ningún tipo de responsabilidad por parte del patrocinador con respecto a este, pudiendo declarar desierto el premio conjuntamente con las implicaciones legales que a nivel reglamentario representa. Si alguno de los premios no pudiese ser entregado por causas imputables al ganador, o si este no acepta la aplicación o condiciones del mismo, el premio se considerará renunciado y extinguido en relación a este y no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente. El Patrocinador suspenderá en forma inmediata la presente promoción, sin asumir responsabilidad alguna, si se llegaren a detectar defraudaciones, actos delictivos, irregularidades o simplemente cualquier otro tipo de circunstancia de fuerza mayor que afecte gravemente los intereses de la empresa Patrocinadora y Encargada. Esta circunstancia se comunicará públicamente de ser necesario, y por consiguiente la presente promoción cesará indefinidamente. De la misma forma, ninguna de las empresas involucradas en la presente promoción asumirá, bajo ninguna circunstancia, responsabilidad alguna por situaciones o eventualidades no previstas dentro del presente reglamento. No podrán resultar beneficiados con la presente promoción los empleados directos o indirectos, o familiares de estos, hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad, de la empresa Patrocinadora y Encargada, lo mismo aplica para las agencias de publicidad y/o cualquier otra empresa relacionada directamente con la promoción. do por medio de la http://www.sonrisaparatodos.com y Facebook/sorisaparatodos Para mayor información o consultas se puede llamar en horas de oficina a los teléfonos: 4010-3333,4001-5353 o al 800SONRISA (800-766-7472).
© Copyright 2025