SESION N° 1040 Santiago de Chile, a 12 de mayo de 2015, siendo las 13:30 horas, en dependencias de la Feria de Criadores, ubicado en Avenida Club Hípico N° 1450, comuna de Santiago, se reunió el Consejo Superior de la Hípica Nacional bajo la Presidencia Interina y en representación de Hipódromo de Chile don Carlos Lira Viel; y con asistencia de los Consejeros señores: Guillermo Gatica Astaburuaga, en representación del Club Hípico de Santiago; Pablo Salgado Durango, en representación de Valparaíso Sporting Club; Max Piraino Lyon, en representación de la Dirección General de Fomento Equino y Remonta del Ejercito; Pedro Hurtado Vicuña, en representación de Criadores F.S. de Carrera S.A: Lionel Soffia García, en representación del Circulo de Dueños de F.S. de Carrera; Carlos Quiroz Santos, en representación de Asociación de Propietarios de Caballos de Carreras, Ricardo Rojas Soto, en representación del Gremio de Preparadores y señorita Anita Aedo Ugüeño, en representación del Gremio de Jinetes. Actuó de Secretario el abogado Sr. Jorge Colque Castillo, Asiste el Gerente General Sr. Luis Risopatrón Renard. TABLA 1.- Aprobación Acta Sesión anterior 1039. 2.- Casos Doping: Juan Pablo Baeza Jarpa, Rodrigo Sánchez Quinteros, Juan Carlos Pichara Jadue, Mario Galleguillos Cortés. 3.- Modificación Código de Carreras. 4.- Reunión caso Jinete Sr. Pedro Santos. 5.- Becas Sence. 6.- Balance Anual 2014. 7.- Varios. 1 DESARROLLO 1.- Aprobación Acta Sesión Anterior N° 1039: Los señores consejeros aprueban el acta anterior. Se procede a la firma de las actas anteriores por los señores Consejeros. 2.- Casos Doping: Juan Pablo Baeza Jarpa, Rodrigo Sánchez Quinteros, Juan Carlos Pichara Jadue, Mario Galleguillos Cortés. I.- Juan Pablo Baeza Jarpa.: Se invita a la sesión al señor Juan Pablo Baeza Jarpa, quien es representado por los señores Abogados: Enrique Barros Bourie, Jaime Munro Cabezas y Alberto Barros Bordeu. El señor Enrique Barros, realiza una exposición de argumentos por los cuales procedería la absolución de su representado, y hace entrega a cada H. Consejero un anillado con la presentación integra, la que se archiva a la presente acta. Los señores Consejeros debaten respecto del tema: el Consejero Pedro Hurtado, señala que la situación es compleja ya que anteriormente, en un caso similar se llegó a la conclusión que había que estudiar y modificar los procedimientos y el consejo se paralizó y no se hizo nada. Ahora nos encontramos en la misma situación, en estricto rigor debiera sancionar, pero no está dispuesto a sancionar por negligencia o indolencia del consejo. El señor Consejero Gatica, señala que ha sido el consejero que más ha discutido en cuanto al funcionamiento del Laboratorio de la Universidad de Chile, lo ha solicitado insistentemente y no se ha hecho nada, en consecuencia, no está de acuerdo en sancionar en este caso. El consejero señor Rojas, señala que ha presentado una solicitud de modificación de la reincidencia y no ha logrado rebajarla a la fecha, esto es urgente a su juicio. En este caso, está por aplicar el código y sancionar, por cuanto el código así lo señala, sin embargo reconoce que la situación es lamentable. El consejero señor Quiroz, reconoce que la presentación de los abogados del señor Baeza es bastante clara y han solicitado que se cuantifique la dosis y volver al debido proceso. Señala que debemos hacernos cargo de lo que señala el Código de Carreras que no ordena cuantificar y que sanciona la sustancia. 2 El consejero Pablo Salgado señala que es lamentable para la imagen del consejo algunas opiniones vertidas, y a su juicio todos estos temas debieran ser parte de un programa que ha solicitado. En relación a la sanción esta por aplicar el código que es la norma que rige. El consejero Piraino, señala que francamente es una situación sensible, los temas de doping siempre son sensibles, señala la experiencia de otras ramas de la hípica, pero requiere tiempo de trabajo. En el caso específico se manifiesta a favor de aplicar el código y sancionar. La consejera Anita Aedo, se manifiesta a favor de sancionar por cuanto cualquier otra resolución obligaría a un “perdonazo” con los también, injustamente, sancionados anteriormente. El consejero Soffia, reconoce que el tema es complicado, pero señala que hasta ahora el consejo siempre se ha atenido a lo que dice el reglamento al momento de aplicar las sanciones, por lo esté no debiera ser una caso distinto, este bien o mal. El señor Presidente señala que el informe del Laboratorio de Chile informa positivo o negativo no le pedimos cuantificar, en consecuencia no es su responsabilidad es nuestra porque no lo hemos pedido. Solicita someter a votación la sanción al señor Baeza. Los señores Consejeros y previo informe del señor Fiscal, acordaron teniendo a la vista: Informe del Laboratorio de Análisis Antidoping Universidad de Chile 15 de abril de 2015, carta del Hipódromo Chile de fecha 15 de abril de 2015, Programación del 09 de abril de 2015, proceso de contra muestra de 16 de abril 2015, carta al Consejo de Juan Pablo Baeza Jarpa de fecha 20 de abril de 2015, Acta sobre procedimientos de contra muestras del 21 de abril 2015, carta de fecha 22 de abril de 2015 de Juan Pablo Baeza al Consejo; acuerdan con los votos disidentes de los Consejeros Gatica y Hurtado. Acuerdo de Consejo N° 120515-1 1.Suspender de su patente de preparador a don JUAN PABLO BAEZA por el período de NUEVE meses, la que regirá desde el 27.04.2015 hasta el 27.01.2016, ambas fechas inclusive. 2.Suspender al caballo F.S. de carrera “INDIECITO” por el período de 30 días, la que regirá desde el 15.04.15, hasta el 15.05.15 ambas fechas inclusive. 3.Aplicar al preparador don JUAN PABLO BAEZA una multa equivalente a 80 UF (ochenta unidades de fomento). 4.Se declara que los caballos de propiedad del preparador don JUAN PABLO BAEZA no podrán correr, ser traspasados ni arrendados, mientras las sanciones aplicadas se encuentren vigentes. 3 5.Perdida del premio obtenido por el Caballo F.S. “INDIECITO” en la tercera carrera disputada el día jueves 09 de abril de 2015 en el Hipódromo Chile. 6.Póngase en conocimiento de los Hipódromos lo resuelto precedentemente, para los fines a que haya lugar. II.- Rodrigo Sánchez Quinteros: Analizados los antecedentes: Análisis de Doping Laboratorio de la Universidad de Chile con fecha 15 de abril de 2015, carta de fecha 15 de abril de 2015 del Hipódromo de Chile, Programación jueves 9 de abril 2015, mail Hipódromo Chile 16 de abril 2015, carta 16 de abril de 2015 del Preparador Rodrigo Sánchez Quinteros, carta Gerente General Consejo Superior de la Hípica Nacional de 17 de abril de 2015, Informe de laboratorio Universidad de Chile 17 de abril de 2015, carta de Hipódromo Chile de fecha 17 de abril de 2015, Programa del 11 de abril de 2015, Informe del Laboratorio Antidoping, solicitud contra muestra por mail del 23 de abril de 2015 por Sr. Cristian Camargo, carta de 28 de abril de 2015 de Rodrigo Sánchez Quinteros, Acta sobre procedimiento de contra muestra, Acta de resultados enviada por el laboratorio, carta 30 de abril de 2015 de Rodrigo Sánchez Quinteros, el Consejo por unanimidad acuerda: Acuerdo de Consejo N° 120515-2 1.Suspender de su patente de preparador a don RODRIGO SANCHEZ QUINTEROS por el período de SIETE meses, la que regirá desde el 21.04.2015 hasta el 21.11.2015, ambas fechas inclusive. 2.Suspender al caballo F.S. de carrera “CARA DE PIROPO” por el período de 30 días, la que regirá desde el 15.04.15, hasta el 14.05.15 ambas fechas inclusive. Suspender al caballo F.S. de carrera “PASSIONAL” por el período de 30 días, la que regirá desde el 17.04.15, hasta el 16.05.15 ambas fechas inclusive. 3.Aplicar al preparador don RODRIGO SANCHEZ QUINTEROS una multa equivalente a 60 UF (sesenta unidades de fomento). 4.Se declara que los caballos de propiedad del preparador don RODRIGO SANCHEZ QUINTEROS no podrán correr, ser traspasados ni arrendados, mientras las sanciones aplicadas se encuentren vigentes. 5.Perdida del premio obtenido por el Caballo F.S. “CARA DE PIROPO” en la quinta carrera, disputada en día jueves 09 de abril de 2015en el Hipódromo Chile. Perdida del premio obtenido por el Caballo F.S. “PASSIONAL” en la primera carrera, disputada en día 11 de abril de 2015 en el Hipódromo Chile. 4 6.Póngase en conocimiento de los Hipódromos lo resuelto precedentemente, para los fines a que haya lugar. III.- Juan Carlos Pichara Jadue: Analizados los antecedentes: Laboratorio de análisis Antidoping Universidad de Chile de 23 de abril de 2015, carta del Hipódromo Chile de fecha 23 de abril de 2015, programa de 16 de abril de 2015, solicitud de contra muestra, mail de fecha 26 de abril de 2015 de Sr. Cristian Camargo, Acta sobre procedimiento de contra muestra, los señores Consejeros por unanimidad acuerdan: Acuerdo de Consejo N° 120515-3 1.Suspender de su patente de preparador a don JUAN CARLOS PICHARA JADUE por el período de SEIS meses, la que regirá desde el 05.05.2015 hasta el 05.11.2015, ambas fechas inclusive. 2.Suspender al caballo F.S. de carrera “VIAJERO INCANSABLE” por el período de 30 días, la que regirá desde el 15.04.15, hasta el 14.05.15 ambas fechas inclusive. 3.Aplicar al preparador don JUAN CARLOS PICHARA JADUE una multa equivalente a 60 UF (sesenta unidades de fomento). 4.Se declara que los caballos de propiedad del preparador don JUAN CARLOS PICHARA JADUE no podrán correr, ser traspasados ni arrendados, mientras las sanciones aplicadas se encuentren vigentes. 5.Perdida del premio obtenido por el Caballo F.S. “VIAJERO INCANSABLE” en la tercera carrera disputada el día jueves 16 de abril de 2015 en el Hipódromo Chile. 6.Póngase en conocimiento de los Hipódromos lo resuelto precedentemente, para los fines a que haya lugar. IV.- Mario Galleguillos Cortés: Vistos los antecedentes: Informe del Laboratorio Universidad de Chile del 27 de abril de 2015, carta de fecha 28 de abril de 2015 del Club Hípico de Concepción S.A., carta Preparador Mario Galleguillos de fecha 28 de abril de 2015, carta Preparador Mario Galleguillos C. de fecha 29 de abril de 2015, por unanimidad los señores Consejeros acuerdan: Acuerdo de Consejo N° 120515-4 1.Suspender de su patente de preparador a don MARIO GALLEGUILLOS CORTES por el período de NUEVE meses, la que regirá desde el 06.05.2015 hasta el 06.02.2016, ambas fechas inclusive. 5 2.Suspender al caballo F.S. de carrera “MI AMIGO YURI” por el período de 30 días, la que regirá desde el 28.04.15, hasta el 27.05.15 ambas fechas inclusive. 3.Aplicar al preparador don MARIO GALLEGUILLOS CORTES una multa equivalente a 80 UF (ochenta unidades de fomento). 4.Se declara que los caballos de propiedad del preparador MARIO GALLEGUILLOS CORTES no podrán correr, ser traspasados ni arrendados, mientras las sanciones aplicadas se encuentren vigentes. 5.Perdida del premio obtenido por el Caballo F.S. “MI AMIGO YURI” en la quinta carreara, disputada el día 21 de abril de 2015 en el Club Hípico de Concepción. 6.Póngase en conocimiento de los Hipódromos lo resuelto precedentemente, para los fines a que haya lugar. Acuerdo de Consejo N° 120515-5 Se acuerda proponer al Consejo un experto para que realice una auditoría técnica al sistema de doping que existe actualmente. 3.- Modificación Código de Carreras El señor Gerente da la palabra al consejero Sr. Ricardo Rojas, representante del Gremio de los Preparadores ante el Consejo, quien solicita la Modificación del Reglamento de Doping y Medicamentación que rige, especialmente, al tema de la reincidencia. Señala que, los plazos entre una y otra sanción para ser considerado reincidencia son demasiado extensos, lo que con lleva a que muchos asociados estén en la posibilidad de caer sancionados, y que el castigo original se trasforme en tres o cuatro veces más de lo que corresponde e incluso, según él, llegaría a diez veces. Por ende solicitan una revisión de la materia. Los señores Consejeros toman debido conocimiento e instruyen al Fiscal para que junto al representante del Gremio de Preparadores ante el Consejo, preparen una modificación sobre la materia para aprobación del Consejo. Se discute respecto a una modificación integral al Código, el que deberá ser abordado por un comité de expertos. 6 4.- Reunión caso Jinete Sr. Pedro Santos Se informa que se realizaron reuniones con el Sr. Pedro Cerón, donde se alcanzó un acuerdo en la forma de pago; Sin embargo, se ha tenido conocimiento que, el Sr. Santos ha decidido demandar al Club Hípico de Santiago por su accidente, por lo que, se paralizo el acuerdo con el Sindicato. Presentes en el acuerdo se encontraban los señores Juan Pablo Lira, Enrique Yuraszeck, Pablo Bernal, Luis Risopatrón, Ricardo Rojas, Jorge Colque, Hernán Ulloa. El acuerdo fue con el señor Pedro Cerón. El Consejo termina aquí su labor de mediador, ante el cambio de actitud del señor Cerón. Los señores Consejeros toman conocimiento. 5.- Becas Sence El Sr. Gerente da cuenta de los contenidos y materias de los cursos de cuidadores de caballos F.S. presentado a SENCE. Los señores Consejeros toman conocimiento. 6.- Balance General El señor Gerente somete a consideración del Consejo el Balance General al 31 de diciembre de 2014, Notas a los Estados Financieros, Balance Consolidado, Fondo de Multas, Fondo de Bienestar y Escuela de Jinetes. Los señores Consejeros toman conocimiento. 7.- Varios El Consejo Superior de la Hípica Nacional, discute, en relación a la modificación al Código de Carreras y manifiestan su preocupación por los últimos casos de doping. Se plantea analizar una auditoría al sistema de Doping y comenzar los estudios para una Reforma Integral al Código de Carreras, si fuere necesario. Se pone término a la sesión a las 16:00 horas. 7 Carlos Lira Viel Guillermo Gatica Astaburuaga Presidente (I) Pablo Salgado Durango Pedro Hurtado Vicuña Max Piraino Lyon Carlos Quiroz Santos Lionel Soffia García Ricardo Rojas Soto Anita Aedo Ugüeño Jorge Colque Castillo Secretario Fiscal 8
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